ACUERDO Nro. MINEDUC-ME A SR. FREDDY PEÑAFIEL LARREA MINISTRO DE EDUCACIÓN, SUBROGANTE CONSIDERANDO:

Documentos relacionados
REPÚBLICA DEL ECUADOR MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL SECRETARÍA GENERAL ORDEN GENERAL Nº 003 LUNES 06 ENERO 2014

INSTRUCTIVO CERTIFICACIONES EXONERACION IMPUESTO A TIERRAS RURALES

ACUERDO Nro. MINEDUC-MINEDUC A FANDER FALCONÍ BENÍTEZ MINISTRO DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO:

INFORMATIVO LABORAL No

RESOLUCIÓN No. A Mauricio Rodas Espinel ALCALDE METROPOLITANO DE QUITO

ACUERDO Nro. MINEDUC-ME A AUGUSTO X. ESPINOSA A. MINISTRO DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO:

ACUERDO Nro. MINEDUC-ME A AUGUSTO X. ESPINOSA A. MINISTRO DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO:

Acuerdo No Augusto X. Espinosa A. MINISTRO DE EDUCACIÓN. Considerando:

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR. ACUERDO No. Q Eduardo Enrique Mangas Mairena SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

EDICIÓN ESPECIAL SECRETARÍA DEL AGUA. ACUERDO No

Resolución Nro. APM-APM R. Manta, 04 de octubre de 2017 AUTORIDAD PORTUARIA DE MANTA CONSIDERANDO:

SECRETARIA DEL AGUA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA MIRA

LOS EVENTOS PUBLICOS SE REALIZARAN EN ESPACIOS DE ENTIDADES PUBLICAS. Contenido

ACUERDO Nro. MINEDUC-ME A AUGUSTO X. ESPINOSA A. MINISTRO DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO:

PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO

ACUERDO Nro. MINEDUC-ME A AUGUSTO X. ESPINOSA A. MINISTRO DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO:

SUMARIO: Año II Nº 332. Quito, viernes 12 de septiembre de 2014 Valor: US$ IVA

CONTENIDO MINISTERIO DEL TRABAJO ACUERDO MINISTERIAL MDT que reforma el Reglamento para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva.

ACUERDO Nro. MINEDUC-ME A AUGUSTO X. ESPINOSA A. MINISTRO DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO:

ACUERDO Nro. MINEDUC-ME A AUGUSTO X. ESPINOSA A. MINISTRO DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO:

ACUERDO Nro. MINEDUC-ME A AUGUSTO X. ESPINOSA A. MINISTRO DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO:

Primer Suplemento del Registro Oficial No. 380, del 3 de diciembre de

Resolución Nro. MINEDUC-CGAF R. Quito, D.M., 18 de mayo de 2017 MINISTERIO DE EDUCACIÓN

ACUERDO Nro. MINEDUC-ME A AUGUSTO X. ESPINOSA A. MINISTRO DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO:

ACUERDO Nro. MINEDUC-MINEDUC A FANDER FALCONÍ BENÍTEZ MINISTRO DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO:

Acuerdo Interinstitucional Nro Augusto X. Espinosa A. MINISTRO DE EDUCACIÓN

EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PALANDA CONSIDERANDO:

SECRETARIA DEL AGUA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA MIRA

ACUERDO Nro. MINEDUC-ME A AUGUSTO X. ESPINOSA A. MINISTRO DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO:

NORMATIVA JURÍDICA RELEVANTE MES DE SEPTIEMBRE 2016

ACUERDO Nro. MINEDUC-ME A AUGUSTO X. ESPINOSA A. MINISTRO DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO:

EDICIÓN ESPECIAL SECRETARÍA NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SENPLADES ACUERDO Nº SNPD

MINISTERIO DE EDUCACIÓN. Emma Francisca Herdoíza Arboleda Subsecretaria de Administración Escolar CONSIDERANDO

consm) NACIONAL ARA LA IGUALDAD INTERGENERACIONAL

ACUERDO Nro. MINEDUC-MINEDUC A FANDER FALCONÍ BENÍTEZ MINISTRO DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO:

Mgs. Andrés Fabián Villavicencio Pomboza DIRECTOR GENERAL, S UNIDAD DE ANÁLISIS FINANCIERO Y ECONÓMICO (UAFE)

DELEGACIÓN DE ATRIBUCIONES EN EL ÁMBITO DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA * (CODIFICACIÓN NO OFICIAL) ACUERDO No

SUBSECRETARIO DE TIERRAS Y REFORMA AGRARIA DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA

Dr. José Iván Espinel Molina MINISTRO DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL. Considerando:

