CrediScotia* Visa. Tarjeta de Crédito. Guía Rápida. Consulta tu estado de cuenta aquí. Si eres cliente de la tarjeta de crédito

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "CrediScotia* Visa. Tarjeta de Crédito. Guía Rápida. Consulta tu estado de cuenta aquí. Si eres cliente de la tarjeta de crédito"

Transcripción

1 Guía Rápida Tarjeta de Crédito CrediScotia* Visa Si eres cliente de la tarjeta de crédito Consulta tu estado de cuenta aquí *Producto adquirido por Crédito Familiar, S.A. de C.V., SOFOM, E.R., Grupo Financiero Scotiabank Inverlat ( Crédito Familiar ). Entidad Financiera que para su constitución y operación no necesita la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

2 Conoce tu tarjeta de crédito CrediScotia VISA, tu cómplice para alcanzar las metas que te propongas. Ahora ya lo sabes, tu tarjeta de crédito CrediScotia Visa, es una excelente opción en tarjeta de crédito, que además, premia tu lealtad ofreciéndote múltiples beneficios. Te invitamos a que leas esta guía rápida que te llevará paso a paso para que conozcas la funcionalidad y los servicios que ofrece tu tarjeta de crédito.

3 Contenido Descripción de la tarjeta Beneficios Servicios Seguros Metas programa recompensas Lugares de pago Acreditación de pagos Comisiones Cláusulas Requisitos de contratación Modalidades de contratación Riesgos Recomendaciones de Uso Proceso de Consultas, Reclamaciones y Aclaraciones Ir a la información Ir a la información Ir a la información Ir a la información Ir a la información Ir a la información Ir a la información Ir a la información Ir a la información Ir a la información Ir a la información Ir a la información Ir a la información Ir a la información

4 Descripción Descripción de la tarjeta Tu tarjeta de crédito CrediScotia Visa es un medio de pago efectivo y seguro para realizar compras y pagos de servicios en México y el mundo ya que: Te da seguridad al realizar tus compras Es útil durante alguna emergencia Te ayuda a controlar tus gastos Puedes solicitar tarjetas adicionales ilimitadas sin costo Medios de Disposición Es aceptada internacionalmente en más de 24 millones de comercios. Tienes acceso a la red de más de 730 mil cajeros automáticos alrededor del mundo.* Necesitas efectivo? A cualquier hora y en cualquier lugar puedes retirar dinero en efectivo utilizando tu NIP en cajeros automáticos.* * Algunos productos tienen limitada esta funcionalidad, si deseas conocer las restricciones aplicables a tu Tarjeta de Crédito, comunícate a la Línea de Atención CrediScotia. El retiro de efectivo está sujeto al cobro de una comisión por parte del banco operador del cajero automático, la cual te será mostrada antes de realizarlo.

5 Beneficios BENEFICIOS Tu tarjeta de crédito CrediScotia Visa tiene para ti excelentes beneficios como: participación en el programa de recompensas Metas, seguro VISA y más. Servicios LÍNEA DE ATENCIÓN México Guadalajara Monterrey Del Interior sin costo Línea de Atención CrediScotia las 24 hrs del día, los 365 días del año, en donde un ejecutivo con gusto resolverá tus preguntas. Servicio de Respuesta Automática, una solución más dinámica de acuerdo a tus necesidades, sólo sigue los pasos que nuestro propio sistema te indique. Portal de internet electronica.html para realizar consultas de saldos, consultas de tu estado de cuenta, información de promociones, servicios y seguros que puedes contratar con cargo a tu tarjeta de crédito.

6 Unidad Especializada de Atención a Usuarios Responsable: Blanca Estela Altamira Saldivar, Teléfono Horario de atención: lunes a viernes de 9:00 a.m. a 18:00 p.m. Correo electrónico une@crediscotia.com.mx Domicilio: Río Usumacinta s/n, esq. Fernando Montes de Oca, Col. La Presita, Cuautitlán Izcalli, Estado de México, C.P

7 Seguros Incluidos sin costos SEGURO DE LIBERACIÓN DE ADEUDO EN CASO DE FALLECIMIENTO* En el caso de que el titular de la tarjeta de crédito fallezca, existe un seguro que cubre el saldo insoluto existente al momento del fallecimiento. Para poder hacer válido este seguro, los titulares de las tarjetas adicionales o el reclamante deberán entregar en nuestras oficinas** la siguiente documentación: Acta de defunción original Identificación oficial del cliente o copia del acta de nacimiento Carta del reclamante Identificación oficial del reclamantes Condiciones para validez del seguro No tener más de 2 pagos vencidos al momento del fallecimiento*** Realizar los trámites en un plazo no mayor a 180 días naturales a partir del fallecimiento Inexistencia de cargos y/o disposiciones de la línea de crédito con posterioridad al fallecimiento *Sujeto a cambios. El inicio de su vigencia es a partir de la activación de la tarjeta de crédito CrediScotia Visa. **En las oficinas de: Río Usumacinta s/n, esq. Fernando Montes de Oca, Col. La Presita, Cuautitlán Izcalli, Estado de México, C.P ***En caso de existir Tarjetas de Crédito Adicionales, estas no deberán presentar adeudos por cargos y/o disposiciones posteriores al fallecimiento.

8 Estos beneficios estarán vigentes a partir de la activación de tarjeta de crédito CrediScotia Visa. Este servicio y sus beneficios son otorgados directamente por Cardif México Seguros de Vida, S.A. de C.V. Crédito Familiar, S.A. de C.V., SOFOM., E.R. ( Crédito Familiar ) no es responsable del cumplimiento de los términos y condiciones relacionados con este servicio. Deberás acudir directamente ante Cardif México Seguros de Vida, S.A. de C.V., para realizar alguna aclaración y/o resolver cualquier controversia vinculada con este servicio y sus beneficios. Los derechos y obligaciones que adquieras por estos servicios, son independientes al Contrato de Apertura de Crédito en Cuenta Corriente asociado a la tarjeta de crédito CrediScotia Visa, no podrás oponerlas como excepción en el cumplimento de las obligaciones adquiridas con Crédito Familiar. SEGURO VISA DE ACCIDENTES* EN VIAJES EN EL EXTRANJERO AÉREOS Y TERRESTRES HASTA POR $75,000 DÓLARES**: Los tarjetahabientes de la tarjeta de crédito CrediScotia Visa, cónyuges e hijos dependientes menores de 23 años de edad, están automáticamente cubiertos contra heridas corporales accidentales que sean la única causa de la pérdida de vida o desmembramiento, mientras se encuentren viajando, abordando o descendiendo de una nave de transporte aérea, marítima o terrestre, operada por una línea aérea comercial, con horarios debidos, registrada con la OAG (Oficial Airline Guide), siempre y cuando el monto total del boleto haya sido pagado con su tarjeta de crédito CrediScotia Visa vigente. La cobertura del Seguro de Accidentes en Viajes es válida en todo el mundo. El tarjetahabiente también recibe la cobertura cuando utiliza un medio de transporte, tal como un autobús autorizado para transportar pasajeros desde la nave de un

9 transportista comercial, cuando esto se incluye en el precio del boleto o cuando el aeropuerto provee tal medio de transporte dentro del perímetro del mismo. *Este servicio y sus beneficios, son otorgados directamente por Visa Internacional, Crédito Familiar, S.A de C.V., SOFOM, E.R. ( Crédito Familiar ) no es responsable del cumplimiento de los términos y condiciones relacionados con este servicio. SERVICIOS DE EMERGENCIA Los Servicios de Emergencia se encuentran disponibles desde el centro de Asistencia Visa International (VISC Visa International Service Center) las 24 horas al día, 7 días a la semana, 365 días al año. REEMPLAZO URGENTE DE TARJETA El servicio de Emergencia le permite a los tarjetahabientes Visa, cuya tarjeta haya sido perdida o robada, recibir un reemplazo en una emergencia. REPOSICIÓN URGENTE DE EFECTIVO En casos de emergencia, el tarjetahabiente Visa también puede solicitar efectivo y recibirlo por los mismos medios que podría recibir una tarjeta, siempre y cuando Crédito Familiar apruebe la medida. Para solicitar estos servicios deberás comunicarte a: Visa Internacional al **Sujeto a cambios. El inicio de su vigencia es a partir de la activación de la tarjeta de crédito CrediScotia Visa.

10 Metas tu programa de recompensas 1. Paga con tu tarjeta y acumula Metapuntos 2. Llámanos y utiliza tus Metapuntos Línea de Atención CrediScotia México Guadalajara Monterrey Del interior sin costo Llámanos! 3. Consulta tu saldo de Metapuntos en: TU PROGRAMA DE RECOMPENSAS, Línea de Atención CrediScotia México Guadalajara Monterrey Del interior sin costo a que inform las IA te dos con ISCOT CRED son recaba s CIERA FINAN os personale : des tración tus dat s finalida adminis nte emas, iento, siguie y sist cesam pro os, adas istr tión los reg és de llam a la ión, ges trav, par Originac ización de reo a os ual o medio y act monito lquier otr y/o servici endo tos por cua OTIA; incluy icas y/o los produc CREDISC RA telefón de ANCIE ión qu e FIN rac ope con ien tos de s TUAL ados ue rim O AC ida contrat SALD los req po r au tor s de a to ade 0 tad os lim ien Socied ); Cu mp n pre sen endo a las dito sea incluy (Buró de Cré no s entes, cia tus compet ón Crediti cia de aci sferen r tus Inform a ejerce, la tran lidades imiento par celación u ás fina ced s, n, can Las dem como el pro rectificació los mismo así, datos, acceso iento de de privacidad os de tratam el aviso página derech al stra en ón oposici consultarlos estra en nue podrás que se mu com.mx. l tia. integra w.credisco ww je web tu via NOTICIAS Y PROMOCIONES MENSUALES AS, P NS ES OM OMPE C CO ALL EC UA RE NSSU E EN A DE ON ESS M NE RAM ION OC OG TU PR IAS Y PROM NOTIC Julio Cliente: ez ez ue gu gu ig rig dri z Rod ngue ESS IBLLE NIB Domi ON PO DISP DIS te: Clien TOTA L DE META OS OS TO NT UNT UN PU Julio Dominguez Rodriguez ,8 50 ta nta ent en cue cu de tu men Resu ior Sa ldo 1 01, 201 mbre o: de a Novie Period pués e 2011 re 01, est das des Octub realiza lejadas en ar al ones est nsacci nen ref debe Las tra ha no vie Tu cuenta l. fec ma enta. esta de Cu situación nor o Estad te y en corrien Punto Pu nto dim s Re ido s 0 L e E c TOTAL DE0,0METAPUNTOS DISPONIBLES ados s gan ad: gurid tu se tí y en os en m sa n en e pe o? jjeerro Porqu tino de xtran eex el des has y crédito s aall las fec eta de ícanos tu cuenta tu tarj Resumen Indde Viaja os de bloque an ter 0 50,897 0 Pasos e. nttee. corrie tar al berá es Puntos enta de ganados, tu cu o s posible Evita cotia uir: C dis n Cre ón ió ción ncció nc nci nció enc e ten ten Atte A e Ate r ey 145 errey a de ntterr n onte on Mont 0 a la líne aja a - Mo ra Llama dal ara Gua 0 8 o 01 costo México rior sin Del inte a seg Saldo anterior s zar tu er utili0 de der po pod e paraa da qu 0) 0) Recuer ,0 $6 $6, de (Línea Crédito N DE CUPÓ O UENT DESC P uent scu d sc de de al % de 0% e ta a 10 cuen Disfrut tta de de la Visa. totall to T rjeta momento de en el co n tu Ta al ar con ación impresapro moción. aga pag pa 0 la comunic er válida. eg esta o para hac Entrega etas Visa mociones. tu pag pro con Tarj realizar tas ni pagar s ofer do al Váli con otra aplica No de esa Leon.mx rrilla com La Paarrillaleonesa. nible* dispo Crédito, $6 ior anter Saldo.33 $105 gos nos pa ras me Comp $ ad de en: Ciud válida ción Promo Querétaro. y México ia Vigenc de del 1 al 31 junio de Estado México, sto de de ago ida a ofrec oferta Si el Esta.mx. oción. en la.visa.com prom de la ulta www impreso ació n cons o al (55) garr el mación to m cto om form trega infor aspec y al entre más itymkt.co uier otro es, son Visa cualqpromocion. Para isa@fidel es y/o Tarjetas Marketing ocion con estas ocionesv 0 hrs. r con lity eras las prom a prom adqui a 13:0 al paga s de por Fide rtalo cioneciones que 9:00 válida ada de n condi repó y dos os obliga oció es oper la oferta, hos y Prom y sába los términ Visa Los derec to de 0 hrs. válida s de limienservicios.. a 18:0 travé cump o no hizo e del bienes CrediScotia de 9:00 ercio los nsabl ico ciera de Finan com respo de Méx con ) no es y/o la oferta ridas Scotia Ciudad ses $0 Intere Llámanos! Per Octu sin pesos os añ ual $4 sos y de ativos pe orm sión An Comi $15,000 fines inf.8%, ra de dio 55 CAT es, que pa 4/5 Página l Promelculo del s anuales ua An cá erés para el rcentuale int ) de Int po * Sin cotia Tasa nto y plazotérminos CrediS. El mo sado en al crédito. Financiera 2013 s pre o ero de miento exs inherente ferida com de en cia. (re sto o al 30tal de finan stos y ga FOM, E.R lad., SO l To Calcu los co. CATCosto Anuaalidad de d S.A de C.V riable sa Va te. CAT: ora la tot Globalcar IVA. Tactivamen n incorp respecomparació y de El saldo actualizado de tus Metapuntos aparece en tu estado de cuenta 0 s $57.0 sione Comi s adqui Credi la promoción cione ciera Finan lada con las obliga to de ia vincu ida como limien overs (refer M, E.R. uier contren el cump ción cualq SOFO excep C.V., resolver y/o rlas como S.A de lcard, aclaración s opone a Globa VISA. ar algun no podrá realiz siva por para Scotia VISA, ra exclu mane participante to Credi iento a de Crédi idas de lecim ofrec VISA el estab a la Tarjet Scotia VISA y/oasociado nte to Credite ante Crédi ta Corrie a de r directamen Cuen to en la Tarjet rás acudi Crédi bles para ura de as. Debe Apert es aplica las mismato de ocion Prom onado con al Contr relaci endientes indep sy erese medio Pro CAT nes comisio 77.1% A. sin IV

