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Transcripción:

INFORME SOBRE CUENTAS RENDIDAS EN 2011 CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2010

ÍNDICE I. INTRODUCCIÓN... 1 II. LA RENDICIÓN DEL PARLAMENTO DE GALICIA... 2 III. LA RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL Y SUS ENTIDADES DEPENDIENTES... 2 III.1. ORGANISMOS AUTÓNOMOS...3 III.2. AGENCIAS PÚBLICAS AUTONÓMICAS...4 III.3. ENTES DE DERECHO PÚBLICO...5 III.4. SOCIEDADES PÚBLICAS MERCANTILES...6 III.5. FUNDACIONES PÚBLICAS AUTONÓMICAS...8 III.6. CONSORCIOS DEL SECTOR PÚBLICO AUTONÓMICO...12 IV. LA RENDICIÓN DE LAS CUENTAS DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS Y SUS ENTES DEPENDIENTES... 14 V. LA RENDICIÓN DE LAS CUENTAS DE LAS RESTANTES ENTIDADES... 15 V.1. CÁMARAS DE COMERCIO...15 V.2 COFRADÍAS DE PESCADORES...16 V.3. OTRAS ENTIDADES...18 VI. ANEXO DE LAS CUENTAS RENDIDAS... 18 Índice -1

I. INTRODUCCIÓN El Estatuto de Autonomía de Galicia otorga al Consello de Contas de Galicia las competencias para la fiscalización de las cuentas del sector público de la Comunidad Autónoma. Esta competencia implica la obligación de las diferentes entidades que componen el referido sector público a rendir sus cuentas a esta institución. Este informe tiene por objeto el análisis de la rendición de las cuentas anuales del ejercicio 2010 al Consello de Contas por parte de las siguientes entidades sometidas a esta obligación: 1. El Parlamento de Galicia. 2. La Administración General y sus entes dependientes: a) Organismos autónomos administrativos b) Organismos autónomos comerciales c) Agencias públicas autonómicas d) Entes de derecho público e) Sociedades mercantiles autonómicas f) Fundaciones públicas g) Consorcios autonómicos 3. Las Universidades Públicas 4. Las Cámaras de Comercio, Cofradías de Pescadores y otras de naturaleza equivalente. También están sometidos a la obligación de rendición anual de las cuentas los entes que integran el sector público local, si bien quedan fuera del ámbito de este informe ya que el análisis del cumplimiento de la obligación de rendir cuentas se incluye en el informe anual sobre el sector público local. 1

II. LA RENDICIÓN DEL PARLAMENTO DE GALICIA El Parlamento de Galicia aportó sus cuentas al Consello dentro del plazo legalmente establecido. III. LA RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL Y SUS ENTIDADES DEPENDIENTES Según la Ley de Régimen Financiero y Presupuestario de Galicia la administración autonómica formará anualmente la Cuenta general de la Comunidad que comprende la totalidad de las operaciones económicas llevadas a cabo durante el ejercicio por la administración y sus entes dependientes. Sin embargo, no todas las entidades controladas por la administración autonómica integran sus estados contables en la Cuenta general. De este modo, la rendición de las cuentas al Consello se hizo a través de dos medios: La Cuenta general rendida por conducto Intervención General antes del 30 de octubre. Las cuentas individuales de las restantes entidades que son remitidas directamente por estas al Consello de Contas, siendo el plazo límite de rendición el 30 de julio. La Intervención general rindió el 31 de octubre de 2011 en plazo la Cuenta General del ejercicio 2010, que además de la información relativa a la Administración General de la Comunidad Autónoma incluye las cuentas de los siguientes entes dependientes: a. Organismos autónomos administrativos b. Organismos autónomos comerciales c. Agencias públicas autonómicas d. Entes de derecho público E. Sociedades mercantiles autonómicas f. Fundaciones públicas y Consorcios Autonómicos g. Fundación Pública Ciudad de la Cultura Sin embargo, la Cuenta General no integró la totalidad de las fundaciones y consorcios públicos. Algunas de las entidades rindieron sus cuentas de manera directa e individual al Consello de Contas, y no por el conducto de la Intervención General. 2

