DOCUMENTOS IMPORTANTES PARA LOS CLUBES ROTARIOS

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Transcripción:

DOCUMENTOS IMPORTANTES PARA LOS CLUBES ROTARIOS El artículo 16 del Reglamento, trata una diversidad de temas tales como, los Distritos y su conformación, La Asamblea Distrital de Capacitación, El Seminario de Capacitación para Presidentes Electos (PETS), La Conferencia de Distrito y la reunión de Delegados que en dicho evento se realiza, así como los temas que en esa reunión se tratan, y concluye con los requisitos que debe reunir el Gobernador de Distrito y los deberes a su cargo. Así entonces, en cuanto a los Distritos, establece que la Directiva está autorizada a agrupar los clubes en distritos y será el Presidente quien promulgará la lista de los distritos y de sus límites. La Directiva puede eliminar o modificar los límites de los distritos con más de 100 clubes o menos de 1.100 rotarios, en tal caso, podrá transferir clubes de un Distrito a otro, podrá, además, fusionar Distritos o dividirlos. No podrán modificarse los límites de un Distrito si se oponen la mayoría de los clubes pertenecientes a dicho Distrito. La Directiva solo podrá eliminar o modificar los límites de un Distrito previa consulta con los gobernadores y los clubes de dicho Distrito, habiéndoles dado oportunidad para hacer recomendaciones sobre el cambio propuesto. Es necesario que, para proponer cambios, la Directiva tome en cuenta las limitaciones geográficas, el potencial para el crecimiento y otros factores relevantes como la cultura, los recursos económicos y el idioma. Para que entre en vigor una decisión de la Directiva en el sentido de eliminar un distrito o modificar sus límites deberán transcurrir al menos dos años, y cuando en una misma ciudad o área urbana coexistan varios clubes, éstos no podrán ser asignados a diferentes Distritos. Anualmente, se celebrará una Asamblea distrital de capacitación, que podrá ser multidistrital, preferiblemente entre los meses de marzo a mayo, dicha asamblea tiene por objetivo: 1) brindar información y, 2) motivar a los líderes de los clubes para que adquieran los conocimientos y la pericia necesaria para:

a) hacer posible la retención o el aumento del número de socios, b) implementar con éxito proyectos que aborden los problemas de sus propias comunidades y las de otros países, y c) apoyar a La Fundación Rotaria a través de la participación en los programas y las contribuciones económicas. El gobernador electo será responsable de la Asamblea Distrital de Capacitación, la cual deberá planificarse y dirigirse bajo su vigilancia y supervisión. Participarán específicamente los presidentes entrantes de club y los socios que hubieran designado para desempeñar funciones de liderazgo durante el siguiente año, en nuestro Distrito 4110 dicha asamblea se realizó el sábado 17 de marzo pasado, un día después al día en que se celebró el Seminario de Entrenamiento/Capacitación para Presidentes Electos (PETS por sus siglas en inglés). Ya que hablamos del Seminario de Entrenamiento/Capacitación para Presidentes Electos, debemos señalar que tiene como finalidad proporcionar instrucción y orientación sobre Rotary a los presidentes electos de los clubes de cada distrito, se celebrará a nivel de Distrito o en un evento multidistrital, según lo determine la Directiva. El seminario de realizará anualmente, de preferencia entre los meses de febrero y marzo, en nuestro Distrito fue realizado el día 16 de marzo anterior, un día antes de la Asamblea Distrital de Capacitación, e igualmente el programa general estará a cargo del Gobernador Electo, quien es responsable de la planeación, vigilancia y supervisión del evento. Al evento distrital de cierre de cada año Rotario se le denomina Conferencia de Distrito, y deberá realizarse en un lugar, fecha y hora aceptables para el gobernador y los presidentes de la mayoría de los clubes del Distrito. La fecha de la conferencia no podrá coincidir con las fechas de la Asamblea distrital de capacitación, la Asamblea Internacional ni la Convención Internacional. La Directiva podrá autorizar a dos o más distritos para que celebren sus conferencias conjuntamente. Además, cada distrito podrá celebrar una reunión para tratar su legislación en el lugar y fecha que determine el gobernador siempre que todos los clubes del distrito sean notificados con 21 días de antelación. En algunos países de habla hispana se usa el término Congreso distrital en vez de Conferencia de distrito, no siendo el caso de nuestro país.

