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Transcripción:

BASES PARA LA PROVISIÓN TEMPORAL DE UNA T.A.E CULTURA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ANDUJAR. PRIMERA.- OBJETO DE LA SELECCIÓN. 1.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión temporal de un/a TAE de Cultura del Excmo Ayuntamiento de Andújar, a los efectos de cubrir las bajas, permisos y licencias del personal técnico del área de Cultura, y reforzar en caso de que sea necesario y así se decida por los responsables municipales y que no puedan ser asumidas por los trabajadores de la plantilla municipal. GRUPO: A2 NIVEL: 24 2.- Según la naturaleza del puesto de trabajo, la finalidad de las presentes bases es la de poder realizar: a) Nombramiento de personal funcionario interino, en cualquiera de los supuestos establecidos en el art 10 del Estatuto Básico del Empleado Público. En caso de sustituciones por bajas derivadas de incapacidades laborales la duración será hasta que el trabajador sustituido se reincorpore a su puesto de trabajo. b) La contratación de personal laboral temporal, siempre por escrito, mediante la modalidad de contrato eventual por circunstancias de las producción o exceso de pedidos, hasta una duración máxima de 6 meses, pudiendo ser a tiempo completo o a tiempo parcial y por los motivos derivados de las necesidades del servicio ( art 15.b del Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de Octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores). SEGUNDA.- CONDICIONES Y REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS ASPIRANTES. Para tomar parte en el procedimiento de selección será necesario: a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea. b) Tener cumplidos los 16 años el día que termine el plazo de presentación de instancias c) Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias de cualquier

diplomatura universitaria o equivalente. d) Disponer de Capacidad funcional para el desempeño de las tareas e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse en situación de inhabilitación para el ejercicio de las funciones públicas. f) No estar incurso/a en ninguno de los casos de incapacidad ni incompatibilidad establecidos en las disposiciones vigente TERCERA: INSTANCIAS. Contenido Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas se dirigirán al Sr Alcalde en la que cada aspirante deberá manifestar que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, así como que conocen los criterios de selección. Documentos que deben presentarse Los/as interesados deberán unir a la instancia la siguiente documentación: - Fotocopia compulsada de DNI - Fotocopia compulsada de los documentos que acrediten la experiencia solicitada y formación para su valoración en la fase de meritos. - Fotocopia compulsada de la titulación exigida en la base segunda. Plazo y lugar de presentación Las instancias y la documentación exigida deberá presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Andújar los días laborales y en horas de oficina, durante el plazo de 10 días naturales, contados desde el día siguiente al que aparezca el extracto del anuncio de la presente convocatoria en el BOP Las instancias también podrán presentarse en cualesquiera de las formas que determina el Art 38 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre. En caso de presentarse por cualquiera de estas formas, deberá comunicarlo de manera urgente al fax 953508207

CUARTA: LISTA DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS Terminado el plazo de presentación de instancias el Sr Alcalde-Presidente procederá a aprobar la lista de los/as admitidos/as y excluidos/as. En dicha resolución que se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento se indicará el nombre, apellidos y DNI de los admitidos/as y excluidos/as indicando las causas de exclusión y concediendo un plazo de 3 días hábiles para la subsanación de documentos, así como la fecha de realización de la prueba prevista, y la composición del Tribunal Calificador. QUINTA: PROCESO DE SELECCIÓN FASE DE OPOSICION A) PRUEBA TEORICA: De carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en la realización de una prueba consistente en un tipo test propuesto por la Comisión Calificadora en base al temario contenido en el anexo. Se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para pasar a la prueba siguiente. B) PRUEBA PRACTICA: De carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en desarrollar en un periodo máximo de 2 horas un caso práctico relacionado con el temario que figura en el anexo de los presentes criterios de selección. Dicho ejercicio será puntuado de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos. FASE DE CONCURSO MERITOS La fase de meritos constará de las siguientes partes, que serán valoradas por el Tribunal en virtud de la documentación presentada por los/as aspirantes, dentro del plazo de presentación de instancias. EXPERIENCIA PROFESIONAL Por cada mes completo de servicios prestados como Técnica de Cultura o similar realizando funciones de gestión cultural en cualquiera de las Administraciones publicas, acreditado mediante certificación expedida por la

