PROTOCOLOS DE MEMBRESÍA Y DIRECCIÓN, REVISIÓN DE JUNIO DE 2013
|
|
- Víctor Manuel González de la Fuente
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 PROTOCOLOS DE MEMBRESÍA Y DIRECCIÓN, REVISIÓN DE JUNIO DE 2013 HISTORIA Aprobados por el Consejo de Miembros de OCLC el 10 de febrero de Ratificados por el Consejo Directivo de OCLC el 20 de abril de Reemplazo del Artículo II aprobado por el Consejo de Miembros el 19 de mayo de 2009, y ratificado por el Consejo Directivo el 8 de junio de Revisado por el Consejo Directivo de OCLC el 14 de junio de 2010, ratificado por voto electrónico del Consejo Global el 21 de junio de Esta versión fue aprobada por el Consejo Directivo de OCLC el 10 de junio de 2013, y ratificada por voto electrónico del Consejo Global entre el 16 y el 19 de junio de I. PREÁMBULO Y DEFINICIONES El presente documento establece los siguientes protocolos de membresía y dirección de la cooperativa de OCLC. Está autorizado por el Artículo IV y pasajes subsiguientes del Código de Reglamentaciones de OCLC. Compartir es el fundamento de OCLC, y este concepto incluye registros, materiales en numerosos formatos, personal e investigación. Desde 1977 hasta la fecha, el uso de WorldCat para compartir información sobre existencias y recursos ha constituido la base para la membresía de OCLC y el requisito previo para la participación en la dirección. Expandir la membresía en la cooperativa ha sido un objetivo permanente. Para las instituciones miembro, la mayor diversidad significa una cantidad superior de recursos disponibles en WorldCat y una base más amplia para compartir los costos de las operaciones, la investigación y la promoción. La nueva red WorldShare facilitará un intercambio más sencillo y eficiente entre las instituciones. La estructura directiva de OCLC ha evolucionado considerablemente en la última década. La organización se ha vuelto más global y el entorno de tecnología de la información se ha trasladado y transformado, por lo cual los recursos de las bibliotecas de todo el mundo son más accesibles. A partir de los delegados de transición provenientes de seis países no representados que en 2001 se sumaron al Consejo de Miembros de ese entonces, OCLC ha procurado aumentar y diversificar la representación con el fin de comprender el mercado bibliotecario global y conectar las bibliotecas de todo el mundo. Durante la última década, OCLC ha adquirido varias compañías que producen sistemas integrados de bibliotecas. Muchas de estas bibliotecas no están representadas en el proceso directivo, dado que sus sistemas no se integran fácilmente con WorldCat, por lo cual no es posible definir las existencias y utilizar el intercambio de recursos global un requisito previo para la membresía. OCLC se ha embarcado en un ambicioso programa para unificar estos actuales servicios (y otros en fase de desarrollo) en una nueva red WorldShare. Ahora, OCLC pretende incorporar las voces de futuros y potenciales usuarios de la red WorldShare a la dirección ofreciendo la membresía a bibliotecas que utilizan los servicios de OCLC y que no han 1 Protocolos de Membresía y Dirección, vigente al 1 de julio de 2013
2 reunido anteriormente los requisitos para ese estado. El objetivo es fomentar un ambiente que valore el intercambio de contenido intelectual y el mutuo apoyo institucional a través de la nueva red, desde sus etapas incipientes. La red proporcionará a todas las instituciones participantes la oportunidad de compartir contenido intelectual, en un modo en el cual el intercambio será el valor por defecto en lugar de una opción. Esta transformación ofrece oportunidades de inclusión, sin dejar de mantenerse fiel a la misión permanente de fomentar el acceso a la información mundial y reducir el incremento de los costos bibliotecarios. Para estar a la altura de su visión, Las bibliotecas del mundo, conectadas, OCLC debe prestar servicio a sus instituciones miembro con un proceso claro que honre la tradición y al mismo tiempo dé lugar a nuevos modelos. Tanto los delegados de transición del Consejo de Miembros de mediados de la década de 2000, como los animados y productivos debates en los distintos grupos de usuarios de productos, demuestran que las grandes ideas provienen de muchos lugares. Los aportes de personas que trabajan en instituciones que no han participado anteriormente en la dirección bajo las actuales reglas podrían beneficiar a toda la cooperativa. A los efectos de este documento, regirán las siguientes definiciones: Entidad administrativamente independiente: Un miembro de OCLC es administrativamente independiente si dirige sus propias políticas o gastos, si su independencia es reconocida a los efectos fiscales o legales, o si representa la máxima unidad operativa de mando ante, por ejemplo, unidades de menor rango que se encuentran bajo sus órdenes y la entidad se encuentra bajo las órdenes de un consejo directivo, un rector universitario, decano, preboste, vicerrector o algún funcionario o cargo operativo principal. De igual modo, un miembro es administrativamente independiente si está en el máximo nivel de su jerarquía administrativa, es decir, si las unidades de menor rango se encuentran bajo sus órdenes (en caso de que existan tales unidades de menor rango). Sociedad anónima o asociación civil sin fines de lucro: Véase OCLC. OCLC: OCLC Online Computer Library Center es una organización de membresía que brinda servicios de