SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS DISPAC S.A. E.S.P. DG

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Transcripción:

EMPRESA DISTRIBUIDORA DEL PACIFICO S. A. ESP DISPAC S.A. ESP SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS DISPAC S.A. E.S.P. DG-009-2017 SUMINISTRO PARCIAL DE ENERGÍA Y POTENCIA MERCADO REGULADO DE ENERO 01 DE 2018 A DICIEMBRE 31 DE 2019 TÉRMINOS DE REFERENCIA OCTUBRE DE 2017

TABLA DE CONTENIDO 1CAPITULO I GENERALIDADES Y REQUISITOS... 4 1.1 OBJETO... 4 1.2 NATURALEZA DE LA EMPRESA DISPAC S.A. E.S.P.... 4 1.3 LEGISLACIÓN APLICABLE... 4 1.4 NATURALEZA DE LA PRESENTE SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS... 5 1.5 FONDOS DE FINANCIACIÓN DE LA SOLICITUD PÚBLICAN DE OFERTAS... 5 1.6 DOCUMENTOS DE LA SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS... 5 1.7 FECHAS DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN... 6 1.8 PROPONENTES... 7 1.9 PERSONAS JURÍDICAS... 8 1.10 PROPUESTAS... 8 1.11 ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES A LOS TÉRMINOS... 8 1.12 ACEPTACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE LA CONVOCATORIA... 9 1.13 MONEDA Y PRECIOS DE LA OFERTA... 9 1.14 DISCREPANCIAS Y ERRORES ARITMÉTICOS... 9 1.15 SITIO DE ENTREGA... 9 1.16 ORIENTACIONES GENERALES... 10 1.17 DEMANDA Y COBERTURA DE CONTRATACIÓN... 10 1.18 FORMA DE PAGO... 10 1.19 IMPUESTOS... 11 CAPITULO II LA OFERTA... 12 2.1. MODALIDAD DE COTIZACIÓN Y CONTRATO... 12 2.2. PRECIO COTIZADO... 13 2.3. CONTENIDO DE LA OFERTA... 14 2.4. GARANTÍA DE SERIEDAD... 15 2.5. COPIA DIGITAL DE LOS ANEXOS DE LA OFERTA... 16 2.6. VALIDEZ DE LA OFERTA... 16 Página 2 de 45

CAPITULO III EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN... 17 3.1. EVALUACIÓN DE OFERTAS... 17 3.2. METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN... 18 3.3. RESERVAS ESPECIALES... 19 3.4. DECLARATORIA DE NO ADJUDICACIÓN DE LA SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS 19 3.5. ADJUDICACIÓN Y SUSCRIPCION DEL CONTRATO... 20 3.5.1. PLAZO PARA EFECTUAR LA EVALUACIÓN DE OFERTAS... 20 3.5.2. ADJUDICACIÓN... 20 3.5.3. SUSCRIPCION DEL CONTRATO... 21 3.5.4. EJECUCIÓN DEL CONTRATO... 21 3.5.5. MINUTA DEL CONTRATO... 21 3.5.6. PLAZO DEL CONTRATO... 21 3.5.7. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN... 22 3.5.8. GARANTÍAS... 22 3.5.9. IMPUESTOS Y DEDUCCIONES... 22 3.5.10. PLAZO PARA LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO... 22 CAPITULO IV. ANEXOS... 23 ANEXO NO. 1 CURVAS DE CARGA Y CANTIDADES DE ENERGÍA REQUERIDAS... 23 ANEXO NO. 2 MODELO MINUTA DEL CONTRATO... 27 ANEXO NO. 3 FORMATO CARTA PRESENTACIÓN... 35 ANEXO NO. 4 FORMATO DESCRIPCIÓN DEL OFERENTE... 37 ANEXO NO. 5. OFERTA BÁSICA MENSUAL PARA LA SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS DG-009-2107.... 38 ANEXO NO. 6. OFERTA ALTERNATIVA ANUAL PARA LA SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS DG-009-2107. 43 ANEXO NO. 7 OFERTA ALTERNATIVA GLOBAL PARA LA SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS DG-009-2107. 43 Página 3 de 45

1CAPITULO I GENERALIDADES Y REQUISITOS Este capítulo establece las instrucciones, condiciones y requisitos generales de la presente Solicitud Pública de Ofertas. 1.1 OBJETO La Empresa Distribuidora del Pacífico S.A. ESP. -DISPAC S.A. ESP.-, que en adelante se denominará LA EMPRESA, solicita propuestas para contratar el suministro de energía y potencia para atender su mercado regulado durante la vigencia de tiempo comprendida entre las 00:00 horas del primero (01) de enero del 2018 y las 24:00 horas del treinta y uno (31) de diciembre de 2019, en las cantidades definidas en estos Términos de Referencia. 1.2 NATURALEZA DE LA EMPRESA DISPAC S.A. E.S.P. DISPAC S.A. ESP es una empresa de Servicios Públicos Domiciliarios de carácter Mixto, con Personería Jurídica, autonomía administrativa, sometida al régimen general aplicable a las empresas de servicios públicos. En los términos de la Ley 142 de 1994, el régimen de los actos, contratos y personal, LA EMPRESA se rige por las normas del derecho privado y es de naturaleza mixta. El GESTOR DE DISPAC en representación de DISPAC S.A. ESP, es el encargado de prestar el servicio de comercialización y distribución de energía eléctrica en el Departamento del Chocó, en la zona interconectada. Cuando en los Términos de Referencia se haga relación al GESTOR DISPAC entiéndase LA EMPRESA, DISPAC S.A. ESP o La Empresa Distribuidora del Pacífico S.A. ESP. Equivalente significado tendrán entre sí los términos Proponente, Oferente y Participante. 1.3 LEGISLACIÓN APLICABLE La presente Solicitud Pública de Ofertas se rige bajo la condiciones establecidas en estos términos, las disposiciones establecidas en la ley 142 de 1994, el Estatuto Interno de Contratación de la EMPRESA, las normas del derecho civil y comercial y las demás disposiciones que le resulten aplicables atendiendo su naturaleza de la sociedad. Página 4 de 45

La presente Solicitud Pública de Ofertas y el contrato que se celebre como consecuencia de ella, se sujetan a la ley colombiana y a las Resoluciones expedidas por la Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG vigentes a la fecha de cierre de la presente Solicitud Pública de Ofertas, en especial las resoluciones CREG 020 de 1996, CREG 167 de 2008, CREG 157 de 2011, Articulo 8 Ley 1837 de 30 de junio y aquellas que las modifiquen o sustituyan. La presente solicitud de ofertas no implica la realización de compromiso contractual ninguno por parte de LA EMPRESA, por lo tanto no se reconocerán obligaciones para la misma, salvo en el deber de obrar objetivamente y de buena fe en el proceso. 1.4 NATURALEZA DE LA PRESENTE SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS La presente Solicitud Pública de Ofertas y los documentos que se produzcan en desarrollo de la misma por LA EMPRESA, no crean ninguna obligación incluyendo la de contratar con quien la presente. Para los efectos de estos términos de referencia el término energía eléctrica involucra la potencia eléctrica asociada. La información de los términos de referencia se publicación en la página web www.dispac.com.co http://dispac.com.co/estado/en-ejecucion/. Toda información referente a los términos de referencia se recibe en el correo comprasdeenergia@dispac.com.co 1.5 FONDOS DE FINANCIACIÓN DE LA SOLICITUD PÚBLICAN DE OFERTAS LA EMPRESA pagará la energía suministrada con recursos propios derivados de la operación comercial y con cargo a los presupuestos de la vigencia fiscal del año 2018 a 2019 con amparos de CDP 3000000540 presupuesto vigencia futura 2018 y CDP 3000000541 presupuesto vigencia futura 2019 de acuerdo al acta de Junta Directiva No. 251 de Julio 11 del 2017. 1.6 DOCUMENTOS DE LA SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS -Términos de referencia y anexos. -Las adendas y las respuestas publicadas en el portal de LA EMPRESA durante el Período de la Solicitud Pública de Ofertas. -Las propuestas. Podrán participar en esta Solicitud Publica de ofertas como proponentes todas las personas jurídicas públicas, privadas o mixtas que tengan la categoría de Página 5 de 45

generadores y/o comercializadores que no están inhabilitados ni presenten incompatibilidad para contratar con DISPAC S.A E.S.P y estén debidamente inscritos ante el ASIC como agentes del mercado de energía mayorista. Además, podrán participar generadores con proyectos cuya operación este prevista para una fecha posterior a la realización de la solicitud publica de ofertas, que se encuentren registrados ante la Unidad de Planeación Minero Energética UPME, con sus estudios de factibilidad técnica y financiera terminados y que garanticen el suministro de energía en los subperiodos ofertados, para lo cual se debe anexar la certificación correspondiente de la UPME. 1.7 FECHAS DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN En el cuadro siguiente se presenta el cronograma del proceso: Evento Publicación de avisos Apertura, publicación de Términos de Referencia definitivos Fecha límite para enviar preguntas y comentarios al correo comprasdeenergia@dispa c.com.co Publicación de respuestas a las consultas presentadas por parte de los posibles oferentes Recepción de ofertas y cierre del proceso Entrega a cada proponente del Informe de Evaluación Inicial Observaciones de los proponentes al Informe de Evaluación Inicial Detalle Diario La República Viernes 20 de Octubre y lunes 23 de Octubre de 2017 Jueves 26 de Octubre de 2017, en la página www.dispac.com.co, http://dispac.com.co/estado/enejecucion/. Antes de las 6:00 p.m. del Jueves 2 de Noviembre de 2017. Las consultas deben enviarse al correo electrónico: comprasdeenergía@dispac.com.co, en formato pdf y word Martes 7 de de Noviembre de 2017 en la página: www.dispac.com.co. comprasdeenergía@dispac.com.co Hasta las 2:00 p.m. del lunes 20 de Noviembre 2017 en el Centro Empresarial Arrecife de la Avenida Calle 26 No. 69- D-91, oficina 307 de la Torre Peatonal de la ciudad de Bogotá, D.C. Miércoles 22 de Noviembre de 2017 Hasta las 5:00 p.m. del lunes 24 de Noviembre de 2017 las cuales deben entregarse por escrito en el Centro Empresarial Arrecife de la Avenida Calle 26 No. 69-D-91, oficina 307 de la Torre Peatonal de la ciudad de Bogotá, D.C. o enviarse al correo electrónico: comprasdeenergía@dispac.com.co Entrega del Informe de Martes 27 de noviembre de 2017. Evaluación Final Adjudicación Miércoles 28 de Noviembre 2017 Página 6 de 45

