Programa de Declaración Telemática PDT
Programa de Declaración Telemática - PDT El programa de declaración telemática PDT, es un sistema informático desarrollado por SUNAT, con la finalidad de facilitar la elaboración de las declaraciones juradas bajo condiciones de seguridad del registro de la información.
TIPO DE DECLARACIONES DECLARACIONES DETERMINATIVAS: Son las declaraciones en las que el contribuyente determina el importe de los impuestos a pagar; es decir la deuda tributaria en un período determinado.
TIPO DE DECLARACIONES DECLARACIONES INFORMATIVAS: Son las declaraciones en las que el contribuyente o declarante informa sus operaciones o la de terceros a solicitud de la Administración Tributaria y en las cuales no se determina ningún tipo de deuda.
ESTRUCTURA DEL PDT PDT MÓDULO INTEGRADOR MÓDULOS INDEPENDIENTES Es el sistema básico en donde se adicionarán los módulos independientes que permitirá hacer las Declaraciones Juradas. PDT: IGV PDT: Renta Anual PDT: Plame PDT: Retenciones
MÓDULO INTEGRADOR Es el módulo que maneja las opciones de uso común de todas las declaraciones generadas por el Programa de Declaración Telemática como son, entre otras, el registro de declarantes, el generador de envíos, el administrador de usuarios, reportes y copias de seguridad y el actualizador de parámetros. Contiene los módulos independientes y puede crecer dinámicamente albergando cada vez mas declaraciones.
MÓDULOS INDEPENDIENTES Los módulos independientes nos permiten realizar las declaraciones determinativas o informativas que los contribuyentes estuvieran obligados a hacerlas. Tenemos por ejemplo: PDT: IGV-RENTA PDT: PLAME PDT: RENTA ANUAL
MOTIVOS DE RECHAZO La declaración será rechazada si, el Programa Informático de Recepción desarrollado por la SUNAT, luego de verificar el dispositivo ó la información contenida en el dispositivo, detecta alguno de los motivos de rechazo que se detallan a continuación. Las declaraciones rechazadas se consideran no presentadas
El dispositivo contiene virus informático Solución : Volver a generar el archivo de envío en un disquete nuevo o formateado El dispositivo presenta defectos de lectura Solución : Volver a generar el archivo de envío en un disquete nuevo o formateado. Los archivos no fueron generados por el PDT Cuando no se puede desencriptar correctamente el archivo y/o cuando los nombres de los archivos no corresponden a los generados por el PDT. Solución : Ingresar a la opción "modificar", grabar la declaración y generar el archivo de envío nuevamente.
DECLARACIONES SIMPLIFICADAS
MARCO LEGAL Resolución de Superintendencia Nº 120-2009/ SUNAT publicada el 04.06.2009 Resolución de Superintendencia Nº 036-2010/ SUNAT publicada el 31.01.2010 SEGUNDA CATEGORÍA Resolución de Superintendencia Nº 036-2010/ SUNAT publicada el 31.01.2010 USO DE NPS Resolución de Superintendencia Nº 051-2011/ SUNAT publicada el 27.02.2011 Resolución de Superintendencia Nº 053-2011/ SUNAT publicada el 26.02.2011 PRIMERA CATEGORÍA Resolución de Superintendencia Nº 174-2011/ SUNAT publicada el 29.06.2011 CUARTA CATEGORÍA
QUÉ ES? Las declaraciones simplificadas son formularios virtuales que con información mínima permiten realizar a través de la internet, la declaración y pago de los tributos internos. Para utilizarlas el contribuyente sólo debe contar con su clave sol.
CÓMO FUNCIONA? En SUNAT virtual: www.sunat.gob.pe hacer click en DECLARACIÓN Y PAGO e ingresar la clave sol.
QUÉ DECLARACIONES PODEMOS HACER? Actualmente se pueden presentar las siguientes declaraciones: Impuesto a la Renta 1ra. Categoría (arrendamiento) Impuesto a la Renta 2da. Categoría (enajenación de inmuebles) Impuesto a la Renta 3ra. Categoría (régimen general y especial) Impuesto a la Renta 4ta. Categoría (trabajadores independientes) Pago de Tributos, Multas, Costas y cuotas Fraccionamientos.
MODALIDADES DE PAGO Para efectuar el pago por internet, cuenta con dos modalidades con cargo a cuenta afiliados o vía tarjetas de crédito o débito. ** Si el contribuyente contara con una cuenta de detracciones en el Banco de la Nación puede realizar sus pagos con cargo a ésta cuenta; en caso no requiere de afiliación previa.
VENTAJAS Es posible utilizarlas las 24 horas del día y los 365 días del año. No requieren descargarse los formularios, ni instalarlos en la PC. No resulta necesario actualizar ninguna versión. Reducido tiempo invertido en la elaboración de la declaración. La información requerida es mínima. Se minimizan los errores en el llenado de la declaración. Determina intereses moratorios de haberse la declaración presentada fuera del plazo.