A continuación se analiza la rendición de cuentas de las entidades dependientes, agrupadas en función de su forma jurídica. Sin embargo, es necesario tener en cuenta que la clasificación empleada era la vigente en el ejercicio 2010. La Ley 16/2010 establece una nueva configuración del sector público autonómico. A nivel nominativo los cambios más resaltables consisten en el establecimiento de una sola categoría de organismos autónomos, en la desaparición de los entes de derecho público y en la creación de las entidades públicas empresariales. III.1. ORGANISMOS AUTÓNOMOS Son los entes dependientes de la Administración General. Pueden ser de dos tipos: a) de carácter comercial, industrial financiero y análogo, que serán los que realicen de forma principal actividades de esa naturaleza o cualquier otra de carácter mercantil; b) de carácter administrativo, que serán todos aquellos en los que no concurra ninguna de las circunstancias que los permita clasificar en la categoría anterior. Sus cuentas se ajustan a las disposiciones del Plan General de Contabilidad Pública de Galicia. En el siguiente cuadro se muestran la relación de organismos autónomos en función de las dos tipologías: Cuadro 1: Relación de Organismos Autónomos que rindieron en plazo sus cuentas. ORGANISMOS AUTÓNOMOS ADMINISTRATIVOS Academia Galega de Seguridad Pública (AGASP) Augas de Galicia Escola Galega de Administración Pública (EGAP) Instituto Galego de Consumo (IGC) Instituto Galego de Estatística (IGE) Instituto Galego de Seguridade e Saúde Laboral (ISSGA) Servicio Galego de Igualdade (SGI) Servicio Galego de Saúde (SERGAS) Tribunal Galego de Defensa da Competencia (TGDC) Instituto de Estudos do Territorio ORGANISMOS AUTÓNOMOS COMERCIALES, INDUSTRIALES, FINANCIEROS O ANÁLOGOS Instituto Galego da Vivenda e Solo (IGVS) Fondo Galego de Garantía Agraria (FOGGA) 3

El Servicio Galego de Saúde y la Academia Galega de Seguridade Pública de Galicia (AGASP), no aportan los estados financieros previstos en el Plan General de Contabilidad Pública de Galicia (PGCPG), limitándose a formular la liquidación de sus presupuestos. El Instituto Galego de Consumo (IGE) no aporta la memoria prevista en el PGCPG. En los organismos autónomos que elaboraron la memoria, el documento no se ajusta a la estructura prevista en el PGCPG y no incluye todos los estados previstos en ese documento contable o bien la información que contiene es insuficiente. En el año 2007 se creó el organismo autónomo Instituto de Estudios del Territorio que no remitió sus cuentas de 2010, que no tuvo actividad. III.2. AGENCIAS PÚBLICAS AUTONÓMICAS Mediante la Ley 16/2007, del 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para el año 2008, se crean las Agencias públicas autonómicas como nuevos modelos organizativos para el desarrollo de competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma. Las Agencias son entidades instrumentales de derecho público, personalidad jurídica pública, patrimonio propio y autonomía en su gestión que son creadas por el Consello de la Xunta para el cumplimiento de los programas correspondientes a las políticas públicas que desarrolle la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia en el ámbito de sus competencias. En el ejercicio 2010 sólo estaba operativa la Axencia Galega das Industrias Culturais (AGADIC), que rinde sus cuentas integradas en la Cuenta General. La Agencia presentó todos los estados contables exigidos por el PGCPG. Es necesario subrayar que con la Ley 16/2010, del 17 de diciembre de organización y funcionamiento de la administración general y del sector público autonómico de Galicia, se produce un fuerte empuje en el desarrollo de las agencias, con la transformación de diversos entes en Agencias y la creación de nuevos organismos bajo esta tipología jurídica. 4