La sede de la próxima conferencia de distrito será Ciudad Juárez, fue autorizada por mayoría de votos durante la Asamblea de Delegados realizada en la pasada Conferencia de Distrito en la Ciudad de Aguascalientes, y se celebrará del 2 al 4 de mayo de 2019. La Asamblea de Delegados es la reunión del Distrito en donde se encuentran representados todos los clubes que asisten a la Conferencia de Distrito, las decisiones se adoptan por mayoría de votos, todo club tiene derecho a un voto con independencia de la membresía con la que cuente, pero tendrá derecho a un delegado adicional y por tanto a un voto más por cada 25 socios adicionales o fracción, así entonces, un club con un numero de socios de entre 50 y hasta 74, tendrá derecho a un voto adicional, y un club de entre 75 y hasta 99 socios, tendrá derecho a dos delegados y por ende dos votos adicionales, y así sucesivamente. Los temas a tratar durante dicha Asamblea de Delegados son los relativos a la Legislación, la votación de un gobernador propuesto, la elección de un miembro titular y miembro suplente del Comité de Propuestas para Director, la elección del representante de los clubes del distrito y su suplente ante el Consejo de Legislación y el Consejo de Resoluciones, la determinación de la cuota distrital que deberán pagar cada uno de los clubes del Distrito atendiendo a cada uno de los socios que lo integran, y las finanzas del Distrito, los electores de un club que cuente con más de un voto deberán emitir todos sus votos por un mismo candidato o propuesta. Cambiando un poco de tema, se establecen los requisitos para ser Gobernador de Distrito, siendo estos los siguientes: 1) Ser socio de uno de los clubes del distrito en funcionamiento y estar al día en el cumplimiento de todas sus obligaciones para con el club. 2) Deberá reunir la totalidad de condiciones y requisitos estipulados para la afiliación al club, en estricta aplicación de las disposiciones respectivas, y la integridad de su clasificación deberá estar fuera de toda duda. 3) Deberá haber ejercido la presidencia de un club por un período completo, o el cargo de presidente fundador de un club nuevo durante un período completo, desde la fecha de fundación del club al 30 de junio siguiente, siempre y cuando dicho período sea de al menos seis meses. 4) Demostrar disposición, compromiso y capacidad física, mental y emocional para cumplir con los deberes y responsabilidades inherentes al cargo de gobernador.

5) Deberá demostrar que entiende los requisitos, deberes y responsabilidades del cargo de gobernador que se prescriben en este Reglamento y presentar ante RI, por medio del secretario general, una declaración firmada en la que se estipule que comprende dichos requisitos, deberes y responsabilidades. Tal declaración confirmará que el rotario está dispuesto y capacitado para el fiel cumplimiento de los deberes y responsabilidades que implica el cargo de gobernador. 6) Deberá haber asistido a la Asamblea Internacional en toda su duración, haber sido socio de uno o más clubes rotarios durante un período mínimo de siete años. El gobernador es el funcionario de Rotary Internacional en el distrito y actúa bajo el control general y la supervisión de la Directiva. El gobernador tendrá a su cargo la promoción del Objetivo de Rotary, mediante la supervisión de los clubes de su distrito y su capacidad de dirigencia. El gobernador deberá colaborar con los dirigentes distritales y clubes para promover la participación en el Plan de Liderazgo Distrital tal como lo hubiera preparado la Directiva. El gobernador proveerá inspiración y motivación a los clubes del distrito, propiciará la continuidad, mediante la colaboración con los dirigentes, exdirigentes y dirigentes entrantes, a efectos de contar con clubes eficaces. Los Deberes del gobernador son los siguientes: 1. Organizar clubes nuevos, 2. Fortalecer los clubes actuales, 3. Promover el aumento de socios, colaborando con los dirigentes distritales y los presidentes de club para establecer metas realistas respecto al crecimiento de la membresía para cada club del distrito, 4. Apoyar a La Fundación Rotaria a través de la participación en los programas y las contribuciones económicas, 5. Promover relaciones cordiales entre los clubes del distrito y entre éstos y RI, 6. Organizar y presidir la Conferencia de distrito, y ayudar al gobernador electo en el planeamiento y la preparación del Seminario de capacitación para presidentes electos de club y la Asamblea distrital de capacitación, 7. Tomar las medidas necesarias para efectuar la visita oficial a cada club o en el marco de reuniones interclubes celebradas en el transcurso del año, en

aquellas oportunidades que maximicen la presencia del gobernador a fin de: a. Concentrar la atención en asuntos importantes relacionados con Rotary, b. Dedicar atención especial a los clubes deficientes o con dificultades, c. Motivar a los rotarios a participar en las actividades de servicio, d. Asegurarse de que los estatutos y reglamento de los clubes estén en consonancia con las disposiciones de los documentos estatutarios de RI, especialmente después de cada Consejo de Legislación, y e. Otorgar reconocimiento personal a los rotarios del distrito que hayan efectuado contribuciones significativas. f. Remitir una carta mensual a los presidentes y secretarios de todos los clubes del distrito, g. Presentar a RI con prontitud los informes que requieran el presidente o la Directiva, h. Proporcionar al gobernador electo, tan pronto como fuera posible después de su elección y con anterioridad a la fecha de la Asamblea Internacional, información completa sobre la situación de los clubes del distrito y las medidas que recomienda para su fortalecimiento, i. Cerciorarse de que las candidaturas y las elecciones distritales se efectúen de conformidad con los Estatutos de RI, el Reglamento de RI y las demás normas establecidas por RI; j. Recabar información periódicamente respecto a las actividades de las organizaciones rotarias o los programas de Rotary que funcionan en el distrito (Intercambio Rotario de Amistad, comités interpaíses, Grupos para Establecer Contactos Mundiales, etc.) k. Transferir los archivos del distrito al gobernador electo, y l. Cumplir con los demás deberes inherentes a su condición de funcionario de RI en el distrito. Agosto 26 de 2018 Armando García Romero. Comité Distrital de Capacitación.