Subsecretaría de Ganadería Dirección de Sanidad Pecuaria MANUAL OPERATIVO PARA LA REGULACION DE LA SALIDA DE HEMBRAS DE GANADO BOVINO DEL ESTADO DE CHIAPAS Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, 2017
Periódico Oficial No. 315 30 de Agosto de 2017 Decreto por el que se regula la salida de hembras de ganado bovino hacia el exterior del Estado de Chiapas
Introducción Considerando la trascendencia del fenómeno de la movilización de ganado hacia el exterior de nuestra entidad y que con particular relevancia el caso de las hembras de ganado bovino (becerras, novillonas y vacas) carece de control adecuado, debido a la falta de revisión y verificación mediante el uso de instrumentos actuales para su debido seguimiento, siendo una de las consecuencias la fuga de especies de alto valor genético, lo cual merma la población de ganado bovino en la entidad y amenaza la competitividad ganadera del Estado, actualmente se cuenta con el Sistema Nacional de Identificación de Ganado y el Padrón Ganadero Nacional, herramientas que nos permiten conocer el inventario ganadero de nuestro Estado y su estructura, así como hacer posible la realización de un cálculo de la tasa de extracción de ganado a fin de poder estimar la cantidad de hembras necesarias para el reemplazo normal de la ganadería estatal, lo cual permitirá establecer medidas de control sobre la salida de hembras de ganado bovino de nuestra entidad. Atento a lo anterior, resulta prioritario para este gobierno el rescate, promoción y apoyo al sector ganadero a fin de afianzar a Chiapas como uno de los más importantes productores ganado bovino, creando para tal efecto estrategias para promover y fomentar el desarrollo de una ganadería moderna acorde a los avances en este rubro, así como su mejoramiento genético fortaleciendo el campo chiapaneco y a quienes trabajan en él, en la actividad ganadera. Es por ello que se presenta este manual operativo a efecto de poder proveer la certeza jurídica a los particulares y a las autoridades involucradas a través del citado Decreto para la regulación en la salida de hembras de ganado bovino originarias en el Estado de Chiapas.
Objetivo Regular la salida de hembras de ganado bovino hacia el exterior del Estado de Chiapas con la finalidad de evitar la despoblación del hato ganadero estatal y fomentar la inclusión de pie de cría de alta calidad genética y productiva en un marco de certeza jurídica que reconozca el principio de propiedad en los productores ganaderos de nuestro Estado. Garantizar la correcta ejecución de las disposiciones establecidas en la Ley de Fomento y Sanidad Pecuaria para el Estado de Chiapas y el Decreto en mención, debiéndose deberá llevar a cabo la ejecución de los presentes procedimientos en coordinación con las organizaciones de productores ganaderos en el Estado, mismas que deberán estar legalmente constituidas y reconocidas por la SAGARPA y la SECAM.
Atribuciones Es responsabilidad de la Secretaría a través de la Dirección de Regulación Pecuaria : Otorgar a los productores ganaderos primarios, Acopiadores y engordadores el Permiso para la Salida de Hembras de Ganado Bovino del Estado de Chiapas,, previo cumplimiento de las disposiciones referidas en el Decreto a través del presente Manual Operativo. Atender oportunamente los requerimientos de información de las Organizaciones Ganaderas, así como de todo aquel solicitante relacionado con la actividad pecuaria y que deba emitirse con base en la Ley Federal de Transparencia y Protección de datos personales vigente.
Esquema Expedición de Documentos Oficiales Usuario Asociaciones Ganaderas del Estado Usuario Productores Acopiadores y Engordadores Del Estado Clave de Autorización Solicitud Clave de Autorización Usuario Dirección de Regulación Pecuaria Clave de Autorización Guía de Transito Solicitud Clave de Autorización Clave de Autorización Productores Acopiadores y Engordadores Del Estado Verificación física y documental Usuario Inspección física y verificación documental Reporte PVI Verificación física y documental Usuario Autoridades Auxiliares Comparación y validación PVI VS Usuario (Sellar y resguardar) PVI S Inspección física y verificación documental Autoridades Auxiliares
REQUISITOS Requisitar el formato de solicitud de salida de Hembras que podrá obtener en la pagina WEB www.secam.gob.mx, o solicitarla en la Dirección de Regulación Pecuaria (tel. 9616170390 ext. 43075, o al correo electrónico (permisosdrp2017@gmail.com) el cual deberá cumplir con lo estipulado en el Decreto 315 por el que se regula la salida de hembras de ganado bovino hacia el exterior del Estado de Chiapas, de fecha 30 de agosto de 2017 en apego a los art. 3 y 5. Es importante contar con la siguiente información: Clave UPP o PSG de origen vigentes Fierros marcadores Nombre del Destinatario Municipio / Estado Clave UPP o PSG de Destino Relación de aretes SINIIGA (Bovinos Hembras). Registro de corral de acopio vigente Asociación Ganadera que documentará (Tel-email) El permiso para la salida de hembras de ganado bovino se denominara y se emitirá previo cumplimiento de los Artículos 8 y 9 del decreto en mención. Tiempo que dura el trámite: 5 días hábiles a partir de la fecha de recepción del documento en horario de 9:00 a 16:00 horas. Cuando el cupo de extracción asignado a un municipio se halla completado, la Dirección de Regulación Pecuaria notificará esa situación a los centros expedidores de la guía de transito para su conocimiento y se cancelara la emisión de para ganado del municipio en cuestión, suspendiéndose en forma temporal que permanecerá hasta el año siguiente y se reabrirá cuando la secretaria establezca el nuevo cupo de extracción para el siguiente ejercicio.
