REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS AGENCIA DE GESTIÓN Y COLOCACIÓN DE EMPLEO CAFAM

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1 REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS AGENCIA DE GESTIÓN Y COLOCACIÓN DE EMPLEO CAFAM Artículo 1. ENTIDAD. La Caja de Compensación Familiar CAFAM, es una Corporación autónoma de derecho privado, sin ánimo de lucro, con patrimonio y personería jurídica propios; reconocida por la rama Ejecutiva del poder público, en su Resolución No de octubre de 1957, emanada del Ministerio de Justicia y publicada en el Diario Oficial de Noviembre 14 de 1957; que cumple funciones de seguridad social y se halla sometida al control y vigilancia del Estado en la forma dispuesta por la Ley; la cual tiene su domicilio en la ciudad de Bogotá, D.C., Capital del Departamento de Cundinamarca y de la República de Colombia. Artículo 2. OBJETO. El presente reglamento de prestación de servicios tiene por objeto determinar las condiciones, características y calidades de la prestación de los servicios de gestión y colocación de empleo, los derechos y deberes de los usuarios de la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam. Artículo 3. MARCO LEGAL. Los servicios de gestión y colocación de empleo se prestarán con sujeción a las normas contenidas en el presente reglamento, a lo dispuesto por el Decreto 722 del 15 de abril de 2013, a la Ley 50 de 1990 y las demás normas que regulan la intermediación laboral en Colombia. Artículo 4. NATURALEZA. La Caja de Compensación Familiar CAFAM, prestará el servicio de gestión y colocación de empleo a través de la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo, la cual se clasifica como una agencia privada no lucrativa, de acuerdo con lo establecido en los artículos 6, 23 y 32 literal b del Decreto 722 de Artículo 5. SERVICIOS. La Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam, ofrecerá servicios destinados a vincular la oferta y la demanda de empleo y servicios que asociados a los de vinculación de la oferta y demanda de empleo, tengan por finalidad mejorar las condiciones de empleabilidad de los oferentes (buscadores de empleo). La agencia ofrecerá un portafolio de servicios de acuerdo con lo establecido en los artículos 7, 8 y 9 del Decreto 722 de 2013, entre los que están los siguientes servicios básicos: a) Registro de oferentes, demandantes y vacantes: El registro de oferentes, demandantes y vacantes tiene una clara orientación de éxito futuro tanto para los oferentes como para las organizaciones demandantes en la colocación de

2 empleo, el cual comienza con la introducción de información veraz y de calidad en el aplicativo del Servicio Público de Empleo. Por esto, la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam, pondrá a disposición de todas las personas herramientas técnicas para la inscripción y registro. Atención al Oferente: Sistema Integrado de Información Presencial: Compuesto por el equipo de trabajo entrenado para la atención personalizada al oferente o al demandante y quien estará en capacidad de explicar el Modelo de Centros de Empleo, responder inquietudes sobre su objetivo y funcionamiento. Además, orienta sobre el proceso que deben hacer para el ingreso de sus datos por la página web o a través de un sistema manual. Parte fundamental del trabajo de este equipo es detectar las habilidades del oferente en el manejo de herramientas de la información como internet, invitando a que el formato sea totalmente diligenciado por el oferente y que la información sea real y clara. Sistema Integrado de Información Telefónica: Compuesto por el equipo de trabajo entrenado para la atención por teléfono al oferente o al demandante. Al igual que el personal de Información Presencial, está en capacidad de explicar el Modelo de Centros de Empleo, responder inquietudes sobre su objetivo y funcionamiento. También, orienta sobre el proceso que deben hacer para el ingreso de sus datos en el aplicativo por la página web o a través de un sistema manual. Detecta las habilidades del oferente en el manejo de herramientas de la información como internet. Sistema Integrado de Información Virtual: Es un mecanismo de respuesta a través de correo electrónico, donde los oferentes o demandantes pueden solicitar información sobre la Agencia y sobre la manera correcta de introducir sus datos en el sistema de información. Sistema de Registro de Demandantes: La Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam promoverá el registro de los demandantes del servicio público de empleo mediante la asignación por una sola vez de un usuario exclusivo para acceder a los servicios empresariales del portal de Cafam; con este usuario podrá gestionar en compañía de la Agencia, las vacantes. Motivación a los Oferentes y Demandantes: Constituye las estrategias que la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam desarrolla de manera periódica, sistémica y medible, para estimular a las personas y organizaciones a ser oferentes y demandantes del Sistema de Información del Servicio Público de Empleo. Incluye el desarrollo de redes locales, identificación de agentes claves como líderes comunitarios, divulgación por diferentes medios de comunicación, stand, visitas institucionales, entre otros.

