CIRCULO DE OFICIALES DE CABALLERIA FOR. COC. 001 C.OC. BOLIVIA SOLICITUD DE PRESTAMO (SOCIOS ACTIVOS) 1. Solicitante:.. /././ /... Arma:.. Destino Actual:...Tel: Domicilio: / / / /... LOCALIDAD CALLE No. ZONA TELEFONO Cod. Pap. Pago: C.I... C.M.. Préstamo Solicitado $us Plazo: meses Motivo:... Nro Cuenta BANCO UNION (Para Abono):.. Es garante? SI NO; De quienes..... Deudas pendientes: con:. Por $us.... Otras deudas con: Por $us... 2. Garante 1 (Socio): Oficial del Arma de:.... /././ /... Cod. Pap. Pago: C.I.:.. C.M.:.. Destino Actual: Teléfono:... Es garante en el C.O.C.? SI NO; De quienes:........ 3. Garante 2: Oficial del Arma de:... /././ /... Cod. Pap. Pago: C.I.:.. C.M.:.. Destino Actual: Teléfono:... Es garante en el C.O.C.? SI NO; De quienes:........ F I R M A. L U G A R Y F E C H A 5. Documentos recibidos en Secretaría C.O.C. a) Carta de solicitud a Presidencia C.O.C:, especificando el motivo del préstamo b) Form. COC. 001 llenado a máquina o letra de molde c) Form. COC. 002 (Contrato) llenado a máquina o letra de molde, firmado por PRESTATARIOS y S (Uno de los garantes deberá ser socio del C.O.C.). d) Papeleta de Pago original y/o fotocopia legalizada del Solicitante, correspondiente al último mes de pago, rubricada. e) Fotocopias de Papeletas de Pago de los Garantes, correspondiente al último mes de pago, rubricadas. f) Fotocopias de C.I. del Solicitante y Garantes rubricadas (vigentes) g) Fotocopias de C.M. del Solicitante y Garantes, rubricadas (vigentes)
Todos estos documentos deben ser presentados en fólder amarillo forrado con nylon, índice y separadores.
CIRCULO DE OFICIALES DE CABALLERIA FOR. COC. 002 C.OC. No BOLIVIA CONTRATO DE PRESTAMOS Conste por el presente documento privado, que legalmente tendrá la eficacia y validez de instrumento público, con el reconocimiento de firmas y rúbricas, que entre el Círculo de Oficiales de Caballería, representado por el Presidente del Directorio Nacional y el Gerente General, cuyos nombres y firmas figuran al final, que en adelante se denominará ACREEDOR, por una parte el señor con C.I. Oficial del Arma de..., hábil por derecho y que en adelante se denominará PRESTATARIO, ha convenido de libre y espontánea voluntad formalizar el presente documento, en las cláusulas y condiciones siguientes: PRIMERA.- (Antecedentes).- En cumplimiento de la Resolución de Asamblea Extraordinaria de 31 de agosto de 2001 y conforme al Plan de Trabajo aprobado por dicha Asamblea, otorga préstamos con garantía personal a sus socios. SEGUNDA.- Los PRESTATARIOS declaran que deben y pagarán a la orden del ACREEDOR la suma de $us.. ( dólares americanos), que ha recibido en moneda actual corriente y a entera satisfacción, firmando en constancia al COMPROBANTE DE PAGO COC. No. en fecha TERCERA.- El presente préstamo devengará al interés ordinario de 0,69% mensual, sobre los saldos deudores, como también el Seguro de Crédito (desgravamen) que es el 7 x 1000 %, el mismo que será recargado con el interés penal de 1,7% mensual, en caso de mora una o más amortizaciones. CUARTA.- Para el estricto cumplimiento, la deuda será totalmente cancelada en el plazo fijo e improrrogable de meses, mediante pagos o amortizaciones uniformes (Capital, Interés y Gastos de Operación) de $us. O su equivalente en moneda nacional al cambio oficial del día en que se realiza el descuento. QUINTA.- Para el cumplimiento estricto de la obligación asumida, los PRESTATARIOS autorizan expresamente al ACREEDOR, efectuar los descuentos respectivos de los haberes que percibe mensualmente, a través de planillas elaboradas por el Ministerio de Defensa, garantizando el cumplimiento del presente contrato con todos sus bienes habidos y por haber. SEXTA.