REQUISITOS PARA EL RECONOCIMIENTO DE ORGANISMOS AUTORIZADOS PARA EFECTUAR LA VERIFICACIÓN INICIAL DE MEDIDORES DE AGUA, MEDIDORES DE ENERGÍA ELÉCTRICA Y MEDIDORES DE GAS Presentación En cumplimiento de las disposiciones de la Resolución Nº 001-2012/SNM-INDECOPI y Resolución Nº 001-2014/SNM-INDECOPI, se presentan los requisitos para el reconocimiento de organismos autorizados para efectuar la verificación inicial de medidores de agua, medidores de energía y medidores de gas, así como para la evaluación del aseguramiento metrológico in situ. La verificación inicial se podrá realizar por cualquiera de estas dos modalidades: Modalidad 1: en fábrica, o Modalidad 2: a través de organismos acreditados Para el primer caso sólo se procederá a atender la solicitud una vez que el(los) modelo(s) producido(s) en la fábrica cuente(n) con aprobación de modelo u homologación ante el Servicio Nacional de Metrología - SNM. Para el reconocimiento como organismo autorizado para efectuar la verificación inicial se deberá cumplir con el procedimiento que se detalla seguidamente. Procedimiento 1.- Presentación de la solicitud al SNM-INDECOPI, indicando a cuál de las modalidades aplica (1 ó 2). En el anexo A se muestra el modelo de solicitud, a elegir según el tipo de instrumento. En el anexo B se indican los documentos que se deben presentar con la solicitud, además de la factura o boleta del pago correspondiente. Los costos se muestran en el anexo C. 2.-De requerirse información adicional o aclaración de la información de la solicitud presentada se hará de conocimiento del solicitante vía correo electrónico o vía telefónica, en un plazo no mayor a tres (3) días hábiles. 3.-El solicitante tiene un plazo de 20 días hábiles para presentar la información requerida que permita iniciar la evaluación. Si el solicitante no cumple con entregar lo solicitado dentro de dicho plazo se dará por concluida la gestión y se devolverá el total de la información recibida. 4.-La evaluación se realizará en un plazo no mayor a 30 días hábiles a partir de la fecha en que se completa la solicitud con la información requerida. 5.-Concluida la evaluación y de estar conforme se otorgará la autorización correspondiente, de lo contrario será denegada y se comunicará al solicitante dándose por concluido el servicio solicitado. 6.-La autorización tendrá una validez de 3 años o por el tiempo restante de validez de su acreditación o de la autorización otorgada por el organismo competente, por un periodo no mayor a 3 años. La fábrica autorizada por el SNM estará sujeta a una visita de supervisión anual. 7.-La relación de organismos autorizados por el SNM-INDECOPI para efectuar la verificación inicial de medidores de agua, medidores de energía eléctrica y medidores de gas se encuentra publicada en el portal web de INDECOPI. Página 1 de 12
Observaciones: Todos los documentos deberán ser acompañados de la traducción simple al español del documento original si éste no estuviera en español. La verificación de los medidores se realizará al 100%. La autorización para la verificación inicial que posea una fábrica del extranjero, deberá haber sido emitida por el mismo organismo que otorgó el certificado de aprobación de modelo homologado en el SNM- INDECOPI. De no contar con dicha autorización deberán incluir en su solicitud el pedido de la evaluación del aseguramiento metrológico en planta. Los documentos de autorización emitidos en el extranjero deberán contar con la legalización respectiva del consulado peruano en el país donde ha sido emitida o con el correspondiente apostillado. Los organismos autorizados por el SNM-INDECOPI mantendrán su condición en tanto no incumplan los requisitos con los cuales fueron evaluados. Cualquier incumplimiento