BOLETÍN DIARIO. Registro Oficial es una marca registrada de la Corte Constitucional del Ecuador ÍNDICE FUNCIÓN EJECUTIVA ACUERDOS:

DISPOSICIONES DE DELEGACION DE FUNCIONES EN LA AGENCIA POSTAL

DELEGACIÓN DE ATRIBUCIONES EN EL ÁMBITO DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA * (CODIFICACIÓN NO OFICIAL) ACUERDO No

Resolución Nro. MINEDUC-CGAF R. Quito, D.M., 11 de septiembre de 2018 MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUISELA DEL CISNE CELI TORRES

ACUERDO Nro. MINEDUC-ME A AUGUSTO X. ESPINOSA A. MINISTRO DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO:

MINISTERIO DE EDUCACIÓN. Emma Francisca Herdoíza Arboleda Subsecretaria de Administración Escolar CONSIDERANDO

DELEGACIÓN DE ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES EN EL ÁMBITO DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA. * (CODIFICACIÓN NO OFICIAL)

DELEGACIÓN DE ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES EN EL ÁMBITO DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA. * (CODIFICACIÓN NO OFICIAL)

DR. DANILO SYLVA PAZMIÑO PRESIDENTE DEL CONSEJO DE REGULACIÓN Y DESARROLLO DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN CONSIDERANDO:

ACUERDO CG EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO CONSIDERANDO:

ACUERDO Nro. MINEDUC-ME A AUGUSTO X. ESPINOSA A. MINISTRO DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO:

Resolución Nro. DGAC-SX R. Quito, D.M., 01 de febrero de 2017 DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL

SUMARIO: Año I Nº 245. Quito, miércoles 14 de mayo de 2014 Valor: US$ IVA

SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR DIRECCIÓN GENERAL CONSIDERANDO:

Amplíese la cartera de servicios del laboratorio de la entidad operativa desconcentrada Hospital General Docente de Calderón

RESOLUCIÓN No. MINEDUC-SEDMQ O 4 9 FRANCISCA HERDOÍZA ARBOLEDA SUBSECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO

REGISTRO OFICIAL No. 948

NORMATIVA SOBRE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS * (CODIFICACIÓN NO OFICIAL) ACUERDO No

CORPORACIÓN FINANCIERA NACIONAL B.P. GERENCIA GENERAL CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN No. ARCOTEL LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES ARCOTEL CONSIDERANDO:

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR. ACUERDO No Eduardo Enrique Mangas Mairena SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUISELA DEL CISNE CELI TORRES COORDINADORA GENERAL ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA CONSIDERANDO:

BOLETÍN INFORMATIVO JURÍDICO

ACUERDO CG EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO CONSIDERANDO:

ACUERDO Nro. MINEDUC-ME A AUGUSTO X. ESPINOSA A. MINISTRO DE EDUCACIÓN. Considerando:

ACUERDO Nro. MINEDUC-SFE A PAMELA ALEXANDRA ORDOÑEZ HERRERA SUBSECRETARIA DE FUNDAMENTOS EDUCATIVOS, ENCARGADA CONSIDERANDO

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE TISALEO

RESOLUCIÓN No. SECOB-DG AB. EUSTORGIO VIRGILIO TANDAZO RODRIGUEZ CONSIDERANDO:

MANUAL DEL PROCESO DE TRANSFERENCIA GRATUITA DE BIENES MUEBLES CS-STAB-03-P03

RESOLUCIÓN No. SETEC-REC Mgs. Ana Isabel Ruiz Cedeño SECRETARIA TÉCNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CUALIFICACIONES Y CAPACITACIÓN PROFESIONAL

SERVICIO DE RENTAS INTERNAS INFORMATIVO

. ACUERDOS NORMATIVOS EMITIDOS POR EL MINEDUC PUBLICADOS EN EL REGISTRO OFICIAL

1 de 10 SERVICIO DE CONTRATACIÓN DE OBRAS - SECOB Literal a3) Regulaciones y procedimientos internos aplicables a la entidad

ACUERDO No CG 2016 EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO CONSIDERANDO:

GACETA OFICIAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DEL GUAYAS

RESOLUCIÓN No. SETEC-REC Mgs. Ana Isabel Ruiz Cedeño SECRETARIA TÉCNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CUALIFICACIONES Y CAPACITACIÓN PROFESIONAL