III.3. ENTES DE DERECHO PÚBLICO Este apartado abarca aquellos entes de derecho público con personalidad jurídica propia que son creados por Ley y que realizan actividades tanto administrativas como prestacionales. La Ley 16/2010, del 17 de diciembre de organización y funcionamiento de la administración general y del sector público autonómico de Galicia prevé la desaparición de los entes y su conversión bien en agencias públicas autonómicas, bien en entidades públicas empresariales. En los siguientes cuadros se muestran la relación de entes de derecho público en función de la contabilidad (Plan de contabilidad pública o Plan de contabilidad privado) a la que se someten a la formación de sus cuentas: Cuadro 2: Relación de Entes de Derecho Público que rindieron en plazo sus cuentas. ENTES DE DERECHO PÚBLICO QUE FORMAN SUS CUENTAS SOMETIÉNDOSE AL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA DE GALICIA Axencia Galega de Emerxencias (AXEGA) Axencia Galega de Desenvolvemento Rural (AGADER) Consello Económico e Social de Galicia (CES) Centro Informático para a Xestión Tributaria, Económico-Financiera y Contable (CIXTEC) Instituto Galego de Promoción Económica (IGAPE) Instituto Enerxético de Galicia (INEGA) Instituto Galego de Calidade Alimentaria (INGACAL) Instituto Tecnológico para o Control do Medio Mariño de Galicia (INTECMAR) Portos de Galicia Consello Galego de relacións Laborais ENTES DE DERECHO PÚBLICO QUE FORMAN SUS CUENTAS SOMETÉNDOSE AL PLAN GENERAL DE CONTABILIDADE DE LAS EMPRESAS Compañía de Radio-Televisión de Galicia (CRTVG) Empresa Pública de Obras e Servicios Hidráulicos (EPOSH) 5

Respecto a las entidades que rinden las cuentas según el Plan de contabilidad pública de Galicia, todos rinden los estados exigidos por el mismo, excepto el Centro Económico y Social (CES) que sólo presenta información trimestral (cuarto trimestre acumulado de 2010) sin aportar las cuentas anuales, y la Axencia Galega de Emerxencias que no presenta el estado de liquidación del presupuesto. Las memorias presentadas no se ajustan a la estructura prevista por el Plan y no incluyen todos los estados previstos en ese documento contable o bien la información es insuficiente. El IGAPE, Portos de Galicia e INTECMAR adjuntan a sus cuentas informe de auditoría financiera. Respecto a los dos entes que someten su contabilidad a la normativa privada, es necesario señalar que presenta toda la documentación exigida por el Plan para empresas privadas. Además, aportaron el informe de auditoría, la CRTVG y la EPOSH. Por último, no figuran las cuentas del ente público Agencia para la Gestión Integrada, Calidad y Evaluación de la Formación Profesional sin que conste que esta entidad esté operativa a pesar de su creación en el año 2002. III.4. SOCIEDADES PÚBLICAS MERCANTILES Son las sociedades mercantiles, en cuyo capital exista participación mayoritaria, directa o indirecta de la Comunidad Autónoma, así como aquellas sociedades, en las que teniendo la administración autonómica una participación inferior al 50% del capital, se ejerza el control por parte de la administración autonómica. Se entiende que existe el control referido cuando la administración autonómica ostenta una posición de dominio en los órganos de gobierno de la sociedad, o bien cuando los ingresos de la misma provengan en más del 50% de los presupuestos de la Comunidad Autónoma, o bien las sociedades tienen que presentar su contabilidad consolidada con su matriz por aplicación de las normas de contabilidad. En el siguiente cuadro se muestran la relación de sociedades públicas, que rinden sus cuentas integradas en la cuenta general, en función del grado de participación de la Comunidad Autónoma en las mismas: 6