Secretaria General del organismo correspondiente o mediante cualquier otro documento de igual o similar fehaciencia: 0.10 puntos. La puntuación máxima por este apartado será de 2 puntos. FORMACION ESPECIFICA Por disponer de un Master en gestión cultural, en museología, arqueología, o en artes escénicas: 2 puntos FORMACION: Puntuación máxima: 1 punto. Por participación como asistentes a cursos, seminarios, congresos o jornadas que se encuentren relacionadas con la plaza a la que se opta y hayan sido organizados, bien por una Administración Pública o Universidad, bien por una Institución pública o privada en colaboración con la Administración Pública y Organizaciones Sindicales con representación en la Corporación Local, acreditadas mediante aportación de los títulos o Certificados de asistencia a los mismos o mediante copias de estos debidamente compulsadas, con indicación del numero de horas lectivas: - Hasta 10 horas: 0,10 puntos. - De 11 a 20 horas: 0,3 puntos. - De 21 a 40 horas : 0,5 puntos. - De 41 a 100 horas: 0,7 puntos - Cursos de mas de 100 horas: 1 punto En aquellos títulos o certificados en la que no consten el numero de horas realizadas, esté será valorado con la puntuación mínima, siempre que este relacionado con el puesto a cubrir. Esta fase de meritos no tendrá carácter eliminatorio y no podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de selección que al efecto se lleven a cabo. SEXTA : COMISIÓN CALIFICADORA. 6.1 Composición: La comisión calificadora estará integrado por los miembros siguientes: Presidente/a: Funcionario/a designado/a por el Alcalde Secretario/a: El de la corporación o funcionario/a en quien delegue. Tres funcionarios/as designado/a por el Alcalde de igual o superior categoría al puesto objeto de contratación.

La Comisión podrá venir asesorada por un técnico experto en la materia, con voz pero sin voto. Deberán de designarse suplentes para cada uno de los miembros de la Comisión. En todos los casos los/as vocales deberán poseer la titulación igual o superior a la exigida para el acceso al puesto. 6.2.- Constitución y actuación La comisión no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia como mínimo de tres de sus miembros con voz y voto, titulares o suplentes, indistintamente. Las decisiones se adoptaran por mayoría de votos de los miembros presentes, resolviendo en caso de empate el voto de calidad del Presidente/a de la comisión. SEPTIMA : PROPUESTA DE LA COMISION CALIFICADORA La comisión extenderá acta la cual elevará al Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Andújar junto a la propuesta de nombramiento de la persona que haya obtenido la mayor puntuación como resultado de la suma de la puntuación obtenida en la fase de concurso y de oposición. OCTAVA: BOLSA DE EMPLEO Respecto de todos aquellos aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo y no se encuentren entre los propuestos/as por la Comisión Calificadora, se constituirá una bolsa de empleo para tener preparado un mecanismo que dé cobertura legal a necesidades esenciales que puedan surgir. Su constitución no lleva aparejada ninguna contratación de manera obligatoria, y solo se podrá utilizar para casos excepcionales y justificados, teniendo en cuenta que los servicios esenciales del municipio deben estar cubiertos.. NOVENA: PRESENTACION DE DOCUMENTOS: 9.1.- El/a aspirante propuesto/a aportará ante la Administración, dentro del plazo de 5 días a partir de la publicación de la propuesta de la Comisión en el Tablón de anuncios de este Ayuntamiento, los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos exigidos en la base segunda. a) Fotocopia compulsada de DNI. b) Declaración jurada o promesa de, no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario de ninguna Administración pública

ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas. 9.2..- Quien dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor no presentase la documentación o de la misma se dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado interinamente, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia. DECIMA: NORMAS DE APLICACIÓN. Para lo no previsto en estas bases, se estará a lo dispuesto en la Ley 7/85 de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, Texto Refundido de Régimen Local de 18 de Abril de 1986 y R.D 896/91de 7 de Junio y demás legislación administrativa que resulte de aplicación. ANEXO 1.- Análisis de la realidad socio-cultural. Procedimientos y técnicas. 2.- La Planificación. Niveles de concreción..- Metodología y fases de la Planificación. 3.- Gestión de Proyectos culturales. Promoción y difusión..- Diseño y gestión de programas socioculturales en Ayuntamientos. Especial referencia al municipio de Andújar. 4.-La Coordinación como medio transformador de la realidad sociocultural. Organización de los recursos materiales y humanos. 5.- Evaluación de Proyectos culturales. Concepto. Técnicas e instrumentos. 6.- Equipamientos culturales, tipología y características. Especial referencia al municipio de Andújar. 7.- Teatro y municipio. Especial referencia a la actividad teatral en el municipio de Andújar. 8.- Cultura y Arte. Gestión de Salas de Exposiciones. 9.- La Cultura desde el sector privado. Patrocinio y Mecenazgo. 10.- Análisis Socio-Cultural del municipio de Andújar. 11.- Cultura, medios de comunicación y nuevas tecnologías. 12.- La Cultura como servicio público. Concepto de desarrollo cultural. 13.-Animación socio-cultural y gestión cultural. Metodologías de actuación. 14.- Cultura y Turismo. Itinerarios culturales e identidad cultural. Especial referencia a las actuaciones realizadas en el municipio de Andújar. 15.- Aulas culturales en los diferentes ámbitos de actuación. Experiencias realizadas en el municipio de Andújar. 16.- Cultura, ocio y tiempo libre.

17.- El asociacionismo como recurso dinamizador. Promoción socio-cultural y participación ciudadana. 19.-- Gestión de Presupuesto. Relaciones entre el presupuesto de un programa y sus objetivos. 20.- Perfíl del Técnico en Gestión Cultural. Su función en la Administración pública local. Lo que se hace público para el general conocimiento. Andújar a 7 de Marzo de 2016 EL ALCALDE Francisco Huertas Delgado