NORMATIVA APLICABLE FECHA FIN EJECUCIÓN: 31/07/2017. FECHA FIN JUSTIFICACIÓN: 31/10/2017.

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RECOMENDACIONES A SEGUIR PARA LA JUSTIFICACIÓN GASTOS SUBVENCIONABLES EN LA CONVOCATORIA PARA 2016 PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS QUE FOMENTEN LA ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO. NORMATIVA APLICABLE 1. Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 2. Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de subvenciones. 3. Real Decreto 887/2006 de 21 de julio por el que se aprueba el reglamento de la ley 38/2003 General de subvenciones. 4. Ley 9/2007 de 22 de octubre de la Administración de la junta de Andalucía. 5. Decreto Legislativo 1/2010 de 2 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía. 6. Decreto 282/2010 de 4 de mayo por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía. 7. Instrucción 3/97 de la Intervención General de la Junta de Andalucía sobre coordinación de actuaciones en materia de reintegro de ayudas y subvenciones de la Junta de Andalucía. 8. Orden de 28 de junio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, por el Instituto Andaluz de la Mujer, en régimen de concurrencia competitiva, en la línea de Subvenciones a Asociaciones y Federaciones de Mujeres para la realización de proyectos que fomenten la erradicación de la violencia de género. (BOJA núm. 125 de 1 de julio de 2016). 9. Orden de 5 de octubre de 2015, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y losformularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva. (BOJA núm. 215, de 5 de noviembre de 2015). 10. Resolución de 25 de julio de 2016, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se convoca para el ejercicio 2016, la línea de subvención en régimen de concurrencia competitiva, a asociaciones y federaciones de mujeres para la realización de proyectos que fomenten la erradicación de la violencia de género. (BOJA núm. 145, de 29 de julio de 2016). 11. Resolución de 22 de diciembre de 2016, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se modifica la Resolución de 25 de julio de 2016, por la que se convoca para el ejercicio 2016, la línea de subvención en régimen de concurrencia competitiva a asociaciones y federaciones de mujeres para la realización de proyectos que fomenten la erradicación de la violencia de género. (BOJA núm. 3, de 5 de enero de 2017). FECHA FIN EJECUCIÓN: 31/07/2017. FECHA FIN JUSTIFICACIÓN: 31/10/2017. 1 ID. FIRMA 4cXPs804AAOMG91zMSH/uEbhTXOgbd PÁGINA 1/7

GASTOS SUBVENCIONABLES: Se consideran gastos subvencionables los gastos corrientes. Las Entidades Beneficiarias no podrán imputar gastos de inversión. Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación determinado en el apartado 26.b del Cuadro Resumen. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. No serán objeto de estas subvenciones los gastos derivados: 1. Del mantenimiento y funcionamiento de las Entidades (los gastos de luz, agua, teléfono,...). 2. De las actividades de la misma asociación o federación que ya hayan sido subvencionadas en otras convocatorias de subvenciones del Instituto Andaluz de la Mujer, en el ejercicio en el que se haya presentado la solicitud de subvención. En ningún caso serán gastos subvencionables: a) Los intereses deudores de las cuentas bancarias. b) Los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales. c) Los gastos de procedimientos judiciales. JUSTIFICACIÓN: Por justificación se entiende, en todo caso, la aportación al órgano concedente de los documentos justificativos de los gastos realizados con cargo a la cantidad concedida, debiendo comprender el gasto total de la actividad subvencionada aunque la cuantía de la subvención fuera inferior. La justificación revestirá forma de cuenta justificativa en la que se deben incluir, bajo responsabilidad de la persona declarante, los justificantes de gasto o cualquier otro documento con validez jurídica que permitan acreditar el cumplimiento del objeto de la subvención. La cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto, estará integrada por: 1.º Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. 2.º Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá: - Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas ( y previamente solicitadas y autorizadas antes de la finalización del periodo de ejecución). 2 ID. FIRMA 4cXPs804AAOMG91zMSH/uEbhTXOgbd PÁGINA 2/7

- Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior y, en su caso, la documentación acreditativa del pago. - Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. - En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos. Acreditación de los pagos subvencionables. Los pagos se podrán efectuar por los siguientes medios y justificarse con los correspondientes documentos justificativos que deberán consistir: a) En caso de pago por transferencia o ingreso en cuenta, se justificarán mediante la orden de transferencia o de ingreso en cuenta, en la que estén identificados el ordenante y el beneficiario de la operación, así como el documento justificativo del gasto que se salda, debiendo estar consignado el sello de compensación de la entidad financiera o la correspondiente validación mecánica; en caso de que no conste tal extremo, se acompañará certificación o extracto de la entidad financiera acreditativo del cargo. En el caso de transferencia telemática se justificará con el extracto de la entidad financiera en el que aparezca reflejada la operación. El extracto de la entidad financiera debe contener la identidad del titular de la cuenta que ha de ser el beneficiario de la subvención, la numeración completa de la cuenta con 20 dígitos, la fecha del pago, el concepto que identificará claramente su correspondencia con el documento justificativo del gasto y el importe del pago. En todos los extractos constará la firma y el sello de la entidad financiera, teniendo validez los obtenidos por vía telemática. b) En caso de pago mediante domiciliación en cuenta, se justificará con el adeudo por domiciliación o el extracto de la entidad financiera acreditativo del cargo. También se podrá justificar con certificación expedida por la entidad financiera en la que se identifique el documento justificativo del gasto que se salda. c) En caso de pago con cheque nominativo, se justificará mediante fotocopia del cheque o recibo en el que se haga constar que ha recibido el cheque del que expresará su número y fecha de emisión, proveedor, importe, número, concepto y fecha de emisión del documento justificativo del gasto que se salda, fecha del pago, firma indicando nombre, apellidos y NIF de la persona que firma, así como el sello en su caso. En ambos supuestos se aportará certificación o extracto de la entidad financiera acreditativo del cargo en cuenta. d) En caso de pago en efectivo, se justificará mediante recibo en el que esté suficientemente identificado el proveedor, el importe que se recibe, el número, concepto y fecha de emisión del documento justificativo del gasto que se salda, fecha del pago, firma indicando nombre, apellidos y N.I.F. de la persona que firma, así como el sello en su caso. 3 ID. FIRMA 4cXPs804AAOMG91zMSH/uEbhTXOgbd PÁGINA 3/7

En el supuesto de que el pago se acredite mediante recibí consignado en el mismo documento justificativo del gasto, este deberá contener los mismos requisitos que en el párrafo anterior. En ambos supuestos, a los efectos de comprobar la salida material de los fondos se acompañará de la copia del asiento contable del pago efectuado o certificación contable firmada por el representante legal de la entidad. Solo se admitirá el pago en efectivo, siempre que su importe sea inferior a 300 euros. No se aceptarán pagos en efectivo para el personal contratado por cuenta del beneficiario de la subvención, tanto en costes directos como en costes asociados, cualquiera que sea su cuantía, excepto para los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención, con los límites que se expresen posteriormente. e) En el caso de pago mediante pagaré, los documentos justificativos consistirán en la copia del pagaré y del extracto de la entidad financiera. Requisitos de las facturas y de los documentos sustitutivos Para poder acreditar un gasto será imprescindible factura o tique original cuyos requisitos vienen recogidos en el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, y se modifica el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido. Contenido de la factura a) Número y, en su caso, serie. b) La fecha de su expedición. c) Nombre y apellidos, razón o denominación social completa, tanto del obligado a expedir factura como del destinatario de las operaciones. d) Número de Identificación Fiscal el expedidor y del destinatario (el/la beneficiario/a de la subvención). e) Domicilio, tanto del obligado a expedir factura como del destinatario de las operaciones. f) Descripción de las operaciones, consignándose todos los datos necesarios para la determinación de la base imponible del Impuesto g) El tipo impositivo o tipos impositivos, en su caso, aplicados a las operaciones. Si está gravada con IVA: base imponible, tipo de IVA aplicado, cuota tributaria e importe total de la operación. Si está sujeta a retención del I.R.P.F.: tipo de retención aplicada, cuota resultante e importe a pagar. h) La cuota tributaria que, en su caso, se repercuta, que deberá consignarse por separado. i) La fecha en que se hayan efectuado las operaciones que se documentan o en la que, en su caso, se haya recibido el pago anticipado, siempre que se trate de una fecha distinta a la de expedición de la factura. Contenido de los documentos sustitutivos Sin perjuicio de los datos o requisitos que puedan resultar obligatorios a otros efectos y de la posibilidad de incluir cualesquiera otras menciones, todos los tiques y sus copias contendrán los siguientes datos o requisitos: a) Número y, en su caso, serie. b) Número de identificación fiscal, así como el nombre y apellidos, razón o denominación social completa del obligado a su expedición. 4 ID. FIRMA 4cXPs804AAOMG91zMSH/uEbhTXOgbd PÁGINA 4/7

