El rol de los sindicatos en los sistemas normativo y de control de la OIT Turín, julio de 2010 ernational Training Ce Inte Formación de la OIT 1
Los sindicatos están invitados a participar en: -Elaboración y adopción de NIT -Sumisión a las autoridades competentes -Promoción de la ratificación -Envío de comentarios sobre -aplicación ió de convenios ratificados (artículo 22) -efecto dado a las recomendaciones y a los convenios no ratificados (artículo 19) -Presentación de quejas -Seguimiento a las recomendaciones se los órganos de control Formación de la OIT
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Normas Internacionales del Trabajo Convenios son tratados internacionales una vez ratificados, son legalmente vinculantes si no se ratifican, pueden representar objetivos jurídicos e influir en la legislación nacional 188 convenios Recomendaciones no se someten a ratificación no son legalmente vinculantes proporcionan orientaciones generales o técnicas sobre las políticas y prácticas nacionales 200 recomendaciones Protocolos Formación de la OIT 4
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Procedimiento de doble discusión Sugerencias de gobiernos, trabajadores, empleadores, Oficina de la OIT, organismos de las Naciones Unidas, etc. CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN Función de los interlocutores sociales Participación OFICINA: I Informe OFICINA: II Informe Gobiernos Gobiernos Consulta Consulta COMISIÓN TRIPARTITA DE LA CONFERENCIA Primera discusión Participación OFICINA: III Informe Gobiernos Consulta OFICINA: IV Informe Gobiernos Consulta COMISIÓN TRIPARTITA DE LA CONFERENCIA Segunda discusión SESIÓN PLENARIA DE LA CONFERENCIA Adopción Formación de la OIT 6 Participación Participación
2008 Discusión General El fortalecimiento de la capacidad de la OIT para prestar asistencia a los Miembros en la consecución de sus objetivos en el contexto de la globalización Las calificaciones necesarias para el aumento de la productividad, el crecimiento del empleo y el desarrollo La promoción del empleo rural para reducir la pobreza Elaboración de normas Primera discusión Segunda discusión 2009 Fortalecer las respuestas nacionales al VIH/SIDA en el mundo del trabajo» (con vistas a la adopción de una recomendación autónoma) La protección de los niños y de los jóvenes trabajadores (consolidación) El fortalecimiento de la capacidad de la OIT para prestar asistencia a los Miembros en la consecución de sus objetivos en el contexto de la globalización 2010 p p Trabajo decente para los trabajadores domésticos (acción normativa) Formación de la OIT 7 Fortalecer las respuestas nacionales al VIH/SIDA en el mundo del trabajo» (con vistas a la adopción de una recomendación autónoma)
Sumisión de las NIT: una obligación constitucional Los Estados Miembros están obligados a someter todos los nuevos convenios y recomendaciones a las autoridades d legislativas nacionales competentes en el plazo de un año o, excepcionalmente, 18 meses tras su aprobación. Fundamento: artículo 19, párrafo 5, 6 y 7 de la Constitución de la OIT Formación de la OIT 8
Objetivos de la sumisión de las NIT Promover un diálogo nacional sobre las NIT recientemente adoptadas Promover una toma de decisiones sobre su aplicación nacional Con respecto a los convenios, promover su ratificación. Estimular el diálogo tripartito sobre las NIT Formación de la OIT 9 ernational Training Ce Inte
Ratificación de Convenios Supone el compromiso formal de un Estado Miembro para hacer efectivas, por ley y en la práctica, las disposiciones contenidas en un convenio y someterse a un control internacional sobre su aplicación No se admiten las reservas Formación de la OIT 10 ernational Training Ce Inte
Mecanismos de control de la OIT Sistema de control regular implica p la presentación y examen e de memorias periódicas sobre la aplicación de convenios ratificados Procedimientos especiales de control en caso de alegaciones específicas por violaciones de derechos contra un Estado Miembro Formación de la OIT 11
Proceso de control regular Los gobiernos presentan sus memorias 1º de junio 1º de septiembre Los interlocutores sociales formulan sus comentarios OFICINA INTERNACIONAL DEL TRABAJO Noviembre y Diciembre La COMISIÓN DE EXPERTOS EN APLICACIÓN DE CONVENIOS Y RECOMENDACIONES examina las memorias, comentarios e información conexa Solicitudes directas se envían al gobierno y a los interlocutores sociales del país en cuestión Junio Febrero Marzo Observaciones publicadas en el Informe de la CEACR La COMISIÓN TRIPARTITA DE LA CONFERENCIA DE APLICACIÓN DE NORMAS examina el Informe de la CEACR y discute una serie de casos La CONFERENCIA INTERNACIONAL DEL TRABAJO discute y adopta el Informe de la Comisión en sesión plenaria Formación de la OIT 12
Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones Formada por 20 personas que son juristas de reconocido prestigio nombradas por el Consejo de Administración a propuesta del Director General por un período renovable de tres años independientes, imparciales y objetivas Formación de la OIT 13 ernational Training Ce Inte
Periodicidad Memorias bienales libertad sindical y negociación colectiva: C.87 y C.98 trabajo forzoso: C.29 y C.105 trabajo infantil: C.138 y C.182 igualdad de oportunidades y de trato: C.100 y C.111 política del empleo: C.122 inspección del trabajo: C.81 y C.129 consulta tripartita: C.144 Memorias quinquenales demás Convenios Formación de la OIT 14
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Comisión de Aplicación de Normas Se reúne durante unos 10 días desde el comienzo de la CIT Su orden del día incluye: Informe General de la Comisión de Expertos Estudio General de la Comisión de Expertos Graves incumplimientos de la obligación de presentación de memorias y de otras obligaciones normativas Casos individuales (Sesión especial sobre la aplicación del Convenio núm. 29 por parte de Myanmar) Formación de la OIT 16
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Sistemas especiales de control Comité de Libertad Sindical Reclamaciones (Art. 24 de la Constitución de la OIT) Quejas (Art. 26 de la Constitución de la OIT) Formación de la OIT 18 ernational Training Ce Inte
Reclamaciones Art. 24 Quién puede presentar una reclamación? Cualquier organización de empleadores o trabajadores nacionales o internacionales Para ser admisible, debe: Presentarse por escrito Proceder de una organización profesional de trabajadores o empleadores Referirse específicamente al articulo 24 Referirse a un miembro de la OIT Referirse a un convenio ratificado Indicar de qué modo el Estado no ha cumplido un convenio Formación de la OIT 19
Procedimiento de reclamaciones Organización de empleadores o de trabajadores OFICINA INTERNACIONAL DEL TRABAJO informa al gobierno en cuestión y transmite la reclamación al Consejo de Administración CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN decide sobre la admisibilidad y designa una comisión tripartita COMITÉ DE LIBERTAD SINDICAL si la reclamación se refiere a derechos sindicales COMISIÓN TRIPARTITA solicita información al gobierno en cuestión y presenta un informe de conclusiones y recomendaciones CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN examina el informe y lo adopta Decide si publicar la reclamación y cualquier respuesta del gobierno Comunicación de la decisión a la organización demandante y al gobierno en cuestión Formación de la OIT 20