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OFICIAL PRIMERA DE ELECTRICIDAD Y OFICIOS ANEXO III - BASES ESPECÍFICAS 1. FUNCIONES GENERALES 1.1 Encargado de la ejecución de las actuaciones en materia de electricidad y oficios requeridas para el uso, mantenimiento, reparación o nueva creación de todas las infraestructuras municipales como los edificios, calles, espacios públicos, instalaciones de todo tipo en especial con la electricidad general de todos los edificios e instalaciones municipales exteriores e interiores y otras funciones de los oficios como las descritas en el punto siguiente. 1.2 Las obras y actuaciones comprenderán: obras nuevas, reparaciones, sustituciones, creación de infraestructuras necesarias con la maquinaria adecuada en los ámbitos de la soldadura, calderería, fontanería, carpintería, pintura, albañilería así como las actuaciones necesarias de limpieza, mantenimiento y restauración de infraestructuras municipales edificios, calles, espacios públicos, instalaciones de todo tipo 1.3 Actuará bajo las órdenes del capataz y bajo la superior dirección del concejal del Área y Alcaldía en su caso. 1.4 Colaboración con el capataz en la vigilancia de edificios e instalaciones municipales, pudiendo estar en posesión de las llaves, control de los sistemas de seguridad de acceso y disposición de acceso a los edificios e instalaciones municipales. 1.5 Colaboración con el capataz o incluso en sustitución de éste cuando así se le ordene, especialmente en las compras y recepción de suministros. 1.6 Utilización de todos los Vehículos y maquinaria municipales. 1.7 Gestión documental electrónica de toda la actividad y registro electrónico de todas las actuaciones, elaborando una ficha por cada obra o actuación específica se que se comunicará al capataz y al Concejal del Área. 2. FORMACIÓN. El Ayuntamiento, en función de su esquema de prioridades, facilitará al empleado de forma gratuita la asistencia a los cursos que considere oportunos para la iniciación o, en su caso, el perfeccionamiento en los distintos oficios necesarios para la correcta prestación del servicio de mantenimiento del Ayuntamiento. La asistencia a dichos cursos tendrá carácter obligatorio por parte del empleado. 3. RETRIBUCIONES Y DISPONIBILIDAD Se establece una retribución bruta de 26.600,00 euros anuales, por todos los conceptos, distribuida en 14 pagas. El trabajador deberá estar disponible para atender las incidencias y urgencias sobrevenidas y no planificadas, sin perjuicio del abono de las horas extraordinarias necesarias para solucionar dichas incidencias cuando no puedan realizarse la compensación horaria de las mismas en los términos establecidos en la legislación laboral aplicable y el convenio colectivo del Ayuntamiento vigente en cada momento. Los contratos podrán concertarse a jornada completo o a tiempo parcial dependiendo de las necesidades del Ayuntamiento, reduciéndose proporcionalmente las retribuciones en caso de contratos a tiempo parcial. En cualquier caso, podrá establecerse un horario flexible en función de las necesidades del servicio y respetando, en todo caso, los descansos establecidos en la ley. 4. REQUISITOS DE ACCESO 4.1. Estar en posesión de la siguiente titulación:

Graduado en E.S.O. o equivalente según los distintos planes de estudios. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite su homologación. 4.2. Estar en posesión del Certificado de Cualificación Individual en Baja Tensión. 4.3. Estar en posesión del carnet de conducir tipo B1 5. SISTEMA DE SELECCIÓN CONCURSO OPOSICIÓN 5.1. FASE DE OPOSICIÓN (100 puntos) 5.1.1. PRIMER EJERCICIO (máximo 50 puntos) Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en contestar por escrito, en un tiempo máximo que se determinará por el Tribunal, un cuestionario de preguntas tipo test con respuestas alternativas, basado en el contenido del programa. El número de preguntas y el tiempo de duración serán indicados por el Tribunal. La puntuación minima para superar el ejercicio será de 25 puntos. 5.1.2. SEGUNDO EJERCICIO (máximo 50 puntos) Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en desarrollar diversas pruebas prácticas relacionadas con el puesto de trabajo a desempeñar, que planteará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio y que consistirán en uno o varios supuestos prácticos a indicación del Tribunal, sobre las materias del programa. Esta prueba se realizará con los medios que el tribunal considere convenientes. La puntuación minima para superar el ejercicio será de 25 puntos. La puntuación total de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los dos ejercicios de la oposición, que serán calificados, cada uno de ellos, con un máximo de 50 puntos. La puntuación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de puntuaciones obtenidas en cada una de las fases. 