Cuadro 3: Relación de Sociedades Públicas que rindieron en plazo sus cuentas. SOCIEDADES PÚBLICAS CON PARTICIPACIÓN DIRECTA O INDIRECTA DE LA C.A. EN EL 100% DE SU CAPITAL Autopista Alto de Santo Domingo-Ourense, S.A (ACEOUSA) S.A. Xestora do Banco de Terras de Galicia (BANTEGAL) Empresa Pública de Servicios Sanitarios, S.A. (GALARIA) Galicia Calidade, S.A. Redes de Telecomunicación Galegas, S.A. (RETEGAL) Radiotelevisión de Galicia, S.A. (RTG) Empresa Pública de Servicios Agrarios Galegos, S.A. (SEAGA) Sociedad para el Desarrollo Comarcal de Galicia, S.A. (SODECOGA) Sociedad Pública de Inversiones de Galicia, S.A. (SPI) Televisión de Galicia S.A. (TVG) S.A de Gestión el Plan Xacobeo (XACOBEO) SOCIEDADES PÚBLICAS CON PARTICIPACIÓN DIRECTA O INDIRECTA DE LA C.A SUPERIOR AL 50% DE SU CAPITAL Centro Europeo de Empresas e Innovación de Galicia, S.A. (CEEI) S.A. de Xestión Centro Supercomputación de Galicia (CESGA) Sodiga Galicia, Sociedade de Capital-Risco, S.A. (SODIGA) Sociedade Galega do Medio Ambiente, S.A. (SOGAMA) Sociedade de Imaxe e Promoción Turística de Galicia (TURGALICIA) Xenética Fontao, S.A. Xesgalicia, Sociedade Xestora de Entidades de Capital de Risco, S.A. (XESGALICIA) Xestión Urbanística de A Coruña (XESTUR CORUÑA) Xestión Urbanística de Lugo (XESTUR LUGO) Xestión Urbanística de Ourense (XESTUR OURENSE) Xestión Urbanística de Pontevedra (XESTUR PONTEVEDRA) SOCIEDADES PÚBLICAS CON PARTICIPACIÓN DIRECTA O INDIRECTA DE LA C.A INFERIOR AL 50% DE SU CAPITAL Parque tecnolóxico de Galicia (TECNOPOLE) Las sociedades públicas autonómicas forman sus cuentas con sujeción al Plan general de contabilidad aplicable aprobado por el RD 1514/2007. Sin embargo SODIGA, CEEI, S.A., CESGA, Galicia Calidade, S.A., Xenética Fontao, S.A. y TECNOPOLE, se someten en la formación de sus cuentas al Plan general de contabilidad para PYMES aprobado por el RD 1515/2007. Todas las sociedades, excepto Xenética Fontao, someten sus cuentas anuales a auditoría financiera. 7

No rindieron sus cuentas en 2010 las siguientes sociedades que figuran inventariadas como dependientes de la Comunidad Autónoma de Galicia: Cuadro 4: Relación de Sociedades que no rindieron sus cuentas. Sogaserso S.A. Suelo Industrial de Galicia S.A. Estación de inverno de Manzaneda S.A. Sotavento Galicia S.A. Tampoco rindieron sus cuentas en 2010 los siguientes fondos sin personalidad jurídica gestionados por Xesgalicia: Cuadro 5: Relación de Fondos que no rindieron sus cuentas. Fondo de Capital Risco Emprendente Fondo de Capital Risco Adiante Fondo de Capital Risco Xes-Innova Fondo de Capital Risco Xes-Impulsa Ferrol Fondo de Capital Risco Xes-Posibilita III.5. FUNDACIONES PÚBLICAS AUTONÓMICAS De acuerdo con lo establecido en el artículo 58 de la Ley 12/2006, del 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego, se entiende por fundaciones del sector público autonómico, aquellas constituidas mayoritariamente o en su totalidad por aportaciones de la Comunidad Autónoma de Galicia, sus organismos autónomos y demás entidades o empresas del sector público autonómico, o aquellas cuyos ingresos provengan mayoritariamente de subvenciones con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma, siempre que en este último caso la Comunidad Autónoma forme parte de sus órganos de gobierno o dirección. La Ley 16/2010, del 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración General y del sector público autonómico de Galicia, amplía el perímetro de las fundaciones públicas autonómicas a aquellas en las que más del 50% del patrimonio fundacional con carácter de permanencia esté constituido por bienes y derechos cedidos por la administración general o sus entes dependientes. 8