INSTRUCTIVO PARA VERIFICACION DOCUMENTOS A SER APOSTILLADOS SENESCYT

SIE Laboral, SIE-LAB-15/13 FE DE ERRATAS EDICIONES LEGALES

INSTRUCTIVO DE ACREDITACION DE PRODUCTORES NACIONALES INDEPENDIENTES

SUMARIO: Año IV - Nº 937. Quito, viernes 3 de febrero de 2017 Valor: US$ 1,25 + IVA ING. HUGO DEL POZO BARREZUETA DIRECTOR

ACUERDO Nro. MINEDUC-ME A AUGUSTO X. ESPINOSA A. MINISTRO DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO:

INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL ECON. JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ DOBRONSKY DIRECTOR GENERAL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL

ACUERDO INTERINSTITUCIONAL Nº Gloria Vidal Illingworth Ministra de Educación

Resolución Nro. INMOBILIAR-CZ R. Guayaquil, 15 de febrero de 2018 SERVICIO DE GESTIÓN INMOBILIARIA DEL SECTOR PÚBLICO, INMOBILIAR

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL EL SUBDIRECTOR GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO: Que Que, Que, Que, Que, Que Que,

RESOLUCIÓN No MTOP. Ingeniero Robin Cristian Enríquez Ocampos DIRECTOR DISTRITAL DE SUCUMBÍOS MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador Dirección General Av. 25 de Julio Km. 4.5 Vía Puerto Marítimo. PBX: (04)

SERVICIO ECUATORIANO DE NORMALIZACIÓN

EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA

RENÉ RAMÍREZ GALLEGOS SECRETARIO NACIONAL DE EDUACIÓN SUPERIOR, CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN

RESOLUCIÓN No. SETEC-REC Mgs. Ana Isabel Ruiz Cedeño SECRETARIA TÉCNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CUALIFICACIONES Y CAPACITACIÓN PROFESIONAL


SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA

ORDENANZA QUE CREA LA UNIDAD TÉCNICA DE ELABORACIÓN DE PROYECTOS U.T.E.P. DEL G.A.D. MUNICIPAL DEL CANTÓN PORTOVIEJO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

RESOLUCIÓN No. SETEC-REC Mgs. Ana Isabel Ruiz Cedeño SECRETARÍA TÉCNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CUALIFICACIONES Y CAPACITACIÓN PROFESIONAL

C O N S.1DE R A N D O:

. ' MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. ACUERDO MINISTERIAL No. ooooo324 LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA, CONSIDERANDO:

DETERMINA EL VALOR DEL SALARIO DIGNO PARA EL AÑO 2015 Acuerdo Ministerial 69 Registro Oficial 726 de 05-abr-2016 No. MDT

Transcripción:

ACUERDO Nro. MINEDUC-ME-2014-00016-A SR. FREDDY PEÑAFIEL LARREA MINISTRO DE EDUCACIÓN, SUBROGANTE CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 154, numeral 1, establece que: [ ] a las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión. ; Que el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador establece que: Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución ; Que el artículo 321 de la Constitución de la República del Ecuador determina que: El Estado reconoce y garantiza el derecho a la propiedad en sus formas pública, privada, comunitaria, estatal, asociativa, cooperativa, mixta, y que deberá cumplir su función social y ambiental ; Que el artículo 1837 del Código Civil, señala que: Permuta o cambio es un contrato en que las partes se obligan mutuamente a dar una especie o cuerpo cierto por otro. ; Que el artículo 58 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública en su inciso final establece que: [ ] Para la transferencia de dominio de bienes inmuebles entre entidades del sector público, siempre y cuando llegaren a un acuerdo sobre aquella, no se requerirá de declaratoria de utilidad pública o interés social ni, en el caso de donación, de insinuación judicial. Se la podrá realizar por compraventa, permuta, donación, compensación de cuentas, traslado de partidas presupuestarias o de activos. [ ] ; Que el artículo 51 del Reglamento General Sustitutivo para el Manejo y Administración de Bienes del Sector Público establece que: [ ] Para la celebración de contratos de permuta se estará a los dispuesto en la Codificación de la Ley de Contratación Pública, en la Codificación del Código Civil, en las resoluciones de las entidades u organismos competentes de que se trate, y en el decreto ejecutivo que se expida, en los casos que corresponda ; y artículo 52 de la norma citada señala que: [ ] Una vez realizados los avalúos de acuerdo con el Art. 18 y emitidos los dictámenes previos que se requieran de acuerdo con la ley, se procederá a la celebración del contrato por escrito, y en los casos que la ley lo establezca, por escritura pública. El contrato así celebrado se inscribirá en los registros respectivos, cuando fuere del caso ; Que mediante Decreto Ejecutivo No. 1508 de 08 de mayo del 2013, el Presidente 1/5