biblioteca e investigación y se dedica a los fines públicos de fomentar el acceso a la información mundial y reducir el incremento de los costos bibliotecarios. Según las leyes fiscales de los Estados Unidos, OCLC es reconocida como una organización sin fines de lucro y exenta de impuestos. En otros países, las operaciones de OCLC pueden estructurarse de acuerdo con la legislación fiscal local como una filial de propiedad absoluta y con fines de lucro de la organización estadounidense. Cooperativa de OCLC: La frase cooperativa de OCLC hace referencia, de manera colectiva, a los miembros de OCLC (por lo general, bibliotecas, archivos o museos), la estructura directiva de OCLC (el Consejo Directivo y los Consejos Global y Regionales) y la asociación civil sin fines de lucro de OCLC. Intercambio de recursos global : Se refiere a la oportunidad que ofrecen los sistemas de OCLC de compartir los activos intelectuales de una institución miembro, más allá del círculo inmediato de la institución, con la cooperativa de OCLC en general. 2 Protocolos de Membresía y Dirección, vigente al 1 de julio de 2013
3 II. MIEMBROS Instituciones calificadas El Artículo IV del Código de Reglamentaciones de OCLC establece que serán miembros aquellas entidades que cumplan los requisitos mínimos pero constantes de compromiso con OCLC, de acuerdo con lo estipulado en los Protocolos de Membresía y Dirección de OCLC. La Sección A del Artículo IV del Código confiere al Comité de Membresía la facultad de desarrollar la definición de Membresía para su revisión y aprobación por parte del Consejo Global y el Consejo Directivo. Cualquier biblioteca, archivo o museo que adhiera a los valores de cooperación e intercambio de OCLC es bienvenido. Una institución reúne los requisitos para ser miembro de OCLC al realizar una o varias de las siguientes actividades de manera continua: Intercambio de contenido intelectual y/o participación en el intercambio de recursos o referencias a nivel global, a través de una suscripción o contratación de un sistema de OCLC; o Aporte de contenido intelectual o participación en el intercambio global de recursos o referencias por medio de un sistema de OCLC provisto por otra organización, como una cooperativa o consorcio local o regional, una biblioteca estatal o provincial, o una biblioteca nacional; o Suscripción o contratación de un sistema de administración de bibliotecas de OCLC que facilite el intercambio global durante la transición a WorldShare. Como política, siempre que sea posible, los acuerdos con dichas cooperativas o consorcios locales o regionales, bibliotecas estatales o provinciales o bibliotecas nacionales deben incluir cláusulas que otorguen a OCLC acceso razonable a todos los participantes del grupo representado por esas organizaciones. Una institución puede optar por excluirse del ejercicio de sus derechos de membresía en cualquier momento. Las instituciones pueden solicitar que se las excluya de la lista de correspondencia haciendo clic en los vínculos correspondientes incluidos con cada mensaje de correo electrónico. Para excluirse de las planillas de electores, los directores de las instituciones pueden comunicarse con la División de los Consejos Global y Regionales de OCLC. Los distribuidores de bibliotecas y los proveedores comerciales de metadatos no reúnen los requisitos para ser miembros, pero pueden participar a través del Programa de Socios de OCLC. La cooperativa se fortalece con la diversidad de sus miembros, tanto en términos geográficos como en relación con el tipo de institución o su magnitud. Los miembros se unen a través de contenidos y procesos similares y complementarios, y se conectan a través de un propósito mutuo, una iniciativa compartida y la creación, el intercambio y la administración de metadatos, contenidos y otros recursos. Por ejemplo, WorldCat se mantiene a través de las tareas de cooperación de los miembros de OCLC. Compromiso con la cooperación innovadora y el éxito mutuo 3 Protocolos de Membresía y Dirección, vigente al 1 de julio de 2013
4 Los miembros se guían por las políticas de OCLC pertinentes, donde se especifican buenas prácticas para los miembros de la cooperativa que se basan en valores compartidos, la confianza y la reciprocidad en la comprensión de los derechos y las responsabilidades. Estas políticas se centran en los derechos y las responsabilidades de los miembros con el objetivo de fomentar la innovación y el intercambio, así como de preservar la integridad y la viabilidad fiscal de los recursos compartidos de la cooperativa. Los miembros de OCLC realizan intercambios de diversas formas, que incluyen sin carácter limitativo: La contribución de metadatos, incluidos registros de autoridad, a WorldCat; El intercambio de información sobre existencias; El intercambio de recursos y experiencia, como en una cooperativa de referencia; La facilitación de contenido digital a otros miembros; El intercambio de materiales a través del uso de los servicios de OCLC; o La suscripción o contratación de un sistema de administración de bibliotecas de OCLC que facilite el intercambio global durante la transición a WorldShare. Recíprocamente, en sus decisiones presupuestarias y de desarrollo, el Consejo Directivo y la administración de OCLC deben respaldar servicios que atraigan y retengan a los miembros y que alienten la colaboración. Derechos de voto Los derechos de voto de los miembros están establecidos