((hl M Gobierno ESO AAD/Vm 1 Federación Canaria de Montañismo 44,11,str. N ft%12 1 9d- ' ' "... ' 004 6 Fecha:, IENTRAIAM SALIDA[21 SR. PRESIDENDE DE LA FEDERACION CANARIA DE MONTAÑISMO CL OBISPO RABADAN 33 BJ 35003 Las Pasmas de Gran Canaria Asunto: Notificación de Resolución del Director General de Deportes. En cumplimiento del artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, adjunto a la presente, las resoluciones N. LRS2016JA00582 y LRS2016JA00590 del Director General de Deportes y Certificado del Jefe del Servicio de Deportes N. LCR2016JD00364. Cs1 cs) o C O O o CO CO o ic CD EL JEFE DE SERVICIO DE DEPORTES Antonio Aguiar Díaz Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre de firma e ectrónica. Permite la verificación de la integridad de esta copia del documento electrónico en la dirección: https://sede.gobcan.es/cepsv/verifica doc Firmado por: Antonio Jesús Aguiar Díaz Fecha: 25/05/2016 9:58:06 En calidad de: Jefe de Servicio de Deportes Pagina: 1/1 1 111 1 11 1 111111 1111111 liii 111 1 1111 11 1111 I 11111 III 1111111111111 Cod. Seg. Verificación: IQIFdiCDOdnLZE51kGon/v93yYAGz0p1 SALIDA - N. General: 283594 / 2016 - N. Registro: CTCD / 7811 / 2016 - Fecha: 25/051201610:00:04
. cal) Gobierno iffl Federación Canaria de Montañismo N. d"--- Fecha: rae ENTRADA 1r4 SALIDA C2 RESOLUCIÓN Visto el escrito presentado por don Sebastián Gil Ramos y otros el 26 de enero de 2016, con domicilio a efectos de notificaciones en la sede de la Federación Insular de Tenerife sita en Pabellón Insular de Tenerife "Santiago Martín", Calle Mercedes, s/n Planta r Oficina 36, 38108 Los Majuelos - La Laguna. ANTECEDENTES PRIMERO.- En fecha de 24 de Noviembre de 2013, la Asamblea General de la Federación Canaria de Montañismo acordó la disolución de las Federaciones Insulares de Montañismo de Tenerife y Gran Canaria. Sin embargo, según se comprueba en el acta, en la misma sesión de la Asamblea, fue rechazada la propuesta de modificación de los Estatutos Provisionales de la Federación Canaria de Montañismo. SEGUNDO.- Tal acuerdo de disolución de las Federaciones Insulares de Montañismo de Tenerife y Gran Canaria no se ha incorporado a los Estatutos de la Federación Canaria de Montañismo, en el que se mantiene la existencia de las Federaciones Insulares de Montañismo de Tenerife y Gran Canaria. TERCERO.- Por parte de los interesados se manifiesta que a pesar de lo expresado en el punto anterior, la Federación Canaria de Montañismo ha venido utilizando la vía de los hechos y ha seguido actuando como si la disolución de las dos Federaciones Insulares mencionadas hubiese sido efectiva, nombrando Delegados Insulares de la Federación Canaria en Tenerife y Gran Canaria, en sustitución de las Federaciones Insulares de Tenerife y Gran Canaria y promoviendo que la Asamblea General de la Federación Canaria de Montañismo tome acuerdos para la "recuperación" del patrimonio de ambas Federaciones Insulares y para la devolución de la cuota insular percibidas por las Federaciones Insulares durante el año 2015, ver artículo 62.2 de los Estatutos Provisionales. Se acompaña copia del Orden del día de la Asamblea celebrada el pasado 19 de diciembre de 2015 donde se reflejan dichos acuerdos promovidos CUARTO.- Por otro lado, los interesados manifiestan que se han convocado y celebrado elecciones a la Asamblea de la Federación Canaria de Montañismo de un modo
