ORGANISMO: AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS

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Transcripción:

1. ORGANIZACIÓN Y ACTIVIDAD La Agencia Española de Protección de Datos es un Ente de Derecho Público, creado por la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal (vigente hasta que entró en vigor la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal), con personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada, y que actúa con plena independencia de las Administraciones Públicas en el ejercicio de sus funciones. Precisamente, son funciones de la Agencia Española de Protección de Datos: - Velar por el cumplimiento de la legislación sobre protección de datos y controlar su aplicación, en especial en lo relativo a los derechos de información, acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos. - Atender las peticiones y reclamaciones formuladas por las personas afectadas, informarlas de sus derechos en materia de tratamiento automatizado de los datos de carácter personal, así como promover campañas de difusión a través de los medios. - Ejercer la potestad sancionadora en los términos previstos por el Título VII de la Ley 15/1999, así como en relación con las nuevas competencias atribuidas a la Agencia, recogidas en la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, 1

General de Telecomunicaciones, y en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico. - Emitir autorizaciones previstas en la Ley, requerir en relación con quienes tratan datos medidas de corrección, así como autorizar las transferencias internacionales de datos. - Ordenar la cesación de los tratamientos de datos de carácter personal y la cancelación de los ficheros cuando no se ajusten a las disposiciones establecidas por la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal. - Informar los Proyectos de normas de desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos, e informar los proyectos de normas que incidan en materias de protección de datos. - Dictar instrucciones y recomendaciones de adecuación de los tratamientos a la Ley y dictar recomendaciones en materia de seguridad y control de acceso a los ficheros. - Además son funciones de la Agencia Española de Protección de Datos. - Velar por la publicidad en los tratamientos, publicando anualmente una lista de los mismos - Cooperación Internacional - Representación de España en los foros internacionales en la materia - Control y observancia de lo dispuesto en la Ley reguladora de la Función Estadística Pública - Elaboración de una Memoria Anual, presentada por conducto del Ministro de Justicia a las Cortes En lo que se refiere al Régimen Jurídico de la Entidad: - Régimen General (normativa específica LOPD y disposiciones de desarrollo-, y supletoriamente la LOFAGE) 2

- Ejercicio de competencias según lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. - Régimen Patrimonial sujeto al Derecho Privado - La Agencia Española de Protección de Datos está sujeta a la Ley de Contratos del Sector Público, en lo que se refiere a materia de contratación. - Régimen Personal: Funcionarios de las Administraciones Públicas y personal contratado según la naturaleza de las funciones. - Régimen Presupuestario: Presupuesto integrado, con la debida independencia, en los Presupuestos Generales del Estado. El control de este presupuesto lo realiza el Tribunal de Cuentas (Control Externo) y la Intervención General de la Administración del Estado (Control interno) El Presupuesto de Ingresos, de carácter estimativo, de la Agencia Española de Protección de Datos se compone de las siguientes fuentes de financiación: a) 13.301.391.02 Tasas, Precios Públicos y otros ingresos: Multas y Sanciones. La cuantía total de sanciones impuestas (derechos reconocidos) arroja una diferencia significativa con los ingresos efectivamente realizados, ya que se producen aplazamientos y fraccionamientos en el pago, suspensiones en vía administrativa y judicial, así como un considerable volumen de insolvencias producidas en vía ejecutiva. Por lo tanto, el número de sanciones ingresadas en vía voluntaria es mínimo. 3

b) 13.301.492 Transferencias Corrientes del Exterior. Otras transferencias de la Unión Europea. Se estima en 20.000,00 el reintegro de gastos por concurrencia a diferentes Comisiones y grupos de Trabajo de la Unión Europea. c) 13.301.520.99 Ingresos Patrimoniales, otros ingresos de cuentas bancarias. En las cuentas corrientes abiertas a nombre de este Ente Público, se percibe mensualmente una cantidad en concepto de intereses. Dicha cantidad es variable según el saldo medio mensual de las cuentas corrientes y el valor del indicador de referencia (Euribor) d) 13.301.870 Activos Financieros: Remanente de Tesorería. Generado desde el comienzo del funcionamiento de la Agencia Española de Protección de Datos que se produjo en el año 1994. La situación del Remanente de Tesorería a 31 de diciembre de 2013 (en miles de euros), es la siguiente: Disponibilidades líquidas: - Caja 0,00 - Bancos... 57.174,14 - Inversiones Financieras Temporales.. Derechos Reconocidos pendientes de cobro. 10.480,48 Subvenciones del Estado pendientes de cobro: - Corrientes. - Capital Otras Subvenciones 4

