REGLAMENTO REGULADOR DE LOS ESTUDIANTES DELEGADO/AS DE CURSO ESCUELA DE ARQUITECTURA
|
|
- Lourdes Gallego Camacho
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 REGLAMENTO REGULADOR DE LOS ESTUDIANTES DELEGADO/AS DE CURSO ESCUELA DE
2 INTRODUCCIÓN: Los representantes de estudiantes en los órganos colegiados de la ULPGC están contemplados en los Estatutos de la ULPGC como miembros de la comunidad universitaria, pero no ocurre lo mismo con los Delegado/as de curso que no están contemplados ni en los Estatutos de la ULPGC ni en el Reglamento de Régimen Interno de la Escuela de Arquitectura. Sin embargo, la ULPGC considera susceptibles de reconocimiento de hasta 2 créditos de libre configuración a las actividades de representación de los Delegado/as de clase. Por otro lado, a pesar de que en las escuelas y facultades de la ULPGC existen delegaciones de estudiantes para las distintas titulaciones que en ellas se imparten, y se les ha dotado de una página en el seno de la Web institucional, no existe ningún tipo de reglamentación institucional que regule su organización y funcionamiento. La Escuela de Arquitectura de la ULPGC, consciente de la existencia de hecho de la figura de los Delegado/as y Subdelegado/as de curso y del papel que desarrollan como vehículo de participación de los estudiantes en la marcha cotidiana de la vida académica de los departamentos y centros de la Universidad, así como de su indudable contribución a la mejora de las relaciones con el profesorado y otros órganos universitarios, ha creído conveniente regular sus funciones y forma de elección. Con el propósito de dotar a éstos órganos de normas de organización y funcionamiento eficientes y operativos ha sido elaborado el presente proyecto de Reglamento regulador de los Estudiantes Delegado/as de Curso. Reglamento regulador de los Delegados de curso y de las Delegaciones de Estudiantes 2/8
3 CAPÍTULO - PRIMERO. DELEGADO/AS. DEFINICIÓN Y FUNCIONES Artículo 1.- Cada uno de los cursos de cada titulación dispondrá de un Delegado/a y un Subdelegado/a que será elegido por y entre los estudiantes de cada curso. Su mandato tendrá la duración del año académico en el que fueron elegidos. El Delegado/a de curso es el máximo representante de los estudiantes del mismo, debiendo canalizar a través de él toda la información pertinente. Si algún curso careciese de Delegado/a, para canalizar cualquier información tendrá que acreditarse a un portavoz con al menos una cuarta parte de las firmas de los matriculados en el ámbito donde afecta (asignatura, grupo o curso), para que sea considerado como representante del mismo. Cuando un curso esté desdoblado en grupos, habrá un Subdelegado/a por cada grupo. La figura del Estudiante Delegado de Curso es incompatible con la del Estudiante Mentor. Artículo 2.- Son funciones de los Delegado/as y Subdelegado/as de curso de la Escuela de Arquitectura las siguientes: 1.- Representar a los estudiantes de cada curso ante el profesorado, Departamento y Escuela, sin perjuicio de las funciones representativas que correspondan a los estudiantes miembros de los órganos colegiados de la ULPGC. 2.- Exponer ante el Profesor Tutor de Curso las propuestas, peticiones y quejas de los estudiantes de su curso. 3.- Informar y transmitir aquellas comunicaciones necesarias para la adecuada relación entre los estudiantes y cualquiera de los órganos de la ULPGC. Reglamento regulador de los Delegados de curso y de las Delegaciones de Estudiantes 3/8
4 4.- Convocar a los estudiantes de su curso tantas veces como consideren oportuno para el correcto cumplimiento de su función, respetando al máximo la programación docente. 5.- Remitir a los representantes de los estudiantes en los órganos de gobierno de los Departamentos y de la Escuela las propuestas, peticiones y quejas que deban ser trasladadas a los órganos de gobierno. 6.- Contribuir al desarrollo y calidad de los fines que la Universidad tiene legalmente encomendados, mediante actos, programas y otras actividades que puedan redundar en su beneficio. 7.- Acudir a las reuniones que se les convoque relacionadas con el ejercicio de las funciones de su cargo. 8.- Cualesquiera otras necesarias para el adecuado cumplimiento de su mandato representativo. 9.- Los Subdelegado/as realizarán junto con los Delegado/as las funciones antes descritas y sustituirán al Delegado/a en los casos de ausencia del mismo. Artículo 3.- Tanto el Delegado/a como el Subdelegado/a causarán baja por: a) Renuncia expresa presentada al Director/a del Centro. b) Pérdida de la condición de estudiante del curso por el que ha sido elegido. c) Dejación de sus funciones corroborado por petición, presentada al Director/a del Centro, firmada por el 50% de los estudiantes del correspondiente curso. CAPÍTULO SEGUNDO. ELECCIÓN Artículo 4.- La elección de los Delegado/as y Subdelegado/as de curso de la Arquitectura se ajustará a lo establecido en las presentes normas. Escuela de Reglamento regulador de los Delegados de curso y de las Delegaciones de Estudiantes 4/8
5 Artículo 5.- Serán electores y elegibles todos los estudiantes matriculados en alguna de las titulaciones oficiales impartidas por la Escuela de Arquitectura. El derecho de sufragio se ejercerá personalmente y el voto será, libre, directo, igual y secreto. Cada estudiante solo podrá presentar su candidatura y emitir su voto en el curso en el que esté matriculado del mayor número de créditos. En caso de igualdad de créditos en dos o más cursos lo hará en el curso superior. La circunscripción electoral para la elección de Delegado/a y Subdelegado/a será el curso. Artículo 6.- En la penúltima semana de octubre, el Director/a del Centro convocará la celebración de elecciones a Delegado/as y Subdelegado/as de Curso, así como el calendario electoral que se ajustará al siguiente modelo: DIA ACTUACIONES 1º PUBLICACION DEL CENSO 4º FIN DEL PLAZO DE RECLAMACIONES 6º PUBLICACION DEFINITIVA DEL CENSO 9º FIN DEL PLAZO DE PRESENTACION DE CANDIDATURA 10º PUBLICACION DE CANDIDATOS 11º VOTACION Y ESCRUTINIO 12º PUBLICACION DE CANDIDATOS ELECTOS 14º PROCLAMACIÓN DEFINITIVA DE LOS CANDIDATOS ELECTOS. En la convocatoria además se fijará el lugar y la duración de la votación, indicando la hora de comienzo y fin de las votaciones. La publicación de la convocatoria de elecciones y de los censos se efectuará en los tablones de la Escuela, en las correspondientes aulas y en la página Web. Los plazos para las reclamaciones al censo y las proclamaciones de candidatos empezarán a contar a partir de su publicación en la página Web de la Escuela. Reglamento regulador de los Delegados de curso y de las Delegaciones de Estudiantes 5/8