Para todos los efectos, la hora tenida en cuenta en el presente proceso de Solicitud Pública de Ofertas será la que publica la Superintendencia de Industria y Comercio en la página Web http://horalegal2.sic.gov.co/, que establece la hora legal para Colombia como lo indica el numeral 19 del artículo 9 del Decreto 3523 de 2009. Si no fuere posible acceder a la página Web referida para la hora del cierre de recepción de ofertas, se tomará la del reloj que se encuentra en las oficinas de DISPAC S.A. ESP. No se recibirán propuestas después del día y hora señalados para el cierre de la Solicitud Pública de Ofertas. Las propuestas allegadas después de la fecha y hora estipulada para el cierre de la convocatoria se considerarán extemporáneas y se devolverán sin abrir, a los respectivos Oferentes. En la misma fecha y hora del vencimiento del plazo para presentar propuestas, se abrirán las que se encuentren dentro de la urna dispuesta para depositar las ofertas y se dejará constancia de ello en acta que indicará por lo menos: el nombre de los proponentes, las cantidades de energía ofrecida, el plazo del suministro y el valor de la propuesta total. A estas diligencias podrán concurrir los proponentes que así lo deseen. Todos los plazos dentro de la Solicitud Pública de Ofertas, incluyendo el previsto para la firma del contrato, podrán ser prorrogados antes de su vencimiento por DISPAC S.A. ESP, siempre que las necesidades de la Entidad así lo exijan, lo cual se comunicará oportunamente a los proponentes y se publicará en la página Web de DISPAC S.A. ESP. En caso que se amplíe el plazo para presentación de ofertas o adjudicación, los proponentes deberán ajustar la garantía de seriedad de su oferta a la modificación del plazo. 1.8 PROPONENTES De conformidad con el régimen jurídico de la Empresas de Servicios Públicos, establecido por la Ley 142 de 1994, podrán participar como proponentes todas las personas jurídicas públicas, privadas o mixtas, que tengan la categoría de generadores y/o comercializadores, y que se encuentren participando actualmente del Mercado de Energía Mayorista, que estén inscritos ante el Sistema de Intercambios Comerciales (SIC), o tengan a la fecha de vencimiento del plazo de presentación de la oferta, proyectos de generación registrados en fase 3 ante la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), con su estudio de factibilidad técnica y financiera terminado y que garanticen el suministro de energía en los periodos ofertados; para este último caso se debe adjuntar la certificación correspondiente de la UPME. No podrán presentarse a esta convocatoria Página 7 de 45

empresas comercializadoras o generadoras que hayan tenido, directamente o empresas del mismo grupo avisos de limitación de suministro en los últimos tres años. Lo anterior, de acuerdo con las resoluciones CREG 001 de 1998, CREG 039 de 2010 o CREG 156 de 2011 y según las publicaciones de incumplimientos publicadas por el administrador del sistema. Si el proponente concurre por conducto de un representante o mandatario, deberá anexar el documento mediante el cual ha conferido la representación, amplia y suficiente, a su apoderado, en el que consten expresamente los Términos, el alcance de la representación y la facultad para obligarlo. 1.9 PERSONAS JURÍDICAS El proponente debe acreditar su existencia y representación legal acompañando a la propuesta el certificado correspondiente. 1.10 PROPUESTAS Los proponentes podrán presentar una o varias propuestas. 1.11 ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES A LOS TÉRMINOS El proponente no debe asumir interpretaciones de los documentos de los Términos de Referencia. Si existen dudas sobre el contenido y alcance de estos términos de referencia o se encuentran incongruencias, errores u omisiones, o si se requieren aclaraciones sobre algunas condiciones de los mismos, se debe hacer la correspondiente petición a LA EMPRESA por escrito ó al correo electrónico comprasdeenergía@dispac.com.co en los plazos establecidos en este documento. LA EMPRESA contestará todas las solicitudes y las publicará en su página web. No se aceptan consultas personales, ni telefónicas con ningún funcionario de LA EMPRESA. Mediante adendas, DISPAC S.A. ESP podrá hacer las modificaciones que considere convenientes a los Términos de Referencia. Las adendas formarán parte integral de este documento. Toda la correspondencia debe dirigirse a: DISPAC S.A. ESP Avenida Calle 26 No 69D 91, Torre 2, Oficina 307 Bogotá D.C., - Colombia Correo electrónico: comprasdeenergia@dispac.com.co Página 8 de 45

Tres (3) días calendarios antes de que venza la entrega de propuestas, LA EMPRESA podrá modificar el plazo para presentar propuestas y modificar los Términos de Referencia mediante adendas que serán publicadas en la página web de LA EMPRESA. 1.12 ACEPTACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE LA CONVOCATORIA La aceptación de la totalidad de las condiciones de la Solicitud Pública de Oferta, su elaboración y presentación de la Propuesta, de las condiciones económicas y contractuales estipuladas en este documento, son requisitos indispensables para la presentación de la Propuesta y por tanto se entienden totalmente aceptadas por el Oferente con el hecho de presentar su Propuesta. Por lo tanto, tales condiciones no podrán ser modificadas por el Oferente. 1.13 MONEDA Y PRECIOS DE LA OFERTA El(los) precio(s) de la Propuesta(s) objeto de la presente Solicitud Pública de Ofertas deberá(n) ser expresado(s) únicamente en $/kwh colombianos constantes del mes de septiembre de 2017, incluyendo máximo hasta dos (2) decimales. 1.14 DISCREPANCIAS Y ERRORES ARITMÉTICOS En caso de discrepancias entre los diferentes documentos de la Solicitud Pública de Ofertas, entendiendo por ésta el período comprendido entre la apertura de la Solicitud Pública de Ofertas y su adjudicación, se atenderá a lo dispuesto en ellos en el siguiente orden: La(s) Adenda(s), los Términos de Referencia y la(s) Propuesta(s) con sus aclaraciones. Si existiere una discrepancia entre letras y cifras, prevalecerá el monto expresado en letras. 1.15 SITIO DE ENTREGA LA EMPRESA recibirá la energía contratada en las siguientes fronteras comerciales: Subestación Bolombolo 110 kv y en la Subestación La Virginia 230 kv, más las que se constituyan durante la vigencia del contrato que llegue a suscribirse como resultado de la presente Convocatoria. Por lo anterior, LA EMPRESA asumirá las pérdidas correspondientes en la red de interconexión, energía que también hace parte del suministro. Las fronteras de medición serán Página 9 de 45

los equipos de medida de LA EMPRESA localizados en sus fronteras comerciales. Tanto el proponente que resulte favorecido como LA EMPRESA se obligan a cumplir la normatividad y los procedimientos vigentes en las resoluciones y códigos expedidos por la Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG, y aquellos acordados y definidos con el Sistema de Intercambios Comerciales SIC. 1.16 ORIENTACIONES GENERALES El oferente deberá examinar y diligenciar cuidadosamente todas las instrucciones, formularios, documentos, condiciones, especificaciones y anexos que figuren en estos Términos de Referencia e informarse completamente de todas las circunstancias que puedan influir de alguna forma en la preparación y presentación de la oferta. La Oferta deberá responder punto por punto, siguiendo estrictamente el mismo orden y numeración, indicando en forma clara y precisa todos los datos solicitados y anexando los documentos requeridos en el mismo orden de los Términos de Referencia. Sólo se aceptan propuestas conforme a los Términos y Condiciones señalados. 1.17 DEMANDA Y COBERTURA DE CONTRATACIÓN La demanda de energía para atender el mercado regulado de LA EMPRESA en los últimos años ha sido cercana a los 183 GWh para 2011, 187 GWh para 2012, 193 GWh para el 2013, 204 GWh para el 2014, 217 GWh para 2015, 227 GWh para 2016. La potencia mínima instantánea se encuentra alrededor de 11.5 MW y la potencia máxima instantánea alrededor de los 37 MW. En el Anexo No 1 se encuentran las tablas con la estimación de la curva de carga por tipo de día de DISPAC S.A. ESP con destino al mercado regulado, para cada uno de los periodos solicitados y las cantidades de energía que se estima contratar. Las cifras de este numeral son a título informativo y no comprometen a LA EMPRESA frente a las ofertas. 1.18 FORMA DE PAGO LA EMPRESA pagará la energía suministrada, con recursos propios, dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes, contados a partir del último día de suministro del mes correspondiente, siempre que se haya liquidado y facturado el Página 10 de 45

respectivo servicio. En la liquidación se considerarán los precios propuestos a pesos de septiembre de 2017 actualizados conforme el numeral 2.2 de estos Términos. 1.19 IMPUESTOS Se considera que la oferta que se presente con motivo de esta SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS, tendrá en cuenta los impuestos nacionales y regionales vigentes a que tenga lugar, siempre que proveedor o actividad no esté exento, caso en el cual deberá comunicarlo. Actualmente DISPAC no aplica a los pagos por la compra de energía ningún descuento por concepto de impuestos de tipo regional o municipal. Sin embargo, es responsabilidad del oferente informarse e indagar sobre los posibles descuentos o impuestos que le apliquen. Si a partir de la suscripción del contrato, se llegasen a expedirse regionalmente normativas de impuestos adicionales a las existentes, éstos impuestos estarán a cargo de quien corresponda. Página 11 de 45

DISPAC S.A. ESP Solicitud Pública de Ofertas DG-009-2017 Términos de Referencia Suministro de Energía y Potencia Mercado Regulado de enero 01 de 2018 a diciembre 31 de 2019 CAPITULO II LA OFERTA La presente sección describe las características técnicas mínimas que deberá cumplir la oferta para poder participar en la contratación del suministro de energía y potencia para el mercado regulado de DISPAC S.A. ESP de acuerdo con las condiciones de plazo, técnicas, económicas y jurídicas que se definen en estos Términos de Referencia. 2.1. MODALIDAD DE COTIZACIÓN Y CONTRATO El tipo de cotización y/o los contratos a suscribir como resultado de la presente Solicitud Pública de Ofertas, podrán ser; pague lo Contratado y/o pague lo demandado (2018 o 2019) o combinación de cualquiera de estas modalidades, en las cuales el vendedor se compromete a entregar la energía pactada y LA EMPRESA se compromete a recibirla y pagar por esta, al precio pactado en el contrato. El participante podrá presentar una o varias propuestas y deberá indicar claramente si se trata de energía agrupada en bloque con distribución horaria plana, con distribución por tipo de día y/o con distribución horaria que incluya los porcentajes y/o energía en cada una de las horas o cualquier información que permita establecer de manera clara y completa el tipo de oferta que se presenta, incluyendo los respectivos precios en valores constantes Septiembre de 2017. Las ofertas deben presentarse como se definen en el CAPITULO 4 - Anexos 1, numerales 1.1, 1.2 y 1,3 Curvas de carga y cantidad de energía requeridas. Estos anexos hacen parte integrante de la propuesta. EL PROPONENTE deberá tener en cuenta lo siguiente al completar cada una de las Tablas de los Anexos: En la Columna No.2 del anexo 5 debe definir el porcentaje ofertado, hasta máximo el 100% de lo solicitado, teniendo en cuenta el tipo de contrato; es decir, el porcentaje máximo que está dispuesto a venderle a DISPAC de la energía requerida para atender la demanda solicitada, en los meses, años u oferta global en que desee ofertar. DISPAC se reservan el derecho de aceptar la oferta por cualquier porcentaje hasta el máximo ofertado y se entiende que el precio presentado en la Columna No. 3 es el mismo para cualquier Página 12 de 44

cantidad dentro del porcentaje ofertado y que el porcentaje ofertado aplica para todas las horas del mes, año y oferta global. En el Anexo 6. Oferta anual los porcentajes presentados en la Columna No. 2 y los precios ofertados en la Columna No. 3, deben ser los mismos para los meses solicitados de cada año. Si esto no se cumple, se evaluará la oferta anual como una oferta alternativa mensual y así podrá ser aceptada. En el Anexo 7 Oferta Global los porcentajes presentados en la Columna No. 2 y los precios ofertados en la Columna No. 3, deben ser los mismos para los 24 meses solicitados. Si esto no se cumple, se evaluará la oferta Global en la Tabla del Anexo 7 y como una oferta alternativa mensual y así podrá ser aceptada. El contrato que llegue a suscribirse será bilateral donde se registran las voluntades de las partes. DISPAC no adjudicará en contravía de las condiciones ofrecidas. El oferente debe manifestar explícitamente las condiciones de su oferta. 2.2. PRECIO COTIZADO El proponente ofertará un precio, en pesos por kilovatio-hora ($/kwh) con máximo dos (2) decimales. Los precios propuestos deberán presentarse en pesos constantes de septiembre de 2017. Este precio se actualizará mensualmente con la variación del Índice de Precios al Productor Oferta Interna - IPP certificado por la autoridad competente, de acuerdo con la siguiente fórmula de ajuste: Donde: Pi = Po * ( IPPi / IPPo ), Po = Precio de la energía en el mes de septiembre de 2017. Pi = Precio de la energía para el mes (i) de suministro. IPPo = Índice de Precios al Productor Oferta Interna certificado por la autoridad competente para el mes de septiembre 2017. IPPi = Índice de Precios al Productor Oferta Interna certificado por la autoridad competente para el mes (i) de suministro. Se evaluaran las ofertas presentadas verificando que las sumas dadas totales no sobrepasen los CDP de las vigencias futuras presupuestales. Página 13 de 44