5.2. FASE DE CONCURSO (máximo 50 puntos): Será posterior a la fase de oposición. Sólo se valorarán los méritos alegados por los aspirantes. Consistirá en la evaluación de los méritos alegados por cada uno de los aspirantes a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. En esta fase se valorarán los méritos conforme al siguiente baremo: 5.2.1. Experiencia profesional (máximo 40 puntos): - Por el desempeño de un puesto de trabajo de las mismas características y categoría profesional como electricista en la Administración Local. Se valorará a razón de 0,5 puntos por mes de servicio, hasta un máximo de 30 puntos. - Por el desempeño de un puesto de trabajo de las mismas características y categoría profesional como electricista en cualquier otra Administración Pública. Se valorará a razón de 0,35 puntos por mes de servicio, hasta un máximo de 30 puntos. - Por el desempeño de un puesto de trabajo de las mismas características y categoría profesional como electricista en la empresa privada. Se valorará a razón de 0,25 puntos por mes de servicio, hasta un máximo de 30 puntos. puestos de mantenimiento en general o de los siguientes oficios: Calderería, mecánica, fontanería, carpintería, jardinería, y otros que, a juicio del tribunal, se considere que están relacionadas con el puesto en la Administración Local. Se valorará a razón de 0,25 puntos por mes de servicio, hasta un máximo de 10 puntos. puestos de mantenimiento en general o de los siguientes oficios: Calderería, mecánica, fontanería,

carpintería, jardinería, y otros que, a juicio del tribunal, se considere que están relacionadas con el puesto en cualquier otra administración pública. Se valorará a razón de 0,15 puntos por mes de servicio, hasta un máximo de 10 puntos. puestos de mantenimiento en general o de los siguientes oficios: Calderería, mecánica, fontanería, carpintería, jardinería, y otros que, a juicio del tribunal, se considere que están relacionadas con el puesto en la empresa privada. Se valorará a razón de 0,10 puntos por mes de servicio, hasta un máximo de 10 puntos. No se computarán las fracciones inferiores al mes. La valoración se reducirá proporcionalmente en el caso de que los servicios hayan sido prestados a tiempo parcial. La experiencia profesional deberá acreditarse mediante certificación expedida por la Administración Pública o empresa correspondiente, copia de contrato de trabajo, informe de vida laboral, certificado de servicios o cualquier otro medio admisible en Derecho, donde conste la plaza y el puesto de trabajo desempeñados y el periodo de prestación de los servicios. 5.2.2. Formación académica (máximo 8 puntos): - Titulación académica. Por títulos académicos que, a juicio del tribunal estén relacionados con las funciones del puesto de trabajo al que se opta, de igual o superior nivel al exigido para el desempeño del citado puesto, con exclusión del que se exija como requisito para el acceso al puesto: 2 puntos por título, hasta un máximo de 4 puntos. Sólo se puntuará el título o títulos de mayor nivel; entendiéndose comprendidas en el mismo aquellas otras titulaciones necesariamente previas para la obtención del de nivel superior. Las titulaciones académicas se justificarán mediante copia compulsada del correspondiente título o resguardo acreditativo de su solicitud. - Cursos de formación y perfeccionamiento. Los cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con el puesto al que se opta, que hayan sido impartidos en los 10 años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, de los que los interesados posean certificado o credencial de asistencia, convocados u homologados por centro u organismo oficial de formación, con duración igual o superior a 20 horas, se valorarán hasta un máximo de 4 puntos, según la siguiente escala: De más de 100 horas 0,40 puntos De 76 a 100 horas.0,30 puntos De 51 a 75 horas...0,20 puntos De 25 a 50 horas...0,10 puntos De menos de 25 horas... 0,05 puntos Los cursos se acreditarán mediante copia compulsada del diploma o certificado de aprovechamiento o asistencia, debiendo constar expresamente la duración de los mismos. En los cursos que no se acredite el número de horas se asignará la puntuación mínima. 5.2.3. Permisos de conducir Estar en posesión del permiso de conducir tipo C o superior (2 puntos). En ningún caso, el Tribunal podrá presumir la concurrencia de mérito alguno distinto de los alegados y justificados documentalmente dentro del periodo de presentación de instancias, salvo causas de fuerza mayor alegadas en el momento de presentación de la solicitud de admisión a este proceso de selección, siendo de la exclusiva responsabilidad del aspirante, la falta o defecto en la acreditación de los méritos por él alegados que impida al Tribunal su valoración en términos de igualdad con respecto al resto de los aspirantes. 6. TEMARIO