6 Artículo 7.- La presentación de candidaturas habrá de hacerse por escrito, indicando: nombre y apellidos, DNI, curso y titulación del candidato y manifestación de su voluntad de concurrir como candidato a las elecciones a Delegado/as y Subdelegado/as, fecha y firma. Si el número de candidatos coincidiera o fuese inferior al de puestos a cubrir, resultará automáticamente elegido como Delegado/a el/la candidato/a presentado/a, sin necesidad de proceder a su votación. Si no se hubiesen presentado candidatos todos los estudiantes del censo que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4 serán simultáneamente declarados elegibles. Artículo 8.- La votación podrá ser presencial o virtual siendo el Director/a del Centro quien determine la modalidad a utilizar. Artículo 9.- La modalidad presencial se ajustará a los siguientes requisitos: a) En cada circunscripción se constituirá una Mesa electoral formada por un Presidente y dos vocales. El Presidente será un Profesor designado por el Director/a del Centro de la Escuela o en su defecto por el Subdirector/ra de Ordenación Académica. Serán vocales los dos estudiantes que no siendo candidatos sean el primero y último de la lista alfabética del censo electoral del curso. b) Si todos los estudiantes hubieran presentado su candidatura, esta circunstancia no será eximente para su participación como vocal. c) El desempeño de los cargos de Presidente y vocal será obligatorio. d) Corresponde a la Mesa Electoral organizar, inmediatamente antes de la celebración de las elecciones, la presentación pública de candidatos, recibir los votos emitidos Reglamento regulador de los Delegados de curso y de las Delegaciones de Estudiantes 6/8
7 por los electores y realizar el escrutinio de la votación y la comunicación de los resultados al Director/a del Centro de la Escuela. Artículo 10.- El día establecido en la convocatoria y durante el transcurso de la clase en la que se imparta la asignatura troncal con más estudiantes matriculados se constituirá la Mesa electoral y tendrá lugar la presentación pública de los candidatos a la elección, quienes dispondrán de 5 minutos para defender su programa de Transcurrida la votación, se procederá al escrutinio de los votos en acto público. Se considerarán nulas las papeletas que contengan el nombre de más de un candidato, las que no consistan estrictamente en la expresión del nombre de un candidato y las ilegibles o que no permitan la identificación exacta del candidato votado. Realizado el recuento de votos se levantará acta de los resultados, que será firmada por los miembros de la Mesa. Será proclamado Delegado/a el candidato más votado. El o los siguientes en número de votos serán Subdelegado/as. En caso de empate los elegidos podrán optar por decidir entre ellos o proceder a una segunda votación. La relación ordenada de candidatos no electos se utilizará para cubrir las sustituciones siguiendo el orden de mayor a menor cantidad de votos obtenidos. Artículo 13.- En la modalidad virtual la votación se realizará a través del campus virtual o por la herramienta informática más conveniente en ese momento y que determinará el Director/a del Centro, teniendo en cuenta asegurar el carácter personal y directo de la votación así como la libertad y el secreto del voto. En este caso el período de votación puede quedar ampliado a dos días, concluyendo a las 24 horas del día siguiente al del comienzo de la votación. Corresponde a la Secretaría levantar acta del recuento y su eliminación de la página Web en las siguientes 12 horas del cierre de la votación. Reglamento regulador de los Delegados de curso y de las Delegaciones de Estudiantes 7/8
8 Artículo 14.- El Director/a del Centro publicará los resultados en los tablones de la Universidad, en los de las correspondientes aulas y en la página Web del centro. Corresponderá a la Secretaría del Centro la custodia de las actas electorales. Artículo 15.- Contra la proclamación de electos y otros actos de aplicación de este procedimiento electoral cabrá interponer reclamación ante el Director/a del Centro en el plazo de 2 días, contados a partir del siguiente a la proclamación. Las reclamaciones deberán resolverse al día siguiente. Transcurrido dicho plazo sin que recaiga resolución expresa las reclamaciones se considerarán desestimadas. Frente a la desestimación por el Director/a del Centro podrá interponerse recurso de alzada ante el Rector de la Universidad. DISPOSICIÓN FINAL El presente Reglamento entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria. En Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de Noviembre de 2012 Reglamento regulador de los Delegados de curso y de las Delegaciones de Estudiantes 8/8
PROPUESTA DE REGLAMENTO REGULADOR DE LOS DELEGADOS DE GRUPO O CUR- SO DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
PROPUESTA DE REGLAMENTO REGULADOR DE LOS DELEGADOS DE GRUPO O CUR- SO DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE La representación estudiantil está contemplada y regulada a través de diversos documentos en la normativa
Más detallesREGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE LOS DELEGADOS DE GRUPO DE LA FACULTAD DE BIOLOGÍA
REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE LOS DELEGADOS DE GRUPO DE LA FACULTAD DE BIOLOGÍA Preámbulo Este reglamento establece la organización a principio de curso de la elección de los representantes de cada clase,
Más detallesDIRECTRICES PARA EL DESARROLLO DE LAS ELECCIONES DE DELEGADOS DE GRUPO, DE TITULACIÓN Y DE FACULTAD O ESCUELA DE LA URJC.
