SERVICIO SOCIAL ÍNDICE. I INTRODUCCIÓN II SERVICIO SOCIAL A) ANTECEDENTES HISTÓRICOS B) DEFINICIÓN III. OBJETIVOS IV. MARCO JURÍDICO DISPOSICIONES



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Transcripción:

SERVICIO SOCIAL ÍNDICE. I INTRODUCCIÓN II SERVICIO SOCIAL A) ANTECEDENTES HISTÓRICOS B) DEFINICIÓN III. OBJETIVOS IV. MARCO JURÍDICO DISPOSICIONES GENERALES V. NORMAS 1) DISPOSICIONES GENERALES 2) ORGANIZACIÓN 3) REQUISITOS Y MODALIDADES 4) SANCIONES VI. PROCEDIMIENTOS A) DE SERVICIO SOCIAL EXTERNO B) DE SERVICIO SOCIAL INTERNO C) PARA LA EXENCIÓN DEL SERVICIO SOCIAL D) PARA EL ÁREA SALUD E) PARA TRAMITAR BAJA DE SERVICIO SOCIAL F) PARA REMITIR INFORMACIÓN A LA COORDINADORA ESTATAL G) INSTRUCTIVOS Y FORMATOS AUTORIZADOS POR LA DEC

I Introducción El Servicio Social en el CONALEP, además de ser un requisito para que el estudiante pueda lograr su titulación, se apega a las disposiciones legislativas que vinculan al futuro profesional con la sociedad que lo está formando, de modo que al complementar su preparación contribuye al desarrollo del país. El Manual de Normas y Procedimientos de Servicio Social, tiene el propósito de uniformar criterios y procedimientos en todos los planteles del Sistema CONALEP y de los que están incorporados a él, y trata, al mismo tiempo, de ofrecer una visión histórica sucinta del Servicio Social en México, su definición y objetivos. Se consideró necesario, asimismo, perfilar el marco jurídico que fundamenta su acción legal en la ley Reglamentaria del Articulo 5o. constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal, la Ley Federal de Educación y el Reglamento para la Prestación del Servicio Social de los Estudiantes de Instituciones de Educación Superior en la República Mexicana. En este orden, se presenta también las normas establecidas por el CONALEP en materia de Servicio Social, como son las disposiciones generales, organización, requisitos, modalidades, derechos, obligaciones y sanciones. Con el fin de facilitar e ilustrar de mejor manera los procedimientos de Servicio Social, se integran los formatos e instructivos de llenado de los siguientes documentos: Programa, Solicitud de Inscripción, Oficio de Presentación Informe Trimestral, Constancia de Acreditación Informe Inicial de Prestadores de Servicio Social, Informe de Prestadores que Concluyeron Servicio Social e Informe Semestral de Servicio Social, únicos autorizados por la Dirección de Evaluación y Certificación, los cuales deberán ser reproducidos fielmente por el plantel. Por ultimo, se incluye el Diagrama de Flujo del Servicio Social y un ejemplo de la Constancia de Validez y Liberación del Servicio Social.

II. Servicio Social. a) Antecedentes históricos Los grandes legados de la República Mexicana se formalizan en la Constitución de 1917, en la cual están plasmados los artículos 3o. y 5o., y en ellos las bases de la educación y de la libre profesión en México. Sin embargo, es hasta 1930, cuando se expidió una ley en la que se exige a los estudiantes de Derecho que, previamente a su titulación profesional, debían realizar prácticas forenses por un período de tres años. A partir de 1934, la Universidad Nacional Autónoma de México dio a conocer sus lineamientos de lo que sería el servicio social obligatorio, con el fin de vincular a los estudiantes con la realidad del país y de que pusieran en práctica los conocimientos adquiridos. Fue la Facultad de Medicina de esta institución educativa la que dio el primer paso al implantar dicha disposición en 1936. En 1937, se sumaron al acuerdo las Universidades Autónomas de Nuevo León y de Michoacán, instituyendo el Servicio Social como práctica obligatoria para los estudiantes de Medicina. En 1945, se reglamenta el Artículo 5o. constitucional para el ejercicio de las profesiones en el D.F., estableciéndose el Servicio Social obligatorio como requisito para obtener un título o grado académico. Años después, en 1950, se regula el Servicio Social de los estudiantes de las escuelas normales y federales, y en 1965, la Escuela Superior de Medicina Rural determina que el Servicio Social de sus estudiantes tendrá una duración de doce meses. En 1967, como consecuencia de los trabajos realizados por una Mesa Redonda Nacional en materia de Servicio Social, se manifiesta la necesidad de crear un organismo federal con facultades para coordinar el Servicio Social. En 1968, el Comité Administrador del Programa Federal de Construcción de Escuelas (CAPFCEE), incorpora pasantes a sus tareas de planeación, promoción y supervisión de la construcción de escuelas rurales en el ámbito nacional. Las inquietudes planteadas en 1967, conforman el antecedente del Primer Congreso Nacional para la Reforma del Servicio Social, realizado en 1972, durante el cual se propone la creación de un organismo interinstitucional para coordinar la prestación del Servicio Social, a lo que la Secretaría de Educación Pública responde con la integración, en ese mismo año, de la Coordinación General de Servicio Social, expidiéndose en 1973, la Ley Federal de Educación, entre cuyas disposiciones figuran las que norman la prestación del Servicio Social. En esa época, la Asociación Nacional de Universidades e Institutos de Enseñanza Superior (ANUIES), efectúa valiosos estudios para organizar el Servicio Social en el plano nacional y el 20 de septiembre de 1978, por acuerdo presidencial, se crea la Comisión Coordinadora del Servicio Social de Estudiantes de las Instituciones de Educación Superior (COSSIES), organismo que surge como respuesta a la necesidad de establecer mecanismos de coordinación interinstitucional de las acciones del gobierno en materia de Servicio Social. El 30 de marzo de 1981, se pública el Reglamento para la Prestación del Servicio Social de los Estudiantes de las Instituciones de Educación Superior en la República Mexicana, en el cual se determina el carácter temporal y obligatorio del Servicio Social como requisito para obtener un título o grado académico. En 1985, COSSIES se integra como área de la Dirección General de Programación y Presupuesto Regional, de la Secretaría de Programación y Presupuesto,

