MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE"

Transcripción

1 MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO Y LAS UNIVERSIDADES PERTENECIENTES A LA AGRUPACIÓN DE UNIVERSIDADES REGIONALES El presente Memorando de Entendimiento ( MOU ) es suscrito por la oficina de Chile del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo ( PNUD ), órgano subsidiario de las Naciones Unidas (organización intergubernamental establecida por sus Estados Miembros con sede en Nueva York, NY, Estados Unidos de América), y las Universidades pertenecientes a la Agrupación de Universidades Regionales (en lo sucesivo designada Universidades de la AUR ), cuyos domicilios y personerías jurídicas han sido reconocidas con arreglo a las leyes Chilenas. En lo sucesivo, el PNUD y las Universidades de la AUR serán designados colectivamente las Partes. POR CUANTO el PNUD, representado por Antonio Molpeceres, Representante Residente del PNUD en Chile, está interesado en perfeccionar sus actividades para el desarrollo Humano en cada una de las Regiones de Chile mediante, entre otros medios, alianzas con entidades académicas; POR CUANTO Las Universidades de la AUR han expresado que están dispuestas a cooperar con el PNUD Chile en cuestiones de interés mutuo; POR CUANTO Las Partes comparten un diagnóstico común acerca de los desafíos que deberá enfrentar la sociedad chilena con miras a profundizar el proceso de regionalización e impulsar el desarrollo humano en cada una de las regiones del país. Este diagnóstico compartido aprecia la existencia de un particular momento social y político caracterizado por una creciente demanda de cambios en diversos ámbitos y por una mayor participación de nuevos y diversos actores sociales en la definición de esos cambios. Las Partes reconocen que en ese contexto, el debate en torno al proceso de Regionalización y la agenda del desarrollo humano regional, experimentará en los próximos años una importante revitalización. Esta agenda no estará, sin embargo, exenta de desafíos y complejidades. POR CUANTO las Universidades Regionales, están reconocidas oficialmente en virtud de lo establecido en los respectivos decretos del Ministerio de Educación de la República de Chile e inscritas los registros de Universidades de dicho Ministerio y, al mismo tiempo son de las instituciones más confiables para la opinión pública, están llamadas a ser protagonistas del desarrollo humano regional como una manera de renovar y profundizar su vinculación y compromiso con el medio social en que están insertas.

2 2 POR CUANTO el PNUD, especialmente a través de su Informe de Desarrollo Humano, aspira a ser un aliado de las sociedades regionales en el proceso de potenciarse como sujetos del desarrollo humano regional, considerando a las Universidades Regionales un actor clave en ese propósito. EN CONSECUENCIA, por el presente documento las Partes convienen en cooperar en las siguientes condiciones: Artículo I Propósito El propósito del presente MOU es establecer un marco de cooperación y facilitar la colaboración entre las Partes, sobre bases de no exclusividad, en cuestiones de interés mutuo. Artículo II Esferas de cooperación Las Partes convienen en cooperar en las siguientes esferas de actividad: 1. Implementar una red de investigadores regionales en desarrollo humano que actúe como espacio de reflexión e intercambio de ideas. 2. Levantar información desde las regiones del país reuniendo insumos apropiados para el análisis de los desafíos del desarrollo humano a nivel regional y local 3. Escalar las experiencias de Barómetros Regionales en coordinación con Universidades Regionales y PNUD. 4. Impulsar un programa de investigación conjunto y comparado entre regiones a ejecutarse durante los años , que sirva de insumo para la preparación de un futuro Informe de Desarrollo Humano centrado en la temática regional y local. 5. Colaborar en el diseño e implementación de coloquios, seminarios, talleres y publicaciones tendientes a generar un debate público amplio e inclusivo en relación con los desafíos del desarrollo humano regional y local. 6. Propiciar acciones que apunten a la incidencia del conocimiento generado en el marco de este acuerdo en las políticas públicas de aplicación o impacto regional. 7. Propiciar actividades que apunten a potenciar el rol de las Universidades asociadas a la AUR como actores protagónicos del desarrollo humano regional y local.

3 3 8. Sentar las bases, académicas, institucionales y financieras para la futura realización de Informes Regionales de Desarrollo Humano. 9. Colaborar en la elaboración de proyectos que permitan la postulación conjunta a Fondos nacionales e internacionales con miras a apoyar el financiamiento de los productos y las actividades de este acuerdo y otras iniciativas relevantes para las Partes. Artículo III Consultas e intercambio de información 3.1 Las Partes se mantendrán recíprocamente informadas y celebrarán consultas sobre cuestiones de interés común que, a su juicio, puedan conducir a la cooperación mutua. 3.2 Las consultas y los intercambios de información y documentación que se realicen con arreglo a este artículo no excluirán disposiciones que puedan ser necesarias para salvaguardar el carácter confidencial y restrictivo de determinadas informaciones y documentos. Dichas disposiciones seguirán vigentes al término del presente MOU y de cualquier acuerdo firmado por las Partes en el marco de esta colaboración. 3.3 A intervalos apropiados, las Partes convocarán reuniones para pasar revista al grado de adelanto de las actividades que se realicen con arreglo al presente MOU y para planificar futuras actividades. 3.4 Las Partes podrán invitarse recíprocamente a enviar observadores a reuniones o conferencias convocadas por las Partes o bajo sus auspicios cuando, a juicio de una de las Partes, la otra pueda estar interesada. Las invitaciones estarán sujetas a los procedimientos aplicables a tales reuniones o conferencias. Artículo IV Puesta en práctica del MOU 4.1 A fin de poner en práctica las actividades concretas previstas en el presente documento, las Partes acordarán arreglos de participación en la financiación de los gastos, de conformidad con los reglamentos, normas y procedimientos del PNUD, en que se especificarán cuáles son los costos o gastos relativos a cada actividad y cómo dichos costos o gastos serán sufragados por las Partes. El arreglo de participación en la financiación de los gastos también incluirá disposiciones que remitan al MOU, el cual es aplicable a los arreglos de participación en la financiación de los gastos y a los proyectos/programas financiados en consonancia.