DIRECTRICES PARA EL DESARROLLO DE LAS ELECCIONES DE DELEGADOS DE GRUPO, DE TITULACIÓN Y DE FACULTAD O ESCUELA DE LA URJC. El Consejo de Gobierno de la Universidad Rey Juan Carlos, en cumplimiento del artículo
Más detallesACUERDO. Segundo.- El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el Consejo de Gobierno
ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE DELEGADOS Y SUBDELEGADOS EN LAS ENSEÑANZAS DE GRADO, MÁSTER Y DOCTORADO DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA Los
Más detallesReglamento de Elección de Delegados de Clase. Artículo 1: Objeto del presente Reglamento
Artículo 1: Objeto del presente Reglamento Este reglamento tiene por objeto regular la figura de los Delegados y Subdelegados de clase de la Universidad de Almería, así como establecer el procedimiento
Más detallesNORMATIVA PARA LAS ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL ALUMNADO DE LA FACULTAD DE DERECHO TÍTULO PRELIMINAR
NORMATIVA PARA LAS ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL ALUMNADO DE LA FACULTAD DE DERECHO Artículo 1. Objeto (Aprobado en Junta de Facultad de 3 de marzo de 2015) TÍTULO PRELIMINAR Esta Normativa tiene por
Más detallesElecciones a la Comisión Ejecutiva Reglamento General Orgánico: Régimen Electoral
Elecciones a la Comisión Ejecutiva Reglamento General Orgánico: Régimen Electoral Reglamento aprobado por la Comisión Ejecutiva el 15 de octubre de 2015 en la ciudad de San Salvador (El Salvador) DISPOSICIONES
Más detallesEDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA Y DE LOS CENTROS PÚBLICOS ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL. (CORREGIDO) ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL
MARCO NOATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN DECRETO 328/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LAS ESCUELAS INFANTILES DE SEGUNDO CICLO, DE LOS COLEGIOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA, DE
Más detallesDECRETO 327/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA.
MARCO NOATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN DECRETO 327/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA. (Corregido) REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS
Más detallesc) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
Artículo 127 (LOMCE) Competencias del Consejo Escolar. El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes competencias: a) Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el Capítulo II del Título
Más detallesREGLAMENTO DE DELEGADOS DE CLASE
REGLAMENTO DE DELEGADOS DE CLASE (Aprobado en Junta de Facultad el 28-09-12) La elección de Delegados de Clase tiene como objeto dotar a la Facultad de Química de un vehículo de representación de los alumnos
Más detalles19 de octubre LUNES 20 de octubre MARTES 22 de octubre MIÉRCOLES
19 de octubre 20 de octubre MARTES 22 de octubre 27 de octubre MARTES 28 de octubre 11 de noviembre 12 de noviembre JUEVES 16 de noviembre 26 de noviembre JUEVES 27 de noviembre VIERNES 30 de noviembre
Más detallesREGULAMENTO ELECTORAL GENERAL PARA LA ELECCIÓN DE COMISIONES EN LA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE ENXEÑEIROS DE CAMIÑOS, CANAIS E PORTOS DA UNIVERSIDADE
REGULAMENTO ELECTORAL GENERAL PARA LA ELECCIÓN DE COMISIONES EN LA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE ENXEÑEIROS DE CAMIÑOS, CANAIS E PORTOS DA UNIVERSIDADE DA CORUÑA Aprobado en Xunta de Escola o día 2 de marzo
Más detallesCentro Asociado Madrid-Sur
NORMATIVA ELECTORAL DE CONVOCATORIA DEL CLAUSTRO DEL CENTRO ASOCIADO DE MADRID-SUR COMPLEMENTARIA AL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO ASOCIADO TÍTULO I: ELECCIONES DE LOS MIEMBROS
Más detallesEl consejo escolar. 2. El consejo escolar de los institutos estará compuesto por los siguientes miembros:
COMPOSICIÓN:(BOE 21-02-1996) El consejo escolar 2. El consejo escolar de los institutos estará compuesto por los siguientes miembros: a) El director del instituto, que será su presidente. b) El jefe de
Más detallesREGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE ORDENACIÓN ACADÉMICA DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA
REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE ORDENACIÓN ACADÉMICA DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA (Aprobado por la Junta de Facultad el 15 de noviembre de 2004; modificado por la Junta
Más detallesASOCIACION DE ANTIGUOS ALUMNOS DEL MÁSTER EN DIPLOMACIA Y RELACIONES INTERNACIONALES DE LA ESCUELA DIPLOMÁTICA REGLAMENTO ELECTORAL
REGLAMENTO ELECTORAL 1 CONVOCATORIA Artículo 1. Las elecciones serán convocadas por la Junta Directiva con, al menos 1 mes de antelación a su fecha de celebración, expresando los puestos a cubrir si se
