EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS

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1 AYUNTAMIENTO DE URRETXU EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS PRESUPUESTO: 207 TIPO: INCORPORACIÓN DE CRÉDITOS Nº: KALD-002

2 DECRETO DE ALCALDÍA INICIO DE EXPEDIENTE Al amparo de lo previsto en el art. 32 de la Norma Foral 2/2003, de 9 de diciembre, Presupuestaria de las Entidades Locales de Gipuzkoa, y una vez comprobado que se dan las circunstancias que hacen posible la incorporación de determinados créditos de pago provenientes del ejercicio de 206 al presupuesto del ejercicio corriente de este Ayuntamiento de Urretxu, vengo en decretar: Instrúyase el correspondiente expediente para la incorporación de créditos de pago del presupuesto del ejercicio anterior al presupuesto vigente, y una vez ultimado, sométase a la aprobación del órgano competente. En URRETXU, a 24 de marzo 207 El Alcalde Doy fe: La Secretario DILIGENCIA.- Para hacer constar que con esta fecha se da traslado del anterior Decreto a la Interventora de Fondos de este Ayuntamiento de Urretxu. En URRETXU, a 24 de marzo 207 La Secretario

3 La Interventora de Fondos de este Ayuntamiento de Urretxu en cumplimiento de lo ordenado por el Alcalde en el Decreto de fecha 24 de marzo de 207 y en el ejercicio de las funciones que me atribuye el art. 4., apartados g) y h), del Real Decreto 74/987, de 8 de setiembre, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal, tengo a bien emitir el siguiente INFORME El art. 32 de la Norma Foral 2/2003, de 9 de diciembre, Presupuestaria de las Entidades Locales de Gipuzkoa, autoriza la incorporación de los remanentes de créditos de pago al presupuesto de gastos del ejercicio inmediato siguiente en los casos que dicho artículo señala, siempre y cuando existan para ello suficientes recursos financieros. Como consecuencia de la liquidación del Presupuesto, deben determinarse, entre otras magnitudes, los remanentes de créditos. Además, en la misma habrá de determinarse asimismo qué créditos son susceptibles de incorporación por cumplir los requisitos establecidos en la citada norma foral. Será obligatoria la incorporación de aquellos remanentes de crédito vinculados a ingresos afectados, salvo que se desista de la realización del gasto o sea imposible su materialización. En todo caso la incorporación de créditos deberá efectuarse y aprobarse antes del 30 de junio del ejercicio en curso. Por otro lado, el artículo 32.4 de la Norma Foral 2/2003 establece que los créditos que se incorporen deberán realizarse, es decir llegar a la fase de reconocimiento de la obligación, en el mismo ejercicio que se produce la incorporación, prohibiendo la incorporación sucesiva, salvo en el caso de operaciones de capital que se financien con ingresos finalistas. Revisados los remanentes de crédito susceptibles de incorporación determinados por la liquidación del presupuesto de 206, y de conformidad con la normativa citada, se propone la ª relación de incorporación de créditos al presupuesto de 207, por importe de ,03 euros, conforme al detalle y financiación que se especifican en el anexo que se acompaña. En Urretxu, a 24 de marzo de 207 La Interventora

4 ANEXO Propuesta de incorporación de créditos al Presupuesto de 207 Cód. Partida presupuestaria Descripción Importe b, c PLAN DE CONVIVENCIA 5.73,25 a, b RENOVACIÓN PLAN EMERGENCIA MUNICIPAL 2.843,50 a, b, d REFORMA AYUNTAMIENTO 6.80,77 b MANTENIMIENTO HOGAR JUBILADO.94,75 a, b, d REFORMA FACHADA CENTRO DE DIA.32,85 b COLABORACIÓN CENTROS ESCOLARES - EUSKERA 979,82 b MANTENIMIENTO POLIDEPORTIVO 3.748,96 b ACTIVIDADES USO EUSKERA 809,05 a, b LIBRO "IPEÑARRIETA 400 URTE" INVESTIGACIÓN 5.445,00 a, b, d ARREGLOS FRONTÓN 6.654,88 b ACCIONES PLAN AGENDA 2.400,0 b, d CAMINOS RURALES ,75 a, b VP PAVIMENTACIÓN Y TRATAMIENTOS 0.075,67 a, b MANTENIMIENTO PARQUES INFANTILES.47,98 a, b MANTENIMIENTO LOCALES PROPIOS 2.449,04 b MATENIMIENTO LOCALES CEDIDOS.254,6 a, b LIMPIEZA SARRALDE 2.737,8 a, b, d ADECUACIÓN CRUCE LABEAGA-IPIÑARRIETA ,84 d PARQUE PAGOETA 2.68,32 b, d PROYECTOS LEGALIZACIÓN Y ACTIVIDAD 2.56,80 TOTAL DE CRÉDITOS A INCORPORAR ,03 EXPLICACIÓN DE LOS CÓDIGOS a) Transferencias y créditos adicionales aprobados en el último trimestre del ejercicio anterior. b) Créditos dispuestos pendientes de reconocimiento de la obligación. c) Créditos habilitados y gastos con financiación afectada. d) Créditos por operaciones de capital. 2