4 4 4.2 Los recursos económicos movilizados en virtud de la aplicación de este convenio ya sea provenientes de aportes directos de las partes o de fuentes externas a los firmantes de este acuerdo, serán administrados por el PNUD de conformidad con sus reglamentos, normas y procedimientos. 4.3 La ejecución de las distintas actividades y productos a los que refiere este MOU podrá concretarse en incitativas que incluyan en una misma iniciativa a todas las Universidades de la AUR o bien a sólo algunas de ellas. Esto se determinará de manera ad hoc, según sea la naturaleza y oportunidad de la actividad a realizar. 4.4 Los costos de actividades de relaciones públicas relativas a esta colaboración que no hayan sido absorbidos en virtud de un arreglo concreto de participación en la financiación de los gastos acorde con el presente documento, serán de responsabilidad de las Universidades de la AUR. 4.5 Ninguna de las Partes se desempeñará como agente, representante o socio solidario de la otra Parte. Ninguna de las Partes celebrará contratos o asumirá compromisos en nombre y representación de la otra Parte; cada Parte será exclusivamente responsable de efectuar todos los pagos por cuenta y nombre propios, con arreglo a lo dispuesto en el presente MOU y en los arreglos de participación en la financiación de los gastos concertados en forma acorde con el presente documento. 4.6 Queda entendido que todas las actividades se realizarán de acuerdo con los documentos de proyecto acordados entre las Partes de conformidad con los reglamentos, normas y procedimientos del PNUD. 4.7 Cada una de las Partes será responsable de todo acto u omisión propios relativos al presente MOU y su implementación. Artículo V Uso de nombres y emblemas 5.1 Ninguna de las Partes utilizará el nombre, el emblema o las marcas registradas de la otra Parte, ni de sus entidades subsidiarias y/o filiales, así como tampoco ninguna abreviatura de tales nombres, emblemas o marcas registradas, ni en relación con sus actividades ni de ninguna manera, salvo cuando medie la expresa aprobación previa por escrito de la otra Parte, para cada caso en particular. En ninguna circunstancia se otorgará autorización para emplear el nombre o el emblema del PNUD o ninguna abreviatura de éstos, con fines comerciales o para utilizarlo de cualquier manera que sugiera que el PNUD avala o recomienda los productos o servicios de las Universidades de la AUR.

5 5 5.2 Las Universidades de la AUR declaran que se ha familiarizado con los ideales y objetivos del PNUD y reconoce que el nombre y el emblema del PNUD no pueden asociarse con ninguna causa política o sectaria ni de ninguna otra manera que no condiga con la condición, la reputación y la neutralidad del PNUD. 5.3 Las Partes convienen en reconocer esta cooperación, según sea apropiado. Con este fin, las Partes se consultarán recíprocamente con respecto a la modalidad y la forma de dicho reconocimiento. 5.4 Ninguna disposición del presente MOU autoriza a crear un hiperenlace a la página web institucional de alguna de las partes salvo autorización expresa por escrito. Artículo VI Duración, rescisión, modificación 6.1 La cooperación propuesta en virtud de este MOU no es exclusiva y tendrá inicialmente una duración de tres años, a partir del 23 de abril de 2014 y hasta el 22 de abril de 2017, salvo cuando cualquiera de las Partes rescinda este MOU, tras un preaviso por escrito a la otra Parte con al menos tres meses de antelación. Las Partes podrán convenir en prorrogar este MOU por períodos ulteriores de tres años. 6.2 En caso de rescisión del MOU, también podrán rescindirse los arreglos de participación en la financiación de los gastos y los documentos de proyecto acordados de conformidad con el presente MOU y con las disposiciones de rescisión que figuren en dichos arreglos. En ese caso, las Partes adoptarán las medidas necesarias para garantizar que las actividades realizadas en virtud del MOU, de los arreglos de participación en la financiación de los gastos y de los documentos de proyecto se lleven a término sin demoras y ordenadamente. 6.3 Este MOU puede ser enmendado por acuerdo mutuo de las Partes, consignado por escrito. Artículo VII Comunicaciones Las Universidades pertenecientes a la AUR declaran que son organizaciones de buena reputación debidamente constituidas con arreglo a la legislación de la República de Chile. Las Universidades de la AUR comunicarán inmediatamente al PNUD cualquier investigación legal o auditoría fiscal de las que pueda llegar a ser objeto.

6 6 Artículo VIII Notificaciones y direcciones Toda notificación o solicitud que sea necesaria, o permitida, o realizada, con arreglo al presente MOU, se efectuará por escrito. Tal notificación o solicitud se considerará debidamente efectuada o presentada en tiempo y forma cuando haya sido entregada o bien personalmente, o bien por correo, o por télex, o por telegrama, a la Parte destinataria, y en las direcciones indicadas infra o cualesquiera otras direcciones, que hayan sido debidamente notificadas ulteriormente. Artículo IX Solución de controversias 9.1 Las Partes harán todo lo posible por llegar a una solución amistosa de cualquier controversia, desacuerdo o reclamación dimanados del presente MOU. Cuando las Partes deseen llegar a una tal solución amistosa mediante conciliación, dicha conciliación se efectuará de conformidad con las Normas de Conciliación de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) vigentes a la sazón o, en su defecto, aplicando cualquier otro procedimiento que convengan las Partes. 9.2 Toda controversia, desacuerdo o reclamación entre las Partes dimanados del presente MOU, que no se solucionen amistosamente de conformidad con el párrafo precedente, se remitirá a arbitraje de conformidad con el Reglamento de Arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) vigente a la sazón. El tribunal de arbitraje no tendrá facultades para otorgar indemnizaciones a título punitivo. Las Partes quedarán obligadas por cualquier laudo arbitral resultante de dicho procedimiento de arbitraje. Dicho laudo será considerado la solución definitiva de la controversia, reclamación o desacuerdo. 9.3 El presente MOU y los arreglos conexos de participación en los gastos reflejan cabalmente la interpretación por las Partes del tema de que trata este MOU y reemplazan todos los acuerdos anteriores relativos al mismo tema. Si una de las Partes no aplicara una disposición del presente MOU, esto no significará una exención al cumplimiento de dicha disposición ni de cualquiera otra del presente MOU. La anulación o la inaplicabilidad de cualquier disposición del presente MOU no afectará la validez ni la vigencia de cualquier otra disposición de este MOU.

7 7 Artículo X Prerrogativas e inmunidades Nada en este MOU ni en relación con el mismo se interpretará como una renuncia, explícita o implícita, a cualquiera de las prerrogativas e inmunidades de las Naciones Unidas, incluidas las de sus órganos subsidiarios. EN TESTIMONIO DE LO ACORDADO, los representantes de las Partes, debidamente autorizados, firman este documento a continuación: Por el PNUD: Antonio Molpeceres Representante Residente Avenida Dag. Hammarskjöld 3241 Vitacura - Santiago Por las Universidades de la AUR Patricio Sanhueza Vivanco Rector Universidad de Playa Ancha Presidente Agrupación de Universidades Regionales Av. Playa Ancha Valparaíso Juan Cancino Cancino Rector Universidad Católica de la Stísima Concepción Vicepresidente Agrupación de Universidades Regionales Av. Alonso de Ribera Concepción

8 8 Arturo Flores Franulic Rector (s) Universidad de Tarapacá Av. Gral. Velásquez Arica Gustavo Soto Bringas Rector Universidad Arturo Prat Av. Arturo Prat Iquique Luis Loyola Morales Rector Universidad de Antofagasta Av. Angamos Antofagasta Jorge Tabilo Álvarez Rector Universidad Católica del Norte Av. Angamos Antofagasta Celso Arias Mora Rector Universidad de Atacama Av. Copayapu 485 Copiapó Nibaldo Avilés Pizarro Rector Universidad de La Serena Av. Raúl Bitrán Nachary s/n La Serena José Rodríguez Pérez Rector Universidad Técnica Federico Santa María Av. España Valparaíso Claudio Elórtegui Raffo Rector Pontificia Universidad Católica de Valparaíso Av. Brasil Valparaíso Aldo Valle Acevedo Rector Universidad de Valparaíso Errázuriz Valparaíso