Más detallesNormativa para las elecciones a Consejo de Gobierno de la Universidad de Murcia 1 TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES
Normativa para las elecciones a Consejo de Gobierno de la Universidad de Murcia 1 TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º Esta Normativa tiene por objeto determinar la composición del próximo Consejo
Más detallesCALENDARIO ELECTORAL elecciones Director Departamento
CALENDARIO ELECTORAL elecciones Director Departamento - Presentación de candidaturas: 4 de julio de 2014 (13:00h) a 8 de julio de 2014 (09:30h) en la Secretaría del Departamento de Tecnología Electrónica,
Más detallesCAPÍTULO II.- PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN DE LOS MIEMBROS DEL ÓRGANO MÁXIMO DE REPRESENTACIÓN COMPOSICIÓN DEL ÓRGANO MÁXIMO DE REPRESENTACIÓN
TEXTO REFUNDIDO DEL DECRETO 258/1996, de 12 de noviembre, por el que se regula el procedimiento de elección y renovación parcial del Órgano Máximo de Representación de los centros docentes públicos no
Más detallesColegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia
Convocatoria de elecciones 2016-2020 Junta de Gobierno y Junta de Garantías Murcia, 1 de abril de 2016 La Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia, en sesión celebrada
Más detallesPREGUNTAS FRECUENTES ELECCIONES A CONSEJO DE DEPARTAMENTO
PREGUNTAS FRECUENTES ELECCIONES A CONSEJO DE DEPARTAMENTO ÍNDICE 1 COMPOSICIÓN DEL CONSEJO... 3 2 CENSO ELECTORAL... 3 3 DETERMINACIÓN DE PLAZAS VACANTES...5 4 CANDIDATURAS... 6 5 MESAS ELECTORALES...
Más detallesREGLAMENTO ELECTORAL
REGLAMENTO ELECTORAL AÑO 2014 FEDERACIÓN DE DEPORTES DE INVIERNO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS De conformidad con lo dispuesto en los Estatutos de la Federación de Deportes de Invierno del Principado de Asturias,
Más detallesConselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte
Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte BORRADOR de la RESOLUCIÓN de X de XX del 2015, de la Dirección General
Más detallesNormativa para la elección de delegados de titulación (Aprobada en Comisión Gestora de 20/12/96)
Normativa para la elección de delegados de titulación (Aprobada en Comisión Gestora de 20/12/96) Título I: De la Elección de Delegados/as de Titulación en la Universidad de huelva. Capítulo I: Normas Generales.
Más detallesELECCIONES A CLAUSTRO, JUNTAS DE FACULTAD Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO 2015 INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL
ELECCIONES A CLAUSTRO, JUNTAS DE FACULTAD Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO 2015 INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL Por Resolución del Rector de 24 de septiembre de 2015 se convocan elecciones
Más detallesREGLAMENTO ELECTORAL DE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE GRADUADOS EN RADIOLOGÍA (SEGRA)
REGLAMENTO ELECTORAL DE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE GRADUADOS EN RADIOLOGÍA (SEGRA) Artículo 1. Las elecciones serán convocadas por la Junta Directiva con, al menos, 60 días de antelación, expresando los puestos
Más detallesREGLAMENTO PARA LAS ELECCIONES
Pág.: 1/5 Los Estatutos de la Federación Española de Sociedades de Archivística, Biblioteconomía, Documentación y Museística (FESABID) regulan la composición, las funciones y el procedimiento de constitución
Más detallesANEXO - I. Durante el citado curso deben realizar elecciones a Consejo Escolar:
ANEXO - I ORIENTACIONES COMPLEMENTARIAS PARA LA CONSTITUCIÓN Y RENOVACIÓN DE CONSEJOS ESCOLARES EN ESCUELAS INFANTILES DE PRIMER Y SEGUNDO CICLO DE LA COMUNIDAD DE MADRID DURANTE EL CURSO ESCOLAR 2016-2017
Más detallesUNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. Departamento de Arquitectura y Tecnología de la Edificación
Acta 1ª de la reunión de la Mesa electoral de las elecciones a los Representantes de Estudiantes a Consejo de Departamento de Arquitectura y Tecnología de la Edificación. Según acuerdo de Consejo del Departamento
Más detallesREGLAMENTO ELECTORAL
1 REGLAMENTO ELECTORAL Abril 2018 2 REGLAMENTO ELECTORAL PREÁMBULO. Este Reglamento Electoral regula la elección del Comité Ejecutivo de la Federación de Asociaciones de Empresas de Tecnologías de la Información,
Más detallesCONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA CONSTITUCION DE JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO OFICIAL DE PSICOLOGOS DE LA REGIÓN DE MURCIA.
CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA CONSTITUCION DE JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO OFICIAL DE PSICOLOGOS DE LA REGIÓN DE MURCIA. De conformidad con el artículo 62 y capítulo VI de los Estatutos del Colegio
Más detallesÍNDICE DE DOCUMENTOS ORIENTATIVOS PARA LAS ELECCIONES A CONSEJOS ESCOLARES Y CONSEJOS DE RESIDENCIAS.
