DIPUTACIÓN PERMANENTE HONORABLE ASAMBLEA: En sesión pública ordinaria celebrada el día 15 de junio del año en curso, la Diputación Permanente recibió y distribuyó entre sus integrantes la iniciativa de Decreto presentada por el Ejecutivo Estatal con solicitud de autorización para otorgar pensión a los deudos de quien en vida llevara el nombre de HECTOR HUGO MARTÍNEZ SIDRIAN, quien fungiera como Agente de la Policía Estatal Preventiva, dependiente de la Dirección General de Seguridad Pública del Estado. Esta Diputación Permanente, con apoyo en lo dispuesto por el artículo 62, fracción II, de la Constitución Política del Estado; los artículos 78 y 81 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; y 171 y 174 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado, presenta su opinión para su discusión y votación, en su caso, en términos del siguiente D I C T A M E N Esta Honorable Representación Popular es competente para resolver en definitiva la acción legislativa planteada, de conformidad con los artículos 45 y 58, fracciones XIV y LIX, de la Constitución Política del Estado, que le otorgan facultades a este
Poder Legislativo para realizar el estudio, discusión y votación de las iniciativas que se le presenten, así como para decretar pensiones a favor de las familias de los que hayan prestado servicios al Estado. El promovente refiere en su iniciativa que el ahora occiso HECTOR HUGO MARTÍNEZ SIDRIAN, obedeciendo indicaciones de sus superiores, en compañía de otros agentes de la policía estatal preventiva, así como de agentes de la policía preventiva del municipio de Matamoros, participaron en un operativo de vigilancia en varios sectores de esa ciudad y que el 29 de noviembre de 2003, se enfrentaron a un grupo de personas armadas, resultando herido por proyectil de arma de fuego, produciéndole lesiones que le quitaron la vida. Que la ciudadana Verónica Robles Sánchez, viuda del agente de la policía estatal preventiva HECTOR HUGO MARTINEZ SIDRIAN, mediante escrito de fecha 10 de marzo de 2004, se dirigió al Ejecutivo Estatal a efecto de solicitar una pensión por viudez, en su caso, y por orfandad en caso de sus menores hijos Hugo Osvaldo y Eduardo Julián Martínez Robles de 5 y 4 años respectivamente. Que el Gobierno del Estado reconoce la dedicación y entrega de sus agentes policiales, quienes por razón de su trabajo se encuentran en peligro de perder la vida, y en ese caso concreto, existe 2
la intención de apoyar a la cónyuge supérstite y a los menores hijos con el 100% de los ingresos que en vida percibía HECTOR HUGO MARTINEZ SIDRIAN, devengados como agente de la policía estatal preventiva. documentos: A su iniciativa el promovente remitió los siguientes 1.- Escrito del 10 de marzo de 2004, suscrito por la señora Verónica Robles viuda de Martínez, en el que solicita al Ejecutivo del Estado se le otorgue pensión que permita solventar las necesidades propias y de sus hijos menores, toda vez que su esposo quién fuera agente de la policía estatal preventiva HECTOR HUGO MARTINEZ SIDRIAN, falleció en el cumplimiento del deber en hechos ocurridos el 29 de noviembre de 2003. 2.- Se anexaron diversas actas de registro civil, entre otras, la de matrimonio entre HÉCTOR HUGO MARTÍNEZ SIDRIAN y VERÓNICA ROBLES SÁNCHEZ. Asimismo las de nacimiento de los hijos de ese matrimonio, siendo las de HUGO OSVALDO y EDUARDO JULIÁN ambos de apellidos Martínez Robles, nacidos el 12 de marzo de 1998 y el 10 de noviembre de 1999, respectivamente. 3
Asimismo, se anexó al expediente el acta de defunción de HÉCTOR HUGO MARTÍNEZ SIDRIAN, estableciéndose como fecha en que ocurrió el deceso, el 29 de noviembre de 2003, con motivo de choque hipovolémico secundario a herida por proyectil de arma de fuego. 3.- Oficio suscrito por el Contador Público Juan Aurelio Cruz Villarreal González, en su carácter de Director de Recursos Humanos, dirigido a la Directora Administrativa de la Dirección General de Seguridad Pública, señalándole que HÉCTOR HUGO MARTÍNEZ SIDRIAN causó baja como agente de la policía estatal preventiva, asentándose los datos del acta de defunción elaborada en la oficialía número 4 de Matamoros, Tamaulipas. 4.- Acta de accidente de trabajo elaborada en Victoria, Tamaulipas, el 30 de noviembre de 2003, en la que se asientan los pormenores del incidente ocurrido el 29 de noviembre de 2003, en el que agentes de la policía estatal preventiva se enfrentaron a un grupo de individuos armados con armas de fuego y del que resultara muerto el agente HÉCTOR HUGO MARTÍNEZ SIDRIAN. El acta la suscriben el Director General de Seguridad Pública y dos testigos. 4