transformándose en Coordinación de Programas Regionales de Empleo, si bien en 1986, se reestructura y cambia su denominación por la de Dirección de Apoyo al Servicio Social del Estudiante y Análisis de Empleo (DASSEAE). Actualmente, la DASSEAE, en coordinación con la SEP y los Gobiernos Federal y Estatal, dirigen el Programa Nacional de Solidaridad de Servicio Social. b) Definición. Se entiende por Servicio Social el trabajo de carácter obligatorio y temporal que deben realizar los alumnos y pasantes en beneficio de la sociedad y dele estado, sin descuidar su aprendizaje, la ética del ejercicio profesional y el espíritu de solidaridad y compromiso con la comunidad.

III. Objetivos. a) Dar cumplimiento a la Ley Reglamentaria del artículo 5o. constitucional relativo al ejercicio de las profesiones, en la cual se establece la prestación del Servicio Social como requisito para obtener un título o grado académico. b) Dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en el artículo 11 del decreto por el cual se crea al CONALEP, que en su parte conducente dice: el Colegio otorgará diplomas y títulos profesionales a quienes cumplan con los requisitos establecidos por la institución. c) Implantar los mecanismo operativos de observancia en los planteles y obtener la adecuada participación dentro del proceso del Servicio Social. d) Establecer la normatividad a que deberán ajustarse las partes que intervienen en la implantación y desarrollo del Servicio Social en el ámbito de su competencia, para proporcionar el seguimiento, control y evaluación. e) Conocer debidamente las instancias involucradas en el proceso del Servicio Social, a fin de establecer debidamente los procedimientos. IV: Marco Jurídico. Disposiciones Generales. El Servicio Social fundamente su acción legal en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, promulgada por el Congreso Constituyente de Querétaro en 1917, la cual establece en su Artículo 5o que: Los servicios profesionales de índole social serán obligatorios y retribuidos en los términos de la ley con las excepciones que ésta señale. (1) Este precepto constitucional toma forma y sustancia jurídica cuando el H. Congreso de la Unión decreta, el 26 de mayo de 1945, la Ley Reglamentaria del Artículo 5o Constitucional, referente al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal. Al efecto de esta ley se refieren el ejercicio profesional en la República Mexicana y un capítulo a las disposiciones relacionadas con el Servicio Social de estudiantes y profesionales. Asimismo, este instrumento jurídico prevé que ninguna persona facultada legalmente para ejercer sus conocimientos escape al cumplimiento del Servicio Social, señalando en el artículo 9o que: (1) Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Artículo 5o, Párrafo 4. Para que pueda registrarse un título profesional por la institución que no forme parte del sistema educativo nacional, será necesario que la Secretaría de Educación Pública revalide en su caso los estudios correspondientes y que el interesado acredite haber prestado el Servicio Social. (2) Por lo tanto, la Dirección General de Profesiones tiene la facultad legal para: Determinar, de acuerdo con los colegios de profesionistas, la sede y forma como éstos desean cumplir con el servicio social. (3) Más adelante en el capítulo VI, que aborda las disposiciones jurídicas de los colegios de profesionistas señala en dos incisos del artículo 5o que: Los colegios de profesionistas tendrán los siguientes propósitos: m) Formar listas de sus miembros por especialidades, para llevar su turno conforme al cual deberá presentar su Servicio Social.