2.3. CONTENIDO DE LA OFERTA La oferta debe estar compuesta por: Carta de presentación (Según Formato del Anexo 3 de estos términos). Descripción del proponente (Según Formato del Anexo 4 de estos términos). Certificado de inscripción y paz y salvo ante el SIC como agente activo del Mercado de Energía Mayorista (Generador y/o Comercializador) con fecha de expedición no mayor a un mes. Garantía de seriedad de la oferta debidamente firmada, adjuntando el recibo de pago de la prima respectiva (según numeral 2.4 de estos términos). Copia digital de los anexos (según numeral 2.5 de estos términos). Certificado de existencia y representación legal. Son válidos los Certificados Electrónicos de Existencia y Representación Legal que expide la Cámara de Comercio. Certificación correspondiente de la UPME de los proyectos de generación registrados (si se requiere de acuerdo con el numeral 1.8 de estos términos) Documentos que acrediten experiencia Cada oferta debe ser entregada en dos (2) sobres separados, los cuales deben estar cerrados, sellados y rotulados de la siguiente manera: Nombre y número de la invitación Nombre del proponente. Identificación del contenido del sobre (original y copia). El sobre marcado ORIGINAL deberá contener el original de la propuesta debidamente foliada, así como la copia digital de los anexos. El sobre marcado como COPIA deberá contener copia de todos los documentos exigidos y entregados en el sobre marcado como ORIGINAL. Si una propuesta se recibe en un sobre abierto, LA EMPRESA la recibirá pero no será evaluada. LA EMPRESA devolverá las ofertas que no sean depositadas en la urna correspondiente antes de la fecha y hora estipuladas para el vencimiento del plazo de presentación de las propuestas. Página 14 de 44

En caso de discrepancia entre los documentos y anexos del original y el de la copia de las propuestas, para todos los efectos legales primarán los documentos físicos del original y por tanto serán los que se tendrán en cuenta en el análisis y decisión sobre esta invitación. 2.4. GARANTÍA DE SERIEDAD Tiene como objeto garantizar la seriedad de la oferta y la firma del contrato, debe adjuntarse una garantía de seriedad de la propuesta, junto con su correspondiente recibo original de pago de prima con las siguientes características: Asegurado: Cuantía: Debe figurar como asegurado el nombre Empresa Distribuidora del Pacifico S.A. ESP. El uno por ciento (1%) del valor total de la propuesta incluyendo impuestos. Vigencia: La garantía debe mantenerse vigente por treinta (30) días contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo de presentación de las propuestas. Afianzado: Debe figurar como afianzado el nombre completo del proponente. Si actúa por intermedio de representante, también debe figurar este último. Beneficiario: Debe figurar como beneficiario EMPRESA DISTRIBUIDORA DEL PACIFICO S.A. ESP DISPAC S.A. ESP. Constitución y Expedición: En todo caso el (los) proponente (s) favorecido (s) se compromete (n) a mantenerla vigente por el término establecido para adjudicar. La garantía debe ser expedida por una compañía de seguros o por una entidad bancaria, legalmente establecida en Colombia, a favor de entidades públicas y debe cubrir el mayor valor entre la propuesta básica y la(s) propuesta(s) que sean excluyentes. El emisor de la garantía deberá estar debidamente autorizado por la Superintendencia Financiera para la emisión de la misma. La no presentación de la garantía de seriedad es motivo de descalificación. Si la garantía no es suficiente o no está debidamente constituida, LA EMPRESA solicitará al proponente que la corrija y si no lo hace dentro de los 3 días hábiles contados a partir de la comunicación de LA EMPRESA, se rechazará la propuesta. Página 15 de 44

Para efectos de constituir la garantía de seriedad, el valor total de cada tipo de propuesta(s) corresponderá a la sumatoria de cada una de las cantidades de energía ofrecidas en cada uno de sus periodos, multiplicada por sus respectivos precios, sumatoria que debe ser registrada como parte de la propuesta. El valor de las primas y demás gastos que demande la constitución, prórrogas y modificaciones de la garantía exigida, serán por cuenta del Oferente. 2.5. COPIA DIGITAL DE LOS ANEXOS DE LA OFERTA Se deben enviar los anexos de la propuesta en disco compacto, en los formatos originales establecidos en el pliego en los Anexos 5, 6 y 7 También se deben anexar en esta forma los demás formatos y contenido total de la oferta que el proponente presente. 2.6. VALIDEZ DE LA OFERTA La oferta tendrá una validez de treinta (30) días contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo de presentación de las propuestas. Página 16 de 44

CAPITULO III EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN 3.1. EVALUACIÓN DE OFERTAS LA EMPRESA someterá a evaluación únicamente las propuestas que cumplan los siguientes requisitos: Que adjunten la garantía de seriedad de la propuesta y cuyo cubrimiento sea igual o superior al definido en el numeral 2.4 de los presentes Términos de Referencia. Que se presenten de acuerdo con estos términos de referencia. Que se ajusten a la modalidad de cotización descrita. Numeral 2.1 de los presentes términos de referencia, indispensable Anexo 5 (Oferta básica curva ajustada a lo requerido; DISPAC podrá adjudicar de acuerdo a la conveniencia como mínimo el 40% de la energía ofertada por el proponente, pero si exigen que se les compra todo pueden ser aceptadas si ofrecen el mejor precio). Que no estén condicionadas a la decisión y/o aprobación de terceros, ni a aceptación de las observaciones formuladas al pliego y minuta del contrato. Que estén presentadas debidamente firmadas por el representante legal. Certificado de existencia y representación legal. Son válidos los Certificados Electrónicos de Existencia y Representación Legal que expide la Cámara de Comercio. Las propuestas de los generadores y/o comercializadores actuales que estén inscritos en el SIC, o tengan a la fecha de vencimiento del plazo de presentación de las propuestas, proyectos de generación registrados en fase 3 ante la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) y que para este último caso adjunten la certificación correspondiente de la UPME. No se acepta prepago. LA EMPRESA pagará la energía suministrada, con recursos propios, dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes, contados a partir del último día de suministro del mes correspondiente, siempre que se haya liquidado y facturado el respectivo servicio. En la liquidación se considerarán los precios propuestos a pesos de septiembre de 2017 actualizados conforme el numeral 2.2 de estos Términos. Página 17 de 44

La ofertas que soliciten garantía bancaria serán descalificadas No podrán presentarse a esta convocatoria empresas comercializadoras o generadoras que hayan tenido, directamente o empresas del mismo grupo avisos de limitación de suministro en los últimos tres años. Lo anterior, de acuerdo con las resoluciones CREG 001 de 1998, CREG 039 de 2010 o CREG 156 de 2011 y según las publicaciones de incumplimientos publicadas por el administrador del sistema. Serán seleccionadas las propuestas con base en los precios más favorables, los demás son requerimientos subsanables que deben adjuntarse, el único factor de escogencia es el precio es decir, en los menores valores ofrecidos en $/kwh con máximo dos decimales de septiembre de 2017 con el objeto de obtener las mejores condiciones económicas para la compra de la energía requerida por LA EMPRESA, según lo descrito en estos términos. 3.2. METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN LA EMPRESA efectuará los estudios del caso y el análisis comparativo de las propuestas, para adjudicar al(los) proponente(s) cuya(s) propuesta(s) sea(n) la(s) más favorable(s) para LA EMPRESA y esté(n) ajustada(s) a los requisitos exigidos en estos términos de referencia. De conformidad con la Ley y la regulación vigente, las Propuestas serán evaluadas únicamente con base en los precios, es decir, en los menores valores ofrecidos en $/kwh con máximo dos decimales de septiembre de 2017. Serán descalificadas las ofertas que exijan garantías diferentes a la ofrecida, igualmente serán descalificadas ofertas con cláusulas que impliquen revisión de precio por cambios regulatorios durante la ejecución del contrato. Si por algún motivo se presentan discrepancias entre la información de la propuesta marcada como original y la copia escrita o entre el original y la información en medio digital, prevalecerá la información del documento físico original. LA EMPRESA, procederá a seleccionar las ofertas más favorables, considerando para esto los posibles empates entre Propuestas, de conformidad con las resoluciones emitidas por la CREG, sobre convocatorias para compra de energía Página 18 de 44

en especial la Resolución CREG 020 de 1996 y CREG 167 de 2008,, Articulo 8 Ley 1837 de 30 de junio y las que las modifiquen. Se seleccionarán como Propuestas elegibles aquellas que cumplan en forma total con las condiciones de estos Términos de Referencia. Las ofertas pueden ser evaluadas individualmente o de forma conjunta con otras propuestas, en cualquier caso, LA EMPRESA, seleccionará la oferta con el precio o combinaciones de precios de las ofertas que le sean más favorables, para el periodo 2018-2019. LA EMPRESA podrá contratar con los oferentes favorecidos, en cada uno de los períodos de suministro, la totalidad de los MWh ofertados o fracciones de éstos. DISPAC S.A. ESP podrá optar por cualquiera de los esquemas planteados por los oferentes. DISPAC S.A. ESP está en libertad de aceptar el total o parte de lo ofrecido, o sencillamente, no aceptar la propuesta. 3.3. RESERVAS ESPECIALES LA EMPRESA se reserva el derecho o facultad de: (i) no adjudicar la presente Invitación o de adjudicar un porcentaje o cantidad parcial de energía, de acuerdo con la conveniencia de los precios propuestos y (ii) aceptar o rechazar, total o parcialmente la(s) propuesta(s) que hayan sido presentadas. 3.4. DECLARATORIA DE NO ADJUDICACIÓN DE LA SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS LA EMPRESA podrá declarar la no adjudicación de la presente Solicitud Pública de Ofertas cuando no se presenten propuestas o existan motivos económicos, técnicos o jurídicos que impidan una selección objetiva o cuando la empresa decida su no adjudicación. DISPAC S.A. ESP podrá proceder a la declaración de no adjudicación de la Solicitud Pública de Ofertas en caso que se presente alguna de las siguientes causales: En la fecha y hora del cierre de la convocatoria y apertura de ofertas no se haya radicado ninguna por falta de presentación Página 19 de 44

Ninguna de las propuestas se ajuste a las condiciones exigidas en los términos de referencia. Si solo se recibe una propuesta DISPAC S.A. ESP, se reserva el derecho de evaluarla o no y por lo tanto, declarar la no adjudicación de la presente convocatoria. En el evento que existan motivos que impidan la selección objetiva del Proveedor. Cuando se descubran acuerdos o maniobras perjudiciales para DISPAC S.A. ESP. Si se hubiere violado la reserva de las ofertas antes del cierre la convocatoria. Cuando se compruebe que se han presentado ofertas en las que se han fijado condiciones económicas o de contratación artificialmente bajas con el propósito de obtener la adjudicación del contrato. Cuando la información presentada en la oferta sea engañosa. Si los hechos se comprueban con posterioridad a la suscripción del contrato estos son causal justa para darlo por terminado; sin perjuicio de las acciones a que den lugar estos hechos. 3.5. ADJUDICACIÓN Y SUSCRIPCION DEL CONTRATO 3.5.1. PLAZO PARA EFECTUAR LA EVALUACIÓN DE OFERTAS El plazo para elaborar los estudios técnicos, económicos y jurídicos necesarios para la evaluación de las Ofertas será el establecido en estos Términos de Referencia. La solicitud a los proponentes de las aclaraciones y explicaciones que se consideren indispensables será máximo de dos (2) días hábiles a partir de la solicitud vía correo electrónico. DISPAC S.A. ESP, se reserva el derecho de solicitar aclaraciones de las propuestas a los Oferentes antes de la etapa de adjudicación. Dentro de este plazo, DISPAC S.A. ESP podrá solicitar por escrito a los proponentes las aclaraciones y/o explicaciones que considere necesarias, las cuales deberán ser resueltas por escrito, bajo el entendido que tales aclaraciones y explicaciones no constituyen modificaciones a los aspectos sustantivos de comparación de las propuestas, ni sirven para completarlas. 3.5.2. ADJUDICACIÓN La adjudicación se efectuará por el representante legal de LA EMPRESA o quien haga sus veces, con base en el resultado de la evaluación que será comunicada por escrito y/o vía Fax al (a los) proponente(s) favorecido(s). A los no favorecidos Página 20 de 44

se les informará de la adjudicación, dentro de los tres (3) días siguientes a la fecha de adjudicación. 3.5.3. SUSCRIPCION DEL CONTRATO Una vez notificada la adjudicación al proponente o proponentes seleccionados, éste o estos deberá(n) suscribir el Contrato a más tardar diez (10) días hábiles luego de la adjudicación. El registro del contrato se realizará en los términos y plazos establecidos en la regulación, en especial la resolución CREG 157 de 2011. Si por algún motivo al momento del registro el adjudicatario carece de los requisitos establecidos DISPAC se reserva el derecho de elegir la(s) siguiente(s) oferta(s) en orden de mérito evaluadas. Así mismo, dentro de los plazos establecidos en la regulación vigente para el registro del contrato ante el ASIC o aquella que la modifique o sustituya, las partes deberán, presentar originales de las garantías que avalarán el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato, las que se mantendrán vigentes durante el término de éste y su liquidación se ajustará a los límites de existencia y extensión del riesgo amparado. 3.5.4. EJECUCIÓN DEL CONTRATO Para la ejecución del contrato se requiere la aprobación, por parte de DISPAC S.A. ESP, de las garantías exigidas en el contrato y de los demás requisitos de ejecución contractual. 3.5.5. MINUTA DEL CONTRATO La minuta del contrato contendrá las generalidades de Ley. Los términos de referencia de esta Solicitud Pública de Ofertas y la oferta del Oferente seleccionado constituirán las obligaciones contractuales de las partes, primando ante cualquier controversia los requisitos, obligaciones, sanciones, modalidades de pago, etc., contenidos en estos términos de referencia. Por lo anterior, la oferta del Oferente, las metas ofrecidas y los estimativos de ejecución, se constituirán en obligaciones contractuales. El modelo de contrato indicativo se contiene en el Anexo No. 2, el cual se ajustará a las condiciones de oferta finalmente aceptadas. 3.5.6. PLAZO DEL CONTRATO El plazo del contrato para el desarrollo de las actividades descritas en el objeto de esta Solicitud Pública de Ofertas será el que resulte del proceso de evaluación y adjudicación. Página 21 de 44

