POLICÍA NACIONAL INSPECCIÓN GENERAL. Uso adecuado de la fuerza y armas de fuego
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- Andrés Río Olivares
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1 POLICÍA NACIONAL INSPECCIÓN GENERAL Uso adecuado de la fuerza y armas de fuego
2 CARTILLA PADAGÓGICA USO ADECUADO DE LA FUERZA Y ARMAS DE FUEGO Publicación de la Policía Nacional Inspección General POLICÍA NACIONAL DIRECCCIÓN GENERAL General ÓSCAR ADOLFO NARANJO TRUJILLO Director General Policía Nacional Mayor General JOSÉ ROBERTO LEÓN RIAÑO Subdirector General Mayor General EDGAR ORLANDO VALE MOSQUERA Inspector General Teniente Coronel BEATRIZ EUGENIA ARDILA DE LA TORRE Inspectora Delegada Especial DIPON (E) Teniente Coronel CLAUDIA YANETH PULIDO AFRICANO Jefe Observatorio de Integridad Desempeño Ético Policial y Derechos Humanos Patrullero ÉDGAR FERNANDO MARTINEZ CÁRDENAS Responsable Comunicaciones Estratégicas Inspección General
3 Contenido Introducción.. 3 Recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas... 4 Algunas disposiciones internacionales y nacionales que regulan el uso de la fuerza y las armas de fuego... 5 Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la Ley. 6 Empleo del arma de fuego contra personas. 8 Código Nacional de Policía... 9 Principios esenciales del uso de la fuerza. 10 Niveles de fuerza colectiva. 11 Niveles de fuerza individual.. 12 Procedimientos estandarizados.. 13 Acciones posteriores al uso de la fuerza y armas de fuego Conclusiones 15
4 Introducción xisten parámetros Internacionales para el uso de la fuerza y las armas de fuego debidamente conocidas y desarrolladas por nuestra institución policial. En el derrotero fijado de llevar la Policía Nacional a los más altos índices de credibilidad y confianza ciudadana, es necesario considerar que, en el disfrute de las libertades y derechos que ofrece la estructura constitucional de Estado Social de Derecho, es nuestra obligación garantizar este regocijo social. Para el Director General de la Policía Nacional de Colombia, nunca será demasiado Iterar sobre los factores que en el servicio policial inciden, en lo referente a la defensa y el respeto a los derechos fundamentales, por ser temática inherente e Inescindible de lo policial. Inmensamente delicada es en cualquier ámbito y circunstancia, la trascendental decisión del empleo de la fuerza y el uso de las armas. Es bien reconocido que el Policía de Colombia es formado en la cultura de la legalidad y su temperancia es afamada por haber superado pruebas en disímiles y muy difíciles circunstancias. Existe también el compromiso de fidelidad amplia en este tema, como quiera que esta describe el uso adecuado de grupos y elementos especializados y de armamento específico, que individualmente o en conjunto deben utilizarse con otros sistemas para lograr objetivos determinados. La doctrina evoluciona de la teoría y experiencia policial e indica la mejor manera de utilizar el poder de policía tal como lo establece la Política Estratégica Operacional, que debe ser permanentemente revisada. La doctrina operacional define y enseña procedimientos, considera además objetivos particulares y describe cómo se utilizan los sistemas de apoyo para cumplir con el objetivo. Esta se produce en los grupos y unidades básicas, es decir, en el nivel operativo y debe ser constantemente actualizada a través de documentos ágiles y flexibles que permitan dar respuestas a las necesidades del servicio con el desarrollo de técnicas tácticas, y procedimientos policiales (TTPP). Habidas consideraciones pragmáticas, sobre la temática en curso, se llega a inferir que, para circunstancias especiales y justificadas, conocidas las tecnologías actuales, debe dotarse a las unidades policiales de elementos medianeros en el empleo de la fuerza, entre el bastón de mando (enfrentamiento personal) y armas de fuego, en la seguridad que su uso racional y ajustado a las principios y normas, así como el recto e ilustrado criterio de quienes en buena hora detentan el mando de las unidades, hará que el prestigio institucional y la buena imagen policial no tengan desmedro, por cuanto sus actuaciones no generarán rechazo de la comunidad ni de sus dirigentes. La presenta cartilla busca ilustrar sobre los aspectos básicos sobre el uso de la fuerza y las armas de fuego, las cuales deben constituirse como marco teórico de referencia para la aplicación en desarrollo de un efectivo servicio.