podrá significar la cancelación del reconocimiento otorgado. La autorización de los organismos acreditados quedará sin efecto en cuanto su vigencia como tal sea retirada por el organismo acreditador o contravenga alguno de los requisitos establecidos. Podrá ser motivo de suspensión cuando el organismo autorizado no cumpla con remitir información solicitada por el SNM, no actualice la relación de equipos de ensayo y sus certificados de calibración o no proporcione las muestras de medidores para su evaluación y verificación de cumplimiento con el modelo aprobado. Obligaciones: Todos los organismos autorizados por el Servicio Nacional de Metrología (fabricantes y organismos acreditados), deberán enviar trimestralmente la información de los medidores que han sido verificados indicando el número de certificado de aprobación de modelo u homologación recibida, marca y modelo, alcance, número de serie, fecha de verificación y destinatario, de acuerdo a las indicaciones que el Servicio Nacional de Metrología disponga. Así mismo deberán proporcionar cuando el Servicio Nacional de Metrología lo considere necesario información relacionada con estos temas metrológicos y muestras de medidores para su evaluación y verificación de cumplimiento con el modelo aprobado. Los interesados deberán solicitar al SNM con una anticipación de al menos 45 días calendarios la visita de supervisión anual a la fábrica correspondiente, de lo contrario podrán perder el reconocimiento recibido. Los organismos autorizados (fabricantes y organismos acreditados) por el SNM-INDECOPI deberán presentar anualmente al SNM copia de los informes de auditoría (evaluación) realizados por el organismo competente. Página 2 de 12
ANEXO A MODELO DE SOLICITUD PARA EL RECONOCIMIENTO DE ORGANISMOS AUTORIZADOS PARA EFECTUAR LA VERIFICACIÓN INICIAL DE MEDIDORES DE AGUA Lima de de 20 Señores SERVICIO NACIONAL DE METROLOGIA INDECOPI Calle De la prosa 104 San Borja - LIMA 41 Fax : 224 7800 anexo 1264 Email: ucalderon@indecopi.gob.pe DATOS DEL SOLICITANTE RAZON SOCIAL INDICAR EL SECTOR DE SU ACTIVIDAD NOMBRE DE LA PERSONA QUE SOLICITA CARGO (Gerente, Jefe, etc) DIRECCION RUC TELEFONO Y FAX CORREO ELECTRONICO Sírvanse efectuar el reconocimiento como organismo autorizado para efectuar la verificación inicial de medidores de agua del siguiente organismo: DESCRIPCION DEL ORGANISMO RAZON SOCIAL DIRECCION/PAIS LABORATORIO ACREDITADO (N ACREDITACION - FECHA) FABRICA AUTORIZACION - FECHA Requiere Evaluación de Aseguramiento Metrológico Página 3 de 12
INSTRUMENTO MARCA / MODELO DIAMETRO NOMINAL MEDIDOR DE AGUA CAUDAL PERMANENTE (Q3) RELACION (Q3 / Q1) TIPO LONGITUD OTRAS CARACTERISTICAS (Material, posición de trabajo, etc.) NOMBRE DE LA FABRICA DIRECCION / PAIS (DONDE SE FABRICA) TELEF /FAX /WEBPAGE /EMAIL INFORMACION QUE ADJUNTA Ver anexo B FIRMADO POR REPRESENTANTE DEL ORGANISMO Página 4 de 12
MODELO DE SOLICITUD PARA EL RECONOCIMIENTO DE ORGANISMOS AUTORIZADOS PARA EFECTUAR LA VERIFICACIÓN INICIAL DE MEDIDORES DE ENERGÍA ELÉCTRICA Lima de de 20 Señores SERVICIO NACIONAL DE METROLOGIA INDECOPI Calle De la prosa 104 San Borja - LIMA 41 Fax : 224 7800 anexo 1264 Email: ucalderon@indecopi.gob.pe DATOS DEL SOLICITANTE RAZON SOCIAL INDICAR EL SECTOR DE SU ACTIVIDAD NOMBRE DE LA PERSONA QUE SOLICITA CARGO (Gerente, Jefe, etc) DIRECCION RUC TELEFONO Y FAX CORREO ELECTRONICO Sírvanse efectuar el reconocimiento como organismo autorizado para efectuar la verificación inicial de medidores de energía eléctrica del siguiente organismo: DESCRIPCION DEL ORGANISMO RAZON SOCIAL DIRECCION/PAIS LABORATORIO ACREDITADO (N ACREDITACION - FECHA) FABRICA AUTORIZACION - FECHA Requiere Evaluación de Aseguramiento Metrológico Página 5 de 12
