PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS AYUNTAMIENTO DE GODELLA AUTOREGLAMENTO 2017 Página 1 de 7. 7
AUTOREGLAMENTO El Autoreglamento es un instrumento de configuración del proceso que se desarrolla en los presupuestos participativos y tal como se recoge en el punto 9 Democratización del proceso, la vigencia es temporal y está condicionada a ser algo viva puesto que se acoge al que fija el siguiente párrafo: «se corregirán aquellos aspectos susceptibles de mejora o cambio». 1. INTRODUCCIÓN Los presupuestos participativos son una herramienta o estrategia para la participación y la gestión del municipio, mediante la cual la ciudadanía puede proponer, decidir y realizar el seguimiento de parte de los recursos municipales. El principal objetivo de esta estrategia es potenciar la participación directa de la ciudadanía con el fin de situar, en el centro de atención, las demandas y necesidades en materia de inversión pública y social. Una vez se realiza la proyección de estas demandas de inversión a través de los mecanismos establecidos en el Autorreglamento, se incluyen en el presupuesto anual de la ciudad y se hace un seguimiento de los compromisos conseguidos. 2. CONCEPTUALIZACIÓN DEL AUTOREGLAMENTO Es el instrumento que sirve para definir las normas de funcionamiento del presupuesto participativo. Tiene una concepción dinámica puesto que puede ser actualizado en todos los ejercicios anuales. Es un documento autoregulado visto que son las mismas personas participantes quienes lo elaboran. 3. DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS La democracia participativa. Entendida como un espacio en el que somos todos: los representantes políticos, la ciudadanía y el personal técnico municipal. La cogestión pública. Supone un proceso de hacer propuestas, discutirlas, seleccionar las que consideramos más importantes y realizar el seguimiento. La democracia directa. El proceso se formaliza por medio de asambleas públicas en las cuales rige el principio de igualdad (un/a ciudadano/a, un voto). Página 2 de 7. 7
La democracia representativa ciudadana. Mediante los representantes de las asambleas en la Mesa del presupuesto. Un foro ciudadano abierto. Autoregulado, puesto que establece sus propias normas de funcionamiento respetando las competencias municipales. Un proceso vinculante. En el cual las decisiones, una vez se demuestra la viabilidad técnica, económica y legal, son incorporadas en el presupuesto municipal. La planificación comunitaria. En base a objetivos del tipo: solidaridad, justicia social, equidad entre sexos, edades, zonas, etc., defensa de lo que es público, eliminación del gasto superfluo, capacitación popular en la toma de decisiones y ejercicio de la solidaridad. 4. PRINCIPIOS QUE ORIENTAN EL AUTOREGLAMENTO 4.1. PARTICIPACIÓN UNIVERSAL a) Cualquier persona puede asistir a las asambleas, hacer propuestas. Cada una de las persones asistentes tiene la misma capacidad de decisión y de aportación de ideas con la excepción de las restricciones que figuran en la apartado b) Personas participantes. b) Personas participantes: En las asambleas puede participar todo el vecindario de Godella sin pedir la acreditación de su condición. Podrán participar todas las personas mayores de 14 años. En el caso de ser menor de edad deberán ir acompañados de una persona adulta. Como representantes de la asamblea para la Mesa de los presupuestos participativos, se pueden elegir las personas vecinas de Godella mayores de 18 años. 4.2. ESTRUCTURA TERRITORIAL Y TEMÁTICA DE LAS ASAMBLEAS Con el fin de hacer operativa la manera como se amplifica el efecto y de maximizar las condiciones de participación, las asambleas se estructuran por: BARRIO. Se realizará una asamblea de barrio en la cual se podrán hacer propuestas de inversión pública y/o social en urbanismo, servicios municipales, medio ambiente, equipamiento informático y/o transporte y otros a ejecutar en cualquier barrio de Godella. TEMÁTICA. Se realizará una asamblea en la cual se podrán hacer propuestas sobre temas de cultura, fiestas, juventud, deportes, medio ambiente y otros que implican inversiones públicas y/o sociales. 4.3. REALIZACIÓN DE LAS ASAMBLEAS Con el fin de permitir que los ciudadanos y las ciudadanas que así lo quieran puedan participar tanto en la asamblea de barrio como en la temática, éstas se hacen en fechas diferentes. 4.4. DECISIONES SOBRE UN PORCENTAJE DE LA INVERSIÓN MUNICIPAL El importe destinado a los presupuestos participativos se establece en la Carta de Página 3 de 7. 7