Otras Partidas.. TOTAL. 67.654,62 miles de euros A deducir: Obligaciones reconocidas pendientes de pago. 443,20 Fondos afectados al cumplimiento de otras obligaciones (1). 191,12 Otras partidas (2). 3.700,35 TOTAL.4.334,67 miles de euros REMANENTE DE LIBRE DISPOSICIÓN: 63.319,95 miles de euros (1) Obligaciones pendientes de pago de operaciones no presupuestarias 191,12 miles de euros (2) Provisión por devolución de ingresos 3.700,35 miles de euros 5

Por otra parte, con respecto a la organización contable de la Agencia Española de Protección de Datos, es preciso destacar que éste Ente Público está exento del Impuesto de Sociedades, ninguna de sus operaciones se encuentra sujeta a IVA, y no existen sub-entidades contables descentralizadas, puesto que sólo hay un centro gestor en la ciudad de Madrid, tanto en contabilidad como en las demás labores administrativas que están atribuidas a este Ente Público. La estructura organizativa básica de la Agencia Española de Protección de Datos es la siguiente: El Director de la Agencia de Protección de Datos D. José Luis Rodríguez Álvarez, nombrado por Real Decreto 853/2011, de 17 de junio B.O.E. de 18 de junio. El Consejo Consultivo (órgano colegiado de asesoramiento). Tres Subdirectores Generales: Doña María José Blanco Antón (Secretaria General) Don José López Calvo (Subdirector General de Inspección de Datos) Don Julián Prieto Hergueta (Subdirector General del Registro General de Protección de Datos) Además, para el ejercicio de sus funciones, el Director de la Agencia Española de Protección de Datos es asistido por una Unidad de Apoyo integrada por el Adjunto al Director y el Gabinete Jurídico. Esta Unidad realiza, entre otras funciones, las de 6

asesoramiento jurídico, interpretación normativa, emisión de informes, e impulso y desarrollo de las relaciones internacionales de la Agencia: Don Jesús Rubí Navarrete (Adjunto al Director) Don Agustín Puente Escobar (Jefe del Gabinete Jurídico) Secretaría General: es el órgano al que se le encomienda la gestión económica-administrativa, la gestión de los medios personales y materiales, así como gestionar los asuntos de carácter general no atribuidos a otros órganos de la Agencia. Registro General de Protección de Datos: es el órgano al que corresponde velar por la publicidad de la existencia de los ficheros automatizados de carácter personal, con miras a hacer posible el ejercicio de los derechos de información, acceso, rectificación y cancelación de datos. Inspección de Datos: es el órgano al que competen funciones inherentes al ejercicio de la potestad de inspección que tiene atribuida la Agencia. Gabinete Jurídico: es el órgano encargado del asesoramiento jurídico a las subdirecciones generales de la Agencia Española de Protección de Datos, así como al propio Director de la misma. Entre otras funciones, corresponde a dicho Gabinete la emisión de informes jurídicos preceptivos y no preceptivos en relación con la interpretación y aplicación de la Ley Orgánica de Protección de Datos. 7