ÍNDICE DE DOCUMENTOS ORIENTATIVOS PARA LAS ELECCIONES A CONSEJOS ESCOLARES Y CONSEJOS DE RESIDENCIAS. 1. Convocatoria para la designación, mediante sorteo público, de la Junta Electoral. 2. Convocatoria
Más detallesUNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. Escuela Técnica Superior de Arquitectura y Edificación
Acta 1ª de la reunión de la Mesa electoral de las elecciones a Director/a de la de la Universidad Politécnica de Cartagena Según acuerdo de la Junta Extraordinaria de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura
Más detallesTÍTULO I: DE LA JUNTA DE CENTRO DE LA FACULTAD DE DERECHO
REGLAMENTO DE ELECCIÓN Y CONSTITUCIÓN DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOS DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA (modificado por la Junta de Centro en su sesión del 14 de octubre de 2015) De acuerdo
Más detallesColegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia
Convocatoria de elecciones para cubrir la presidencia y secretaría de la Junta de Garantías del Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia Murcia, 22 de noviembre de 2016 La Junta de Gobierno
Más detallesPROPUESTA MODIFICACIÓN PUNTUAL ESTATUTOS MAYO DE 1014
PROPUESTA MODIFICACIÓN PUNTUAL ESTATUTOS MAYO DE 1014 4.- RÉGIMEN ELECTORAL. MESAS ELECTORALES, VOTO POR CORREO, VOTO ELECTRÓNICO. ARTS. 95 Y 98 A 100. REDACCIÓN ACTUAL. MESAS ELECTORALES ART. 95 En cada
Más detallesREGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD SAN PABLO-CEU
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD SAN PABLO-CEU Exposición de motivos De conformidad a lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades,
Más detallesREGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL
REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL INDICE Artículo 1. Articulo 2. Articulo 3. Articulo 4. Artículo 5. Artículo 6. Artículo 7. Artículo 8. Artículo 9. Artículo 10. Artículo 11. Artículo
Más detallesANEXO - I ORIENTACIONES COMPLEMENTARIAS PARA
ANEXO - I ORIENTACIONES COMPLEMENTARIAS PARA LA CONSTITUCIÓN Y RENOVACIÓN E CONSEJOS ESCOLARES EN ESCUELAS INFANTILES E PRIMER Y SEGUNO CICLO E LA COMUNIA E MARI URANTE EL CURSO ESCOLAR 2018-2019 La Orden
Más detallesNORMATIVA DE ELECCIONES PARCIALES PARA EL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ. (Octubre de Enero de 2018)
NORMATIVA DE ELECCIONES PARCIALES PARA EL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (Octubre de 2017- Enero de 2018) De acuerdo con lo establecido en el artículo 14.3 de los Estatutos de la Universidad de Alcalá
Más detalles2. La composición de estos Consejos Escolares será la siguiente: ( / )
ELECCIONES CONSEJO ESCOLAR EE.OO.II. 2010 BORM Lunes, 31 de enero de 2005 Número 24 Páginas 2423-2437 (EXTRACTO) Artículo 2.- Composición de los Consejos Escolares. 1. El Consejo Escolar en los centros
Más detallesREGLAMENTO ELECTORAL FEDERACIÓN DE DEPORTES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD FÍSICA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
REGLAMENTO ELECTORAL FEDERACIÓN DE DEPORTES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD FÍSICA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS De conformidad con lo dispuesto en los Estatutos de la Federación de Deportes para Personas
Más detallesELECCIONES 2017 RENOVACIÓN JUNTA DIRECTIVA
ELECCIONES 2017 RENOVACIÓN JUNTA DIRECTIVA De conformidad con lo establecido en el artículo 42 de los Estatutos de la Sociedad Española de Enfermería Neurológica y con el artículo 29 sobre la composición
Más detallesExposición de motivos. Título Preliminar
REGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES DE ESTUDIANTES, APROBADO POR EL CONSEJO DE GOBIERNO EN SESIÓN DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2010 Exposición de motivos La reciente modificación de los Estatutos de la
Más detalles1. El Consejo escolar de los centros docentes públicos estará compuesto por los siguientes miembros:
Decreto 76/2007, de 20 de junio, por el que se regula la participación de la comunidad educativa y los órganos de gobierno de los centros docentes públicos que imparten enseñanzas de carácter no universitario
Más detallesREGLAMENTO DE LA DELEGACIÓN DE ALUMNOS FACULTAD DE CIENCIAS
REGLAMENTO DE LA DELEGACIÓN DE ALUMNOS FACULTAD DE CIENCIAS DE LA REPRESENTACIÓN DE LOS ESTUDIANTES Y SU ORGANIZACIÓN CAPÍTULO PRIMERO De los Representantes de estudiantes de la Facultad Art. 1. Condición
Más detallesREGLAMENTO ELECTORAL (ANEXO 2 RRI)
REGLAMENTO ELECTORAL (ANEXO 2 RRI) EXPOSICIÓN DE LOS MOTIVOS El objetivo fundamental del reglamento electoral es fijar el marco de actuación bajo el cual se reglamentarán las elecciones a los diferentes
Más detalles(Aprobado en Consejo de Gobierno de 30 de septiembre de 2003, BOCYL nº 198 de 13 de octubre)
REGLAMENTO POR EL QUE SE RIGE PROVISIONALMENTE LA CELEBRACIÓN DE ELECCIONES EN FACULTADES, ESCUELAS, DEPARTAMENTOS E INSTITUTOS UNIVERSITARIOS DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID (Aprobado en Consejo de Gobierno
Más detallesCONSEJERÍA EDUCACIÓN Y CULTURA BO. Comunidad de Madrid 22 noviembre 1996, núm. 279, [pág. 19];
LCM 1996\354 Legislación (Disposición Vigente a 1/6/2006) Orden 2979/1996, de 13 noviembre CONSEJERÍA EDUCACIÓN Y CULTURA BO. Comunidad de Madrid 22 noviembre 1996, núm. 279, [pág. 19]; CONSEJOS ESCOLARES.