n) Anotar anualmente los trabajos desempeñados por los profesionistas en el Servicio Social (4). En concordancia con el artículo 5o constitucional, el documento jurídico que revisamos dedica un capítulo completo para especificar las disposiciones legales del Servicio Social de estudiantes y profesionistas. Aunque este capítulo consta de nueve artículos en total, sólo citaremos los más relevantes para el tema que nos ocupa y que son: Art. 52. Todos los estudiantes de las profesiones a que se refiere esta ley, así como los profesionistas no mayores de 60 años, o impedidos por enfermedad grave, ejerzan o no, deberán prestar Servicio Social en los términos de esta ley. Art. 54. Los colegios de profesionistas, con el consentimiento expreso de cada asociado, expresarán a la Dirección General de Profesiones las formas como prestarán el Servicio Social. Art. 55. Los planes de preparación profesional, según la naturaleza de la profesión y de las necesidades sociales que se trate de satisfacer, exigirán a los estudiantes de las profesiones a que se refiere esta ley, como requisito previo para otorgarles el título, presten Servicio Social durante un tiempo no menor de seis meses, ni mayor dos años. (2) Ley Reglamentaria del Artículo 5o Constitucional; art. 9o. (3) op. cit. Capítulo IV, Artículo 23, Párrafo VIII. (4) op. cit. Capítulo VI, Artículo 50. No se computará en el término anterior el tiempo que por enfermedad u otra causa grave el estudiante permanezca fuera del lugar en que deba prestar el Servicio Social. Art. 59. Cuando el Servicio Social absorba totalmente las actividades del estudiante o del profesionista, la remuneración respectiva deberá ser suficiente para satisfacer decorosamente sus necesidades. Como se ve, la Ley Reglamentaria del Artículo 5o Constitucional se convierte en el instrumento jurídico por excelencia en materia de Servicio Social. Aunque cabe mencionar que existen artículos específicos en diversas leyes, que de alguna manera incluyen disposiciones relativas al Servicio Social. Tal es el caso de: a) La ley Federal de Educación. b) La Ley General de la Salud, y c) La ley Nacional de Educación para Adultos. Sin embargo las fuentes legales mencionadas no constituyen la totalidad de las disposiciones expedidas en torno al Servicio Social, pero son las más conocidas y que comúnmente se aplican en este sentido. V. Normas. 1) Disposiciones generales. 1.1 Es de observancia obligatoria la aplicación de la normatividad y los procedimientos en las actividades del Servicio Social, tanto en los planteles CONALEP, como en aquellos incorporados a él.

1.2. El Servicio Social, deberá ser realizado por los alumnos y pasantes que se encuentren inscritos y cursando una carrera en cualquiera de nuestros planteles y los incorporados. 1.3. La definición del Servicio Social está dada por aquella actividad de carácter obligatorio y temporal que deben realizar los alumnos y pasantes en interés de la sociedad y del estado, sin descuidar su aprendizaje, la ética del ejercicio profesional y el espíritu de solidaridad y compromiso con la comunidad. 1.4. Es responsabilidad de los planteles diseñar e implantar el Servicio Social en coordinación y/o con la autorización de la Coordinadora Estatal. 1.5. En cada plantel el responsable del Servicio Social es el Director, quién podrá delegar la función en quién considere, previa autorización de la Coordinadora Estatal. 2) La organización del Servicio Social. 2.1. El Consejo Consultivo participará en la revisión de los programas de Servicio Social normales que diseñe el plantel, antes de remitirlo a la Coordinadora Estatal, para su aprobación y registro. Los programas de Servicio Social Especiales serán revisados e implantados con la rapidez y eficiencia que requiera cada caso por el Director del Plantel informando a la Coordinadora Estatal. 2.2. El desarrollo de los programas de Servicio Social será organizado, dirigido y coordinado por el Director del Plantel o quién designe y se ubicará en el área de Servicios Escolares. 2.3. Una vez que los programas de Servicio Social normales y especiales son autorizados de conformidad con lo dispuesto, se procederá a elaborar y difundir las instrucciones entre los alumnos y pasantes a fin de orientarlos para esta actividad. 2.4. Los programas de Servicio Social estarán sujetos en todos los casos a un proceso de evaluación, el cual efectuará el Director del Plantel. 2.5. Durante la prestación del Servicio Social, tanto los alumnos como los pasantes, deberán presentar informe trimestral por escrito, dirigido al responsable del Servicio Social en el plantel. 3) Requisitos y Modalidades en la Prestación del Servicio Social. 3.1. La prestación del Servicio Social normal interno o externo, podrán hacerlo tanto los alumnos inscritos desde el segundo semestre de la carrera, como los pasantes. 3.2. De existir irregularidades en el pago de las colegiaturas y por causas que le sean imputables, no hayan integrado correctamente su expediente escolar, los alumnos y pasantes no podrán prestar su Servicio Social. 3.3. Los alumnos y pasantes que estén en posibilidades de prestar su Servicio Social, deberán solicitar su inscripción en el programa correspondiente. 3.4. Los pasantes deberán haber cumplido con su Servicio Social para poder presentar el examen profesional y optar por el correspondiente título de Profesional Técnico. 3.5. El Servicio Social cubrirá un periodo no menor de 480 horas en un mínimo de 6 meses, exceptuando el área de la salud, que cubrirá una duración de un año, de acuerdo a la reglamentación vigente. 3.6. Ante el cumplimiento satisfactorio del Servicio Social, de acuerdo a lo dispuesto en las normas y criterios que rigen la materia, el Director del Plantel extenderá al alumno y/o pasante la constancia de acreditación, remitiendo copia a la Coordinadora Estatal. 3.7. En la eventualidad de que los alumnos y/o pasantes deseen inscribirse en un programa de Servicio Social de cualquiera de los planteles del CONALEP, se imparta

o no la carrera por ellos cursada, se procederá siempre y cuando acrediten la validez de sus estudios y obtengan la autorización del Director del Plantel. 4) Las Sanciones. Los alumnos y pasantes que comentan infracciones de cualquier índole en la prestación del Servicio Social, serán sancionados de conformidad a los dispuesto en el artículo 28 del reglamento correspondiente.

