Dilia Irasema Montoya 2 de Febrero, 2012
Objetivos Específicos: Objetivo General del RETC: Establecer un Inventario Nacional de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, que coadyuve a la toma de decisiones y la formulación de políticas en materia de prevención y control ambiental. 1. Contar con una base de información confiable y actualizada sobre la emisión y transferencia de contaminantes específicos en los diferentes medios (aire, agua y suelo), que sea de utilidad para la formulación de políticas, evaluación del marco regulatorio ambiental y el desarrollo estudios de investigación; 2. Simplificar y sistematizar la recolección de información relativa a la emisión y transferencia de contaminantes específicos, así como los requisitos de reporte a los que se someten los diferentes sectores del quehacer nacional; 3. Identificar las fuentes, sectores y áreas geográficas con mayores emisiones y transferencia de contaminantes; 4. Proveer información al público en general sobre emisiones y transferencias de contaminantes, y que permita la participación informada en el proceso de toma de decisiones; 5. Suministrar información para la identificación y evaluación de riesgos a la salud y al ambiente, asociados con las emisiones de contaminantes; 6. Identificar, cuantificar y evaluar las tendencias de las emisiones de contaminantes específicos, con el propósito de promover los esfuerzos de prevención y control integral de la contaminación; Transferencias 7. Incentivar y fomentar una ética de prevención de la contaminación mediante el uso y transferencia de tecnologías más limpias y procesos más eficientes. 8. Monitorear el avance en la implementación de iniciativas internacionales en el marco de la agenda
Mayo 2009: Evaluación de la Infraestructura Nacional Existente para el Establecimiento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC), en el marco del Acuerdo de Cooperación USAID-CCAD: Infraestructura nacional de naturaleza legal/regulatoria. Infraestructura nacional de naturaleza institucional/ administrativa. Programas realizados por grupos de la industria, institutos de investigación y grupos ambientalistas y de interés público. Programas llevados a cabo con el apoyo de organizaciones internacionales. Junio 2011: Evaluación de Capacidades: Hacia la Implementación del Registro Nacional de Emisiones y Transferencia de Contaminantes en Honduras, preparado para CESCCO: Diseño de las Características clave: Representa una visión preliminar a la serie de consideraciones que el Suplemento 2 manda a analizar en el ámbito nacional, para definir el alcance del sistema del RETC nacional.
Reglamento para el control de emisiones generadas por fuentes fijas: - Registro de emisión (FEA-001), adscrito al permiso ambiental. - Informes de auto monitoreo (reportes anuales). Reglamento para el manejo integral de los residuos sólidos: - Registro de residuos peligrosos (especiales), adscrito al permiso ambiental. - Reportes de generación de residuos especiales. Reglamento General sobre Uso de Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono (SAO): Registro de Empresas Importadoras y/o exportadoras de SAO. - Registro de personas dedicada al reciclaje y/o destrucción de las SAO - Reportes semestrales Reglamento para la Gestión Ambientalmente Racional de las Sustancias Químicas Peligrosas en Honduras: - Registro Nacional de las Sustancias Químicas y Residuos Peligrosos (adscrito al permiso ambiental). - Proporcionar información (no se define período) RETC Reglamento para el Control Sanitario de Productos, Servicios y Establecimientos de Interés Sanitario : Licencia Sanitaria (Establecimiento) Registro Sanitario (Producto de I.S.) Reglamento del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental : - Licenciamiento (permiso ambiental): - Categorización ambiental - Informes periódicos - Gobierno digital Tabla de Categorización Ambiental Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines: - Registro de Plaguicidas y Sustancias Afines. - Permiso de actividades Reglamento Nacional de Descarga y Reutilización de Aguas Residuales: - Sistema de Registro y autorización de descargas de aguas residuales a cuerpos receptores o al alcantarillado sanitario. Autorización de descarga adscrita al permiso ambiental. - Reportes regulares de emisiones (trimestrales y semestrales). - Reportes operacionales de los sistemas de tratamiento (trimestrales). Reglamento para el Control de Productos Veterinarios : - Registro de Productos Veterinarios - Registro de Establecimiento - Informes trimestrales de comercialización de plaguicidas extremadamente y altamente peligrosos (Regente) Reglamento de Auditorías Ambientales : - Solicitud de certificado ambiental. - Estudio de Auditoría Ambiental
El listado inicial está compuesto por aquéllas sustancias y parámetros definidos en los tratados y convenios internacionales suscritos por el país, en la normativa vigente, en la normativa en desarrollo, así como por aquellas sustancias químicas que reportan mayores volúmenes de importación. Es un listado extenso de sustancias químicas y parámetros de diversa índole, de origen múltiple y de distinta naturaleza, es decir que se cuenta con un listado base que incluye sustancias, familias de sustancias, grupos de sustancias inespecíficas generadas a partir de determinadas actividades y parámetros. Se han identificado 105.