a " Gobierno irregular ya que se han celebrado fuera del plazo legalmente establecido en las leyes deportivas canarias y obviando la preceptiva convocatoria de elecciones a las Asambleas de las Federaciones Insulares de Tenerife y Gran Canaria, por lo que piden regularizar esta situación, así mismo, convocando elecciones a las Asambleas de estas Federaciones Insulares, dado que siguen existiendo según lo expuesto anteriormente. QUINTO.- Se ha dado traslado del escrito de denuncia a la presidencia de la Federación canaria, sin que se hayan formulado alegaciones de clase alguna. FUNDAMENTOS JURÍDICOS PRIMERO.- Ley 8/1997, de 8 de julio, Canaria del Deporte (Boletín Oficial de 18.7.1997). SEGUNDO.- Decreto 51/1992 de 23 de abril, por el que se regula la constitución y funcionamiento de las Federaciones Deportivas Canarias (Texto refundido BOC de 14.07.1999) TERCERO.- Orden de 4 de octubre de 2001, reguladora de los procesos electorales de las Federaciones Deportivas Canarias (Boletín Oficial de 21.10.2001). CUARTO.- Los estatutos vigentes de la Federación Canaria de Montañismo, en su art. 2 establece lo siguiente: "2.- La Federación Canaria de Montañismo está integrada por las Federaciones Insulares de Tenerife y Gran Canaria y las que se puedan crear en las distintas islas, clubes deportivos, deportistas, técnicos, jueces y árbitros que promueven, practican o contribuyen al desarrollo de su modalidad deportiva dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma. 3.- Las Federaciones Insulares podrán estar dotadas de personalidad jurídica propia." Consta que en fecha de 24 de noviembre de 2013, la Asamblea General de la Federación Canaria de Montañismo acordó la disolución de las Federaciones Insulares de
Santa Cruz de Tenerife, a 23 de mayo de 2016. El Director General de Deportes José Francisco Pérez Martín Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre de firma e ectrónica. Permite la verificación de la integridad de esta copia del documento electrónico en la dirección: https://sede.gobcan.es/cepsv/verifica doc Firmado por: José Francisco Pérez Martín Fecha: 23/05/2016 13:34:18 11 III II HEN 1 III 11 1111 III 1111 IIIlU Cod. Seg. Venficación: hsnjip cxuh8 II IIIIII 111111 111111111D III Pagina: 4/4 GngHHNNO/93yYAGz0p1 RESOLUCIÓN LRS2016JA00582-23/05/201613:34 - Folio desde: 1123 hasta: 1126
Montañismo de Tenerife y Gran Canaria, pero en la misma reunión, según se comprueba en el acta, la propia asamblea rechazó la propuesta de modificación de los Estatutos de la Federación Canaria de Montañismo para incorporar la desaparición de las federaciobes insulares. En consecuencia, no habiéndose aprobado ni por la Asamblea General de la Federación Canaria de Montañismo ni por esta, una reforma estatutaria que contemple la desaparición de las Federaciones Insulares de Gran Canaria y Tenerife, éstas siguen existiendo con plenitud de facultades, por lo que procede se restituya su normal funcionamiento. Por todo lo expuesto anteriormente, de acuerdo con lo expuesto y en ejercicio de las competencias atribuidas en la Ley 8/1997, de 9 de julio, Canaria del Deportes, Decreto 51/1992 de 23 de abril, por el que se regula la constitución y funcionamiento de las Federaciones Deportivas Canarias (Texto refundido BOC de 14.07.1999), la Orden de 4 de octubre de 2001, reguladora de los procesos electorales de las Federaciones Deportivas Canarias ((BOC de 21.10.2001), RESUELVO 1. Dejar sin efecto todos los acuerdos adoptados en el seno federativo con posterioridad al 24 de noviembre de 2013 sólo en aquello que afecten a la continuidad y funcionamiento de las federaciones insulares de montañismo de Gran Canaria y Tenerife, y a las funciones públicas delegadas en las mismas. 2.- Instar a la presidencia y junta de gobierno de la Federación Canaria de Montañismo a restituir de inmediato el normal funcionamiento de las federaciones insulares de montañismo de Gran Canaria y Tenerife. 3. Requerir a la presidencia y junta de gobierno de la Federación Canaria de Montañismo para que proceda de inmediato a la convocatoria de elecciones a las federaciones insulares de Tenerife y Gran Canaria. Notifíquese la presente resolución a los interesados, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de alzada ante el Viceconsejero de Cultura y Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación de la presente.
RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CORRIGE ERROR EN LA RESOLUCIÓN DE FECHA 23 DE MAYO I.- Con fecha 23 de mayo se dictó resolución por esta Dirección General de Deportes en cuya parte dispositiva se acordó: "1. Dejar sin efecto todos los acuerdos adoptados en el seno federativo con posterioridad al 24 de noviembre de 2013 sólo en aquello que afecten a la continuidad y funcionamiento de las federaciones insulares de montañismo de Gran Canaria y Tenerife, y a las funciones públicas delegadas en las mismas. 2.- Instar a la presidencia y junta de gobierno de la Federación Canaria de Montañismo a restituir de inmediato el normal funcionamiento de las federaciones insulares de montañismo de Gran Canaria y Tenerife. 3. Requerir a la presidencia y junta de gobierno de la Federación Canaria de Montañismo para que proceda de inmediato a la convocatoria de elecciones a las federaciones insulares de Tenerife y Gran Canaria". II.- Habiendose detectado error en el antecedente expositivo QUINTO, a medio de la presente se procede a su subsanación en los términos siguientes: En el antecedente QUINTO, donde dice "Se ha dado traslado del escrito de denuncia a la presidencia de la Federación canaria, sin que se hayan formulado alegaciones de clase alguna", debe decir: "Se ha dado traslado del escrito de denuncia a la presidencia de la Federación canaria, habiendose formulado alegaciones con fecha 23 de febrero de 2016". III.- Asimismo se añade un párrafo al al fundamento jurídico CUARTO, el cual quedará como sigue:
"CUARTO.- Los estatutos vigentes de la Federación Canaria de Montañismo, en su art. 2 establece lo siguiente: "2.- La Federación Canaria de Montañismo está integrada por las Federaciones Insulares de Tenerife y Gran Canaria y las que se puedan crear en las distintas islas, clubes deportivos, deportistas, técnicos, jueces y árbitros que promueven, practican o contribuyen al desarrollo de su modalidad deportiva dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma. 3.- Las Federaciones Insulares podrán estar dotadas de personalidad jurídica propia." Consta que en fecha de 24 de noviembre de 2013, la Asamblea General de la Federación Canaria de Montañismo acordó la disolución de las Federaciones Insulares de Montañismo de Tenerife y Gran Canaria, pero en la misma reunión, según se comprueba en el acta, la propia asamblea rechazó la propuesta de modificación de los Estatutos de la Federación Canaria de Montañismo para incorporar la desaparición de las federaciobes insulares. Las alegaciones formuladas por la presidencia de la Federación Canaria no desvirtuan el núcleo esencial del asunto, que estriba en la ausencia de reforma estatuttaria que dé cobertura a la disolución de las federaciones insulares. En consecuencia, no habiéndose aprobado ni por la Asamblea General de la Federación Canaria de Montañismo ni por esta, una reforma estatutaria que contemple la desaparición de las Federaciones Insulares de Gran Canaria y Tenerife, éstas siguen existiendo con plenitud de facultades, por lo que procede se restituya su normal funcionamiento". Por todo lo expuesto, RESUELVO
Ratificar en todos sus términos la resolución de 23 de mayo, cuya parte dispisitiva se mantiene en los términos siguientes: 1. Dejar sin efecto todos los acuerdos adoptados en el seno federativo con posterioridad al 24 de noviembre de 2013 sólo en aquello que afecten a la continuidad y funcionamiento de las federaciones insulares de montañismo de Gran Canaria y Tenerife, y a las funciones públicas delegadas en las mismas. 2.- Instar a la presidencia y junta de gobierno de la Federación Canaria de Montañismo a restituir de inmediato el normal funcionamiento de las federaciones insulares de montañismo de Gran Canaria y Tenerife. 