11 Lugares de Pago Lugares de pago Ponemos a tu alcance un gran número de opciones para efectuar tus pagos en cualquiera de las siguientes tiendas de autoservicio: También en cualquiera de las siguientes instituciones bancarias: Scotiabank Banorte Banco Azteca HSBC Banco del Bajío BBVA Bancomer Santander Inbursa En caso de realizar el pago con cheque, deberás hacerlo en el banco que emitió tu chequera y a nombre de Globalcard, S.A. de C.V., SOFOM,ER. En caso de que la fecha límite de pago corresponda un día inhábil bancario podrá realizarse sin cargo adicional el siguiente día hábil bancario Las operaciones realizadas a través de los comisionistas bancarios podrán generar una comisión, pregunta antes de realizar tu operación

12 Acreditación de pago Acreditación de pagos Los pagos que realice el CLIENTE se acreditarán de acuerdo al medio de pago que utilice, de la siguiente manera: a) Si el pago se realiza en efectivo se aplicará el mismo día de su recepción. b) Si el pago se realiza con cheque del mismo BANCO en que dichos pagos se realicen, se acreditará el mismo día. c) Si el pago se realiza con cheque a cargo de otro banco, cuando haya sido depositado antes de las 16:00 horas, se acreditará a más tardar el día hábil bancario siguiente; y cuando hayan sido depositados después de las 16:00 horas, se acreditará a más tardar el segundo día hábil bancario siguiente. En el caso de pagos con cheques de otro banco invariablemente se recibirán salvo buen cobro. d) Si el pago se realiza a través del servicio de Domiciliación, se acreditará en la fecha que Globalcard acuerde con el CLIENTE ó en la fecha límite para el pago de la tarjeta. e) Si el pago se realiza a través de transferencias electrónicas de fondos, se acreditará a más tardar el día hábil bancario siguiente. Cualquier pago acreditado antes de las 16:00 horas restablecerá la línea de crédito al día siguiente hábil, después de las 16:00 horas se restablecerá hasta el segundo día hábil siguiente.

13 Costos y Comisiones Nombre Comercial del Producto TARJETA DE CRÉDITO CrediScotia VISA Descripción General del Producto Crédito en Cuenta Corriente en Moneda Nacional Asociado a una Tarjeta de Crédito Denominación de la Unidad Monetaria en la que se otorga el crédito Pesos Mexicanos Cobertura Geográfica Este producto ya no se oferta al público Tasa de interés anual promedio 62.4% CAT * PROMEDIO sin IVA 88.7% Sin IVA (El monto y el plazo para el cálculo del CAT es de $15,000 pesos y de 3 años respectivamente Concepto de la Comisión Comisión Anual Comisión por disposición del crédito en efectivo en Cajeros Automáticos Comisión por aclaraciones improcedentes de la cuenta (movimientos o cargos no reconocidos) Costos y comisiones Monto o Método del cálculo $ IVA 10% + IVA Se calcula el porcentaje indicado sobre el monto dispuesto en efectivo más IVA $ IVA Se cobra la cantidad indicada más IVA por cada aclaración que resulte improcedente presentada. La comisión se genera en la Comisión por Gastos fecha de corte siguiente a la de Cobranza última fecha límite de pago, (antes del siguiente multiplicando el corte y después de la Fecha Límite de Pago) 40% del saldo total vencido siendo $300 + IVA el monto máximo de comisión Periodicidad Esta comisión será cubierta en 12 mensualidades de $ IVA Por Evento Por Evento Por Evento Hecho Generador La activación de la Tarjeta de Crédito. Disposición de dinero en efectivo a través de cajeros automáticos en territorio nacional o en el extranjero Esta comisión se genera por cada aclaración que haya resultado improcedente. Deberá pagar una comisión por gastos de cobranza cada vez que incumpla con el pago de las obligaciones. *CAT: El Costo Anual Total de financiamiento expresado en términos porcentuales anuales que, para fines informativos y de comparación, incorpora la totalidad de los costos y gastos inherentes a los Créditos. Calculado al 10 de diciembre del 2014.

14 Contrato de Apertura de Crédito en Cuenta Corriente en Moneda Nacional Asociado a una Tarjeta de Crédito Número de Registro de Contratos de Adhesión (RECA): / CONTRATO DE APERTURA DE CRÉDITO EN CUENTA CORRIENTE EN MONEDA NACIONAL ASOCIADO A UNA TARJETA DE CRÉDITO (EN LO SUCESIVO EL CONTRATO ) QUE CELEBRAN POR UNA PARTE GLOBALCARD, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "FINANCIERA CREDISCOTIA" Y POR LA OTRA LA PERSONA CUYOS DATOS QUEDARON ASENTADOS EN LA SOLICITUD, DOCUMENTO QUE FORMA PARTE DEL PRESENTE CONTRATO (EN ADELANTE LA SOLICITUD ) A QUIEN EN EL PRESENTE SE DESIGNARÁ COMO EL "CLIENTE", DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: I. Declara FINANCIERA CREDISCOTIA que: DECLARACIONES: a) Es una Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Regulada, constituida conforme a las leyes de la República Mexicana, y que para su constitución y operación con tal carácter, no requiere de autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en términos de lo señalado por el artículo 87-J de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, siendo su domicilio fiscal el ubicado en Río Usumacinta s/n, esquina con Fernando Montes de Oca, Colonia La Presita, Código Postal 54763, Municipio Cuautitlán Izcalli, Estado de México, y su página electrónica en la red mundial Internet : b) Ha solicitado y obtenido autorización del CLIENTE para investigar su historial crediticio en términos de lo señalado por el artículo 28 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia y que dicha autorización se contiene en los registros especiales que integran el expediente de Identificación del CLIENTE que tiene integrado FINANCIERA CREDISCOTIA en términos de las Disposiciones de Carácter General a que se refieren los artículos 115 de la Ley de Instituciones de Crédito en relación con el 87-D de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y 95 Bis de este último ordenamiento aplicables a las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 17 de marzo de c) Ha solicitado y obtenido autorización del CLIENTE para proporcionar en su caso, su información a terceros con quienes FINANCIERA CREDISCOTIA tenga celebrados convenios de confidencialidad, a fin de ser utilizada con fines mercadológicos o publicitarios relacionados con el ofrecimiento de bienes y/o servicios. d) Previamente a la celebración del presente Contrato ha explicado al CLIENTE los riesgos inherentes a la utilización de los medios electrónicos por los que se podrán celebrar, en su caso, las operaciones relacionadas con el presente Contrato y, en tal virtud, le ha hecho las recomendaciones necesarias para prevenir la realización de operaciones irregulares o ilegales, obteniendo en consecuencia su autorización a fin de permitirle el acceso y utilización de dichos medios electrónicos. e) Todas las referencias que aludan a preceptos legales aplicables a este Contrato, se encuentran transcritas en un Anexo disponible en el Registro de Contratos de Adhesión (en lo sucesivo RECA) en la página electrónica en la red mundial Internet de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (en lo sucesivo CONDUSEF) y en las oficinas de FINANCIERA CREDISCOTIA. II. Declara el CLIENTE que: a) Para cumplir con las Disposiciones de Carácter General mencionadas en la declaración b) anterior, ha entregado a FINANCIERA CREDISCOTIA, la documentación vigente y suficiente para acreditar fehacientemente su capacidad legal, identidad, domicilio, legal estancia en el país, en su caso, así como aquella otra documentación que de acuerdo a sus características personales le ha sido requerida. b) Ha solicitado a FINANCIERA CREDISCOTIA el otorgamiento de un crédito en cuenta corriente en moneda nacional asociado a un medio de disposición (en lo sucesivo el Crédito y la Tarjeta de Crédito, respectivamente), cuyo manejo será individual y cuyos datos, entre otros, su nombre y domicilio, han quedado asentados en la Solicitud. c) FINANCIERA CREDISCOTIA ha hecho de su conocimiento y le ha explicado el concepto y el monto de las comisiones vigentes derivadas del otorgamiento el Crédito y uso de la Tarjeta de Crédito y que previamente a la celebración del presente Contrato, FINANCIERA CREDISCOTIA le ha dado a conocer medidas de seguridad tendientes a lograr la debida utilización de los medios electrónicos que se utilizarán para efectos de la Tarjeta de Crédito objeto de este Contrato otorgándole en tal virtud su autorización para tales fines y que le ha recomendado que en todo momento mantenga las claves de acceso, contraseñas y demás medios de autenticación seguras, informándole desde la contratación del Crédito la importancia que revisten las mismas. d) Ha autorizado a FINANCIERA CREDISCOTIA para investigar su historial crediticio en términos de lo señalado por el artículo 28 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia para la valoración del otorgamiento del Crédito solicitado en términos del presente Contrato. e) Ha autorizado a FINANCIERA CREDISCOTIA para proporcionar, su información a terceros con quienes FINANCIERA CREDISCOTIA tenga celebrados convenios de confidencialidad, a fin de ser utilizada con fines mercadológicos o publicitarios relacionados con el ofrecimiento de bienes y/o servicios y que comprende los alcances legales de su autorización, manifestando su conformidad al respecto. f) Manifiesta su conformidad en que no podrá hacer uso de la Tarjeta de Crédito, hasta en tanto solicite su activación a través de los mecanismos que ponga a su disposición FINANCIERA CREDISCOTIA y que se establecen en el presente Contrato y que FINANCIERA CREDISCOTIA le ha notificado que no procederá ningún cargo a la Tarjeta de Crédito hasta en tanto haya sido activada de acuerdo con lo antes señalado y que la activación solicitada en los términos de este Contrato, constituye su aceptación y consentimiento a lo establecido en el mismo. g) Manifiesta que previamente a la celebración del presente Contrato, FINANCIERA CREDISCOTIA le ha informado el contenido y ha hecho de su conocimiento los términos y condiciones para el uso de los servicios que en el presente se señalan, informándole además el alcance del mismo, los cargos, comisiones o gastos que se generarán por el Crédito que en su caso se otorgue, los descuentos o bonificaciones a los que tendrá derecho, así como el Costo Anual Total de financiamiento expresado en términos porcentuales anuales, que para fines informativos y de comparación, incorpora la totalidad de los costos y gastos inherentes al Crédito (en lo sucesivo CAT). h) FINANCIERA CREDISCOTIA le hará entrega de una Carátula que contendrá el resumen de los principales términos y condiciones aplicables a la Tarjeta de Crédito (en lo sucesivo la Carátula ), la cual forma parte integrante de este Contrato, y que adicionalmente le ha informado que mantendrá a su disposición, en sus oficinas, versiones actualizadas y vigentes del presente Contrato. 1