No. QUIMICO PK GEI CE COPs PM SAO CR SPP Me SQI Pa PR 1 CO 2 x x 2 CO x x 3 SOx x x 4 NOx x x 5 CH4 x x 6 Dioxinas y Furanos x x 7 Bifenilos Policlorados x x x 8 DDT x x 9 Mirex x x 10 Clordano x x x 11 Endrin x x 12 Aldrin x x x 13 Heptacloro x x 14 Toxafeno x x x 15 Hexa-clorobenceno x x x 16 Clordecona x x 17 Lindano (isómero gamma) x x 18 Alpha hexachlorocyclohexane x 19 Beta hexachlorocyclohexane x 20 Pentachlorobenzeno x
En base al PIB de cada sector económico, se identificaron los siguientes sectores a ser cubiertos por el RETC: Agricultura y Ganadería Explotación de minas y canteras Industria manufacturera Servicios Básicos. Opciones: 1.- Incluir todas las divisiones y actividades de esas categorías del CIIU (Tabla de Categorización Ambiental). 2.- Seleccionar dentro de cada sector (categoría), las siguientes actividades de acuerdo a la Tabla de Categorización Ambiental:
Categoría División Nombre de la Actividad Cultivo de vegetales, Agricultura, ganadería, caza y actividades de productos servicios conexas hortícolas Servicios Agrícolas Servicios de Fumigación Agricultura, ganadería, caza y silvicultura Explotación de minas y canteras Actividades agroindustriales vinculadas al sector Granjas y Cultivos Extracción a cielo abierto y subterránea Actividades vinculas a la producción del Tabaco. Camaricultura Granjas Porcinas Granjas Avìcolas Extracción a cielo abierto y subterránea Extracción a cielo abierto de minerales para la construcción. Extracción subterránea, de minerales de construcción. Explotación de minas y canteras de asbestos, feldespatos, y otros minerales. Industrias Manufactureras Elaboración de productos alimenticios y bebidas Plantas de Beneficiado de Productos mineros. Mataderos (Rastros) y preparación de la carne. Envase, conservación de Productos cárnicos. Envase, conservación de productos de pescado y mariscos. Producción de harina de pescado o camarón Elaboración de aceites y grasas. Elaboración de productos lácteos. Productos de molinería. Fábricas y refinerías de azúcares Proceso del beneficiado del café y derivados Destilación, rectificación y mezcla de bebidas espirituosas (alcohólicas)
En virtud que: La mayoría de Registros (emisiones atmosféricas, descarga de aguas residuales, sustancias químicas y residuos peligrosos) están asociados con la Tabla de Categorización Ambiental, No existe una clara conceptualización y una diferenciación uniforme en la categorización de empresas, Se recomienda utilizar los umbrales y las unidades de dimensionamiento establecidos en la Tabla de Categorización Ambiental:
Nomenclatura de Categorización 1.- Umbrales por número de empleados: PE: Pequeñas Empresas (< = 20 empleados) ME: Medianas Empresas (21 100 empleados) GE: Grande Empresa (> 100 empleados) Gran proyecto: Se entiende como gran proyecto el conjunto de actividades que impliquen el desarrollo de obras cuyos impactos directos, de índole ambiental, económico, social y cultural sean de alcance nacional. Se incluyen como parte de esta categoría actividades tales como generación hidroeléctrica, explotación minera metálica, explotación petrolera y grandes obras de infraestructura, entre otras. Por su naturaleza, los grandes proyectos pueden ser identificados como de tipo estratégico o no estratégico. 2.- Umbrales por capacidad
