Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales FLACSO Sede Ecuador REGLAMENTO DOCTORAL Quito, septiembre 2010
EL CONSEJO ACADÉMICO DE LA FACULTAD LATINOAMERICANA DE CIENCIAS SOCIALES FLACSO SEDE ECUADOR CONSIDERANDO: Que la Sede Ecuador de FLACSO, fue establecida mediante un Acuerdo Internacional, la misma que goza de autonomía académica y administrativa y de inmunidades y privilegios que se expresan en el Convenio de Inmunidades y Privilegios celebrado entre el Estado y el Sistema FLACSO. Que FLACSO Sede Ecuador, es reconocida en la Ley Orgánica de Educación Superior del Ecuador, como una Institución de Educación Superior de Postgrado, parte del Sistema de Educación Superior del Ecuador y que dicha Ley establece que se rige por su propia normativa, en aquello que no esté normado, por las disposiciones de la Ley. Que la Sede FLACSO Ecuador tiene Programas Doctorales en Ciencias Sociales en ejecución desde el año 2004. Que el Programa de Doctorado con especialización en Estudios Políticos se viene ejecutando desde el año 2004, y hasta el momento se ha tenido tres convocatorias. Que el Programa de Doctorado en Economía del Desarrollo se ejecuta en su primera convocatoria desde el año 2005, y que la Sede ha tomado la decisión de abrir una nueva convocatoria en el año 2011. Que FLACSO Sistema Internacional en el año 2010 terminó el proceso de aprobación de un nuevo Doctorado en Estudios Andinos y que la Sede Ecuador ha decidido iniciarlo en el 2011. Que todos estos Programas de Doctorado buscan llenar los vacíos en la formación de postgrado de la Región Andina, lo que a su vez contribuirá a fortalecer los vínculos entre las distintas Sedes y Programas que configuran el Sistema FLACSO, y convocará a los mejores estudiantes de la región a un programa académico de alto nivel. Que el Programa de Doctorado busca formar científicos capaces de hacer una contribución original, disciplinaria e interdisciplinaria, a las Ciencias Sociales, para coadyuvar así a la solución de los problemas de la región de manera creativa e innovadora, con el soporte de los instrumentos teóricos y metodológicos pertinentes. Que mediante Resolución No. RCP.S25.482.08 de 17 de diciembre del 2008, el Consejo Nacional de Educación Superior del Ecuador, CONESUP, aprobó el Reglamento de Doctorados paras las Universidades y Escuelas Politécnicas del Ecuador. Que el 17 de mayo del 2007 se aprobó el Reglamento de Doctorados de FLACSO Ecuador y que dicho Reglamento necesita ser actualizado para tener concordancia con
el Reglamento de Doctorados para las Universidades y Escuelas Politécnicas del Ecuador aprobado por parte del CONESUP. En uso de sus facultades expide el siguiente REGLAMENTO DE DOCTORADOS DE LA FACULTAD LATINOAMERICANA DE CIENCIAS SOCIALES FLACSO SEDE ECUADOR CAPÍTULO I DEFINICIÓN, OBJETIVOS Y DURACIÓN DEL PROGRAMA Artículo 1. Los Programas de Doctorado de la FLACSO Sede Ecuador comprenden una estructura curricular de alto nivel teórico y metodológico que armoniza el trabajo interdisciplinario y la especificidad disciplinaria a través de un riguroso proceso de formación e investigación. Artículo 2. Los Programas doctorales se constituyen para formar profesionales que desarrollen una carrera profesional dedicada a la investigación y a la docencia de la disciplina, así como para fortalecer las líneas de investigación de FLACSO Sede Ecuador y aportar a la formación de doctores para el país. Artículo 3. Los Doctorados de FLACSO Sede Ecuador se cumplen en un lapso de tres a cinco años de acuerdo a los plazos establecidos en relación al ciclo formativo, pensum general, currículo de asignaturas y cronograma de actividades contemplados en el programa académico elaborado y aprobado por el Consejo Académico de la Sede. CAPITULO II DE LA ESTRUCTURA Y COORDINACIÓN DEL PROGRAMA Artículo 4. Cada Doctorado contempla un Programa orientado a la respectiva especialización. El plan de estudios comprende 110 créditos que incluyen 10 cursos que representan 4 créditos cada uno; 5 seminarios de tesis que representan 4 créditos cada uno; Examen General de Conocimientos que representa 10 créditos; y una tesis que tiene un valor de 40 créditos. Artículo 5. Cada programa de Doctorado contará con un Coordinador nombrado por el Consejo Académico de la Sede de Ecuador. El Coordinador tendrá título de doctor y experiencia en el campo de la docencia y la investigación doctoral. Artículo 6. Cada programa de Doctorado contará con una Comisión Doctoral integrada, al menos, por tres profesores de planta de la Sede Ecuador, incluido el Coordinador del doctorado. Los integrantes de la Comisión Doctoral serán nombrados por el Director de la Sede y deberán tener título doctoral. Presidirá dicha Comisión el Coordinador del respectivo doctorado. La Comisión Doctoral deberá reunirse obligatoriamente al menos una vez al mes para evaluar la marcha del programa.