TEMA 1. La Constitución: estructura y contenido. Principios generales. Los derechos y deberes fundamentales. Sus garantías. TEMA 2. El municipio. Organización municipal. Competencias. TEMA 3. Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: Derechos y Deberes. Código de conducta de los empleados públicos. TEMA 4. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales: Derechos y obligaciones. TEMA 5. El municipio de Boecillo. Callejero. Instalaciones y edificios municipales. TEMA 6. Documentación y puesta en servicio de las instalaciones eléctricas y verificaciones e inspecciones TEMA 7. Redes aéreas y subterráneas para distribución en Baja Tensión TEMA 8. Sistemas de conexión del neutro y de las masas en redes de distribución de energía eléctrica TEMA 9. Instalaciones de alumbrado exterior. Alumbrado público. TEMA 10. Redes de distribución de energía eléctrica. Acometidas TEMA 11. Instalaciones de enlace. Instalaciones de puesta a tierra TEMA 12. Instalaciones interiores o receptoras. TEMA 13. Instalaciones en locales de pública concurrencia TEMA 14. Instalaciones con fines especiales. Piscinas, fuentes, ferias y stands TEMA 15. Instalaciones generadoras de baja tensión. Previsión de cargas para suministros en Baja Tensión TEMA 16. Instalación de receptores. Prescripciones generales. Receptores para alumbrado. Motores. Transformadores y autotransformadores. Reactancias y rectificadores. Condensadores TEMA 17. Sistemas de control en la iluminación interior y exterior. TEMA 18. Conceptos generales sobre albañilería. Materiales de construcción. Herramientas; uso y mantenimiento. Principales obras de albañilería. Principales reparaciones de albañilería. TEMA 19. Fontanería: conceptos generales. Breve referencia a la instalación de agua en edificios. Herramientas y útiles. Su mantenimiento. Averías y reparaciones. TEMA 20. Carpintería: Conceptos generales. Útiles y herramientas básicas de carpintería. Técnicas básicas de carpintería. Tipos de madera. Trabajos de mantenimiento y reparaciones más frecuentes. Construcción y conservación de muebles de madera. PEÓN COMETIDOS MÚLTIPLES 1. FUNCIONES GENERALES Cometidos múltiples con la categoría de peón dentro de la actuación del Ayuntamiento en edificios e inmuebles municipales, vías publicas, parques y jardines; en materia de limpieza, poda, cuidado y mantenimiento de parques jardines y mobiliario urbano, y tareas similares y relacionadas con esos sectores de actuación municipales. Esta lista de tareas es meramente enunciativa y no limitativa, pudiendo serle encomendada cualquier otra tarea propia de su categoría y para la cual haya sido previamente instruido. 2. FORMACIÓN. El Ayuntamiento, en función de su esquema de prioridades, facilitará al empleado de forma gratuita la asistencia a los cursos que considere oportunos para la iniciación o, en su caso, el perfeccionamiento en los

distintos oficios necesarios para la correcta prestación del servicio de mantenimiento del Ayuntamiento. La asistencia a dichos cursos tendrá carácter obligatorio por parte del empleado. 3. RETRIBUCIONES Y DISPONIBILIDAD De acuerdo con lo establecido en convenio colectivo para este tipo de contrato. Los contratos podrán concertarse a jornada completo o a tiempo parcial dependiendo de las necesidades del Ayuntamiento, reduciéndose proporcionalmente las retribuciones en caso de contratos a tiempo parcial. En cualquier caso, podrá establecerse un horario flexible en función de las necesidades del servicio y respetando, en todo caso, los descansos establecidos en la ley. 4. REQUISITOS DE ACCESO Estar en posesión de la siguiente titulación: Certificado de escolaridad. 5. SISTEMA DE SELECCIÓN CONCURSO OPOSICIÓN 5.1. FASE DE OPOSICIÓN (100 puntos) 5.1.1. PRIMER EJERCICIO (máximo 50 puntos) Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en contestar por escrito, en un tiempo máximo que se determinará por el Tribunal, un cuestionario de preguntas tipo test con respuestas alternativas, basado en el contenido del programa. El número de preguntas y el tiempo de duración serán indicados por el Tribunal. La puntuación minima para superar el ejercicio será de 25 puntos. 5.1.2. SEGUNDO EJERCICIO (máximo 50 puntos) Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en desarrollar diversas pruebas o supuestos prácticos relacionados con el puesto de trabajo a desempeñar, que planteará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio. Esta prueba se realizará con los medios que el tribunal considere convenientes. La puntuación minima para superar el ejercicio será de 25 puntos. La puntuación total de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los dos ejercicios de la oposición. La puntuación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de puntuaciones obtenidas en cada una de las fases. 5.2. FASE DE CONCURSO (máximo 40 puntos): Será posterior a la fase de oposición. Sólo se valorarán los méritos alegados por los aspirantes que hayan superado la fase de oposición. Consistirá en la evaluación de los méritos alegados por cada uno de los aspirantes a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. En esta fase se valorarán los méritos conforme al siguiente baremo: 5.2.1. Experiencia profesional (máximo 30 puntos): la Administración Local. Se valorará a razón de 0,25 puntos por mes de servicio, hasta un máximo de 10 puntos. puestos en cualquier otra administración pública. Se valorará a razón de 0,15 puntos por mes de servicio, hasta un máximo de 10 puntos.

