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CONCEPCIÓN, P

Transcripción:

UNIDAD DE CONTROL EXTERN O INFORME DE SEGUIMIENTO Dirección Regional de Vialidad Número de Informe: 8/2013 09 de diciembre del 2013 www.contraloria.c1

USEG. N 227/2013 CREF.: 106322/2013 MGB. REMITE SEGUIMIENTO AL INFORME FINAL N 8, DE 2013, SOBRE AUDITORÍA A LA INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA VIAL, EN EL MARCO DEL PLAN DE DESARROLLO INTEGRAL DE CHILOÉ, EJECUTADO POR LA DIRECCIÓN REGIONAL DE VIALIDAD, REGIÓN DE LOS LAGOS. PUERTO MONTT, on6a32 122813 Cumplo con remitir a Ud., copia del seguimiento de las observaciones contenidas en el informe final N 8, de 2013, sobre auditoría a la inversión en infraestructura vial, en el marco del plan de desarrollo integral de Chiloé, ejecutado por la Dirección de Vialidad, Región de Los Lagos. Saluda atentamen /e' a Ud, MARIO QUEZADA FON ECA CONTRALOR REGIONAL DE 1S LAGOS AL SEÑOR DIRECTOR REGIONAL DIRECCIÓN DE VIALIDAD REGIÓN DE LOS LAGOS PUERTO MONTT Incl. Seguimiento de I.F. 8 de 2013.

PREG. 10037 C/REF.: 106322/2013 SEGUIMIENTO AL INFORME FINAL N 8, DE 2013, SOBRE AUDITORÍA A LA INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA VIAL, EN EL MARCO DEL PLAN DE DESARROLLO INTEGRAL DE CHILOÉ, EJECUTADO POR LA DIRECCIÓN REGIONAL DE VIALIDAD, REGIÓN DE LOS LAGOS. PUERTO MONTT, O 9 DIC. 2013 De acuerdo con las facultades establecidas en la ley N 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, se realizó el seguimiento a las observaciones contenidas en el informe final N 8, de 2013, sobre auditoría a la inversión en infraestructura vial, en el marco del plan de desarrol o integral de Chiloé, ejecutado por la Dirección Regional de Vialidad, Región de Los Lagos, con la finalidad de verificar el cumplimiento de las medidas requeridas por este Órgano de Control a la entidad examinada en dicho informe. El funcionario que ejecutó esta fiscalización fue el señor Gustavo Triviño Muñoz. referido informe mediante ordina El proceso de seguimiento consideró el N 8, de 2013 y la respuesta del servicio a dicho documento remitida io N 2141, de 2013, a este Órgano Contralor. Los antecedentes aportados fueron analizados a fin de verificar la pertinencia de las acciones correctivas implementadas, arrojando los resultados que en cada caso se indican: AL SEÑOR MARIO QUEZADA FONSECA CONTRALOR REGIONAL DE LOS LAGOS RESENTE

Cuadro N 1 1.- Observaciones-que-se-mantienen N Observación Aspectos de control interno ' Acápite I.`"-R.A NIDAD ONTROL EXTERNO ONTRALORIA m REG. DE 'a LOS LAGOS cz,(' _,c10\ Descripción de la observación Respuesta del servicio Análisis de la respuesta y verificaciones Acción realizadas Conclusión derivada La Dirección de Contabilidad y Finanzas, El Director Regional de Se verificó que el aludido servicio se Corresponde Procede que, Región de Los Lagos, no posee un funcionario Vialidad, señaló que la encuentra gestionando el nombramiento de un mantener la una vez previamente designado que cumpla las Dirección de Contabilidad subrogante o suplente para el cargo de auditor observación corregido el funciones de auditor interno cuando exista una y Finanzas no tienen interno. planteada. hecho causa que imposibilite al servidor de ejercer su atribuciones para la observado, el empleo, incumpliendo con ello lo dispuesto en designación directa de servicio remita los artículos 79 y siguientes de la ley N 18.834 (aplica dictámenes U:S. 25.220, de 1996; 46.852, de 2006; 8.275, de 2009; y 49.645, de 2012). Jefes de Subdepartamentos y de Unidad de Control Interno (titulares y subrogantes), por lo que procederá a proponer y solicitar a su Dirección Nacional, la designación de un jefe subrogante (o suplente) de esa unidad. los antecedentes a esta Entidad Fiscalizadora. 2