3.5.7. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN El contratista no podrá ceder el contrato en todo o en parte, ni subcontratar su cumplimiento o ejecución, sin previa y expresa autorización escrita del representante de DISPAC S.A. ESP; esta autorización deberá solicitarse por escrito, con la indicación clara y precisa del cesionario o sub-oferente, así mismo se deberán adjuntar las autorizaciones legales y estatutarias en las que conste la aprobación de la cesión tanto del cedente como del cesionario. Esta solicitud se deberá hacer con la antelación necesaria para que no se produzcan retrasos en caso de que se niegue. 3.5.8. GARANTÍAS Garantía de pago: (i) LA EMPRESA, con el fin de garantizar el pago de la energía suministrada, otorgará la siguiente garantía: Pagaré en blanco con carta de instrucciones; la garantía definida se suscribirá y se entregará por parte de LA EMPRESA al proponente favorecido. (ii) PROVEEDOR: Pagare en blanco con carta de instrucciones; la garantía definida se suscribirá y se entregará por parte del PROVEEDOR a LA EMPRESA. Las garantías de cumplimiento (pagaré en blanco) deben ser constituidas dentro del mes siguiente a la firma del contrato y antes del registro del contrato ante el ASIC. 3.5.9. IMPUESTOS Y DEDUCCIONES Corresponde al Oferente el pago de todos los impuestos Nacionales, Regionales y Locales a que haya lugar según las disposiciones legales vigentes y que estén vigentes a la fecha de expedición de los presentes Términos de Referencia. Debe quedar explícito en la oferta que valor ofrecido no será modificable ante cambios regulatorios, durante la vigencia del contrato. 3.5.10. PLAZO PARA LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO El plazo para la liquidación del contrato es de tres (3) meses contados a partir del vencimiento de la vigencia del mismo. Página 22 de 44

DISPAC S.A. ESP Solicitud Pública de Ofertas DG-009-2017 Términos de Referencia Suministro de Energía y Potencia Mercado Regulado de enero 01 de 2018 a diciembre 31 de 2019 CAPITULO IV. ANEXOS ANEXO No. 1 CURVAS DE CARGA y CANTIDADES DE ENERGÍA REQUERIDAS 1Cantidades de la energía requeridas por mes para enero de 2018 a diciembre de 2018 [kwh] Enero a Junio Mes ene-18 feb-18 mar-18 abr-18 may-18 jun-18 Tipo de día SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO No. de Días 4 6 21 4 4 20 5 7 19 4 5 21 4 6 21 5 6 19 HORA 01 12.692,4 18.374,5 47.662,0 11.312,9 12.053,1 42.741,7 14.666,2 19.973,2 43.647,1 12.716,1 15.266,2 46.220,0 11.582,9 17.779,2 41.366,4 14.709,3 17.536,3 34.177,8 HORA 02 11.050,3 17.675,7 38.484,7 10.961,9 11.187,4 36.269,1 13.572,6 18.504,7 32.896,2 10.485,7 13.460,3 33.196,1 10.484,8 15.135,2 35.030,7 14.547,3 15.873,9 31.078,5 HORA 03 10.873,2 16.426,5 36.601,2 10.493,0 11.010,6 34.084,3 12.786,3 17.559,0 31.768,8 10.497,7 12.201,7 31.862,1 10.323,9 14.744,9 33.718,9 14.320,8 15.521,5 29.974,1 HORA 04 10.513,4 15.795,7 34.969,7 10.198,1 10.712,6 32.913,5 12.218,3 16.959,3 29.548,1 10.019,3 11.923,3 30.401,3 9.990,8 14.565,1 32.517,3 14.086,1 14.974,6 28.656,9 HORA 05 10.439,8 15.811,4 35.628,6 10.246,5 10.449,5 34.256,5 12.405,9 16.912,3 30.422,3 10.060,9 11.959,6 30.548,3 9.792,9 14.445,5 32.712,4 13.672,0 14.659,4 28.731,3 HORA 06 10.791,3 15.646,5 39.611,8 10.238,4 10.532,5 41.514,4 12.995,9 17.397,1 36.626,5 9.845,9 11.916,7 37.440,8 10.416,3 14.879,1 39.617,0 13.959,9 14.831,8 33.244,1 HORA 07 11.107,3 16.140,5 44.793,9 11.274,4 10.878,3 47.709,0 13.730,2 17.959,8 41.519,2 10.913,6 12.581,3 42.518,5 11.350,2 16.044,4 45.471,0 15.264,8 16.086,0 37.387,8 HORA 08 13.066,0 18.408,9 52.656,1 13.064,4 12.304,3 52.975,7 15.757,9 19.810,4 47.099,1 12.758,3 12.475,6 48.490,4 12.940,6 17.634,2 50.473,4 17.200,0 17.327,5 44.569,3 HORA 09 14.669,3 20.576,7 57.733,5 14.825,9 13.525,4 57.731,5 17.690,4 22.832,1 52.085,8 14.239,1 13.468,4 53.905,5 14.548,8 19.655,3 57.643,9 18.759,8 19.412,4 50.971,3 HORA 10 15.131,2 21.304,7 61.443,7 15.509,5 13.955,9 59.938,2 18.535,4 24.341,5 54.071,9 14.973,0 14.461,1 56.420,9 15.063,0 20.011,8 60.899,3 18.892,4 20.597,1 53.071,2 HORA 11 15.785,4 21.971,5 65.606,9 16.062,2 14.137,9 63.913,4 19.367,2 24.578,0 58.005,7 15.580,1 18.138,8 60.449,3 15.658,2 20.492,1 66.046,3 19.810,4 21.129,0 57.515,0 HORA 12 16.534,9 23.014,6 70.044,7 16.610,4 15.002,9 67.363,7 20.174,6 25.344,9 60.558,6 16.396,1 17.451,4 61.150,7 16.316,3 22.041,8 68.522,6 20.306,1 22.296,8 61.410,3 HORA 13 16.430,0 23.355,0 67.869,1 16.425,2 15.004,7 63.079,9 19.995,8 25.953,1 57.602,1 15.991,0 18.301,9 56.062,0 16.104,4 22.315,9 67.363,2 20.467,5 22.548,8 59.820,5 HORA 14 15.742,5 22.538,6 66.066,0 16.022,7 14.462,2 61.689,2 19.309,2 24.798,3 55.812,2 15.011,0 17.921,7 54.928,7 15.688,6 21.745,9 65.445,1 19.759,1 21.908,2 58.062,6 HORA 15 15.216,5 21.305,4 64.357,0 15.183,2 13.848,6 60.323,7 18.488,2 23.351,5 55.179,8 14.302,1 16.664,3 59.109,8 14.814,1 20.252,6 64.035,3 19.909,8 20.400,2 57.336,6 HORA 16 14.899,5 20.498,2 63.889,3 14.861,2 13.552,7 61.625,3 18.591,0 22.340,0 55.002,1 13.820,6 16.188,4 60.224,4 14.615,1 19.803,6 63.117,3 19.513,8 18.488,7 56.907,4 HORA 17 14.542,7 20.167,1 63.128,2 14.509,1 13.619,5 62.118,9 17.177,2 22.146,8 54.738,2 13.617,0 16.234,9 63.885,9 14.183,9 19.549,0 64.877,6 19.630,3 18.142,2 54.295,4 HORA 18 12.158,3 16.997,1 134.809,5 12.356,0 11.697,7 133.080,1 14.827,4 18.728,3 117.703,3 11.164,4 13.187,6 135.492,8 11.697,6 16.381,9 136.772,1 16.310,1 15.318,4 120.292,3 HORA 19 12.834,6 18.084,8 138.835,8 12.678,0 11.977,1 133.074,9 15.852,4 20.297,1 119.943,0 12.637,0 12.766,9 137.371,3 12.440,3 17.263,4 137.623,7 16.093,6 16.175,6 118.371,6 HORA 20 13.835,4 20.053,5 147.671,6 13.627,0 13.318,1 143.091,4 16.557,9 22.092,8 128.933,9 12.261,6 11.880,6 145.452,6 13.059,3 18.362,9 142.671,0 17.551,0 18.090,9 126.463,3 HORA 21 14.313,6 21.276,3 151.869,0 14.129,7 14.139,7 148.438,6 16.804,3 22.834,5 133.789,3 13.782,8 12.673,2 149.819,4 13.472,8 19.081,0 147.661,8 18.650,4 19.445,3 131.228,2 HORA 22 22.355,3 32.542,3 93.669,1 22.246,9 21.529,3 90.116,6 26.158,8 35.962,3 79.798,3 19.417,4 19.624,2 89.602,2 20.986,4 28.895,2 83.453,3 29.081,6 29.617,0 77.485,6 HORA 23 16.942,0 23.634,5 65.056,4 16.663,0 15.325,0 61.693,5 19.435,1 25.825,4 56.665,8 14.519,7 14.405,6 61.030,8 15.418,6 21.328,9 54.870,2 21.988,4 22.111,4 53.519,3 HORA 24 16.816,5 23.170,3 59.623,3 16.509,1 15.163,2 54.581,5 19.435,0 24.480,4 51.107,9 13.660,7 14.172,9 55.083,9 15.176,9 21.345,8 51.296,5 21.162,9 22.006,9 48.446,1 Total 338.741,5 484.770,2 1.702.081,5 336.008,7 319.388,4 1.644.324,6 406.533,2 530.982,8 1.484.525,1 318.670,9 349.326,6 1.600.667,7 326.126,8 453.754,7 1.643.206,5 435.647,4 454.500,0 1.453.016,5 2.525.593,2 2.299.721,7 2.422.041,0 2.268.665,2 2.423.088,0 2.343.163,9 Página 23 de 44