5.- Copia certificada de la averiguación previa penal iniciada ante la Agencia Tercera del Ministerio Público Investigador de Matamoros, Tamaulipas, con motivo de los hechos violentos registrados el 29 de noviembre de 2003 y de los que resultara muerto el agente de la policía estatal preventiva HÉCTOR HUGO MARTÍNEZ SIDRIAN. De todo lo anteriormente expuesto esta Diputación Permanente considera que la iniciativa promovida por el Ejecutivo Estatal a efecto de autorizarse una pensión para los deudos de quien fuera agente de la policía estatal preventiva HÉCTOR HUGO MARTÍNEZ SIDRIAN, es justa y merecida, además de encontrarse en los supuestos establecidos por la ley. Como ha quedado establecido el agente de la policía estatal preventiva cumplía con su deber y con motivo de ello resultó lesionado por proyectil de arma de fuego, lo que le provocó una muerte casi instantánea, sin embargo, en este supuesto no puede soslayarse la necesidad de brindarle un apoyo económico a la viuda y a los hijos del agente ahora fallecido, por lo que resulta favorable la opinión de esta Diputación Permanente para que por los conductos idóneos se le continúe efectuando un pago similar al que reciben los demás integrantes de la policía estatal preventiva. 5
De conformidad con todo lo anteriormente expuesto, y con base en lo dispuesto por la fracción XIV, del artículo 58 de la Constitución Política del Estado, esta Diputación Permanente se pronuncia a favor de la iniciativa de mérito, y propone a este H. Pleno Legislativo la aprobación del siguiente: DECRETO MEDIANTE EL CUAL SE AUTORIZA AL EJECUTIVO DEL ESTADO, A OTORGAR PENSION POR VIUDEZ A LA CIUDADANA VERÓNICA ROBLES SÁNCHEZ, Y POR ORFANDAD, A LOS MENORES HUGO OSVALDO Y EDUARDO JULIAN MARTINEZ ROBLES. ARTICULO PRIMERO.- Se otorga pensión por viudez a la ciudadana Verónica Robles Sánchez, y por orfandad a los menores Hugo Osvaldo y Eduardo Julián Martínez Robles, por el equivalente al 100% del salario integrado y demás remuneraciones que venía percibiendo el Agente de la Policía Estatal Preventiva Héctor Hugo Martínez Sidrian; dicha pensión se otorgará a partir del deceso del trabajador, con los incrementos que en el futuro se otorguen a los integrantes de la corporación a la que perteneció. 6
ARTCULO SEGUNDO.- La pensión que se autoriza a la ciudadana Verónica Robles Sánchez, y a los menores Hugo Osvaldo y Eduardo Julián Martínez Robles será por partes iguales. La parte proporcional de la pensión por viudez, dejará de otorgarse a la beneficiaria en el caso de que contraiga matrimonio o realice vida conyugal, y la pensión por orfandad cesará cuando cada uno de los beneficiarios obtenga la mayoría de edad, o concluya una carrera universitaria en ciclo ordinario. ARTICULO TERCERO.- La pensión que se autoriza será erogada por la Secretaría de Finanzas del Estado, con cargo a la partida correspondiente del Presupuesto de Egresos en vigor, cesando por las causas mencionadas en el artículo anterior o por deceso de los beneficiarios. T R A N S I T O R I O UNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado, sin perjuicio de su aplicación retroactiva desde la fecha del fallecimiento del ex-agente de la Policía Estatal Preventiva Héctor Hugo Martínez Sidrian. 7
Dado en la Sala de Comisiones del Honorable Congreso del Estado a los veintidós días del mes de junio del año dos mil cuatro. DIPUTACION PERMANENTE DIPUTADO PRESIDENTE ING. ENRIQUE CÁRDENAS DEL AVELLANO. DIPUTADO SECRETARIO DIPUTADO SECRETARIO JOSÉ GUILLERMO DÁVILA MORA. ARMANDO VERA GARCÍA. Dictamen recaído a la iniciativa de decreto mediante el cual el Ejecutivo Estatal solicita autorización para otorgar pensión vitalicia a los deudos de quien en vida llevara por nombre HECTOR HUGO MARTÍNEZ SIDRIAN, Agente de la Policía Estatal Preventiva. 8