3 Entrenamiento uso aplicativo Sistema Público de Empleo: Es interés de la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam desarrollar en los oferentes las competencias básicas necesarias para la utilización de tecnologías de la información como internet. Así, se establece una programación periódica de capacitaciones grupales asociadas a procesos de ingreso en la base de datos, búsqueda de ofertas de colocación y envío de información solicitada por los demandantes. Es parte de la medición de este servicio, obtener información fiable y de calidad en el aplicativo del Servicio Público de Empleo. a) Registro de Vacantes Las organizaciones demandantes encuentran en la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam, personal capacitado para orientar su registro de vacantes. Puede hacer su solicitud presencial, telefónica o virtual. b) Orientación ocupacional a oferentes y demandantes: La Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam desarrollará encuentros formativos periódicos, que motiven y orienten a los oferentes para la vinculación laboral, permanencia y empleabilidad y desarrollo personal a través del trabajo. El diseño curricular se basa en metodologías del Servicio Público de Empleo especiales para la formación de adultos, siempre con contenidos prácticos y alcanzables para los oferentes. Tendrá en cuenta ciclos de vida, niveles de educación de los asistentes y multiplicidad de los temas estudiados. Las expectativas del mercado laboral y exigencias de los demandantes también serán tema de estos encuentros formativos. c) Preselección: Adicional a la consolidación de una base de datos completa y fiable, la identificación de aspectos relevantes a nivel personal, académico y laboral, combinará las mejores cualidades de los oferentes para su colocación laboral. Esto se constituye en una herramienta para la efectividad de un proceso de selección, que beneficie a oferentes y demandantes, desarrollada a través de entrevistas semi-estructuradas, pruebas psicotécnicas, assesment- center, entre otros. d) Remisión. Si es de interés del demandante, la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam apoyará la búsqueda del oferente idóneo para cubrir una vacante. Así, se encargará de revisar la base de datos para hallar un grupo de personas acordes al perfil solicitado, brindará información sobre la Clasificación por Perfiles (si la tiene) y orientará la forma en que el Demandante puede llegar a tomar la decisión más acertada para la selección final. e) Seguimiento oferentes, demandantes y vacantes: Lograr conversaciones de consulta y orientación, antes, durante y después de un proceso de selección,