9 9 Diego Durán Jara Rector Universidad Católica del Maule Av. San Miguel Talca Álvaro Rojas Marín Rector Universidad de Talca 2 Norte 685 Talca Héctor Gaete Feres Rector Universidad del Bio-Bio Av. Collao Concepción Sergio Lavanchy Merino Rector Universidad de Concepción Av. Víctor Lamas Concepción Sergio Bravo Escobar Rector Universidad de La Frontera Av. Francisco Salazar Temuco Aliro Bórquez Ramírez Rector Universidad Católica de Temuco Av. Rudecindo Ortega Temuco Víctor Cubillos Godoy Rector Universidad Austral de Chile Av. Independencia Valdivia Óscar Garrido Álvarez Rector Universidad de Los Lagos Av. Alcalde Fuschlocher Osorno Víctor Fajardo Morales Rector Universidad de Magallanes Av. Bulnes Punta Arenas

MODELO DE MDE SOBRE COOPERACIÓN CON UNA ENTIDAD MERCANTIL. Memorando de Entendimiento sobre Cooperación. entre

MODELO DE MDE SOBRE COOPERACIÓN CON UNA ENTIDAD MERCANTIL. Memorando de Entendimiento sobre Cooperación. entre MODELO DE MDE SOBRE COOPERACIÓN CON UNA ENTIDAD MERCANTIL Memorando de Entendimiento sobre Cooperación entre la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI) y [Nombre de la

Más detalles

MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AMBIENTE (UNEP) Y LA FEDERACION LATINOAMERICANA DE BANCOS (FELABAN)

MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AMBIENTE (UNEP) Y LA FEDERACION LATINOAMERICANA DE BANCOS (FELABAN) MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AMBIENTE (UNEP) Y LA FEDERACION LATINOAMERICANA DE BANCOS (FELABAN) EN TANTO QUE el Programa de las Naciones Unidas para

Más detalles

ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD

ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Con el presente acuerdo de confidencialidad (en lo sucesivo denominado ACUERDO) Nombre completo de la institución asociada al proyecto PINE (en adelante, referido con su acrónimo

Más detalles

CLÁUSULAS. 1. Las medidas incluidas en el presente acuerdo de entendimiento son voluntarias y no vinculan jurídicamente.

CLÁUSULAS. 1. Las medidas incluidas en el presente acuerdo de entendimiento son voluntarias y no vinculan jurídicamente. ACUERDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Y LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE CENTROS DE NEGOCIOS, PARA LA PREVENCIÓN DEL FRAUDE FISCAL REUNIDOS De una parte, D. Luis Pedroche

Más detalles

CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS, ESPAÑA

CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS, ESPAÑA CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS, ESPAÑA De una parte Don Carlos Estuardo Gálvez Barrios, comparezco en mi calidad de Rector

Más detalles

CONVENIO MARCO DE COOPERACION ACADÉMICA, CIENTÍFICA Y CULTURAL ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y LA UNIVERSIDAD DE MURCIA, ESPAÑA

CONVENIO MARCO DE COOPERACION ACADÉMICA, CIENTÍFICA Y CULTURAL ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y LA UNIVERSIDAD DE MURCIA, ESPAÑA CONVENIO MARCO DE COOPERACION ACADÉMICA, CIENTÍFICA Y CULTURAL ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y LA UNIVERSIDAD DE MURCIA, ESPAÑA De una parte Don CARLOS ESTUARDO GÁLVEZ BARRIOS, comparezco

Más detalles

CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA SOBRE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN RECIPROCA DE INVERSIONES

CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA SOBRE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN RECIPROCA DE INVERSIONES CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA SOBRE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN RECIPROCA DE INVERSIONES El Gobierno de la República de Perú y el Gobierno de

Más detalles

RP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08

RP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08 Reglamento Particular para la Auditoría Reglamentaria de Prevención de Riesgos Laborales según el Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997) RP-CSG-027.00 Fecha de aprobación 2012-03-08 ÍNDICE

Más detalles

Marco de Gobierno Para la Red Internacional de Monitoreo, Control y Vigilancia (MCV)

Marco de Gobierno Para la Red Internacional de Monitoreo, Control y Vigilancia (MCV) Marco de Gobierno Para la Red Internacional de Monitoreo, Control y Vigilancia (MCV) Artículo 1 Alcance La Red Internacional de Monitoreo, Control y Vigilancia (MCV) es una organización informal sin fines

Más detalles

Pontificia Universidad. Católica de Valparaíso

Pontificia Universidad. Católica de Valparaíso Pontificia Católica de Chile de Concepción Pontificia Católica de Valparaíso Técnica Federico Santa María Austral de Chile Católica del Norte Católica de Temuco Católica de la Santísima Concepción Católica

Más detalles

CONVENIO MARCO ENTRE EL COLEGIO DE ABOGADOS DEL EDO. PORTUGUESA Y LA ACADEMIA DE CIENCIAS POLITICAS Y SOCIALES

CONVENIO MARCO ENTRE EL COLEGIO DE ABOGADOS DEL EDO. PORTUGUESA Y LA ACADEMIA DE CIENCIAS POLITICAS Y SOCIALES CONVENIO MARCO ENTRE EL COLEGIO DE ABOGADOS DEL EDO. PORTUGUESA Y LA ACADEMIA DE CIENCIAS POLITICAS Y SOCIALES Entre la Corporación Profesional Gremial Colegio de Abogados del estado Portuguesa, representados

Más detalles

Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) Reglamento de Conciliación de la CNUDMI

Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) Reglamento de Conciliación de la CNUDMI Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) Reglamento de Conciliación de la CNUDMI ÍNDICE RESOLUCIÓN 35/52 DE LA ASAMBLEA GENERAL 3 REGLAMENTO DE CONCILIACIÓN DE LA

Más detalles

DECLARACION CONJUNTA DEL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (COMIECO) Y EL MINISTRO DE COMERCIO E INDUSTRIAS DE PANAMÁ

DECLARACION CONJUNTA DEL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (COMIECO) Y EL MINISTRO DE COMERCIO E INDUSTRIAS DE PANAMÁ DECLARACION CONJUNTA DEL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (COMIECO) Y EL MINISTRO DE COMERCIO E INDUSTRIAS DE PANAMÁ La Ministra de Comercio Exterior de la República de Costa Rica, El Ministro

Más detalles

Reglamento sobre el Control de la Información y el Acceso a los Ficheros de INTERPOL

Reglamento sobre el Control de la Información y el Acceso a los Ficheros de INTERPOL OFICINA DE ASUNTOS JURÍDICOS Reglamento sobre el Control de la Información y el Acceso a los Ficheros de INTERPOL [II.E/RCIA/GA/2004(2009)] REFERENCIAS Resolución AG-2004-RES-08 de la 73 a reunión de la

Más detalles

PRINCIPIOS QUE RIGEN LAS RELACIONES ENTRE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD Y LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES 1

