UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA Teléfono 614-7800 Anexos 211-811 Fax 349-5670 * Email: secgeneral@lamolina.edu.pe Apartado 12-056 - Lima-Perú La Molina, 09 de Febrero del 2010 TR.No.0109-2010-UNALM Señor Presente: Con fecha 09 de febrero del 2010, se ha expedido la siguiente Resolución: "RESOLUCIÓN N 0109-2010-UNALM.- La Molina, 09 de Febrero del 2010.- VISTO: La Comunicación Nº 0387-2010-VR.ADM remitida por el Vicerrector Administrativo, solicitando se apruebe los montos en nuevos soles por cada derecho de tramitación que se aplicarán en los procedimientos señalados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la UNALM para el Ejercicio 2010.- CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Art. 37, numeral 5, de la Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General, todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación, según el caso, de su Texto Único de Procedimientos Administrativos, el cual comprende los supuestos en que procede el pago de derechos de tramitación, con indicación de su monto y forma de pago. El monto de los derechos se expresarán en relación a la UIT, publicándose en las entidades en moneda de curso legal.- Que, con Resolución Nº 0614-2008-UNALM de fecha 05 de junio 2008, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la UNALM, conteniendo entre otros el costo por derecho de tramitación, cuyos términos porcentuales se fijó tomando como referencia el valor de la UIT vigente para el Ejercicio 2008.- Que, según el Art. 4º del Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM, la modificación del valor de la UIT no implica la modificación automática del monto de los derechos de tramitación contenidos en el TUPA. Las entidades a través del funcionario responsable de ingresar y publicar la información del TUPA en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas, señalado en el Art. 2º de la Resolución Ministerial Nº 293-2006-PCM y el funcionario encargado en cada entidad de ingresar y publicar la información en el Portal Web Institucional, deberán efectuar la reconversión de los nuevos términos aplicables como resultado de la división del monto de derecho de tramitación vigente, entre el nuevo valor de la UIT.- Que, en aplicación de lo señalado en el Art. 4º del Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM, para el reajuste de los términos porcentuales por cada derecho de tramitación en los procedimientos contenidos en TUPA de la UNALM, aprobado con Resolución Nº 0614-2008-UNALM, se ha procedido a efectuar la reconversión de los nuevos términos, dividiendo los montos en soles que se cobraron hasta el 31 de Diciembre de 2009, entre S/. 3,600.00 que es el valor de UIT que rige para el Ejercicio 2010.- Que, a efectos de determinar los derechos de tramitación por cada procedimiento señalado en el TUPA de la UNALM, la Oficina Administrativa de Planificación, según Informe Técnico Nº 002-2010-DRE-OP/UNALM en base a los nuevos términos porcentuales y sobre la UIT-2010 ha establecido el sustento de los montos en nuevos soles que se aplicarán en el ejercicio 2010.- Que, es conveniente aprobar los montos en nuevos soles por cada derecho de tramitación contenidos en el TUPA de la UNALM; que regirá para el presente Ejercicio 2010.- Estando a lo propuesto, con la visación de la Unidad de Asesoría Legal y en uso de las atribuciones conferidas al señor Rector, como Titular del Pliego.- SE RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar los derechos de tramitación que se aplicará en el presente Ejercicio 2010, por cada procedimiento administrativo contemplado en el TUPA de la Universidad Nacional Agraria La Molina, en porcentaje equivalente a la UIT y en montos en nuevos soles que se señalan en el anexo, que en tres (03) folios forma parte de la presente Resolución.- ARTÍCULO SEGUNDO.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 0334-2008-UNALM de fecha 05 de marzo 2008.- ARTÍCULO TERCERO.- Encargar a la Secretaría General la difusión
UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA Teléfono 614-7800 Anexos 211-811 Fax 349-5670 * Email: secgeneral@lamolina.edu.pe Apartado 12-056 - Lima-Perú La Molina, 09 de Febrero del 2010 TR.No.0109-2010-UNALM de la presente Resolución en el Portal Web de la UNALM y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas.- Regístrese, comuníquese y archívese. Fdo.- Jesús Abel Mejía Marcacuzco.- Rector.- Fdo.- Angel Fausto Becerra Pajuelo.- Secretario General.- Sellos del Rectorado y de la Secretaría General de la Universidad Nacional Agraria La Molina". 2