AIP DE EXIO X VA-0 22-AGO-2013 PROEDIIENTOS DE OPERAIÓN PARA VUELOS VFR DE AERONAVES DE ALA FIJA EN EL AREA DE ONTROL TERINAL EXIO El presente procedimiento deberá ser observado obligatoriamente por cualquier aeronave de ala fija con plan de vuelo VFR que opere dentro del Área de ontrol Terminal éxico, excepto que se encuentre en situación de emergencia que la obligue a apartarse de él. 1. Espacio aéreo lase D 2. Área Restringida del Aeropuerto Se define como el espacio aéreo que se extiende desde la superficie hasta 9 000 FT y comprendido por la unión de las siguientes superficies: Un paralelogramo limitado por líneas paralelas a las pistas a 1 N a ambos lados de los ejes de las pistas Hacia el NE: sector de radio 6 N con centro en el VOR/DE/EX entre las radiales 040 a 068 Hacia el SW: sector de radio 6 N con centro en el VOR/DE/EX entre las radiales 220 a 248 3. ínimos meteorológicos: 3.1 En vuelo: 3.1.1 Distancia de las nubes: 1 600 (1 S) horizontalmente 305 (1 000 FT) verticalmente 3.1.2 Visibilidad: 8 K (5 S) a/o arriba de 3 050 (10 000 FT) ASL 5 K (3 S) por debajo de 3 050 (10 000 FT) ASL 3.2 Dentro o en las inmediaciones del aeropuerto: Techo de nubes: 457 (1 500 FT) Visibilidad: 5 K (3 S) 4. Separación proporcionada Separación de aeródromo en las inmediaciones de los aeródromos controlados 5. Servicio suministrado Servicio de ontrol de Aeródromo en aeródromos controlados 6. Restricciones 6.1 Restringido el vuelo VFR arriba de las altitudes máximas autorizadas, establecidas para cada sector en la carta visual X VA-8. 6.2 Prohibidas todas las operaciones con plan de vuelo VFR de turborreactores. 6.3 Se requiere autorización previa de la Torre de ontrol éxico para entrar al área restringida del aeropuerto señalada en la carta visual. 6.4 No se permite la operación de dirigibles, globos, planeadores y ultraligeros sin la autorización de la autoridad aeronáutica y la coordinación previa con el AT para operar en áreas específicas. 6.5 No se permiten vuelos NORDO. 6.6 Es responsabilidad del piloto verificar la actividad de las áreas restringidas y prohibidas denominadas como R y P. 6.7 Es responsabilidad del piloto verificar el establecimiento de áreas prohibidas temporales 6.8 Queda prohibido volar dentro de las áreas señaladas en las cartas visuales como: Identificación Nombre Limite inferior Limite superior Activación P 1 LOS PINOS 9 000 ontinuo P 2 ILITAR 9 000 ontinuo P 3 SANTA FE 15 000 ontinuo P 6 ZOALO 8 400 ontinuo P 7 IXTAPALAPA 8 400 ontinuo R 8 XOHIILO 9 500 ontinuo P 9 RELUSORIO NORTE 8 000 ontinuo P 10 RELUSORIO ORIENTE 8 000 ontinuo P 11 PRIER UADRO 18 000 Por NOTA P 12 SAN LAZARO 18 000 Por NOTA P 13 RELUSORIO SUR 9 000 ontinuo P 14 ONTEL 8 500 ontinuo P 16 ARADA 9 000 ontinuo P 17 ARADA 9 000 ontinuo P 18 ARADA 9 000 ontinuo ST-DGA-SENEA ADT AIRA 06/13
