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Transcripción:

INFORMACIÓN CAMPAÑAS AUTONÓMICAS TITULO: CAMPAÑA AUTONÓMICA DE INSPECCIÓN DEL PAN COMÚN SIN ENVASAR AÑO DE REALIZACIÓN: 2015 COMUNIDAD AUTÓNOMA: CASTILLA Y LEÓN OBJETIVOS: Los objetivos generales para la Inspección son los siguientes: El control de la comercialización del pan común: Pan candeal, bregado, de miga dura o español y pan flama o de masa blanda, en las diferentes especialidades o formatos que se encuentren a la venta en los establecimientos de venta a los consumidores; también se efectuara el control de los justificantes de adquisición de estos tipos de pan y el peso neto de los mismos. Más específicamente, los objetivos son: a conseguir 2.1-Información a los consumidores. Comprobar que todas las especialidades o formatos de pan común que se vendan sin envasar tienen sobre el producto o al lado de éste la información relativa a su denominación y su precio de venta al público de la unidad de venta. 1

También se debía comprobar que la información no inducía a error al consumidor 2.2 La inspección también debía comprobar si en las estanterías o vitrinas, donde estaba colocado el pan que se encontraba a la venta, estaban libres de pan almacenado del día anterior o anteriores. Si, de forma excepcional, se vende pan del día anterior o anteriores, debía comprobarse si esta circunstancia está anunciada conforme a lo dispuesto en la normativa que se aplica, de forma que no haya lugar a error o confusión por parte del consumidor. 2.3-Justificantes de adquisición de los productos. En los establecimientos donde se realizasen los controles se debía comprobar si tenían o no los justificantes de adquisición de los productos objeto de la campaña que están a la venta, así como si son completos y correctos. Con este control, los Inspectores, entre otros aspectos, deben averiguar si el pan es del día o no 2.4- La Inspección también comprobaría las condiciones de venta del pan común sin envolver: La colocación del pan se encuentra en un lugar al que no tienen acceso los consumidores; el anuncio de los precios de venta al público; lo relativo al sistema de reclamaciones (Existencia de hojas de reclamaciones y el anuncio de que las mismas se encuentran a disposición de éstos) 2

2.5- Peso del pan. Otro de los objetivos de la Campaña fue realizar el control del peso del pan común, en sus diferentes tipos, especialidades o formatos. O sea el que es objeto de la Campaña. Para realizar este control, la inspección debía proceder del modo siguiente: a) Se comprobaría si el establecimiento inspeccionado disponía de balanza, que se utilice para pesar los productos a granel o fraccionados que vende a los consumidores. b) Se comprobaría, también, si la balanza tiene adherido el justificante de haber superado la verificación oficial exigido por la normativa. Y se reflejarán claramente si la balanza está o no verificada (En las actuaciones se debía tener en cuenta el informe de AECOSAN, elaborado por el procedimiento de la Octava Conferencia, respecto del peso del pan y la no admisión de pérdidas considerables en el pan del día) Los controles se debían llevar a cabo aplicando los siguientes protocolos de inspección, elaborado para esta Campaña: - A) PROTOCOLO DE INSPECCIÓN DEL PAN COMÚN SIN ENVASAR. VENDEDOR MINORISTA. 3

- B) PROTOCOLO DE INSPECCIÓN DEL PAN COMÚN SIN ENVASAR. FABRICANTE. Protocolo B): del cumplimiento del peso del pan, y de la expedición correcta y de los justificantes de venta o entrega del pan, son responsabilidad del proveedor. Realizadas las actuaciones de inspección y evaluados los cumplimientos e incumplimientos de los productos y de los responsables, cada Sección de Consumo provincial debería adoptar las medidas correctoras y/o sancionadoras que correspondieran o, en su caso, las inhibiciones y comunicaciones debidas. 4

Nº Y TIPO DE ESTABLECIMIENTOS VISITADOS: 172 Según el siguiente cuadro: Total FABRICANTE 18 MINORISTA AUTOSERVICIO 4 MINORISTA HIPERMERCADO 4 MINORISTA SUPERMERCADO 20 MINORISTA TIENDA ESPECIALIZADA 108 MINORISTA TIENDA 18 Total 172 -Nº DE ESTABLECIMIENTOS CON IRREGULARIDADES Y %: 107; 62,2% -Nº DE ESTABLECIMIENTOS SIN IRREGULARIDADES Y %: 63; 36,7% -SIN DECISIÓN: : 2; 0;01 % Según el siguiente cuadro: Negativas Positivas Sin Total decisión 63 107 2 172 5