4 constituye un factor de información que, traducido en acciones para el Oferente, el Demandante y la Agencia, son potenciales de mejora continua para los tres. Por esto, la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam, establece como un principio de su gestión el seguimiento grupal e individual de sus oferentes, demandantes y vacantes. Constituye una metodología organizada, periódica y medible, en doble vía y sin límites en el tiempo. La Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam llevará control diario del ingreso de personas en el registro de oferentes, registro de empresas demandantes y de vacantes publicadas en el aplicativo. Esta información será utilizada para los cruces estadísticos necesarios para la elaboración del informe mensual de gestión. Artículo 6. GRATUIDAD DE LOS SERVICIOS BÁSICOS. La Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam, prestará su portafolio de servicios básicos de forma gratuita a los oferentes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 95 de la Ley 50 de 1990, literal b, en los artículos 32 y 36 del Decreto 722 de Artículo 7. SERVICIOS BÁSICOS PARA LOS DEMANDANTES DE MANO DE OBRA. La Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam, podrá cobrar al demandante de mano de obra (empleador) una comisión, por una sola vez, al momento de la celebración del respectivo contrato de trabajo, así: Para los empleadores no afiliados a Cafam el 10% y para empresas afiliados a Cafam el 5% del salario mensual que devengará el trabajador contratado, de acuerdo con lo establecido en el literal c del artículo 34 y al artículo 38 del Decreto 722 de Artículo 8. LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. La Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam, prestará sus servicios en los lugares y horarios que a continuación se relacionan: a) Centros de empleo: Centro de Educación para el Trabajo Cafam Sede Montevideo Calle 20 No. 68C-65, Zona Industrial Bogotá, D.C. PBX Exts Horarios: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 6:00 p.m. y Sábados de 8:00a.m. a 1:00 p.m. Centro Integral de Servicios Centenario Calle 27 No , Bogotá, D.C. PBX Exts y 5455 Horarios: lunes a viernes de 8:30 a.m. a 4:30 p.m. Información en la Línea Integral Cafam: teléfono

5 Centro de Servicios Regional Toberín: Calle 166 N PBX / 77 / 78 Servicios de Registro de oferentes demandantes y vacantes, Orientación ocupacional a oferentes y demandantes, Preselección y Remisión. Horarios: Lunes a Viernes de 8:00am a 5:00pm. Centro de Servicios Zipaquirá: Calle 1 N locales 109 y 110 Centro Comercial La Casona PBX / 87 / 88 Servicios de Registro de oferentes demandantes y vacantes, Orientación ocupacional a oferentes y demandantes, Preselección y Remisión. Horarios: Lunes a Viernes de 8:00am a 5:00pm. Centro de Servicios Chía: Carrera 9 No local 105 PBX / 90 Servicios de Registro de oferentes demandantes y vacantes, Orientación ocupacional a oferentes y demandantes, Preselección y Remisión. Horarios: Lunes a Viernes de 8:00am a 5:00pm b) Puntos de información Punto de Atención Floresta: Avenida Carrera 68 N Central de Servicios Cafam PBX ext Servicios de Registro de oferentes demandantes y vacantes Horarios: Lunes a Viernes de 8:00am a 5:00pm. Punto de Atención Suba: Carrera 91 N Local 2 - Central de Servicios Cafam PBX ext Servicios de Registro de oferentes demandantes y vacantes Horarios: Lunes a Viernes de 8:00am a 5:00pm. Centro de Servicios Facatativá: Tamaño: Pequeño Carrera 4 N 5 68 Local 3 PBX / 82 Servicios de Registro de oferentes demandantes y vacantes Horarios: Lunes a Viernes de 8:00am a 5:00pm. Centro de Servicios Usme: Calle 1ª. No 65D - 58 Sur Local 1-52, Zona A, Centro Comercial Altavista PBX ext. 5456

6 .Servicios de Registro de oferentes demandantes y vacantes. Horarios: Lunes a Viernes de 8:00am a 5:00pm Virtualmente a través Se incluirá en el portal de Cafam un link para contar con los servicios de la plataforma de información del Servicio público de Empleo a partir del 2 de mayo de Artículo 9. CONDICIONES, REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO PARA EL REGISTRO DE OFERENTES. Para la inscripción en la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam los oferentes deben: a. Diligenciar completamente el formato de Hoja de Vida en el aplicativo del Servicio Público de Empleo de la Agencia. b. Garantizar la veracidad de los datos suministrados, de los documentos y de los soportes presentados para respaldar su solicitud. c. Dar consentimiento previo, expreso e informado a La Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam, con el fin de que utilice sus datos para el propósito que fueron suministrados, de conformidad con lo establecido en la Ley Estatutaria 1581 de d. Presentarse para diligenciar su solicitud ante la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam y a todas aquellas actividades que se desprendan de esta solicitud, tales como talleres, pruebas psicotécnicas, entrevistas para mejorar su perfil laboral y por ende mejorar su condición de empleabilidad. e. Conocer y aceptar el Reglamento de Prestación de Servicios de la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam. Procedimiento para la inscripción de oferentes -La Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam recibe y revisa la información de las personas aspirantes a inscribirse como oferentes de empleo de forma presencial o virtual. - Si el oferente manifiesta no usar tecnologías de la información como internet, la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam le entregará un formato impreso de hoja de vida en el que se relacionan todos los datos requeridos para poder diligenciar la hoja de vida en el aplicativo del Servicio Público de Empleo. - Si el oferente usa adecuadamente el internet, ingresará sus datos en el aplicativo del Servicio Público de Empleo y telefónicamente se le asignará una