X VA-1 22-AGO-2013 AIP DE EXIO Identificación ADT AIRA 06/13 Nombre Limite inferior Limite superior Activación P 19 PEEX 8 300 ontinuo P 20 VERGEL 9 000 ontinuo R-100 TIZAYUA 10 500 Por NOTA R-112 SANTA LUÍA 10 500 Lunes/Sábado P-159 VOLAN POPOATEPETL ILIITADO ontinuo 7. Procedimientos de vuelo 7.1 Los vuelos que deseen mantener una altitud mayor a las descritas en la carta, deberán circunnavegar el aeropuerto cuando menos a 30 N del VOR/DE/EX, notificando su posición y altitud en la frecuencia de ontrol de Llegadas en 129.6 HZ, así como contar con el equipo de radionavegación apropiado para el área. 7.2 Los vuelos que requieran penetrar la TA/EX manteniendo altitudes mayores a las especificadas en la carta, deberán notificar su posición y recabar autorización en la frecuencia de ontrol de Salidas Este en 120.5 HZ o ontrol de Llegadas en 129.6 HZ, así como contar con el equipo de radionavegación apropiado para el área. 7.3 omo resultado de la implementación del servicio de Información y Seguimiento de Vuelo para Helicópteros, todas las aeronaves con Plan de Vuelo VFR de ala fija que requieran sobrevolar o cruzar las rutas y circuitos publicados para aeronaves de ala rotativa, deberán establecer contacto con Helicópteros EX en la frecuencia 118.15 HZ 8. Transponder Todas las aeronaves deberán contar con equipo transponder en odo 3 A/ o odo S a bordo y activar en 1200 debajo de 14000 FT y 1400 arriba de 14000 FT inclusive. 9. omunicaciones 9.1 Todas las aeronaves que vuelen dentro de un radio de 15 N del VOR/DE/EX deberán mantener comunicación con Torre de ontrol éxico hasta recibir autorización para abandonar la frecuencia. 9.2 Todos los vuelos que operen dentro del Área Terminal de éxico, sintonizarán la frecuencia del Servicio Automático de Información Terminal 127.650 HZ (D-ATIS) y ajustarán su altímetro al valor QNH vigente, informando en primer contacto a TWR EX que cuentan con la información vigente a bordo. 9.3 Los vuelos con destino al aeropuerto que cuenten con autorización previa de la autoridad aeronáutica, notificarán su posición e intenciones a Torre de ontrol éxico, al encontrarse a 15 N de VOR/DE/EX o al sobrevolar algún punto de notificación visual equivalente o tan pronto sea posible. 9.4 Utilizarán la frecuencia TAF 122.5 HZ para monitoreo e intercambio de información entre pilotos en vuelo en el Área de ontrol Terminal. 10. Puntos de notificación visual para aeronaves de ala fija Denominador Radial ( ) Distancia (N) Ubicación Tipo VOR/DE/EX ARAOL 017 8.6 Plaza las Américas, Ecatepec. Obligatorio HALO 129 14.0 Obligatorio ESTRELLA 187 6.0 erro de la Estrella A solicitud LA VILLA 305 4.0 Basílica de Guadalupe Obligatorio NONOALO 273 4.9 A solicitud PIRAIDES 032 19.5 Teotihuacán Obligatorio TEPOZOTLAN 325 18.8 aseta de peaje, autopista éxico - Querétaro Obligatorio TLALNEPANTLA 300 9.4 A solicitud TOPILEJO 187 14.8 Pueblo de Topilejo Obligatorio ERRO DE LA ALDERA 130 8.2 Volcán La aldera Obligatorio XOHIILO 184 11.0 Obligatorio 11. Operación en el Aeropuerto Internacional de la iudad de éxico 11.1 La Torre de ontrol éxico proporciona el servicio de control de aeródromo a todas las aeronaves que se encuentren dentro del circuito de tránsito de aeródromo y con base en las condiciones de tránsito conocidas u observadas. 