en el Código de Reglamentaciones de OCLC. La membresía continuará por un año después de la última fecha de actividad conforme a la suscripción o al acuerdo contractual. Las instituciones deben ser notificadas con un plazo razonable sobre tal cambio de estado. Asimismo, las instituciones también pueden cancelar su membresía voluntariamente mediante notificación a la División de los Consejos Global y Regionales de OCLC y, por lo tanto, dejar de participar en la dirección de OCLC. El Comité de Membresía facilitará la resolución de toda controversia sin resolver acerca del estado de miembro. Los Miembros Delegados del Consejo Global (según se describen en la Sección V) pertenecen a las instituciones miembro. Todos los delegados electos son miembros con pleno derecho a voto del propio Consejo Global. Revisión de los requisitos para la transición Dado que estos cambios en los requisitos de membresía están destinados a conectar a las bibliotecas en etapa de transición con la cooperativa, estos Protocolos deben ser revisados anualmente por el Comité de Membresía en el contexto de la implementación de la red WorldShare. A más tardar en el tercer aniversario de la fecha de vigencia de estos Protocolos, el Comité de Membresía llevará a cabo una reevaluación completa de los requisitos de membresía con el objeto de cumplir la misión, la visión y el fin público de la cooperativa: Fomentar el acceso a la información mundial y reducir el incremento de los costos bibliotecarios. 4 Protocolos de Membresía y Dirección, vigente al 1 de julio de 2013
5 III. REGIONES Actualmente existen tres Regiones de OCLC: Europa, Medio Oriente y África; Asia y el Pacífico; y América. Estas regiones podrán aumentar, fusionarse, subdividirse o modificarse de cualquier otra manera según resulte necesario con el fin de reflejar los cambios en el entorno de trabajo. A medida que OCLC crezca y evolucione, los Consejos Regionales también podrán aumentar, fusionarse, subdividirse o modificarse. Las modificaciones en la cantidad de Consejos Regionales, o en su definición, ameritan un cambio en estos Protocolos, según se describe en la Sección VII a continuación. Ninguna de las disposiciones del presente documento deberá interpretarse en el sentido de eliminar, reducir o disuadir otros grupos consultivos conformados por miembros de OCLC. IV. CONSEJOS REGIONALES En cada una de las regiones, un Consejo Regional asesorará a OCLC. El Consejo Regional se define como una asamblea de electores de los miembros de OCLC en esa región. Deberes Los Consejos Regionales se desempeñarán como: Propósito Una unidad directiva de OCLC encargada de elegir a los Miembros Delegados para el Consejo Global, según se describe en el Artículo IV del Código de Reglamentaciones de OCLC; Un conducto bidireccional para posibilitar la interacción más amplia e inclusiva posible entre el personal, los miembros, los participantes y las partes interesadas de OCLC; Generadores de nuevas ideas e iniciativas dentro de la cooperativa; Un foro inclusivo y un vehículo que permita a los representantes de las bibliotecas, archivos o museos interesados conocer más sobre OCLC y enterarse de las oportunidades de participación en la cooperativa. Los Consejos Regionales participan en la dirección de OCLC eligiendo delegados para el Consejo Global (véase el texto a continuación y las Secciones C-G del Artículo IV del Código de Reglamentaciones de OCLC). Los Consejos Regionales facilitan el debate de cuestiones con la cooperativa de OCLC. Dirección Cada Consejo Regional tendrá un Presidente, que será un empleado o miembro de la junta directiva de un miembro de OCLC de esa región. El Presidente no podrá ser un empleado de OCLC. Cada Consejo Regional creará y modificará sus propios procedimientos internos. En caso de que no exista ningún procedimiento interno, la última edición de The Standard Code of Parliamentary Procedure (El Código Estándar de Procedimiento Parlamentario) de Alice Sturgis constituirá la autoridad procedimental. Con el fin de garantizar la coherencia procedimental 5 Protocolos de Membresía y Dirección, vigente al 1 de julio de 2013
6 entre las regiones, estos procedimientos podrán ser finalmente modificados por el voto mayoritario del Comité Ejecutivo del Consejo Global, según se define más adelante en el presente, si este último lo considera conveniente. Reuniones Organización. Cada año, el Presidente del Consejo Regional, en colaboración con el personal de OCLC, deberá planificar y celebrar al menos una reunión en persona del Consejo Regional. Financiamiento. Cada región recibirá una asignación anual del presupuesto de OCLC para la organización de esta reunión en persona. La asignación se determinará como parte del proceso presupuestario anual. Comité de organización. El Presidente del Consejo Regional, en consulta con el personal de OCLC, podrá designar un comité de organización para planificar la agenda y llevar a cabo las reuniones del Consejo Regional. Los miembros del comité de organización podrán recibir un reembolso de los gastos efectivamente incurridos en el desempeño de sus funciones. Agenda. La agenda de cada Consejo Regional deberá incluir una combinación de cuestiones regionales y globales, así como un análisis de la dirección estratégica de OCLC. Participación del personal y el Consejo Directivo de OCLC En la reunión de cada Consejo Regional, el personal de OCLC estará representado por la administración