7 cita con un profesional de la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam. - En ambos casos, los oferentes deberán diligenciar y firmar la autorización para uso de la información suministrada conforme con lo establecido por la Ley Estatutaria 1581 del Una vez diligenciado el formato de hoja de vida y firmado el formato de confidencialidad de datos personales, La Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam procede a crear o actualizar la hoja de vida del oferente en el aplicativo de intermediación laboral. - Si los oferentes ya están inscritos y vienen por actualización de la hoja de vida, La Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam busca en la base de datos para comprobar que efectivamente su hoja de vida esté inscrita y vigente y lo remite donde el profesional para la entrevista ocupacional. Si su registro está vencido debe realizar su solicitud como inscripción de primera vez. La Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam complementa la información del oferente a través de la elaboración de un perfil socio demográfico, ocupacional y psicológico para lo cual dispone de diferentes mecanismos cuantitativos y cualitativos de investigación. - La Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam invitará periódicamente a los oferentes a encuentros de direccionamiento, para la vinculación laboral, permanencia y empleabilidad y desarrollo personal a través del trabajo. Artículo 10. CONDICIONES, REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO PARA EL REGISTRO DE DEMANDATES Y VACANTES. - La Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam orienta a los empleadores demandantes en el registro de sus vacantes. - La Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam brinda toda la asesoría necesaria para que los demandantes de empleo ingresen la información necesaria en el aplicativo del servicio Público de Empleo para el registro de las vacantes a cubrir. - Todo demandante de empleo que pertenezca a la Agencia de Empleo Cafam Contará Con una clave de usuario exclusiva con el propósito de facilitar su proceso de inscripción de vacantes permanentemente. - Garantizar la veracidad de los datos suministrados, los documentos y los perfiles necesarios para cubrir las vacantes publicadas en el Servicio Público de Empleo.

8 - Informar a la Agencia de Empleo Cafam cuando una vacante haya sido cubierta por cualquier buscador de empleo remitido por el Servicio Público de Empleo. Artículo 11. PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE PRESELECCIÓN. La Agencia de Gestión y Colocación de Empleo realizará la preselección de candidatos en atención a las condiciones y requisitos establecidos por el demandante de empleo, preservando la plena aplicación del principio de igualdad. Artículo 12. TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN. La Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam está autorizada conforme al consentimiento expresamente otorgado por los oferentes y demandantes de empleo, para efectuar el tratamiento de los datos suministrados para la prestación del servicio de gestión y colocación, de conformidad con lo establecido en la ley 1581 de La información aquí referida estará a disposición de los prestadores del Servicio Público de Empleo, autorizados por el Ministerio del Trabajo, para el propósito que fue otorgada y con las restricciones que establece la ley 1581 de 2012, mediante su incorporación al Aplicativo del Servicio Público de Empleo. Artículo13. DERECHOS DE LOS TITULARES DE LA INFORMACIÓN. El Titular de los datos personales tendrá derecho a: a. Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente a los Responsables del Tratamiento o Encargados del Tratamiento; b. Solicitar prueba de la autorización otorgada al Responsable del Tratamiento; c. Ser informado por el Responsable del Tratamiento o el Encargado del Tratamiento, previa solicitud, respecto del uso que le ha dado a sus datos personales; d. Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones a lo dispuesto en la ley 1581 de 2012 y las demás normas que la modifiquen, adicionen o complementen; e. Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato cuando en el Tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales; f. Acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de Tratamiento. Artículo 14. DERECHO DE LOS OFERENTES. Los oferentes de trabajo tendrán derecho a:

9 a. Recibir atención adecuada y de calidad en la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam. b. Ser informado sobre el tratamiento que recibirán los datos personales que suministre a la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam. c. Rectificar la información registrada en el servicio público de empleo en cualquier momento. d. Recibir en forma gratuita los servicios básicos de gestión y colocación de empleo. e. Ser informado sobre los procedimientos establecidos para los servicios que solicite. f. Presentar quejas y reclamos a la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam y que estas sean atendidas dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su presentación. g. Conocer el reglamento de prestación de servicios de la Agencia de Gestión y Colocación de empleo Cafam. Artículo 15. OBLIGACIONES DE LOS OFERENTES DE EMPLEO. Los oferentes de empleo tendrán las siguientes obligaciones: a. Suministrar información veraz en el diligenciamiento del formato de hoja de vida. b. Asistir a los talleres de Orientación Laboral y a las capacitaciones en competencias laborales que la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam le sugiera para el mejoramiento del perfil laboral y de elegibilidad. c. Informar a la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam cuando haya sido contratado por cualquier empleador. d. Informar a la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam cuando no esté interesado en que continúen prestándole los servicios de gestión y colación. e. Conocer el reglamento de prestación de servicios de la Agencia de Gestión y Colocación de empleo Cafam. Artículo 16. DERECHOS DE LOS DEMANDANTES DE EMPLEO.

10 Los demandantes de empleo tendrán los siguientes derechos: a. Recibir un servicio adecuado y de calidad. b. Ser informado sobre el tratamiento que recibirán los datos que suministre a la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam. c. Rectificar la información registrada en el servicio público de empleo en cualquier momento. d. Recibir información sobre el costo que tendrán los servicios que solicita a la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam. e. Ser informado sobre el procedimiento establecido para los servicios solicitados. f. Conocer las gestiones realizadas por la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam en desarrollo de la prestación de servicio g. y presentar quejas y reclamos a la agencia de gestión y colocación y que estas sean atendidas dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su presentación. Artículo 17. OBLIGACIONES DE LOS DEMANDANTES DE EMPLEO. Los demandantes de empleo tendrán las siguientes obligaciones: a. Suministrar información veraz sobre las condiciones laborales de las vacantes ofertadas. b. Pagar a la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam la comisión, cuando haya lugar, por los servicios recibidos. c. Informar a la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam cuando las vacantes solicitadas y registradas hayan sido cubiertas. d. Informar a la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam cuando no esté interesado en que continúen prestándole los servicios de gestión y colocación. e. Conocer el reglamento de prestación de servicios de la Agencia de Gestión y Colocación de empleo Cafam. Artículo 18. OBLIGACIONES DE LA AGENCIA. La Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam tendrá las siguientes obligaciones:

11 a. Dar a conocer a los usuarios el Reglamento de Prestación de Servicios; b. Garantizar y hacer efectivo los derechos del titular de la información referidos en el artículo 12 del presente reglamento; c. Prestar los servicios básicos de gestión y colocación de forma gratuita a los oferentes; d. Garantizar, en sus actuaciones los principios de igualdad y no discriminación en el acceso al empleo, en los términos establecidos en el literal c del artículo 6 del decreto 722 de 2013; e. Garantizar en el desarrollo de sus actividades, el cumplimiento de los principios de universalidad, confiabilidad, transparencia y calidad del Servicio Público de Empleo; f. Prestar los servicios de gestión y colocación de empleo con respeto a la dignidad y el derecho a la intimidad de los oferentes y demandantes. El tratamiento de sus datos, se realizará atendiendo lo dispuesto por la Ley Estatutaria 1581 de 2012, el artículo 20 del Decreto 722 de 2013 y demás disposiciones sobre la materia; g. Permitir la corrección o modificación de la información registrada, en el momento que el oferente de trabajo así lo requiera, de conformidad con lo establecido en la Ley 1581 de h. Velar por la correcta relación entre las características de los puestos de trabajo ofertados y el perfil ocupacional, académico y/o profesional requerido; i. Hacer constar en el desarrollo de las actividades como agencia de gestión y colocación tal condición, así como en los medios de promoción y divulgación de su actividad, mencionando el número del acto administrativo mediante el cual fue autorizada, y la pertenencia a la Red de Prestadores del Servicio Público de Empleo; j. Presentar dentro de los primeros quince días del mes, los informes estadísticos sobre la gestión y colación de empleo realizada en el mes anterior, en los formatos y por los medios que establezca el Ministerio del Trabajo mediante resolución; k. Recibir, atender y responder las quejas y reclamos, que presenten los usuarios de la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su recepción Artículo 19. DE LA RECEPCIÓN Y ATENCION DE LAS QUEJAS Y RECLAMOS.

12 Los usuarios de la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam podrán presentar sus quejas y reclamos ante la Defensoría del Afiliado y el Usuario que tiene como propósito identificar el grado de satisfacción del cliente con la promesa de servicio, orientar la voz de los afiliados, clientes y usuarios para proteger sus derechos, e identificar necesidades de mejora para retroalimentar el Sistema de Gestión. Si el oferente o demandante tiene alguna petición, queja, reclamo o sugerencia relacionada con los productos o servicios que presta Cafam, puede radicar su solicitud en: - Los buzones Yo opino, ubicados en los puntos de atención Cafam. - Los puntos de atención al cliente. - Las centrales de servicios Cafam. - Los centros de educación Cafam. - Los centros de atención en salud Cafam. - El Club Campestre Cafam. - El Centro de Vacaciones Cafam Melgar. - La Línea de Atención: , opción 2. Y fuera de Bogotá en el: Allí un funcionario atenderá tu inquietud y tomará tus datos para darte una pronta respuesta. - Pensando en recibir y conocer las necesidades o requerimientos de todos nuestros usuarios, recibimos comentarios o ideas por medio de una carta directa en nuestros puntos de atención Cafam o a través del fax: , extensiones: 2334 y Los correos electrónicos: defensordelafiliado@cafam.com.co o defensoriadelafiliado@cafam.com.co o directamente en nuestro portal web. Para contactar al Defensor del Afiliado y el Usuario debes incluir en tu petición, queja, reclamo o sugerencia lo siguiente: Nombre completo. Número de identificación, dirección, número telefónico, fax o correo electrónico. Un breve resumen de los hechos, razones y causas de tu inquietud, en lo posible con hora, fecha y detalles que permitan darte una pronta solución. Es importante que el oferente o demandante de empleo registrado en la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Cafam recuerde que el servicio prestado por la Defensoría del Afiliado y el Usuario está a disposición de los afiliados, clientes y usuarios, y aplica para todas las unidades de la Caja que suministran productos y servicios. Para dar cumplimiento a las normas establecidas por la Caja y a las directrices de la Superintendencia de Subsidio Familiar, nuestra respuesta a la solicitud debe darse en máximo diez (10) días hábiles después de radicada tu petición.

13 Sin embargo, máximo en los cinco (5) días hábiles siguientes daremos respuesta cuando el afiliado, cliente o usuario esté presentando un caso que ya había sido tramitado y cerrado anteriormente, pero que por alguna circunstancia es necesario retomar ante la insatisfacción que nuevamente se manifiesta. Asimismo los oferentes y demandantes de empleo, buscando en YouTube: Defensoria del Afiliado Cafam, podrán informarse sobre esta unidad de Cafam.

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