N Observación Descripción de la observación Respuesta del servicio Análisis de la respuesta y verificaciones Conclusión Acción realizadas derivada En la determinación del reajuste de los estados El servicio respondió que La referida dirección no proporcionó Cabe Corresponde de pago, el Servicio no acató lo señalado en el está incorporando antecedentes al respecto. mantener lo que el servicio numeral 7.14.3, de las bases administrativas de paulatinamente los observado. corrija los los contratos "Reposición Puente Mechaico y contratos a un sistema reajustes Accesos en Ruta 5", "Construcción Puente informático de ficha única, observados y Gamboa y Accesos", "Reposición Puente San el cual calcula remita los Antonio Ruta 5, Sector Pupelde Coquiao" y automáticamente los antecedentes Ruta Quetalmahue Faro Corona (Plan reajustes y permite la pertinentes a 1. Cálculo de reajustes de los Chiloé), como tampoco lo establecido en el posibilidad de corregir, al este Órgano estados de final de cada uno de ellos, pago, Acápite los posibles errores en su II cálculo. / Dirección de Planeamiento del Ministerio de Obras Públicas, del mismo mes de emisión del estado de pago, determinándose diferencias ascendentes a un total de $98.172.042.- ----;--*'....--,"- -.%. AD NTROL XTERNO NTRALORIA m REG. DE S LAGOS z,", <\ artículo 108, del Reglamento para Contratos de Obras Públicas, en adelante RPCOP, aprobado por el decreto N 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas, por cuanto consideró los índices utilizados para el cálculo de los reajustes, comunicados oficialmente por la Superior de Control, en un plazo no mayor a 60 días hábiles. 3

12,. 175 / N Descripción de la observación Respuesta del servicio Análisis de la respuesta y verificaciones Conclusión Acción Observación realizadas derivada Se determinó que en los contratos "Reposición El servicio ordenó la La Dirección Regional de Vialidad no informó Corresponde Procede que el Puente Mechaico y Accesos en Ruta 5" y instrucción de un sumario sobre el estado actual de las expropiaciones. mantener la servicio informe 1. Expropiaciones, Acápite II I "Reposición Puente San Antonio en Ruta 5", respecto del lote 16 y los lotes 19-A y 21-B, respectivamente, la Dirección de Vialidad no esperó el término del trámite de expropiación para dar inicio a las obras contratadas, infringiendo el artículo 21 del decreto ley N 2.186, de 1978, que aprueba la Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones, específicamente respecto a la posesión material del bien expropiado. administrativo a través de la resolución N 1586, de 9 de julio de 2013. Ir IAD 0 o, JTROL 11TERNO71 TRALORIA hi, 4,, LOS LAGOS 4(. 1 :bo wo<\ Además, se verificó que el sumario administrativo, ordenado por resolución N 1586, de 2013, se encontraba en etapa indagatoria. observación formulada. a esta Entidad Fiscalizadora, sobre el estado actual de las expropiaciones, en un plazo no mayor a 60 días hábiles. Asimismo, corresponde que esa Dirección adopte las acciones pertinentes a fin de agilizar el citado proceso disciplinario conforme lo dispuesto en el artículo 143 de la ley N 18.834.