11.2 La Torre de ontrol éxico es responsable de prevenir colisiones y de aplicar la separación establecida entre: las aeronaves que vuelan en el circuito de tránsito del aeródromo las aeronaves que aterrizan y despegan 11.3 ircuitos de tránsito Todas las aeronaves evitarán los circuitos de tránsito, a menos que tengan la intención de aterrizar en el aeropuerto efectuando las piernas acorde a lo siguiente: a) RWY 05L/05R: ircuito de tránsito por la izquierda. b) RWY 23R/23L: ircuito de tránsito por la derecha. ST-DGA-SENEA
AIP DE EXIO X VA-2 VA-0 22-AGO-2013 12. Falla de omunicación 12.1 uando una aeronave experimente falla de comunicación en las inmediaciones del aeropuerto y su destino sea el mismo, deberá cumplir con lo siguiente: a) Observar y evitar el tránsito del aeropuerto b) Si se encuentra al Norte del aeropuerto, proceder con rumbo NE hacia la Torre de ontrol para interceptar tramo a favor del viento por la izquierda a la pista 05L y si la pista en uso es la 23R, proceder a interceptar el tramo a favor del viento por la derecha y esperar señales luminosas de la Torre de ontrol c) Si se encuentra al sur del aeropuerto, proceder con rumbo NE hacia la Torre de ontrol para interceptar tramo a favor del viento por la derecha a la pista 05L y si la pista en uso es la 23R interceptar tramo a favor del viento por la izquierda y esperar señales luminosas de la Torre de ontrol. d) Después de aterrizar, desalojar la pista lo antes posible por la primera calle de rodaje disponible y esperar señales luminosas de la Torre de ontrol. Nota: uando una de las pistas 05L/23R se encuentren fuera de servicio se usará la 05R/23L siguiendo el mismo procedimiento. ST-DGA-SENEA ADT AIRA 06/13
AIP DE EXIO AD-X 0-2 DISPOSIION QUE REGULA LA OPERAIÓN DE AERONAVES EN EL AEROPUERTO INTERNAIONAL BENITO JUAREZ. PRIERO umpliendo con lo establecido en el acuerdo de la Secretaría de omunicaciones y Transportes, publicado en el Diario Oficial de la Federación, a partir del día 01 de septiembre de 1994, queda cerrado el Aeropuerto Internacional de la iudad de éxico, para las operaciones de las aeronaves de servicio privado con matrícula XB, las del Estado con matrícula X y las extranjeras con las siguientes características: a) Aeronaves destinadas a vuelos privados. b) Aeronaves destinadas a vuelos corporativos internacionales. c) Aeronaves destinadas a vuelos de demostraciones internacionales. d) Aeronaves destinadas a vuelos de traslado para su internación al país. e) Aeronaves de empresa extranjera taxi aéreo para la modalidad de operaciones a demanda del usuario. SEGUNDO A partir de la fecha indicada en el artículo primero, el Aeropuerto Internacional Benito Juárez, queda cerrado al uso de aeronaves destinadas al servicio público de transporte aéreo, excepto las aeronaves permisionadas a: a) Operadores regulares