15 Contrato de Apertura de Crédito en Cuenta Corriente en Moneda Nacional Asociado a una Tarjeta de Crédito Número de Registro de Contratos de Adhesión (RECA): / Expuesto lo anterior, las partes otorgan las siguientes: CLÁUSULAS: CAPÍTULO PRIMERO DEL OBJETO DEL CONTRATO Y DISPOSICIÓN DEL CRÉDITO PRIMERA.- OBJETO (LÍNEA DE CRÉDITO). FINANCIERA CREDISCOTIA otorga en favor del CLIENTE un Crédito en cuenta corriente en Moneda Nacional asociado a una Tarjeta de Crédito, cuyo importe será determinado por FINANCIERA CREDISCOTIA y dado a conocer por escrito al CLIENTE directamente en su domicilio, a través de su primer Estado de Cuenta; dentro de dicho importe no quedan comprendidos los intereses, comisiones, gastos y demás accesorios financieros que deba cubrir el CLIENTE por la utilización del presente Crédito. El Crédito concedido será de manejo individual. Al amparo del Crédito que por medio del presente Contrato se otorga, FINANCIERA CREDISCOTIA se obliga a pagar por cuenta del CLIENTE los bienes, servicios y, en su caso, el efectivo, que proporcionen las empresas afiliadas al sistema nacional o internacional VISA o MASTERCARD, así como aquellos establecimientos afiliados (en lo sucesivo los Establecimientos ) autorizados por FINANCIERA CREDISCOTIA para tal efecto. FINANCIERA CREDISCOTIA tiene prohibido otorgar créditos que no hayan sido consentidos expresamente por el CLIENTE de manera previa. SEGUNDA.- LÍMITE DE CRÉDITO. Durante la vigencia del Crédito, las partes convienen en que FINANCIERA CREDISCOTIA tendrá la facultad de disminuir el límite de Crédito concedido, para lo cual deberá notificar al CLIENTE la disminución del límite de Crédito en el Estado de Cuenta. El CLIENTE podrá solicitar a FINANCIERA CREDISCOTIA un aumento a su límite de Crédito, en el entendido de que FINANCIERA CREDISCOTIA tendrá la facultad de autorizarlo, una vez que haya verificado el historial crediticio y la capacidad de pago del CLIENTE, entre otros factores y los resultados sean satisfactorios. Asimismo, FINANCIERA CREDISCOTIA podrá aumentar el límite de Crédito al CLIENTE, previa evaluación; el cual deberá ser autorizado previamente por el CLIENTE, manifestando su voluntad expresa, en forma verbal, escrita o por medios electrónicos, a la oferta que para tal efecto le realice FINANCIERA CREDISCOTIA. TERCERA.- ENTREGA DE LA(S) TARJETA(S) DE CREDITO. Con motivo de la celebración del presente Contrato FINANCIERA CREDISCOTIA entregará desactivadas la(s) Tarjeta(s) de Crédito personal(es) e intransferible(s) para uso nacional e internacional del CLIENTE y en su caso, las Tarjetas de Crédito Adicionales solicitadas por este último. Igualmente, FINANCIERA CREDISCOTIA entregará al CLIENTE en la misma fecha de entrega de las Tarjetas de Crédito: a) La información relativa al CAT que para fines informativos y de comparación, incorpora la totalidad de los costos y gastos inherentes al Crédito. b) Un ejemplar del presente Contrato, la Carátula y el folleto explicativo correspondiente, en el entendido de que al momento de la activación, está otorgando su consentimiento al contenido de la Carátula que forma parte integrante del presente Contrato. c) Términos, condiciones y cobertura de los seguros a que se refiere el inciso a) y b) de la cláusula Quincuagésima Tercera del presente Contrato, información que también se encuentra a su disposición en la página de Internet de FINANCIERA CREDISCOTIA. La entrega de la(s) Tarjeta(s) de Crédito, del Contrato, de la Carátula y CAT a que se refiere el párrafo anterior, se efectuará directamente al CLIENTE en su domicilio, o a la persona mayor de 18 (dieciocho) años que viva en el domicilio del CLIENTE señalado en la Solicitud, previa identificación y firma del acuse correspondiente, o bien, directamente en cualquier otro lugar y en la manera que notifique FINANCIERA CREDISCOTIA al CLIENTE por cualquier medio. Sin perjuicio de lo anterior, FINANCIERA CREDISCOTIA y el CLIENTE acuerdan que la obligación de entregar el Contrato, la Carátula y el CAT, se tendrá por cumplida, cuando FINANCIERA CREDISCOTIA los envíe al correo electrónico que el CLIENTE, en su caso, haya proporcionado para tal efecto. CUARTA.- TARJETAS DE CRÉDITO ADICIONALES. El CLIENTE podrá solicitar por cualquier medio a FINANCIERA CREDISCOTIA la expedición de Tarjetas de Crédito adicionales (en lo sucesivo Tarjeta de Crédito Adicional ) con cargo al Crédito otorgado en el presente Contrato, quedando a juicio de FINANCIERA CREDISCOTIA el otorgar o no la(s) Tarjeta(s) de Crédito Adicional(es). Para estos efectos el CLIENTE deberá señalar el nombre completo de la persona autorizada para disponer del Crédito otorgado, lo que podrá hacer en la Solicitud. En caso de que FINANCIERA CREDISCOTIA determine expedir Tarjetas de Crédito Adicionales, los titulares de las mismas quedarán sujetos a lo dispuesto en el presente Contrato, en el entendido de que en ningún caso, los tarjetahabientes adicionales se considerarán obligados solidarios o subsidiarios del CLIENTE. FINANCIERA CREDISCOTIA y el CLIENTE acuerdan que en caso de que este le solicite la expedición de Tarjetas de Crédito Adicionales, el CLIENTE se obliga a recabar directamente de los titulares de las Tarjetas de Crédito Adicionales, los documentos de identificación vigentes y suficientes para acreditar fehacientemente su capacidad legal, identidad, domicilio, legal estancia en el país, en su caso, así como aquella otra documentación que de acuerdo a sus características personales le sea requerida. QUINTA.- AUTORIZACIÓN DE CAMBIO DE NÚMERO O DE TARJETA DE CRÉDITO. El CLIENTE autoriza a FINANCIERA CREDISCOTIA para cambiar el número, tipo de Tarjeta de Crédito o beneficios que se otorguen por la utilización de la misma, así como a modificar el sistema internacional de tarjetas asignado (MASTERCARD o VISA), sin necesidad de suscribir un nuevo Contrato en sustitución del presente, sin perjuicio de la facultad del CLIENTE de solicitar a FINANCIERA CREDISCOTIA la cancelación del Contrato. 2

16 Contrato de Apertura de Crédito en Cuenta Corriente en Moneda Nacional Asociado a una Tarjeta de Crédito Número de Registro de Contratos de Adhesión (RECA): / SEXTA.- DISPOSICIÓN. El CLIENTE y/o los titulares de las Tarjetas de Crédito Adicionales podrán disponer del Crédito otorgado al amparo del presente Contrato, una vez que hayan solicitado expresamente la activación de las mismas, para lo cual deberán llamar a la línea de atención telefónica de FINANCIERA CREDISCOTIA (en lo sucesivo la Línea de Atención CrediScotia ). El CLIENTE acepta que procederán los cargos a la Tarjeta de Crédito una vez que haya manifestado su consentimiento para llevar a cabo la activación de la misma. El CLIENTE es el único responsable de las disposiciones del Crédito y del uso de la Tarjeta de Crédito de la cual es titular, así como de las Tarjetas de Crédito Adicionales. Una vez activadas las Tarjetas de Crédito, el CLIENTE y/o los titulares de las Tarjetas de Crédito Adicionales podrán disponer del Crédito, en cualquiera de las formas que se señalan a continuación y en consecuencia FINANCIERA CREDISCOTIA podrá efectuar cargos a la Tarjeta de Crédito, por el importe de los pagos de bienes, servicios, contribuciones, cargos recurrentes y disposiciones de efectivo, que el CLIENTE y/o los titulares de las Tarjetas de Crédito Adicionales autoricen, de conformidad con lo siguiente: a) En operaciones en las que el CLIENTE presente la Tarjeta de Crédito en los Establecimientos, a través de: i) La suscripción de pagarés a la vista, no negociables u otros documentos tales como notas de venta, fichas de compra o cualquier otro similar, cuyo formato haya sido aprobado previamente por FINANCIERA CREDISCOTIA ; ii) Documentos autorizados mediante el uso de dispositivos ópticos que produzcan la imagen digitalizada de la firma; o iii) Documentos que sean aceptados por FINANCIERA CREDISCOTIA, autorizados a través de medios electrónicos mediante el número de identificación personal (en lo sucesivo el NIP ) del CLIENTE. b) En los casos en que el CLIENTE presente la Tarjeta de Crédito en los Establecimientos y autorice la operación en términos distintos a los previstos en el inciso anterior. c) Tratándose de operaciones en las que el CLIENTE no presente la Tarjeta de Crédito en los Establecimientos, tales como las que se realizan por teléfono o a través de la página electrónica en la red mundial Internet, se entenderá que la operación fue autorizada por el CLIENTE, cuando los bienes o servicios adquiridos se entreguen o presten, según corresponda, en el domicilio que éste tenga registrado con FINANCIERA CREDISCOTIA. En el supuesto en que los bienes o servicios no se entreguen o presten en el domicilio antes indicado, FINANCIERA CREDISCOTIA acuerda con el CLIENTE que es la institución de crédito que tenga la función de adquirente, quien deberá convenir con los Establecimientos la manera en que se verificará que la persona que realiza la operación es el tarjetahabiente. En el caso de compras por Internet con cargo a la Tarjeta de Crédito, las partes acuerdan que el CLIENTE y los titulares de las Tarjetas de Crédito Adicionales, serán responsables de generar a través de los medios que FINANCIERA CREDISCOTIA ponga a su disposición, las contraseñas de seguridad individuales, por medio de las cuales podrán realizar compras por Internet. Asimismo, aceptan ser los únicos responsables por el uso que se le den a las mismas, liberando a FINANCIERA CREDISCOTIA de cualquier responsabilidad al respecto. Las contraseñas, se entenderán como sustitutas de firmas autógrafas de los titulares, por lo que su uso constituye la forma de creación, transmisión, modificación o extinción de los derechos y obligaciones inherentes a las operaciones y servicios de que se trate y que además producirá los mismos efectos que las disposiciones normativas otorgan a la suscripción autógrafa en los documentos que las mismas regulan, en consecuencia tendrán el mismo valor probatorio. d) Mediante el servicio de cargos recurrentes, en términos del artículo 72 Bis de la Ley de Instituciones de Crédito (artículo que establece que los clientes de las instituciones de crédito que tengan celebrados contratos de apertura de crédito en cuenta corriente, podrán autorizar que se realice el pago de bienes y servicios con cargo a la cuenta de la tarjeta de crédito y el procedimiento para ello), así como en términos de lo dispuesto en la cláusula Vigésima Tercera de este Contrato. En adición a lo antes mencionado, el CLIENTE también podrá disponer a través de las formas siguientes: 1) A través de cajeros automáticos, conforme se conviene en la cláusula relativa a los Cajeros Automáticos de este Contrato. 2) Mediante la solicitud personal o vía telefónica al prestador de servicios para reservaciones garantizadas, salidas exprés y/o depósitos anticipados, sujetándose el CLIENTE a las políticas del prestador. En caso de que el CLIENTE no cancele los servicios solicitados de acuerdo a las políticas del prestador, este efectuará el cargo correspondiente, sin responsabilidad para FINANCIERA CREDISCOTIA, aún y cuando el CLIENTE no haya utilizado dichos servicios. 3) Mediante el pago de pasivos que efectúe FINANCIERA CREDISCOTIA por cuenta del CLIENTE siempre que FINANCIERA CREDISCOTIA lo autorice previamente y el CLIENTE haya manifestado su consentimiento al respecto ya sea por escrito o por cualquier otro medio que FINANCIERA CREDISCOTIA ponga a su disposición. 4) Mediante cargos que se efectúen por su cuenta, provenientes de los intereses pactados, comisiones, gastos e impuestos vencidos y no pagados del Crédito, en el entendido de que el CLIENTE autoriza a FINANCIERA CREDISCOTIA a realizar dichos cargos por el sólo hecho de no realizar los pagos correspondientes en los términos pactados en este Contrato. El CLIENTE está de acuerdo en que FINANCIERA CREDISCOTIA tendrá la facultad de limitar las disposiciones del Crédito en virtud de la antigüedad o manejo histórico del Crédito. FINANCIERA CREDISCOTIA no será responsable en los casos en que el CLIENTE solicite la prestación de servicios o la adquisición de bienes y los mismos sean entregados en domicilio diferente al que FINANCIERA CREDISCOTIA tenga registrado. El CLIENTE acepta que como medio de manifestación de su voluntad en las disposiciones del Crédito, utilizará, según sea el caso, su firma autógrafa, su firma electrónica, el suministro de la información de las Tarjetas de Crédito vía telefónica, o la presentación y uso de las Tarjetas de Crédito en los cajeros automáticos o en otros equipos electrónicos o automatizados de los Establecimientos. 3