PRINCIPIOS QUE RIGEN LAS RELACIONES ENTRE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD Y LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES 1 RELACIONES CON LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES 81 PRINCIPIOS QUE RIGEN LAS RELACIONES ENTRE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD Y LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES 1 1. Introducción 1.1 De conformidad

Más detalles

Comparación de las Condiciones Generales previas y nuevas del Credit Suisse AG

Comparación de las Condiciones Generales previas y nuevas del Credit Suisse AG Comparación de las Condiciones Generales previas y nuevas del Credit Suisse AG Condiciones Generales previas (12.2011) Condiciones Generales nuevas (12.2013) Condiciones Generales Las siguientes condiciones

Más detalles

TRATADO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE CANADA CONCERNIENTE A LA PRESTACION DE SERVICIOS POR SATELITE

TRATADO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE CANADA CONCERNIENTE A LA PRESTACION DE SERVICIOS POR SATELITE TRATADO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE CANADA CONCERNIENTE A LA PRESTACION DE SERVICIOS POR SATELITE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS y EL GOBIERNO DE CANADA,

Más detalles

CONVENIO EDUCACIONAL INSTITUTO PROFESIONAL VALLE CENTRAL A BOMBEROS DE CHILE

CONVENIO EDUCACIONAL INSTITUTO PROFESIONAL VALLE CENTRAL A BOMBEROS DE CHILE CONVENIO EDUCACIONAL INSTITUTO PROFESIONAL VALLE CENTRAL A En Santiago, a de Diciembre de 2014, entre Sociedad Educacional del Maule S.A., RUT 79.772.200-6, representada por su Vicerrector don Alejandro

Más detalles

ACUERDO POR EL QUE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO (UNAM) SE INTEGRA EN EL ACUERDO MARCO

ACUERDO POR EL QUE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO (UNAM) SE INTEGRA EN EL ACUERDO MARCO ANEXO AL ACUERDO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA SECRETARÍA DE COOPERACIÓN IBEROAMERICANA (SECIB), LA SECRETARÍA GENERAL DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS A TRAVÉS DE LA AGENCIA INTERAMERICANA

Más detalles

ARTICULO 1 AMBITO SUBJETIVO. El presente Convenio se aplica a las personas residentes de uno o de ambos Estados Contratantes.

ARTICULO 1 AMBITO SUBJETIVO. El presente Convenio se aplica a las personas residentes de uno o de ambos Estados Contratantes. CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICION E IMPEDIR LA EVASION FISCAL EN MATERIA DE IMPUESTOS SOBRE LA RENTA PROVENIENTES

Más detalles

27. 7. 96 Diario Oficial de las Comunidades Europeas N L 188/47

27. 7. 96 Diario Oficial de las Comunidades Europeas N L 188/47 27. 7. 96 Diario Oficial de las Comunidades Europeas N L 188/47 DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 25 de junio de 1996 por la que se establecen las disposiciones de aplicación de las tareas informativas y publicitarias

Más detalles

FUNCIONAMIENTO PRÁCTICAS EXTERNAS EXTRACURRICULARES

FUNCIONAMIENTO PRÁCTICAS EXTERNAS EXTRACURRICULARES Introducción FUNCIONAMIENTO PRÁCTICAS EXTERNAS EXTRACURRICULARES El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las Enseñanzas Universitarias Oficiales, en su artículo

Más detalles

Reglamento del Centro de Mediación del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid (CEMICAVA):

Reglamento del Centro de Mediación del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid (CEMICAVA): Reglamento del Centro de Mediación del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid (CEMICAVA): Artículo 1 El Instituto de Mediación del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid, tiene por objeto organizar

Más detalles

Acuerdo de Cooperación Cultural y Técnica suscrito entré El Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República de Francia.

Acuerdo de Cooperación Cultural y Técnica suscrito entré El Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República de Francia. Acuerdo de Cooperación Cultural y Técnica suscrito entré El Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República de Francia. El Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la

Más detalles

PROTOCOLO ADICIONAL AL ACE Nº 35 MERCOSUR-CHILE SOBRE PROCEDIMIENTO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

PROTOCOLO ADICIONAL AL ACE Nº 35 MERCOSUR-CHILE SOBRE PROCEDIMIENTO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS MERCOSUR/GMC/RES. N 61/99 PROTOCOLO ADICIONAL AL ACE Nº 35 MERCOSUR-CHILE SOBRE PROCEDIMIENTO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el artículo 16 de la

Más detalles

Instituto Trans-Fronterizo, Universidad de San Diego (USD) Universidad de Guadalajara

Instituto Trans-Fronterizo, Universidad de San Diego (USD) Universidad de Guadalajara RGS/26012008 Instituto Trans-Fronterizo, Universidad de San Diego (USD) Universidad de Guadalajara CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN ACADÉMICA, CIENTÍFICA, TECNOLÓGICA Y CULTURAL QUE CELEBRAN POR UNA PARTE

Más detalles

CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FRANCESA SOBRE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN RECIPROCA DE INVERSIONES

CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FRANCESA SOBRE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN RECIPROCA DE INVERSIONES CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FRANCESA SOBRE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN RECIPROCA DE INVERSIONES El Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la

Más detalles

UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL URUGUAY DÁMASO ANTONIO LARRAÑAGA

UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL URUGUAY DÁMASO ANTONIO LARRAÑAGA CONVENIO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA EN EL ÁREA DE GESTIÓN DE EMPRESAS DE ALTO DESEMPEÑO ENTRE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL URUGUAY Y INSTITUTO NACIONAL DE CALIDAD En la cuidad de Montevideo, el día 24 de

Más detalles

ACUERDO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ASOCIACIÓN UNIVERSITARIA IBEROAMERICANA DE POSTGRADO (AUIP) Y VIRTUAL EDUCA

ACUERDO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ASOCIACIÓN UNIVERSITARIA IBEROAMERICANA DE POSTGRADO (AUIP) Y VIRTUAL EDUCA ACUERDO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ASOCIACIÓN UNIVERSITARIA IBEROAMERICANA DE POSTGRADO (AUIP) Y VIRTUAL EDUCA Las Partes del presente Acuerdo: I) La Dirección General de la Asociación Universitaria Iberoamericana

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE.

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE. REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE. INDICE CAPITULO I. ORGANIZACIÓN CAPITULO II. MIEMBROS CAPITULO III. PLENO Y GRUPOS DE TRABAJO CAPITULO IV. REUNIONES DEL PLENO Y DE LOS

Más detalles

3. Acuerdo de relación entre la Corte Penal Internacional y las Naciones Unidas *

3. Acuerdo de relación entre la Corte Penal Internacional y las Naciones Unidas * 3. Acuerdo de relación entre la Corte Penal Internacional y las Naciones Unidas * Índice Artículo Página PREÁMBULO... 100 I. DISPOSICIONES GENERALES 1. Propósito del acuerdo... 100 2. Principios... 101

Más detalles

ACUERDO PARA LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN RECIPROCA DE INVERSIONES ENTRE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL REINO DE ESPAÑA

ACUERDO PARA LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN RECIPROCA DE INVERSIONES ENTRE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL REINO DE ESPAÑA ACUERDO PARA LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN RECIPROCA DE INVERSIONES ENTRE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL REINO DE ESPAÑA La República del Perú y el Reino de España, en adelante "las Partes Contratantes; Deseando

Más detalles

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE MADRID Y LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID. REUNIDOS

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE MADRID Y LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID. REUNIDOS CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE MADRID Y LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID. En Madrid, a 16 de mayo de 2006. REUNIDOS D. Miguel Ángel Villanueva González, Consejero Delegado del Área

Más detalles

LA MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES EN OCHO PREGUNTAS

LA MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES EN OCHO PREGUNTAS LA MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES EN OCHO PREGUNTAS 1. Qué es la mediación? la mediación es aquel medio de solución de controversias, cualquiera que sea su denominación, en EL que dos o más

Más detalles

MERINVEST SOCIEDAD DE CORRETAJE DE VALORES, C.A.

