Comité Operativo del Anteproyecto Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA) Valle Central de la provincia de Curicó

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Transcripción:

1371 Comité Operativo del Anteproyecto Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA) Valle Central de la provincia de Curicó Acta Reunión N 4/2016 del 31 de agosto del 2016 Participantes Asistieron Justificaron 1 Carolina Simon, CPL - Maule X 2 María Carolina Antúnez, SEREMI de Economía - Maule X 3 Marcos Campano, SEREMI de Deportes - Maule X 4 Ricardo Chong, Gobierno Regional del Maule X 5 Gonzalo Galaz, SEREMI de Vivienda - Maule X 6 Pedro Orozco, SEREMITT - Maule X 7 Elisa Muñoz, SEREMI de Salud - Maule X 8 Víctor González, SEREMI de Salud - Maule X 9 Paulo Donoso, Gobernación Provincial de Curicó X 10 Leonor Martínez-Conre, Municipalidad de Teno X 11 Ricardo Navarro, CONAF-Maule X 12 Rodrigo Otárola, Municipalidad de Molina X 13 Ernesto Rahal, SEREMI de Agricultura - Maule X 14 Eduardo Ramos, SEREMI de Energía - Maule X 15 Maria Eliana Vega, SEREMI del Medio Ambiente - Maule X 16 Andrea Brevis, SEREMI del Medio Ambiente - Maule X 17 Fernanda Soto, SEREMI del Medio Ambiente - Maule X 18 Carolina Vega, SEREMI del Medio Ambiente - Maule X 19 Rodrigo Fica, SEREMI del Medio Ambiente Maule X 20 Ivan Torres, SEC Maule X Lugar Hora inicio y término Salón Música Danza de la Corporación Cultural de Curicó 10:45 horas / 12:15 horas I. Acta Sesión N 3 MATERIAS II. III. Observaciones al Borrador N 3 del Anteproyecto del PDA Varios y Acuerdos DESARROLLO Se da inicio a la cuarta sesión del Comité Operativo, con palabras de bienvenida de la Seremi del Medio Ambiente, Maria Eliana Vega Fernandez. El Sr. Rodrigo Fica M., Encargado de Calidad de Aire de la SEREMI del Medio Ambiente, comienza la presentación de acuerdo a la tabla de contenidos.

1372 I. ACTA SESIÓN N 3 Se presenta Acta de la sesión N 3, mencionando que se recibió una observación de la SEREMI de Energía, en cuanto a la dirección de donde se llevó a cabo la reunión, lo que fue corregido. La asamblea da por aprobada el Acta N 3, por unanimidad. Se informa que esta acta se subirá al expediente electrónico del PDA. II. OBSERVACIONES AL BORRADOR N 3 DEL ANTEPROYECTO DEL PDA Se informa que el Borrador N 3 se envió por correo electrónico, acogiendo lo sugerido por la representante de la SEREMI de Economía. Dicho Borrador fue enviado con control de cambios para que las modificaciones fueran de fácil identificación. Dentro de los cambios realizados en este Borrador se encuentran los siguientes: En capítulo I Introducción y antecedentes generales: se agregó información de actividad económica a solicitud del Gobierno Regional, se corrigió la redacción de lo relacionado con la red monitoreo de calidad de aire en Curicó por observación de la SEREMI de Salud, se agregaron figuras y se cambiaron nombres de figuras. Se simplificó la presentación del inventario de emisiones para mejor comprensión, se modificó tabla de inventario de emisiones, excluyendo los incendios forestales por estar fuera de la zona saturada y producirse en época estival (fuera del periodo de superación de norma), se agregaron aportes porcentuales por tipo de fuente y proporción de emisiones por calefacción a leña urbana y rurales por cada comuna, estimación de cantidad de artefactos a leña en zona urbana. Se agregaron algunas definiciones a solicitud del Gobierno Regional. Queda aún pendiente los costos y beneficios del Plan a la espera del resultado del Análisis General del Impacto Económico y Social (AGIES). En capítulo II Control de emisiones asociadas a calefacción domiciliaria: a sugerencia de la Superintendencia del Medio Ambiente se modificó: redacción artículo con respecto a humedad de leña para venta dejando explícito el porcentaje máximo de humedad permitido - 25% en base seca - que la ordenanza municipal incluyera lo relacionado con condiciones de venta de leña e información a los consumidores. Al artículo relacionado a la prohibición de uso de leña con más de 25% de humedad, se le incorporó que la fiscalización y sanción corresponderá a la SEREMI de Salud, quien deberá definir los procedimientos de fiscalización y sanción mediante Acto Administrativo. No obstante, la SEREMI de Salud mediante oficio entregó observaciones y aprehensiones a ésta y otras medidas que el Borrador del Anteproyecto del PDA le encomienda para fiscalización y sanción, haciendo un análisis jurídico y constitucional, por lo que se remitió a Nivel Central del Ministerio del Medio Ambiente para resolverlo con el Ministerio de Salud, ya que todos los PDA vigentes en la zona centro-sur del país indican lo mismo, por lo que esto queda pendiente y por el momento este Borrador queda redactado similar al PDA de Talca y Maule. A solicitud de la SMA se agregó tomar acta de cada reunión de la Mesa de fiscalización