El número medio de empleados durante el ejercicio y a 31 de diciembre de 2013 es de 1 alto cargo, 153 funcionarios, 2 contratados laborales fijos y 2 laborales fuera de convenio. La distribución por sexos y grupos es la siguiente: HOMBRES MUJERES Alto Cargo 1 Funcionarios grupo A1 21 9 Funcionarios grupo A2 21 29 Funcionarios grupo C1 7 17 Funcionarios grupo C2 17 32 Laborales 2 2 TOTAL 69 89 2. GESTIÓN INDIRECTA DE SERVICIOS PÚBLICOS, CONVENIOS Y OTRAS FORMAS DE COLABORACIÓN La Agencia Española de Protección de Datos no realiza gestión indirecta de servicios públicos, convenios u otras formas de colaboración. 3. BASES DE PRESENTACION DE LAS CUENTAS 8

La Agencia Española de Protección de Datos declara que sus cuentas anuales reflejan la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico patrimonial, y de la ejecución del presupuesto de este Ente Público. a) Principios contables. Las cuentas anuales se han preparado a partir de los registros contables de la entidad, se expresan en euros, se presentan de acuerdo con el contenido establecido en el artículo 128 de la Ley General Presupuestaria, modificado por la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010, en la Instrucción de Contabilidad de la Administración Institucional del Estado, aprobada por Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio y con los principios contables públicos establecidos en la Ley General Presupuestaria y el Plan General de Contabilidad Pública aprobado por Orden EHA/1037/2010, con el objeto de mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico-patrimonial y de la ejecución de su presupuesto. b) Comparación de la información Durante el ejercicio 2013 no se ha producido ningún hecho relevante. c) Razones e incidencia en las cuentas anuales de los cambios en criterios de contabilización. (NOTA 1) Los ajustes por cambios de criterios contables y corrección de errores que se reflejan en el Estado total de cambios en el patrimonio neto, suponen para este Organismo -1.529.347,30. Esta diferencia está ocasionada por los movimientos de la cuenta 120000 Resultado de ejercicios anteriores, provocados por la anulación de derechos que presupuestos cerrados (cuenta 434000), por la modificación del saldo 9

entrante de los derechos reconocidos de ejercicios anteriores (cuenta 431000), así como por los derechos cancelados de presupuestos cerrados (cuenta 439100). Esto provoca diferencias respecto de los importes del ejercicio 2012 en la Balance, la Cuenta de Resultado Económicopatrimonial y el Estado de ingresos y gastos reconocidos con respecto a las cuentas aprobadas de ese ejercicio. (En la información complementaria que se adjunta a estas cuentas anuales, se incluye un documento que refleja todos los movimientos de la cuenta 120000). (NOTA 2) En el ejercicio 2013, se ha realizado el cambio de imputación del ingreso derivado de las transferencias recibidas de la Unión Europea (22.294,99 ), de la cuenta 7500 Transferencias de la entidad o entidades propietarias a la cuenta 7501 Transferencias del resto de entidades. No obstante, y dado que en los ejercicios precedentes se realizaba la imputación a la cuenta 7500 Transferencias de la entidad o entidades propietarias, en el Estado de cambios en el patrimonio neto. Estado de operaciones con la entidad o entidades propietarias en la columna correspondiente al ejercicio N-1, sigue figurando el importe recibido de estas transferencias (25.530,77 ) durante 2012. d) Información sobre cambios en estimaciones contables No existen cambios significativos en estimaciones contables en el ejercicio 2013. 10

4. NORMAS DE RECONOCIMIENTO Y VALORACIÓN 1) Inmovilizado material. Las inversiones materiales se registran al coste de adquisición más, en su caso, las actualizaciones practicadas. Las cuotas de amortización del inmovilizado material se determinan por el método lineal. Se toma como vida útil el periodo establecido en las tablas de amortizaciones previstas en el anexo de la Resolución de la IGAE de 14 de diciembre de 1999, por la que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a fin de ejercicio. 2) Inversiones inmobiliarias. No se han registrado operaciones en el Sistema de Información Contable en el año 2013. 3) Inmovilizado intangible. En el caso de la Agencia Española de Protección de datos, este inmovilizado está compuesto por las Aplicaciones Informáticas realizadas para el Organismo. Se registran al coste de adquisición, más en su caso las actualizaciones practicadas. Las cuotas de amortización se determinan por el método lineal. Se toma como vida útil el periodo establecido en las tablas de amortizaciones previstas en el anexo de la Resolución de la IGAE de 14 de diciembre de 1999, por la que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a fin de ejercicio. 4) Arrendamientos. No se han registrado operaciones de arrendamiento financiero u otras de naturaleza similar en el ejercicio 2013. 5) Permutas. No se han registrado operaciones en el Sistema de Información Contable en el ejercicio 2013. 6) Activos y Pasivos. No se han registrado operaciones de esta naturaleza durante el ejercicio 2013. 11