3. Requerir a la presidencia y junta de gobierno de la Federación Canaria de Montañismo para que proceda de inmediato a la convocatoria de elecciones a las federaciones insulares de Tenerife y Gran Canaria. Santa Cruz de Tenerife, a 24 de mayo de 2016. El Director General de Deportes José Francisco Pérez Martín Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre de firma e ectrónica. Permite la verificación de la integridad de esta copia del documento electrónico en la dirección: https://sede.gobcan.es/cepsv/verifica doc Firmado por: José Francisco Pérez Martín Fecha: 24/05/2016 15:13:48 Pagina: 3/3 ID INI 11111111 II 111111111111111111111 Un 1111111111111 ID Cod. Seg. Verificación: b8x0rig5vmu 69F9LKU/mP93yYAGz0p1 RESOLUCIÓN LRS2016JA00590-24/05/2016 15:13 - Folio desde: 1139 hasta: 1141
ANTONIO AGUIAR DÍAZ; JEFE DEL SERVICIO DE DEPORTES DE LA DIRECCION GENERAL DE DEPORTES CERTIFICO Que tras la rectificación de errores acordada por el Director General de Deportes con fecha 24 de mayo de 2016, la siguiente resolución dictada por el mismo órgano el día 23 de mayo actual queda como sigue: "RESOLUCIÓN Visto el escrito presentado por don Sebastián Gil Ramos y otros el 26 de enero de 2016, con domicilio a efectos de notificaciones en la sede de la Federación Insular de Tenerife sita en Pabellón Insular de Tenerife "Santiago Martín", Calle Mercedes, s/n Planta 2' Oficina 36, 38108 Los Majuelos - La Laguna. ANTECEDENTES PRIMERO.- En fecha de 24 de Noviembre de 2013, la Asamblea General de la Federación Canaria de Montañismo acordó la disolución de las Federaciones Insulares de Montañismo de Tenerife y Gran Canaria. Sin embargo, según se comprueba en el acta, en la misma sesión de la Asamblea, fue rechazada la propuesta de modificación de los Estatutos Provisionales de la Federación Canaria de Montañismo. SEGUNDO.- Tal acuerdo de disolución de las Federaciones Insulares de Montañismo de Tenerife y Gran Canaria no se ha incorporado a los Estatutos de la Federación Canaria de Montañismo, en el que se mantiene la existencia de las Federaciones Insulares de Montañismo de Tenerife y Gran Canaria. TERCERO.- Por parte de los interesados se manifiesta que a pesar de lo expresado en el punto anterior, la Federación Canaria de Montañismo ha venido utilizando la vía de los hechos y ha seguido actuando como si la disolución de las dos
Federaciones Insulares mencionadas hubiese sido efectiva, nombrando Delegados Insulares de la Federación Canaria en Tenerife y Gran Canaria, en sustitución de las Federaciones Insulares de Tenerife y Gran Canaria y promoviendo que la Asamblea General de la Federación Canaria de Montañismo tome acuerdos para la "recuperación" del patrimonio de ambas Federaciones Insulares y para la devolución de la cuota insular percibidas por las Federaciones Insulares durante el ario 2015, ver artículo 62.2 de los Estatutos Provisionales. Se acompaña copia del Orden del día de la Asamblea celebrada el pasado 19 de diciembre de 2015 donde se reflejan dichos acuerdos promovidos CUARTO.- Por otro lado, los interesados manifiestan que se han convocado y celebrado elecciones a la Asamblea de la Federación Canaria de Montañismo de un modo irregular ya que se han celebrado fuera del plazo legalmente establecido en las leyes deportivas canarias y obviando la preceptiva convocatoria de elecciones a las Asambleas de las Federaciones Insulares de Tenerife y Gran Canaria, por lo que piden regularizar esta situación, así mismo, convocando elecciones a las Asambleas de estas Federaciones Insulares, dado que siguen existiendo según lo expuesto anteriormente. QUINTO.- Se ha dado traslado del escrito de denuncia a la presidencia de la Federación canaria, habiendose formulado alegaciones con fecha 23 de febrero de 2016. FUNDAMENTOS JURÍDICOS PRIMERO.- Ley 8/1997, de 8 de julio, Canaria del Deporte (Boletín Oficial de 18.7.1997). SEGUNDO.- Decreto 51/1992 de 23 de abril, por el que se regula la constitución y funcionamiento de las Federaciones Deportivas Canarias (Texto refundido BOC de 14.07.1999) TERCERO.- Orden de 4 de octubre de 2001, reguladora de los procesos electorales de las Federaciones Deportivas Canarias (Boletín Oficial de 21.10.2001). CUARTO.- Los estatutos vigentes de la Federación Canaria de Montañismo, en su art. 2 establece lo siguiente: "2.- La Federación Canaria de Montañismo está integrada por las Federaciones Insulares de Tenerife y Gran Canaria y las que se puedan crear en las distintas islas, clubes deportivos, deportistas, técnicos, jueces y árbitros que promueven,
