Vistas las cuentas anuales definitivas del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías relativas al ejercicio 2010,



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Transcripción:

L 286/206 Diario Oficial de la Unión Europea 17.10.2012 DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO de 10 de mayo de 2012 sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías para el ejercicio 2010 (2012/578/UE) EL PARLAMENTO EUROPEO, Vistas las cuentas anuales definitivas del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías relativas al ejercicio 2010, Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales definitivas del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías relativas al ejercicio 2010, acompañado de las respuestas del Observatorio ( 1 ), Vista la Recomendación del Consejo de 21 de febrero de 2012 (06083/2012 C7-0051/2012), Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y, en particular, su artículo 185, Visto el Reglamento (CE) n o 1920/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, sobre el Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías ( 3 ), y, en particular, su artículo 15, Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 4 ), y, en particular, su artículo 94, Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento, Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A7-0134/2012), 1. Aprueba la gestión del director del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías en la ejecución del presupuesto del Centro para el ejercicio 2010; 2. Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación; 3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de la misma al director del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L). El Presidente Martin SCHULZ El Secretario General Klaus WELLE ( 1 ) DO C 366 de 15.12.2011, p. 156. ( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1. ( 3 ) DO L 376 de 27.12.2006, p. 1. ( 4 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.

17.10.2012 Diario Oficial de la Unión Europea L 286/207 RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO de 10 de mayo de 2012 que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la gestión en la ejecución del presupuesto del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías para el ejercicio 2010 EL PARLAMENTO EUROPEO, Vistas las cuentas anuales definitivas del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías relativas al ejercicio 2010, Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales definitivas del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías relativas al ejercicio 2010, acompañado de las respuestas del Observatorio ( 1 ), Vista la Recomendación del Consejo de 21 de febrero de 2012 (06083/2012 C7-0051/2012), Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y, en particular, su artículo 185, Visto el Reglamento (CE) n o 1920/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, sobre el Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías ( 3 ), y, en particular, su artículo 15, Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 4 ), y, en particular, su artículo 94, Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento, Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A7-0134/2012), A. Considerando que el Tribunal de Cuentas ha declarado haber obtenido garantías suficientes de que las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2010 son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares; B. Considerando que, el 10 de mayo de 2011, el Parlamento aprobó la gestión del director del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías en la ejecución del presupuesto del Observatorio para el ejercicio 2009 ( 5 ), y que, en su Resolución aneja a la decisión de aprobación de la gestión, el Parlamento, en particular: pidió al Observatorio que estableciera las instrucciones y los procedimientos adecuados para el análisis de las prórrogas posibles, y que mejorara la programación y el seguimiento de las actividades con miras a la reducción de las prórrogas, pidió al Observatorio que garantizara la aplicación coherente del procedimiento aprobado de evaluación del personal, ( 1 ) DO C 366 de 15.12.2011, p. 156. ( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1. ( 3 ) DO L 376 de 27.12.2006, p. 1. ( 4 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72. ( 5 ) DO L 250 de 27.9.2011, p. 167.