ejecutiva de la cooperativa, incluido el Presidente y Director General o el/los Vicepresidente/s correspondientes que puedan responder de manera efectiva a las preguntas e inquietudes de los miembros. OCLC hará todo lo posible por garantizar la asistencia de al menos un integrante del Consejo Directivo a cada reunión del Consejo Regional. Votación En la reunión del Consejo Regional, cada miembro de OCLC tendrá derecho a emitir un (1) voto, ya sea en persona, por medios electrónicos o a través de un apoderado, sobre cada cuestión debidamente planteada ante el Consejo Regional para someterla a votación, o para su consentimiento, renuncia, exención u otra medida. Cada miembro de OCLC deberá designar a un representante para que emita su voto en las reuniones del Consejo Regional. Reuniones abiertas Las reuniones del Consejo Regional serán abiertas, aunque únicamente podrán participar y votar los miembros de OCLC. Costos A excepción de los casos contemplados anteriormente, los costos y gastos incurridos en asistir a las reuniones serán responsabilidad del miembro de OCLC o los asistentes particulares. Comités 6 Protocolos de Membresía y Dirección, vigente al 1 de julio de 2013
7 Los Consejos Regionales deberán crear todos los comités que consideren necesarios o convenientes con el fin de llevar a cabo sus propósitos, dentro de las limitaciones presupuestarias de cada Consejo Regional. Ejecutivos El Consejo Regional creará todas las oficinas y seleccionará a todos los ejecutivos que considere convenientes para llevar a cabo sus actividades internas, estableciéndose, no obstante, que ninguno de tales ejecutivos tendrá o se atribuirá ante terceros facultades para obligar a OCLC. Otras reuniones Oportunamente, podrán realizarse otras reuniones del Consejo Regional tras la convocatoria conjunta del Presidente del Consejo y el Presidente y Director General de OCLC o la persona por ellos designada. Ninguna de las disposiciones de este documento deberá interpretarse en el sentido de prohibir o disuadir otros tipos de reuniones, como las reuniones de comités consultivos nacionales o grupos ad hoc para abordar temas específicos. V. REUNIÓN ANUAL DEL CONSEJO GLOBAL Reuniones El Consejo Global se reunirá en persona al menos una vez al año. En esta reunión, en adelante denominada Reunión Anual del Consejo Global ( AGCM, por sus siglas en inglés), el Consejo Global elegirá a sus ejecutivos, ratificará o rechazará modificaciones incorporadas al Código y al Acta de OCLC de acuerdo con lo propuesto por el Consejo Directivo, y elegirá a los integrantes del Consejo Directivo de OCLC. Miembros Delegados Los Miembros Delegados del Consejo Global se elegirán en las reuniones de los Consejos Regionales para representar a los miembros de OCLC que componen cada uno de estos Consejos Regionales. El proceso para la selección de los Miembros Delegados se establecerá de acuerdo con las normas locales y se codificará en los procedimientos a los que se hace referencia en la sección Dirección que antecede. Requisitos Los Miembros Delegados deben ser empleados o miembros de las juntas directivas de los miembros de OCLC. Los empleados de OCLC no podrán desempeñarse como Miembros Delegados. Responsabilidades Los Miembros Delegados tienen dos responsabilidades directivas: Elegir a seis (6) integrantes del Consejo Directivo de OCLC para un mandato de cuatro años. 7 Protocolos de Membresía y Dirección, vigente al 1 de julio de 2013
8 Ratificar o rechazar por voto mayoritario las modificaciones a los documentos fundacionales de OCLC, el Código de Reglamentaciones y el Acta Constitutiva. Asimismo, los Miembros Delegados: Podrán desempeñarse en el Comité de Membresía del Consejo Directivo Reflejarán y articularán los diversos intereses e inquietudes de sus respectivas regiones ante el Consejo Directivo y la administración de OCLC Brindarán asesoramiento al Consejo Directivo y a la administración de OCLC con respecto a cuestiones críticas emergentes que requieran seguimiento, planificación u otras respuestas por parte de OCLC y que sirvan como aporte para tomar decisiones en cuanto a la propia planificación estratégica de OCLC Aportarán comentarios al Consejo Directivo y a la administración de OCLC acerca de las direcciones estratégicas de OCLC Fortalecerán la cooperativa en todo el mundo. Notificación previa A los efectos de posibilitar que las conversaciones y elecciones locales procedan de manera oportuna, el Consejo Directivo de OCLC notificará al Presidente del Consejo Global, al Vicepresidente de los Consejos Global y Regionales y a los Presidentes de cada Consejo Regional de toda propuesta de modificación a los documentos fundacionales conforme a lo mencionado anteriormente con la mayor anticipación posible y, a más tardar, diez (10) días antes de la celebración de la AGCM. Votación Durante la AGCM, cada Miembro Delegado tendrá derecho a emitir un (1) voto, ya sea en persona o a través de un apoderado, en todas las votaciones, consentimientos, renuncias, exenciones y elecciones de integrantes del Consejo Directivo. Comités Durante cada AGCM, se seleccionará un Comité de Nombramiento. Este comité se encargará de aceptar postulaciones y recomendaciones para las vacantes en el Consejo Directivo del próximo año. El Comité de Nombramiento presentará una lista de dos candidatos para cada vacante en el Consejo Directivo. El Comité de Nombramiento estará compuesto por dos Miembros Delegados de cada región de OCLC, seleccionados por el Presidente de la región correspondiente, y un Presidente del comité, seleccionado por el Presidente del Consejo Global con el asesoramiento del Comité Ejecutivo. El Comité de Nombramiento deberá notificar al Presidente del Consejo Global, al Vicepresidente de los Consejos Global y Regionales y a los Presidentes de cada Consejo Regional sobre sus candidatos para el Consejo Directivo, a más tardar sesenta (60) días antes de la celebración de la AGCM. Los Miembros Delegados crearán todos los demás comités que consideren necesarios o convenientes a los efectos de llevar a cabo sus propósitos. Ejecutivos 8 Protocolos de Membresía y Dirección, vigente al 1 de julio de 2013