Constitucional de la República del Ecuador nombró al economista Augusto Xavier Espinosa Andrade como Ministro de Educación; Que mediante el oficio de 24 de junio de 2010, la señora Directora, representantes del Comité Central de padres de familia y estudiantes del Centro de Educación Básica Patria, ubicado en la parroquia Cebadas, cantón Guamote, provincia de Chimborazo, le solicitan a la Directora provincial de Educación de Chimborazo, que les autorice efectuar una permuta de un salón antiguo que está deteriorado de propiedad del Centro, con un terreno de propiedad de la CURIA, para que en ese inmueble se construya un bloque de aulas, solicitud que fue ingresada a esta Cartera de Estado con el oficio No. 053-DCH-DAJ- de 14 de marzo de 2011, suscrito por el doctor Jorge Edy Castillo Mayorga, Director de Educación Hispana de Chimborazo. Que adjuntando al oficio No. DINSE-DIE-2011-0195-OF de 23 de septiembre de 2011, el arquitecto Jaime Eduardo Villarruel Caviedes, Director de Infraestructura y Equipamiento Educativo, de la Dirección Nacional de Servicios Educativos, remite el oficio No. 714-DINSE CENTRO-2011 de 13 de agosto de 2011, en el que informa que la permuta del terreno de un área de 375 metros 2, de propiedad del Ministerio de Educación, con un terreno de un área de 700metros2, de propiedad de la Diócesis de Riobamba es procedente y necesaria para los intereses del sector educativo. Que con oficio No. 0003450-CGAJ-2011, de 30 de diciembre de 2011, la doctora Gloria Vidal, Ministra de Educación de ese entones, solicitó a INMOBILIAR, el Dictamen Técnico previo, respecto de la viabilidad de efectuar el contrato de comodato entre esta Cartera de Estado y la Diócesis de Riobamba. Que mediante el oficio No. INMOBILIAR-SGI-2013-0082-O de 29 de enero de 2013, el Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público- INMOBILIAR, emite el Dictamen solicitado y en la parte pertinente dice: [ ] Con sustento en la consideraciones que anteceden, vistos los informes elaborados por la Dirección Nacional de Gestión Inmobiliaria y por la Dirección de Patrocinio y Asesoría Legal de la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR, en ejercicio de las atribuciones conferidas en los números 6 y 11 del artículo 4 del Decreto Ejecutivo No. 798 de 22 de junio de 2011, y de conformidad con lo establecido en los artículos 71y 72 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR, emite Dictamen Técnico Favorable a fin de que el Ministerio de Educación permute el inmueble inspeccionado y detallado en el informe técnico transcrito ubicado en la parroquia Cebadas del cantón Guamote provincia de Chimborazo, a favor de la Diócesis de Riobamba, la que a cambio transferirá el inmueble de su propiedad ubicado en la parroquia Cebadas del cantón Guamote, provincia de Chimborazo[ ]. Que con el oficio No. MINEDUC.DNCCAI-2013-0063-O de 04 de 2013, la Coordinación General de Asesoría Jurídica, solicitó a la señora Coordinadora Zonal 3 de Educación, un informe elaborado por el Departamento de Administración Escolar y Planificación, en el que se confirme si el predio a permutarse va a ser útil para el proyecto del reordenamiento de la oferta educativa. Que mediante el memorando No. MINEDUC-CZ3-2014-01232-M de 19 de junio de 2/5