MERINVEST SOCIEDAD DE CORRETAJE DE VALORES, C.A. Entre, MERINVEST SOCIEDAD DE CORRETAJE DE VALORES, C.A., RIF J003003840, sociedad mercantil de este domicilio e inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal

Más detalles

Proyecto de Ley FONDO DE GARANTÍAS PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS CAPÍTULO I NATURALEZA JURÍDICA Y OBJETO

Proyecto de Ley FONDO DE GARANTÍAS PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS CAPÍTULO I NATURALEZA JURÍDICA Y OBJETO FONDO DE GARANTÍAS PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS CAPÍTULO I NATURALEZA JURÍDICA Y OBJETO Artículo 1. Créase un "Fondo de Garantías para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas", denominado,

Más detalles

El Gobierno del Reino de España y el Gobierno Federal de Austria (en lo sucesivo denominados «las Partes»),

El Gobierno del Reino de España y el Gobierno Federal de Austria (en lo sucesivo denominados «las Partes»), ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO FEDERAL AUSTRIACO RELATIVO AL INTERCAMBIO Y PROTECCION MUTUA DE LA INFORMACION CLASIFICADA («BOE núm. 30/2013, de 4 de febrero de 2013») Acuerdo

Más detalles

EXPONEN PRIMERO.- SEGUNDO.- TERCERO.- CUARTO.- QUINTO.-

EXPONEN PRIMERO.- SEGUNDO.- TERCERO.- CUARTO.- QUINTO.- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL PARLAMENTO DE CANTABRIA, LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA Y EL COMITÉ AUTONÓMICO DE ENTIDADES DE REPRESENTANTES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD DE CANTABRIA. REUNIDOS De una parte,

Más detalles

Ley Nº 18.382. Apruébase el Acuerdo Marco para Reasentamiento de Refugiados con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados

Ley Nº 18.382. Apruébase el Acuerdo Marco para Reasentamiento de Refugiados con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados Ley Nº 18.382 Apruébase el Acuerdo Marco para Reasentamiento de Refugiados con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados La República Oriental del URUGUAY en el marco del respeto y

Más detalles

I. DISPOSICIONES GENERALES

I. DISPOSICIONES GENERALES POLÍTICA DE CLASIFICACIÓN DE CLIENTES I. DISPOSICIONES GENERALES 1.1. El propósito de esta Política de Clasificación de Clientes de DELTASTOCK es establecer normas internas para la clasificación de los

Más detalles

LEY 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito.

LEY 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito. NOTA: SOLO SE INCLUYEN AQUELLOS ARTÍCULOS O APARTADOS QUE HACEN REFERENCIA O TIENEN RELACIÓN CON EL FONDO DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS DE ENTIDADES DE CRÉDITO LEY 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración

Más detalles

CAPÍTULO 6 MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS

CAPÍTULO 6 MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS CAPÍTULO 6 MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS Artículo 6.1: Objetivos Los objetivos de este Capítulo son: (a) (b) (c) (d) mantener y fortalecer la implementación del Acuerdo MSF y la aplicabilidad de

Más detalles

SECCIÓN II. ESTATUTO DE LA DELEGACIÓN.

SECCIÓN II. ESTATUTO DE LA DELEGACIÓN. Acuerdo entre España y la Organización de las Naciones Unidas relativo al establecimiento de una Delegación del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los refugiados en Madrid 1988 El Gobierno de

Más detalles

CONVENIO MARCO DE COLABORACiÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACiÓN A DISTANCIA (UNED) y EL COMITÉ OLlMPICO ESPAÑOL (COE)

CONVENIO MARCO DE COLABORACiÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACiÓN A DISTANCIA (UNED) y EL COMITÉ OLlMPICO ESPAÑOL (COE) l rgq /p J CONVENIO MARCO DE COLABORACiÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACiÓN A DISTANCIA (UNED) y EL COMITÉ OLlMPICO ESPAÑOL (COE) DE UNA PARTE INTERVIENEN En Madrid, a 09 de octubre de 2012 D.

Más detalles

ACUERDO entre LA ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACION, LA CIENCIA Y LA CULTURA (Unesco) EL INSTITUTO ITALO-LATINOAMERICANO

ACUERDO entre LA ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACION, LA CIENCIA Y LA CULTURA (Unesco) EL INSTITUTO ITALO-LATINOAMERICANO ACUERDO entre LA ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACION, LA CIENCIA Y LA CULTURA (Unesco) EL INSTITUTO ITALO-LATINOAMERICANO y (IILA) La Organización de las Naciones Unidas para la Educación,

Más detalles

Código IFPA de buenas prácticas en relaciones con la Industria Farmacéutica

Código IFPA de buenas prácticas en relaciones con la Industria Farmacéutica Código IFPA de buenas prácticas en relaciones con la Industria Farmacéutica Introducción La Federación Internacional de Asociaciones de Psoriasis (IFPA) es el órgano de representativo de sus miembros,

Más detalles

Los Gobiernos de las Repúblicas de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela;

Los Gobiernos de las Repúblicas de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela; PROTOCOLO SUSTITUTORIO DEL CONVENIO SIMON RODRIGUEZ Los Gobiernos de las Repúblicas de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela; Convencidos de la necesidad de impulsar la coordinación de políticas

Más detalles

Convención sobre el Reconocimientoy la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras INDICE Nueva York el 10 de junio de 1958

Convención sobre el Reconocimientoy la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras INDICE Nueva York el 10 de junio de 1958 Convención sobre el Reconocimientoy la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras INDICE Nueva York el 10 de junio de 1958 Artículo I 1. La presente Convención se aplicará al reconocimiento y la

Más detalles

BASES POSTULACIÓN A ASESORÍAS ORGANIZACIONALES PRIMER SEMESTRE 2015

BASES POSTULACIÓN A ASESORÍAS ORGANIZACIONALES PRIMER SEMESTRE 2015 BASES POSTULACIÓN A ASESORÍAS ORGANIZACIONALES PRIMER SEMESTRE 2015 I. Objetivo Fortalecer las capacidades organizacionales y de gestión de las organizaciones y líderes de trabajadores de la cultura que