Julio a diciembre de 2018 jul-18 ago-18 sep-18 oct-18 nov-18 dic-18 SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO 4 7 20 4 6 21 5 5 20 4 5 22 4 6 20 5 6 20 10.906,0 19.333,4 35.186,2 10.906,0 16.571,5 36.945,5 15.872,3 16.688,6 33.965,6 10.906,0 13.809,5 38.704,8 10.860,9 17.137,4 35.484,5 14.341,2 17.677,1 37.269,8 10.305,3 18.040,7 32.521,2 10.305,3 15.463,4 34.147,2 15.383,0 15.353,6 12.076,9 10.305,3 12.886,2 35.773,2 10.251,6 16.099,6 33.122,4 13.398,9 16.422,5 34.112,6 9.847,6 17.496,0 30.291,2 9.847,6 14.996,6 31.805,7 14.642,2 14.698,1 30.019,2 9.847,6 12.497,2 33.320,3 9.900,2 15.384,7 30.801,1 13.039,7 16.134,9 33.325,3 9.682,0 17.304,6 30.699,3 9.682,0 14.832,6 32.234,2 15.179,3 14.889,2 30.453,3 9.682,0 12.360,5 33.769,2 9.961,9 14.856,4 31.285,6 12.710,4 15.674,1 31.891,5 9.947,0 17.153,6 32.086,6 9.947,0 14.703,1 33.690,9 14.858,7 14.405,5 31.065,6 9.947,0 12.252,6 35.295,3 9.710,5 15.103,5 31.569,3 12.823,7 15.777,1 33.264,3 10.149,2 17.134,0 36.539,5 10.149,2 14.686,3 38.366,4 15.370,4 14.691,8 36.488,7 10.149,2 12.238,6 40.193,4 10.070,7 14.694,2 36.716,7 13.006,0 15.544,1 35.053,0 11.143,2 18.610,3 42.127,6 11.143,2 15.951,7 44.234,0 16.810,7 15.780,9 47.631,2 11.143,2 13.293,1 46.340,4 11.221,4 15.819,8 42.883,2 14.229,8 16.513,3 41.343,2 12.709,7 20.657,8 49.530,2 12.709,7 17.706,7 52.006,6 18.976,4 17.790,6 58.984,0 12.709,7 14.755,6 54.483,1 13.011,0 17.529,9 49.579,0 16.122,2 18.850,5 50.245,9 14.169,8 23.039,7 54.007,9 14.169,8 19.748,3 56.708,2 20.487,5 19.386,8 64.524,8 14.169,8 16.457,0 59.408,6 14.148,2 18.913,5 54.901,6 18.039,0 20.207,7 54.189,1 14.618,3 23.612,7 57.246,8 14.618,3 20.239,5 60.109,1 21.791,1 19.926,8 67.932,9 14.618,3 16.866,2 62.971,5 14.900,8 19.807,6 56.627,1 18.182,0 20.883,1 55.682,6 15.511,1 24.667,7 60.785,7 15.511,1 21.143,8 63.824,9 22.322,5 20.574,9 72.927,0 15.511,1 17.619,8 66.864,2 15.647,6 20.554,5 59.671,5 18.887,9 21.391,8 59.354,5 16.225,6 25.405,5 63.318,6 16.225,6 21.776,1 66.484,5 22.653,4 21.918,3 77.897,2 16.225,6 18.146,8 69.650,4 16.026,4 21.608,5 63.333,5 19.522,8 22.593,0 62.998,4 16.091,2 25.595,5 61.536,5 16.091,2 21.939,0 64.613,3 22.723,1 21.746,3 72.348,0 16.091,2 18.282,5 67.690,1 14.582,3 21.973,1 61.782,0 19.793,1 21.862,5 61.826,0 15.334,1 25.036,4 59.888,4 15.334,1 21.459,8 62.882,8 22.718,6 20.775,9 68.482,5 15.334,1 17.883,1 65.877,2 14.320,0 21.337,7 59.534,6 19.294,2 21.863,1 58.784,3 14.734,2 23.229,3 59.571,4 14.734,2 19.910,8 62.550,0 22.027,2 19.877,1 67.296,9 14.734,2 16.592,3 65.528,6 14.793,8 20.220,1 58.677,6 18.487,0 20.241,8 57.863,6 14.486,9 22.591,4 58.241,9 14.486,9 19.364,1 61.154,0 21.312,0 18.787,7 67.212,5 14.486,9 16.136,7 64.066,1 14.601,8 19.285,4 57.744,5 18.167,6 19.818,6 57.394,4 14.414,2 22.534,3 56.998,9 14.414,2 19.315,1 59.848,9 21.726,4 20.011,1 66.468,2 14.414,2 16.095,9 62.698,8 15.303,5 19.833,5 57.440,3 17.887,2 19.427,1 58.474,8 12.679,0 20.381,7 133.752,0 12.679,0 17.470,0 140.439,6 18.443,6 16.895,2 145.326,3 12.679,0 14.558,3 147.127,1 12.749,8 17.643,6 133.916,1 15.733,9 17.276,2 132.274,7 13.262,9 21.667,4 135.947,6 13.262,9 18.572,1 142.745,0 18.594,2 17.480,3 144.110,3 13.262,9 15.476,7 149.542,4 13.175,6 18.642,7 136.357,3 16.611,8 18.455,8 136.010,9 13.232,6 21.867,6 136.154,0 13.232,6 18.743,7 142.961,7 18.937,6 18.227,5 148.528,9 13.232,6 15.619,7 149.769,4 13.351,5 18.950,1 136.702,1 17.185,5 19.698,6 139.129,3 13.908,3 22.942,8 138.772,6 13.908,3 19.665,3 145.711,2 19.319,5 18.001,5 149.404,2 13.908,3 16.387,7 152.649,9 13.673,5 19.619,6 140.139,5 17.695,9 20.167,0 143.264,8 20.494,6 35.036,9 77.764,1 20.494,6 30.031,6 81.652,3 29.795,0 26.673,3 94.360,3 20.494,6 25.026,4 85.540,5 20.935,4 29.927,4 80.395,6 27.734,6 29.575,7 84.025,1 15.287,2 25.743,8 54.306,8 15.287,2 22.066,1 57.022,1 21.987,8 19.352,8 62.618,8 15.287,2 18.388,4 59.737,5 15.279,2 21.979,5 56.036,8 21.015,6 25.827,3 60.342,3 14.901,6 25.334,9 48.287,4 14.901,6 3.619,3 50.701,8 22.367,1 18.905,6 50.553,4 14.901,6 18.096,4 53.116,2 14.727,7 21.936,8 49.333,3 20.947,8 31.175,8 65.542,1 324.041,4 534.418,0 1.545.562,3 324.041,4 439.976,2 1.622.840,1 474.299,8 442.839,5 1.700.677,0 324.041,4 381.727,2 1.700.118,0 323.205,6 458.858,9 1.554.035,1 414.857,6 483.058,6 1.583.662,4 2.404.021,7 2.386.857,8 2.617.816,2 2.405.886,6 2.336.099,6 2.481.578,6 Total requerido 2018 = 28.914.533,5 kwh Página 24 de 44

1.2 Cantidades de la energía requeridas por mes de enero de 2019 a diciembre de 2019 [kwh] Enero a Junio 2019 Mes ene-18 feb-18 mar-18 abr-18 may-18 jun-18 Tipo de día SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO No. de Días 4 6 21 4 4 20 5 7 19 4 5 21 4 6 21 5 6 19 HORA 01 60.053,1 19.650,9 48.648,9 12.098,8 12.890,4 45.710,8 15.685,0 21.360,7 64.274,2 13.599,4 16.326,7 69.407,3 12.387,5 19.014,3 44.239,9 15.731,1 18.754,5 49.433,9 HORA 02 11.817,9 18.903,5 38.834,1 11.723,3 11.964,6 38.788,5 14.515,4 19.790,1 52.776,5 11.214,1 14.395,3 55.478,7 11.213,2 16.186,5 37.464,1 15.557,8 16.976,6 49.433,9 HORA 03 11.628,5 17.567,5 36.819,8 11.221,9 11.775,5 36.451,9 13.674,5 18.778,7 51.570,8 11.226,9 13.049,3 54.052,0 11.041,0 15.769,1 36.061,3 15.315,6 16.599,7 49.433,9 HORA 04 11.243,7 16.893,0 35.075,0 10.906,5 11.456,8 35.199,9 13.067,1 18.137,4 49.195,8 10.715,3 12.751,5 52.489,8 10.684,8 15.576,9 34.776,2 15.064,6 16.014,9 49.433,9 HORA 05 11.165,0 16.909,7 35.779,6 10.958,3 11.175,3 36.636,2 13.267,7 18.087,1 50.130,7 10.759,7 12.790,4 52.647,0 10.473,1 15.449,0 34.984,8 14.621,7 15.677,8 49.433,9 HORA 06 11.541,0 16.733,4 40.039,6 10.949,6 11.264,2 44.398,2 13.898,7 18.605,6 56.765,9 10.529,9 12.744,5 60.018,2 11.139,9 15.912,7 42.369,0 14.929,7 15.862,1 49.433,9 HORA 07 11.878,8 17.261,7 45.581,6 12.057,6 11.634,0 51.023,2 14.684,0 19.207,4 61.998,5 11.671,7 13.455,3 65.448,6 12.138,7 17.159,0 48.629,7 16.325,2 17.203,4 49.433,9 HORA 08 13.973,6 19.687,6 53.989,9 13.971,9 13.159,1 56.655,7 16.852,5 21.186,5 67.966,0 13.644,6 13.342,3 71.835,4 13.839,6 18.859,2 53.979,6 18.394,8 18.531,1 49.433,9 HORA 09 15.688,3 22.006,1 59.420,0 15.855,8 14.465,0 61.741,8 18.919,2 24.418,1 73.299,1 15.228,2 14.404,0 77.626,6 15.559,5 21.020,6 61.648,2 20.062,9 20.760,8 49.433,9 HORA 10 16.182,3 22.784,6 63.388,0 16.586,9 14.925,4 64.101,8 19.823,0 26.032,4 75.423,1 16.013,1 15.465,7 80.316,7 16.109,3 21.402,0 65.129,7 20.204,8 22.027,9 49.433,9 HORA 11 16.882,0 23.497,8 67.840,4 17.178,0 15.120,1 68.353,1 20.712,5 26.285,3 79.630,2 16.662,4 19.398,8 84.625,0 16.745,9 21.915,6 70.634,3 21.186,6 22.596,8 49.433,9 HORA 12 17.683,5 24.613,4 72.586,5 17.764,2 16.045,1 72.043,2 21.576,1 27.105,5 82.360,5 17.535,1 18.663,7 85.375,1 17.449,7 23.573,0 73.282,6 21.716,6 23.845,6 49.433,9 HORA 13 17.571,3 24.977,3 70.259,8 17.566,2 16.047,0 67.461,8 21.384,8 27.756,0 79.198,6 17.101,8 19.573,3 79.932,9 17.223,1 23.866,1 72.042,6 21.889,3 24.115,2 49.433,9 HORA 14 16.836,1 24.104,2 68.331,4 17.135,8 15.466,8 65.974,5 20.650,5 26.521,0 77.284,4 16.053,8 19.166,7 78.721,0 16.778,4 23.256,5 69.991,3 21.131,6 23.430,0 49.433,9 HORA 15 16.273,5 22.785,3 66.503,7 16.237,9 14.810,6 64.514,1 19.772,5 24.973,6 76.608,0 15.295,6 17.821,9 83.192,5 15.843,2 21.659,5 68.483,6 21.292,9 21.817,3 49.433,9 HORA 16 15.934,6 21.922,1 66.003,5 15.893,5 14.494,1 65.906,2 19.882,4 23.891,9 76.418,0 14.780,7 17.313,0 84.384,5 15.630,4 21.179,3 67.501,8 20.869,3 19.773,0 49.433,9 HORA 17 15.552,9 21.568,0 65.189,5 15.516,9 14.565,6 66.434,0 18.370,4 23.685,2 76.135,8 14.562,9 17.362,7 88.300,4 15.169,2 20.907,0 49.532,3 20.993,9 19.402,4 49.433,9 HORA 18 13.002,9 18.177,9 144.174,1 13.214,3 12.510,2 142.324,6 15.857,4 20.029,3 125.879,7 11.939,9 14.103,7 144.904,9 12.510,2 17.519,8 146.273,1 17.443,1 16.382,5 128.648,4 HORA 19 12.389,9 17.458,2 134.025,3 12.238,8 11.562,1 128.464,0 15.303,1 19.593,8 115.787,0 12.199,1 12.324,5 132.611,5 12.009,3 16.665,2 132.855,1 15.535,9 15.615,1 114.270,1 HORA 20 13.193,8 19.123,5 140.823,3 12.995,1 12.700,5 136.455,5 15.790,1 21.068,3 122.954,6 11.693,0 11.329,6 138.707,2 12.453,7 17.511,3 136.054,6 16.737,1 17.251,9 120.598,6 HORA 21 15.307,9 22.754,3 162.418,7 15.111,2 15.121,9 158.750,0 17.971,6 24.420,7 143.083,0 14.740,3 13.553,6 160.226,7 14.408,7 20.406,5 157.919,3 19.946,0 20.796,1 140.344,1 HORA 22 23.908,2 34.802,9 97.136,1 23.792,3 23.024,9 96.376,6 27.975,9 38.460,5 108.356,9 20.766,2 20.987,4 121.956,9 22.444,2 30.902,4 89.250,5 31.101,7 31.674,3 64.662,0 HORA 23 18.118,9 25.276,3 67.016,4 17.820,5 16.389,5 65.979,1 20.785,2 27.619,3 79.978,4 15.528,3 15.406,3 87.269,1 16.489,6 22.810,6 58.681,8 23.515,9 23.647,4 54.438,0 HORA 24 17.984,7 24.779,8 60.908,5 17.655,9 16.216,5 58.373,1 20.785,0 26.180,9 76.286,4 14.609,6 15.157,4 83.465,9 16.231,1 22.828,6 54.859,8 22.633,0 23.535,6 60.765,1 Total 405.812,4 514.239,1 1.740.793,6 356.451,2 338.785,1 1.728.117,8 431.204,8 563.195,4 1.923.362,0 338.071,5 370.887,3 2.092.994,0 345.973,4 481.350,6 1.706.645,1 462.201,3 482.292,3 1.524.102,1 2.660.845,2 2.423.354,2 2.917.762,2 2.801.952,8 2.533.969,0 2.468.595,7 Página 25 de 44

