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Transcripción:

s~cn Ciudad de Buenos Sr. Procurador General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Su despacho. i@s.:..' ~ novíembre de 2017: 116-{ Tengo el agrado de dirigirme a usted en mi carácter de Defensora Oficial ante los Juzgados de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a cargo de la Defensoria N 3 con domicilio en Av. de Mayo 654, 6 piso, CABA, Tel/Fax: 4014-2849, en los autos caratulados: "ROLDAN LAURA Y OTROS el GCBA si Amparo", EXP N A6339/0, en trámite ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario N 20, a cargo de la Dra. Cecilia Mólica Lourido, Secretaria N 40, a cargo de Juan Agustín Cortelezzi, sito en Av. Roque Sáenz Peña 636, PB, CABA, con el fin de solicitarle tenga a bien disponer la difusión del objeto de la presente acción de amparo, mencionado junto a su estado procesal, mediante la publicación en la página web www.buenosaires.gov.ar perteneciente al Gobierno de la Ciudad, a fin de que todas aquellas personas que tengan un interés juridico relevante en integrar el proceso se presenten en el expediente, en el plazo de diez (10) días) constituyan domicilio y manífiesten lo que por derecho corresponda. En dicha comunicación deberá hacerse saber que serán rechazadas in mine las présentaciones que repliquen lo ya argumentado en la demanda que no importen una contribución sustancial al desarrollo del proceso por su pertinencia cojel objeto de debate y su relevancia para la decisión del caso. A tal fin, el

. \.. 1 \ presentante deberá indicar de modo claro y concreto cuál es su contribución sustancial novedosa/ La acción de amparo fue interpuesta contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y el Instituto de Vivienda de la Ciudad con el objeto de que se les ordene a cumplir con las obras incluidas en la propuesta elaborada por la Comisión Técnica creada por la Ley 623 en lo referente a los edificios que componen el Nudo 3 del Conjunto Urbano Soldati (Edificios 96, 97, 88 Y 89). A tal fin, en la acción se solicita que las demandadas presenten un cronograma de obras, las que asimismo deberán contemplar: a) los estudios necesarios para determinar el estado real de la estructura de los edificios y su resistencia (incluyendo las escaleras) y, en función de su resultado, ejecuten de inmediato las tareas de reparación que fuesen imprescindibles para evitar que grietas, filtraciones, corrosión, humedad, oxidación u otras deficiencias aparejen peligro para las personas o bienes, o las hagan ingresar en riesgo de derrumbe; b) la adopción de las previsiones necesarias para facilitar el ingreso, circulación y labor del servicio público de bomberos y el sistema de protección contra incendio en todos sus aspectos, de conformidad con lo desarrollado en el apartado siguiente; c) la manera de garantizar el normal suministro de gas en todas las unidades funcionales del Nudo 3, ejecutando las obras necesarias tendientes a que se cumpla con la normativa vigente, y que se proceda a acondicionar los gabinetes de medidores de gas de los edificios que presentan corrosión en las uniones, y a llevar adelante una verificación general de la instalación en todos los departamentos y espacios comunes;

-,.). ) Ministerio Público de la ºd~f~Qe~2 d) las reparaciones necesarias eléctrica para conjurar riesgo eléctrico y zonas alcance de los habitantes; e) las reparaciones necesarias en la instalación sanitaria (comprendiendo tendido de cañerias, bajadas de agua, desagües cloaca les y pluviales, etc.) para evitar pérdidas y/u obstrucciones tanto en espacios comunes como privados; f) la puesta en valor de la totalidad de los ascensores contemplados en el diseño original y sus espacios de ubicación; g) la rehabilitación del alumbrado común, h) la programación del servicio de limpieza urbana que se brinda en todos los barrios de la Ciudad, y la instalación contenedores de basura en todos los edificios que corresponden al Nudo 3; i) la apertura de espacios comunes que se encuentren ilegalmente cerrados; j) garantizar la potabilidad del agua, llevando adelante las medidas conducentes para asegurar la higiene y la limpieza de los tanques de agua; k) la inmediata reparación de las veredas y limpieza de los escombros de las veredas y áreas verdes que pudieren importar riesgo o inaccesibilidad para la circulación de los vecinos, en especial niños, ancianos y discapacitados. 1) La información sobre el monto de las partidas presupuestarias destinadas al Complejo Urbano Soldati desde el año 2003 a la fecha, detallando el crédito efectivamente ejecutado y las obras realizadas. Finalmente se hace saber que en autos se dictó una medida cautelar con fecha 25/11/2016, la cual fue apelada por el GCBA y confirmada por la Sala I el 30/03/2017. Asimismo, se de

1 informa que el traslado de la demanda se ordenará una vez que se encuentre trabada la litis, o vencido el plazo para hacerlo, y que el plazo de 10 días para integrarla comenzará a correr a partir del vencimiento del plazo de la última de las publicaciones del objeto del juicio ordenadas a fs. 396/415 punto 6. La resolución que ordena el presente establece: "Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 21 de septiembre de 2017. 1.1. Atento a lo solicitado y al tiempo transcurrido (ver fs. 505/506, 508/509 Y 511/512), Iibrense nuevamente los oficios ordenados a fs. 396/415, punto 6, acápites a, c y f, dejándose constancia de su carácter reiteratorio. (00.)" Fdo: Cecilia M. Lourido (Jueza). Y Otro: "Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 25 de noviembre de 2016 (00.) 5. Ordenar la difusión del objeto de la presente acción de amparo y su estado procesal, a fin de que todas aquellas personas que tengan un interés jurídico relevante en integrar el proceso se presenten en el expediente, en el plazo de diez (10) días, constituyan domicilio y manifiesten lo que por derecho corresponda. Serán rechazadas in limine las presentaciones que repliquen lo ya argumentado en la demanda y que no importen una contribución sustancial al desarrollo del proceso por su pertinencia con el objeto de debate y su relevancia para la decisión del caso. A tal fin, el presentante deberá indicar de modo claro y concreto cuál es su contribución sustancial novedosa. 6. Ordenar que la comunicación ordenada precedentemente se instrumente a través de los siguientes medios y por el plazo de diez (10) días: (00.) c) publicación en la pagma web www.buenosaires.qov.ar, perteneciente al GCBA. A tal fin, Iibrese oficio al GCBA, el que se encuentra a cargo de la parte actora.(oo')". Fdo: Cecilia M. Laurido (Jueza).- Quedan autorizados para diligenciar el presente la Sra. Bárbara Fernández de la Puente (DN\. 21.954.441) Y los

) Ministerio Público de la ºd~!~ne~2 señores César Armando Roldán (DNI. 23.824.358), Ignacio (DNI 33.295.605) Y Juan Manuel Sarrais (DNI 23.754.480). Sin otro particular, la saludo atentamente.

G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S "2017 Año de las Energías Renovables" Hoja Adicional de Firmas Oficio judicial Número: Buenos Aires, Referencia: Nuevo Oficio [16522-17] El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 6 pagina/s.