17 Contrato de Apertura de Crédito en Cuenta Corriente en Moneda Nacional Asociado a una Tarjeta de Crédito Número de Registro de Contratos de Adhesión (RECA): / Por razones de identificación o de seguridad y a solicitud de FINANCIERA CREDISCOTIA o de los Establecimientos, el CLIENTE acepta presentar además de las Tarjetas de Crédito, cuando le sea requerida, una identificación oficial con fotografía y firma al realizar disposiciones del Crédito. SÉPTIMA.- SERVICIOS ADICIONALES. FINANCIERA CREDISCOTIA podrá ofrecer servicios adicionales a los contratados en los términos del presente Contrato, para lo cual, deberá informar al CLIENTE los términos y condiciones en que se proporcionarán. La utilización de los mismos por el CLIENTE constituirá la aceptación de sus términos y condiciones. OCTAVA.- MEDIOS DE PRUEBA. En los términos del artículo 52 de la Ley de Instituciones de Crédito (artículo que establece que las instituciones de crédito pueden pactar la celebración de sus operaciones y la prestación de servicios con sus clientes mediante el uso de equipos, medios electrónicos, ópticos o de cualquier tecnología, los cuales en sustitución de la firma autógrafa producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes y tendrán el mismo valor probatorio), el uso de los medios de identificación previstos en este Contrato sustituirá la firma autógrafa, producirán los mismos efectos que las Leyes otorgan a los documentos correspondientes y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio. De igual manera tendrán valor probatorio el texto y montos que impriman los cajeros automáticos, las máquinas o equipos automatizados y/o cualquier medio electrónico, así como la información registrada en el sistema contable e informático de FINANCIERA CREDISCOTIA, cuando se usen sistemas y equipos automatizados. CAPÍTULO SEGUNDO DE LOS INTERESES Y COMISIONES NOVENA.- INTERESES ORDINARIOS. El CLIENTE se obliga a pagar intereses ordinarios sobre el saldo dispuesto de su Crédito a la tasa de interés anual variable que se indica en la Carátula de este Contrato (Tasa de Interés Ordinaria). Los intereses ordinarios se calcularán, multiplicando el promedio de saldos diarios por la Tasa de Interés Ordinaria Anual indicada en decimales y dividiendo el resultado entre trescientos sesenta (360) días y multiplicando este resultado por 30 (treinta) días, en el entendido de que el promedio de saldos diarios considera los días efectivamente transcurridos durante el período. El cálculo mensual de la Tasa de Interés Ordinaria se determina sobre la suma de los saldos promedio diarios de compras y disposiciones del mes inmediato anterior y los saldos promedio diarios de compras y disposiciones del período actual tomando como tasa de interés variable de referencia el promedio aritmético de la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (T.I.I.E.), que comprenda el período del Estado de Cuenta que se emita mensualmente. Tratándose de Compras: (i) para los intereses ordinarios calculados con base a la tasa de referencia T.I.I.E. se adicionarán hasta 90 (noventa) puntos porcentuales; (ii) para los intereses ordinarios calculados con base a la tasa sustitutiva CETES se adicionarán hasta 91 (noventa y un) puntos porcentuales; y (iii) para los intereses ordinarios calculados con base a la tasa sustitutiva C.C.P. se adicionarán hasta 92 (noventa y dos) puntos porcentuales. Tratándose de los intereses por disposiciones en efectivo: (i) para los intereses ordinarios calculados con base a la tasa de referencia T.I.I.E. se adicionarán hasta 100 (cien) puntos porcentuales; (ii) para los intereses ordinarios calculados con base a la tasa sustitutiva CETES se adicionarán hasta 101 (ciento un) puntos porcentuales; y (iii) para los intereses ordinarios calculados con base a la tasa sustitutiva C.C.P. se adicionarán hasta 102 (ciento dos) puntos porcentuales. La tasa pactada y en su caso, las sustitutivas, se aplicarán a los días realmente transcurridos en el período de cómputo de intereses. Por T.I.I.E. se entiende la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio a plazo de 28 (veintiocho) días que publica diariamente el Banco de México, a través del Diario Oficial de la Federación el día de inicio de cada período de determinación de la tasa de interés, y para efectos de su cálculo, la tasa T.I.I.E. a 28 (veintiocho) días se hará equivalente a períodos de 30 (treinta) días. En caso de que dicha tasa no sea publicada, se utilizará como tasa de referencia la publicada en la fecha inmediata anterior, y así sucesivamente hasta el día número 22 (veintidós) de dicho período de cálculo de interés. Por CETES se entiende la Tasa de los Certificados de la Tesorería de la Federación a plazo de hasta 28 (veintiocho) días, publicada por el Banco de México a través del Diario Oficial de la Federación en la fecha más reciente anterior a la fecha de inicio de cada período de determinación de tasa de interés. Por Costo de Captación a Plazo (C.C.P.) se entiende el Costo de Captación a Plazo de Pasivos denominados en Moneda Nacional a plazo de 30 (treinta) días, que el Banco de México publique y estime representativo del conjunto de las Instituciones de Banca Múltiple y que publique en el Diario Oficial de la Federación en la fecha inicial de cada período de determinación de la tasa. En caso de que la T.I.I.E., deje de existir, o en el momento de hacer el cálculo de los intereses ordinarios no se conozca su cotización, se tomará como tasa de referencia el promedio aritmético diario de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES). En caso de que las Tasas T.I.I.E. y CETES, dejen de existir, o en el momento de hacer el cálculo de los intereses no se conozca su cotización, se tomará como tasa de referencia el Costo de Captación a Plazo de Pasivos (C.C.P.); las partes acuerdan que tanto a la tasa de referencia T.I.I.E. como a las sustitutivas, se les adicionarán los puntos porcentuales que se indican a continuación: FINANCIERA CREDISCOTIA manifiesta expresamente que el CLIENTE no estará obligado a pagar intereses por adelantado, sino únicamente por períodos vencidos. DÉCIMA.- COMISIONES. Las Partes convienen que el CLIENTE pagará a FINANCIERA CREDISCOTIA, en su caso, la(s) comisión(es) aplicables al Crédito o aquellas que en su caso se generen de acuerdo a lo siguiente: 4

18 Contrato de Apertura de Crédito en Cuenta Corriente en Moneda Nacional Asociado a una Tarjeta de Crédito Número de Registro de Contratos de Adhesión (RECA): / ) Comisión Anual: el CLIENTE deberá pagar, por concepto de comisión anual, la cantidad de $ (Cuatrocientos Ocho Pesos 00/100 M.N) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente, la cual será cubierta por parte del CLIENTE en 12 (doce) exhibiciones mensuales por la cantidad de $34.00 (Treinta y Cuatro Pesos 00/100 M.N.) más IVA con cargo a su Crédito. Esta comisión se genera a partir de la fecha de activación de la Tarjeta de Crédito y en tanto ésta permanezca vigente. El CLIENTE acepta que en caso de cancelación de la Tarjeta de Crédito y/o terminación del presente Contrato, las cantidades ya pagadas por el CLIENTE por concepto de anualidad, no serán reembolsables. 2) Comisión por disposición del Crédito en efectivo en Cajeros Automáticos: El CLIENTE deberá pagar esta comisión cada vez que realice una disposición de dinero en efectivo a través de cajeros automáticos en territorio nacional o en el extranjero, la cual será equivalente al 10% (diez por ciento) de la cantidad dispuesta más IVA. 3) Comisión por aclaraciones improcedentes de la cuenta (movimientos o cargos no reconocidos): El CLIENTE deberá pagar esta comisión por cada aclaración que haya resultado improcedente de conformidad con el procedimiento previsto en la cláusula Vigésima Segunda del presente Contrato, por la cantidad de $ (Ciento Ochenta pesos 00/100 M.N.) más IVA. 4) Comisión por Gastos de Cobranza (antes del siguiente corte y después de la Fecha Límite de Pago): El CLIENTE deberá pagar una comisión por gastos de cobranza cada vez que incumpla con el pago de las obligaciones a su cargo establecidas en el presente Contrato por una cantidad equivalente al 40% (cuarenta por ciento) sobre el saldo total vencido a partir de la fecha del incumplimiento más IVA, en el entendido de que la cantidad máxima que podrá cobrarse por este concepto será de $ (Trescientos pesos 00/100 M.N.) más IVA. FINANCIERA CREDISCOTIA manifiesta expresamente que el CLIENTE no estará obligado a pagar comisiones por conceptos distintos a los mencionados en el presente Contrato. DÉCIMA PRIMERA.- MODIFICACIÓN O ESTABLECIMIENTO DE NUEVAS COMISIONES. FINANCIERA CREDISCOTIA tendrá el derecho de revisar y, en su caso, modificar o establecer nuevas comisiones, en cuyo caso, comunicará al CLIENTE su concepto e importe con 30 (treinta) días naturales de anticipación a su entrada en vigor, por escrito al CLIENTE a través del Estado de Cuenta, de la página de FINANCIERA CREDISCOTIA en la red electrónica mundial Internet y por cualquier otro medio que, en su caso, establezcan las disposiciones normativas aplicables. Sin perjuicio de lo anterior, el CLIENTE estará facultado para dar por terminado el presente Contrato en caso de no estar de acuerdo con los nuevos conceptos o montos, dentro de un plazo de hasta 60 (sesenta) días naturales contados a partir de la fecha de entrada en vigor de los mismos, sin que FINANCIERA CREDISCOTIA pueda cobrarle cantidad adicional alguna por este hecho, con excepción de los adeudos que ya se hubieren generado a la fecha en que el CLIENTE solicite dar por terminado el presente Contrato. Si transcurridos 60 (sesenta) días naturales de la entrada en vigor de dichas modificaciones, el CLIENTE continua utilizando la Tarjeta de Crédito, se entenderá que ha aceptado las nuevas comisiones. FINANCIERA CREDISCOTIA tiene prohibido cobrar comisiones que no hayan sido consentidas expresamente por el CLIENTE de manera previa. DÉCIMA SEGUNDA.- COSTO ANUAL TOTAL (CAT). El Costo Anual Total de financiamiento expresado en términos porcentuales anuales que, para fines informativos y de comparación exclusivamente, incorpora la totalidad de los costos y gastos inherentes al Crédito que otorga FINANCIERA CREDISCOTIA al CLIENTE, le fue informado previamente a la celebración del presente Contrato, el cual se indica en la Carátula del mismo. CAPÍTULO TERCERO DE LA VIGENCIA, MODIFICACIONES Y TERMINACIÓN DÉCIMA TERCERA.- VIGENCIA. El presente Contrato tendrá una vigencia de un año. Al vencimiento del referido plazo de vigencia, el Contrato se prorrogará automáticamente por períodos iguales y consecutivos, si no se modifican sus términos y condiciones, salvo en los casos de restricción y denuncia del Crédito, así como en los casos de vencimiento anticipado. Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo que antecede, el CLIENTE tendrá la facultad de solicitar la terminación del Contrato en cualquier tiempo, para lo cual deberá efectuar la solicitud por escrito a FINANCIERA CREDISCOTIA en sus oficinas o a través de la Línea de Atención CrediScotia, en estos supuestos, FINANCIERA CREDISCOTIA le notificará el saldo deudor, en su caso, y las partes convienen en sujetarse a lo dispuesto en la cláusula de Terminación, en el entendido de que en tanto no se liquiden los saldos adeudados a FINANCIERA CREDISCOTIA no podrá darse por terminado el presente Contrato. Igualmente durante la vigencia del Contrato, FINANCIERA CREDISCOTIA tendrá la facultad de solicitar la terminación del mismo, para lo cual, deberá informar al CLIENTE vía telefónica, la decisión de darlo por terminado, en un plazo que no excederá de 5 (cinco) días naturales, si transcurrido dicho plazo no es posible localizar al CLIENTE, FINANCIERA CREDISCOTIA le enviará una notificación al domicilio señalado en la cláusula de Domicilios, informándole la terminación del Contrato; en estos casos, el CLIENTE estará obligado a liquidar la totalidad de los saldos adeudados a FINANCIERA CREDISCOTIA y se sujetará a lo dispuesto en la cláusula de Terminación. FINANCIERA CREDISCOTIA no estará obligado a notificar la terminación del Contrato, cuando dicha terminación sea solicitada por mandamiento de autoridad competente. DÉCIMA CUARTA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO. Durante la vigencia del presente Contrato, FINANCIERA CREDISCOTIA podrá modificar los términos y condiciones del mismo, mediante aviso dado con 30 (treinta) días naturales de anticipación a su entrada en vigor, por escrito a través del Estado de Cuenta, de la página de FINANCIERA CREDISCOTIA en la red electrónica mundial Internet y por cualquier otro medio que, en su caso, establezcan las disposiciones normativas aplicables. 5