9 Los Miembros Delegados crearán todas las oficinas y elegirán a todos los ejecutivos que consideren convenientes para llevar a cabo sus actividades internas, estableciéndose, no obstante, que ninguno de tales ejecutivos tendrá o se atribuirá ante terceros facultades para obligar a OCLC. Costos Los costos y gastos de la AGCM y la asistencia de los Miembros Delegados correrán por cuenta de OCLC de conformidad con la suma total presupuestada que determine el Consejo Directivo. Agenda Las agendas de las reuniones del Consejo Global reflejarán las cuestiones e inquietudes elevadas desde los Consejos Regionales, así como cuestiones de interés general para la cooperativa. VI. FÓRMULA DE ASIGNACIÓN DE DELEGADOS OCLC es y continuará siendo una organización de membresía. Las instituciones miembro son entidades administrativamente independientes y no, por ejemplo, sucursales, puntos de servicio o unidades departamentales de menor rango de organizaciones principales. Si bien los ingresos se utilizan como base de esta fórmula, los ingresos en sí no constituyen ni equivalen a una membresía de la cooperativa, y se utilizan exclusivamente como el parámetro para estimar el aporte intelectual a los fines de calcular la representación. El Consejo Global contará con cuarenta y ocho (48) Miembros Delegados. En diciembre de cada año, el personal del Consejo Global determina la cantidad de delegados que representarán a cada región en el Consejo Global. A tal fin, aplicará la siguiente fórmula: El veinticinco por ciento (25%) de la cantidad total de delegados constituirá la cantidad básica de Miembros Delegados equitativamente distribuidos entre las regiones. Cada región recibirá la asignación de un porcentaje del 75% restante de Miembros Delegados que será proporcional al porcentaje de ingresos totales correspondiente a esa Región generados por OCLC durante los tres (3) años fiscales completos previos a la asignación. Esta base de ingresos corresponderá a los ingresos totales de OCLC obtenidos a partir de todos sus servicios y productos, medidos en dólares estadounidenses, conforme a lo especificado en los estados contables anuales auditados. La cantidad de Miembros Delegados asignados se someterá a una revisión periódica a los efectos de determinar que la cantidad de Delegados sea tanto efectiva como representativa de la cooperativa. VII. PROCEDIMIENTOS PARA LA MODIFICACIÓN DEL PRESENTE DOCUMENTO Las propuestas de modificación del presente documento se originarán en el Comité de Membresía del Consejo Directivo. Tales modificaciones deberán ser aprobadas por el Consejo 9 Protocolos de Membresía y Dirección, vigente al 1 de julio de 2013
10 Directivo a través del voto a favor de dos tercios (2/3) de los integrantes de ese Consejo Directivo que emitan su voto. Luego, las modificaciones propuestas deberán ser ratificadas por el voto mayoritario de los Miembros Delegados presentes (i) en una reunión del Consejo Global convocada para tal fin donde se constituya quórum, (ii) en virtud de un voto electrónico. VIII. FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA Estos protocolos entraron en vigencia originalmente el 1 de julio de Esta revisión rige a partir del 1 de julio de Protocolos de Membresía y Dirección, vigente al 1 de julio de 2013
ESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN
ESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO. Artículo 1. Con la denominación de Conferencia
Más detallesReglamento de la Comisión de Auditoría y Control de Banco de Sabadell, S.A.
Reglamento de la Comisión de Auditoría y Control de Banco de Sabadell, S.A. Í N D I C E Capítulo I. Artículo 1. Artículo 2. Artículo 3. Preliminar Objeto Interpretación Modificación Capítulo II. Artículo
Más detallesFAES FARMA, S.A. a la COMISION NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES comunica el siguiente: HECHO RELEVANTE
FAES FARMA, S.A. a la COMISION NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES comunica el siguiente: HECHO RELEVANTE Que en la reunión del Consejo de Administración de la Sociedad celebrada hoy se han aprobado los nuevos
Más detallesREGLAS DE FUNCIONAMIENTO COMITÉ REGIONAL DE LA JUVENTUD COOPERATIVAS DE LAS ÁMERICAS IDENTIDAD Y DEFINICIONES
ARTÍCULO 1: Nombre y Siglas REGLAS DE FUNCIONAMIENTO COMITÉ REGIONAL DE LA JUVENTUD COOPERATIVAS DE LAS ÁMERICAS IDENTIDAD Y DEFINICIONES 1.1 Su nombre oficial es Comité Regional de Juventud de Cooperativas
Más detallesAdopción SÍ NO PRÁCTICA. 1.- Del funcionamiento del Directorio.
1.- Del funcionamiento del Directorio. A. De la adecuada y oportuna información del Directorio, acerca de los negocios y riesgos de la sociedad, así como de sus principales políticas, controles y procedimientos.