participación ciudadana. El presupuesto del que se dispone se refiere a la partida dedicada a inversiones (Capítulo VI). 4.5. RECOGIDA DE PETICIONES NO VINCULADAS DIRECTAMENTE CON LA INVERSIÓN Con el fin de ampliar la proyección de las reuniones del presupuesto participativo, se recogen todas las propuestas referidas al gasto público municipal; las que se refieren a inversiones públicas y sociales se incorporan al procedimiento establecido por los presupuestos. Las peticiones restantes se remiten a los respectivos departamentos municipales como posibles orientaciones para la gestión sin carácter vinculante. No obstante, los concejales tienen que contestar por escrito sobre la viabilidad. 5. DEFINICIÓN DE PROPUESTAS Y PROCEDIMIENTO El vecindario de Godella que asista a las asambleas puede presentar tantas propuestas como desee. La presentación de las propuestas se realiza de la siguiente forma: Presencial: al comienzo de cada asamblea. Es necesario, para tenerlas en cuenta, que estén escritas en el impreso oficial que se facilitará en la misma asamblea. Telemática: Mediante la web municipal se habilitará un formulario que se podrá rellenar y enviar desde el día 4 de mayo hasta las 14 horas del día de cada una de las asambleas. http://www.godella.es/participacio Las propuestas se defenderán de manera presencial. Sin perjuicio de que pueda delegarse dicha representación mediante un escrito de autorización firmado por el proponente, manifestando su indisponibilidad así como autorizando a la persona encargada a exponer su propuesta. 5.1. LAS PROPUESTAS TIENEN QUE REFERIRSE A: Inversiones nuevas, obras de rehabilitación, modificación o acondicionamiento de una actual. La propuesta tiene que ser viable técnicamente y se tiene que ajustar a la normativa jurídica vigente. Hay que definirlas claramente, concretarlas y evaluarlas económicamente. La ubicación y el ámbito territorial tienen que ser de titularidad municipal. En el supuesto de situarlas en una entidad privada, el carácter de ésta tiene que ser público. Una misma propuesta no se puede presentar en las dos asambleas, de barrio y temática. En las asambleas, las propuestas de características similares se pueden unificar en una sola. 5.2. PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN Una vez se presenten y debatan todas las propuestas, se conformará un listado que se subirá a la plataforma de votación telemática para su votación por parte de la ciudadanía de Godella. Las 8 más votadas se entregarán al personal técnico del Ayuntamiento para que hagan un informe de viabilidad y las valoren económicamente. Una vez finalizada su Página 4 de 7. 7
evaluación serán sometidas a una segunda votación, para pasar posteriormente a la Mesa de Pressupuestos Participativos. 6. LAS ASAMBLEAS 6.1. LAS ASAMBLEAS TENDRÁN LUGAR EN: ASAMBLEA BARRIO : 17-05-2017 TEMÁTICA : 10-05-2017 LUGAR Y HORA DE REALIZACIÓN SALÓN DE ACTOS CENTRO SERVICIOS SOCIALES VILLA TERESITA 19.30 horas SALÓN DE ACTOS CENTRO SERVICIOS SOCIALES VILLA TERESITA 19.30 horas 6.2. LA COORDINACIÓN DE LAS ASAMBLEAS La coordinación se realiza a través de una persona representante ciudadana elegida en la misma asamblea. Si una asamblea no tiene coordinador, la corporación municipal se responsabiliza. 6.3. EL FUNCIONAMIENTO DE LAS ASAMBLEAS Presentación de la persona coordinadora Elaboración de las propuestas Presentación pública y defensa de las propuestas Selección de las personas delegadas para representar la asamblea en la Mesa de los presupuestos, más una persona sustituta. Hay que procurar tener una representación paritaria en cuanto al género de las persones representantes. Una misma persona no puede ser elegida en más de una asamblea. No se puede elegir como representante una persona que ocupe un cargo político en el Pleno municipal ni que sea empleada municipal. 6.4 VOTACIONES TELEMÁTICAS En la página web del Ayuntamiento de Godella y del facebook de participación ciudadana contaremos con un banner de las votaciones de participación ciudadana. Cuando accedamos a este banner lo primero que encontraremos será el requerimiento de la identificación de la persona que quiera votar, mediante la introducción de su nº de DNI. El sistema tendrá previsto su comprobación con el padrón municipal. Nada más podrán votar las personas que sean mayor de edad. Cada persona podrá elegir hasta un máximo de dos propuestas del listado. Página 5 de 7. 7