19 Contrato de Apertura de Crédito en Cuenta Corriente en Moneda Nacional Asociado a una Tarjeta de Crédito Número de Registro de Contratos de Adhesión (RECA): / En el supuesto de que el CLIENTE no esté de acuerdo con las modificaciones al Contrato, podrá solicitar a FINANCIERA CREDISCOTIA la terminación del mismo, dentro de un plazo de hasta 60 (sesenta) días naturales contados a partir de la fecha de entrada en vigor de las modificaciones, sin que por tal motivo exista responsabilidad alguna a cargo del CLIENTE, quien únicamente tendrá la obligación de pagar, en su caso, los adeudos que se hubieren generado en la fecha en que solicite la terminación del Contrato, en el entendido de que FINANCIERA CREDISCOTIA no podrá cobrar cantidad alguna al CLIENTE que solicite la terminación del mismo. La solicitud de terminación podrá efectuarse a través de la Línea de Atención CrediScotia, o bien en las oficinas de FINANCIERA CREDISCOTIA. DÉCIMA QUINTA.- CAUSAS DE BLOQUEO DE LA TARJETA DE CRÉDITO. Las partes convienen en que FINANCIERA CREDISCOTIA podrá bloquear la Tarjeta de Crédito y las Tarjetas de Crédito Adicionales y en consecuencia inhabilitarlas para su uso, en los casos siguientes: a) Por motivos de seguridad, al momento de la entrega de la Tarjeta de Crédito al CLIENTE, quien posteriormente podrá activarla. b) Por exceder el límite máximo del Crédito autorizado al CLIENTE. c) Por falta de pago oportuno de los saldos a cargo del CLIENTE derivados del uso de la Tarjeta de Crédito. d) Por falta de pago oportuno de los saldos a cargo del CLIENTE derivados de cualquier otro crédito que mantenga con alguna institución de banca múltiple o con cualquier otra entidad financiera o Establecimientos de bienes o servicios. e) Por la reestructuración de adeudos a cargo del CLIENTE. f) Por monitoreo de transacciones y detectar que no corresponden al comportamiento habitual del CLIENTE. g) Por mandamiento de autoridad competente. h) Por que FINANCIERA CREDISCOTIA lleve a cabo actividades para comunicarse por cualquier vía con el CLIENTE y éste no sea localizado. i) Por uso indebido de la Tarjeta de Crédito o cualquiera de los servicios de Banca por Internet o Banca por Teléfono. j) Cuando existan elementos suficientes que le hagan presumir que el NIP, el Perfil del Usuario o la Contraseña, no está siendo utilizado por el CLIENTE. k) Por solicitud del CLIENTE, mediante apoyo de la Línea de Atención CrediScotia. El bloqueo de la Tarjeta de Crédito se llevará a cabo en los supuestos antes señalados sin responsabilidad alguna para FINANCIERA CREDISCOTIA, para lo cual FINANCIERA CREDISCOTIA informará al CLIENTE el bloqueo de la Tarjeta de Crédito en un plazo no mayor a 5 (cinco) días naturales posteriores a la fecha en que se haya llevado a cabo el bloqueo, en el entendido de que en caso de subsistir la causa que motivó dicho bloqueo, FINANCIERA CREDISCOTIA le enviará un comunicado, indicándole dicha situación. De igual forma, las partes convienen que una vez que haya quedado subsanada la causa que originó el bloqueo de la Tarjeta de Crédito, el CLIENTE deberá llamar a la Línea de Atención CrediScotia para solicitar o tramitar el restablecimiento de la misma, que operará a las 24 (veinticuatro) horas siguientes a la fecha en que el CLIENTE solicitó a FINANCIERA CREDISCOTIA el restablecimiento. Por otra parte, el CLIENTE acepta que en caso de que la Tarjeta de Crédito y/o las Tarjetas de Crédito Adicionales sean retenidas en un Cajero Automático, el CLIENTE deberá solicitar la reposición de su Tarjeta de Crédito llamando a la Línea de Atención CrediScotia la cual procederá a cancelar la Tarjeta de Crédito retenida y generará una nueva. DÉCIMA SEXTA.- CAUSAS DE VENCIMIENTO ANTICIPADO. FINANCIERA CREDISCOTIA podrá dar por vencido anticipadamente este Contrato, y por lo tanto exigir el pago inmediato de la suerte principal, intereses causados y demás accesorios legales que correspondan, mediante simple notificación por escrito dirigida al domicilio del CLIENTE, en cualquiera de los supuestos siguientes: a) Por falta de pago oportuno de una o más de las mensualidades convenidas y exigibles, así como de sus intereses, impuestos, comisiones y demás accesorios, siempre que estas se consideren como vencidas para efectos contables; en el entendido de que no se considerarán las parcialidades aún no exigibles relativas a promociones de meses sin causación de intereses o con intereses. b) Por efectuar disposiciones que excedan el límite del Crédito concedido. c) Por uso indebido de la Tarjeta de Crédito o cualquiera de los servicios de banca por Internet o banca por teléfono. d) Cuando el CLIENTE utilice el servicio para el desarrollo de actividades ilícitas o uso indebido del sistema o de la información, que impliquen dañar o no la imagen de FINANCIERA CREDISCOTIA. e) Si la información proporcionada por el CLIENTE para efectuar las operaciones es inexacta o falsa. f) Cuando los datos proporcionados por el CLIENTE conforme a lo establecido en las declaraciones de este Contrato sean falsos. g) Por cualquier causa que al efecto prevea la Ley. DÉCIMA SÉPTIMA.- TERMINACIÓN DEL CONTRATO. Las partes convienen en que cualquiera de ellas podrá solicitar a la otra la terminación del presente Contrato, siendo suficiente para tales efectos cumplir con lo siguiente: a) En caso de que FINANCIERA CREDISCOTIA quiera rescindir o bien terminar por cualquier causa el presente Contrato, únicamente deberá informar al CLIENTE vía telefónica, la decisión de darlo por terminado, en un plazo que no excederá de 5 (cinco) días naturales, si transcurrido dicho plazo no es posible localizar al CLIENTE, FINANCIERA CREDISCOTIA le enviará una notificación al domicilio señalado en la cláusula de Domicilios, informándole la terminación del Contrato en todo caso, el CLIENTE estará obligado a liquidar la totalidad de los saldos adeudados a FINANCIERA CREDISCOTIA conforme a lo dispuesto en esta cláusula. b) En caso de que el CLIENTE requiera llevar a cabo la terminación del Contrato, deberá llamar a la Línea de Atención CrediScotia, o bien, presentar una solicitud por escrito en las oficinas de FINANCIERA CREDISCOTIA. En cualquier supuesto, FINANCIERA CREDISCOTIA deberá verificar personalmente la autenticidad y veracidad de la identidad del CLIENTE que formule la terminación del Contrato, ya sea vía telefónica o por cualquier otra tecnología o medio que FINANCIERA CREDISCOTIA le de a conocer al CLIENTE, y le proporcionará un acuse de recibo, clave de confirmación o un número de folio que identifique la solicitud de terminación. 6

20 Contrato de Apertura de Crédito en Cuenta Corriente en Moneda Nacional Asociado a una Tarjeta de Crédito Número de Registro de Contratos de Adhesión (RECA): / En virtud de lo anterior, FINANCIERA CREDISCOTIA deberá: 1) Cancelar la(s) Tarjeta(s) de Crédito, como medio de disposición, vinculada(s) al presente Contrato en la fecha de presentación de la solicitud de terminación; en tanto que el CLIENTE deberá hacer entrega a FINANCIERA CREDISCOTIA de las mismas o manifestar por escrito y bajo protesta de decir verdad, que fueron destruidas o que no cuenta con ellas, por lo que no podrá hacer disposición alguna a partir de dicha fecha. 2) Rechazar cualquier disposición que pretenda efectuarse con posterioridad a la cancelación de la Tarjeta de Crédito y en consecuencia, no se podrán hacer nuevos cargos adicionales a partir del momento en que se realice la cancelación, excepto los ya generados pero no reflejados. 3) Cancelar, sin su responsabilidad, los servicios de cargo recurrente en la fecha de la solicitud de terminación, con independencia de quién conserve la autorización de los cargos correspondientes. 4) Abstenerse de condicionar la terminación del presente Contrato a la devolución del que obre en poder del CLIENTE. 5) Cancelar, sin su responsabilidad, los servicios de banca por teléfono y/o banca por Internet, que en su caso, el CLIENTE, tenga contratados. 6) Dar por terminado el presente Contrato el día hábil siguiente a aquél en que reciba la solicitud si no existen adeudos. De lo contrario, FINANCIERA CREDISCOTIA, a más tardar el día hábil siguiente al de la recepción de la solicitud, comunicará al CLIENTE el importe de los adeudos y dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a dicha solicitud, pondrá a disposición del CLIENTE en el domicilio de FINANCIERA CREDISCOTIA esta información, en el entendido de que una vez liquidados los adeudos se dará por terminado el presente Contrato. 7) Entregar al CLIENTE cualquier saldo que éste tenga a su favor por el medio que indique, en la fecha en que surta efectos la terminación del Contrato. 8) Poner a disposición del CLIENTE, dentro de los 10 (diez) días hábiles a partir de que se hubiera realizado el pago de los adeudos o en la siguiente Fecha de Corte, el Estado de Cuenta o documento en el que conste el fin de la relación contractual y la inexistencia de adeudos derivados exclusivamente de dicha relación. 9) Reportar a las sociedades de información crediticia que la cuenta del Crédito está cerrada sin adeudo alguno dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles siguientes a la liquidación del adeudo, en los términos del artículo 20 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia (artículo que establece el plazo en que la entidad financiera debe enviar la información del pago del cliente a las sociedades información crediticia). En ningún caso, FINANCIERA CREDISCOTIA podrá cobrar cantidad alguna al CLIENTE que solicite la terminación del Contrato, excepto por los adeudos que se hubieren generado a la fecha de la solicitud de la terminación. Independientemente de lo anterior, en caso de que el CLIENTE no solicite la activación de la Tarjeta de Crédito a través de cualesquiera de los medios señalados en el presente Contrato, dentro de un plazo máximo de 6 (seis) meses, contados a partir de la fecha de aprobación del Crédito, el CLIENTE acepta que FINANCIERA CREDISCOTIA podrá dar por terminado el Contrato y por lo tanto no podrá usar la Tarjeta de Crédito. Adicionalmente, el CLIENTE contará con un período de gracia de 10 (diez) días hábiles posteriores a la firma del Contrato para cancelarlo, sin responsabilidad alguna, en cuyo caso, FINANCIERA CREDISCOTIA no podrá cobrar comisión alguna, regresando las cosas al estado en el que se encontraban antes de su firma, sin responsabilidad alguna para el CLIENTE, lo anterior, siempre y cuando el CLIENTE no haya utilizado la Tarjeta de Crédito. En tanto no sea liquidada la totalidad de los adeudos, la terminación del Contrato no surtirá efectos; sin embargo, FINANCIERA CREDISCOTIA no podrá efectuar cargos adicionales, con excepción de los cargos ya generados pero no reflejados, la Comisión mensual generada y la Comisión de Gastos de Cobranza que correspondan, en su caso, así como los accesorios e intereses que se generen hasta el momento en que el CLIENTE liquide el saldo total del crédito. El CLIENTE conservará la misma fecha de pago y condiciones que tenía previamente a la solicitud de terminación. Asimismo, el CLIENTE podrá solicitar por escrito la terminación del presente Contrato, por conducto de otra entidad financiera que se denominará receptora, la cual deberá abrir una cuenta a nombre del CLIENTE y remitir a FINANCIERA CREDISCOTIA los documentos originales, en los que conste la manifestación de la voluntad de dar por terminada la relación contractual con FINANCIERA CREDISCOTIA. La entidad financiera receptora liquidará a FINANCIERA CREDISCOTIA el adeudo del CLIENTE, convirtiéndose en acreedora del mismo por el importe correspondiente, y llevará a cabo los trámites respectivos, bajo su responsabilidad. DÉCIMA OCTAVA.- INCUMPLIMIENTO AL CONTRATO. Las partes acuerdan que en caso de incumplimiento a cualquiera de las obligaciones derivadas del presente Contrato o de la ley, la parte afectada podrá elegir entre exigir el cumplimiento forzoso de la obligación omitida o no cumplida de conformidad con lo pactado, o por la rescisión del presente Contrato con el resarcimiento de daños y perjuicios en ambos casos, mediante simple comunicado por escrito dirigido a la otra parte. También podrá rescindir el Contrato aun después de haber optado por el cumplimiento forzoso, si este resulta imposible. DÉCIMA NOVENA.- REGISTRO. El presente Contrato se encuentra inscrito en el Registro de Contratos de Adhesión de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros con los datos que se indican en la Carátula y en el presente Contrato. CAPÍTULO CUARTO DE LOS SERVICIOS Y ATENCIÓN AL CLIENTE VIGÉSIMA.- ESTADO DE CUENTA. FINANCIERA CREDISCOTIA enviará mensualmente al domicilio señalado por el CLIENTE en los términos de la cláusula relativa a los Domicilios, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de corte, el estado de cuenta correspondiente a las operaciones y servicios contratados, el cual será gratuito para el CLIENTE. No obstante lo anterior y en sustitución de la obligación referida en el párrafo anterior, el CLIENTE podrá consultar el citado estado de cuenta, a través de la Línea de Atención CrediScotia o de la página electrónica en la red mundial Internet de FINANCIERA CREDISCOTIA, para tal efecto, el CLIENTE deberá cumplir con lo previsto en el Capítulo de Banca Electrónica de este Contrato. Asimismo, FINANCIERA CREDISCOTIA 7

Manejo y uso de tu tarjeta de crédito

Manejo y uso de tu tarjeta de crédito Manejo y uso de tu tarjeta de crédito En Afirme queremos tener la certeza de que conozcas a detalle el manejo y uso de tu Tarjeta de Crédito. En este instructivo te explicamos en una forma clara el funcionamiento

Más detalles

Se incorporó el Capítulo Primero Cláusulas Generales que contiene:

Se incorporó el Capítulo Primero Cláusulas Generales que contiene: CLÁUSULAS QUE SE HAN MODIFICADO EN EL CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO PARA PERSONAS FÍSICAS Se incorporó el Capítulo Primero Cláusulas Generales que contiene: 1.1. Definiciones Las partes acuerdan que para

Más detalles

Conoce los Productos que Crédito Familiar te ofrece

Conoce los Productos que Crédito Familiar te ofrece Conoce los Productos que Crédito Familiar te ofrece Crédito Familiar, S.A. de C.V., SOFOM, E.R., Grupo Financiero Scotiabank Inverlat ("Crédito Familiar") Oficinas Corporativas: Lope de Vega No. 125 Colonia

Más detalles

MANEJO Y USO DE TU TARJETA DE CRÉDITO

MANEJO Y USO DE TU TARJETA DE CRÉDITO MANEJO Y USO DE TU TARJETA DE CRÉDITO En Afirme queremos tener la certeza de que conozcas a detalle el manejo y uso de tu Tarjeta de Crédito Afirme. En este instructivo te explicamos en una forma clara