Rindieron en plazo sus cuentas en 2010 integradas en la Cuenta General de la Comunidad las siguientes fundaciones públicas: Cuadro 6: Relación de Fundaciones que rindieron en plazo sus cuentas integradas en la Cuenta General. FUNDACIONES F.P. Instituto Galego de Oftamoloxía (INGO) F. P. Escola Galega de Administración Sanitaria (FEGAS) F. P. Urxencias Sanitarias de Galicia-061 F. P. Centro de Transfusión de Galicia (CTG) F. P. Galega de Medicina Xenómica (FPGMX) Cidade da Cultura de Galicia F.D.C. Bergantiños F.D.C. Betanzos F.D.C. Chantada F.D.C. Deza F.D.C. Fonsagrada, A F.D.C. Mariña Central F.D.C. Mariña Occidental F.D.C. Ortegal F.D.C. Ribeiro, O F.D.C. Santiago F.D.C. Tabeirós-Terra de Montes F.D.C. Terra Chá F.D.C. Terra de Caldelas F.D.C. Terra de Celanova F.D.C. Verín Axencia Humanitaria de Galicia Centro Galego de Artesanía e Deseño Centro Tecnolóxico da Carne (CTC) Centro Tecnolóxico de Supercomputación de Galicia Deporte Galego Fomento da Calidade Industrial e Desenvolvemento Tecnolóxico de Galicia F. de Exposicións e Congresos de A Estrada F. de Feiras e Exposicións de Lugo F. Feiras e Exposicións para o Desenvolvemento de Galicia (FEXDEGA) F. Galicia Europa F. Instituto Ferial de Vigo (IFEVI) F. Semana Verde de Galicia 9

Rindieron sus cuentas individualmente y directamente, y no por conducto de la Intervención General las siguientes fundaciones públicas: Cuadro 7: Relación de Fundaciones que rindieron sus cuentas de manera directa. F.D.C. Ancares, Os F.D.C. Arzúa F.D.C. Baixo Miño F.D.C. Caldas F.D.C. Carballiño, O F.D.C. Eume, O F.D.C. Mariña Oriental F.D.C. Morrazo, O F.D.C. Muros F.D.C. Noia F.D.C. Paradanta, A F.D.C. Salnés, O F.D.C. Terra de Lemos F.D.C. Terra de Melide F.D.C. Terra de Trives F.D.C. Ulloa, A F.D.C. Valdeorras Centro Tecnolóxico do Mar (CETMAR) FUNDACIONES EN PLAZO FUERA DE PLAZO F. Galega para impul. auto. persoal e aten. persoas en situación de dependencia (FUNGA) F. de Feiras e Exposicións de Ourense (EXPOURENSE) F. Galicia Emigración F. Rof codina F. Centro Superior Cinexético e Piscícola de Galicia Fundación para protección dos discapacitados comarca de Verín 10

En el siguiente cuadro se relacionan las fundaciones públicas autonómicas 1 que no rindieron las cuentas: Cuadro 8: Relación de Fundaciones que no rindieron las cuentas. FUNDACIONES F.D.C. Ordes F.D.C. Terras de Soneira F. Illa de San Simón F. Galicia América F. Galicia Saúde F. Instituto Feiral de A Coruña (IFECO) Instituto Galego de Cooperación Iberoamericana (IGACI) F. Milenio F. Galega para a Prevención de Riscos Laborais F. Galega de Formación para o Traballo Centro Tecnolóxico Lácteo de Galicia Centro de Estudos Eurorexionais Galicia-Norte de Portugal Centro Tecnolóxico e Agroalimentario de Lugo Aquee Quernennae - Vía Nova Centro tecnolóxico de telecomunicaciones de galicia (Gradiant ) Fundación dieta atlántica Fundación sotavento Galicia Por otra parte, tampoco consta la rendición de las cuentas de las fundaciones de investigación de los centros hospitalarios que según los informes elaborados por este Consello deben tener la consideración de fundaciones públicas autonómicas. 1 Según el catálogo de entidades del sector público autonómico publicado por la Consellería de Hacienda y el inventario de entidades dependientes elaborado por la Intervención general. 11