Junio a diciembre 2019 Mes jul-18 ago-18 sep-18 oct-18 nov-18 dic-18 Tipo de día SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO No. de Días 4 7 20 4 6 21 5 5 20 4 5 22 4 6 20 5 6 20 HORA 01 11.663,6 20.676,4 37.630,4 11.663,6 17.722,6 39.511,9 16.974,9 17.847,8 36.325,1 11.663,6 14.768,8 41.393,4 11.615,3 18.327,8 37.949,5 15.337,4 18.905,0 39.858,7 HORA 02 11.021,2 19.293,9 34.780,3 11.021,2 16.537,6 36.519,3 16.451,6 16.420,1 33.562,4 11.021,2 13.781,3 38.258,3 10.963,8 17.217,9 35.423,3 14.329,7 17.563,3 36.482,2 HORA 03 10.531,7 18.711,4 32.395,4 10.531,7 16.038,4 34.015,1 15.659,3 15.719,1 32.104,5 10.531,7 13.365,3 35.634,9 10.588,0 16.453,4 32.940,8 13.945,5 17.255,7 35.640,2 HORA 04 10.354,6 18.506,7 32.831,8 10.354,6 15.862,9 34.473,4 16.233,8 15.923,5 32.568,8 10.354,6 13.219,1 36.115,0 10.653,9 15.888,4 33.458,8 13.593,3 16.762,9 34.106,9 HORA 05 10.638,0 18.345,2 34.315,5 10.638,0 15.724,5 36.031,3 15.890,9 15.406,2 33.223,6 10.638,0 13.103,7 37.747,1 10.385,0 16.152,7 33.762,3 13.714,5 16.873,1 35.575,0 HORA 06 10.854,3 18.324,2 39.077,7 10.854,3 15.706,5 41.031,6 16.438,1 15.712,4 39.023,5 10.854,3 13.088,7 42.985,4 10.770,3 15.714,9 39.267,2 13.909,5 16.623,8 37.488,0 HORA 07 11.917,2 19.903,1 45.054,0 11.917,2 17.059,8 47.306,7 17.978,5 16.877,2 50.939,9 11.917,2 14.216,5 49.559,4 12.000,9 16.918,7 45.862,1 15.218,3 17.660,4 44.215,1 HORA 08 13.592,6 22.092,8 52.970,8 13.592,6 18.936,7 55.619,3 20.294,6 19.026,4 63.081,4 13.592,6 15.780,6 58.267,9 13.914,8 18.747,7 53.023,1 17.242,1 20.160,0 53.736,3 HORA 09 15.154,1 24.640,2 57.759,6 15.154,1 21.120,2 60.647,5 21.910,7 20.733,6 69.007,1 15.154,1 17.600,1 63.535,5 15.131,0 20.227,3 58.715,4 19.292,0 21.611,4 57.953,4 HORA 10 15.633,8 25.253,0 61.223,5 15.633,8 21.645,4 64.284,7 23.304,8 21.311,0 72.651,9 15.633,8 18.037,9 67.345,8 15.935,9 21.183,5 60.560,8 19.445,1 22.333,7 59.550,7 HORA 11 16.588,5 26.381,3 65.008,2 16.588,5 22.612,5 68.258,6 23.873,1 22.004,2 77.992,9 16.588,5 18.843,8 71.509,0 16.734,6 21.982,4 63.816,6 20.199,9 22.877,8 63.477,6 HORA 12 17.352,7 27.170,3 67.717,0 17.352,7 23.288,8 71.102,9 24.227,0 23.440,9 83.308,4 17.352,7 19.407,3 74.488,7 17.139,7 23.109,5 67.733,0 20.878,9 24.162,5 67.374,6 HORA 13 17.209,0 27.373,5 65.811,1 17.209,0 23.463,0 69.101,7 24.301,6 23.256,9 77.373,7 17.209,0 19.552,5 72.392,2 15.595,2 23.499,5 66.073,8 21.168,1 23.381,2 66.120,8 HORA 14 16.399,3 26.775,6 64.048,6 16.399,3 22.950,5 67.251,0 24.296,7 22.219,1 73.239,7 16.399,3 19.125,4 70.453,4 15.314,8 22.819,9 63.670,2 20.634,5 23.381,8 62.867,8 HORA 15 15.757,7 24.842,9 63.709,6 15.757,7 21.293,9 66.895,1 23.557,4 21.257,9 71.971,7 15.757,7 17.744,9 70.080,6 15.821,5 21.624,7 62.753,6 19.771,2 21.647,9 61.883,1 HORA 16 15.493,2 24.160,7 62.287,7 15.493,2 20.709,2 65.402,1 22.792,4 20.092,8 71.881,5 15.493,2 17.257,7 68.516,5 15.616,1 20.625,1 61.755,8 19.429,6 21.195,3 61.381,3 HORA 17 15.415,4 24.099,6 60.958,4 15.415,4 20.656,8 64.006,3 23.235,6 21.401,2 71.085,5 15.415,4 17.214,0 67.054,2 16.366,6 21.211,2 61.430,4 19.129,8 20.776,7 62.536,8 HORA 18 13.559,8 21.797,5 143.043,1 13.559,8 18.683,6 150.195,3 19.724,8 18.068,9 155.421,5 13.559,8 15.569,6 157.347,4 13.635,5 18.869,2 143.218,7 16.826,8 18.476,3 141.463,2 HORA 19 12.803,3 20.916,6 131.237,1 12.803,3 17.928,5 137.799,0 17.950,0 16.874,6 139.117,0 12.803,3 14.940,5 144.360,8 12.719,1 17.996,8 131.632,6 16.036,2 17.816,4 131.298,2 HORA 20 12.619,0 20.853,5 129.839,9 12.619,0 17.874,5 136.331,9 18.059,4 17.382,2 141.640,9 12.619,0 14.895,4 142.823,9 12.732,3 18.071,3 130.362,6 16.388,5 18.785,1 132.677,2 HORA 21 14.874,5 24.536,6 148.412,5 14.874,5 21.031,4 155.833,1 20.661,6 19.252,0 159.782,6 14.874,5 17.526,1 163.253,8 14.623,4 20.982,4 149.874,4 18.925,1 21.567,9 153.216,7 HORA 22 21.918,3 37.470,8 83.166,1 21.918,3 32.117,8 87.324,4 31.864,7 28.526,2 100.915,1 21.918,3 26.764,8 91.482,6 22.389,7 32.006,4 85.980,3 29.661,2 31.630,2 89.862,0 HORA 23 16.349,1 27.532,1 58.079,3 16.349,1 23.598,9 60.983,2 23.515,2 20.697,2 66.968,7 16.349,1 19.665,8 63.887,2 16.340,6 23.506,3 59.929,4 22.475,4 24.088,2 64.534,0 HORA 24 15.936,7 27.094,8 51.641,8 15.936,7 3.870,7 54.223,8 23.920,9 20.218,8 54.065,2 15.936,7 19.353,5 56.805,9 15.750,8 23.460,7 52.760,3 22.402,9 24.139,2 56.949,0 Total 343.637,5 566.752,7 1.622.999,4 343.637,5 466.434,6 1.704.149,1 503.117,6 469.670,2 1.807.252,5 343.637,5 404.823,3 1.785.298,8 342.738,8 486.597,7 1.631.954,7 439.955,7 499.675,7 1.650.248,9 2.533.389,5 2.514.221,1 2.780.040,3 2.533.759,6 2.461.291,2 2.589.880,2 Total requerido año 2019 = 31.219.060,9 kwh Página 26 de 44

DISPAC S.A. ESP Solicitud Pública de Ofertas DG-009-2017 Términos de Referencia Suministro de Energía y Potencia Mercado Regulado de enero 01 de 2018 a diciembre 31 de 2019 ANEXO No. 2 MODELO MINUTA DEL CONTRATO OBJETO: SUMINISTRO DE ENERGÍA Y POTENCIA PARA EL MERCADO REGULADO VENDEDOR O PROVEEDOR: COMPRADOR: EMPRESA DISTRIBUIDORA DEL PACÍFICO S.A. ESP - DISPAC S.A. ESP Entre los suscritos a saber: identificado con C. C. No, en su calidad de, que obra en nombre y representación de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DEL PACIFICO DISPAC S.A. ESP, sociedad con domicilio en Quibdó Chocó, constituida por Escritura Pública No. 3.659 del 11 de diciembre del 2001, otorgada en la Notaría 24 del Círculo de Bogotá, inscrita el 13 de diciembre de 2001, que para los efectos del presente contrato se llamará LA EMPRESA, por una parte, y por otra parte, identificado con la Cédula de Ciudadanía No expedida en, quien en su calidad de Representante Legal obra en nombre y representación de en su calidad de Representante Legal de la misma, haciendo constar que fue creada mediante XXXX, formalizada su constitución como Sociedad Anónima mediante la Escritura Pública de de la Notaría Única de y sometida al régimen jurídico establecido en las Leyes de Servicios Públicos Domiciliarios y Eléctrica (Leyes 142 y 143 de 1994), personería que se acredita con el certificado existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de, que se agrega al presente documento para que forme parte integrante del mismo, sociedad que en adelante se llamará EL PROVEEDOR, han acordado celebrar el presente contrato de SUMINISTRO DE ENERGÍA Y POTENCIA, previas las siguientes consideraciones: a. Que en la sesión de la Junta Directiva de LA EMPRESA celebrada el 11 de junio de 2017, se autorizó al representante legal de LA EMPRESA para abrir invitación para la compra de energía correspondiente al periodo 1º de enero de 2018 al 31 de diciembre de 2019, como consta en el Acta No. 251 del 11 de Julio. b. Que el 26 de octubre de 2017, la EMPRESA abrió la Solicitud Pública de Oferta DG No 009 2017 para el suministro de energía y potencia con destino a su mercado regulado, para el periodo comprendido entre las 00:00 horas del primero (01) de enero de 2018 y las 24:00 horas del treinta y uno (31) de diciembre de 2019. c. Que la Solicitud Pública de Ofertas DG No 009 2017 se cerró el xx (xx) de xxxx de 2017. Página 27 de 44

d. Que, el xxx (xx) de de xxx de 2017, el Comité Evaluador presentó a la Gerencia el informe de evaluación final de las ofertas. e. Que, el Gerente General de la EMPRESA, mediante Directiva xx de 2017 procedió a efectuar la adjudicación de la Solicitud Pública de Ofertas DG No 009 2017. f. Que EL PROVEEDOR cuenta con todas las autorizaciones legales y corporativas necesarias para suscribir el presente contrato, las cuales están incorporadas en el presente contrato. g. Que de conformidad con las anteriores consideraciones se suscribe el presente contrato contenido en las siguientes CLÁUSULAS PRIMERA. - OBJETO.- El presente contrato tiene por objeto contratar el suministro de energía y potencia para atender su mercado regulado durante la vigencia de tiempo comprendida entre las 00:00 horas del primero (01) de enero del 2018 y las 24:00 horas del treinta y uno (31) de diciembre de 2019, según las Cantidades de energía y precio que aparecen en el anexo No 1 de este contrato. SEGUNDA.- PLAZO DEL CONTRATO.- El presente contrato estará vigente desde su suscripción hasta su liquidación, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula Décima Quinta del presente documento. La energía contratada será suministrada por EL PROVEEDOR a LA EMPRESA en el periodo comprendido entre las 00:00 horas del primero de enero de 2018 hasta las 24:00 horas del 31 de diciembre de 2019. El presente contrato podrá prorrogarse por libre acuerdo entre las partes. TERCERA.- VALOR DEL CONTRATO.- Para todos los efectos legales a que hubiere lugar, el presente contrato es de cuantía indeterminada. El valor real se determinará una vez concluido el suministro de energía materia del contrato. CUARTA.- ALCANCE DEL SUMINISTRO.- La modalidad de este contrato de suministro es pague lo contratado. Bajo esta modalidad, El PROVEEDOR se compromete a entregarle a LA EMPRESA, las cantidades establecidas en el Anexo No 1 Cantidades de energía y precio, contratadas y liquidadas por el Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales, ASIC. QUINTA.- PRECIO DE LA ENERGÍA SUMINISTRADA.- El precio del presente contrato de suministro corresponde a los precios presentados por el proponente en su oferta adjudicada, según informe de evaluación, la cual hace parte integral de éste contrato, especificados en pesos colombianos constantes del mes de julio de 2017. En todo caso el precio es el indicado en el Anexo No 1 Cantidades de energía y precio del presente contrato. SEXTA.- LIQUIDACIÓN DEL SUMINISTRO.- La liquidación del suministro se hará con base en las cifras pactadas en las Cláusulas Cuarta y Quinta del presente contrato. Las cantidades de Página 28 de 44