Mecánica Operativa El formato de salida de bovinos hembra deberá ser llenado en medio electrónico en archivo WORD ( No en PDF o IMAGEN) y enviado al correo permisodrp2017@gmail.com de la Dirección de Regulación Pecuaria, debiendo pegar en donde se le indique la imagen de la firma del solicitante, así como plasmar en la hoja anexa los fierros marcadores, y la relación de aretes SINIIGA, los cuales se cotejarán con el padrón ganadero nacional (PGN) del SINIIGA, con la finalidad de corroborar que los identificadores correspondan a los semovientes a movilizar y se realice el descuento del numero de semovientes autorizados por municipio bajo su respectiva tasa de extracción. Una vez revisada y validada la solicitud, la Dirección de Regulación Pecuaria enviará al solicitante una clave de autorización que deberá de imprimir y presentar ante la asociación ganadera que haya designado para realizar el trámite de la documentación oficial. La Asociación Ganadera deberá comunicarse a la Dirección de Regulación Pecuaria y proporcionar la clave que el solicitante le entregue, la cual será verificada por personal del área a cargo Una vez cotejada y validada la información, la Dirección autoriza a la Asociación Ganadera para la elaboración de la guía de tránsito, por lo que dicha asociación deberá enviar al correo permisosdrp2017@gmail.com el documento debidamente requisitado, posteriormente se emitirá el para su impresión y esta sea proporcionada al productor para que realice la movilización), anexando la documentación zoosanitaria de acuerdo al estatus origen-destino. (GUIA DE TRÁNSITO, CERTIFICADO ZOOSANITARIO, FACTURA) El transportista deberá llevar el original y copia de la autorización de salida y exhibirlo ante las autoridades que así lo requieran y deberá entregarlos para su visado al personal de inspectoría pecuaria del PVI que encuentre en su ruta de salida, mismos que se quedarán con el original del documento, proporcionando la copia visada al transportista para que este continúe con el transito de la movilización. Las solicitudes de salida de hembras que no cumplan con lo estipulado en el decreto antes mencionado serán negadas.
Mecánica Operativa Autoridades Auxiliares y Organismos Auxiliares de Cooperación Las autoridades auxiliares estipuladas en la Ley de Fomento y Sanidad Pecuaria para el estado de Chiapas que se encuentren en puntos fijos o itinerantes deberán solicitar al transportista el (permiso de salida de hembras del ganado Bovino) para su revisión. Los Oficiales de Inspectoría Pecuaria deberán realizar la revisión física y documental de la movilización, debiendo cotejar el usuario con el PVI, corroborando que los datos plasmados en los formatos concuerden para proceder a su visado y con esto permitir se continúe con el transito de la movilización. Cualquier movilización de hembras de ganado bovino con destino hacia el exterior del Estado que incumpla con lo previsto en el Decreto, no podrá realizarse y se iniciará el procedimiento administrativo correspondiente. Así mismo, se realizará el levantamiento de un acta circunstanciada a toda aquella movilización que no cumpla con lo establecido en el presente manual, el decreto y la Ley de Fomento y Sanidad Pecuaria para el Estado de Chiapas, sin perjuicio de las penas que corresponda imponerse cuando los hechos sean constitutivos de delito.
Formatos (Solicitud) MVZ. JUAN DE DIOS CASTILLEJOS MARTINEZ DIRECTOR DE REGULACION PECUARIA P R E S E N T E FECHA: No SOLICITUD: ANEXO PARA LA DESCRIPCION INDIVIDUAL DE LOS IDENTIFICADORES SINIIGA Y FIERROS NÚMERO DE IDENTIFICADORES DE LOS ANIMALES FIERROS POR MEDIO DE LA PRESENTE SOLICITO LA AUTORIZACIÓN PARA LA SALIDA DE HEMBRAS DE GANADO BOVINO DE LA ENTIDAD, COMPROMETIENDOME A CUMPLIR CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTICULOS 180, FRACC. I,II,III, 183,186, 200, 202 Y 203 DE LA LEY DE FOMENTO Y SANIDAD PECUARIA PARA EL ESTADO DE CHIAPAS Y EN APEGO AL DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA SALIDA DE HEMBRAS DE GANADO BOVINO HACIA EL EXTERIOR DEL ESTADO DE CHIAPAS, PUBLICADO EN EL PERIODICO OFICIAL NO. 315 DE FECHA 30 DE AGOSTO DE 2017. NOMBRE DATOS DEL SOLICITANTE DIRECCIÓN MUNICIPIO TELEFONO/ FAX/ E-MAIL REMITENTE: PREDIO: No. DE UPP/PSG VIGENTE: UBICACIÓN: MUNICIPIO: ORIGEN DEL GANADO DATOS ORIGEN-DESTINO DESTINATARIO: PREDIO: No. DE UPP/PSG VIGENTE: UBICACIÓN: MUNICIPIO: DESTINO DEL GANADO ESTADO: ESTADO: REGISTRO DE CORRAL DE ACOPIO RUTA PVI: DESCRIPCION DE LA MOVILIZACION RAZA NUMERO DE HEMBRAS EDAD EN MESES FINALIDAD NOMBRE ASOCIACION GANADERA: CENTRO EXPEDITOR A DOCUMENTAR TEL/CEL E-MAIL ATENTAMENTE ATENTAMENTE NOMBRE Y FIRMA DEL SOLICITANTE NOMBRE Y FIRMA DEL SOLICITANTE
Formatos (Usuario)
Formatos (PVI s)