INSTRUMENTO MARCA Nº DE FASES / Nº DE HILOS CORRIENTE ( Ib, Imax) / TENSION CLASE DE EXACTITUD OTRA CARACTERISTICA MEDIDOR DE ENERGIA ELECTRICA NOMBRE DE LA FABRICA DIRECCION / PAIS (DONDE SE FABRICA) TELEF /FAX /WEBPAGE /EMAIL INFORMACION QUE ADJUNTA Ver anexo B FIRMADO POR REPRESENTANTE DEL ORGANISMO Página 6 de 12
MODELO DE SOLICITUD PARA EL RECONOCIMIENTO DE ORGANISMOS AUTORIZADOS PARA EFECTUAR LA VERIFICACIÓN INICIAL DE MEDIDORES DE GAS Lima de de 20 Señores SERVICIO NACIONAL DE METROLOGIA INDECOPI Calle De la prosa 104 San Borja - LIMA 41 Fax : 224 7800 anexo 1264 Email: ucalderon@indecopi.gob.pe DATOS DEL SOLICITANTE RAZON SOCIAL INDICAR EL SECTOR DE SU ACTIVIDAD NOMBRE DE LA PERSONA QUE SOLICITA CARGO (Gerente, Jefe, etc) DIRECCION RUC TELEFONO Y FAX CORREO ELECTRONICO Sírvanse efectuar el reconocimiento como organismo autorizado para efectuar la verificación inicial de medidores de gas del siguiente organismo: DESCRIPCION DEL ORGANISMO RAZON SOCIAL DIRECCION/PAIS LABORATORIO ACREDITADO (N ACREDITACION - FECHA) FABRICA AUTORIZACION - FECHA Requiere Evaluación de Aseguramiento Metrológico Página 7 de 12
INSTRUMENTO MARCA / MODELO TIPO MEDIDOR DE GAS TAMAÑO ALCANCE DE MEDICION (m 3 /h) TIPO DE GAS TEMPERATURA DE OPERACION MAXIMA PRESION DE OPERACION ROSCAS DE CONEXION OTRAS CARACTERISTICAS (Material, posición de trabajo, etc.) NOMBRE DE LA FABRICA DIRECCION / PAIS (DONDE SE FABRICA) TELEF /FAX /WEBPAGE /EMAIL INFORMACION QUE ADJUNTA Ver anexo B FIRMADO POR REPRESENTANTE DEL ORGANISMO Página 8 de 12
Anexo B Documentos a presentar junto con la solicitud: MODALIDAD 1 EN FABRICA (NACIONAL Y EXTRANJERA) 1 Documentos de gestión de calidad: - Certificado de Calidad ISO 9001 otorgado por un organismo firmante del MLA de IAF para el proceso de fabricación de los medidores de las normas de referencia - Documentos de competencia técnica del personal - Declaración de independencia e imparcialidad en los resultados (*) - Reportes de auditorias. 2 Autorización del órgano competente para realizar la verificación inicial (No aplica si solicita Evaluación del Aseguramiento Metrológico ante el SNM). El documento de autorización deberá contar con la legalización respectiva del consulado peruano en el país donde ha sido emitido o con el apostillado. 3 Documentos que avalen los requisitos señalados en el Anexo D Requisitos: Aseguramiento Metrológico : - Lista de equipos usados para la verificación inicial según las normas de referencia - Copia de los certificados de calibración de los equipos - Programa de calibración y verificaciones intermedias - Procedimiento de verificación inicial de medidores acorde a la norma de referencia - Presupuesto de incertidumbre de la medición - Procedimiento de verificaciones intermedias - Procedimientos de control para el aseguramiento de la calidad de los resultados - Relación del personal técnico responsable de realizar los ensayos - Número de verificaciones iniciales que podrá atender con los equipos declarados - De ser el caso, registros de verificación inicial realizados donde se incluya las condiciones de medición a las que fueron sometidos los medidores - Modelo de Informe/Certificado de verificación inicial a emplear. 4 Deberá presentar una descripción que incluya imágenes del dispositivo de sellado (precintado) (*)Tener establecida una clara separación de las responsabilidades del personal de verificación respecto al personal empleado en otras funciones mediante la identificación organizacional y el método de reporte de resultados. Página 9 de 12