Más detalles

Fundación Telefónica. Principios Generales de Actuación Fundación Telefónica

Fundación Telefónica. Principios Generales de Actuación Fundación Telefónica Principios Generales de Actuación Fundación Telefónica Principios Generales de Actuación Fundación Telefónica El Patronato de Fundación Telefónica, en su reunión celebrada el día 20 de noviembre de 2009,

Más detalles

Comités regionales y convenios regionales

Comités regionales y convenios regionales ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD CONSEJO EJECUTIVO EB105/29 105 a reunión 19 de noviembre de 1999 Punto 7.5 del orden del día provisional Comités regionales y convenios regionales Informe de la Secretaría

Más detalles

CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELA SOBRE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE INVERSIONES

CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELA SOBRE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE INVERSIONES CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELA SOBRE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE INVERSIONES El Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 51 Sábado 28 de febrero de 2015 Sec. I. Pág. 19103 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN 2111 Acuerdo entre el Reino de España y la Organización de las Naciones

Más detalles

Federación Coordinadora Nicaragüense de ONG que trabajan con la Niñez y la Adolescencia CODENI

Federación Coordinadora Nicaragüense de ONG que trabajan con la Niñez y la Adolescencia CODENI Proyecto Nacional Fortaleciendo las redes de la Sociedad Civil y los grupos organizados de niños, niñas y adolescentes en su rol de defensa y promoción de los Derechos de la niñez especialmente en el tema

Más detalles

MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO SOBRE EDUCACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO SOBRE EDUCACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO SOBRE EDUCACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. El Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de

Más detalles

GUÍASALUD-BIBLIOTECA DE GUÍAS DE PRÁCTICA CLÍNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO CONSULTIVO

GUÍASALUD-BIBLIOTECA DE GUÍAS DE PRÁCTICA CLÍNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO CONSULTIVO GUÍASALUD-BIBLIOTECA DE GUÍAS DE PRÁCTICA CLÍNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO CONSULTIVO Aprobado por el Consejo Ejecutivo de GuíaSalud el 25 de septiembre de 2009

Más detalles

ACUERDO DE COOPERACIÓN AMBIENTAL ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

ACUERDO DE COOPERACIÓN AMBIENTAL ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ACUERDO DE COOPERACIÓN AMBIENTAL ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA El Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de los Estados Unidos de América,

Más detalles

Agencia Ferroviaria Europea. Valenciennes (Francia) ERA/2012/SAF/CALLHF/01

Agencia Ferroviaria Europea. Valenciennes (Francia) ERA/2012/SAF/CALLHF/01 Agencia Ferroviaria Europea Valenciennes (Francia) Convocatoria de solicitudes para la inclusión en la lista de expertos en materia de factores humanos que prestarán asesoramiento a los organismos nacionales

Más detalles

REUNIÓN DE ALTAS AUTORIDADES EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS Y CANCILLERÍAS DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS (RAADDHH) REGLAMENTO INTERNO

REUNIÓN DE ALTAS AUTORIDADES EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS Y CANCILLERÍAS DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS (RAADDHH) REGLAMENTO INTERNO REUNIÓN DE ALTAS AUTORIDADES EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS Y CANCILLERÍAS DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS (RAADDHH) REGLAMENTO INTERNO Capítulo I Naturaleza y Composición Artículo 1º. La Reunión de Altas

Más detalles

CONVENIO DE INVERSION EXTRANJERA CON CHINA

CONVENIO DE INVERSION EXTRANJERA CON CHINA CONVENIO DE INVERSION EXTRANJERA CON CHINA Codificación 12312 Registro Oficial Suplemento 153 de 25-nov-2005 Estado: Vigente Nota: APROBACION.- Art. Unico.- Aprobar el CONVENIO ENTRE LA REPUBLICA DEL ECUADOR

Más detalles

NORMAS REGULADORAS. de la. INSTITUCIÓN de MEDIACIÓN de INGENIEROS (In.Me.In.) del CONSEJO GENERAL de la INGENIERÍA TÉCNICA INDUSTRIAL.

NORMAS REGULADORAS. de la. INSTITUCIÓN de MEDIACIÓN de INGENIEROS (In.Me.In.) del CONSEJO GENERAL de la INGENIERÍA TÉCNICA INDUSTRIAL. ( REVISION 2, DOCUMENTO ) NORMAS REGULADORAS de la INSTITUCIÓN de MEDIACIÓN de INGENIEROS (In.Me.In.) del CONSEJO GENERAL de la INGENIERÍA TÉCNICA INDUSTRIAL Indice CAPÍTULO I, Ámbito de aplicación y naturaleza...3

Más detalles

ANEXO VIII RÉGIMEN DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS

ANEXO VIII RÉGIMEN DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS ANEXO VIII RÉGIMEN DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS CAPITULO I PARTES Y AMBITO DE APLICACION Artículo 1 Las controversias que surjan con relación a la interpretación, aplicación o incumplimiento de las disposiciones

Más detalles

ACUERDO ENTRE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL REINO DE ESPAÑA PARA LA PROTECCION Y FOMENTO RECIPROCOS DE INVERSIONES

ACUERDO ENTRE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL REINO DE ESPAÑA PARA LA PROTECCION Y FOMENTO RECIPROCOS DE INVERSIONES ACUERDO ENTRE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL REINO DE ESPAÑA PARA LA PROTECCION Y FOMENTO RECIPROCOS DE INVERSIONES La República de Chile y el Reino de España, en adelante "las Partes Contratantes". Deseando

Más detalles

Procedimiento para la para la coordinación de actividades empresariales en instalaciones de la universidad

Procedimiento para la para la coordinación de actividades empresariales en instalaciones de la universidad Página: 1/17 Procedimiento para la para la coordinación Índice 1. OBJETO... 2 2. CLIENTES / ALCANCE... 2 3. NORMATIVA... 2 4. RESPONSABLES... 3 5. DESCRIPCIÓN DEL PROCESO... 3 6. DIAGRAMA DE FLUJO... 13

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS

UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS Universidad del Perú, DECANA DE AMÉRICA RECTORADO Lima, 20 de agosto del 2013 Se ha expedido: RESOLUCION RECTORAL Nº 03820-R-13 Visto el Expediente, con Registro

Más detalles

ESTATUTO RIU-SOL Red Internacional de Universidades que promueven el Software Libre I ORIGEN Y PRINCIPIO

ESTATUTO RIU-SOL Red Internacional de Universidades que promueven el Software Libre I ORIGEN Y PRINCIPIO ESTATUTO RIU-SOL Red Internacional de Universidades que promueven el Software Libre I ORIGEN Y PRINCIPIO 1 EXISTENCIA Y OBJETIVOS Queda institucionalizada por este acuerdo la Red Internacional de Universidades

Más detalles

Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo

Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo Edición: Mayo de 2009 Pág. 1 de 6 CONDICIONES GENERALES DEL PNUD APLICABLES A LOS CONTRATOS DE SERVICIOS COMERCIALES 1.0 ESTATUTO JURÍDICO. El Contratista tendrá el estatuto jurídico de contratista independiente