nacionales. b) Operadores no regulares nacionales de fletamento de pasajeros. c) Operadores mexicanos de transporte internacional regular. d) Operadores mexicanos de transporte internacional no regular de fletamento de pasajeros. e) Operador extranjero de transporte internacional regular. f) Operador extranjero de transporte internacional no regular de fletamento de pasajeros. g) Operadores nacionales y extranjeros de vuelo de fletamento de carga. Las aeronaves a que se refiere este inciso sólo podrán aterrizar y despegar en el horario señalado en el artículo cuarto. TERERO Los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, deberán tomar con oportunidad y previsión las medidas necesarias para que las actividades que han estado realizando mediante el uso de aeronaves en el citado aeropuerto, no se vean afectadas con motivo de las disposiciones del presente decreto. UARTO Las aeronaves que se encuentren comprendidas en las restricciones contenidas en este Decreto, únicamente podrán hacer uso del Aeropuerto Internacional Benito Juárez, entre las 11:00 p.m. y 5:59 a.m. hora local, (0500 a las 1159 TS, 0400 a las 1059 TV), para trabajos de mantenimiento y reparación, en los talleres ubicados en dicha terminal aérea. QUINTO Quedan excluidas del presente Decreto las aeronaves militares, las pertenecientes al Estado ayor Presidencial, las destinadas al servicio exclusivo de ambulancia aérea de empresas tanto nacionales como internacionales, las de servicio de emergencia, y las aeronaves de ala rotativa, así como las que autorice la Secretaria de omunicaciones y Transportes. PROEDIIENTO DE SALIDA VISUAL PARA EL AEROPUERTO El siguiente procedimiento es aplicable para aeronaves Turbohélice considerando que se cumpla lo siguiente: - Que existan condiciones meteorológicas V - Que sea solicitud de la tripulación - Autorizaciones éxico, proporcionará la autorización IFR correspondiente al plan de vuelo respectivo incluyendo la salida normalizada por instrumentos que aplique - El procedimiento será aplicable únicamente para despegues en la pista 05R a menos que ésta se encuentre cerrada, en cuyo caso, éste procedimiento puede ser adaptable en despegues en la pista 05L - La tripulación hará contacto con Salidas éxico, inmediatamente después del despegue, solicitando su salida visual con viraje a la derecha en V Se deberá mantener salida en rumbo de pista hasta alcanzar 8500 pies de altitud para iniciar viraje a la derecha de acuerdo con ontrol de Salidas para interceptar la salida normalizada por instrumentos previamente actualizada. ST-DGA-SENEA SEP-25-2008 05/08 (367)