1373 de leña; a sugerencia de SERCOTEC se agregaron medidas relacionadas con apoyo a productores y comerciantes de leña y otros combustibles derivados de madera. En capítulo III Control de emisiones de fuentes fijas: se modificó el artículo sobre mediciones discretas de material particulado y SO 2, especificando que deben ser realizados por laboratorios autorizados por la Superintendencia del Medio Ambiente a sugerencia de SMA; a solicitud de SEREMI de Energía se incorporó al Ministerio de Energía como contra parte técnica en los estudios que deberá realizar el Ministerio del Medio Ambiente sobre determinación del potencial de cogeneración de las industrias ubicadas en la zona saturada e identificación de medidas que permitan reducir el consumo de combustible y de las emisiones al aire para el sector institucional y público localizado en la zona saturada; a solicitud del Gobierno Regional, se incorpora información sobre la localización en el ranking anual de desempeño ambiental de industrias que debe realizar la SEREMI del Medio Ambiente. En capítulo V Control de emisiones asociadas a quemas agrícolas: se modificó artículo especificando que la prohibición de quemas agrícolas será en toda la zona saturada y a solicitud de CONAF se modificó que la fiscalización y sanción de esta medida, sea de acuerdo a lo indicado en el Art. 11 del DS N 276/1980 del Ministerio de Agricultura, Reglamento de Manejo del fuego, y también se redujo el periodo de prohibición de abril a agosto, en que históricamente se ha sobrepasado la norma. En capítulo VI Control de emisiones asociadas al transporte: a solicitud de la SEREMI de Vivienda se modificó la redacción del artículo relacionado a las ciclovias, variando la cantidad de kilómetros de nuevas ciclovias comprometidas. En capítulo VII Plan operacional de episodios críticos: se modificó fecha de finalización (hasta 31 de agosto) y horarios de gestión de episodios en emergencia ambiental; a solicitud de SEREMI de Deportes y SEREMI de Salud se modificó la prohibición de realizar actividades físicas y deportivas en episodios críticos, cambiando a sugerencia de suspender dichas actividades. En capítulo IX Fiscalización del PDA: se incorporó la posibilidad de que la SMA encomiende a los municipios la fiscalización de venta leña y quemas de hojas secas y residuos, mediante un subprograma de fiscalización. Se informa que el Análisis General del Impacto Económico y Social (AGIES) debería estar disponible la próxima semana.