5 Financiación de los créditos a incorporar al Presupuesto de 207 Cód. Partida de ingresos Descripción Importe b REMANENTE TESORERÍA GASTOS FINANC. AFECT ,39 a REMANENTE TESORERÍA GASTOS GENERALES ,64 TOTAL FINANCIACIÓN ,03 EXPLICACIÓN DE LOS CÓDIGOS a) Remanente de tesorería para gastos generales b) Remanente de tesorería para gastos con financiación afectada c) Compromisos de ingresos d) Nuevos o mayores ingresos liquidados e) Préstamos a largo plazo presupuestados y no formalizados en el ejercicio anterior 3

6 CERTIFICADO DE INTERVENCIÓN REMANENTE DE TESORERIA PARA GASTOS GENERALES DISPONIBLE La Interventora de fondos del Ayuntamiento de Urretxu, a la vista de la liquidación del presupuesto de 206, y examinadas las modificaciones de crédito del presupuesto de 207, Certifico: Que el importe del remanente de tesorería líquido disponible, susceptible de ser utilizado como fuente de financiación, asciende a ,00 euros, conforme al siguiente detalle: Remanente de tesorería total ,47 (-) Derechos pendientes de cobro de difícil realización ,98 (-) Exceso de financiación afectada ,49 Remanente de tesorería para gastos generales inicial ,00 (-) Aurreko kreditu aldaketetan erabilitako diruzaintzako gerakina - Remanente de tesorería líquido disponible ,00 Y para que así conste en el expediente, expido la presente certificación, de orden y con el Vº Bº del Alcalde. Vº Bº El Alcalde En URRETXU, a 24 de marzo 207

7 CERTIFICADO DE INTERVENCIÓN REMANENTE DE TESORERIA PARA GASTOS CON FINANCIACIÓN AFECTADA La Interventora de fondos del Ayuntamiento de Urretxu, a la vista de la liquidación del presupuesto de 206, y examinadas las modificaciones de crédito del presupuesto de 207, Certifico: Que el importe del remanente de tesorería para gastos con financiación afectada disponible, susceptible de ser utilizado como fuente de financiación, asciende a ,03 euros, conforme al siguiente detalle Remanente de tesorería para gastos con financiación afectada, al inicio ,03 (-)Remanente de tesorería para gastos con financiación afectada, utilizado - Remanente de tesorería para gastos con financiación afectada, disponible ,03 Y para que así conste en el expediente, expido la presente certificación, de orden y con el Vº Bº del Alcalde. En URRETXU, a 24 de marzo 207 Vº Bº El Alcalde 2

8 MODIFICACIONES DE CREDITO 206-KALD PROPUESTA DE LA COMISIÓN DE HACIENDA Visto el expediente de incorporación de créditos al Presupuesto corriente de este Ayuntamiento de Urretxu, cotejada dicha relación de créditos con los documentos contables, proyectos técnicos, memorias valoradas, acuerdos adoptados y demás documentos, se constata que los créditos que se proponen incorporar son suficientes para dar cobertura a los gastos programados para el ejercicio. Asimismo, la incorporación de créditos garantiza la gestión y ejecución de los gastos a lo largo del ejercicio, contribuyendo de este modo a mejorar la eficacia de la prestación de servicios y realización de actividades municipales. Por lo expuesto, y teniendo en cuenta que la modificación de créditos dispone de la idónea y suficiente financiación, se acuerda informar de modo favorable el mencionado expediente y proponer su aprobación por el órgano competente por su importe de ,03 euros En Urretxu, a 24 de marzo de 207 La presidente de la Comisión de Hacienda

9 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Visto el expediente de modificación de créditos, por incorporación de remanentes de crédito, identificado con el nº, que afecta al presupuesto vigente de este Ayuntamiento de Urretxu, Vistos el informe y certificaciones de la Interventora de Fondos, el informe favorable y propuesta de aprobación de la Presidente de la comisión informativa de Hacienda, En el ejercicio de la competencia para la aprobación de las incorporaciones de crédito que me atribuye el art de la Norma Foral 2/2003, de 9 de diciembre, Presupuestaria de las Entidades Locales de Gipuzkoa RESUELVO Primero.- Aprobar el expediente de modificación de créditos nº por incorporación de remanentes de crédito que afecta al presupuesto vigente de este Ayuntamiento de Urretxu, con el detalle que figura en la propuesta y conforme al siguiente resumen por capítulos: GASTOS Capítulos Denominación Importe 2 GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS 64.56,57 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 5.73,25 6 INVERSIONES REALES ,2 TOTAL REMANENTES INCORPORADOS ,03 FINANCIACIÓN Capítulos Denominación Importe 8 (SARRERAK) REMANENTE TESORERÍA GASTOS FINANC. AFECT ,39 8 (SARRERAK) REMANENTE TESORERÍA GASTOS GENERALES ,64 TOTAL FINANCIACIÓN ,03 Segundo.- Siendo este acto firme y ejecutivo sin necesidad de ulteriores trámites, procede que el servicio de Intervención de Fondos contabilice la modificación aprobada con efectos inmediatos. En URRETXU, a 24 de marzo de 207 El Alcalde Doy fe: La Secretario