- Al cabo de 90 días de efectivizado el desembolso del préstamo, se faculta a los PRESTATARIOS realizar en cualquier momento amortizaciones extraordinarias al capital o cancelar la totalidad del Saldo Deudor, para lo cual se compromete honrar sus compromisos contractuales adquiridos en el presente Contrato. SEPTIMA.- En caso de que el PRESTATARIO sea dado de Baja por retiro voluntario u obligatorio y mantenga un Saldo Deudor por concepto de préstamo, otorgado por el ACREEDOR, se le descontará de su Rendimiento de Aportes, Aportes, Seguro de Vida el Saldo Total de préstamo sin derecho a reclamo alguno de los PRESTATARIOS y en caso de que la misma sea insuficiente se procederá al descuento a su garantes por el Saldo a Cobrar. OCTAVA.- De acuerdo a Resolución de Directorio No. 02/15 se crea el Seguro de Crédito (desgravamen), que en caso de fallecimiento entrara en vigencia aplicando el Reglamento específico para dicho seguro, empero, en caso de no cubrir el préstamo se descontar al ACREEDOR de su Rendimiento de Aporte, Aportes, Seguro de Vida el Saldo Total de préstamo sin derecho a reclamo alguno de los PRESTATARIOS y en caso de que la misma sea insuficiente se procederá al descuento a sus garantes por el Saldo a Cobrar el monto total adeudado e intereses que devengará a la fecha. NOVENA.- El DEUDOR se OBLIGA a realizar el seguimiento de los descuentos del préstamo, en previsión a que por cualquier circunstancia no se hubiese efectuado el descuento mediante las instituciones indicadas y se compromete a realizar depósitos directos de estos montos en la Cuenta Bancaria del ACREEDOR dentro de los primeros 8 días del mes siguiente, cuya copia original
entregará a la Unidad de Cartera del COC. En caso de no proceder en la forma mencionada, se considera deudor en mora, sujeto a las penalidades establecidas en el presente documento. DECIMA.- Los PRESTATARIOS quedan en situación de mora al solo vencimiento de una o más amortizaciones (día 11 del siguiente mes), sometiéndose voluntariamente a la vía coactiva, u otra a elección del ACREEDOR, por todo lo adeudado y sobre la base de la liquidación inobjetable que presente el ACREEDOR, a cuyo efecto renuncian domicilio y demás leyes que pudieran serle favorables. DECIMA PRIMERA.- El desembolso se efectuará en Moneda Nacional ( Bolivianos ) al tipo de cambio de Compra del Dólar a la fecha de la elaboración del Comprobante de Egreso, corriendo desde esa fecha los intereses. DECIMA. SEGUNDA- Los garantes, Señores Oficial del arma de con C.I. y.oficial del arma..con C.I..., declaran expresamente que se constituyen en garantes solidarios, mancomunados e indivisibles de los PRESTATARIOS y autorizan al ACREEDOR a efectuar descuentos mensuales de haberes, aportes, seguro de vida, y Rendimiento de Aportes, en las mismas condiciones de los PRESTATARIOS, en caso de que el mismo quede en situación de mora por cualquier motivo. DECIMA TERCERA.- Los PRESTATARIOS y los Garantes, aceptan todas y cada una de las cláusulas que anteceden, sometiéndose a su estricto cumplimiento, sin lugar a observación alguna. PRESTATARIO C.I. La Paz, de..de.. C.I.. C.I.. Por el Círculo de Oficiales de Caballería: CARGO.. C.I ACTA DE RECONOCIMIENTO DE FIRMAS Y RUBRICAS En la ciudad de a horas del día. del mes de.. de años, fueron presentes en este Juzgado los señores:.. con C.I.... respectivamente, quienes manifestaron que las firmas y rúbricas estampadas al pie son suyas y las propias y las que usan en todos los actos de vida pública y privada y por tanto reconocen como suyas y propias en toda forma de derecho. Terminado el acto y escuchada su lectura, se ratificaron, firmando en comprobante con el Juez que suscribe y certifica. PRESTATARIO C.I
C.I.. C.I..