Unidades o parámetros de dimensionamiento: No. Unidad de Explicación Medida 1 Empleados Números plazas directas de trabajo relacionadas con la actividad. Observación 2 Ha Hectárea, equivalente a 10.000 metros cuadrados de superficie. 3 Cabezas (de Número de animales (reses, cerdos, aves, y otros). animales) 4 m3 Volumen de material (mineral, por ejemplo) a procesar medido en metros cúbicos. 5 Litros / día Cantidad de producto a procesar medido en el volumen de litros por día. 6 Mw Un megawatts, equivalente de 1000 Kilowatts de energía. 7 Litros Unidad de medida de volumen de sustancia líquida a procesar. 8 Kw h térmico Kilowatt hora térmico de energía producido por quemado de hidrocarburos. 9 m3/día Cantidad de metros cúbicos procesados por la actividad por día. 10 m2 de construcción Unidad de media respecto al área a construir. Si la edificación es de varios pisos, la superficie se multiplica por el número de pisos. 11 Número de Número de suscriptores o receptores del servicio. usuarios 12 Ton / día Toneladas por día de material que será procesado por la actividad. 13 Especies CITES Especies identificadas en las listas internacionales como en peligro de extinción. Los números romanos con que se distinguen representan las diferentes listas (I, II, III).
Instrumento Legal Exención Observación Reglamento del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (Acuerdo Número 189-2009) Reglamento para el Control de Emisiones Generadas por Fuentes Fijas Proyectos Categoría I Anexo 1.- Emisiones límites para plantas de generación de energía eléctrica: Motores de combustión interna, calderas de combustibles sólidos (biomasa y carbón) y turbinas acopladas a un conjunto generador y con una capacidad de generación acumulada instalada menor a 1.0 Mw. Equipo con una operación menor a 1,000 horas acumuladas al año. Generación de energía eléctrica por medio de calderas utilizando combustibles peligrosos. Ver Tabla de Categorización Ambiental Reglamento Nacional de Descarga y Reutilización de Aguas Residuales (A nivel de propuesta). Reglamento para la Gestión Ambientalmente Racional de las Sustancias Químicas Peligrosas en Honduras (A nivel de Propuesta). De acuerdo al Artículo 14, estarán exentos del requerimiento de Registro y Autorización de Descarga, todos aquellos Entes que: - Sean generadores de aguas residuales domésticas o institucionales o comerciales, y que simultáneamente sean clasificados como pequeños emisores (generen hasta 4 m 3 /día de aguas residuales). De acuerdo al Artículo 56, los generadores de residuos peligrosos que produzcan una cantidad inferior a los 10.0 kg/mes están exentos del Registro. No obstante, la ANC o la autoridad municipal, con base a la problemática diagnosticada y de acuerdo a sus necesidades, podrán exigir el Registro de estos generadores para lo cual deberá efectuar la notificación respectiva; para la consecución del trámite por parte de los Entes Regulados, así como los plazos máximos para el Registro. Esto excluye del requerimiento de Registro y Autorización de Descarga a todos los domicilios habitacionales de la población y a los pequeños emisores institucionales y comerciales, cuyas descargas no excedan los límites cuantitativos indicados, y cuyas aguas residuales deberán ser manejadas por eficientes sistemas de tratamiento, colectivos o doméstico-individuales, o descargarse al alcantarillado sanitario. Este Reglamento no contempla: - Fármacos - Sustancias Radioactivas (si aplica la clasificación del Sistema de las Naciones Unidas y las medidas del tráfico ilícito de sustancias químicas peligrosas) - Plaguicidas y sustancias afines - Municiones - Tabaco - Alimentos y aditivos alimenticios - Cosméticos
Obligatorio en base a normativa vigente, ya que actualmente, el reporte o registro de las emisiones es obligatorio según el marco legal vigente (SINEIA).