Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 15

Documentos relacionados
CÓDIGO DE ÉTICA DE LA SETAB

CÓDIGO DE CONDUCTA DE INDUSTRIAL DE ABASTOS PUEBLA INDUSTRIAL DE ABASTOS PUEBLA

CONSEJO NACIONAL DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES CÓDIGO DE ÉTICA

Código de Ética de los Servidores Públicos del Gobierno Federal. Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés de la COFEPRIS

SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA

Código de. Conducta. de la Universidad Tecnológica de Nezahualcóyotl E L M E I E E C C X A D O I L S O R G V C I A O A Y H A L O S X D M D

EL COMITÉ DE ÉTICA DEL TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE JILOTEPEC, EN EJERCICIO DE LO ESTABLECIDO EN LA GACETA DE GOBIERNO DE FECHA 20 DE

OFICIO-CIRCULAR POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.

I. Principios constitucionales que todo servidor público debe observar en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o función.

Tabla de valores y su descripción de Pronósticos para la Asistencia Pública (PAP):

Introducción Misión Visión

Código de Conducta del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL)

Retos Municipales en el Marco del Sistema Nacional Anticorrupción

CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

INSTITUTO NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE CAPACIDADES DEL SECTOR RURAL, A.C. COMITÉ DE ÉTICA GLOSARIO DE TÉRMINOS DEL CÓDIGO DE CONDUCTA

CÓDIGO DE ÉTICA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA EMILIANCO ZAPATA DEL ESTADO DE MORELOS. Rev. 02

CÓDIGO DE ÉTICA DEL FUNCIONARIADO PÚBLICO ADSCRITO AL INSTITUTO SINALOENSE DE LAS MUJERES. C O N S I D E R A N D O

Un Servidor Público es...

CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS

Código de Conducta de la COFEMER

Código de Conducta de la Secretaría de Gobernación

C O N S I D E R A N D O S

CÓDIGO DE ÉTICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE LENGUAS INDÍGENAS

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE CULTURA Y TURISMO

Acuerdo que tiene por objeto emitir el Código de Conducta de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de Quintana Roo CONSIDERANDO

Protocolo e iniciativas de integridad de México. Octubre, 2015

CODIGO DE ETICA DEL MUNICIPIO DE TAPACHULA, CHIAPAS

CONTRALORÍA INTERNA CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS AL SERVICIO DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO

CÓDIGO DE CONDUCTA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LA LAGUNA DURANGO.

INSTITUTO FONACOT. Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (INFONACOT) Dirección de la Unidad de Transparencia y Atención

PROGRAMA DE TRABAJO DEL COMITÉ DE ÉTICA Y DE PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS DE LA PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE.

CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS PARA EL DISTRITO FEDERAL

Ética y función pública. José Roldán Xopa CIDE

DE LOS (AS) SERVIDORES (AS) PÚBLICOS (AS) DEL COMITÉ NACIONAL PARA EL DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CAÑA DE AZÚCAR

COMITÉ DE ÉTICA ÍNDICE INTRODUCCIÓN 1 MISIÓN Y VISIÓN 2 VALORES INSTITUCIONALES 3 CÓDIGO DE ÉTICA 5 CONDUCTAS ASOCIADAS 11 GLOSARIO 15 CONTACTO 16

CÓDIGO DE ÉTICA DE LA SECRETARÍA DE CULTURA Y TURISMO

SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y FINANCIEROS CÓDIGO DE ÉTICA Y CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

INTRODUCCIÓN ALCANCES

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA COFEMER

CODIGO DE ETICA DE LA SECRETARIA DE EDUCACION DEL DISTRITO FEDERAL

Código de Ética y de Conducta de la Universidad de Colima

Tomo DCCXLIII No. 14 México, D.F., jueves 20 de agosto de 2015 CONTENIDO

INDICADORES DE CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO DE CONDUCTA Y MÉTODO PARA MEDIR Y EVALUAR LOS RESULTADOS OBTENIDOS

EVALUACIÓN ANUAL DEL CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO DE CONDUCTA DEL PERSONAL DEL FCE 2018

Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación

La Secretaría de la Función Pública establecerá los protocolos de contacto entre particulares y los funcionarios responsables de decidir en los

CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA DEL SINIIGA- SINIDA

EVALUACIÓN ANUAL 2017 CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO DE CONDUCTA DEL PERSONAL DEL FCE

Mensaje del C. Secretario de Finanzas. Lic. Joaquín Castillo Torres

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO

Código de Ética para las y los Servidores Públicos de la Presidencia Municipal de Pachuca de Soto, Hidalgo.