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL PROGRAMA DE PUNTOS REALES

REGLAMENTO GENERAL PROGRAMA DE PUNTOS REALES REGLAMENTO GENERAL PROGRAMA DE PUNTOS REALES El presente Reglamento rige la relación entre CITI, (en adelante denominadas como LAS EMPRESAS ) y sus clientes respectivos en lo referente a la tarjeta de

Más detalles

CLÁUSULAS: CAPÍTULO PRIMERO DEL OBJETO DEL CONTRATO, APERTURA Y DISPOSICIÓN DEL CRÉDITO:

CLÁUSULAS: CAPÍTULO PRIMERO DEL OBJETO DEL CONTRATO, APERTURA Y DISPOSICIÓN DEL CRÉDITO: CONTRATO DE APERTURA DE CRÉDITO EN CUENTA CORRIENTE ( CONTRATO ) QUE CELEBRAN POR UNA PARTE SCOTIABANK INVERLAT, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT, A

Más detalles

OFERTA DE SERVICIOS PRODUCTO CUENTA DISTRIBUCIÓN BOD

OFERTA DE SERVICIOS PRODUCTO CUENTA DISTRIBUCIÓN BOD OFERTA DE SERVICIOS PRODUCTO CUENTA DISTRIBUCIÓN BOD El BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, C.A, Sociedad Mercantil domiciliada en Maracaibo, Estado Zulia, cuyas últimas modificaciones del

Más detalles

Tarjeta de Crédito Ixe United Universe. Beneficios

Tarjeta de Crédito Ixe United Universe. Beneficios Tarjeta de Crédito Ixe United Universe Beneficios Bono de bienvenida de 10,000 millas Millas acumuladas por transacción: 1 milla por cada dólar en compras diarias, 2 millas por dólar en compras en United

Más detalles

POLITICAS GENERALES ALTA DE CLIENTES

POLITICAS GENERALES ALTA DE CLIENTES POLITICAS GENERALES Grupo Loma del Norte S.A de C.V. se reserva el derecho de modificar en cualquier momento: términos, precios, condiciones y descuentos en cualquier producto, así como en promociones,

Más detalles

CUENTA FUERTE BANORTE

CUENTA FUERTE BANORTE CUENTA FUERTE BANORTE DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO Cuenta Fuerte Banorte tiene todo para hacerte fuerte. De acuerdo a tus necesidades hemos desarrollado este paquete que te brinda accesibilidad, seguridad,

Más detalles

LEY N 20.572 (1) Reprogramación de Créditos Universitarios

LEY N 20.572 (1) Reprogramación de Créditos Universitarios LEY N 20.572 (1) Reprogramación de Créditos Universitarios Artículo primero.- Apruébase la siguiente ley de reprogramación de créditos universitarios: (2) Artículo 1º.- Los deudores de los Fondos Solidarios

Más detalles

Tarjeta de Credito. campaña de la cultura financiera. www.sbs.gob.pe

Tarjeta de Credito. campaña de la cultura financiera. www.sbs.gob.pe www.sbs.gob.pe campaña de la cultura financiera Tarjeta de Credito Información para que tomes buenas decisiones con tu dinero INFORMATE SOBRE TUS DERECHOS CONSULTAS Y ORIENTACIÓN Plataforma de Atención

Más detalles

Tarjeta de Crédito Banorte Los 40 Principales. Beneficios

Tarjeta de Crédito Banorte Los 40 Principales. Beneficios Tarjeta de Crédito Banorte Los 40 Principales Beneficios Promociones a meses sin intereses*, en los principales establecimientos, consulta www.banorte.com Plan de Pagos Fijos. Transferencia de saldos;

Más detalles

REPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DE BANCOS

REPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DE BANCOS REPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DE BANCOS ACUERDO No. 7-2003 (de 16 de octubre de 2003) LA JUNTA DIRECTIVA En uso de sus facultades legales; y CONSIDERANDO: Que de conformidad con los numerales 1

Más detalles

Nueva Tarjeta 40 - VISA a partir del 3 Noviembre 2015

Nueva Tarjeta 40 - VISA a partir del 3 Noviembre 2015 TARJETA 40 - VISA Nueva Tarjeta 40 - VISA a partir del 3 Noviembre 2015 Comunicación a Clientes existentes Tríptico Tríptico con promociones Nuevos beneficios exclusivos Protección de precios Ayuda a conseguir

Más detalles

I. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LAS TARJETAS DE CRÉDITO AMERICAN EXPRESS:

I. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LAS TARJETAS DE CRÉDITO AMERICAN EXPRESS: I. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LAS TARJETAS DE CRÉDITO AMERICAN EXPRESS: Las Tarjetas de Crédito son un medio de pago, con el cual usted tiene la opción de realizar un pago mínimo* o hasta el total del saldo

Más detalles

Disposición publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2007 CIRCULAR 16/2007

Disposición publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2007 CIRCULAR 16/2007 Disposición publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2007 CIRCULAR 16/2007 México, D.F., a 29 de noviembre de 2007. A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO, SOCIEDADES FINANCIERAS DE

Más detalles

CONVENIO PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE CANALES DE AUTOSERVICIO ( Personas Naturales )

CONVENIO PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE CANALES DE AUTOSERVICIO ( Personas Naturales ) CONVENIO PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE CANALES DE AUTOSERVICIO ( Personas Naturales ) En..., a......, entre CORP BANCA, Rol Unico Tributario Nº 97.023.000-9, representado por don..., cédula nacional

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA CERO INTERES BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

REGLAMENTO PROGRAMA CERO INTERES BANCO NACIONAL DE COSTA RICA REGLAMENTO PROGRAMA CERO INTERES BANCO NACIONAL DE COSTA RICA DISPOSICIONES GENERALES El Banco Nacional de Costa Rica, reconoce la importancia que tienen sus clientes de tarjetas de crédito, pone a disposición

Más detalles

AVISO DE PRIVACIDAD. Datos Personales que se recaban

AVISO DE PRIVACIDAD. Datos Personales que se recaban AVISO DE PRIVACIDAD VFS México, S.A. DE C.V. SOFOM E.N.R. (en adelante VFS ) con domicilio en Avenida Santa Fe No. 495, Mz B Lt B1 20, Col. Cruz Manca, C.P. 05349, Mexico, D.F., es responsable del tratamiento

Más detalles

CAMBIOS A REFERENCIAS LEGALES EN LOS PRODUCTOS (Operación Daños)

CAMBIOS A REFERENCIAS LEGALES EN LOS PRODUCTOS (Operación Daños) Assurant Daños México, S.A. México, D.F. a 14 de septiembre de 2015. CAMBIOS A REFERENCIAS LEGALES EN LOS PRODUCTOS (Operación Daños) Se les informa que por la entrada en vigor de la nueva normatividad

Más detalles

Modelo. Folleto Informativo. Una tarjeta MODELO con la que con cada compra apoyas a los programas sociales de Filantropía Modelo

Modelo. Folleto Informativo. Una tarjeta MODELO con la que con cada compra apoyas a los programas sociales de Filantropía Modelo Folleto Informativo Una tarjeta MODELO con la que con cada compra apoyas a los programas sociales de Filantropía Modelo Producto emitido por Santander Consumo, S.A. de C.V., SOFOM, E.R., Grupo Financiero

Más detalles

SUMA MENORES DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO

SUMA MENORES DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO SUMA MENORES Es la cuenta que les ofrece a los niños y jóvenes menores de 18 años la oportunidad de ahorrar su dinero, gracias a los múltiples beneficios diseñados para ti. Además

Más detalles

Términos y Condiciones del Programa de Recompensas Vida Bancomer. Condiciones Generales

Términos y Condiciones del Programa de Recompensas Vida Bancomer. Condiciones Generales Términos y Condiciones del Programa de Recompensas Vida Bancomer Al utilizar los beneficios del Programa Vida Bancomer ( El Programa ), el Tarjetahabiente acepta y está de acuerdo con todas las condiciones

Más detalles

REGLAMENTO DEL PLAN DE PROTECCION CONTRA ROBO Y FRAUDE DE LAS TARJETAS DE DEBITO DE BANCO LAFISE BANCENTRO

REGLAMENTO DEL PLAN DE PROTECCION CONTRA ROBO Y FRAUDE DE LAS TARJETAS DE DEBITO DE BANCO LAFISE BANCENTRO REGLAMENTO DEL PLAN DE PROTECCION CONTRA ROBO Y FRAUDE DE LAS TARJETAS DE DEBITO DE BANCO LAFISE BANCENTRO El presente Reglamento contiene las regulaciones del Servicio de Plan de Protección contra Robo

Más detalles

I. GENERALIDADES II. ENTIDADES AUTORIZADAS PARA EMITIR U OPERAR SISTEMAS DE TARJETAS DE CREDITO

I. GENERALIDADES II. ENTIDADES AUTORIZADAS PARA EMITIR U OPERAR SISTEMAS DE TARJETAS DE CREDITO COMPENDIO DE NORMAS FINACIERAS DEL BANCO CENTRAL CAPITULO III.J.1-1. NORMAS FINANCIERAS. ACUERDO Nº 363-04-940721 ( Circular Nº 3013-204) SOBRE EMISION U OPERACION DE TARJETAS DE CREDITO I. GENERALIDADES

Más detalles

REGLAS A QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE AHORRO Y PRÉSTAMO EN LA REALIZACIÓN DE SUS OPERACIONES

REGLAS A QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE AHORRO Y PRÉSTAMO EN LA REALIZACIÓN DE SUS OPERACIONES TEXTO COMPILADO de las Reglas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 1º de septiembre de 1992, su modificación dada a conocer el 18 de diciembre de 1992 en el referido Diario Oficial y su

Más detalles

Reglamento del Programa LANCORPORATE

Reglamento del Programa LANCORPORATE Reglamento del Programa LANCORPORATE El programa LANCORPORATE es un programa creado para algunas empresas que son clientes habituales de Grupo LAN, en virtud del cual, las empresas acumulan, en una cuenta

Más detalles

Reglamento Cuenta BAC Objetivos

Reglamento Cuenta BAC Objetivos Reglamento Cuenta BAC Objetivos Reglamento, Requisitos Y Condiciones De La Cuenta De Ahorro Bac Objetivos Del Bac San José Primero: Objeto. El presente reglamento contiene las regulaciones del servicio

Más detalles

Nuestro. compromiso ES SER TRANSPARENTE

Nuestro. compromiso ES SER TRANSPARENTE Nuestro compromiso ES SER TRANSPARENTE I. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LAS TARJETAS DE CRÉDITO AMERICAN EXPRESS: Las Tarjetas de Crédito son un medio de pago, con el cual Usted tiene la opción de realizar un

Más detalles

Reglamento del Programa de Millas

Reglamento del Programa de Millas Reglamento del Programa de Millas DESYFIN SAPPHIRE El presente reglamento regula las relaciones entre DESYFIN y EL TARJETAHABIENTE, en lo referente al Programa de Millas DESYFIN SAPPHIRE: 1. Definición

Más detalles

PRIMERO: INFORMACIÓN Y NORMAS GENERALES

PRIMERO: INFORMACIÓN Y NORMAS GENERALES PRIMERO: INFORMACIÓN Y NORMAS GENERALES 1. El programa Subway Card (en adelante el programa) pertenece y es patrocinado por la cadena de Restaurantes Subway (en adelante los restaurantes, de forma indistinta),

Más detalles

2013, Año de la Lealtad Institucional y Centenario del Ejército Mexicano

2013, Año de la Lealtad Institucional y Centenario del Ejército Mexicano 2013, Año de la Lealtad Institucional y Centenario del Ejército Mexicano México D.F. 13 de junio de 2013 PREGUNTAS Y RESPUESTAS RELEVANTES DEL PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN CUMPLAMOS JUNTOS DEL INSTITUTO

Más detalles

CRÉDITO PYME Y MIPYME

CRÉDITO PYME Y MIPYME Y TÉRMINOS Y CONDICIONES El destino de los créditos S y S es la inversión en activos fijos y la inversión en capital de trabajo. MONTOS DEL Para el programa : Créditos desde un mínimo de $200,000 hasta

Más detalles

BASES DEL CONCURSO TUS COMPRAS DEL BUEN FIN EN SUBURBIA GRATIS

BASES DEL CONCURSO TUS COMPRAS DEL BUEN FIN EN SUBURBIA GRATIS BASES DEL CONCURSO TUS COMPRAS DEL BUEN FIN EN SUBURBIA GRATIS Las presentes bases (en adelante, las Bases ), tienen por objeto reglamentar y establecer los procedimientos aplicables al concurso denominado

Más detalles

Reglamento del Programa de Estrellas para Tarjeta de Crédito Banco General (Costa Rica), S.A.