energía realmente suministradas serán las que despachen y liquide el Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC) para LA EMPRESA. SÉPTIMA.- FORMULA DE AJUSTE.- El precio se actualizará mensualmente con base en la variación del Índice de Precios al Productor Total Nacional - IPP certificado por el DANE, de acuerdo con la siguiente fórmula de ajuste: Donde: Pi = Po * ( IPPi / IPPo ), Po=Precio de la energía en el mes de septiembre de 2017. Pi=Precio de la energía para el mes (i) de suministro. IPPo=Índice de Precios al Productor Oferta Interna certificado por el DANE para el mes de septiembre de 2017. IPPi=Índice de Precios al Productor Oferta Interna certificado por el DANE para el mes i de suministro. OCTAVA.- FACTURAS Y FORMA DE PAGO.- LA EMPRESA efectuará el pago mensual de la energía suministrada en pesos colombianos. Cada factura debe contener los soportes correspondientes y cumplir con los requisitos exigidos por LA EMPRESA. El siguiente es el procedimiento para la facturación y los pagos: 1. Facturación.- Para cobrar el valor de la energía suministrada, el PROVEEDOR presentará la factura dentro de los primeros (quince) 15 días calendario siguientes al mes de suministro. La factura debe ser enviada a LA EMPRESA en original y copia, o por correo certificado y vía fax, siendo válida como fecha de recepción, la fecha de recibo del original o el fax de LA EMPRESA, cuando sea enviada por correo certificado y vía email. La recepción de las facturas vía email es aceptable para efectos de adelantar la revisión y aprobación de las mismas, siendo necesario recibir el documento original para el pago de las sumas adeudadas. El vencimiento será treinta (30) días calendario contados a partir del último día de suministro del mes correspondiente. En relación con la facturación se hacen las siguientes precisiones: 2. Diferencias entre Facturación y Consumo Real: En caso de presentarse diferencias entre los datos facturados y los consumos reales se procederá de la siguiente manera: Cuando el valor facturado sea superior al realmente suministrado, EL PROVEEDOR deberá elaborar una nota crédito a favor de LA EMPRESA por la diferencia resultante; cuando el valor facturado sea inferior al realmente suministrado EL PROVEEDOR deberá elaborar una factura de ajuste a cargo de LA EMPRESA por la diferencia resultante. 3. En cuanto a su vencimiento, se deberá tener en cuenta lo siguiente: a) Si su presentación se efectúa dentro de los quince (15) días hábiles contados a partir del primer día del mes siguiente al mes de consumo, su vencimiento será en la misma fecha de vencimiento de la factura original que modifica. b) Si su presentación es posterior al plazo establecido en el literal a, el vencimiento será el primer día hábil del segundo mes siguiente al mes de presentación. c) En ningún caso el vencimiento de la factura de ajuste podrá ser anterior al vencimiento de la factura original que modifica. Si el vencimiento de la factura de ajuste es posterior a la fecha de vencimiento de la factura original que modifica, LA EMPRESA para el caso de la factura de ajuste, o EL PROVEEDOR, para el caso de la nota crédito, reconocerá a la otra parte una tasa de actualización equivalente al DTF correspondiente a la Página 29 de 44

última semana del mes anterior a la fecha de elaboración de la nota de ajuste o de la nota crédito. Esta actualización se aplicará proporcionalmente desde la fecha de vencimiento de la factura que se modifica hasta la fecha de vencimiento estipulada en la nota crédito o débito. 4) Refacturaciones: Sé refacturará cuando la diferencia entre lo facturado y el valor real sea superior al 50% de lo facturado. En este caso se devolverá la factura para su corrección. El procedimiento para el pago de la nueva factura será el previsto en esta cláusula para el vencimiento de las notas y facturas de ajuste. 5) Reliquidaciones del ASIC.- En el evento que las reliquidaciones que efectúe el ASIC modifiquen las cantidades de energía suministrada, el PROVEEDOR deberá elaborar y presentar las notas de ajuste en el mes siguiente al que se publique la reliquidación. La tasa de actualización para las facturas de ajuste será la misma descrita en el numeral 2 de esta Cláusula. PARÁGRAFO 1.- El PROVEEDOR deberá tener en cuenta que LA EMPRESA recibe las facturas hasta el día veinte (20) calendario de cada mes, o el día hábil inmediatamente anterior. PARÁGRAFO 2.- LA EMPRESA, al momento del pago de las respectivas facturas, practicará los descuentos legales que rijan en esa fecha. PARÁGRAFO 3.- En caso que se cambie el tiempo máximo para que el ASIC expida las facturas, el plazo de expedición de la factura correspondiente se modificará considerando la nueva fecha más dos (2) días hábiles. PARÁGRAFO 4.- En caso de presentarse pagos anticipados, por una cantidad de energía mayor o menor a la liquidada por el ASIC, el PROVEEDOR deberá realizar los ajustes correspondientes en la factura. NOVENA.- GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO Y DE PAGO.- (i) LA EMPRESA, con el fin de garantizar el pago de la energía suministrada, otorgará la siguiente garantía: Pagaré en blanco con carta de instrucciones o garantía bancaria, la única garantía no otorgable es la hipotecaria; la garantía definida se suscribirá y se entregará por parte de LA EMPRESA al proponente favorecido (ii) PROVEEDOR: Pagare en blanco con carta de instrucciones; la garantía definida se suscribirá y se entregará por parte del PROVEEDOR a LA EMPRESA. Las garantías de cumplimiento (pagaré en blanco o garantía bancaria) deben ser constituidas dentro del mes siguiente a la firma del contrato y antes del registro del contrato ante el ASIC.. DÉCIMA.- MORA.- En caso de que los pagos no sean efectuados dentro de los plazos establecidos, LA EMPRESA reconocerá intereses en la cancelación de las facturas a la tasa máxima permitida por la ley comercial vigente y sin necesidad de requerimiento previo para constituirse en mora. Para los efectos del pago de intereses, el PROVEEDOR deberá efectuar los cálculos correspondientes y presentar la factura respectiva con los soportes que demuestren su existencia, el período por el cual se cobra y la tasa aplicada. UNDÉCIMA.- SITIO DE ENTREGA.- LA EMPRESA recibirá la energía contratada, en la Subestación Bolombolo 110 kv y en la Subestación La Virginia 230 kv que son sus fronteras comerciales actuales, más las que se constituyan durante la vigencia del contrato. Página 30 de 44

PARÁGRAFO 1.- Las fronteras de medición serán los equipos de medida de LA EMPRESA localizados en sus fronteras comerciales. Tanto EL PROVEEDOR como LA EMPRESA se obligan a cumplir la normatividad y los procedimientos vigentes en las resoluciones y códigos expedidos por la Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG, y aquellos acordados y definidos con el Sistema de Intercambios Comerciales SIC. DUODÉCIMA.- FUERZA MAYOR Y CASO FORTUITO.- En caso de fuerza mayor, caso fortuito o hecho de un tercero, el PROVEEDOR y LA EMPRESA quedarán exentos de toda responsabilidad en el cumplimiento de la entrega y/o recibo de la energía de acuerdo con lo establecido en el presente Contrato, durante el tiempo que se mantengan tales condiciones. La parte que sufra la fuerza mayor, caso fortuito o hecho de un tercero, deberá comunicarlo a la otra parte dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes a su ocurrencia. En todo caso, la parte que alegue alguno de estos hechos deberá demostrarlo. En el evento en que la autoridad competente declare un racionamiento de energía en Colombia, que afecte el normal cumplimiento del Contrato, las partes se acogerán a las decisiones que en esta materia tome la autoridad competente. DÉCIMATERCERA. CAUSALES DE INCUMPLIMIENTO, SUSPENSIÓN Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO. Sin perjuicio de las circunstancias particulares señaladas en las demás cláusulas del presente Contrato, cualquiera de las partes podrá suspenderlo o, si es el caso, terminarlo previa comunicación escrita a la otra, ante la ocurrencia de una cualquiera de las siguientes causales: 1. Si LA EMPRESA deja de cumplir con su obligación de pagar, el valor de una (1) factura de energía eléctrica consumida. El PROVEEDOR podrá suspender inmediatamente el suministro de energía. 2. El incumplimiento por parte del PROVEEDOR de sus obligaciones contractuales relacionadas con la entrega de la energía. Este hecho será considerado justa causa para dar por terminado el Contrato. No constituyen causal de incumplimiento y por lo tanto no dan lugar a la terminación del Contrato ni al pago de multas o sanciones de cualquier tipo el no suministro de la energía ocasionado por: (a) las restricciones en el suministro de energía por racionamiento de energía o potencia, decretadas a nivel nacional por la autoridad competente y (b) por limitaciones en las redes de transmisión y/o de distribución que no sean de propiedad del PROVEEDOR. 3. Será causal de terminación del Contrato el hecho de prorrogarse por un período consecutivo mayor a treinta (30) días calendario las condiciones causantes de fuerza mayor, caso fortuito o hecho de un tercero, descritas en este contrato. 4. La cesión parcial o total del presente Contrato, sin previa autorización expresa y escrita de la otra parte. Ante este hecho la parte sin cuya autorización previa y escrita se realizó la cesión, podrá dar por terminado el Contrato sin que se genere a su cargo pago alguno de perjuicios. 5. El hecho de que una de las partes inicie proceso de liquidación o sea intervenido por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. 6. Por los demás eventos previstos en el contrato. PARÁGRAFO. Para efectos de dar aplicación a la terminación del contrato en los términos aquí establecidos, la parte cumplida notificará el incumplimiento a la parte incumplida, la cual tendrá cinco (5) días hábiles para resolver el incumplimiento. Pasado este término sin resolver el incumplimiento, el contrato se dará por terminado de pleno derecho, sin necesidad de requerimiento adicional o declaración judicial, y la parte cumplida unilateralmente notificará al ASIC sobre la terminación del contrato de conformidad con las causales de terminación Página 31 de 44

anticipada acordadas, quedando facultada para solicitar la terminación del despacho y ejercerá su derecho al pago estipulado en la Cláusula Décima cuarta. DÉCIMACUARTA: CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA. En caso de terminación del contrato por incumplimiento, la parte que incumpla pagará a la otra a título de cláusula penal, una suma igual al diez por ciento (10%) del valor estimado del contrato como estimación anticipada de los perjuicios que le cause. En caso que EL PROVEEDOR incumpla con la entrega de la energía y se le dé aplicación a esta cláusula, el valor a que se refiere la misma será descontado de las sumas que le adeude LA EMPRESA. De no ser posible, se hará efectiva la garantía de cumplimiento. En caso de que LA EMPRESA incumpla con el pago por concepto de la compra de energía y se le dé aplicación a esta cláusula en los términos aquí establecidos, el valor a que se refiere la misma será descontado de la garantía de pago. Si tales sumas no son suficientes, tanto LA EMPRESA como EL PROVEEDOR podrán cobrar el valor de esta cláusula por la vía ejecutiva, con base en el presente contrato y en la declaración que haga sobre el incumplimiento. Lo anterior sin perjuicio de que la parte cumplida solicite la totalidad del valor de los perjuicios causados en lo que excedan al valor de la cláusula penal. El valor estimado del contrato se calcula como la cantidad de energía contratada multiplicada por el precio techo correspondiente. DÉCIMAQUINTA.-. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. Las partes se comprometen a reunirse a más tardar el décimo día hábil del tercer mes siguiente al de finalización del suministro, con el fin de liquidar el contrato en las oficinas de LA EMPRESA. En el evento que el ASIC llegare a modificar la información correspondiente a la energía suministrada reportada para este contrato, con posterioridad a la liquidación del mismo, las partes se obligan a realizar los ajustes y pagos que fueren del caso. DÉCIMASEXTA.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.- Para todas las diferencias que surjan entre las Partes relacionadas con la ejecución del presente contrato, relativas a la celebración, interpretación, ejecución o liquidación del presente contrato, las partes buscarán mecanismos de arreglo directo tales como la negociación directa, la amigable composición, o la conciliación, para esto se fijan un plazo de dos (2) meses contados a partir de la fecha en que la parte no afectada reciba la solicitud de la otra parte. En el evento que la controversia no pueda ser resuelta por los mecanismos de arreglo directo, las partes podrán acordar que ésta sea dirimida por un Tribunal de Arbitramento, para lo cual se pondrán de acuerdo en la designación de tres árbitros, quienes fallarán en derecho. El tribunal funcionará en el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá. Si las partes no llegaren a un acuerdo sobre la designación de los árbitros, el tribunal operará de acuerdo con lo señalado por la Cámara de Comercio de Bogotá. En todo caso, podrá ser llevado el caso al arbitraje ante la CREG cuando esta entidad sea la competente para resolver la diferencia, tal como lo establece la Ley 143 de 1994. Se someterá la controversia a la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), conforme a lo dispuesto en la Resolución No 067 de Mayo 28 de 1998 expedida por la misma y a las demás normas que la complementen, modifiquen, reformen o sustituyan Página 32 de 44