RESULTADOS MAS SIGNIFICATIVOS: Actuaciones de inspección: - negativas...216 - positivas...139 - sin decisión..16 Total:...371 Según el cuadro siguiente: Negativa Positiva Sin decisión Total 216 139 16 371 Infracciones registradas en la Campaña: Según el resultado del protocolo vendedor: Protocolo de inspección, vendedor minorista - N S Total 2. INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR. PRODUCTOS SIN ENVASAR 2.1 Las estanterías donde está dispuesto para la venta el pan común cocido a día de la fecha están libres de pan de este tipo, cocido el día anterior o anteriores, en almacenamiento. (art. 12, apartado 12.2 de la R.T.S. del pan) 2.2 Si hay pan común del día anterior o anteriores a la fecha dispuesto para la venta se encuentra separado adecuadamente del pan cocido en el día 2.2.1 Si hay pan común del día anterior o anteriores a la fecha, dispuesto para la venta, en las vitrinas que lo contienen están colocados carteles donde se indica claramente su procedencia del día anterior o anteriores 2.2.2 Si hay pan común del día anterior o anteriores a la fecha, dispuesto para la venta, siempre y al mismo tiempo que se informa conforme a lo indicado en la pregunta anterior, el vendedor realiza una información verbal al consumidor de tal circunstancia (pan del día anterior o anteriores) 2.3 Todos y cada uno de los productos reseñados en el apartado 1 tienen un cartel o etiqueta sobre el producto o a su lado con información para el consumidor 2.3.1 En ese cartel, de cada uno de los productos figura la denominación del pan al que se refiere 2.3.1.1 La denominación del pan cumple la exigencia de no ser sustituida por una denominación de fantasía, una marca comercial o de fábrica 26 187 213 209 4 213 210 3 213 205 3 5 213 8 36 169 213 19 37 157 213 24 14 175 213 6

2.312 Las informaciones relativas a cada uno de de esos productos cumplen la exigencia de no contener adjetivos calificativos no previstos en la R.T.S. /(Art. 6, apart 5 de la Norma General de etiquetado de los Productos Alimenticios) 2.4 En todos estos productos las informaciones obligatorias figuran, al menos, en castellano 2.5 En todos estos productos las informaciones obligatorias son indelebles 2.6 En todos estos productos las informaciones están plenamente visibles para los consumidores desde su posición 2.7 El establecimiento cumple la obligación de que la información alimentaria obligatoria referida a cada producto en las preguntas anteriores no se encuentre tapada, disimulada o separada por ninguna otra indicación o imagen, ni por ningún otro material interpuesto (art. 7 de RD 126/2015) 2.8 La información alimentara voluntaria sobre cada uno de los productos cumple la exigencia de no inducir a error sobre su composición 2.9 La información alimentaria voluntaria sobre cada uno de los productos cumple la exigencia de no inducir a error sobre el modo de fabricación de los mismos 2.10 La información alimentaria voluntaria sobre cada uno de los productos cumple la exigencia de no atribuirles propiedades de prevenir, tratar o curar ninguna enfermedad humana, ni hace referencia a tales propiedades 2.11 La información alimentara voluntaria sobre cada uno de los productos cumple la exigencia de no sea ambigua, ni confusa para los consumidores 3. JUSTIFICANTE DE ADQUISICIÓN Y ORIGEN DE LOS PRODUCTOS 3.1 Solicitado por la Inspección el justificante de adquisición de todos los productos controlados el establecimiento presenta estos documentos 3.1.1 En todos esos documentos figura, al menos, lo siguiente: identificación del proveedor, denominación de los productos y la fecha de suministro de los mismos 4. CONDICIONES TÉCNICAS DE VENTA 4.1 Todos los productos controlados sin envasar y que no estén embolsados ni con una envoltura suficiente, permanecen expuestos en un lugar apartado de la zona de acceso libre del público 4.2 Está anunciado correctamente el P.V.P. de cada uno de los distintos productos que se controlan 4.3 El establecimiento dispone de las Hojas de Reclamaciones reglamentarias para los consumidores 4.4 El establecimiento dispone de información para los consumidores de la existencia de las Hojas de Reclamaciones 4.5 Se comprueba que la balanza de que dispone el establecimiento para pesar diversos productos que se venden a granel o fraccionados, tiene adherido el comprobante de su verificación oficial y en vigor 27 5 181 213 19 8 186 213 19 8 186 213 17 18 178 213 24 5 184 213 77 6 130 213 79 9 125 213 80 4 129 213 79 6 128 213 39 9 165 213 51 4 158 213 15 4 194 213 3 45 165 213 2 37 174 213 2 34 176 212 33 80 99 212 Total 1267 372 3258 4897 7

Protocolo de inspección, fabricante - N S Total 2. JUSTIFICANTE DE ADQUISICIÓN Y ORIGEN DE LOS PRODUCTOS 2.1 Solicitado por la Inspección el justificante de adquisición de todos los productos (pan común del día) controlados el establecimiento presenta estos documentos 30 5 111 146 2.2 En todos esos documentos figuran, al menos, lo siguiente: identificación del proveedor, denominación de los productos y la fecha de suministro de los mismos 32 4 110 146 3. CONTROL DEL PESO DEL PAN 3.1 Comprobado que la balanza de que dispone el establecimiento para pesar los productos que se venden a granel o fraccionados, tiene adherido el comprobante de su verificación oficial y en vigor, se procede a realizar el control del peso de 3 unidades elegidas al azar de cada uno de los productos reflejados en el apartado 1. con la colaboración del compareciente, y se han apreciado los siguientes resultados. 22 10 99 131 Total 84 19 320 423 Decisiones sobre las actuaciones de la Campaña Total Sin decisión 14 advertencia escrita 130 archivo 9 archivo otros 22 archivo sin infracción 193 comunicación 3 expediente 2 Total 373 Valladolid, 12 de enero de 2016 SERVICIO DE INSPECCIÓN Y CONTROL DE CONSUMO Nota: Esta información reproduce exactamente la facilitada por las Comunidades Autónomas 8