2014, la economista Miriam Maribel Guerrero Segovia, Coordinadora zonal de Educación 3, sobre el tema manifiesta: [ ] Mediante el estudio de ordenamiento de la oferta educativa realizado el 14 de abril de 2014 suscrito por funcionarios del departamento de Microplanificacíon de la Coordinación Zonal 3, y aprobado por el ingeniero Rodrigo Heredia Director Zonal de Planificación, quienes en su parte pertinente manifiestan: La institución Dr. Emilio Uzcategui con código AMIE 06h00987 es considerado eje, mismo que se encuentra ubicado en las coordenadas X: 762140 Y: 9788581 dentro del circuito 06D04C10_a. En la visita realizada se constató la factibilidad de la permuta del terreno de un área total de 700m2 (iglesia Parroquial de Cebadas), ubicado en la parroquia de Cebadas, cantón Guamote, provincia de Chimborazo, con el terreno de propiedad del Ministerio de Educación, de una superficie de 375m2. El terreno que colinda se podrá utilizar para la ampliación de la institución con el objeto de construir aulas de fácil acceso y que de este modo los niños no tengan que desplazarse a otro predio, cabe acotar que en el predio objeto de permuta de propiedad del MINEDUC existía una construcción antigua la cual fue demolida por la Diócesis de Riobamba para la edificación nueva de 150 metros aproximadamente. Concluye que la permuta es viable, ya que beneficia al MINEDUC en cuanto a la proporción del terreno permutado ; y, solicita que se le conceda autorización para celebrar la permuta del bien antes singularizado. Que el artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado, dispone que cuando la [ ] conveniencia institucional lo requiera, los máximos personeros de las instituciones del Estado dictarán acuerdos, resoluciones u oficios que sean necesarios para delegar sus atribuciones. ; Que el artículo 17 del Estatuto Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva (ERJAFE) determina: Los Ministros de Estado son competentes para el despacho de todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorización alguna del Presidente de la República, salvo los casos expresamente señalados en leyes especiales [ ] ; Que el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva (ERJAFE), determina que: Las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e Institucional, serán delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por Ley o por Decreto. La delegación será publicada en el Registro Oficial. Los delegados de las autoridades y funcionarios de la Administración Pública Central e Institucional en los diferentes órganos y dependencias administrativas, no requieren tener calidad de funcionarios públicos ; Que con el Acuerdo Ministerial No. MINEDUC-ME-2014-00013-A de 21 de junio de 2014 se dispuso la subrogación de la función de Ministro de Educación al señor Freddy Peñafiel Larrea, Viceministro de Educación, del 22 al 27 de junio de 2014; y, Que es un deber de esta Cartera de Estado, garantizar la eficacia y eficiencia de las acciones técnicas, administrativas y pedagógicas en las diferentes instancias del Sistema Nacional de Educación del país. En uso de las atribuciones que le confieren los artículos 154, numeral 1, de la 3/5

Constitución de la República del Ecuador; 22, literales t) y u), de la Ley Orgánica de Educación Intercultural; 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva; y, 14 literal k) del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Educación, ACUERDA: Artículo 1.- Delegar al señor(a) Coordinador(a) de Educación Zona 3 para que, a nombre y en representación del Ministerio de Educación, basándose en los informes técnicos emitidos por los Departamentos de Administración Escolar y Planificación de la Coordinación de Educación Zona 3, y previo cumplimiento de lo dispuesto en las leyes pertinentes y normativa aplicable vigente, suscriba la escritura pública por la que, el Ministerio de Educación, permute y por ende transfiera a favor del Diócesis de Riobamba el dominio del inmueble con una superficie de 375 m2, con código No. 02010312, con un avaluó de $1.618,20 de propiedad del Ministerio (Centro de Educación Básica Patria), ubicado junto a la Iglesia Parroquial de Cebadas y, a cambio, reciba el inmueble urbano de un área de 700 m2, con código 02010213, con avaluó de $1.160, 00, denominado plaza parroquial, de su propiedad, ambos inmuebles se encuentran situados en la parroquia de Cebadas, cantón Guamote, provincia de Chimborazo. La permuta se realizará sujetándose a la disposición constante en artículo 51 y 52 del Reglamento General Sustitutivo para el Manejo y Administración de Bienes del Sector Público. Artículo 2.- El señor(a) Coordinador(a) de Educación Zona 3, en todo acto o resolución que ejecute o adopte en virtud de esta delegación, hará constar expresamente esta circunstancia, y será responsable administrativa, civil y penalmente por cualquier falta u omisión en el ejercicio de la misma. Artículo 3.- Los gastos que demande la entrega de los bienes inmuebles materia del presente Instrumento, serán asumidos por la Curia Diocesana de Riobamba. Artículo 4.- Cumplida la delegación y más diligencias relacionadas con el contrato de permuta celebrado entre el Ministerio de Educación y la Curia Diocesana de Riobamba, remitirá copia de todo lo actuado a la Coordinación General de Asesoría Jurídica de esta Secretaría de Estado. Artículo 5.- El presente Acuerdo será puesto en conocimiento de la máxima autoridad de la Contraloría General del Estado, Procuraduría General del Estado y Secretaría Nacional de la Administración Pública. Artículo 6.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. COMUNÍQUESE.- Dado en Quito, D.M., a los 27 día(s) del mes de Junio de dos mil catorce. 4/5

Documento firmado electrónicamente SR. FREDDY PEÑAFIEL LARREA MINISTRO DE EDUCACIÓN, SUBROGANTE 5/5