Más detalles

DECIDIDOS a intensificar su cooperación para el beneficio mutuo de sus pueblos;

DECIDIDOS a intensificar su cooperación para el beneficio mutuo de sus pueblos; MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE SOBRE LA PROMOCIÓN DEL EMPRENDIMIENTO Y DEL CRECIMIENTO DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

Más detalles

Norma Básica de Auditoría Interna

Norma Básica de Auditoría Interna Norma Básica de Auditoría Interna DE IBERDROLA, S.A. Y SU GRUPO (aprobada por el Consejo de Administración el 21 de julio de 2015, a propuesta de la Comisión de Auditoría y Supervisión del Riesgo de 16

Más detalles

NORMATIVA INTERNA PARA LA MOVILIDAD DE ESTUDIANTES CON UNIVERSIDADES IBEROAMERICANAS

NORMATIVA INTERNA PARA LA MOVILIDAD DE ESTUDIANTES CON UNIVERSIDADES IBEROAMERICANAS NORMATIVA INTERNA PARA LA MOVILIDAD DE ESTUDIANTES CON UNIVERSIDADES IBEROAMERICANAS El Vicerrectorado de Relaciones Internacionales propone a la Junta de Gobierno de la Universidad de Almería la siguiente

Más detalles

REGLAMENTO DE USO DE LA MARCA COLECTIVA FACENDO EMPRESA. SOCIEDADES LABORAIS DE GALICIA

REGLAMENTO DE USO DE LA MARCA COLECTIVA FACENDO EMPRESA. SOCIEDADES LABORAIS DE GALICIA REGLAMENTO DE USO DE LA MARCA COLECTIVA FACENDO EMPRESA. SOCIEDADES LABORAIS DE GALICIA TITULO I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Objeto de la marca La marca colectiva FACENDO EMPRESA. SOCIEDADES LABORAIS

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE ALCAUDETE (JAÉN)

AYUNTAMIENTO DE ALCAUDETE (JAÉN) Número 155 Miércoles, 14 de Agosto de 2013 Pág. 18072 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ALCAUDETE (JAÉN) 7270 Aprobación definitiva del Reglamento del Consejo Local de Deportes. Anuncio Al no haberse

Más detalles

LEY DE CREACIÓN DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA (UNED)

LEY DE CREACIÓN DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA (UNED) LEY DE CREACIÓN DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA (UNED) LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA Decreta: La siguiente Ley de Creación de la Universidad Estatal a Distancia (UNED) No.

Más detalles

PROTOCOLO ADICIONAL A LOS CONVENIOS DE GINEBRA DEL 12 DE AGOSTO DE 1949 RELATIVO A LA APROBACIÓN DE UN SIGNO DISTINTIVO ADICIONAL PROTOCOLO III

PROTOCOLO ADICIONAL A LOS CONVENIOS DE GINEBRA DEL 12 DE AGOSTO DE 1949 RELATIVO A LA APROBACIÓN DE UN SIGNO DISTINTIVO ADICIONAL PROTOCOLO III PROTOCOLO ADICIONAL A LOS CONVENIOS DE GINEBRA DEL 12 DE AGOSTO DE 1949 RELATIVO A LA APROBACIÓN DE UN SIGNO DISTINTIVO ADICIONAL PROTOCOLO III PROTOCOLO ADICIONAL A LOS CONVENIOS DE GINEBRA DEL 12 DE

Más detalles

CAPÍTULO 2 ESTABLECIMIENTO

CAPÍTULO 2 ESTABLECIMIENTO domicilio legal, administración central o sede principal de negocios en el territorio de la Parte UE o en el territorio de una República de la Parte CA, respectivamente; en caso de que la persona jurídica

Más detalles

INSTRUCCIONES PARA LA JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES

INSTRUCCIONES PARA LA JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES INSTRUCCIONES PARA LA JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES DE LAS ACTIVIDADES DE GESTIÓN DEL LIBRO GENEALÓGICO Y DE LOS PROGRAMAS DE MEJORA DE LAS RAZAS PURAS DE CARÁCTER NACIONAL PARA EL EJERCICIO 2013 2013

Más detalles

CONVENIO DE COOPERACIÓN ACADÉMICA ENTRE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID

CONVENIO DE COOPERACIÓN ACADÉMICA ENTRE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID CONVENIO DE COOPERACIÓN ACADÉMICA ENTRE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID Y LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID PARA LA IMPARTICIÓN DEL TÍTULO OFICIAL CONJUNTO DE MÁSTER UNIVERSITARIO EN ESTRTEGIAS

Más detalles

N 267 VISTOS: CONSIDERANDO:

N 267 VISTOS: CONSIDERANDO: UNIVERSIDAD DE TALCA ÍA TROL PREVIO DE LEG, L APRUEBA MODIFICACIÓN DE CONVENIO CON LAS INSTITUCIONES QUE SE INDICAN. TALCA, O 6 MAR. 2012 N 267 VISTOS: Las facultades que me confieren los D.F.L. N s. 36

Más detalles

POLÍTICAS DE TRATAMIENTO, PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL GRUPO TERRANUM

POLÍTICAS DE TRATAMIENTO, PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL GRUPO TERRANUM POLÍTICAS DE TRATAMIENTO, PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL GRUPO TERRANUM Dando cumplimiento a lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y al Decreto 1377 de 2013, nos permitimos informar a

Más detalles

NORMATIVAS PARA OTORGAR AUSPICIOS, AVALES Y PARA LA ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES EDUCACIONALES SOLICITADAS POR TERCEROS

NORMATIVAS PARA OTORGAR AUSPICIOS, AVALES Y PARA LA ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES EDUCACIONALES SOLICITADAS POR TERCEROS NORMATIVAS PARA OTORGAR AUSPICIOS, AVALES Y PARA LA ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES EDUCACIONALES SOLICITADAS POR TERCEROS Acorde al artículo 61 del nuevo estatuto de la AANEP, titulado de las Sesiones científicas,

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE DEFENSA

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE DEFENSA Núm. 238 Lunes 3 de octubre de 2011 Sec. III. Pág. 103959 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE DEFENSA 15523 Resolución 420/38222/2011, de 22 de septiembre, de la Secretaría General Técnica, por la que

Más detalles

REUNIDOS E X P O N E N. El presente Convenio Básico de Colaboración ha sido promovido por ambas Instituciones sobre la base de:

REUNIDOS E X P O N E N. El presente Convenio Básico de Colaboración ha sido promovido por ambas Instituciones sobre la base de: CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN INSTITUCIONAL ENTRE LA LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA Y XERCODE MEDIA SOFTWARE S.L. En Salamanca, a DIA de MES de 2013. REUNIDOS De una parte, Don Daniel Hernández Ruipérez,

Más detalles

Capítulo 14 Solución de Controversias

Capítulo 14 Solución de Controversias Artículo 140: Cooperación Capítulo 14 Solución de Controversias Las Partes procurarán en todo momento llegar a un acuerdo sobre la interpretación y aplicación de este Tratado y realizarán todos los esfuerzos,