CÓDIGO DE ETICA DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS

El día 25 de octubre de 2017, se instala el Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Intereses del Municipio de Lagos de Moreno, Jalisco.

RESULTADOS DE LOS INDICADORES DE CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO DE CONDUCTA 2014 DEPARTAMENTO DE PERSONAL DICIEMBRE DE 2014

Tercera Acción Ejecutiva Prevenir Corrupción

DEFINICIÓN DEL SERVIDOR PÚBLICO

Al margen un Escudo del Estado de Tlaxcala. Construir y Crecer Juntos. Gobierno del Estado de Tlaxcala

Informe anual de actividades

CONSEJO NACIONAL DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES CÓDIGO DE CONDUCTA

RESULTADOSDELGRADODE CUMPLIMIENTODELCÓDIGODE CONDUCTA ENELINCARURAL,A.C. 2015

CONSEJO NACIONAL DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES CÓDIGO DE CONDUCTA

CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA DEL PERSONAL ADSCRITO A LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE PUEBLA CONSIDERANDO

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. DOF

PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR

INSTITUTO FONACOT. Director/a de Mercadotecnia DIRECCIÓN DE MERCADOTECNIA SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN DE MERCADOTECNIA SUBDIRECCIÓN DE DISEÑO

H. AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE SANTA MARIA DEL ORO JALISCO MANUAL DE ORGANIZACION DE DESARROLLO SOCIAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN DESARROLLO SOCIAL

Código de Ética para el Municipio de Tehuacán.

FONDO DE CULTURA ECONÓMICA EVALUACIÓN ANUAL 2016 DEL CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO DE CONDUCTA DEL PERSONAL DEL FCE

Código de Conducta del Bachillerato del Estado de Hidalgo

CÓDIGOS DE ÉTICA Y DE CONDUCTA DE SERVIDORAS Y SERVIDORES PÚBLICOS FEDERALES DEL TECNOLÓGICO NACIONAL DE MÉXICO

Segundo.- Para efectos de los presentes Lineamientos, se entenderá por:

CÓDIGO DE ÉTICA DEL PERSONAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO P R E S E N T A C I Ó N

INSTITUTO FONACOT. Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (INFONACOT) Administrativa Sustantiva Órgano Interno de Control

Código de Ética y Conducta en la Delegación Cuauhtémoc

Código de Ética de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía

CÓDIGO DE ÉTICA DEL BANCO DE MÉXICO

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA COFEMER

INSTITUTO FONACOT. Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (INFONACOT) Gerente de Desarrollo y Mejora de la Gestión Publica

INSTITUTO FONACOT. Administrativa Sustantiva Órgano Interno de Control. Subdirector/a de Servicios Generales

Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés del INR LGII

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE TURISMO DEL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA

8 de septiembre de 2017 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág GOBIERNO MUNICIPAL

CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL INSTITUTO DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO PARA EL TRABAJO INDUSTRIAL

El LIC. RICARDO FLAVIO AGUIRRE GUTIÉRREZ, Presidente Municipal del R. Ayuntamiento de Ramos Arizpe, Coahuila de Zaragoza, hace saber:

CÓDIGO DE ÉTICA PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE SANTA CRUZ DE JUVENTINO ROSAS, GUANAJUATO PRESENTACIÓN

INSTITUTO FONACOT. Subdirector/a de Nuevos Productos

OBSERVACIONES GENERALES.- Aprobación 2018/11/16 Publicación 2019/01/23 Fiscalía General del Estado

INDICADORES CDE CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO DE ÉTICA Y DEL CÓDIGO DE CONDUCTA Y PARA EVALUAR AL CEPCI EN SUS FUNCIONES SUSTANTIVAS

Secretaría de la Función Pública

Código de Ética. Código de Conducta IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN TRABAJO EN EQUIPO RESPONSABILIDAD HONESTIDAD INTERÉS PÚBLICO RESPETO

CÓDIGO DE ÉTICA PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL MUNICIPIO LIBRE DE AGUASCALIENTES. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

CONTENIDO. Pág. Acuerdos de la XII Sesión Ordinaria de Cabildo... 4

CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL MUNICIPIO DE ECATEPEC DE MORELOS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

PLAN DE TRABAJO ANUAL DEL COMITÉ DE ÉTICA Y DE PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS 2016

CONSIDERANDO ACUERDO PARA LA RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL

SECRETARÍA DE SUSTENTABILIDAD, MEDIO AMBIENTE Y AGUA C O N S I D E R A N D O S:

Transcripción:

Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 15 ACUERDO número 26/12/15 por el que se expide el Código de Conducta para los Servidores Públicos de la Secretaría de Educación Pública. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública. AURELIO NUÑO MAYER, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 1, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 7, 48 y 50 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; 1 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, en relación con el numeral Tercero, inciso b) del Acuerdo que tiene por objeto emitir el Código de Ética de los servidores públicos del Gobierno Federal, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, y los Lineamientos generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de agosto de 2015, y CONSIDERANDO Que es indispensable definir el comportamiento ético al que deben sujetarse los servidores públicos de esta dependencia en el ejercicio de sus atribuciones, con el propósito de prevenir conflictos de interés y delimitar su actuación en situaciones específicas que pudieran presentarse conforme a las tareas, funciones o actividades que involucra la operación y el cumplimiento de los planes y programas de la Secretaría; Que es necesario armonizar los principios y valores contenidos en el Código de Ética de los servidores públicos del Gobierno Federal y en las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 20 de agosto de 2015, con las normas que rigen el actuar de los servidores públicos de esta dependencia; Que es necesario contar con un referente ético que oriente las conductas de los servidores públicos de la Secretaría, para actuar con honestidad, apego a la legalidad, vocación de servicio, respeto, equidad, igualdad, inclusión, tolerancia, no discriminación, transparencia y rendición de cuentas, perseverando en el desarrollo profesional y humano, y cuidando el medio ambiente, y Que el Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría de Educación Pública, ha puesto a mi consideración el Código de Conducta para los servidores públicos de esta dependencia, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente ACUERDO NÚMERO 26/12/15 POR EL QUE SE EXPIDE EL CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Artículo Único. Se expide el Código de Conducta para los Servidores Públicos de la Secretaría de Educación Pública, en los términos del Anexo Único del Presente Acuerdo. TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO.- Se abroga el Código de Conducta de los servidores públicos de la Secretaría de Educación Pública, publicado en la normateca interna el 7 de marzo de 2013. Ciudad de México, Distrito Federal, a 22 de diciembre de 2015.- El Secretario de Educación Pública, Aurelio Nuño Mayer.- Rúbrica.

Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 16 ANEXO ÚNICO DEL ACUERDO NÚMERO 26/12/15 POR EL QUE SE EXPIDE EL CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Capítulo I. Marco Normativo Capítulo II. Introducción Capítulo III. Alcance Capítulo IV. Objetivo Capítulo V. Código de Conducta Capítulo VI. Glosario ÍNDICE CAPÍTULO I. MARCO NORMATIVO - Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.- Artículo 109, fracción III. - Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.- Artículos 1, 2, 26 y 38. - Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.- Artículos 7, 48, 49 y 50. - Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública. - Acuerdo que tiene por objeto emitir el Código de Ética de los servidores públicos del Gobierno Federal, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, y los Lineamientos generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés (D.O.F. 20-agosto-2015). CAPÍTULO II. INTRODUCCIÓN La sociedad demanda que las y los servidores públicos actúen con estricto apego a principios y conductas éticas, por ello, es importante establecer principios orientados a propiciar resultados con valores, responsabilidad social y transparencia en la rendición de cuentas, a fin de que el desempeño de las actividades a cargo de las instituciones genere seguridad y bienestar social. Para lograr la transformación de la función gubernamental y construir un buen gobierno, creíble y confiable para los ciudadanos, es fundamental para las instituciones contar con un código de conducta que contribuya, concientizando a las y los servidores públicos en torno al alto valor social que tiene cada una de sus acciones en el entorno social. Un código de conducta puntualiza sobre el comportamiento que se espera sea seguido por los integrantes de una organización; se trata de normas específicas que orientan el desempeño de los servidores públicos con estricto apego a los principios, valores y normas que sustentan la ética pública, con el propósito de dignificar el servicio público, fortalecer las instituciones y lograr así el bienestar de la ciudadanía y, particularmente, de los educandos, a quienes les asiste el derecho de recibir una educación pública, laica, gratuita y de calidad, abonando al progreso de México. El Código de Ética de las y los servidores públicos del Gobierno Federal señala que toda y todo servidor público debe observar en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o funciones, los principios constitucionales de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia. Asimismo, prevé que los valores que todo servidor público debe anteponer en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o funciones, son: interés público, respeto, respeto a los Derechos Humanos, igualdad y no discriminación, equidad de género, entorno cultural y ecológico, integridad, cooperación, liderazgo, transparencia y rendición de cuentas. Por otra parte, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, establecen la forma en que los servidores públicos deberán desempeñarse en materia de actuación e información pública, contrataciones públicas, licencias, permisos, autorización y concesiones, programas gubernamentales, trámites y servicios, recursos humanos, administración de bienes muebles e inmuebles, procesos de evaluación, control interno, procedimiento administrativo, desempeño permanente con integridad y cooperación con la integridad. Es por lo anterior que el Código de Conducta de esta Dependencia debe concentrar las normas que orienten el actuar diario de sus servidores públicos, llamándolos a conducirse en todo momento en estricto apego a los principios y valores que consagra el Código de Ética de las y los servidores públicos del Gobierno Federal y hacia los que orientan las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública.

Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 17 CAPÍTULO III. ALCANCE El presente Código de Conducta, deberá observarse y cumplirse, sin excepción, por las y los servidores públicos de la Secretaría de Educación Pública en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones y que se deriven de sus atribuciones y funciones. El incumplimiento de lo establecido en dicho documento, en su caso, dará lugar a los procedimientos administrativos correspondientes, de conformidad a lo establecido en la normatividad vigente. CAPÍTULO IV. OBJETIVO Proporcionar a las y los servidores públicos de la Secretaría de Educación Pública, un catálogo de conductas éticas que los orienten en su actuación, a fin de que se conduzcan en su día a día, bajo estatutos de integridad y rectitud, alineados a los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que fungen como pilares de la Administración Pública Federal, precisándose las conductas que deberán observar en situaciones específicas que se les presenten en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones. CAPÍTULO V. CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Las y los servidores públicos tenemos el compromiso de ser un modelo en nuestro entorno familiar, laboral y social, ya que es responsabilidad de los que integramos esta Institución, contribuir a lograr una educación de calidad. El Código de Conducta de la Secretaría de Educación Pública se emite en cumplimiento y apego al Código de Ética de la Administración Pública Federal y los Lineamientos generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 20 de agosto de 2015. El presente Código de Conducta se ha elaborado con fundamento en los cinco Principios Constitucionales que forman parte del Código de Ética de la Administración Pública Federal, de éstos se han desprendido valores y normas de conducta que deben regir nuestro actuar diario. PRINCIPIOS Legalidad Honradez Lealtad VALORES Integridad Justicia Transparencia Responsabilidad Interés Público Respeto Imparcialidad Respeto a los Derechos Humanos Igualdad y No Discriminación Equidad de Género Rendición de Cuentas Eficiencia Formación Liderazgo Cooperación

Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 18 Los principios, valores y normas de conducta que a continuación se describen son de carácter enunciativo mas no limitativo: I. PRINCIPIO DE LEGALIDAD.- Cumplir con las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas que se atribuyen al empleo, cargo, o comisión. II. III. IV. 1. Integridad.- Desempeñar su actuación con imparcialidad, objetividad, transparencia, certeza, cooperación y ética. 1.1. Conozco, respeto y cumplo el marco normativo que aplica en mi trabajo. 2. Justicia.- Actuar invariablemente dando a cada quien lo que le corresponde. 2.1 Me conduzco con equidad en el ámbito profesional e institucional. PRINCIPIO DE HONRADEZ.- Actuar con rectitud y honestidad sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener provecho o ventaja personal con el fin de prevenir el conflicto de intereses. 3. Transparencia.- Garantizar el derecho de acceso a la información, salvaguardando la protección de los datos personales. Normas de Conducta: 3.1 Atiendo en tiempo y forma los requerimientos de información que me correspondan acorde a mi cargo. 3.2 Elaboro, actualizo y doy seguimiento a la información generada en el ámbito de mi competencia. PRINCIPIO DE LEALTAD.- Satisfacer el interés superior de las necesidades de la sociedad por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general y bienestar de la población. 4. Responsabilidad.- Desarrollar las funciones encomendadas con eficiencia y eficacia asumiendo las consecuencias que se deriven del ejercicio de la función pública, atendiendo los requerimientos de la sociedad. 4.1 Ejerzo mis derechos y cumplo con mis obligaciones. 5. Interés público.- Satisfacer las necesidades e intereses de la sociedad, por encima de intereses particulares ajenos al bienestar común. 5.1. Actuó para satisfacer las demandas sociales y no perseguir beneficios individuales. PRINCIPIO DE IMPARCIALIDAD.- Actuar de manera justa sin conceder preferencias o privilegios indebidos a persona alguna. 6. Respeto.- Dar un trato digno, cordial y tolerante a los compañeros de trabajo y ciudadanos en general, así como el reconocimiento a su valor intrínseco como persona. 6.1 Actuó con amabilidad y cortesía en el trato con los demás. 7. Respeto a los derechos humanos.- Brindar un trato digno, igualitario y tolerante, reconociendo los derechos y cualidades inherentes a la persona.

Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 19 7.1 Promuevo, conozco y aplico los derechos humanos, la igualdad y no discriminación, la equidad de género y los derechos laborales de las y los servidores públicos de la Institución. 8. Igualdad y no discriminación.- Prestar el servicio público con un trato igualitario frente a la colectividad educativa, sin distinción, exclusión, restricción, preferencia o cualquier otro motivo. 8.1 Trabajo diariamente para que todas las acciones que se desarrollen en la Institución, promuevan la igualdad entre las mujeres y hombres, sin distinción de la condición social, sexo, color de piel, embarazo, estado civil, discapacidad, preferencia sexual o cualquier otra situación similar. 9. Equidad de género.- Garantizar que tanto mujeres como hombres accedan con las mismas condiciones, posibilidades y oportunidades a los bienes y servicios públicos; a los programas y beneficios institucionales y a los empleos, cargos o comisiones gubernamentales. 9.1 Contribuyo a que las mujeres y hombres tengan el mismo reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos y beneficios sociales. V. PRINCIPIO DE EFICIENCIA.- Lograr los objetivos con la menor cantidad de recursos, cumpliendo adecuadamente el desempeño de sus funciones, a fin de alcanzar las metas institucionales. 10. Rendición de cuentas.- Informar a la sociedad de las acciones que se derivan de su empleo, cargo o comisión. 10.1 Cumplo con eficiencia y eficacia las funciones inherentes a mi cargo o comisión, informando en tiempo y forma los resultados de mi gestión. 11. Formación.- Potenciar el desarrollo, superación y actualización del individuo, en su ámbito personal y profesional haciendo uso de sus facultades y competencias con el propósito de beneficiarse el mismo y a la sociedad en general. Normas de conducta: 11.1 Me capacito periódicamente en el ámbito de mis facultades y competencias. 11.2 Me actualizo en los temas que favorezcan mi crecimiento personal, profesional y de la Institución. 12. Liderazgo.- Influir y contribuir de manera positiva en sus compañeros y superiores, en cuanto al desempeño de sus funciones, a fin de lograr los objetivos de la Institución. 12.1 Transmito a mis superiores y compañeros los valores éticos que rigen a la Institución y fomento, en todo momento, su observancia. 13. Cooperación.- Trabajar de forma conjunta, solidaria y de buen ánimo con otras personas al desarrollar una tarea común. 13.1 Aporto lo mejor de mis capacidades, uniendo esfuerzos con mis compañeros de trabajo.

Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 20 A CAPÍTULO VI. GLOSARIO Acuerdo: Acuerdo que tiene por objeto emitir el Código de Ética de los servidores públicos del Gobierno Federal, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, y los Lineamientos generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés. C Código de Conducta: El instrumento emitido por el Titular de la dependencia a propuesta de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés. Código de Ética: Instrumento emitido por la Secretaría de la Función Pública que rige a las y los servidores públicos del Gobierno Federal. Comité: El Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría de Educación Pública. Conflicto de interés: La situación que se presenta cuando los intereses personales, familiares o de negocios puedan afectar el desempeño independiente e imparcial del servidor público en su empleo, cargo, comisión o funciones. D Dependencias: Las Secretarías de Estado y sus órganos administrativos desconcentrados, los Órganos Reguladores Coordinados, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, la Oficina de la Presidencia de la República, y la Procuraduría General de la República. E Equidad: Principio de justicia relacionado con la idea de igualdad sustantiva que debe prevalecer a favor de cualquier persona. I Igualdad de género: Situación en la cual hombres y mujeres acceden con las mismas posibilidades y oportunidades al uso, control y beneficio de bienes, servicios y recursos de la sociedad, así como a la toma de decisiones en todos los ámbitos de la vida social, económica, política, cultural y familiar. Institución: La Secretaría de Educación Pública. L Legalidad: Actuación apegada al sistema jurídico mexicano. Lineamientos generales: Los Lineamientos generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés, contenidos en el Acuerdo. N Normas: Reglas que deben observarse por los servidores públicos en el ejercicio de las conductas, tareas, actividades o atribuciones propias de su empleo, cargo o comisión. R Reglas de Integridad: Las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, contenidas en el Acuerdo. Respeto: Característica consistente en otorgar a las personas un trato digno, cortés, cordial y tolerante, así como para reconocer y considerar en todo momento los derechos, libertades y cualidades inherentes a la condición humana. V Valores universales: Son el conjunto de normas de convivencia válidas en un tiempo y época determinada. El presente Código de Conducta de la Secretaría de Educación Pública fue aprobado por el Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés, en la sesión celebrada el día 3 de diciembre de 2015.

Martes 26 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 21