10 MODIFICACIONES DE CREDITO INFORME SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y SOSTENIBILIDAD FINANCIERA Y REGLA DEL GASTO NORMATIVA APLICABLE: Ley Orgánica 2/202, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Norma Foral /203, de 8 de febrero, por la que se desarrolla la competencia de tutela financiera en materia de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de las entidades locales de Gipuzkoa. Acuerdo del Consejo de Diputados, de 8 de noviembre de 206, por el que se aprueba la Instrucción para el desarrollo de la competencia de tutela financiera en materia de estabilidad presupuestaria y de sostenibilidad financiera de las entidades locales de Gipuzkoa. Acuerdo del Consejo de Diputados, de 7 de marzo de 207, por el que se modifica la Instrucción anterior. TRÁMITE EXAMINADO: aprobación de modificación de créditos ENTIDADES DEL ARTÍCULO.2.a) DE LA NORMA FORAL /203 (entidades de naturaleza administrativa) - RELACIÓN DE ENTIDADES: AYUNTAMIENTO DE URRETXU 2- VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS Estabilidad presupuestaria Teniendo en cuenta el expediente de modificación de créditos, esta entidad local presenta un superávit de ,97 euros, en términos del Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales (SEC). A estos efectos, dado que no se prevén operaciones significativas que exijan un ajuste posterior, dicho cálculo se ha efectuado como diferencia entre los ingresos de los capítulos a 7, y los gastos de los capítulos a 7, en términos consolidados, e incluyendo en el perímetro de consolidación las entidades arriba relacionadas. Para 207 el objetivo establecido es de déficit cero. Por lo tanto, teniendo en cuenta el expediente de modificación de créditos, esta entidad local sí cumple el objetivo de estabilidad presupuestaria. Sostenibilidad financiera A 3 de diciembre de 207, se prevé que la deuda viva de las entidades arriba relacionadas suponga el,3% de los ingresos corrientes liquidados en 206. Para dicho cálculo, se ha partido del importe de deuda viva correspondiente a todas las operaciones vigentes a 3 de diciembre de 206, incluido el riesgo derivado de los avales; al resultado obtenido se han agregado las operaciones formalizadas y no dispuestas así como aquéllas que estén previstas para el año 207, y se han deducido las amortizaciones previstas para 207. En el importe de deuda viva no se han incluido los saldos pendientes de devolución por el Fondo Foral de Financiación Municipal (FFFM).

11 MODIFICACIONES DE CREDITO El objetivo establecido para 207 es que la citada magnitud no sea superior al 77,00%. Por lo tanto, teniendo en cuenta el expediente de modificación de créditos, esta entidad local sí cumple el objetivo de sostenibilidad financiera. Regla de gasto La variación del gasto computable entre 206 y 207 es del 3,66% Para realizar el cálculo anterior se han tenido en cuenta los datos consolidados de las entidades arriba relacionadas, de acuerdo con el siguiente detalle: a VARIACIÓN DEL GASTO COMPUTABLE Gasto no financiero 206 (cap a 7) ,99 a2 Ajustes SEC - a3 Intereses ,58 a4 Gasto con financiación afectada ,26 a=a+a2-a3-a4 Gasto computable ,56 b Gasto no financiero 207 (cap a 7) ,07 b2 Ajustes SEC 2 - b3 Intereses ,00 b4 Gasto con financiación afectada ,25 b5 Efecto cambios normativos - b=b+b2-b3-b4-b5 Gasto computable ,85 c=(b/a-)*00 Variación del gasto computable (en %) El objetivo establecido para 207 es que la variación del gasto computable no sea superior al 2,0%. Por lo tanto, teniendo en cuenta el expediente de modificación de créditos, esta entidad local no cumpliría en la actualidad la regla de gasto para 207, aunque podría cumplirla a la liquidación del presupuesto. 3.- CONCLUSIONES Teniendo en cuenta el expediente de modificación de créditos, esta entidad local no cumpliría la regla del gasto para 207, pero el cumplimiento de esta regla se debe verificar a la liquidación del presupuesto. Por otra parte, sí cumple con el objetivo de estabilidad y el objetivo de déficit y deuda pública, y por lo tanto, esta entidad local no estaría obligada, en principio, a aprobar un plan económico-financiero. En URRETXU, a 24 de marzo de 207 La Interventora Sólo en caso de que el importe del ajuste sea significativo 2 Sólo en caso de que el importe del ajuste sea significativo 2

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