Más detalles

El Gobierno de la República de Guatemala y el Gobierno de la República francesa, denominados a continuación "las Partes Contratantes";

El Gobierno de la República de Guatemala y el Gobierno de la República francesa, denominados a continuación las Partes Contratantes; ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FRANCESA PARA LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN RECÍPROCA DE LAS INVERSIONES El Gobierno de la República de Guatemala y el Gobierno

Más detalles

ARTICULO 3. - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

ARTICULO 3. - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Ley 22.509 APROBACION DE LA CONVENCION SOBRE LA PREVENCION Y EL CASTIGO DE DELITOS CONTRA PERSONAS INTERCIONALMENTE PROTEGIDAS, INCLUYENDO LOS AGENTES DIPLOMATICOS, ADOPTADA POR LA ASAMBLEA GENERAL DE

Más detalles

Modelo de Cumplimiento Normativo y Prevención de Delitos. Protocolo de aceptación y entrega de regalos

Modelo de Cumplimiento Normativo y Prevención de Delitos. Protocolo de aceptación y entrega de regalos Modelo de Cumplimiento Normativo y Prevención de Delitos Protocolo de aceptación y entrega de regalos 1. Introducción El objetivo de este protocolo es definir el procedimiento que debe seguirse para: a)

Más detalles

C100 Convenio sobre igualdad de remuneración, 1951

C100 Convenio sobre igualdad de remuneración, 1951 Declaración relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo TRABAJAR EN LIBERTAD Oficina Internacional del Trabajo C100 Convenio sobre igualdad de remuneración, 1951 La Conferencia General

Más detalles

PLAN TERRITORIAL DE FORMACION Y ACTUALIZACION DOCENTE PTFAD - 2008-2011

PLAN TERRITORIAL DE FORMACION Y ACTUALIZACION DOCENTE PTFAD - 2008-2011 PLAN TERRITORIAL DE FORMACION Y ACTUALIZACION DOCENTE PTFAD - 2008-2011 ELABORACIÓN REVISIÓN APROBACIÓN Elaborado Por: Revisado por: Aprobado por: Jaime Jaramillo Cardona Maria Cristina Jaramillo Patiño

Más detalles

Se aplicará la base de la Orden de Compra acordada expresamente por las partes contratantes.

Se aplicará la base de la Orden de Compra acordada expresamente por las partes contratantes. Página 1 de 7 Condiciones Generales de Compra 1. Partes contratantes Este contrato (en adelante denominado Orden de Compra) se acuerda entre el proveedor (referido en adelante como "PROVEEDOR") y la empresa

Más detalles

RESPUESTAS Y ACLARACIONES

RESPUESTAS Y ACLARACIONES RESPUESTAS Y ACLARACIONES VIGÉSIMO SEPTIMO LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO DE PROYECTOS RELATIVO A LA LÍNEA DE ACCIÓN DE PROGRAMAS ESPECIALIZADOS EN MALTRATO Y ABUSO SEXUAL INFANTIL 23.10.2012 Nº Consulta Temática

Más detalles

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA RED LATINOAMERICANA DE PORTALES EDUCATIVOS Y VIRTUAL EDUCA

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA RED LATINOAMERICANA DE PORTALES EDUCATIVOS Y VIRTUAL EDUCA CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA RED LATINOAMERICANA DE PORTALES EDUCATIVOS Y VIRTUAL EDUCA Las Partes del presente Convenio: I) La Red Latinoamericana de Portales Educativos (RELPE), por una parte, II)

Más detalles

DECISIÓN DE LA COMISIÓN

DECISIÓN DE LA COMISIÓN L 15/12 Diario Oficial de la Unión Europea 20.1.2011 DECISIONES DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 19 de enero de 2011 sobre la equivalencia de los sistemas de supervisión pública, control de calidad, investigación

Más detalles

ARTICULO 1º Conceptos Los términos utilizados en las siguientes disposiciones tendrán el significado establecido en el Convenio.

ARTICULO 1º Conceptos Los términos utilizados en las siguientes disposiciones tendrán el significado establecido en el Convenio. ACUERDO ADMINISTRATIVO ENTRE LA REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA Y LA REPUBLICA DE CHILE SOBRE PENSIONES PARA LA EJECUCION DEL CONVENIO DE FECHA 05 DE MARZO DE 1993 Las Oficinas de Enlace y los Organismos

Más detalles

SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES DIRECCIÓN GENERAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA Y CULTURAL EMBAJADORA CECILIA JABER DIRECTORA GENERAL

SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES DIRECCIÓN GENERAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA Y CULTURAL EMBAJADORA CECILIA JABER DIRECTORA GENERAL SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES DIRECCIÓN GENERAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA Y CULTURAL EMBAJADORA CECILIA JABER DIRECTORA GENERAL Estructura de la Dirección General Dirección General Dirección General

Más detalles

INTERVIENEN EXPONEN. Conforme a su disposición cuarta los citados programas en los centros escolares

INTERVIENEN EXPONEN. Conforme a su disposición cuarta los citados programas en los centros escolares CONVENIO-MARCO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CIENCIA DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA Y EL SERVICIO DE COOPERACIÓN Y DE ACCIÓN CULTURAL DE LA EMBAJADA DE FRANCIA EN ESPAÑA EN MATERIA

Más detalles

ESTATUTOS SOCIALES DE [ ], S.A.

ESTATUTOS SOCIALES DE [ ], S.A. ESTATUTOS SOCIALES DE [ ], S.A. Artículo 1.- Denominación social La Sociedad se denominará [ ], S.A. Artículo 2.- Objeto Social La Sociedad tendrá como objeto social: [ ] Se excluyen de este objeto todas

Más detalles

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA LEY DEL DERECHO A LA CONSULTA PREVIA A LOS PUEBLOS INDÍGENAS U ORIGINARIOS, RECONOCIDO EN EL CONVENIO 169 DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO

Más detalles

Convenio publicado en el Diario Oficial de la Federación, el lunes 16 de octubre de 1950.

Convenio publicado en el Diario Oficial de la Federación, el lunes 16 de octubre de 1950. CONVENIO NUMERO 87, RELATIVO A LA LIBERTAD SINDICAL Y A LA PROTECCION AL DERECHO SINDICAL, ADOPTADO EL 9 DE JULIO DE 1948, POR LA XXXI CONFERENCIA INTERNACIONAL DEL TRABAJO, EN SAN FRANCISCO, CALIFORNIA

Más detalles

CONVENIO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA Y EL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE SALAMANCA

CONVENIO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA Y EL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE SALAMANCA CONVENIO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA Y EL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE SALAMANCA PARA LA ORGANIZACIÓN E IMPARTICIÓN DE DOCENCIA EN EL TÍTULO PROPIO DE LA USAL DIPLOMA

Más detalles

Tratado de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre la República de Megaoil y la República de Butanolandia (2011)

Tratado de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre la República de Megaoil y la República de Butanolandia (2011) Tratado de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre la República de Megaoil y la República de Butanolandia (2011) La República de Megaoil y la República de Butanolandia (en adelante denominadas

Más detalles