Reglamento del Programa de Estrellas para Tarjeta de Crédito Banco General (Costa Rica), S.A. Reglamento del Programa de Estrellas para Tarjeta de Crédito Banco General (Costa Rica), S.A. El presente programa pertenece en forma exclusiva a Banco General (Costa Rica), S.A., en adelante denominado

Más detalles

febrero de 1996, la resolución del 17 de julio de 1996 y la resolución del 27 de diciembre de 1996 publicadas en el referido Diario respectivamente.

febrero de 1996, la resolución del 17 de julio de 1996 y la resolución del 27 de diciembre de 1996 publicadas en el referido Diario respectivamente. TEXTO COMPILADO de las Reglas a las que habrán de sujetarse las instituciones de banca múltiple en la emisión y operación de tarjetas de crédito bancarias publicadas en el Diario Oficial de la Federación

Más detalles

LEY Nº 29355. Artículo 2.- Definiciones A efectos de la presente ley, los siguientes términos tienen el significado que se indica:

LEY Nº 29355. Artículo 2.- Definiciones A efectos de la presente ley, los siguientes términos tienen el significado que se indica: Ley de creación del registro nacional de información de contratos de seguros de vida y de accidentes personales con cobertura de fallecimiento o de muerte accidental LEY Nº 29355 EL PRESIDENTE DEL CONGRESO

Más detalles

MERCANTIL, C.A., BANCO UNIVERSAL, domiciliado en la ciudad de Caracas, originalmente

MERCANTIL, C.A., BANCO UNIVERSAL, domiciliado en la ciudad de Caracas, originalmente MERCANTIL, C.A., BANCO UNIVERSAL, domiciliado en la ciudad de Caracas, originalmente inscrito en el Registro de Comercio que llevaba el antiguo Juzgado de Comercio del Distrito Federal, el 3 de abril de

Más detalles

Guía del Usuario. La tarjeta con prestigio. Clásica

Guía del Usuario. La tarjeta con prestigio. Clásica Guía del Usuario La tarjeta con prestigio Clásica La tarjeta con prestigio Bienvenido al mundo de opciones de crédito que le ofrece su tarjeta Santander Clásica. Con ella podrá obtener múltiples beneficios

Más detalles

Contrato Tarjeta de Crédito

Contrato Tarjeta de Crédito Contrato Tarjeta de Crédito CONTRATO DE APERTURA DE CRÉDITO EN CUENTA CORRIENTE EN MONEDA NACIONAL ASOCIADO A LA EXPEDICIÓN Y USO DE TARJETAS DE CRÉDITO (EL CONTRATO ) QUE CELEBRAN POR UNA PARTE BANCA

Más detalles

El número asignado a un Socio de Club Interjet es único, individual y no transferible.

El número asignado a un Socio de Club Interjet es único, individual y no transferible. Términos y Condiciones El presente instrumento contiene los términos y condiciones generales de aceptación por parte de los interesados, a los que se sujeta el Programa Club Interjet (en lo sucesivo el

Más detalles

REGLAMENTO DE PROMOCIÓN: Viaja con tus 4 Favoritos I. REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCION

REGLAMENTO DE PROMOCIÓN: Viaja con tus 4 Favoritos I. REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCION REGLAMENTO DE PROMOCIÓN: Viaja con tus 4 Favoritos I. REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCION Este reglamento delimita, aclara y establece las condiciones y términos bajo las cuales se regirá esta promoción

Más detalles

Monto total de premios: $1, 465,200.00 (un millón cuatrocientos sesenta y cinco mil doscientos pesos 00/100 MN.), y consisten en:

Monto total de premios: $1, 465,200.00 (un millón cuatrocientos sesenta y cinco mil doscientos pesos 00/100 MN.), y consisten en: La presente promoción denominada UN SEGURO DE AUTO A TODO TERRENO, se regirá por las siguientes bases, términos y condiciones. Lo cual implica la lectura total y por ende el conocimiento y entendimiento

Más detalles

CONDICIONES DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO: MONTO A FINANCIAR:

CONDICIONES DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO: MONTO A FINANCIAR: CONDICIONES DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO: MONTO A FINANCIAR: CLÁUSULA PRIMERA: EL PRESTATARIO que suscribe declara que ha recibido en este acto de MERCANTIL FINANCIADORA DE PRIMAS, C. A., en lo sucesivo

Más detalles

CUENTAS DE DEPÓSITO A LA VISTA

CUENTAS DE DEPÓSITO A LA VISTA CUENTAS DE DEPÓSITO A LA VISTA CIBanco en apego a las disposiciones oficiales y con el fin de que conozca los términos y condiciones en la apertura y manejo de su cuenta de depósito a la vista, le presenta

Más detalles

prestamosenlinea.com.do

prestamosenlinea.com.do Términos y Condiciones de los Préstamos Personales Por favor lea cuidadosamente estos Términos y Condiciones antes de utilizar los servicios de Prestamosenlinea.com.do. Al utilizar este Sitio Web, usted

Más detalles

REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN. 1x2 DE CREDOMATIC: GANA CON TU TARJETA AMERICAN EXPRESS CUMPLIENDO CON RETOS DE FACTURACION

REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN. 1x2 DE CREDOMATIC: GANA CON TU TARJETA AMERICAN EXPRESS CUMPLIENDO CON RETOS DE FACTURACION REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN 1x2 DE CREDOMATIC: GANA CON TU TARJETA AMERICAN EXPRESS CUMPLIENDO CON RETOS DE FACTURACION PRIMERO: PROPIEDAD DEL PROGRAMA: El presente programa pertenece en forma exclusiva

Más detalles

Folleto Informativo La tarjeta para vivir al máximo tu vida universitaria

Folleto Informativo La tarjeta para vivir al máximo tu vida universitaria Folleto Informativo La tarjeta para vivir al máximo tu vida universitaria Producto emitido por Santander Consumo S.A. de C.V. SOFOM E.R. para su constitución y operación con tal carácter, no requiere autorización

Más detalles

Ciudad de Córdoba, [ ] de [ ] de 2009. Señores [ ]

Ciudad de Córdoba, [ ] de [ ] de 2009. Señores [ ] Ciudad de Córdoba, [ ] de [ ] de 2009 Señores [ ] Ref.: Otorgamiento de un préstamo con garantía de los Títulos de Deuda a ser emitidos por la Provincia de Córdoba por hasta V/N U$S 150.000.000 bajo el

Más detalles

CIRCULAR 2/2013. c) La competencia entre los oferentes de productos bancarios, y

CIRCULAR 2/2013. c) La competencia entre los oferentes de productos bancarios, y CIRCULAR 2/2013 ASUNTO: MODIFICACIONES A LA CIRCULAR 3/2012 FUNDAMENTO LEGAL: Los artículos 28, párrafos sexto y séptimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 24 y 26 de la Ley del

Más detalles

PRIMERA. DEFINICIONES CAT

PRIMERA. DEFINICIONES CAT Contrato de apertura de crédito en cuenta corriente para la expedición y el uso de tarjetas de crédito Básica que celebran por una parte BANCO AHORRO FAMSA, S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, a quien

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA APERTURA DE CUENTAS DE AHORROS

REGLAMENTO PARA LA APERTURA DE CUENTAS DE AHORROS BANCO DE AHORRO Y CRÉDITO ADOPEM S.A., INSTITUCIÓN BANCARIA DEBIDAMENTE AUTORIZADA A OPERAR COMO BANCO DE AHORRO Y CREDITO, DE ACUERDO CON LA LEY MONETARIA Y FINANCIERA 183-02 DEL AÑO 2002. REGLAMENTO

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PUNTOS BANCO LAFISE BANCENTRO

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PUNTOS BANCO LAFISE BANCENTRO REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PUNTOS BANCO LAFISE BANCENTRO El presente reglamento regula las relaciones entre BANCO LAFISE BANCENTRO y EL TARJETAHABIENTE, en lo referente al Programa de Puntos: 1. DEFINICION

Más detalles

Folleto Informativo La tarjeta para vivir al máximo tu vida universitaria

Folleto Informativo La tarjeta para vivir al máximo tu vida universitaria Folleto Informativo La tarjeta para vivir al máximo tu vida universitaria Producto emitido por Santander Consumo, S.A. de C.V., SOFOM, E.R., Grupo Financiero Santander México, para su constitución y operación

Más detalles

Amparo Adicional de Asistencia para Mascotas

Amparo Adicional de Asistencia para Mascotas Amparo Adicional de Asistencia para Mascotas Apreciado Asegurado: Para su conocimiento, agradecemos leer en forma detenida, la información contenida en este clausulado. Gracias por su confianza. Condiciones

Más detalles

SEGUROS BANAMEX. Bases Legales. 1.- Denominación de promoción: BANAMEX CUMPLE 130 AÑOS Y TE LLEVA A BRASIL

SEGUROS BANAMEX. Bases Legales. 1.- Denominación de promoción: BANAMEX CUMPLE 130 AÑOS Y TE LLEVA A BRASIL SEGUROS BANAMEX Bases Legales 1.- Denominación de promoción: BANAMEX CUMPLE 130 AÑOS Y TE LLEVA A BRASIL 2.- Vigencia de la Promoción: Del 10 de marzo de 2014 al 23 de mayo de 2014. 3.- Promoción valida

Más detalles

GUÍA PRÁCTICA DE FINANZAS CONCEPTOS BÁSICOS DE LAS TARJETAS DE DÉBITO. Lo que necesita saber sobre el uso de su tarjeta de débito

GUÍA PRÁCTICA DE FINANZAS CONCEPTOS BÁSICOS DE LAS TARJETAS DE DÉBITO. Lo que necesita saber sobre el uso de su tarjeta de débito GUÍA PRÁCTICA DE FINANZAS CONCEPTOS BÁSICOS DE LAS TARJETAS DE DÉBITO Lo que necesita saber sobre el uso de su tarjeta de débito DINERO EN EL BANCO Si las tarjetas de crédito significan pague después,

Más detalles

CIRCULAR 17/2014. México, D.F., a 29 de septiembre de 2014.

CIRCULAR 17/2014. México, D.F., a 29 de septiembre de 2014. 2014, Año de Octavio Paz Disposición publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de octubre de 2014 CIRCULAR 17/2014 México, D.F., a 29 de septiembre de 2014. A LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO,

Más detalles

México, D.F., a 13 de julio de 2007. A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO:

México, D.F., a 13 de julio de 2007. A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO: Circular 6/2007 TEXTO COMPILADO DE LAS REGLAS A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO RESPECTO DE LAS CUENTAS BÁSICAS DE NÓMINA Y PARA EL PÚBLICO EN GENERAL, A LAS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO

Más detalles

Reglamento del Programa de Millas Libres de Banco Lafise Panamá, S.A

Reglamento del Programa de Millas Libres de Banco Lafise Panamá, S.A Reglamento del Programa de Millas Libres de Banco Lafise Panamá, S.A El presente reglamento regula las relaciones entre BANCO LAFISE PANAMÁ, S.A y EL TARJETAHABIENTE, en lo referente al Programa Millas

Más detalles

CONVENIO DE CRÉDITO PROVEEDOR COMPRADOR

CONVENIO DE CRÉDITO PROVEEDOR COMPRADOR CONVENIO DE CRÉDITO PROVEEDOR COMPRADOR Entre BANCOLOMBIA S.A., establecimiento bancario legalmente constituido con domicilio principal en Medellín, representado en este acto por, identificado con la cédula

Más detalles

I. FUNDAMENTO LEGAL DEL REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN.

I. FUNDAMENTO LEGAL DEL REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN. FORMULARIO DENOMINADO IC-TARJETA DE CRÉDITO, RELATIVO A TARJETAS DE CRÉDITO, PARA BANCOS MÚLTIPLES, SOFOLES Y SOFOMES-R (Última actualización Agosto 2010) AYUDAS GENÉRICAS I. FUNDAMENTO LEGAL DEL REQUERIMIENTO

Más detalles

Reglamento del Programa de Lealtad: COLONES UNIVERSAL Tarjetas de Crédito UNIVERSAL PROMERICA.

Reglamento del Programa de Lealtad: COLONES UNIVERSAL Tarjetas de Crédito UNIVERSAL PROMERICA. Reglamento del Programa de Lealtad: COLONES UNIVERSAL Tarjetas de Crédito UNIVERSAL PROMERICA. Definiciones: Para los efectos de este reglamento, se establecen las siguientes definiciones: El Emisor: BANCO

Más detalles

Todo material entregado en los almacenes de MABE o servicio prestado deberá estar acompañado de:

Todo material entregado en los almacenes de MABE o servicio prestado deberá estar acompañado de: EstimadoProveedor, Como es de su conocimiento a partir de junio 2006 la legislación Mexicana estableció las bases de regulación para la prestación de servicios de emisión y envío de Comprobantes Fiscales

Más detalles

Platinum. Folleto Informativo. La tarjeta con privilegios exclusivos

Platinum. Folleto Informativo. La tarjeta con privilegios exclusivos Folleto Informativo La tarjeta con privilegios exclusivos Producto emitido por Santander Consumo S.A. de C.V. SOFOM E.R. para su constitución y operación con tal carácter, no requiere autorización de la

Más detalles

JUNTA MONETARIA RESOLUCIÓN JM-120-2011

JUNTA MONETARIA RESOLUCIÓN JM-120-2011 JUNTA MONETARIA RESOLUCIÓN Inserta en el Punto Cuarto del Acta 39-2011, correspondiente a la sesión celebrada por la Junta Monetaria el 5 de octubre de 2011. PUNTO CUARTO: Superintendencia de Bancos eleva

Más detalles

Folleto Explicativo Tarjeta de Crédito. Según Decreto del MEIC No.35867 del 30 de marzo de 2010

Folleto Explicativo Tarjeta de Crédito. Según Decreto del MEIC No.35867 del 30 de marzo de 2010 Contenido Qué es una tarjeta de crédito?... 4 Los productos de tarjetas de crédito que ofrece el BCR son:... 4 Beneficios de las tarjetas de crédito... 4 Tasas de interés que cobra BCR para los distintos

Más detalles

Condiciones Generales de los Servicios DSS EADTRUST (European Agency of Digital Trust, S.L.)