L 286/208 Diario Oficial de la Unión Europea 17.10.2012 instó al Centro a aplicar sin demora nueve recomendaciones «muy importantes» del Servicio de Auditoría Interna (SAI) y a informar a la autoridad responsable de aprobación de la gestión acerca de los progresos realizados; C. Considerando que el presupuesto inicial del Observatorio para el ejercicio 2010 ascendió a 15 900 323 EUR, frente a 14 700 000 EUR en 2009, lo que supone un incremento del 8,16 % respecto a 2009; que la contribución de la Unión al presupuesto del Observatorio para el ejercicio 2010 fue de 14 800 000 EUR ( 1 ), lo que representa un incremento del 4,59 % respecto a 2009; Gestión presupuestaria y financiera 1. Constata en las cuentas anuales definitivas que la recaudación real del Observatorio para el ejercicio 2010 ascendió a 16 245 886 EUR; observa que la diferencia entre los ingresos reales de 2010 y los ingresos consignados en el presupuesto 2010 se debe a los siguientes factores: el pago en 2010 de 362 000 EUR procedente de la contribución de la Unión en relación con los ingresos presupuestarios del Observatorio de 2008 y 2009, la compensación de 16 437 EUR que corresponde al saldo positivo del resultado de la contribución de 2008 y 2009 de Noruega al presupuesto del Observatorio, la suma de 1 980 EUR correspondiente a una cantidad cobrada en el año 2010 pero que no se introdujo en el presupuesto 2010; 2. Observa que la contribución de la Unión para 2010 asciende a un total de 14 800 000 EUR, de los cuales una cantidad de 200 000 EUR, procedente de la recuperación de excedentes, se añadió a la cantidad de 14 600 000 EUR consignados en el presupuesto; 3. Observa, basándose en las cuentas anuales definitivas del Observatorio, que la tasa de ejecución relativa a los créditos del presupuesto de 2010 se sitúa en el 98,82 % (una diferencia del - 0,03 % frente a 2009) para los créditos de compromiso, en el 94,85 % para los créditos de pago frente a los compromisos (- 1, 66 % frente a 2009), y en el 93,73 % para los pagos frente al presupuesto final (- 1,67 % frente a 2009); 4. Observa, además, que los datos relativos a la ejecución del presupuesto de los títulos I y II (personal y actividades de apoyo) muestran un aumento en comparación con la tasa de ejecución de 2009 en términos tanto de compromisos como de pagos: + 0,57 % y + 13,4 %, respectivamente; señala que la tasa de ejecución se sitúa en el 99,15 % para los créditos de compromiso y en el 96,64 % para los créditos de pago, frente al 98,58 % y al 95,30 % para el ejercicio 2009; 5. Constata que la tasa de ejecución para el título III (proyectos y actividades operativas) muestra una disminución en el uso de los créditos de pago (- 9,58 %) en comparación con 2009 y una pequeña disminución en los compromisos con cargo a los créditos del presupuesto definitivo del 1,37 %; señala también que la tasa de ejecución se sitúa en el 98,04 % de los créditos de compromiso y en el 88,83 % para los créditos de pago; observa que la situación del Observatorio se debe a los siguientes factores: más del 70 % de los Puntos Focales Nacionales solo fueron capaces de solicitar el pago del primer tramo de la cofinanciación Reitox 2010, la imposibilidad de ejecutar, antes de finales de 2010, algunos de los pagos relacionados con el reembolso de los gastos para reuniones técnicas que tuvieron lugar en la última parte del año, un número residual de los pagos vinculados a la ejecución de los contratos pequeños para estudios/ encuestas técnicas externas no se pudo ejecutar, debido a la conclusión tardía de las pertinentes compras/operaciones de contratación; ( 1 ) DO L 64 de 12.3.2010, pp. 1056-1057.