III.6. CONSORCIOS DEL SECTOR PÚBLICO AUTONÓMICO Hasta la Ley 16/2010, del 17 de diciembre de organización y funcionamiento de la Administración General y del sector público autonómico de Galicia (LOFASGA) no existía una regulación específica del sector público autonómico gallego, por lo que con motivo de la inclusión en el catálogo de entidades integrantes del sector público autonómico, se consideraron consorcios del sector público autonómico aquellos creados directamente por la Comunidad Autónoma, o bien financiados en más de un 50% con cargo a sus presupuestos, o bien aquellos en los que la Comunidad Autónoma ejerza una posición de dominio en sus órganos de gobierno. La LOFAXGA mantiene esencialmente el criterio señalado para la inclusión de los consorcios en el catálogo de entidades del sector público autonómico. Sin embargo esta Ley le otorga una importancia decisiva al criterio del control, ya que exige en todo caso, que la actuación de los órganos de dirección y gobierno se sujeten al poder de decisión de la Administración General de la Comunidad Autónoma o cualquier otra entidad instrumental de las reguladas en la Ley 16/2010. Rindieron en plazo sus cuentas en 2010 integrados en la Cuenta General de la Comunidad los siguientes consorcios públicos: Cuadro 9: Relación de Consorcios que rindieron en plazo sus cuentas integradas en la Cuenta General. CONSORCIOS Consorcio Galego de Servicios de Igualdade e Benestar Centro de Extensión Universitaria y divulgación Ambiental de Galicia Axencia de Protección de la Legalidad Urbanística Servicio contra Incendios e Salvamento Comarca Verín Consorcio Provincial Coruña prestación Servicios Contra Incendios e Salvamento 12

Rindieron sus cuentas individualmente y directamente, y no por conducto de la Intervención General los siguientes consorcios públicos: Cuadro 10: Relación de Consorcios que rindieron sus cuentas de manera directa. CONSORCIOS EN PLAZO FUERA DE PLAZO Audiovisual de Galicia Bibliotecas Universitarias de Galicia Axencia para a Calidade do Sistema Universitario de Galicia Servicio contra incendios e Salvamento Comarca Valdeorras Servicio contra incendios e Salvamento Comarca de Limia C. Xestión e exp. Rede básica abastecemento concellos Cervo e Burela Consorcio de Santiago de Compostela C. Provin. Lugo prest. Serv. Contra Icendios e Salvamento C. Ser. Contra incendios salv. comarcas Deza e Tabeirós Terra de Montes C. contra incendios e salvamento comarca baixo Miño, Condado e Louriña Consorcio Casco Vello de Vigo Consorcio local de Os Peares En el siguiente cuadro se relacionan los consorcios públicos que no rindieron las cuentas en el ejercicio 2010: Cuadro 11: Relación de Consorcios que no rindieron sus cuentas. CONSORCIOS Instituto de Estudios Turísticos Centro oncológico Galicia 2005. Volta o mundo en Vela Servicio contra incendios e Salvamento Comarca Carballiño e Ribeiro C. contra incendios e salvamento comarca do Morrazo C. servicio contra incendios e salvamento comarca do Salnés 13

IV. LA RENDICIÓN DE LAS CUENTAS DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS Y SUS ENTES DEPENDIENTES La Ley orgánica 6/2001, del 21 de diciembre, de universidades, establece en su artículo 81.5 la obligación de rendición de las cuentas de las universidades ante el órgano fiscalizador de las cuentas de la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de las competencias del Tribunal de Cuentas. Para dar cumplimiento a esta obligación las Universidades de A Coruña, Santiago y Vigo presentaron en plazo sus cuentas. Las Universidades gallegas forman sus cuentas anuales en base a los principios contables y normas de valoración y clasificación establecidas en el Plan General de Contabilidad Pública de Galicia. Sin embargo la Universidad de A Coruña sólo aporta el estado de la liquidación del presupuesto, sin rendir los restantes estados que conforman las cuentas anuales (Balance, Cuenta del resultado económico patrimonial y Memoria). Por su parte las Memorias formuladas por las Universidades de Santiago y Vigo, no recogen todos los aspectos exigidos por el PCGPG o no incluyen toda la información necesaria que permita dar cumplimiento al cometido de la memoria como estado que amplía, completa y comenta información contenida en los demás estados que forman las cuentas anuales. Además de las Universidades y de acuerdo con el artículo 84 de la Ley 6/2001, los entes dependientes de las mismas quedan sometidos a la misma obligación de rendición de sus cuentas. A estos efectos serán entes dependientes de las universidades aquellos en los que tengan participación mayoritaria en su capital o fondo patrimonial equivalente. Los siguientes entes dependientes de las Universidades recogidos en el inventario de entes dependientes de las Comunidades Autónomas no rindieron cuentas al Consello de Contas: Cuadro 12: Relación de entes dependientes de las Universidades que no rindieron cuentas. FUNDACIONES Fundación Universidad de A Coruña Fundación USC Deportiva CONSORCIOS Consorcio Parque Científico-Tecnolóxico Universitario de Galicia SOCIEDADES Cidade Tecnolóxica de Vigo, S.A. Cursos Internacionales Universitarios Santiago de Compostela, S.A. Sociedade Xestora de Intereses Universitarios de Santiago de Compostela, S.L. Sociedade de Promoción de Iniciativas Innovadoras, S.L. 14