VI. Procedimientos. a) Del Servicio Social Externo. El inicio de la organización del Servicio Social será en el plantel mismo, ya que deberán elaborar un inventario actualizado de todas las dependencias gubernamentales que operen en la región; a través del Departamento de Servicios Escolares, se visitará a dichas dependencias con el fin de instrumentar programas para la prestación del Servicio Social. El Plantel deberá remitir a la Coordinadora Estatal los programas (DEC-0001) para someterse a revisión, registro y autorización, bajo una clave específica, mediante la cual se manejará durante su vigencia de acuerdo a los establecido en el Artículo 2o. Fracción VII del Reglamento de Servicio Social. A través de oficio, la Coordinadora Estatal, notifica al plantel la clave de registro y autorización del programa, el cual deberá ser difundido entre los alumnos y pasantes, para que los interesados llenen su solicitud de inscripción (DEC-0002), posteriormente recibirá oficio de presentación (DEC-0003), con lo cual deberá asistir a la dependencia correspondiente, recabando sello y firma de recibido. El alumno dará comienzo a la prestación del Servicio Social durante seis meses o un año en el caso del área de la salud, elaborando informe de actividades trimestral (DEC-0004), al concluir la prestación del Servicio Social, el plantel deberá elaborar constancia de acreditación del Servicio Social (DEC-0005), en base a la cual se expedirá por parte de la Coordinadora Estatal, Constancia de Validez y Liberación de Servicio Social, con lo que queda concluido el trámite referente a Servicio Social. Modalidades. - Los alumnos y pasantes podrán participar en dos tipos de programas: Internos: Son aquellos que se desarrollan en el CONALEP para impulsar acciones técnicas, culturales y sociales contemplando los siguientes aspectos: Investigación Asesoría Docencia Trabajos Técnicos Desarrollo de la Comunidad Externos: Son aquellos que promueven los gobiernos federal, estatal y municipal en procuración del beneficio social, y dentro de los cuales se deben considerar los siguientes puntos: Capacitación Asesoría Técnica y Profesional Investigación Salud Educación para Adultos Alfabetización Convenios institucionales Desarrollo de la comunidad - Los programas deberán contener mínimamente los siguientes datos:

Nombre Objetivo Duración Número de participación Perfiles profesionales que participan Lugar de realización Actividades Responsable Derechos y Obligaciones. Derechos. Los alumnos y pasantes gozarán de los siguientes derechos durante la prestación del Servicio Social: - Obtener información de los programas en que se inscriban y, en su caso, recibir asesoría adecuada y oportuna para el desempeño de sus actividades. - Ser tratados en forma atenta y respetuosa por sus superiores, iguales o subalternos. - Participar de las prestaciones establecidas en convenios nacionales, estatales y municipales, que se otorguen en materia de Servicio Social. - Los trabajadores de los gobiernos federal, estatal y municipal quedan exentos de la prestación del Servicio Social. - Solicitar apoyo a la Dirección del Plantel para el adecuado cumplimiento de sus derechos. - Solicitar su baja del programa, con la autorización por escrito del Director del Plantel. - Recibir Constancia de Validez y Liberación de Servicio Social. Obligaciones. Las obligaciones que tienen los alumnos y pasantes durante la prestación del Servicio Social son: - Acatar las disposiciones que al efecto se señalen por el CONALEP. - Realizar los trámites necesarios. - Cumplir las condiciones y requisitos exigidos por el programa en el cual se encuentren inscritos. - Respetar a sus superiores, iguales o subalternos. - Responder del manejo de los documentos y valores que les confíen con motivo de sus actividades. - Hacer entrega de los documentos y valores de cuya guarda sean responsables. - Acatar las disposiciones y lineamientos que rigen en la dependencia en la cual realicen su Servicio Social. Sanciones Las medidas disciplinarias que se aplicarán a los alumnos y pasantes que infrinjan las disposiciones que regulen la prestación del Servicio Social serán: - Amonestación verbal, cuando la falta no sea grave.