17.10.2012 Diario Oficial de la Unión Europea L 286/209 Opina que una escasa tasa de ejecución de los créditos de pago bajo el título III afecta al desarrollo de los proyectos y de las actividades del Observatorio, y podría tener un impacto negativo en sus resultados previstos; pide, por consiguiente, al Observatorio que tome medidas inmediatas para incrementar la tasa de ejecución de los créditos de pago en el futuro y que mantenga a la autoridad encargada de la aprobación de la gestión informada sobre los progresos realizados; 6. Pide al Observatorio que consolide su gestión financiera; reconoce que las cuestiones relacionadas con las drogas deben plasmarse de manera adecuada en el nuevo marco financiero plurianual (2014-2020); Créditos prorrogados 7. Acoge con satisfacción la iniciativa del Observatorio para reducir aún más el volumen de los créditos prorrogados; constata en particular, basándose en su informe anual de actividades, que el Observatorio ha adoptado las siguientes medidas: cinco sesiones de formación relativas a operaciones presupuestarias y a procesos de adquisición se han organizado para los diferentes agentes financieros y operativos del Observatorio, se han puesto en práctica unas instrucciones y unos procedimientos más claros y más estructurados para el análisis y la prevención de las prórrogas, los procesos de licitación destinados a la ejecución del Programa de Trabajo Anual/Presupuesto se han anticipado en la medida de lo posible, de modo que, como norma, estos procesos se llevan a cabo durante el primer semestre del año, se ha contratado a un miembro del personal AD para mejorar la capacidad del Observatorio para planificar y supervisar sus actividades; Sin embargo, pide al Tribunal de Cuentas que informe a la autoridad responsable de aprobar la gestión acerca de la eficacia de estas medidas; Sistema contable 8. Constata, basándose en las cuentas anuales definitivas, que el Observatorio aplicó una nueva estructura de ingresos creada en ABAC con el fin de simplificar y mejorar la gestión de las órdenes de ingreso; 9. Observa también que el Observatorio ha revisado su sistema de gestión por actividades y ha definido un sistema de contabilidad basado en los costes; constata en particular que las aplicaciones ABAC y SAP CO pertinentes se han configurado en consecuencia y que la fase de producción debería haber comenzado en el primer trimestre de 2011; pide al Observatorio que informe a la autoridad encargada de aprobar la gestión acerca de los progresos realizados en esta materia; Contratación pública 10. Observa, basándose en las cuentas anuales definitivas del Observatorio, que un número residual de pagos vinculados a la ejecución de contratos pequeños para estudios técnicos/encuestas externos no se ha ejecutado debido a la conclusión tardía de las pertinentes operaciones de compra/contratación, en línea con el estado de avance de los proyectos en cuestión del programa de trabajo del Observatorio; Rendimiento 11. Pide al Observatorio que tenga debidamente en cuenta el nivel de información en la planificación de sus actividades; insta, en particular, al Observatorio a asegurarse de que el informe anual de actividades refleja efectivamente el programa de trabajo anual y que la planificación de los recursos para las actividades (ABB) está en línea con la estructura organizativa del Observatorio para permitir el seguimiento de la ejecución presupuestaria; 12. Acoge con satisfacción la difusión a través de internet como un elemento eficaz y eficiente de la estrategia global de comunicación y de las actividades de información del Observatorio; pide además al Observatorio que proponga mejoras para mantener, con el apoyo de Reitox, la política multilingüe del Observatorio;

L 286/210 Diario Oficial de la Unión Europea 17.10.2012 13. Toma nota de que deben superarse las dificultades económicas en la Unión Europea e insta, por lo tanto, a una flexibilidad renovada, medidas de organización innovadoras y una mejor coordinación entre las instituciones europeas, las agencias y las autoridades nacionales; 14. Se congratula por la mejora de la cooperación entre el Observatorio y el Proyecto europeo de encuestas escolares sobre el alcohol y otras drogas (ESPAD); considera que el seguimiento en relación con el alcohol, el tabaco y otros comportamientos adictivos no relacionados con sustancias debe incluirse como prioridad en la próxima Estrategia de la Unión Europea en materia de lucha contra la droga. Evaluación de riesgos 15. Observa, basándose en el informe anual, que el Observatorio ha aprobado una metodología global para la realización de la identificación y evaluación de riesgos como herramienta para mejorar la gestión del riesgo en el Observatorio; sin embargo, pide al Tribunal de Cuentas que informe a la autoridad responsable de aprobar la gestión acerca de la eficacia de las medidas adoptadas por el Observatorio; pide asimismo al SAI que compruebe debidamente si el registro central de riesgos ha sido creado efectivamente, en línea con las recomendaciones y los requisitos del SAI, tal como se establece en las normas de control interno del Observatorio; Auditoría interna 16. Observa que en 2010 el SAI llevó a cabo una auditoría sobre la gestión de los productos para comunicación externa con el fin de evaluar y dar garantías en cuanto a los controles internos aplicables a los productos para comunicación externa; señala en particular que varios documentos estratégicos que cubren el área de la comunicación se han publicado en los últimos años, pero que no han sido relacionados con el Programa de Trabajo Anual de 2010 ni con el Programa de Trabajo Plurianual de 2010-2012, y que no se ha planificado una actualización periódica de los grupos destinatarios a lo largo del ciclo de vida de los documentos de planificación, a pesar de que ello se requiere en la estrategia de comunicación del Observatorio; 17. Insta al Observatorio a este respecto a vincular su futura estrategia de comunicación con sus documentos de planificación (multi)anual y a revisar periódicamente las necesidades de los grupos destinatarios; 18. Constata que el Observatorio todavía tiene que poner en práctica cinco recomendaciones «muy importantes» recogidas en auditorías del SAI sobre «gestión de subvenciones» (realizada en 2009) y «preparación para la mudanza» (2008); le preocupa que, en el caso de tres recomendaciones «muy importantes», la ejecución se retrasara más allá de la fecha definida por el Observatorio en su plan de acción original; observa también que una recomendación más ha sido mencionada como ejecutada por el Observatorio a finales de 2010, y que se encuentra en espera de seguimiento por parte del SAI en aras de la confirmación de su aplicación efectiva; insta al Observatorio, por lo tanto, a tomar medidas inmediatas para remediar la situación y a informar a la autoridad encargada de la aprobación de la gestión acerca de las medidas adoptadas; 19. Observa también que una de las recomendaciones, sobre el cumplimiento del acuerdo de subvención, ha sido rechazada por el Observatorio; insta al Observatorio, por lo tanto, a explicar su decisión a la autoridad encargada de la aprobación de la gestión; 20. Llama la atención sobre sus recomendaciones de anteriores resoluciones sobre la aprobación de la gestión, que se exponen en el anexo a la presente Resolución; 21. Remite, en relación con otras observaciones de carácter horizontal que acompañan a la decisión de aprobación de la gestión, a su Resolución de 10 de mayo de 2012 ( 1 ) sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las agencias. ( 1 ) Textos aprobados, P7_TA(2012)0164 (véase la página 388 del presente Diario Oficial).

Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías Prestaciones Gestión presupuestaria y financiera ANEXO RECOMENDACIONES DEL PARLAMENTO EUROPEO DE LOS ÚLTIMOS EJERCICIOS 2006 2007 2008 2009 No se han observado estrictamente los principios presupuestarios de anualidad y especificación: elevado número de transferencias de créditos entre líneas presupuestarias y, en muchos casos, la documentación conexa no estaba suficientemente detallada No se han aplicado estrictamente las normas de adjudicación s.o. El Observatorio está en desacuerdo con Noruega sobre el cálculo de la contribución financiera de este país en concepto de su participación en la labor del Observatorio. El Observatorio ha de intentar resolver cuanto antes este desacuerdo, ya que repercute en el presupuesto y en los estados financieros del Observatorio (la estimación del Observatorio es superior en 80 000 EUR a la de las autoridades noruegas) Insta al Observatorio a establecer objetivos SMART e indicadores RACER, así como a elaborar un diagrama Gannt promoviendo un enfoque orientado a los resultados Insta al Observatorio a elaborar un diagrama Gannt como parte de la programación de cada una de sus actividades operativas s.o. Insta al Observatorio a establecer las instrucciones y los procedimientos adecuados para el análisis de las prórrogas posibles, y a mejorar la programación y el seguimiento de las actividades con miras a la reducción de las prórrogas El Tribunal de Cuentas menciona prórrogas de créditos en 2009 por un importe de 339 000 EUR para los gastos administrativos del título II (26 %) Recursos humanos s.o. s.o. s.o. Insta al Observatorio a garantizar la aplicación coherente del procedimiento aprobado de evaluación del personal Auditoría interna s.o. s.o. Insta al Observatorio a aplicar 26 de las 41 recomendaciones formuladas por el SAI en 2006: es decir, control de calidad de la nueva instalación, precauciones contra daños derivados de inundaciones, un plan de continuidad empresarial e inversiones en equipamiento; la puesta en práctica de las normas internas de control (promociones del personal, evaluación del personal, gestión del riesgo) Pide al Observatorio que informe a la autoridad de aprobación de la gestión sobre los avances realizados en materia de gestión de riesgos y sobre su análisis anual de los riesgos Insta al Observatorio a que aplique sin más dilación 9 recomendaciones «muy importantes» e informe a la autoridad de aprobación de la gestión sobre los avances realizados 17.10.2012 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 286/211