V. LA RENDICIÓN DE LAS CUENTAS DE LAS RESTANTES ENTIDADES V.1. CÁMARAS DE COMERCIO En el siguiente cuadro se muestra el cumplimiento de la obligación de rendición de cuentas de las cámaras de comercio: Cuadro 13: Relación de Cámaras de Comercio que rindieron sus cuentas. CÁMARAS DE COMERCIO EN PLAZO FUERA DE PLAZO A Coruña Ferrol Lugo Ourense Pontevedra Santiago Tui Vigo Vilagarcía de Arousa Consello Galego de Cámaras 15

V.2 COFRADÍAS DE PESCADORES En el siguiente cuadro se muestra el cumplimiento de la obligación de rendición de cuentas de las cofradías de pescadores y de las federaciones provinciales de las cofradías: Cuadro 14: Relación de Cofradías de Pescadores que rindieron sus cuentas. COFRADÍAS DE PESCADORES EN PLAZO FUERA DE PLAZO Aguiño-Carreira Ares Barallobre-Fene Barqueiro O-Bares Cabo de Cruz Caión Camariñas Camelle Cariño Cedeira Corcubión Corme Coruña A Espasante Ferrol Fisterra Laxe Lira-Carnota Lorbé Malpica Mera Miño Mugardos Muros Muxía Noia Palmeira Pindo O-Carnota Pobra do Caramiñal Pontedeume San Telmo de Porto do son Portosín Rianxo Ribeira Sada Federación Galega de Cofradías Federación Provincial A Coruña A CORUÑA 16

COFRADÍAS DE PESCADORES EN PRAZO FUERA DE PLAZO Burela Celeiro Foz Ribadeo San Cibrao Vicedo O Federación Provincial Lugo Aldán-Hio Baiona Bueu Cambados Campelo Lonxa A.I.E. (Poio) Cangas do Morrazo Carril Grove O Garda A Lourizán Marín Moaña Pontevedra Portonovo Raxó-Poio Redondela Sanxenxo Vigo Vilanova Vilaxoan Federación Provincial Pontevedra LUGO PONTEVEDRA Las cofradías que no rindieron cuentas son las siguientes: Cuadro 15: Relación de Cofradías de Pescadores que no rindieron sus cuentas. COFRADÍAS PONTEVEDRA Arcade Illade Arosa 17

V.3. OTRAS ENTIDADES Respecto a las otras entidades sometidas a la obligación de rendición es necesario señalar lo siguiente: 1. No fueron rendidas las cuentas anuales del ente público Consello da Xuventude de Galicia que según su ley de creación tiene naturaleza de entidad de derecho público con personalidad jurídica propia. 2. No fueron rendidas las cuentas de los consejos reguladores de las denominaciones geográficas del sector alimentario que tienen la consideración de corporaciones de derecho público sometidas al control del Consello de Contas. VI. ANEXO DE LAS CUENTAS RENDIDAS En la dirección electrónica http://www.ccontasgalicia.es/, se encuentra un resumen de las cuentas rendidas en 2011 correspondientes al ejercicio 2010. 18