AD X 0-3 AIP DE EXIO E X I O Toda la Aviación ivil que opera en el Aeropuerto Internacional Benito Juárez a excepción de la Aviación omercial Regular, esta sujeta a las siguientes disposiciones: 1.- Quedan prohibidos los vuelos locales y de prueba dentro de un radio de 100 N con centro en el VOR/EX que se originen en el Aeropuerto Internacional Benito Juárez. 2.- Quedan prohibidas las operaciones con plan de vuelo VFR de las aeronaves turborreactoras. 3.- Los planes de vuelo se presentarán al Servicio de Despacho SENEA con 30 min. de antelación al ETD y/o no mayor de 2 hrs., cualquier variación mayor a 30 min. en el ETD deberá comunicarse a Despacho SENEA. 4.- De las 0000/1600 UT Despacho SENEA adecuará las horas previstas de salida de forma tal que existan por lo menos 4 min. entre propuestas ETD. 5.- Los pilotos que no llamen en control terrestre antes de su ETD o que no estén listos a la hora indicada por el AT para su arranque de motores, perderán su lugar asignado y se les reasignará un nuevo NR en el orden de secuencia. SEP-25-2008 05/08 (367) ST-DGA-SENEA
99 45' 40 N 99 30' 99 15' 99 0' 98 45' 98 30' 98 15' PAHUA R-100 10000 R-123 LUIA VOR/DE 116.6 S SL L 194434N 0990147W ATIVADA EL AREA AERONAVES IVILES VFR SOLIITAR AUTORIZAION EN 118.5 PARA PENETRAR HORARIO HJ 20 0' ARTA VISUAL EXIO 317 350 20 N 14 N 16500 340 P-139 P-140 14500 335 10 N 10700 12500 13500 10000 8 N 12500 13000 PERIOS TERESONA 12 N TEPALTITLAN 185 10 N 289 7 N 9400 8 N 20 N 12500 30 N TOLUA VOR/DE 114.3 T TL L 191958N 0993340W 3 N VILLA DEL ARBON 10300 VERONIA SANTIAGO 12000 TEPEJI DEL RIO 030 9 N 14 N VILLA NIOLAS ROERO 280 240 20 N 12500 13500 13000 150 TEPOZOTLAN TLALNEPANTLA 262 JESUS DEL ONTE 9700 UERNAVAA 5 N 193 P-113 10000 120 290 GLORIETA SANTA POETAS ROSA P-121 5000 8300 215 ATZ/VJ 6 N 10800 LA VILLA NONOALO D B 9200 J I P A G 10000 8300 8800 8300 ESTRELLA F Q 9 N 4 N 3 N XOHIILO K O L TOPILEJO 170 H ARAOL N 9900 8300 30 N R-112 AERONAVES IVILES VFR SOLIITAR AUTORIZAION EN 118.5 PARA PENETRAR HORARIO HJ 10700 EXIO VOR/DE 115.9 EX E X 192618N 0990408W VOLVO 15 N TEPOZTLAN UERNAVAA VOR/DE 113.9 VJ V J 184931N 0991609W YAUTEPE 40 N E 015 120 6 N P-122 4900 8 N 079 154 13500 PIRAIDES 068 HIALHUAAN 7 N 10 N 100 HALO UAUTLA 13 N 102 20 N 20 N AEAEA OTUBA VOR/DE 115.0 O OTU T U 194059N 0984635W 10700 25 N 30 N 14500 110 123 134 UAUTLA VOR/DE 116.3 UA U A 184707N 0985403W 056 TEPEAPULO IUDAD SAHAGUN ALPULALPAN R-159 UNL EILIANO ZAPATA 19500 ARIANO ARISTA GUADALUPE ZARAGOZA R-124 072 102 PUEBLA VOR/DE 115.2 P PB B 190939N 0982213W ATLIXO 19 45' APAN VOR/DE 114.8 A APN P N 193814N 0982355W 19 30' R-161 1000 19 15' R-158 9000 19 0' R-102 FL520 18 45' A B D E F G H I ELEV AD 7316 OUNIAIONES: TWR/EX TWR/SL 118.55, 118.7 118.5 D 122.1 APP 121.2 FINAL EX 119.75 S 121.85, 121.0 SALIDAS E 120.5 SALIDAS W 129.1 LLEGADAS 129.6 D-ATIS 127.65 FIS 126.9 EERG 121.5 ALTITUD AXIA VFR AERODROO IVIL PUNTO DE REPORTE VFR ENTRAL DE ABASTOS ARENAL ARAOL HALO HIALHUAAN NA ESTRELLA LA VILLA PIRAIDES SIBOLOGIA: AREAS RESTRINGIDAS Y PROHIBIDAS: P-1 /9000 P-2 /9000 P-3 /15000 P-6 /8400 P-7 /8400 R-8 /9500 P-9 /8000 P-10 /8000 P-11 /18000 PUNTOS DE REPORTE: J K L N O P Q 0 5 N 0 K 10 VAR 6 E PUENTE DE SAN JUAN NONOALO ROJO GOEZ TEPOZOTLAN TLALNEPANTLA TOPILEJO XOHIILO VOLVO P-12 /18000 P-13 /9000 P-14 /8500 P-16 /9000 P-17 /9000 P-18 /9000 P-19 /8300 P-20 /9000 PREAUION TRAFIO ILITAR VFR OPERANDO A ALTA VELOIDAD ABAJO DE ALTITUDES INIAS IFR PREAUION ASENSOS VFR DE AERONAVES TURBOPROP OPERANDO DESDE EL AI PREAUION DESENSOS VFR DE AERONAVES TURBOPROP OPERANDO HAIA EL AI -EVITAR RUTAS Y IRUITOS DE HELIOPTEROS VER AD-X-VA-12 Y AD-X-VA-13 AIP DE EXIO ST- DGA-SENEA 22-AGO-2013 ADT AIRA 06/13 ABIOS: ALTITUD VFR, NOTAS A D - X - VA - 8