Condiciones Generales de los Servicios DSS EADTRUST (European Agency of Digital Trust, S.L.) Condiciones Generales de los Servicios DSS EADTRUST (European Agency of Digital Trust, S.L.) Miembro de Histórico de versiones Versión Fecha Documentos sustituidos Descripción / Detalles 1 14/09/09 Cambios

Más detalles

Cláusulas Capítulo Primero Objeto, Disposición y Pago del Crédito. Declaraciones

Cláusulas Capítulo Primero Objeto, Disposición y Pago del Crédito. Declaraciones CONTRATO DE APERTURA DE CRÉDITO EN CUENTA CORRIENTE EN MONEDA NACIONAL, QUE CELEBRAN HSBC MÉXICO, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO HSBC, EN LO SUCESIVO EL BANCO Y POR LA OTRA PARTE

Más detalles

REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN Inscríbase y reciba 10% cashback sobre sus compras

REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN Inscríbase y reciba 10% cashback sobre sus compras REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN Inscríbase y reciba 10% cashback sobre sus compras PRIMERO: PROPIEDAD DEL PROGRAMA: El presente programa pertenece en forma exclusiva a CREDOMATIC DE COSTA RICA, S.A., empresa

Más detalles

Las tarjetas a que el presente contrato se refiere son propiedad de SEARS, por lo que EL CLIENTE se obliga a devolverlas cuando así se le requiera.

Las tarjetas a que el presente contrato se refiere son propiedad de SEARS, por lo que EL CLIENTE se obliga a devolverlas cuando así se le requiera. CONTRATO DE CRÉDITO EN CUENTA CORRIENTE QUE CELEBRAN LA SOCIEDAD DENOMINADA SEARS ROEBUCK DE MÉXICO, S.A. DE C.V., EN ADELANTE SEARS, CON REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES SRM471106-9N3, Y PARA EFECTOS

Más detalles

Capítulo III. Contrato de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo

Capítulo III. Contrato de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo Compendio de Normas del Sistema de Pensiones 1 Libro II, Título IV Regulación conjunta de los Depósitos de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo Capítulo III. Contrato de Ahorro Previsional Voluntario

Más detalles

Términos y condiciones

Términos y condiciones Términos y condiciones ENTREGA DE CAMISETAS DE LA SELECCIÓN COLOMBIA DE FÚTBOL CON LA TARJETA DE CRÉDITO OFICIAL DE NUESTRA SELECCIÓN COLOMBIA Y CON LAS TARJETAS E-PREPAGO, DÉBITO MAESTRO Y DÉBITO MASTERCARD

Más detalles

CONTRATO DE LICENCIA DE SIGNOS DISTINTIVOS DE LA OTC- UAEM

CONTRATO DE LICENCIA DE SIGNOS DISTINTIVOS DE LA OTC- UAEM CONTRATO DE LICENCIA DE SIGNOS DISTINTIVOS DE LA OTC- UAEM CONTRATO DE LICENCIA DE USO DE SIGNOS DISTINTIVOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE SUJETO A REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SUJETO C A QUIEN EN LO SUCESIVO

Más detalles

BASES DE LA PROMOCIÓN Volaris premia tu lealtad 2

BASES DE LA PROMOCIÓN Volaris premia tu lealtad 2 BASES DE LA PROMOCIÓN Volaris premia tu lealtad 2 Las presentes bases (en adelante, las Bases ), tienen por objeto reglamentar y establecer los procedimientos aplicables a la Promoción denominada Volaris

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA CASH BACK

REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA CASH BACK REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA CASH BACK El presente Reglamento rige la relación entre BANCO FICOHSA S.A (en adelante denominadas como LA EMPRESA ) y sus clientes respectivos en lo referente al Programa

Más detalles

REGLAMENTO: REQUISITOS Y CONDICIONES DEL PROGRAMA Canje de Millas Banco LAFISE Tarjetas de Débito

REGLAMENTO: REQUISITOS Y CONDICIONES DEL PROGRAMA Canje de Millas Banco LAFISE Tarjetas de Débito REGLAMENTO: REQUISITOS Y CONDICIONES DEL PROGRAMA Canje de Millas Banco LAFISE Tarjetas de Débito TITULAR, BANCO Y CUENTAHABIENTE 1. El funcionamiento, publicidad y derechos de autor de este Programa,

Más detalles

ADENDUM AL CONTRATO DE SERVICIOS POR INTERNET DE TRANSFERENCIAS ACH

ADENDUM AL CONTRATO DE SERVICIOS POR INTERNET DE TRANSFERENCIAS ACH ADENDUM AL CONTRATO DE SERVICIOS POR INTERNET DE TRANSFERENCIAS ACH Este acuerdo entre: De una parte LA ASOCIACIÓN POPULAR DE AHORROS Y PRESTAMOS, sociedad comercial constituida y existente conforme a

Más detalles

RESOLUCIÓN No. I-68 2003

RESOLUCIÓN No. I-68 2003 RESOLUCIÓN No. I-68 2003 POR CUANTO: El Decreto Ley No. 147 de 1994, modificó la integración de los organismos de la Administración central del estado y en su Artículo 4 estableció la creación de la Oficina

Más detalles

El Creditón Nómina con Seguro de Vida o Seguro de Vida y Desempleo

El Creditón Nómina con Seguro de Vida o Seguro de Vida y Desempleo Fecha de emisión: 19/10/15 Cuentas y Tarjetas Ahorro e Inversión Créditos e Hipotecas Seguros Servicios Digitales El Creditón Nómina con Seguro de Vida o Seguro de Vida y Desempleo Es un préstamo de dinero

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE LEALTAD DE MILLAS TARJETA DE CRÉDITO PREMIA CORPORATE

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE LEALTAD DE MILLAS TARJETA DE CRÉDITO PREMIA CORPORATE REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE LEALTAD DE MILLAS TARJETA DE CRÉDITO PREMIA CORPORATE Definiciones: Para los efectos de este reglamento, se establecen las siguientes definiciones: Emisor (Banco Promerica de

Más detalles

AVISO DE PRIVACIDAD. Datos la empresa recaba.

AVISO DE PRIVACIDAD. Datos la empresa recaba. AVISO DE PRIVACIDAD Con fundamento en los artículos 15 y 16 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, hacemos de su conocimiento que la empresa CAFÉ DE TACUBA CENTRO,

Más detalles

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. DECRETO por el que se establece un programa de facilidades para el pago de los adeudos al INFONAVIT por concepto de aportaciones al Fondo Nacional de la Vivienda. Al margen un sello con el Escudo Nacional,

Más detalles

Ser afiliado activo a la caja de compensación COLSUBSIDIO (empleados dependientes, pensionados o independientes).

Ser afiliado activo a la caja de compensación COLSUBSIDIO (empleados dependientes, pensionados o independientes). 1.1. Condiciones Generales: Ser afiliado activo a la caja de compensación COLSUBSIDIO (empleados dependientes, pensionados o independientes). En caso de afiliados dependientes la empresa a la cual esté

Más detalles

FOLLETO EXPLICATIVO TARJETA DE DÉBITO

FOLLETO EXPLICATIVO TARJETA DE DÉBITO FOLLETO EXPLICATIVO TARJETA DE DÉBITO 1 Folleto Explicativo Tarjeta de Débito del Banco General (Costa Rica) S.A. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Reglamento de Tarjetas de Crédito

Más detalles

Crédito Inmobiliario (Casa-Habitación) Crédito Inmobiliario Bansí

Crédito Inmobiliario (Casa-Habitación) Crédito Inmobiliario Bansí Crédito Inmobiliario (Casa-Habitación) : Es un crédito simple con garantía inmobiliaria, dirigido a personas físicas asalariadas o con actividad empresarial. Crédito en pesos moneda nacional. Tasa Fija

Más detalles

CIRCULAR 34 /2010. México, D.F., a 11 de noviembre de 2010.

CIRCULAR 34 /2010. México, D.F., a 11 de noviembre de 2010. TEXTO COMPILADO de la Circular 34/2010 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2010, incluyendo sus modificaciones dadas a conocer mediante la Circular 43/2010, la Circular

Más detalles

Contrato de apertura de crédito en cuenta corriente para la expedición y el uso de tarjetas de crédito que celebran por una parte BANCO AHORRO FAMSA,

Contrato de apertura de crédito en cuenta corriente para la expedición y el uso de tarjetas de crédito que celebran por una parte BANCO AHORRO FAMSA, Contrato de apertura de crédito en cuenta corriente para la expedición y el uso de tarjetas de crédito que celebran por una parte BANCO AHORRO FAMSA, S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, a quien en lo

Más detalles

LO QUE USTED DEBE SABER DE SU TARJETA DE CRÉDITO BCR

LO QUE USTED DEBE SABER DE SU TARJETA DE CRÉDITO BCR LO QUE USTED DEBE SABER DE SU TARJETA DE CRÉDITO BCR Qué es una Tarjeta de Crédito? Facilidad crediticia documentada mediante un contrato de línea revolutiva cuyos fondos podrán ser utilizados mediante

Más detalles

Estas inversiones Garantizan el pago de hasta 400 mil Unidades de Inversión (UDIS) por persona, por Banco, de las obligaciones garantizadas

Estas inversiones Garantizan el pago de hasta 400 mil Unidades de Inversión (UDIS) por persona, por Banco, de las obligaciones garantizadas Cómo se llama campaña? Lo básico de Tu interés es estar ahí 1 Inversión Perfiles / Inversión Integral Pagaré Banamex Inversión Inteligente Cedes Estas inversiones Garantizan el pago de hasta 400 mil Unidades

Más detalles

DECLARACIONES. I.- Declara el CLIENTE, por su propio derecho y bajo protesta de decir verdad que:

DECLARACIONES. I.- Declara el CLIENTE, por su propio derecho y bajo protesta de decir verdad que: CONTRATO DE APERTURA DE CREDITO EN CUENTA CORRIENTE EN MONEDA NACIONAL QUE CELEBRAN POR UNA PARTE SOCIEDAD FINANCIERA INBURSA, S.A. DE C.V., SOFOM, E.R., GRUPO FINANCIERO INBURSA, A QUIEN EN LO SUCESIVO

Más detalles

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO PARA EL DESARROLLO. A quien en adelante denominaremos como CLIENTE y la

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO PARA EL DESARROLLO. A quien en adelante denominaremos como CLIENTE y la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO PARA EL DESARROLLO CONTRATO TARJETA DEBITO CREDECOOP R. L. COOPENAE R.L. TARJETA N. NOSOTROS: CON CEDULA: [numero_tarjeta] [nombre_deudor] [cedula_deudor] A quien en adelante

Más detalles

Condiciones Generales de Contratación de los Contratos de Opción sobre Acciones (Liquidación en Especie)

Condiciones Generales de Contratación de los Contratos de Opción sobre Acciones (Liquidación en Especie) Condiciones Generales de Contratación de los Contratos de Opción sobre Acciones (Liquidación en Especie) I. OBJETO. 1. Activo Subyacente. Las Acciones, Certificados de Participación Ordinarios emitidos

Más detalles

CONTRATO DE SUSCRIPCIÓN DE ACCIONES CELEBRADO EL DÍA [ ] DE [ ] DE 2012 CELEBRADO ENTRE [ ]

CONTRATO DE SUSCRIPCIÓN DE ACCIONES CELEBRADO EL DÍA [ ] DE [ ] DE 2012 CELEBRADO ENTRE [ ] CONTRATO DE SUSCRIPCIÓN DE ACCIONES CELEBRADO EL DÍA [ ] DE [ ] DE 2012 CELEBRADO ENTRE [ ] Y CORPORACIÓN INTERAMERICANA DE ENTRETENIMIENTO, S.A.B. DE C.V. CONTRATO DE SUSCRIPCIÓN DE ACCIONES Contrato

Más detalles

INSTRUCTIVO CAMARA DE COMPENSACION Y LIQUIDACION

INSTRUCTIVO CAMARA DE COMPENSACION Y LIQUIDACION INSTRUCTIVO CAMARA DE COMPENSACION Y LIQUIDACION OBJETIVO GENERAL Organizar un mercado eficiente, asegurando el cumplimiento por parte de los Puestos de Bolsa, de los compromisos que hayan adquirido en

Más detalles

El programa Denny s Fan Club Preferencial pertenece y es patrocinado por Denny s Costa Rica,

El programa Denny s Fan Club Preferencial pertenece y es patrocinado por Denny s Costa Rica, Denny s fan Club Preferencial PRIMERO: DEFINICIONES Denny s Fan Club Preferencial: El programa Denny s Fan Club Preferencial pertenece y es patrocinado por Denny s Costa Rica, Este programa consiste en:

Más detalles