en la empresa privada. Se valorará a razón de 0,10 puntos por mes de servicio, hasta un máximo de 10 puntos. No se computarán las fracciones inferiores al mes. La valoración se reducirá proporcionalmente en el caso de que los servicios hayan sido prestados a tiempo parcial. La experiencia profesional deberá acreditarse mediante certificación expedida por la Administración Pública o empresa correspondiente, copia de contrato de trabajo, informe de vida laboral, certificado de servicios o cualquier otro medio admisible en Derecho, donde conste la plaza y el puesto de trabajo desempeñados y el periodo de prestación de los servicios. 5.2.2. Formación académica (máximo 8 puntos): - Titulación académica. Por títulos académicos que, a juicio del tribunal, estén relacionados con las funciones del puesto de trabajo al que se opta, de igual o superior nivel al exigido para el desempeño del citado puesto, con exclusión del que se exija como requisito para el acceso al puesto: 2 puntos por título, hasta un máximo de 4 puntos. Sólo se puntuará el título o títulos de mayor nivel; entendiéndose comprendidas en el mismo aquellas otras titulaciones necesariamente previas para la obtención del de nivel superior. Las titulaciones académicas se justificarán mediante copia compulsada del correspondiente título o resguardo acreditativo de su solicitud. - Cursos de formación y perfeccionamiento. Los cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con el puesto al que se opta, que hayan sido impartidos en los 10 años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, de los que los interesados posean certificado o credencial de asistencia, convocados u homologados por centro u organismo oficial de formación, con duración igual o superior a 20 horas, se valorarán hasta un máximo de 4 puntos, según la siguiente escala: De más de 100 horas 0,40 puntos De 76 a 100 horas.0,30 puntos De 51 a 75 horas...0,20 puntos De 25 a 50 horas...0,10 puntos De menos de 25 horas... 0,05 puntos Los cursos se acreditarán mediante copia compulsada del diploma o certificado de aprovechamiento o asistencia, debiendo constar expresamente la duración de los mismos. En los cursos que no se acredite el número de horas se asignará la puntuación mínima. 5.2.3. Permisos de conducir (hasta 2 puntos) - Estar en posesión del permiso de conducir B1 (1 punto) - Estar en posesión del permiso de conducir C1 (1,5 puntos) - Estar en posesión del permiso de conducir C o superior (2 puntos) En ningún caso, el Tribunal podrá presumir la concurrencia de mérito alguno distinto de los alegados y justificados documentalmente dentro del periodo de presentación de instancias, salvo causas de fuerza mayor alegadas en el momento de presentación de la solicitud de admisión a este proceso de selección, siendo de la exclusiva responsabilidad del aspirante, la falta o defecto en la acreditación de los méritos por él alegados que impida al Tribunal su valoración en términos de igualdad con respecto al resto de los aspirantes. 6. TEMARIO TEMA 1.- Nociones fundamentales de aritmética. Principales operaciones de cálculo. TEMA 2.- Conocimientos generales de ortografía.

TEMA 3.- El municipio de Boecillo. Callejero. Instalaciones y edificios públicos municipales. TEMA 4.- Conceptos generales sobre albañilería. Materiales de construcción. Herramientas; uso y mantenimiento. Principales obras de albañilería. Principales reparaciones de albañilería. TEMA 5.- Fontanería: conceptos generales. Breve referencia a la instalación de agua en edificios. Herramientas y útiles. Su mantenimiento. Averías y reparaciones. TEMA 6.- Conceptos básicos sobre electricidad. Instalaciones. Transporte de energía eléctrica. Conductores y aislantes. Canalizaciones. Herramientas y útiles empleados en trabajos de electricidad. TEMA 7.- Carpintería: Conceptos generales. Útiles y herramientas básicas de carpintería. Técnicas básicas de carpintería. Tipos de madera. Trabajos de mantenimiento y reparaciones más frecuentes. Construcción y conservación de muebles de madera. TEMA 8.- La cerrajería: consideraciones generales. Tareas básicas de cerrajería. Herramientas y útiles de trabajo. Reparaciones y mantenimiento. TEMA 9.- Conceptos generales sobre pintura de edificios y locales. Herramientas para aplicar y quitar pinturas: limpieza y conservación. Errores y reparaciones más habituales. TEMA 10.- La jardinería: conceptos generales y funciones de jardinero. Las plantas. Herramientas útiles para el trabajo de jardinería. Principales técnicas en el cuidado de plantas. Enfermedades de las plantas.