Más detallesGobierno de Cantabria
ACTA DE LA ELECCIÓN DE DELEGADOS - CURSO (AÑO) GRUPO: A LAS HORAS DEL DÍA DE OCTUBRE DE SE CONSTITUYE LA MESA ELECTORAL, QUE QUEDA FORMADA POR LAS SIGUIENTES PERSONAS: PRESIDENTE/A: VOCAL-SECRETARIO/A
Más detallesCONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA CARGOS DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS AERONÁUTICOS DE ESPAÑA
CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA CARGOS DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS AERONÁUTICOS DE ESPAÑA Se informa que de acuerdo con los Estatutos y Reglamentos de COIAE se ha acordado convocar
Más detallesREGLAMENTO DE DELEGADOS Y SUBDELEGADOS
REGLAMENTO DE DELEGADOS Y SUBDELEGADOS DE GRUPO Y RAMA Reglamento de régimen interno reforzado Artículo 1.- Naturaleza Los delegados y subdelegados de grupo y rama serán los representantes ante la Delegación
Más detallesREGLAMENTO ELECTORAL DE LA FEDERACIÓN VASCA DE DEPORTES AEREOS
REGLAMENTO ELECTORAL DE LA FEDERACIÓN VASCA DE DEPORTES AEREOS Disposiciones generales Artículo 1. El presente Reglamento regula el régimen de conformación de la Asamblea General y la elección del Presidente
Más detallesNORMATIVA DE VOTO ELECTRÓNICO DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
NORMATIVA DE VOTO ELECTRÓNICO DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Disposición Adicional del Reglamento Electoral de la Universidad de Alicante (BOUA de 4 de diciembre de 2013) establece
Más detallesNORMATIVA REGULADORA DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL
NORMATIVA REGULADORA DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. La presente normativa tiene por objeto regular el procedimiento electoral de las elecciones a la Comisión Ejecutiva
Más detallesCLUB DE ATLETISMO RÍA FERROL ELECCIONES A PRESIDENTE NORMATIVA ELECTORAL
El Presidente del Club de Atletismo Ría Ferrol se elegirá en Asamblea General Extraordinaria mediante sufragio libre, igual, directo y secreto de los socios de número con derecho a voto. El Presidente
Más detallesII. Procedimiento de votación, escrutinio y proclamación
CONVOCATORIA DE ELECCIONES A JUNTA DE GOBIERNO 2016 En cumplimiento del acuerdo de la Junta de Gobierno del 18 de diciembre de 2015 y de orden del señor presidente, se convocan Elecciones a Junta de Gobierno
Más detallesReglamento de Régimen Interno
Reglamento de Régimen Interno L Hospitalet de Llobregat 16 de enero de 2009 1. Introducción...3 2. Asamblea General...3 3. Elección de los miembros del Comité Ejecutivo...4 4. Disposición final transitoria...6
Más detallesREGLAMENTO ELECTORAL FEDERACIÓN DE DEPORTES DE MONTAÑA, ESCALADA Y SENDERIMSMO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
REGLAMENTO ELECTORAL FEDERACIÓN DE DEPORTES DE MONTAÑA, ESCALADA Y SENDERIMSMO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS De conformidad con lo dispuesto en los Estatutos de la Federación de Deportes de Montaña, Escalada
Más detallesArtículo 1.- Elección de la Junta Directiva: promoción del proceso electoral.
REGIMEN Y PROCEDIMIENTO ELECTORAL Artículo 1.- Elección de la Junta Directiva: promoción del proceso electoral. La Junta Directiva acordará la promoción del proceso electoral en los siguientes supuestos:
Más detalles- Elegir por primera vez sus Consejos Escolares.