7) Coberturas Contables. No se han registrado operaciones en el Sistema de Información Contable durante el año 2013. 8) Existencias. No se han registrado operaciones en el Sistema de Información Contable durante el ejercicio 2013. 9) Activos construidos o adquiridos para otras entidades. No se han registrado operaciones en el Sistema de Información contable durante el ejercicio 2013. 10) Transacciones en moneda extranjera. No se han efectuado operaciones en el año 2013 en moneda extranjera. 11) Ingresos y Gastos se imputan a la cuenta de resultado económico patrimonial o en el estado de cambios de patrimonio neto siguiendo el principio de devengo, es decir, en función de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan, y no en el momento en que se produce la corriente monetaria o financiera derivada de aquéllos. 12) Provisiones y Contingencias. Se contabilizan antes del cierre del ejercicio dos asientos directos que permiten reflejar en el balance de situación un pasivo sobre el que existe incertidumbre acerca de su cuantía o vencimiento: por una parte la provisión para insolvencias por posibles impagos de empresas que han sido sancionadas en materia de protección de datos, y por otra, la provisión para devolución de ingresos de sanciones que pudieran tener que abonarse al año siguiente como consecuencia de la ejecución de futuras sentencias firmes estimatorias y parcialmente estimatorias de los recursos contencioso-administrativos interpuestos contra las Resoluciones sancionadoras de la Agencia. Provisión para insolvencias. De acuerdo con lo establecido en el punto 3 de la Resolución de 14 de diciembre de 1999 de la Intervención General de la Administración de Estado (según la modificación realizada por la 12

Resolución de 26 de noviembre de 2003) por la que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a final de ejercicio, se ha dotado la provisión mediante el seguimiento individualizado de los créditos pendientes de ingresar que se encuentren en cualquiera de las cuatro circunstancias contempladas en dicha normativa: 1. Que haya transcurrido el plazo de un año desde el momento en el que se ha iniciado el periodo ejecutivo, sin que se haya satisfecho la deuda, acordado su compensación, o haya sido aplazada con la aportación de las garantías correspondientes. 2. Que los créditos hayan sido reclamados judicialmente o sean objeto de litigio judicial o procedimiento arbitral de cuya solución dependa su cobro. 3. Que el deudor esté declarado en quiebra, concurso de acreedores, suspensión de pagos o incurso en un procedimiento de quita y espera. 4. Que el deudor esté procesado por alguno de los delitos previstos en los artículo 257 y 258 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. Provisión para devolución de ingresos. En base al principio contable de prudencia, la Agencia ha venido aplicando el método propuesto por la Intervención Delegada del Ministerio de Justicia en su informe de control financiero del 2002, para obtener la cuantía que se prevé devolver en el año siguiente al cierre del ejercicio, realizándose los cálculos en base a los datos históricos de sentencias dictadas desde la creación de este ente público. Sin embargo, durante la auditoría de cuentas del año pasado, dicho órgano de control puso de manifiesto la necesidad de modificar el criterio respecto al ámbito temporal que se venía considerando a la hora de confeccionar la provisión de futuras devoluciones, de tal forma que se recomendó a la Agencia tener en 13