1374 En la sesión se plantean las siguientes consultas u observaciones: Representante de la SEREMI de Transportes consulta acerca del cambio de porcentaje de fuentes móviles del inventario de emisiones con respecto al Borrador N 2. Se informa que dado que se eliminó el aporte de los incendios forestales de material particulado fino MP2,5, el porcentaje del aporte de cada fuente varió también. Representante de la SEREMI de Energía consulta acerca de la capacidad de municipios para fiscalizar las ordenanzas de leña. Rodrigo Fica informa que el PDA es un decreto que entrega condiciones macro y las metas a cumplir, pero el detalle y forma de implementar cada medida lo establecerá el Servicio correspondiente, en coordinación con la SMA. Cada municipio que tenga alguna meta de acuerdo al PDA debe acordar con la SMA como cumplirá. Representante de la SEREMI de Energía consulta si se ha considerado la experiencia de otras ordenanzas municipales vigentes respecto a su cumplimiento, si es que no se cuentan con los recursos. Se informa que si se deja como estaba en el Borrador N 2 la tarea fiscalizadora es de la SMA, que tiene capacidades mínimas de ejecución (Por ejemplo, obligatoriedad de contar con un medidor de humedad sería controlada por la SMA, pero si queda como parte de ordenanza municipal, la municipalidad deberá controlar que ello se cumpla. Lo mismo ocurre con la obligación de que el comerciante deba exhibir al consumidor la cantidad de energía que aporta, cuál será el formato, etc.); por lo que se eliminaron los artículos referidos a control de leña, fiscalizables por la SMA, para ser incluidos como parte de una ordenanza municipal. En la práctica habrá que evaluar cómo lograr que las ordenanzas municipales sean efectivas. Existen ordenanzas municipales en el sur de Chile que prohíben el comercio ambulante de leña, el problema es la fiscalización de esa prohibición, con respecto a los recursos para ese fin. Representante de la SEREMI de Salud consulta por criterios para ranking de desempeño ambiental de industrias. Se informa que está relacionado al porcentaje de la reducción de emisiones de cada industria respecto al año anterior. Representante de CONAF señala que se produce un traslape en lo que plantea DS 276/1980 que autoriza quemas agrícolas desde diciembre al 30 de abril del año siguiente, y el PDA que prohibirá la quema en abril, entonces se generará un tema legal ya que un decreto lo prohíbe y el otro lo permite. Se informa que de acuerdo a la experiencia de otros PDA, lo que ha hecho CONAF es no otorgar autorizaciones de quema en los meses en que el PDA lo prohíba, ya que lo que indica el DS 276/1980 permite el uso de fuego, pero con autorización de CONAF. Entonces lo que hace CONAF es no dar autorización porque existe otro decreto que lo prohíbe.

1375 Representante de Municipalidad de Molina consulta sobre la situación que se producirá cuando la SMA fiscalice a CONAF en temas de las quemas y si este Servicio haya autorizado o no las quemas, ya que la SMA lleva control de ejecución de medidas de parte de los Servicios. Se aclara que la SMA no fiscaliza a los Servicios, solo lleva un control sobre las responsabilidades, para poder evaluar grado de cumplimiento de los Servicios, y de esa manera mejorar el sistema. Representante de la SEREMI de Salud consulta acerca de quemas de control de heladas durante agosto y septiembre, dado que el año pasado fueron un problema las quemas en Molina. Rodrigo Fica indica que en septiembre no hay problemas de contaminación aunque si en agosto, no obstante, se podría agregar que no se pueda quemar ciertos materiales para control de heladas. El representante de Municipalidad de Molina señala que el año pasado se realizó fiscalización de esas quemas para control de heladas por parte de la SEREMI de Salud ya que existe normativa sectorial. Representante de la SEREMI de Salud aclara que se aplicó el DS N 144 y que está vigente una resolución de la Autoridad Sanitaria regional que prohíbe la quema de residuos y neumáticos para el control de heladas. Representante de la SEREMI de Agricultura consulta acerca de que se entiende como área urbana en el PDA. Se responde que es la zona urbana que indica el plan regulador vigente. Representante de la SEREMI de Transportes consulta acerca de medidas de construcción de ciclovias por parte de la SEREMI de Vivienda, que se indique de manera taxativa el concretar esa medida. El representante de la SEREMI de Vivienda indica que los kilómetros indicados en este artículo es lo que se tiene seguridad de construir y que aumentar esa cantidad depende de que en la comuna exista un plan de transporte que incluya ciclovias; por otra parte los PDA apuntan a las fuentes que más emisiones aportan, como la calefacción a leña (aislación térmica de vivienda, recambios de calefactores), y el aporte de las ciclovias que reemplazarían a algunos vehículos tienen una reducción de emisiones limitada. Se informa que se estudiará una nueva redacción de este artículo y para ello se acuerda realizar una reunión entre la SEREMI del Medio Ambiente, SEREMI de Transportes y SEREMI de Vivienda. III. VARIOS Representante de Gobernación Provincial de Curicó solicita presentar resultados de PAC temprana del PDA del Valle Central de la provincia de Curicó.

1376 IV. ACUERDOS El pronunciamiento de cada Servicio al Borrador N 3 deberá ser enviado el 07 de septiembre de 2016, mediante oficio y correo electrónico. El Borrador N 4 será enviado el día 21 de septiembre de 2016 a los Servicios integrantes del Comité Operativo, mediante correo electrónico, no obstante, se enviará oficio solicitando pronunciamiento. La quinta sesión del Comité se realizará el día 30 de septiembre de 2016. La SEREMI del Medio Ambiente enviará invitación correspondiente. Elaborado por: Carolina Vega Gatica.