R-112 99 05' D-10 EX DE SL 11000 180 SL 99 0' ARTA DE APROXIAION VISUAL EXIO, D.F. P I S TA 0 5 L ELEV AD 7316 FT VAR 6 E OUNIAIONES 19 35' 19 30' P-9 8000 6 N D-4 EX EN ASO DE NO ONTINUAR LA APROXIAION, PROSIGA HAIA EL PUNTO DE REPORTE VISUAL LA VILLA Y ESPERE INSTRUIONES DEL AT. PREAUION: ANTENA RADAR ERRO DEL PEÑON 2325 (7628 FT) DEL RADIAL 360 Y D-10 DEL VOR/DE/EX PROSIGA EN ALTITUDES Y RUBOS INDIADOS Y REPORTE AEROPUERTO A LA VISTA PARA ONTINUAR DE AUERDO A INSTRUIONES DEL AT. DATIS D TWR LLEGADAS APP FINAL EX EERG 127.65 122.1 118.55, 118.7 126.9 121.2 119.75 121.5 ESTE PROEDIIENTO ES SOLO PARA OPERAIONES ON EQUIPO TURBOHELIE BAJO ONDIIONES V ENTRE SR Y SS. SE REQUIERE AUTORIZAION DEL AT. LA VILLA 2.6 N 360 EX INIOS DE APROXIAION 2000 FT - 5 S (8000 ) P-6 8400 P-11 18000 19 25' INTEREDIO BASIO P-12 18000 TAPO 0.8 N 1 N 123 238 FINAL 2 N 060 BOSQUE DE ARAGON 227 ERRO DEL PEÑON INIIAL D-1.4 EX EXIO VOR/DE 115.9 EX 192618N 0990408W E X LUES DE ATERRIZAJE DE LA AERONAVE ENENDIDAS DURANTE EL PROEDIIENTO. AIP DE EXIO ST- DGA-SENEA 22-AGO-2013 ADT AIRA 06/13 ABIOS: DESIGNADOR ARTA, P AD-X-VA-9
R 110 ARTA DE ASENSO VISUAL DATIS D TWR SALIDAS E SALIDAS W S A/EX/SE 1 A/EX/SE 2 A/EX/SE 3 EERG 127.65 122.1 118.55, 118.7 120.5 129.10 121.85, 121.0 126.6 128.0 128.5 121.5 ELEV AD 7316 VAR 6 E EXIO ASENSO VISUAL 05 R/L 99 05' 99 00' 98 55' P-9 8000 R 020 19 30' ASENSO VISUAL "ALFA" EXIO VOR/DE 115.9 EX E X 192618N 0990408W P-6 8400 ASENSO VISUAL "BRAVO" P-11 18000 P-12 18000 05L 05R 19 25' ASENSO VISUAL "HARLIE" INIOS DE DESPEGUE 2000 FT - 5 S (8000 ) P-14 8500 P-17 9000 ESTE PROEDIIENTO ES SOLO PARA OPERAIONES ON EQUIPO TURBOHELIE BAJO ONDIIONES V ENTRE SR Y SS. SE REQUIERE AUTORIZAION DEL AT. P-7 8400 R 140 19 20' ABIOS: DESIGNADOR ARTA, P ASENSO VISUAL "ALFA" ASIENDA EN RUBO DE PISTA 05L HASTA EL UBRAL 23R, VIRE A LA IZQUIERDA EN RUBO 020 Y ESPERE VETORES RADAR, EN ASO DE FALLA DE OUNIAION A 4 DE DEL VOR/DE/EX PROSIGA A INTEREPTAR LA SID ASIGNADA. ANTENGA VISUAL A TRAVES DE 12000 FT. ASENSO VISUAL "BRAVO" ASIENDA EN RUBO DE PISTA 05R HASTA EL UBRAL 23L, VIRE A LA DEREHA EN RUBO 110 Y ESPERE VETORES RADAR, EN ASO DE FALLA DE OUNIAION A 4 DE DEL VOR/DE/EX PROSIGA A INTEREPTAR LA SID ASIGNADA. ANTENGA VISUAL A TRAVES DE 14000 FT. ASENSO VISUAL "HARLIE" ASIENDA EN RUBO DE PISTA 05R HASTA EL UBRAL 23L, VIRE A LA DEREHA EN RUBO 140 Y ESPERE VETORES RADAR, EN ASO DE FALLA DE OUNIAION A 4 DE DEL VOR/DE/EX PROSIGA A INTEREPTAR LA SID ASIGNADA. ANTENGA VISUAL A TRAVES DE 14000 FT. 22-AGO-2013 ADT AIRA 06/13 ST-DGA-SENEA INTENIONALENTE DEJADA EN BLANO LA PARTE POSTERIOR AD-X-VA-10