Artículo 7. La marcha regular del programa será responsabilidad del Coordinador del Programa y contará con el apoyo de la Comisión Doctoral. Artículo 8. Cada Programa Doctoral tendrá al menos tres académicos con grado de doctor a tiempo completo. Ningún profesor podrá dirigir simultáneamente más de cuatro tesis de doctorado. Artículo 9. El estudiante de doctorado cumplirá con una dedicación a tiempo completo, participando en la realización y aprobación de materias obligatorias, seminarios de tesis, materias optativas, talleres, investigación de campo y elaboración de la tesis de grado, en los términos y requerimientos establecidos en el respectivo programa doctoral. Artículo 10. La labor estudiantil se apoya en los servicios institucionales, las redes interinstitucionales de los profesores y la atención personalizada y especializada que se brinda a los estudiantes en todos los ciclos del doctorado. CAPÍTULO III DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN De los requisitos para la Postulación y Admisión Artículo 11. Para ser admitido en cualquiera de los programas doctorales de FLACSO Sede Ecuador, el postulante deberá cumplir con los siguientes requisitos: a) Tener un título de Maestría en el campo de las Ciencias Sociales, de acuerdo a lo especificado por cada programa, conferido por una institución de educación superior debidamente acreditada. b) Presentar una propuesta de trabajo para la tesis doctoral, debidamente sustentada. c) Aprobar el examen de conocimientos y aptitudes. d) Demostrar suficiencia, al menos en lectura, del idioma inglés. Artículo 12. El aspirante deberá presentar una solicitud de admisión, con los siguientes documentos: Formulario de Hoja de Vida en el formato de Flacso Ecuador Títulos de Licenciatura y Maestría Documentos que acrediten el promedio obtenido en la Maestría Copia de un trabajo académico reciente escrito por el candidato (ensayo, artículo publicado, capítulo de tesis, etc). Carta de exposición de motivos Dos cartas de recomendación académica en sobres cerrado y firmado por el remitente. Propuesta de trabajo para la tesis doctoral.
De los criterios de selección Artículo 13. La Comisión Doctoral respectiva, una vez cerrado el período de inscripciones, tomará en cuenta los siguientes criterios para seleccionar a los postulantes: Antecedentes académicos del aspirante Trayectoria de investigación Inserción laboral en espacios académicos (docentes e investigativos) y posibilidades de reincorporación a la finalización del programa. Calidad del anteproyecto de tesis (claridad expositiva, lógica argumentativa, pertinencia, calidad de la bibliografía y vinculación del problema seleccionado con las líneas de investigación y los proyectos de los profesores que forman el núcleo básico del doctorado). Capacidad para asumir las exigencias propias de un programa de formación intensivo y con límites de tiempo fijos para el cumplimiento de los requisitos de graduación. CAPÍTULO IV DE LOS COSTOS ACADÉMICOS Artículo 14. El Director de la Sede con la asesoría del Consejo Académico, fijará los costos de matrícula y las tasas académicas para cada una de las convocatorias a los programas doctorales, de acuerdo con las políticas económicas generales de la institución. La Sede se reserva el derecho de cambiar dichas tasas sin notificación previa. Artículo 15. El Consejo Académico de la Sede podrá establecer modalidades de pago a plazo para cubrir los correspondientes costos académicos. En todos los casos, los planes de pago a plazos deberán contemplar recargos por costos financieros. Artículo 16. En 1o demás, se actuará en base a lo que establece el Reglamento General Interno de Programas Docentes Impartidos por la Sede Ecuador de FLACSO para los Costos Académicos. CAPÍTULO V DE LA ASISTENCIA FINANCIERA A ESTUDIANTES Artículo 17. La Sede de FLACSO Ecuador mantiene una política de becas y asistencia financiera para los postulantes admitidos a sus programas de doctorado con el propósito de asegurarles condiciones de estudiante a tiempo completo. Artículo 18. El programa de becas y asistencia financiera para estudiantes de programas doctorales contempla las siguientes modalidades de apoyo: a) Asistencia financiera: el estudiante optará por una reducción de entre el 20% y el 80% en el valor de la colegiatura.