5 Recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas Los Funcionarios policiales están obligados a: Cumplir la ley Hacer cumplir la ley Proteger la Comunidad Promover difundir y defender los DD.HH. Con un alto grado de responsabilidad 4 Uso adecuado de la fuerza y armas de fuego
6 Algunas disposiciones internacionales y nacionales que regulan el uso de la fuerza y armas de fuego Código de Conducta Funcionarios encargados de hacer cumplir la ley (Resolución de Principios Básicos El empleo de la fuerza y las armas de fuego (Congreso de las Naciones Unidadas de de 1990 Guía para la conducta y el comportamiento del policía (Comité Internacional de la Cruz Roja noviembre de Uso adecuado de la fuerza y armas de fuego
7 Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la Ley Artículo 1. Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley cumplirán en todo momento los deberes que les impone la ley, sirviendo a su comunidad y protegiendo a todas las personas contra actos ilegales, en consonancia con el alto grado de responsabilidad exigido a su profesión. Artículo 2.En el desempeño de sus tareas, los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley respetarán y protegerán la dignidad humana y mantendrán y defenderán los derechos humanos de todas las personas Artículo 3. Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley podrán usar la fuerza sólo cuando sea estrictamente necesario y en la medida en que lo requiera el desempeño de sus tareas. Artículo 4. Las cuestiones de carácter confidencial de que tengan conocimiento los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley se mantendrán en secreto, a menos que el cumplimiento del deber o las necesidades de la justicia exijan estrictamente lo contrario. Artículo 5. Ningún funcionario encargado de hacer cumplir la ley podrá infligir, instigar o tolerar ningún acto de tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, ni invocar la orden de un superior o circunstancias especiales, como estado de guerra 6 Uso adecuado de la fuerza y armas de fuego
8 Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la Ley o amenaza de guerra, amenaza a la seguridad nacional, inestabilidad política interna o cualquier otra emergencia pública como justificación de la tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Artículo 6. Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley asegurarán la plena protección de la salud de la personas bajo su custodia y, en particular, tomarán medidas inmediatas para proporcionar atención médica cuando se precise. Artículo 7. Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley no cometerán ningún acto de corrupción. También se opondrán rigurosamente a todos los actos de esta índole y los combatirán. Artículo 8. Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley respetarán la ley y el presente Código. También harán cuanto esté a su alcance por impedir toda violación de ellos y por oponerse vigorosamente a tal violación. Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley que tengan motivos para creer que se ha producido o va a producirse una violación del presente Código informarán de la cuestión a sus superiores y, si fuese necesario, a cualquier otra autoridad u organismo apropiado que tenga atribuciones de control 6 o correctivas. 7 Uso adecuado de la fuerza y armas de fuego
9 Recomendaciones de la Organización de las naciones Unidas Solo en defensa propia o de otras personas. En caso de peligro inminente de muerte o lesiones graves. Con el propósito de evitar la comisión de un delito que sea una amenaza contra la vida. Para detener una persona que represente peligro o para impedir su fuga. Solo en caso de que resulten insuficientes medidas menos extremas. 6 8 Uso adecuado de la fuerza y armas de fuego
10 Código Nacional de Policía CAPITULO IV Del empleo de la fuerza y otros medios coercitivos ARTICULO 29. Solo cuando sea estrictamente necesario, la policía puede emplear la fuerza para impedir la perturbación del orden público y para restablecerlo. Así, podrán los funcionarios de policía utilizar la fuerza: a) Para hacer cumplir las decisiones y órdenes de los jueces y demás autoridades; b) Para impedir la inminente o actual comisión de infracciones penales o de policía; c) Para asegurar la captura de la que deber ser conducido ante la autoridad; d) Para vencer la resistencia del que se oponga a orden policial que deba cumplirse inmediatamente; e) Para evitar mayores peligros y perjuicios en caso de calamidad pública; f) Para defenderse o defender a otro de una violencia actual e injusta contra la persona, su honor y sus bienes; g) Para proteger a las personas contra peligros inminentes y graves. 6 9 Uso adecuado de la fuerza y armas de fuego
11 Principios esenciales del uso de la fuerza La legalidad (Fines lícitos) Cuatro Principios esenciales La precaución (Evitar daños innecesarios) La necesidad (Agotar otros medios) La proporcionalidad (Moderación, reducción de daños y lesiones) 6 10 Uso adecuado de la fuerza y armas de fuego
12 Niveles de fuerza colectiva Técnicas suaves (físicas y armas de disuasión) Técnicas duras Uso de la Ayuda víctimas Limite de la fuerza es hasta vencer la fuerza resistencia Cuatro Pregunta Persuasión Advertencia esenciales Diálogo Ordenes Presencia policial Actuación colectiva no individual Mando superior Ordenes precisas Documentar el Procedimiento 6 11 Uso adecuado de la fuerza y armas de fuego
13 Niveles de fuerza Individual Técnicas suaves (físicas y armas de disuasión) Técnicas duras Ayuda víctimas Uso de la Limite de la fuerza es hasta vencer la fuerza resistencia Cuatro Aplicación medios de policía esenciales Diálogo Reglamentos Códigos Presencia policial Preventiva Elementos completos para el servicio Documentar el Procedimiento 6 12 Uso adecuado de la fuerza y armas de fuego
14 Procedimientos Estandarizados Cuatro esenciales Observar e identificar Proceso disuasión de delitos y contravenciones Atender requerimientos de convivencia y seguridad ciudadana Actividades Fundamentales Determinar y atender prioridades (Población Vulnerable) Actuar en cumplimiento de la función policial e Informe de resultados 6 13 Uso adecuado de la fuerza y armas de fuego
15 Acciones posteriores al uso de la fuerza y armas de fuego Asistencia medica a los heridos Cuatro esenciales Investigación del incidente Preservación de la escena DESPUÉS DE USAR LAS ARMAS DE FUEGO Informe a familiares de afectados Informe detallado del incidente a las autoridades 6 14 Uso adecuado de la fuerza y armas de fuego
16 Conclusiones 1 Como cree usted que impacta el servicio la agresividad policial. 2. Considera usted que en todo momento se debe utilizar la violencia. 3. Una institución que no cumple la ley que consecuencias genera. 4. Cuales creen que sean el procedimiento para la protección de la vida de los derechos humanos. 5. La arrogancia, violencia y la mala educación contribuyen a la imagen de la institución. 6. El estado colombiano debe garantizar los derechos humanos, de que manera lo hace Uso adecuado de la fuerza y armas de fuego
17 Conclusiones 7. Considera usted que la integridad, la ética y la disciplina son fundamentos de la institución. 8. Cree usted que la mala educación genera vocación. 9. Cuales son los efectos que genera una institución desordenada e indisciplinada. 10. Que cree usted que la institución espera de usted, de su trabajo, que espera usted de la institución. 11. Solamante con mi trabajo, mi integridad, ética y valores puedo lograr un país en paz Uso adecuado de la fuerza y armas de fuego
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