Para poder ejercer su derecho al voto el Ayuntamiento dispone de diferentes puntos en dependencias municipales: Biblioteca municipal y Casal Jove almatadero y se habilitarán 2 ordenadores en el edificio Jacaranda. 7. LOS ÓRGANOS DE REPRESENTACIÓN 7.1. LA MESA DE LOS PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS: COMPOSICIÓN La Mesa de los presupuestos participativos es el órgano de representación de las asambleas y el espacio en el cual las personas representantes canalicen las propuestas provenientes de las asambleas. Se compone de 8 representantes: 4 por cada asamblea, los cuales serán elegidos por votación de entre las personas que quieran presentarse. Dispone de la colaboración del personal administrativo y técnico para el buen funcionamiento. La Mesa funciona en sesiones públicas y abiertas, a pesar de que la capacidad de decisión (votación) es exclusiva de las persones representantes elegidas en cada asamblea. El resto de las persones asistentes no puede intervenir en las discusiones previas a la votación. 7.2 LA MESA DE LOS PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS: FUNCIONAMIENTO DE LA PRIMERA FASE Elegir un coordinador entre las persones representantes de las diferentes asambleas. Presentar las propuestas provenientes de las diferentes asambleas por parte de uno de los representantes de cada asamblea. Hacer las aclaraciones y las explicaciones convenientes. Resolver los posibles conflictos y proyectar mejoras para los siguientes ejercicios del presupuesto participativo. 7.3. LA MESA DE LOS PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS: FUNCIONES DE LA SEGUNDA FASE Con los resultados de la segunda votación realizada por la ciudadanía de Godella, cada representante tiene que elaborar una lista con las propuestas que considera más interesantes de ejecutar, con la condición de que la suma total de la ejecución de sus propuestas no exceda la cantidad destinada por el Ayuntamiento para el actual ejercicio presupuestario. Para la ordenación definitiva de la relación de las propuestas, cada representante tiene que hacer pública su lista, se suman las puntuaciones de cada propuesta y, finalmente, se publica una lista ordenada en sentido descendente; primero la más votada y finalmente la menos votada. Página 6 de 7. 7
Una vez finalizada la fase de priorización, se aprueba el orden de las propuestas y el mandato de ejecutarlas en orden descendente, hasta agotar el presupuesto destinado a los presupuestos participativos. La lista priorizada, junto al documento en que constan las votaciones tanto de las propuestas como de la petición de ejecución, es el documento final que se tiene que trasladar al Ayuntamiento para que tome conocimiento y lo lleve a cabo. Finalmente, las persones miembros de la Mesa tienen que elegir entre ellas mismas quién son los representantes en la Comisión de Seguimiento. 7.4. LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO La función esencial de la Comisión de Seguimiento es velar para que se cumplan los acuerdos que adopte la Mesa de los presupuestos participativos. Por ello, hay que hacer el seguimiento de la ejecución correspondiente y disponer de la información pertinente para el buen desarrollo. Estará compuesta de 8 miembros, 4 por asamblea y convoca, a los 6 meses, una asamblea extraordinaria de presupuestos participativos para informar de la evolución así como del resto de las propuestas realizadas a los presupuestos municipales. Las reuniones de esta Comisión se tienen que convocar por consenso entre las persones miembros, sin ningún calendario preestablecido y realizarse en función de las necesidades y de la disponibilidad de las personas miembros. Hay que disolver la Comisión cuando sus funciones finalicen al concluir la ejecución de las propuestas aprobadas por la Mesa de los presupuestos participativos para el ejercicio en curso. 8. DEMOCRATIZACIÓN DEL PROCESO Toda la documentación, como las actas, los acuerdos y los procedimientos de elección que se realicen, tiene que ser custodiada por el Departamento de Participación Ciudadana y tiene que estar a libre disposición de la ciudadanía que quiera consultarlos. Todos los órganos de trabajo y grupos tienen un carácter público. Se difundirá la información detallada de los procesos seguidos a lo largo del periodo del presupuesto participativo por medio del Boletín de Información Municipal (BIM) y de la página web municipal. Este Autoreglamento tiene una vigencia temporal desde la aprobación correspondiente hasta la primera asamblea o jornada formativa que tenga lugar al inicio de los presupuestos participativos del 2018. En esta asamblea, se analizará la situación del presupuesto municipal en conjunto y se corregirán aquellos aspectos susceptibles de mejora o cambio. Página 7 de 7. 7