POLÍTICA DE CONFLICTO DE INTERESES MAINBIT, S.A. DE C.V.

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Transcripción:

POLÍTICA DE CONFLICTO DE INTERESES MAINBIT, S.A. DE C.V.

ÍNDICE I. Objetivo 3 II. III. IV. Definición Categorías de Conflictos de Ejemplos de Conflictos de 3 3...3 V. Objeto..4 VI. VII. VIII. IX. Cuándo se produce un Conflicto de? Aplicación Obligaciones Responsabilidades..4..4..5..5 X. Comité de Ética..5 XI. XII. XIII. XIV. XV. Denuncias Sanciones Publicación Capacitación Contratación de Personas Políticamente Expuestas..5..5..6..6..6 XVI. Conflictos de Interés Revelación..7 XVII. Anexos..8

POLÍTICA DE CONFLICTO DE INTERESES I. OBJETIVO. La presente Política establece los principios y las normas pertinentes para prevenir y manejar conflictos de intereses, y se explica cómo han de aplicarse dichos principios y normas. Por lo anterior, Mainbit, S.A. de C.V. [en lo sucesivo MAINBIT ] y sus representantes directos e indirectos, así como consejeros, asesores, funcionarios y colaboradores de cualquier nivel o estructura jerárquica de MAINBIT se comprometen a conocer y aplicar la presente Política para asegurar que todos quienes representen a MAINBIT cumplan con la misma. MAINBIT tiene el compromiso de dirigir sus negocios de modo que la toma de decisiones por parte de sus colaboradores no se vea influida por intereses personales ilícitos. II. DEFINICIÓN. Conflicto de Interés.- Es una situación que se presenta cuando los intereses personales, familiares o de negocios pueden afectar el desempeño imparcial del colaborador, consejero y/o representante legal de la sociedad. Esto es, dentro del curso de las actividades de la Sociedad, los intereses de la Sociedad, y/o de sus clientes, y/o de sus colaboradores compiten, directa o indirectamente. III. CATEGORÍAS DE CONFLICTO DE INTERESES. 1. Relaciones personales en el lugar de trabajo 2. Mandatos Externos 3. Financieros Personales 4. Relaciones con Proveedores 5. Obsequios, invitaciones, viajes y entretenimiento 6. Honorarios, comisiones, servicios y otros favores IV. EJEMPLOS DE CONFLICTO DE INTERESES. Ejemplos de situaciones en las que pueden presentarse conflictos de intereses son las siguientes: (A) Relaciones personales en el lugar de trabajo (p. ej., Supervisar a una persona estrechamente vinculada), (B) Mandatos externos (p. ej., formar parte del Consejo de Administración de MAINBIT), (C) Empleo externo (p. ej., tener un segundo empleo en la empresa de un cliente y/o proveedor de MAINBIT),

(D) Favorecer intereses financieros personales (p. ej., tener una participación importante con un Proveedor de MAINBIT) (E) Recibir honorarios, comisiones, descuentos, obsequios, invitaciones para actividades de entretenimiento o servicios (p. ej., recibir compensación de Proveedores de MAINBIT). V. OBJETO. Los intereses personales de un Colaborador nunca deben influir en su juicio ni en las decisiones que tome en nombre de MAINBIT. De conformidad con lo establecido anteriormente, la sociedad MAINBIT respeta totalmente la vida privada de los Colaboradores, y confía en que sus Colaboradores eviten situaciones que puedan dar lugar a un conflicto entre sus intereses personales y los de la sociedad. Por lo anterior, cuando los intereses personales de un colaborador influyen, ya sea de forma real o aparente, o tienen la capacidad de influir en su toma de decisiones en Mainbit, se produce un conflicto de intereses. Asimismo, se recogen los principios y las normas pertinentes para prevenir y manejar conflictos de intereses, y se explica cómo han de aplicarse dichos principios y normas. VI. CUÁNDO SE PRODUCE UN CONFLICTO DE INTERESES? Un conflicto de intereses se produce cuando un colaborador antepone sus intereses personales a los de MAINBIT, esto es, cuando dichos intereses personales influyen de forma indebida en su criterio comercial, sus decisiones o acciones en la empresa. Las situaciones referidas anteriormente, pueden afectar tanto a las personas estrechamente vinculadas con el Colaborador (familia y/o amigos) como al propio Colaborador. Las afectaciones pueden consistir en emitir juicios, tomar decisiones o emprender acciones cuando se enfrenta un conflicto de intereses que pueda dificultar el desempeño objetivo y eficaz de las labores en MAINBIT y puede tener consecuencias legales y regulatorias. El abuso de un conflicto de intereses, es una situación en la cual el resultado de una transacción realizada por la Sociedad, implica una desventaja o perjuicio material para los intereses de un Cliente y, como contrapartida, una ventaja material para la Sociedad, un colaborador, otro cliente o cualquier otro tercero. VII. APLICACIÓN. Esta Política aplica a todos los Consejeros, Funcionarios y Colaboradores de cualquier nivel o estructura jerárquica de MAINBIT, independientemente del lugar donde residan o en donde conduzcan sus negocios, así como a las subsidiarias que representen a Mainbit, sus afiliadas y a los terceros sobre los que Mainbit tenga control, así como a todos los agentes, consultores, socios de negocios y otros terceros representantes cuando actúan en representación de MAINBIT.