cuenta las sanciones ingresadas con sentencias firmes que fuesen notificadas en los tres últimos años previos al cierre contable. Por lo tanto, el procedimiento de cálculo de la provisión utilizado en el 2013 consiste en dividir los importes de las devoluciones acordadas por los tribunales mediante sentencias firmes notificadas en los últimos tres años y los importes totales de las sanciones ingresadas con sentencias firmes notificadas en los tres últimos años, multiplicándose la cantidad obtenida por los ingresos de sanciones que sean susceptibles de recurso (histórico). El resultado de dicha operación será el importe a provisionar. Asimismo, una vez contabilizada la provisión, a lo largo del siguiente ejercicio contable se va cancelando el saldo existente en la cuenta 585000 del PGCP, por cada uno de los acuerdos de devolución de sanciones que se dicten en cumplimiento con los fallos de las sentencias hasta que coincidan los importes del debe y del haber. No obstante, en el supuesto que a final del año existiese saldo en la cuenta mencionada del PGCP debido a que el importe de la provisión fuese superior a las devoluciones efectuadas, la diferencia positiva resultante entre ambas cantidades se cargaría a la cuenta 585000 con abono a la cuenta 795500 Exceso de provisión para devolución de ingresos. 13) Transferencia y Subvenciones. La Agencia Española de Protección de Datos no concede subvenciones ni realiza transferencias. Únicamente recibe transferencias corrientes de la Unión Europea por reintegro de gastos por 14

concurrencia a diferentes Comisiones y Grupos de Trabajo de la Unión Europea. Las Transferencias recibidas se imputan al resultado del ejercicio en el que se reconocen los derechos. Durante el ejercicio 2013, el importe de estas transferencias ascendió a 22.294,99. 14) Actividades Conjuntas. Este ente público no ha realizado ninguna actividad conjunta durante el ejercicio 2013. 15) Activos en Estado de Venta La Agencia Española de Protección de Datos no posee activos en Estado de Venta. 8 ARRENDAMIENTOS FINANCIEROS Y OTRAS OPERACIONES DE NATURALEZA SIMILAR No se han registrado en el Sistema de Información Contable operaciones de esta naturaleza. 11. COBERTURAS CONTABLES No se han registrado operaciones en el Sistema de Información Contable, relativas a Coberturas Contables 12 ACTIVOS CONSTRUIDOS O ADQUIRIDOS PARA OTRAS ENTIDADES Y OTRAS EXISTENCIAS No se han registrado operaciones en el Sistema de Información Contable en el ejercicio 2013. 13 MONEDA EXTRANJERA No se han realizado transacciones en moneda extranjera en el año 2013. 15 PROVISIONES Y CONTINGENCIAS 15

- Provisión para insolvencias. - Análisis del movimiento de la cuenta 490000 Operaciones de gestión en el ejercicio 2013: Saldo inicial 9.692.941,77 euros Aumentos 5.786.741,20 euros Disminuciones 9.692.941,77 euros Saldo final 5.786.741,20 euros - Aumento durante el ejercicio en los saldos actualizados al tipo de descuento: no es aplicable para la provisión por insolvencias. - El motivo de la provisión para insolvencias viene determinado por los posibles impagos de las sanciones en función de la situación económica en que se encuentren las personas físicas o jurídicas que hayan sido sancionadas ó de la situación jurídica de cada procedimiento sancionador. - Las estimaciones y procedimientos de cálculo para la valoración de las provisiones por insolvencias han sumado un total de 5.786.741,20 euros, cantidad que se desglosa en función del apartado del punto 3 de la Resolución de 14 de diciembre de 1999 de la IGAE que le resulta aplicable: 1. Que haya transcurrido el plazo de un año desde el momento en el que se ha iniciado el periodo ejecutivo, sin que se haya satisfecho la deuda, acordado su compensación, o haya sido aplazada con la aportación de las garantías correspondientes: 3.176.630,33 euros 16