Más detallesCondiciones generales
Condiciones generales Objeto. Descripción de los servicios IURISCAR S.L. domiciliada en C/ Fuencarral nº 135, 3º exterior izda. 28010 Madrid, CIF: B-83610352, es el creador y propietario de la Base de
Más detallesForo Nacional de Armonización Legislativa Bibliotecaria
Foro Nacional de Armonización Legislativa Bibliotecaria Propuesta de Reformas al Marco Jurídico de las Bibliotecas en México presentada por la Dirección General de Bibliotecas del Consejo Nacional para
Más detallesREGLAMENTO TIPO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS
REGLAMENTO TIPO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS (Informado positivamente por Consejo de Gobierno de 10 de octubre de 2008)
Más detallesREGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE MERCADAL DE VALORES, SICAV, SA
REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE MERCADAL DE VALORES, SICAV, SA CAPÍTULO I LA JUNTA GENERAL Artículo 1. Clases de Juntas 1. La Junta General de Accionistas podrá ser Ordinaria o Extraordinaria, rigiéndose
Más detallesInforme Anual de Actividades 2010. Comité de Auditoría y Cumplimiento de Vocento, S.A.
Informe Anual de Actividades 2010 Comité de Auditoría y Cumplimiento de Vocento, S.A. 23 de Febrero de 2011 ÍNDICE 1. DESCRIPCIÓN, MOTIVOS Y OBJETIVOS DEL INFORME ANUAL DE ACTIVIDADES 2. ANTECEDENTES DEL
Más detallesProceso de Desarrollo de Políticas de LACNIC Versión 2.0
Proceso de Desarrollo de Políticas de LACNIC Versión 2.0 Alcance Este documento describe el proceso por el cual pasará el desarrollo de políticas de LACNIC. Incluye la operación de los diferentes órganos
Más detallesCURSO CREAR Y GESTIONAR UNA ASOCIACIÓN Módulo I. Instituto Aragonés de la Juventud Rosario Lázaro Marín
CURSO CREAR Y GESTIONAR UNA ASOCIACIÓN Módulo I Instituto Aragonés de la Juventud Rosario Lázaro Marín MODULO I LA CREACIÓN DE UNA ASOCIACIÓN Para qué crear una asociación? Para compartir una idea. Para
Más detallesPara efectos de este Reglamento considérense las siguientes definiciones:
Pág 1 ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA AGROPECUARIA DE MANABÍ MANUEL FÉLIX LÓPEZ REGLAMENTO PARA LA ELABORACIÓN DE TESIS DE GRADO DE CUARTO NIVEL CAPÍTULO I DEFINICIONES Y AMBITO DEL PRESENTE REGLAMENTO Art.
Más detallesESTATUTOS DE LA FIAT/IFTA Versión Española - Mayo de 2007
ESTATUTOS DE LA FIAT/IFTA Versión Española - Mayo de 2007 ARTÍCULO 1 Se crea entre responsables de servicios de archivo de organizaciones de televisión una asociación sin fines lucramvos, al amparo de
Más detallesTR HOTEL AJRDÍN DEL MAR, S.A.
CERTIFICADO SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE SE DERIVAN DE DETERMINADAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE SOCIEDADES DE CAPITAL QUE FORMAN PARTE DE LAS NORMAS DE ORDENACIÓN Y DISCIPLINA DEL MERCADO
Más detallesBoletín sobre Ley 25/2011, de 1 de agosto, de reforma parcial de la Ley de Sociedades de Capital
Boletín sobre Ley 25/2011, de 1 de agosto, de reforma parcial de la Ley de Sociedades de Capital NOVEDADES SOCIETARIAS Nos complace informarles acerca de las importantes modificaciones legislativas recientemente
Más detallesII PLAN LOCAL DE VOLUNTARIADO 2015-2018. INTRODUCCIÓN-FUNDAMENTACIÓN
II PLAN LOCAL DE VOLUNTARIADO 2015-2018. INTRODUCCIÓN-FUNDAMENTACIÓN El Voluntariado es una forma de participación ciudadana que permite que los poderes públicos cumplan con el mandato del artículo 12.1
Más detallesASOCIACIÓN UNIVERSIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO ADECUADA AL D.L. N 882. Estatuto Social
ASOCIACIÓN UNIVERSIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO ADECUADA AL D.L. N 882 Estatuto Social 2007 Í N D I C E TÍTULO I.- De la Denominación, Duración y Domicilio.. 7 TÍTULO
Más detallesREGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA RED DE INCLUSIÓN SOCIAL
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA RED DE INCLUSIÓN SOCIAL El artículo 3.1.e) del Reglamento 1081/2006 del Fondo Social Europeo (FSE) establece que éste apoyará la creación de redes a nivel transnacional,
Más detallesREGLAMENTO DE CONSEJO DE ESCUELA
CONSEJO UNI VERSI TARI O REGLAMENTO DE CONSEJO DE ESCUELA CAPÍTULO I De la naturaleza, integración y convocatoria del Consejo ARTÍCULO 1: 1 El Consejo de Escuela es el órgano superior de tipo colegiado
Más detallesESTATUTOS DE LA SOCIEDAD CUBANA DE QUIMICA
ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD CUBANA DE QUIMICA Capítulo Enunciado Artículos I Del nombre y objeto 1-6 II De los miembros 7-9 III Derechos y deberes de los Miembros 10-12 IV De los Órganos de la Sociedad y
Más detallesINFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A
INFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A. EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN ESTATUTARIA A QUE SE REFIERE EL PUNTO CUARTO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL
Más detallesPRINCIPIOS QUE RIGEN LAS RELACIONES ENTRE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD Y LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES 1
RELACIONES CON LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES 81 PRINCIPIOS QUE RIGEN LAS RELACIONES ENTRE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD Y LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES 1 1. Introducción 1.1 De conformidad
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0084/2009
Informe 0084/2009 La consulta plantea si la Junta de propietarios de una comunidad de viviendas en régimen de propiedad horizontal puede acordar la cesión de datos personales de los propietarios, a terceros
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 12 de diciembre de 2009
Orden EHA/3364/2008, de 21 de noviembre, por la que se desarrolla el artículo 1 del Real Decreto-ley 7/2008, de 13 de octubre, de Medidas Urgentes en Materia Económico-Financiera en relación con el Plan
Más detallesREGLAMENTO DEL SERVICIO TELOCONSIGO CREDOMATIC DE COSTA RICA S.A.