RESOLUCIÓN 506/2017, de 26 de octubre, del Director General de Educación, por la que se aprueban las instrucciones para la elección, renovación parcial y constitución de los Consejos Escolares de los Institutos
Más detallesRESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE FADE SEGÚN LO RECOGIDO EN LOS ESTATUTOS
RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE FADE SEGÚN LO RECOGIDO EN LOS ESTATUTOS OVIEDO / Noviembre de 2013 La elección del presidente de la federación se inicia con la promoción
Más detallesREGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL DEPARTAMENTO DE CIENCIAS DE LA COMPUTACIÓN
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL DEPARTAMENTO DE CIENCIAS DE LA COMPUTACIÓN Aprobado en Consejo de Gobierno de 21 de marzo de 2013 CAPÍTULO I. EL DEPARTAMENTO Artículo 1. Naturaleza. 1. El Departamento
Más detallesAsunto: ELECCIONES A MIEMBROS DE LAS COMISIONES DISCIPLINARIAS
I 1/2006 TGP Asunto: ELECCIONES A MIEMBROS DE LAS COMISIONES DISCIPLINARIAS Area de Aplicación: CENTROS PENITENCIARIOS Descriptores: PERSONAL El artículo 276 del Reglamento Penitenciario regula la composición
Más detallesREGLAMENTO ELECTORAL DEL COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS INDUSTRIALES DE MADRID
REGLAMENTO ELECTORAL DEL COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS INDUSTRIALES DE MADRID APROBADO EN JUNTA DE GOBIERNO DE 17 DE SEPTIEMBRE DE 2018 Preámbulo.- La Disposición Adicional Primera de los vigentes Estatutos
Más detallesNORMATIVA PARA LA ELECCION DE VOCALES REPRESENTANTES DE LAS ASOCIACIONES EN LOS CONSEJOS DE DISTRITO
NORMATIVA PARA LA ELECCION DE VOCALES REPRESENTANTES DE LAS ASOCIACIONES EN LOS CONSEJOS DE DISTRITO CAPITULO I.- DERECHO DE SUFRAGIO ACTIVO Art.1.- La condición de elector corresponde a las Asociaciones
Más detallesANEXO I PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE A. PROMOCIÓN DEL PROCESO ELECTORAL
ANEXO I PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE A. PROMOCIÓN DEL PROCESO ELECTORAL Podrá promoverse el proceso electoral: Con tres meses de antelación a la extinción del periodo de cuatro años
Más detallesReglamento asambleas congresuales
Reglamento asambleas congresuales 1. Colegios electorales El órgano convocante (sección sindical o Comisión Ejecutiva de la FSS-CCOO Madrid, en el caso de las Asambleas Agrupadas) se constituirá en colegio
Más detallesREGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DE LA JUNTA DE PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA.
REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DE LA JUNTA DE PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA. Art.1º- El presente reglamento de procedimiento regulará, conforme a lo dispuesto en el art. 8
Más detallesNORMATIVA DE SECCIONES del CENTRO UNIVERSITARIO DE LENGUAS MODERNAS. Aprobada en sesión de junta del CULM con fecha 21 de noviembre de 2014
NORMATIVA DE SECCIONES del CENTRO UNIVERSITARIO DE LENGUAS MODERNAS. Aprobada en sesión de junta del CULM con fecha 21 de noviembre de 2014 La presente normativa se dicta en función de lo establecido en
Más detallesELECCIONES PARCIALES A CLAUSTRO, JUNTAS DE FACULTAD Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO 2017 INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL
ELECCIONES PARCIALES A CLAUSTRO, JUNTAS DE FACULTAD Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO 2017 INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL Índice 1. CLAUSTRO.... 2 1.1. PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR
Más detallesINSTRUCCIONES DE DESARROLLO PARA LAS ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL CLAUSTRO EN LA COMISIÓN DE CALIDAD 2016 ACUERDA
INSTRUCCIONES DE DESARROLLO PARA LAS ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL CLAUSTRO EN LA COMISIÓN DE CALIDAD 2016 La Mesa del Claustro de la Universidad Politécnica de Cartagena, en ejercicio de las funciones
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCIONES A PRESIDENTE DEL CLUB NATACIÓN CORUÑA CALENDARIO ELECTORAL
REGLAMENTO DE ELECCIONES A PRESIDENTE DEL CLUB NATACIÓN CORUÑA 2013 1.- CALENDARIO ELECTORAL 16 Febrero Publicación del Censo Electoral 19 Febrero Plazo de reclamaciones al Censo 20 Febrero Resolución
Más detallesOpositas Andujar, S.L. Avda. Puerta de Madrid 15, pasaje. Andujar. Quien puede promover las elecciones a Delegados de Personal y Junta de Personal
ELECCIONES SINDICALES Ley 9/1987, de 12 de Junio, de órganos de representación. Los órganos de representación de los funcionarios públicos son: Delegados de Personal. Juntas de Personal. Quien puede promover
Más detallesEstos aspectos están regulados en los artículos 54 a 59 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación.
RESOLUCIÓN 95/2015, de 21 de octubre, del Director General de Educación, por la que se aprueban las instrucciones para la elección, renovación parcial y constitución de los Consejos escolares y designación
Más detallesREGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE ESTUDIANTES DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE ESTUDIANTES DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN (Aprobado por la Junta de Centro el 17 de junio de 2015) El artículo 150.3 de los Estatutos de la
Más detallesELECCIÓN DE DELEGADOS INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL
ELECCIÓN DE DELEGADOS 2015-16 INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL El Real Decreto 83/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación
Más detallesCURSO ELECCIONES SINDICALES 2014/2015 CGT METAL MADRID
CURSO ELECCIONES SINDICALES 2014/2015 CGT METAL MADRID 1 I NORMAS DE APLICACIÓN AL PROCESO DE ELECCIONES SINDICALES 1 Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido
Más detallesREGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA COMISIÓN DE ASESORAMIENTO Y AYUDA AL DEFENSOR UNIVERSITARIO.
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA COMISIÓN DE ASESORAMIENTO Y AYUDA AL DEFENSOR UNIVERSITARIO. ÍNDICE CAPÍTULO I: NATURALEZA Y FUNCIONES DE LA COMISIÓN. Artículo 1. Naturaleza. Artículo 2. Funciones.