- Amonestación por escrito, cuando se incurra en faltas que lo ameriten. Esta la aplicará su jefe inmediato, debiendo entregar una copia del escrito al plantel, con el fin de que se integre al expediente individual del prestador. - Suspensión temporal, cuando por enfermedad u otra causa grave se permanezca fuera del lugar en el que se presta el Servicio Social. Se computará el tiempo en los casos que lo ameriten. b) Del Servicio Social Interno. Este tipo de Servicio Social es el que se presta en el propio Plantel donde se cursa o se haya cursado la carrera o en otro del Sistema CONALEP. Para el efecto, se aplica el mismo Procedimiento de Servicio Externo, sólo que en lugar de enviar al prestador a la misma Dependencia, se le conduce al Departamento correspondiente o al Plantel indicado. Para ilustrar mejor los trámites de referencia, se incluyen aquí los formatos e instructivos de llenado respectivos. c ) Para la exención del Servicio Social. Los alumnos y pasantes que se encuentren trabajando en el gobierno Federal, Estatal y Municipal, quedarán exentos de la obligación de prestar Servicio Social si comprueban una antigüedad de por lo menos tres meses mediante una constancia de trabajo en hoja membretada, sellada y firmada por una persona autorizada para ello en la dependencia. Esta constancia deberá especificar la fecha de ingreso y traer adjuntos el original y copia fotostática de los recibos de pago correspondientes a los tres meses de trabajo inmediatos anteriores. El original de los recibos de pago servirá sólo para cotejar las copias fotostáticas, se debe incluir al alumno o pasante en el Informe Inicial de Prestadores de Servicio Social. Con la constancia de trabajo y las copias de los recibos de pago se abrirá expediente del alumno o pasante, quien deberá presentar mensualmente el original y copia fotostática de los recibos de pago subsecuentes; el plantel deberá archivar las copias de los recibos de pago durante seis meses, al cabo de los cuales deberá elaborar la Constancia de Acreditación de Servicio Social, con la particularidad de que, en los espacios correspondiente a los datos del programa, se indicará la exención de esta obligación y registrar el programa ante la Coordinadora Estatal. El alumno o pasante será incluido en el Informe de Prestadores que Concluyeron Servicio Social, remitiéndolo a la Coordinadora Estatal acompañado de copia de la constancia de Trabajo y Constancia de Acreditación del Servicio Social. Los estudiantes de carreras del área salud sólo podrán realizar estos trámites cuando tengan cubierto el 100% de los créditos académicos del plan de estudios correspondiente (además de los tres meses de antigüedad en el trabajo), pero deberán permanecer un año en servicio y hace constar que las actividades que desempeña concuerdan con su Perfil Profesional. Solamente cumpliendo estos requisitos tendrán derecho a que se les reconozca su trabajo como Servicio Social. d) Para el Área de Salud. En este procedimiento se deben cumplir las disposiciones mencionadas y también tiene por objeto obedecer a lo establecido por la Secretaría de Salud en materia de Servicio Social. Por lo que es importante considerar los siguientes aspectos: En el curso del presente se denominarán - Secretaría: A la Secretaría de Salud. - Dirección: A la Dirección General de Servicios Coordinados de Salud Pública en los Estados. - Coordinados: A los Servicios Coordinados de Salud Pública en los Estados.

- Instituciones de Servicio: A las instituciones de Salud, de Seguridad Social y de Asistencia Social donde serán asignados los prestadores de Servicio Social. Se consideran carreras del Área Salud: Asistente Dental Asistencia Social Asistente Social Auxiliar Médico Enfermería General Nutrición Operación de Farmacias Enfermería en Salud Pública Inhaloterapia Inspección Sanitaria Enfermería Óptico Protesista Dental Protesista Ortesista Laboratorista Clínico Radiólogo Salud Comunitaria Terapia Física Terapia Múltiple de Rehabilitación Terapia Ocupacional Urgencias Emergencias y Desastres Enfermería Básica Radioterapeuta Entrenamiento Deportivo Deportes Las instituciones de servicio, formularán anualmente los programas específicos, los cuales serán sometidos a la consideración de los coordinadores con seis meses a la iniciación del Servicio Social. El plantel entregará a la Dirección o, en su caso, a los coordinadores, una relación que contenga el nombre y promedio de calificaciones (del 1o al 5o semestre) de todos los que egresarán en el próximo ciclo, entregando una relación por carrera y con tres meses de anticipación al inicio del Servicio Social. La Dirección o los coordinadores elaborarán la relación de vacantes autorizadas al plantel, haciéndola llegar cuando menos 45 días antes de la iniciación del Servicio Social. A más tardar 5 días hábiles después de haber recibido la notificación de vacantes autorizadas, el plantel organizará la elección de las mismas, dando prioridad a los mejores promedios.