REGLAMENTO DEL SERVICIO TELOCONSIGO CREDOMATIC DE COSTA RICA S.A. PRIMERO: PROPIEDAD DEL PROGRAMA: El presente reglamento pertenece en forma exclusiva a CREDOMATIC DE COSTA RICA, S.A., empresa que en adelante
Más detallesEMPRESAS AQUACHILE S.A. ANEXO NCG No. 341
ANEO NCG No. 341 Práctica Adopción SI NO 1. Del Funcionamiento del Directorio A. De la adecuada y oportuna información del directorio, acerca de los negocios y riesgos de la Sociedad, así como de sus principales
Más detallesIniciativa de Red Global Protegiendo y promoviendo la libertad de expresión y la privacidad en las tecnologías de información y comunicaciones
Iniciativa de Red Global Protegiendo y promoviendo la libertad de expresión y la privacidad en las tecnologías de información y comunicaciones Principios de libertad de expresión y privacidad 1. Preámbulo
Más detallesACUERDO 026 DE 2008 (Acta 011 del 2 y 3 de octubre) Por el cual se crea la Editorial Universidad Nacional de Colombia
CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO ACUERDO 026 DE 2008 (Acta 011 del 2 y 3 de octubre) Por el cual se crea la Editorial Universidad Nacional de Colombia EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO en uso de sus facultades
Más detalles(2) La Fundación está autorizada a recibir ayudas de terceros. La Fundación promueve recibir más ayudas de terceros.
1 Ley de la Fundación Contergan para Personas Discapacitadas (Ley de la Fundación Contergan, ContStifG) en su versión modificada tras la Tercera Ley de Enmienda en 2013 Sección 1 Disposiciones Generales
Más detallesPARA COMERCIANTES Y AUTÓNOMOS. INFORMACIÓN SOBRE TARJETAS DE CRÉDITO.
PARA COMERCIANTES Y AUTÓNOMOS. INFORMACIÓN SOBRE TARJETAS DE CRÉDITO. QUÉ DEBES SABER CUANDO ACEPTAS UNA TARJETA COMO FORMA DE PAGO EN TU ESTABLECIMIENTO? Hace ya muchos años que la mayoría de las microempresas
Más detallesatribuciones de la Junta Académica: REGLAMENTO DE TRABAJOS DE GRADO DE LA FACULTAD DE DISEÑO
REGLAMENTO DE TRABAJOS DE GRADO DE LA FACULTAD DE DISEÑO CAPITULO I DE LOS FINES: Art. 1. La Junta Académica para la realización de los trabajos de grado, tendrá las siguientes finalidades: a) Sugerir
Más detallesSuplemento Enero 2014
DOCUMENTOS BÁSICOS Volumen I Edición de 2010 Suplemento Enero 2014 En su 109º periodo de sesiones, celebrado del 5 al 9 de noviembre de 2012, el Consejo aprobó enmiendas al Reglamento que rige las resoluciones
Más detallesGuía para los Primeros Delegados
www.piarc.org 2011 Guía para los Primeros Delegados Usted es el Primer Delegado de su país en la Asociación Mundial de la Carretera debido al puesto preponderante que ocupa en el sector de las carreteras
Más detallesArtículo 2. Comisión de coordinación de los trabajos de fin de máster universitario
NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALES DE MÁSTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I (Aprobada por el Consejo de Gobierno núm. 26 de 26 de julio de 2012, modificada por el Consejo de Gobierno núm.30, de 11 de diciembre
Más detallesFORO PORTUARIO IBEROAMERICANO. Organización y Reglas de Funcionamiento
FORO PORTUARIO IBEROAMERICANO Organización y Reglas de Funcionamiento Diciembre 2003 FORO PORTUARIO IBEROAMERICANO Organización y Reglas de Funcionamiento 1. El Foro Portuario Iberoamericano (en lo sucesivo,
Más detallesGerència de Recursos Direcció del Sistema Municipal d Arxius POLÍTICA DE GESTIÓN DOCUMENTAL DEL AYUNTAMIENTO DE BARCELONA
POLÍTICA DE GESTIÓN DOCUMENTAL DEL AYUNTAMIENTO DE BARCELONA 19 de Noviembre de 2015 INSTRUCCIÓN DE POLÍTICA DE GESTIÓN DOCUMENTAL DEL AYUNTAMIENTO DE BARCELONA Preámbulo En los últimos años, la gestión
Más detallesGRUPO DE ACCIÓN SOBRE LA CAPACIDAD LEGAL SEGÚN LA CONVENCION
GRUPO DE ACCIÓN SOBRE LA CAPACIDAD LEGAL SEGÚN LA CONVENCION DISEÑO DE SISTEMAS DE TOMA DE DECISIONES CON APOYO: UNA GUÍA PARA EL DIÁLOGO Febrero de 2009 INTRODUCCIÓN El artículo 12 de la Convención de
Más detallesREGLAS DE PROCEDIMIENTO DE LA CIAT 1
REGLAS DE PROCEDIMIENTO DE LA CIAT 1 I. ALCANCE DE APLICACIÓN 1. Salvo disposición al contrario en la Convención o decidida por la Comisión, las presentes Reglas de Procedimiento se aplicarán, mutatis