b) Beca y asistencia financiera: el estudiante, además de la asistencia financiera, optará por una beca de estipendio por el tiempo que dure el ciclo presencial del programa. De manera adicional FLACSO apoyará la postulación del estudiante a becas corporativas o de instituciones Internacionales, públicas y privadas, que respalden programas de doctorado. c) Pago diferido: el estudiante optará por cancelar la colegiatura en cuotas diferidas, de acuerdo a las alternativas establecidas por el Consejo Académico de FLACSO Ecuador. d) Crédito educativo: el estudiante accederá al financiamiento educativo con tasas preferenciales y plazos convenientes, ofrecido por el Instituto Ecuatoriano de Crédito Educativo IECE, mediante el convenio que tiene suscrito dicha institución de crédito educativo con la Sede. e) Fondo de investigación: el estudiante accederá al fondo la investigación para tesis doctorales establecido por la Sede, el cual servirá como contraparte a financiamientos de instituciones que ofrecen apoyo para tesis doctorales en el campo de las Ciencias Sociales. Artículo 19. Para acceder a cualquiera de las modalidades de ayuda financiera y becas, el estudiante deberá presentar los formularios institucionales de solicitud de beca y asistencia financiera, junto a la documentación general exigida para ser admitido/a al programa doctoral. Artículo 20. La Comisión Doctoral respectiva, en cada caso, resolverá las solicitudes presentadas, dentro de los plazos establecidos en cada una de las convocatorias, luego de lo cual notificará al solicitante. Artículo 21. El estudiante admitido a cualquiera de los programa de becas y asistencia financiera suscribirá un contrato con la Sede en donde se establezca los términos de cumplimiento del programa y las respectivas garantías económicas. CAPÍTULO VI DE LATESIS DOCTORAL Artículo 22. La tesis doctoral es un documento científico que comprende y evalúa la producción existente sobre un tema determinado y constituye un aporte significativo en la disciplina en que ésta se inscribe. Artículo 23. Para el seguimiento y asesoría del trabajo de tesis el alumno contará con un Director de tesis. Artículo 24. Para la aprobación del proyecto de tesis se deberá realizar una defensa ante una Comisión de Especialistas designados por el Coordinador del Doctorado, con la presencia del Director de tesis. Artículo 25. Si la Comisión de Especialistas no encuentra satisfactorio el proyecto de tesis, solicitará al estudiante su reelaboración en un tiempo no mayor de dos meses. Si
en este lapso el estudiante no presentare una propuesta satisfactoria para el Comité de Especialistas, quedará fuera del programa doctoral. Artículo 26. Previa a la presentación de la tesis, el estudiante deberá haber publicado en revistas especializada y debidamente indexadas al menos dos artículos científicos relacionados con su proyecto de investigación, o haber recibido la aceptación para su publicación. Artículo 27. Para la calificación de la tesis doctoral y su posterior defensa pública, se conformará un tribunal, integrado por cuatro profesores especialistas en el área de investigación a la que se refiere la tesis. Dicho tribunal será designado por la Comisión Doctoral respectiva. El Director de tesis estará presente en la defensa pero no podrá participará en la evaluación final de la tesis. DISPOSICIÓN GENERAL Art.28. Para el cabal cumplimiento del programa de Doctorado, en todo lo que no se encuentre contemplado en el presente Reglamento, se estará a lo establecido en el Reglamento General Interno de Programas Docentes impartidos por la Sede Ecuador de FLACSO, el Reglamento de Programas Docentes del Sistema del organismo internacional, el Acuerdo que establece la Sede de FLACSO Ecuador, y el Acuerdo Constitutivo de que establece el sistema FLACSO. El presente Reglamento entrará en vigencia a partir de su expedición. Quito, 6 de septiembre de 2010