N Observación 5. Aspectos constructivos de la ejecución, Acápite III V---..\\ o ['DAD 0 e INEX TERNO NT RALOlg m REG. DE I, S LAGOS ^,,(' Descripción de la observación Respuesta del servicio Análisis de la respuesta y verificaciones realizadas Conclusión Acción derivada Se-comprobaron-situaciones_que_contravienen_lo La referida Dirección Se constató, mediante el ordinario N 2558, de Procede Corresponde establecido en el artículo 110, del Reglamento señaló que el contrato 2013, enviado por el Director Regional de mantener la que la Direccion para Contratos de Obra Pública, que preceptúa "Mejoramiento Ruta Vialidad a la Constructora Luis Navarro S.A., observación Regional de que al inspector fiscal se le encarga velar Quetalmahue Faro que el contrato "Mejoramiento Ruta planteada. Vialidad informe directamente por la correcta ejecución de una Corona" se encuentra en Quetalmahue Faro Corona", que se a este Órgano obra y, en general, por el cumplimiento del etapa de ejecución, por lo rechazaba la solicitud de traspaso de contrato Superior de contrato, ello por cuanto se constataron diversas que se están estudiando y por tanto, el contratista debe continuar con Control, sobre deficiencias constructivas en el contrato "Mejoramiento ruta Quetalmahue-Faro Corona". alternativas de solución, para ejecutarlas conforme a los antecedentes del los trabajos pendientes. Asimismo, se comprobó mediante el ordinario las medidas adoptadas que permitan Además, se advirtieron sectores del terraplén, en contrato. N 72, de 13 de noviembre de 2013, enviado corregir los cuyo talud se han generado erosiones próximas a por el ITO al Director Regional de Vialidad, defectos obras de arte producto de la acción de las aguas Por otra parte, en cuanto que la grieta detectada en su oportunidad aún observados en a la obra "Reposición lluvia. Respecto de la falta de cohesión del material utilizado en dichos taludes, no cumpliéndose con las condiciones para la construcción de terraplenes, conforme lo establecido en el numeral 5.205.302, Formación, Ensanche y Compactación de los Terraplenes, del volumen N 5 del Manual de Carreteras. Por otra parte, para el contrato "Reposición Puente San Antonio y Accesos", la partida 5.410-1 pavimento de hormigón cemento hidráulico, presenta grieta en acceso norte, contraviniendo el numeral 5.410.313, reparaciones, del Volumen N 5 del Manual de Carreteras. Puente San Antonio y Accesos", se advirtió según el informe de recepción, de 15 de mayo de 2013, que los trabajos se encuentran en etapa de recepción provisoria. 5 no ha sido reparada, ya que la referida dirección se encuentra a la espera del pronunciamiento de un profesional mecánico de suelos, para que con esta información se estime el tiempo necesario de reparación de los pavimentos afectados, mediante un contrato de conservación periódica. Sin perjuicio de lo expuesto, cabe indicar que el contratista se encuentra obligado a reparar dichos defectos, ya que según lo dispuesto en el numeral 5.410.313, reparaciones, del Volumen N 5 del Manual de Carreteras, los elementos agrietados deben ser demolidos y el pavimento deberá ser repuesto por el contratista. un plazo no superior a 90 días hábiles. O - d

N Observación 6 Programaci ón y avance físico de las obras, Acá pite III Descripción de la observación Respuesta del servicio Análisis de la respuesta y verificaciones Conclusión Acción realizadas derivada En el contrato 2-Mejoramiento-Ruta-Quetalmahue= _El_servicio_ordenó la La referida dirección no aportó los Cabe Procede que la Faro Corona", se determinó que existe un atraso instrucción de un sumario antecedentes que permitan comprobar la mantener lo Dirección agilice en la ejecución de la obra, de aproximadamente un administrativo a través de implementación de medidas correctivas observado. el proceso 40% al mes de marzo de 2013, debiendo hacerse presente que el plazo contractual de la obra tiene data de vencimiento el 12 de abril de 2013. Dicho lo anterior, cabe observar que, pese a que se verifica que a través de folio N 26, de 16 de octubre de 2012, del libro de obras, el inspector fiscal señala el incumplimiento por parte de la empresa contratista, del programa mensual del contrato, en virtud de los artículos 151, 152 y 161, del Reglamento para Contratos de Obra Pública, la Dirección Regional de Vialidad no ha aplicado las medidas pertinentes establecidas en el artículo 143, del citado reglamento. Finalmente, se determinó que el inspector fiscal no ha aprobado el programa de trabajo oficial a través del libro de obra, infringiendo el numeral 7.2 de las bases administrativas del contrato antes citado. la resolución N 1586, de 9 de julio de 2013. tendientes a evitar la ocurrencia de los hechos observados en futuros contrato. Además, se verificó que el sumario administrativo, ordenado por resolución N 1586, de 2013, se encontraba en etapa indagatoria. sumarial, conforme lo dispuesto en el artículo 143 de la ley N 18.834, e informe las medidas adoptadas por esa entidad, a este Organismo de Control en un plazo no superior a 60 días, para corregir las observaciones formuladas. O 11' leol )CIERNO LoIGL 11:0;cor-cr 6

CONCLUSIONES En mérito de lo expuesto, cabe concluir que se mantienen las situaciones informadas en el cuadro N 1, con las acciones derivadas que en cada caso se indican. Acerca de las materias para las que se ha otorgado un nuevo plazo, éste comenzará a regir a partir del día hábil siguiente a la recepción del presente informe. (9 UNIDAD CONTROL '7 NO 73 i-zaloria m ISG. DE LOS LAGOS osf n`,d Saluda atentamente a Ud., j Rodrigo San Meollo Jefe UnItiod Conlrol los Lagos Conti aiol Khyl000l de 7

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