VIII. OBLIGACIONES. Todos los Colaboradores y/o representantes de MAINBIT deberán conducirse con los más altos valores y estándares éticos, y de conformidad con lo establecido en el Código de Ética y Conducta de MAINBIT. IX. RESPONSABILIDADES. Es responsabilidad de la Dirección General cumplir y hacer cumplir la presente Política, así como orientar a los colaboradores que tengan a su cargo. Todos los Colaboradores son responsables de seguir los principios y las normas establecidos en esta Política. Es responsabilidad de la Dirección de Recursos Humanos asegurar que los empleados recién contratados comuniquen sus conflictos de intereses durante el proceso de contratación. X. COMITÉ DE ÉTICA. El Comité de Ética será el Órgano encargado de vigilar las actividades y las buenas prácticas de los colaboradores, y/o representantes legales de MAINBIT. Asimismo, entre sus funciones está adoptar las medidas disciplinarias que sean necesarias para dar cumplimiento a todas y cada una de las condiciones establecidas en el presente documento. El Comité de Ética en caso de presentarse algún conflicto de interés, deberá realizar un reporte que de manera enunciativa más no limitativa contendrá: a. Identidad de las personas afectadas por el conflicto de interés. b. Fecha de inicio del conflicto de interés. c. Naturaleza de los servicios materia del conflicto de interés d. Descripción detallada de la situación que motivó el conflicto de interés. e. Consecuencias o impactos de la situación originada por el conflicto de interés. XI. DENUNCIAS. Es deber de cualquier persona, representante, socio de negocios, e incluso clientes, denunciar las actividades que infrinjan o pudieran infringir la presente Política. Las denuncias se podrán realizar mediante: Portal: https://www.lineadedenuncia.com/mainbit/default.html Teléfono 01 800 062 3169 Correo electrónico: mainbit@lineadedenuncia.com XII. SANCIONES. En caso de incumplimiento a la presente Política, MAINBIT impondrá las sanciones legales que estime convenientes de conformidad con lo establecido en el Anexo I.

El Comité de Ética considerará los actos que violen la Política y sus posibles sanciones, así como los incumplimientos en caso de reincidencia. XIII. PUBLICACIÓN. La presente política fue revisada, actualizada y publicada al personal de MAINBIT el 23 de enero de 2017. XIV. CAPACITACIÓN. La sociedad MAINBIT, con el propósito de fortalecer y salvaguardar los intereses de la sociedad y de sus clientes y/o proveedores, realizará capacitaciones constantes a sus colaboradores sobre temas de conflictos de intereses dentro o fuera de la organización. Los colaboradores de MAINBIT serán capacitados cada seis meses. De esta manera, todos y cada uno de los colaboradores que ingresen a la sociedad, deberán recibir cursos de Conflicto de como parte de su curso de inducción a MAINBIT. XV. CONTRATACIÓN DE PERSONAS POLÍTICAMENTE EXPUESTAS. Es importante señalar, que en caso de que MAINBIT decida contratar a alguna Persona Políticamente Expuesta (PEP) o personas que hayan trabajado en la Administración Pública, deberá apegarse al Protocolo de Contratación que se establece en el Anexo II del presente documento. Una Persona Políticamente Expuesta, es aquel individuo que desempeña o ha desempeñado funciones públicas destacadas en un país extranjero o en territorio nacional, considerando entre otros, a los jefes de estado o de gobierno, líderes políticos, funcionarios gubernamentales, judiciales o militares de alta jerarquía, altos ejecutivos de empresas estatales o funcionarios o miembros importantes de partidos políticos. Se asimilan a las Personas Políticamente Expuestas el cónyuge, la concubina, el concubinario y las personas con las que mantengan parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, así como las personas morales con las que la Persona Políticamente Expuesta mantenga vínculos patrimoniales. Al respecto, se continuará considerando Personas Políticamente Expuestas nacionales a aquellas personas que hubiesen sido catalogadas con tal carácter, durante el año siguiente a aquel en que hubiesen dejado su encargo. Sin perjuicio de lo anterior, en los casos en que una persona deje de reunir las características requeridas para ser considerada como Persona Políticamente Expuesta nacional, dentro del año inmediato anterior a la fecha en que pretenda iniciar una nueva relación comercial con alguna Entidad, esta última deberá catalogarla como tal, durante el año siguiente a aquel en que se haya abierto la cuenta o celebrado el contrato correspondiente. En el caso de MAINBIT, los cargos que deben considerarse como personas políticamente expuestas son: Personas que hayan sido servidores públicos en las entidades de la Administración Pública.

XVI. CONFLICTOS DE INTERÉS REVELACIÓN En caso de revelación de Conflictos de Interés MAINBIT se sujetará a lo establecido en el Anexo III.