Más detallesDesarrollo del artículo 36 de los Estatutos del Colegio (RD 377/2015) Aprobado en la Asamblea Ordinaria del Colegio de Geógrafos de 6 de mayo de 2017
REGLAMENTO DE RÉGIMEN ELECTORAL (Adaptación a los Estatutos del Colegio de Geógrafos) Desarrollo del artículo 36 de los Estatutos del Colegio (RD 377/2015) Aprobado en la Asamblea Ordinaria del Colegio
Más detallesREGLAMENTO MARCO DE LAS DELEGACIONES DE ESTUDIANTES DE CENTRO DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA
REGLAMENTO MARCO DE LAS DELEGACIONES DE ESTUDIANTES DE CENTRO DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA El Consejo de Gobierno, en su sesión de 8 de febrero de 2016, en virtud de lo dispuesto en el artículo
Más detallesANEXO IV 1 Convocatoria del sorteo para la elección de miembros de la Junta Electoral.
B.O.C. y L. - N.º 188 Martes, 28 de septiembre 2004 13699 ANEXO IV 1 Convocatoria del sorteo para la elección de miembros de la Junta Electoral. 1 En cumplimiento de la normativa correspondiente 1, por
Más detallesREGLAMENTO DE LA MESA DE HOSPITALES DEL ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE MÉDICOS DE MADRID (ICOMEM)
REGLAMENTO DE LA MESA DE HOSPITALES DEL ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE MÉDICOS DE MADRID (ICOMEM) Página 1 de 6 REGLAMENTO DE LA MESA DE HOSPITALES DEL ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE MÉDICOS DE MADRID (ICOMEM).
Más detallesREGLAMENTO BÁSICO DE RÉGIMEN INTERNO DE LOS INSTITUTOS UNIVERSITARIOS DE INVESTIGACIÓN
Aprobado por el Consejo de Gobierno del 12 de diciembre de 2003 REGLAMENTO BÁSICO DE RÉGIMEN INTERNO DE LOS INSTITUTOS UNIVERSITARIOS DE INVESTIGACIÓN CAPÍTULO I. NATURALEZA Y CLASES DE LOS INSTITUTOS
Más detalles1. La presente Resolución será de aplicación a centros públicos de Enseñanzas Artísticas que deban: - Elegir por primera vez sus Consejos Escolares.
RESOLUCIÓN 438/2016, de 18 de octubre, del Director General de Educación, por la que se aprueban las instrucciones para la elección, renovación parcial y constitución de los Consejos Escolares de los centros
Más detallesREGLAMENTO DE LA MESA DE MÉDICOS EN FORMACIÓN DEL ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE MÉDICOS DE MADRID (ICOMEM)
REGLAMENTO DE LA MESA DE MÉDICOS EN FORMACIÓN DEL ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE MÉDICOS DE MADRID (ICOMEM) Página 1 de 7 REGLAMENTO DE LA MESA DE MÉDICOS EN FORMACIÓN DEL ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE MÉDICOS
Más detallesCAMPUSDE EXCELENCIA INTERNACIONAL Q^ ) > = ' ' ) RESOLUCIÓN DE LA JUNTA ELECTORAL DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA DE 20 DE OCTUBRE DE
C/ Libreros, 19, 2." planta 37071 Salamanca Tel. (34) 923 29 44 00 Ext. 1059 Fax. (34) 923 29 48 24 juntiielectoral@lisales BSA1AAVANCA REGISTRO UKCCO --IDA CAMPUSDE EXCELENCIA INTERNACIONAL Q^ ) > = '
Más detallesNORMAS ELECTORALES COMITÉ DE EMPRESA
ELECCIÓN DE LA MESA CONSTITUCIÓN DE LA MESA Fecha indicada en el preaviso. ESTARÁ FORMADA POR: Presidente: el trabajador más antiguo. Vocal Secretario: el trabajador más joven. Vocal: el trabajador de
Más detalles:.. n... IVER~InAD DE S.ALAMANC~
C/ Libreros, 19, 2. planta 37071 Salamanca VNiVER_SiDAD B SA!At\ANCA CAMPUS Dt J
Más detallesNo tendrán la condición de elegibles: a) Los que no reúnan los requisitos establecidos en el artículo anterior.
REGLAMENTO ELECTORAL DEL COLEGIO PROFESIONAL DE PERIODISTAS DE ANDALUCÍA Artículo 1. Objeto El objeto del presente Reglamento Electoral es la regulación del procedimiento de elección de la junta de gobierno
Más detallesRenovación de Consejos Escolares. Dudas frecuentes
Renovación de Consejos Escolares Dudas frecuentes 1. Cuándo y cómo comienza el proceso de renovación del Consejo Escolar? Comienza con la constitución de la Junta Electoral antes del 21 de octubre. Este
Más detallesUNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE ELECCIONES
UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE ELECCIONES Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: DIRECCIÓN DE PROCESOS ACADÉMICOS Y NORMATIVA Santiago Gangotena G. RECTOR CONSEJO UNIVERSITARIO Fecha:
Más detallesNORMAS DE JUECES PARA LA DEMOCRACIA POR LAS QUE SE DESARROLLARA EL PROCEDIMIENTO DEL ARTÍCULO 113 DE LA LOPJ CORRESPONDIENTE AL AÑO 2006.
NORMAS DE JUECES PARA LA DEMOCRACIA POR LAS QUE SE DESARROLLARA EL PROCEDIMIENTO DEL ARTÍCULO 113 DE LA LOPJ CORRESPONDIENTE AL AÑO 2006. Artículo 1. Derecho de sufragio activo. Tienen derecho de sufragio
Más detallesREGLAMENTO ELECTORAL
ASOCIACIÓN NACIONAL DE AGRUPACIONES DE VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL REGLAMENTO ELECTORAL PREAMBULO Los estatutos de la Asociación Nacional de Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil (ANAV),
Más detalles