Los estudiantes que no asistan a la elección, los de bajo promedio y los extranjeros, no tendrán derecho a beca, pero podrán elegir entre vacantes disponibles sin beca. Posteriormente, el plantel entregará a la Dirección o a los coordinadores la relación de prestadores y lugares en los que fueron ubicados, con el fin de que se expida la Constancia de Asignación. Para obtener la Constancia de Asignación el pasante debe entregar a la Dirección o a los coordinadores los siguientes documentos: - Solicitud para el Servicio Social en el formato que proporciona la Secretaría. - Original de Carta de pasante expedida por el CONALEP. - Los extranjeros proporcionarán fotocopia del Pasaporte y Forma FM9, que expide la Secretaría de Gobernación. La fotocopia deberá cotejarse con los originales. La práctica del Servicio Social tendrá una duración de doce meses continuos. El horario se fijará de acuerdo con lo que estipule la Constancia de Asignación. Al concluir, la Dirección o los coordinadores entregarán las Constancias de Terminación de Servicio Social. Los expedientes individuales de los prestadores en el plantel, se podrán integrar con los formatos establecidos por la Dirección o los coordinadores. Sin embargo, los trámites ante la Coordinadora Estatal serán iguales a los que realizan para las demás áreas. Se considera de importancia mencionar los siguientes puntos en relación con la prestación del Servicio Social en el área salud. Durante la práctica del Servicio Social los prestadores podrán efectuar cambios de adscripción y permutas en los siguientes términos: - Se efectuarán dentro del ámbito de la entidad federativa de adscripción y solamente por necesidades del servicio debidamente comprobadas por la Secretaría. - Cuando los copermutantes correspondan al mismo periodo, institución de servicio y sean egresados de CONALEP. - Los cambios y permutas serán realizados por los coordinadores y, en su caso por la Dirección, los cuales darán aviso a las instituciones de servicio y al CONALEP: - Solamente se autorizará un cambio o permuta, no afectando el cómputo del tiempo efectivo. - Las solicitudes deberán presentarse al plantel, dentro de los dos primeros meses, para que éste otorgue su anuencia a la Secretaría. Derechos de los Prestadores. - Gozar de dos periodos de vacaciones de diez días hábiles de acuerdo con el calendario aprobado por las autoridades del las Instituciones de Servicio. - Disfrutar, las pasantes, de 90 días de licencia por gravidez, sin detrimento del pago de beca ni del cómputo de tiempo. - Recibir servicio de guardería si existe en la Institución de Servicio. - Recibir, cuando sufran algún accidente durante la prestación del Servicio Social, una cantidad equivalente a la prescrita para la responsabilidad civil por causa contractual, de acuerdo con lo que señala el Código Civil para el D.F. en Materia Común, y para toda la República en Materia Federal, en los casos de incapacidad parcial o total.

- Recibir por parte de la Institución de Servicio; asistencia médica, quirúrgica, hospitalaria y medicamentos, haciéndose extensivos a familiares en línea directa. Son faltas Imputables a los Prestadores. - Realizar, dentro de su horario, actividades distintas a las que se les asignaron. - Aprovechar los servicios o el personal en asuntos particulares o ajenos a la Institución de Servicio. - Incurrir en actos de violencia, amagos, injurias o malos tratos contra sus jefes, compañeros o familiares de unos y otros ya sea dentro o fuera de su horario. - Ausentarse de sus actividades sin permiso. - Sustraer de la Institución de Servicio materiales, equipo, instrumental o medicamentos, sin autorización por escrito de sus superiores. - Celebrar reuniones o actos de carácter político o de índole ajena a los intereses de la Institución de Servicio. - Concurrir a sus actividades bajo los efectos de bebidas embriagantes, estupefacientes o psicotrópicos. - Iniciar disfrute de vacaciones o licencias por gravidez sin autorización por escrito. - Comprometer con su imprudencia, descuido o negligencia, la seguridad de la Institución de Servicio o de las personas que ahí se encuentren. - Causar daños al inmueble de la Institución de Servicio. Obligaciones de los prestadores. - Pagar los daños que causen al inmueble de la Institución de Servicio. - Aceptar las retenciones, descuentos o deducciones a la beca por causa de: Deudas contraídas con la Secretaría o Institución de Servicio. Pagos hechos con exceso, errores o pérdidas debidamente comprobadas, y Descuentos por autoridad judicial competente, para cubrir alimentos que fueron exigidos al prestador. Cuando por cualquier motivo no se concluya la prestación del Servicio Social, podrá efectuarse en ciclos posteriores; pero en este caso será sin beca. e) Para tramitar Baja del Servicio Social Cuando el prestador o la dependencia no estén de acuerdo en continuar con el convenio establecido, la parte inconforme deberá comunicarlo al plantel para que éste investigue y determine la situación, tratando siempre de dar la mejor solución posible al problema para ambas partes. En aquellos casos en que el plantel determine oportuna, la baja del prestador, deberá notificarlo a la Coordinadora Estatal lo más pronto posible mediante el formato Baja de Servicio Social. f) Para remitir información a la Coordinadora Estatal. Una vez que los prestadores hayan iniciado su Servicio Social, el plantel deberá notificarlo a la Coordinadora Estatal a través del Informe Inicial de Prestadores de Servicio Social, en el cual se relacionará a los prestadores que hayan iniciado la actividad en los últimos dos meses, utilizando un renglón por cada prestador. Se

incluirá una sola vez al prestador, salvo en los casos de baja volverá a relacionar cuando se incorpore nuevamente a la actividad. El original del Informe Inicial de Prestadores de Servicio Social, será remitido a la Coordinadora Estatal bimestralmente, dejando copia de él en el plantel.