XVII. ANEXOS. ANEXO I SANCIONES CONDUCTA O HECHO MEDIDA DISCIPLINARIA REINCIDENCIA No informar que se tienen Acta Administrativa Rescisión del contrato de trabajo intereses personales, profesionales y/o económicos (p.e. inversiones) con algún cliente o proveedor No informar acerca de Acta Administrativa Rescisión del contrato de trabajo relaciones familiares dentro de MAINBIT Obtener ventajas o remuneraciones de terceros Hacer uso de la información confidencial de la empresa, con fines privados. Rescisión del contrato de trabajo Rescisión del contrato de trabajo Denuncia penal Denuncia penal NOTA: El Colaborador admite por tanto que, el no haber aclarado una conducta previamente, puede suponer responsabilidad por su parte, puesto que la valoración de la situación de conflicto no es potestad del Colaborador.

ANEXO II PROTOCOLO DE CONTRATACIÓN La Contratación de Personas que trabajaron en el Gobierno o Personas Políticamente Expuestas (PEP) por parte de Mainbit involucra a las siguientes áreas: 1. Dirección General 2. Dirección de Recursos Humanos. 3. El área que dentro de la empresa esta requiriendo de los servicios del colaborador para un determinado puesto o posición. 4. Los Abogados internos o externos de la empresa que tramitan el Contrato de Trabajo correspondiente. Se deberán de aplicar las siguientes reglas: 1. El Gerente de Área solicitante de la contratación de personal, será responsable de verificar con la Dirección de Recursos Humanos que exista la plaza vacante conforme al Perfil de puesto autorizado antes de iniciar el trámite de contratación correspondiente. 2. La Dirección de Recursos Humanos será responsable de cubrir las vacantes, de conformidad al Perfil de puesto autorizado. 3. La Dirección de Recursos Humanos cuando envíe un candidato, deberá requerir la notificación de aceptación de la Dirección General, en caso de no recibir respuesta en un plazo no mayor de 10 (diez) días hábiles siguientes a la presentación del candidato, no continuará con los trámites de contratación. 4. Los candidatos para ocupar puestos vacantes dentro de la empresa deberán presentar y aprobar las evaluaciones correspondientes. 5. La Dirección de Recursos Humanos, será responsable de enviar con oportunidad notificación del movimiento procesado, a Dirección General. 6. La Dirección de Recursos Humanos será responsable de proporcionar al colaborador de nuevo ingreso la inducción a la empresa. 7. La Gerencia del Área solicitante será la responsable de proporcionar al colaborador de nuevo ingreso la inducción al puesto correspondiente. 8. La Gerencia Jurídica será la responsable de proporcionar al colaborador de nuevo ingreso, de manera enunciativa más no limitativa, la inducción a temas Anticorrupción, Antisoborno y de Conflictos de Interés.

ANEXO III CUESTIONARIO PARA DETECTAR CONFLICTOS DE INTERÉS INFORMACIÓN 1) Mencionar fecha de captura de la información en este formato. 2) Denominación o razón social de la empresa (incluyendo si es una S.A. o una S.de R.L. o Inc. o Corp. o LLP) 3) Nombre completo de los accionistas de la sociedad y su porcentaje accionario en la misma. 4) Mencionar si la empresa cotiza en alguna bolsa de valores en el mundo y en que país lo hace. 5) Mencionar si la empresa es subsidiaria de una empresa en EU o en otro país, en caso afirmativo escribir el nombre completo de la empresa de la cual se trate y en lugar donde se encuentra ubicada. 6) Mencionar el nombre completo de las empresas integrantes del grupo corporativo al que pertenece. (relación directa ascendente incluyendo el nombre completo de la controladora del grupo) 7) Señalar quienes son los auditores externos de la controladora. 8) Mencionar quienes son los auditores externos de la empresa que se le prestaran los servicios directamente) 9) Describir la actividad principal de la empresa. 10) Descripción detallada de los servicios que se proporcionarán: 11) Periodo que presumiblemente cubrirá el servicio: 12) Área Responsable. DESCRIPCIÓN 13) Describir la circunstancia profesional y/o personal que lo relaciona con la empresa 14) Situación que pudiera llegar a comprometer la actuación del Colaborador Los colaboradores de Mainbit que pudieran verse afectados por un conflicto de intereses, lo comunicarán al Responsable de su área, previamente a la realización de la operación o conclusión del negocio de que se trate, con el fin de adoptar las decisiones pertinentes y así, evitar que su actuación imparcial pueda verse comprometida.

ACUSE DE RECEPCIÓN DE LA POLÍTICA DE CONFLICTO DE INTERESES He leído y entendido la Política de Conflicto de de MAINBIT, S.A. DE C.V. Derivado de lo anterior, en este acto me comprometo y acepto estrictamente a dar cumplimiento a la Política. En el supuesto de que tenga conocimiento de un caso de incumplimiento a la misma, lo reportaré inmediatamente al Comité de Ética. Nombre Completo Firma Fecha Área a la que pertenece Puesto Ubicación