((hl MI Gobierno al practican o contribuyen al desarrollo de su modalidad deportiva dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma. 3.- Las Federaciones Insulares podrán estar dotadas de personalidad jurídica propia." Consta que en fecha de 24 de noviembre de 2013, la Asamblea General de la Federación Canaria de Montañismo acordó la disolución de las Federaciones Insulares de Montañismo de Tenerife y Gran Canaria, pero en la misma reunión, según se comprueba en el acta, la propia asamblea rechazó la propuesta de modificación de los Estatutos de la Federación Canaria de Montañismo para incorporar la desaparición de las federaciobes insulares. Las alegaciones formuladas por la presidencia de la Federación Canaria no desvirtuan el núcleo esencial del asunto, que estriba en la ausencia de reforma estatuttaria que dé cobertura a la disolución de las federaciones insulares. En consecuencia, no habiéndose aprobado ni por la Asamblea General de la Federación Canaria de Montañismo ni por esta, una reforma estatutaria que contemple la desaparición de las Federaciones Insulares de Gran Canaria y Tenerife, éstas siguen existiendo con plenitud de facultades, por lo que procede se restituya su normal funcionamiento. Por todo lo expuesto anteriormente, de acuerdo con lo expuesto y en ejercicio de las competencias atribuidas en la Ley 8/1997, de 9 de julio, Canaria del Deportes, Decreto 51/1992 de 23 de abril, por el que se regula la constitución y funcionamiento de las Federaciones Deportivas Canarias (Texto refundido BOC de 14.07.1999), la Orden de 4 de octubre de 2001, reguladora de los procesos electorales de las Federaciones Deportivas Canarias ((BOC de 21.10.2001), RESUELVO 1. Dejar sin efecto todos los acuerdos adoptados en el seno federativo con posterioridad al 24 de noviembre de 2013 sólo en aquello que afecten a la continuidad y funcionamiento de las federaciones insulares de montañismo de Gran Canaria y Tenerife,
y a las funciones públicas delegadas en las mismas. 2.- Instar a la presidencia y junta de gobierno de la Federación Canaria de Montañismo a restituir de inmediato el normal funcionamiento de las federaciones insulares de montañismo de Gran Canaria y Tenerife. 3. Requerir a la presidencia y junta de gobierno de la Federación Canaria de Montañismo para que proceda de inmediato a la convocatoria de elecciones a las federaciones insulares de Tenerife y Gran Canaria. Notifíquese la presente resolución a los interesados, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de alzada ante el Viceconsejero de Cultura y Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación de la presente. Santa Cruz de Tenerife, a 23 de mayo de 2016. El Director General de Deportes.José Francisco Pérez Martín" Y para que conste y surta efecto donde proceda, firmo el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de mayo de 2016. Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre de firma electrónica. Permite la verificación de la integridad de esta copia del documento electrónico en la dirección: https://sede.gobcan.es/cepsylverifica doc Firmado por: Antonb Jesús Aguiar D'az Fecha: 24/05/2016 12:25:42 En calidad de: Jefe de Servicio de Deportes HIN Mili 111 11111 11 111 II III 111 111 111111 11111111 011 1111 II 111111111 Cod. Seg. Venficac ón: wa40s13ztns0dx3zw420kr/93yyagz0p1 CERTIFICADO LCR2016JD00364-25/05/2016 09:24 - Folio desde: 368 hasta: 371 Pagina: 4/4