g) Instructivos y formatos autorizados por la DEC. El formato e instructivo de llenado del Informe Inicial de Prestadores de Servicio Social son los siguientes: Instructivo para el llenado del Formato Programa de Servicio Social. En este formato se deberán proporcionar los datos requeridos de la siguiente manera: - En el paréntesis correspondiente se marca con una (x) si el programa es externo o interno. - Nombre: Anotar de manera breve pero tan fielmente como sea posible, el contenido del trabajo que se realizará. (Nomás de cuarenta espacios de máquina). - Objetivo: Escribir de forma clara y concisa el propósito que se pretende alcanzar. - Vigencia. Indicar el día, mes y año en que se inicia y concluye el programa. La duración mínima será de seis meses y la máxima de dos años debiendo renovarse el registro oportunamente. - Prestadores que participarán: Indicar cuantos prestadores participarán, escribiendo la cantidad con número. - Carrera(s) de los prestadores: Mencionar la o las carreras que cursan o concluyeron los prestadores; pero que dichas carreras aunque diferentes pertenezcan a una misma área (agropecuaria, Pesca, Industrial, Administración, Salud y Turismo). - Institución donde se llevará a cabo el programa: Anotar el nombre oficial de la dependencia donde los prestadores realizarán su Servicio Social. - Actividades por desarrollar: Enlistar las actividades que se realizarán. (Si el espacio correspondiente no es suficiente, favor de anexar hoja complementaria). - En el ángulo superior derecho se encuentra un espacio para la clave del programa, la cual será proporcionada por la Coordinadora Estatal. - Todos los programas serán firmados por el Director del Plantel. - El original del programa será enviado a la Coordinadora Estatal para su revisión, autorización y registro, conservando una copia del mismo en el plantel.

Instructivo para el llenado del Formato Solicitud de Inscripción al Servicio Social. En este formato se deberán proporcionar los datos requeridos de la siguiente manera: - En el paréntesis correspondiente se marca con una (x) si el programa es externo o interno. - Nombre: Anotar el nombre completo del prestador según se asienta en su Acta de Nacimiento. - Matrícula: Anotar el número asignado completo y correcto. - Plantel, Turno, Semestre y Generación: anotar los datos que correspondan al prestador solicitante. Datos del Programa: - Nombre: Anotar el nombre del programa. - Clave: Anotar el número que haya asignado, la Coordinadora Estatal al programa. - Horario: Anotar el horario en que prestará el Servicio Social el interesado. - Fecha de Inicio y Terminación: Anotar el periodo en que el prestador realizará su Servicio Social (Día, Mes y Año). - Lugar donde se llevará a cabo: Anotar el nombre de la dependencia en la cual prestará el Servicio Social. A través de este documento del prestador, además de ser inscrito en un programa, se compromete a cumplir satisfactoriamente lo establecido para la realización del Servicio Social. El original de este documento se integrará al expediente del prestador, debiendo entregarse una copia al interesado.

Instructivo para el llenado del Formato Oficio de Presentación. Los datos requeridos en este formato serán proporcionados de igual manera que en la Solicitud de Inscripción. Este documento tiene como finalidad presentar al prestador ante el responsable del área de la dependencia a la que ha sido asignado. El original de este documento se entregará en la dependencia, donde deberá recabarse sello firma de recibido en la copia respectiva y que formará parte del expediente del prestador. En algunas ocasiones la dependencia contestará por escrito la aceptación del prestador,, en cuyo caso la respuesta deberá formar parte del expediente del interesado.

Instructivo para el llenado del Formato Informe Trimestral. Cuando el prestador entrega este documento al plantel, se deberá verificar que los datos solicitados sean correctos y estén completos, así como sus actividades realizadas y comentarios. El documento deberá traer la firma del jefe inmediato y el sello de la dependencia. El original de este documento formará parte del expediente del prestador, y se dará una copia del mismo a la dependencia; la copia que se entregue al interesado deberán estar firmada y sellada de recibido por parte del plantel.

Instructivo para el llenado del Formato Constancia de Acreditación de Servicio Social. Al término de la prestación de Servicio Social, el plantel debe elaborar este documento, verificando que los datos sean correctos y estén completos. Se le entregará al prestador original y dos copias para que recabe firma y sello de la dependencia donde prestó su Servicio Social, posteriormente deberá entregarlas al plantel para que se sellen y las firme el Director. En los casos en que la dependencia no esté de acuerdo en firmar y sellar este documento, dicha firma y sello se sustituirá por un oficio mediante el cual la dependencia avale la prestación del Servicio Social. El original de este documento se entregará a la Coordinadora Estatal junto con el informe de prestadores que concluyeron el Servicio Social, una copia será parte de su expediente en el plantel y la otra para el prestador. Instructivo para el llenado del formato del Informe Inicial de Prestadores de Servicio Social. - Entidad Federativa: Anotar nombre del estado en que se encuentra ubicado el plantel. - Plantel: Mencionar el nombre oficial del plantel al que corresponde la información. - Fecha: Indicar el día, mes y año en que se envía el informe a la Coordinadora Estatal. - Generación y Carrera: Anotar a las que pertenecen los prestadores, (Se debe elaborar un informe por cada generación y carrera). - Nombre del prestador: Anotar el nombre completo, conforme aparece en su Acta de Nacimiento.(utilizar un renglón por prestador). - Matrícula: Anotar el número de matrícula del prestador, según se encuentre registrado en el plantel. - Clave del Programa: Mencionar el número de clave del programa en que se encuentra inscrito el prestador. - Fecha de Inicio: Anotar el día, mes y año en que el prestador inicio su Servicio Social ejemplo: (09 marzo 92). - Fecha de Terminación: Anotar el día, mes y año en que el prestador concluya su Servicio Social, ejemplo (09 sep. 92). - Horas por Acumular: Anotar el número de horas que el prestador cubrirá durante su participación en el programa,. Cabe aclarar que la cantidad mínima de horas por cubrir es de 480 en un tiempo mínimo de seis meses y máximo de dos años. - Monto de beca: Anotar si hay alguna remuneración económica para el prestador, el monto de ésta (mensual). - Dependencia donde realiza el Servicio Social: Anotar el nombre de la Dependencia donde realiza su Servicio Social. En el momento que los prestadores finalizan la actividad de Servicio Social, es responsabilidad del plantel la correcta y completa integración de los expedientes individuales correspondientes, así como la elaboración del Informe de Prestadores que concluyeron Servicio Social.