c) Tipo impositivo aplicado o la expresión «IVA incluido». d) Contraprestación total Justificación de gastos en concepto de dietas, desplazamientos y manutención. Los gastos justificados en concepto de dietas, desplazamientos y manutenciones sólo serán subvencionables si han sido generados por personas directamente relacionadas con la organización y el desarrollo de la actividad. Para su justificación se aportará la siguiente documentación: Facturas o tickets correspondientes a los gastos detallados en la hoja de liquidación. Comprobante de pago correspondiente al abono de estos gastos por parte de la entidad beneficiaria. En caso de que la persona beneficiaria no pague directamente los gastos generados por las dietas de los participantes en el proyecto, siendo éstas las que adelanten el dinero para satisfacer sus necesidades de viaje y manutención, será necesario cumplimentar la hoja de liquidación de dietas y gastos de viaje según modelo que se adjunta, sin que ello exima de la presentación de las facturas, tickets y comprobantes de pago correspondientes. Para los gastos relacionados con la locomoción o los recibos relacionados con peajes, aparcamiento,es necesario presentar el tique como comprobante. Modelo de hoja de LIQUIDACIÓN DE DIETAS POR ALOJAMIENTO Y MANUTENCION Y GASTOS DE VIAJE D.... con domicilio en... y D.N.I...., se ha desplazado los días... a la localidad... con objeto de... Los gastos realizados han sido los siguientes: CONCEPTO TOTAL Alojamiento...... Manutención...... Importe de billetes de transporte público... Traslado en vehículo propio- Kms recorridos...... Matrícula del vehículo...... Peaje...... Parking público/zona azul...... TOTAL...... En..., a... de... de 2.01 Recibí, (Firma del/la perceptor/a) 5 ID. FIRMA 4cXPs804AAOMG91zMSH/uEbhTXOgbd PÁGINA 5/7

RECOMENDACIONES Comprobar que todas las facturas y documentos sustitutivos están correctamente emitidos y contienen todos los elementos necesarios. Es conveniente que además estén firmadas y/o selladas por el emisor. Comprobar que las facturas están emitidas a nombre de el/la beneficiario/a de la ayuda. No se aceptarán facturas que estén emitidas a nombre de uno de los/las socios/as. Acompañar a cada factura de su documento de pago. Las facturas (o documentos equivalentes) que se presenten para justificar la inversión subvencionada, deben estar pagadas. Por lo tanto deben de acompañarse de títulos o documentos bancarios o contables que acrediten la efectividad de su pago siempre sellados y/o firmados por la entidad bancaria correspondiente. En ella debe hacer constar que se trata de una factura rectificativa, cuáles son los datos identificativos de la factura incorrecta que se rectifica, cuál es la rectificación efectuada y cuáles son las causas que la motivan. Conviene asegurarse de que el el tipo de I.V.A. aplicado es el correcto. No se aceptará como justificante ninguna factura emitida por profesionales obligados a realizar la retención del I.R.P.F. que no incluya el porcentaje retenido, su importe y el resultado final a pagar. 6 ID. FIRMA 4cXPs804AAOMG91zMSH/uEbhTXOgbd PÁGINA 6/7

SEGUIMIENTO DE LOS PROYECTOS QUE FOMENTEN LA ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO CONCEDIDOS A ASOCIACIONES Y FEDERACIONES DE MUJERES EN EL AÑO 2016. En referencia a los proyectos subvencionados en el año 2016 por el Instituto Andaluz de la Mujer a asociaciones de mujeres o sus federaciones, se establecen las siguientes indicaciones para su cumplimiento por los Centros de la Mujer a los efectos de su seguimiento y evaluación. Éstos son: 1. Todos los Centros Provinciales de la Mujer y para cada subvención utilizará el modelo de ficha desarrollado para este fin, debiendo cumplimentarse íntegramente. 2. Deberán realizarse, al menos, una actuación de seguimiento por cada Proyecto subvencionado. 3. En el caso de una Entidad que desarrolle su Proyecto con actuaciones en más de una Provincia, la coordinación del seguimiento debe realizarse desde la Provincia donde se encuentre ubicada la sede social de la Asociación/Federación solicitante, estableciendo el Centro Provincial la coordinación con el resto de las provincias de actuación, al objeto de recabar la información necesaria. En cualquier caso, la provincia donde radique la sede social de esa entidad es la responsable de informar sobre el desarrollo del proyecto. 4. Dado que se trata de subvenciones concedidas por el Instituto Andaluz de la Mujer se instará a las entidades a la participación del mismo en las actuaciones que se realicen mediante la representación institucional de la este Organismo en actos inaugurales o de clausura (si procede). 5. Entre las actuaciones de seguimiento que se lleven a cabo, se debe constatar que se incorpora al Instituto Andaluz de la Mujer como Organismo colaborador principal, y en tal sentido que aparece su logotipo en cualquier elemento publicitario de desarrollo del proyecto. 6. Finalmente, una vez terminado el seguimiento de la actividad, deberá remitirse por la Jefatura de Servicio de Coordinación del Centro Provincial certificación de conformidad del desarrollo de la actuación así como copia de los informes de seguimiento, por correo electrónico y debidamente firmado y sellado. 7 ID. FIRMA 4cXPs804AAOMG91zMSH/uEbhTXOgbd PÁGINA 7/7