2. Que los créditos hayan sido reclamados judicialmente o sean objeto de litigio judicial o procedimiento arbitral de cuya solución dependa su cobro: 1.406.619,36 euros 3. Que el deudor esté declarado en quiebra, concurso de acreedores, suspensión de pagos o incurso en un procedimiento de quita y espera: 1.203.491,51 euros - Asimismo, es preciso señalar que es difícil saber el importe exacto de las insolvencias que se producirán ya que es impredecible conocer la situación jurídica de los procedimientos sancionadores y de las empresas sancionadas, o conocer aquellas sanciones que se ingresarán durante el ejercicio siguiente, y los importes en aumento o disminución de los derechos reconocidos por sanciones impuestas por incumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal. - Los datos que han servido para el cálculo de la provisión a 31 de diciembre de 2013 se encuentran detallados en el fichero Excel denominado Provisión por insolvencias (2013)13301 que adjuntamos en la información complementaria. - Provisión por devolución de ingresos. - Análisis del movimiento de la cuenta 585000 Provisión a corto plazo para devolución de ingresos en el ejercicio 2013: Saldo inicial 2.284.477,26 euros 17

Aumentos Disminuciones Saldo final 3.700.351,97 euros 2.284.477,26 euros 3.700.351,97 euros - Aumento durante el ejercicio en los saldos actualizados al tipo de descuento: no es aplicable para la provisión por devolución de ingresos de sanciones. - El origen de las devoluciones de ingresos son las sentencias firmes dictadas por la Audiencia Nacional o por el Tribunal Supremo (en el supuesto de que se interpusiera recurso de casación), en las que se estima parcial o totalmente los recursos contencioso-administrativos interpuestos por las empresas que han sido sancionadas por la Agencia Española de Protección de Datos por infracciones tipificadas en la Ley 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal. En este sentido, hay que resaltar que en la actualidad se siguen produciendo bastantes devoluciones por la aplicación de la disposición quincuagésima sexta de de la Ley 2/2011 de 4 de marzo de Economía Sostenible que ha modificado a la baja los importes de las sanciones impuestas por infracciones de la Ley Orgánica de Protección de Datos. - Respecto a las estimaciones y procedimientos de cálculo aplicados para la valoración de las provisiones por devoluciones de ingresos, se ha utilizado el procedimiento ya mencionado: Devoluciones acordadas por los tribunales mediante sentencias firmes estimatorias y parcialmente estimatorias notificadas a la Agencia en los últimos tres años 18 Ingresos de sanciones recurridas en vía contencioso-administrativa

Ingresos de sanciones recurridas en vía contenciosoadministrativa sobre las que han recaído sentencias firmes notificadas a la Agencia en los últimos tres años 12.214.845,01 29.972.651,13 Ratio... 40,75% 19 X sobre las que no se han dictado sentencias firmes X 9.079.883 Provisión por devolución de ingresos a 31-12-2013... 3.700.351,97 - Los datos que han servido para el cálculo de la provisión a 31 de diciembre de 2013 se encuentran detallados en el fichero Excel denominado Provisión por devolución de ingresos (2013)13301 que adjuntamos en la información complementaria. 16 INFORMACIÓN SOBRE EL MEDIO AMBIENTE

En relación con la protección y mejora del medio ambiente, la Agencia Española de Protección de Datos ha realizado las siguientes actuaciones: Adjudicación de la compra de papel de fotocopiadora reciclado, Separación de residuos obligatoria (papel, plásticos y orgánicos) para la empresa adjudicataria del expediente de contratación 125/12 (limpieza de la sede de la AEPD), incluyendo la misma como mejora el reciclado de pilas. Reciclado sin coste alguno para este ente público del tóner gastado de las impresoras laser Adecuación de las luminarias de las oficinas de la Agencia Española de Protección de Datos con la finalidad de conseguir un ahorro energético y una disminución de consumo y gasto del suministro de energía eléctrica. 17 ACTIVOS EN ESTADO DE VENTA La Agencia Española de Protección de Datos, no posee activos en estado de venta. 23 INFORMACIÓN PRESUPUESTARIA Durante el ejercicio 2013, en la Agencia Española de Protección de Datos no ha habido compromisos de gasto de carácter plurianual que no se hayan podido imputar al presupuesto corriente. 27 HECHOS POSTERIORES AL CIERRE No se ha producido ningún acontecimiento relevante con posterioridad al cierre. 20