Es de suma importancia la cuidadosa revisión de los datos asentados en este informe ya que serán los que contengan las Constancias de Validez y Liberación de Servicio Social, expedidas por la Coordinadora Estatal. En el Informe de Prestadores que Concluyeron Servicio Social no deben aparecer firmas o sellos. la legalidad de este formato la respaldan las copias de Constancias de Acreditación de Servicio Social que se anexan a él. El plantel debe remitir a la Coordinadora Estatal el original del Informe de Prestadores que Concluyeron Servicio Social, anexando al mismo las constancias de acreditación de Servicio Social en el orden en que están relacionados los prestadores para que, con base en ellas, se expida la Constancia de Validez y Liberación de Servicio Social. A continuación se incluyen el formato y el instructivo de llenado del informe.

Instructivo para el llenado del Formato del Informe de Prestadores que Concluyeron Servicio Social. Plantel: Anotar el nombre oficial del plantel al que pertenecen los prestadores. - Carrera: Anotar el nombre correcto y complemento de la carrera a la carrera que pertenecen los prestadores (Utilizando un formato para cada carrera). - Generación: Indicar la generación a la que pertenecen los prestadores relacionados (Utilizando un formato para cada generación). - Nombre del Prestador: Anotar el nombre completo y de acuerdo con el acta de nacimiento, (Utilizar un renglón por prestador). - Matrícula: Anotar el número completo y correcto. - Nombre del Programa: Indicar el nombre del programa en el cual participó el prestador, (abarcando como máximo cuarenta dígitos). - Clave: Anotar el número de clave con que fue registrado el Programa ante la Coordinadora Estatal. - Horas: Asentar el número de horas acumuladas por el prestador en su Servicio Social (480 como mínimo). - F.I. Indicar el día, mes y año en que el prestador inicio su Servicio Social. El mes, deberá anotarse con letra, de manera abreviada; en cuanto al año únicamente se anotarán los dos últimos dígitos, ejemplo: 09 mar. 93, debiendo respetar este orden. - F.T. Anotar el día, mes y año en que el prestador terminó su Servicio Social según se explicó anteriormente, 09 sep. 92. - Folio: Este espacio es para uso exclusivo de la Coordinadora Estatal. El plantel también deberá remitir a la Coordinadora Estatal el Informe Semestral de Servicio Social, en los meses de marzo y septiembre. este documento servirá para el manejo de datos estadísticos específicos en original y el plantel se quedará con una copia. El informe se enviará por primera vez cuando los prestadores estén inscritos en el 5o semestre de la carrera, y luego tanta veces como movimientos haya en él. Las carreras del área de salud también se deben considerar en el informe. El formato y el instructivo de llenado son los siguientes:

Instructivo para el llenado del formato Informe Semestral de Servicio Social. - Plantel: Anotar el nombre oficial del plantel al que corresponda la información. - Clave: Anotar la clave del plantel. - Generación: Indicar la generación a la que corresponda la información. - Fecha: Anotar el día, mes y año en que se obtiene la información. - Carrera: Enlistar las carreras que se imparten en el plantel. - Clave del Plan de Estudios: Anotar la clave correspondiente a la(s) carrera(s). - No han hecho Servicio Social: Anotar la cantidad de alumnos y (o) pasantes que no han realizado trámites para la prestación del Servicio Social. - Actualmente prestan Servicio Social: Indicar el número de prestadores que realizan su Servicio Social, separando a los alumnos y (o) pasantes que cuenten con beca de los que realizan el servicio sin alguna remuneración. - Terminaron Servicio Social: Indicar, como en la columna anterior, el número de prestadores que hayan cubierto totalmente este requisito. - Total: Realizar la suma de las cantidades anotadas vertical y horizontalmente, según sea el caso. (Se debe considerar a todos los alumnos o egresados de la generación correspondiente). - Elaboró: Anotar el nombre y cargo de la persona que proporcionó los datos para el llenado de este informe, así como su firma en el espacio correspondiente. - Revisó: Anotar el nombre del jefe de Servicios Escolares como responsable de la revisión de este informe, así como su firma en el espacio correspondiente. - Vo.Bo. Anotar el nombre del Director del Plantel para validar este informe, así como su firma en el espacio correspondiente.