MODALIDAD 2 ORGANISMO ACREDITADO (NACIONAL Y EXTRANJERO) 1 Certificado de Acreditación ISO/IEC 17025 ó ISO/IEC 17020. Su alcance deberá incluir la verificación inicial al 100% y estar conforme a lo establecido en la NMP o su equivalente. El organismo acreditador debe ser firmante del MRA de ILAC). 2 Relación de equipos empleados para realizar la verificación inicial indicando la marca, modelo, serie, clase de exactitud, alcance calibrado y capacidad de verificación inicial. En la relación debe incluirse los instrumentos para la medición de condiciones ambientales. 3 Procedimiento de verificación inicial que incluya las condiciones de medición aplicadas. 4 Modelo de Informe/Certificado de verificación inicial a emplear. Página 10 de 12
ANEXO C COSTO DEL SERVICIO El costo por el servicio de Reconocimiento de Organismos Autorizados para efectuar la verificación inicial de medidores de agua, medidores de energía eléctrica y medidores de gas (No incluye evaluación en fábrica) es de S/. 2138,75 (Incluye IGV). El costo por el servicio de la Evaluación del Aseguramiento Metrológico en fábrica es de S/. 1478,19 por día de equipo evaluador (no incluye gastos de visa, traslados en el lugar de evaluación, hospedaje ni viáticos). El solicitante podrá realizar el pago del servicio ya sea en efectivo, con cheque certificado o mediante depósito en la Cuenta Corriente del Banco de la Nación N 0000-282545 M.N. ó en la Cuenta Corriente del Banco de Crédito Nº 193-1161125-0-34 M.N a nombre de INDECOPI. Para obtener su factura deberá acercarse a la ventanilla de entrega de comprobantes de pago en INDECOPI mostrando los comprobantes del depósito o transferencia realizada. Importante: Según la Resolución de Superintendencia N 063-2012/SUNAT el conjunto de servicios que supere a los S/. 700,00 y facturado en un solo comprobante de pago, estarán sujetos a Detracción, de tal modo que deberán abonar el 10 % del costo del servicio en la cuenta corriente N 00-046-024818 del Banco de la Nación y la diferencia del 90 % podrán cancelarlo en efectivo, en cheque o mediante depósito en la cuenta corriente del Banco de Crédito a nombre de INDECOPI. Cabe indicar que los pagos por detracción deberán ser redondeados al entero más cercano. Página 11 de 12
ANEXO D REQUISITOS: ASEGURAMIENTO METROLOGICO - MEDIDORES DE AGUA EN CONFORMIDAD CON LA NORMA NMP 005:2011 - MEDIDORES DE ENERGIA ELECTRICA EN CONFORMIDAD CON LAS NORMAS IEC 61358-1996 ó IEC 62058 Partes 11 y 31; NMP 007 1997 (Eqv. IEC 514-1975) - MEDIDORES DE GAS EN CONFORMIDAD CON LA NORMA NMP 016:2012 La fábrica deberá cumplir con lo siguiente: a) Poseer instalaciones, equipos y patrones de medición necesarios para realizar los ensayos aplicables a los instrumentos de medición de las normas de referencia. b) Comprobar que todo equipo utilizado en ensayos y/o verificaciones de los medidores objeto del reconocimiento, incluyendo los equipos para mediciones auxiliares que tengan efecto significativo sobre la exactitud o validez de los resultados de los ensayos y/o verificaciones, estén calibrados con trazabilidad al SI, aceptado por el SNM; c) Deberán contar con un programa de calibración de los equipos e instrumentos de medición y programa de verificaciones intermedias. d) Poseer todos los procedimientos técnicos para la realización de los ensayos a ser ejecutados y que estos estén de acuerdo con las normas metrológicas de referencia; contar con procedimientos para las verificaciones intermedias y procedimientos de control para el aseguramiento de la calidad de los resultados. e) Registrar las condiciones de medición a las que son sometidos los medidores, las cuales deben estar conformes a las normas de referencia. f) Tener responsable(s) técnico(s) para los ensayos a realizar, con competencia definida en su manual de calidad y competencia comprobada para la aplicación de las normas y procedimientos técnicos de los ensayos a ser aplicados a los instrumentos de medición de interés. Página 12 de 12