DÉCIMASÉPTIMA.- CESIÓN DEL CONTRATO.- El contrato no podrá ser cedido en todo o en parte por uno de los contratantes sin autorización previa del otro manifestada por escrito. La cesión del contrato implica la transferencia de todos los derechos y obligaciones que del mismo se derivan y en consecuencia, libera a la parte cedente de todos y cada uno de los compromisos que hubiere contraído, salvo disposición legal en contrario. DÉCIMAOCTAVA.- INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES.- El PROVEEDOR declara que no se encuentra incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en la ley. Si llegase a sobrevenir inhabilidad o incompatibilidad en el PROVEEDOR, éste cederá el contrato previa autorización escrita de LA EMPRESA o, si ello no fuere posible o autorizado, renunciará a su ejecución. DÉCIMA NOVENA.- LEY APLICABLE Y CAMBIOS EN LA LEGISLACIÓN.- El presente contrato se rige por las leyes vigentes en la República de Colombia, quedan igualmente incorporadas al presente contrato las normas aplicables expedidas por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) en especial las resoluciones 020 de 1996, 167 de 2008, 157 de 2011, Articulo 8 Ley 1837 de 30 de junio y las que las modifique o sustituyan. VIGÉSIMA.- IMPUESTOS.- Corresponde al PROVEEDOR el pago de los impuestos a que haya lugar según las disposiciones vigentes a la fecha. Si posteriormente llegasen a expedirse regionalmente normativas de impuestos adicionales a los existentes, éstos impuestos estarán a cargo de DISPAC. VIGÉSIMAPRIMERA.- TÉRMINOS DE RESPUESTA A SOLICITUDES.- Las partes contratantes acuerdan un término de hasta veinte (20) días para contestar las inquietudes que se planteen por escrito entre ellas. Todas las comunicaciones y notificaciones a que haya lugar en razón del presente contrato serán remitidas por las partes así: El PROVEEDOR: carrera, ; y LA EMPRESA: Quibdó, Carrera 7ª No. 24 76, piso 4 y en Bogotá D.C. a la calle 26 No 69D 91 Torre 2 Oficina 307, teléfono No. 094-6711423 y 091-4672203. VIGÉSIMASEGUNDA.- PERFECCIONAMIENTO.- El presente contrato requiere para su perfeccionamiento la firma de los representantes de las partes pero solo podrá ejecutarse a partir del momento en que sean constituidas y entregadas a entera satisfacción de cada parte, la Garantía de Cumplimiento por parte de EL PROVEEDOR y la Garantía de Pago por parte de LA EMPRESA a que se refiere la Cláusula Novena del presente contrato y se haya realizado el registro del mismo ante el Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales ASIC. VIGÉSIMATERCERA.- REGISTRO DEL CONTRATO Y EXIGIBILIDAD.- Teniendo en cuenta que este contrato se celebra entre dos miembros que hacen parte del SIN, una vez perfeccionado el contrato, el VENDEDOR y COMPRADOR lo registrará ante el Administrador Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC) en los términos y plazos establecidos en la regulación vigente o aquella que la modifique o sustituya, habiendo cumplido como condición la presentación de las garantías de cumplimiento y pago por parte de cada una de las partes. PARAGRAFO.- En caso de que al momento de registro del presente contrato alguna de las partes no se encuentre a paz y salvo con el ASIC, incluyendo la presentación de las garantías Página 33 de 44

definidas en la regulación vigente, y dando cumplimiento a lo estipulado en el artículo noveno de la resolución CREG 157 de 2011, el ASIC retarde la fecha del despacho y entrada en operación del mismo hasta por quince (15) días calendario, siguientes a la fecha de inicio del contrato, la parte que no se encuentre a paz y salvo cancelará a la parte cumplida, a título de pena y sin perjuicio de las exigibilidades de las garantías pactadas en el presente contrato, el valor que resulte de multiplicar la energía a suministrar durante los días de desplazamiento en la fecha de entrada en operación comercial del contrato, liquidada con el precio contenido en el Anexo de precios correspondiente del presente contrato para dicho mes. Si esta situación persiste luego de transcurridos quince (15) días calendario, siguientes a la fecha de inicio del contrato, el agente cumplido podrá dar por terminado el presente contrato de acuerdo con lo establecido en la Cláusula Decimotercera de este contrato. VIGÉSIMACUARTA.- DOMICILIO.- El domicilio es la ciudad de Quibdó-Chocó. Para constancia se firma por los Representantes Legales de las partes en Bogotá a los ( _ ) días del mes de Agosto del año 2017. LA EMPRESA DISPAC S.A. ESP EL PROVEEDOR XXXXXXXXXXXXXXX Representante Legal Representante Legal Página 34 de 44

ANEXO No. 3 FORMATO CARTA PRESENTACIÓN (Ciudad, fecha) Señores: DISPAC S.A. ESP Avenida Calle 26 No 69D 91, Torre 2, Oficina 307 Fax: (1) 4672206 Bogotá D.C. Colombia Ref: Solicitud Pública de Ofertas DISPAC DG-009-2017 PROPUESTA BÁSICA Y/U OPCIONALES Estimados señores: He estudiado cuidadosamente los documentos de los términos de referencia y renuncio a cualquier reclamación por desconocimiento o errónea interpretación de los mismos. He revisado detenidamente la propuesta adjunta y declaro que esta no contiene ningún error u omisión. Declaro no encontrarme incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades legales. He recibido las siguientes adendas y/o aclaraciones a los pliegos de condiciones (Si los hubiera): No de fecha No de fecha No de fecha Por todo lo anterior, la presente propuesta tiene por objeto ofrecer el suministro de energía y potencia de conformidad con lo establecido en la invitación en referencia, válida hasta el día de de. Así mismo, el suscrito declara que tiene poder legal para firmar y presentar la propuesta. Página 35 de 44

Esta propuesta y el Contrato de Suministro que llegare a celebrarse en caso de adjudicación, compromete única y totalmente a la firma que legalmente represento. De la misma manera, en caso de adjudicación, el presente contrato se celebrará con la (s) firma (s) de la (s) siguiente (s) persona (s) en representación de: NOMBRE CEDULA DE CARGO NOMBRE DE LA FIRMA Si el proponente actúa en su propio nombre, este mismo deberá suscribirlo. Atentamente, (Nombre completo del proponente) Dirección Comercial Firma y Sello de la (s) persona (s) autorizada (s) NOTAS: Este es el modelo de la carta de presentación de la propuesta. Utilice su papel membreteado Use el plural donde corresponda. Si no hay adendas ni aclaraciones, suprima dicho numeral. No agregue comentarios o aclaraciones. Página 36 de 44

ANEXO No. 4 FORMATO DESCRIPCIÓN DEL OFERENTE La siguiente información debe ser suministrada por los proponentes: DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL: DIRECCIÓN: CIUDAD: TELÉFONO FIJO: TELÉFONO CELULAR: CORREO ELECTRÓNICO: NIT: TELEFAX: LÍMITE DE LA FACULTAD DEL REPRESENTANTE LEGAL PARA COMPROMETER A LA SOCIEDAD: ILIMITADAMENTE SI ( ) NO ( ) LIMITADO HASTA LA SUMA DE $ Si las facultades del REPRESENTANTE LEGAL están por debajo del valor de la propuesta, debe presentar una autorización del órgano competente para presentar la propuesta y firmar el correspondiente contrato en caso de adjudicación. PERSONA AUTORIZADA PARA FIRMAR LA PROPUESTA: NOMBRE: CARGO: DIRECCIÓN: TELÉFONO: La anterior información debe ser suministrada en forma completa por el proponente. En caso de requerir aclaración sobre los requisitos debe hacerse como nota al final de la página. FIRMA Y SELLOS AUTORIZADOS Página 37 de 44

ANEXO No. 5. Oferta Básica Mensual para la Solicitud Pública de Ofertas DG- 009-2107. PROPONENTE AÑO MES PORCENTAJE (%) PRECIO $ kwh (00.00) ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE Página 38 de 44

DISPAC S.A. ESP Solicitud Pública de Ofertas DG-009-2017 Términos de Referencia Suministro de Energía y Potencia Mercado Regulado de enero 01 de 2018 a diciembre 31 de 2019 Mes ene-18 feb-18 mar-18 abr-18 may-18 jun-18 Tipo de día SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO No. de Días HORA 01 HORA 02 HORA 03 HORA 04 HORA 05 HORA 06 HORA 07 HORA 08 HORA 09 HORA 10 HORA 11 HORA 12 HORA 13 HORA 14 HORA 15 HORA 16 HORA 17 HORA 18 HORA 19 HORA 20 HORA 21 HORA 22 HORA 23 HORA 24 Total Página 39 de 44

Mes jul-18 ago-18 sep-18 oct-18 nov-18 dic-18 Tipo de día SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO No. de Días HORA 01 HORA 02 HORA 03 HORA 04 HORA 05 HORA 06 HORA 07 HORA 08 HORA 09 HORA 10 HORA 11 HORA 12 HORA 13 HORA 14 HORA 15 HORA 16 HORA 17 HORA 18 HORA 19 HORA 20 HORA 21 HORA 22 HORA 23 HORA 24 Total Página 40 de 44

Mes ene-19 feb-19 mar-19 abr-19 may-19 jun-19 Tipo de día SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO No. de Días HORA 01 HORA 02 HORA 03 HORA 04 HORA 05 HORA 06 HORA 07 HORA 08 HORA 09 HORA 10 HORA 11 HORA 12 HORA 13 HORA 14 HORA 15 HORA 16 HORA 17 HORA 18 HORA 19 HORA 20 HORA 21 HORA 22 HORA 23 HORA 24 Total Página 41 de 44

Mes jul-19 ago-19 sep-19 oct-19 nov-19 dic-19 Tipo de día SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO SÁBADO FESTIVO ORDINARIO No. de Días HORA 01 HORA 02 HORA 03 HORA 04 HORA 05 HORA 06 HORA 07 HORA 08 HORA 09 HORA 10 HORA 11 HORA 12 HORA 13 HORA 14 HORA 15 HORA 16 HORA 17 HORA 18 HORA 19 HORA 20 HORA 21 HORA 22 HORA 23 HORA 24 Total Página 42 de 44

DISPAC S.A. ESP Solicitud Pública de Ofertas DG-009-2017 Términos de Referencia Suministro de Energía y Potencia Mercado Regulado de enero 01 de 2018 a diciembre 31 de 2019 ANEXO No. 6. Oferta Alternativa anual para la Solicitud Pública de Ofertas DG- 009-2107. PROPONENTE AÑO AÑO PORCENTAJE (%) PRECIO $ kwh (00.00) ANEXO No. 7 Oferta Alternativa Global para la Solicitud Pública de Ofertas DG- 009-2107. PROPONENTE AÑO GLOBAL PORCENTAJE (%) PRECIO $ kwh (00.00) Página 43 de 44