Más detallesArtículo 2. Comisión de coordinación de los trabajos de fin de grado
NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALES DE GRADO DE LA UNIVERSITAT JAUME I (Aprobada por el Consejo de Gobierno núm. 26 de 26 de julio de 2012, modificada por el Consejo de Gobierno núm.30, de 11 de diciembre
Más detallesBASES DE LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA EMPRENDEFE
BASES DE LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA EMPRENDEFE I. PRESENTACIÓN ANTECEDENTES EmprendeFe es un programa de la Fundación CRISFE, que busca desarrollar y fortalecer iniciativas emprendedoras que contribuyan
Más detallesESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN «SOLIDARIOS CON EL MUNDO»
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN «SOLIDARIOS CON EL MUNDO» CAPÍTULO I DE LA ASOCIACIÓN EN GENERAL Artículo 1º Con la denominación "Solidarios con el Mundo" o también SolMun, se constituye una asociación al amparo
Más detallesREGLAMENTO DE LA COMISION DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE VIDRALA, S.A.
REGLAMENTO DE LA COMISION DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE VIDRALA, S.A. REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE VIDRALA, S.A.
Más detallesESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN HONDUREÑA DE PSIQUIATRÍA
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN HONDUREÑA DE PSIQUIATRÍA SECCION I DE LA DEFINICION Y DENOMINACION Artículo 1: La Asociación Hondureña de Psiquiatría es una Sociedad Médica afiliada al Colegio Médico de Honduras,
Más detallesPLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA EL ANÁLISIS DE LAS ESTRUCTURAS DE LOS DISTRITOS
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA EL ANÁLISIS DE LAS ESTRUCTURAS DE LOS DISTRITOS CUADRO RESUMEN DE CARÁCTERÍSTICAS Referencia: 300/2009/00516 OBJETO
Más detallesPolíticas de Derechos de autor
Políticas de Derechos de autor 1. Marco legal vigente sobre derechos de autor La legislación sobre derechos de autor (copyright o propiedad intelectual) ha sido elaborada con el fin de proteger y respetar
Más detallesESTATUTOS DE LA ASOCIACION ESPAÑOLA DE MEDIADORES Y ORIENTADORES FAMILIARES CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO:
ESTATUTOS DE LA ASOCIACION ESPAÑOLA DE MEDIADORES Y ORIENTADORES FAMILIARES CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO: Artículo 1. Con la denominación de ASOCIACION ESPAÑOLA DE MEDIADORES Y ORIENTADORES
Más detallesGrupo de Trabajo del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT)
S PCT/WG/8/7 ORIGINAL: INGLÉS FECHA: 12 DE MARZ0 DE 2015 Grupo de Trabajo del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT) Octava reunión Ginebra, 26 a 29 de mayo de 2015 FORMACIÓN DE EXAMINADORES
Más detallesHECTOR GARCIA GODOY Presidente. EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 2 del Acto Institucional,
SECCION INSTITUCION MARCO LEGAL HECTOR GARCIA GODOY Presidente EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 2 del Acto Institucional, DICTO LA SIGUIENTE LEY NUMERO:
Más detallesCONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD
CONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD Este Contrato de Confidencialidad, en adelante denominado como el CONTRATO, se celebra entre, Universidad de los Andes, RUT71.614.000-8, con domicilio en San Carlos de Apoquindo
Más detallesEstos talleres certifican la calidad del movimiento asociativo
Estos talleres certifican la calidad del movimiento asociativo EL AYUNTAMIENTO Y CAJASOL ORGANIZAN LOS I TALLERES DE TRANSPARENCIA Y BUENAS PRÁCTICAS PARA ONGS EN MÁLAGA La Fundación Lealtad es la encargada
Más detallesCONCURSO INTERFACULTADES UDD 2016
CONCURSO INTERFACULTADES UDD 2016 BASES CONCURSO 1. Objetivo El objetivo principal es el patrocinio de una facultad con un área de investigación consolidada a colaborar con grupos de otras facultades que
Más detallesNORMA DE CARÁCTER GENERAL N 341 INFORMACIÓN RESPECTO DE LA ADOPCIÓN DE PRÁCTICAS DE GOBIERNO CORPORATIVO. (ANEXO al 31 de diciembre de 2014)
RMA DE CARÁCTER GENERAL N 341 INFORMACIÓN RESPECTO DE LA ADOPCIÓN DE PRÁCTICAS DE GOBIER CORPORATIVO (ANEO al 31 de diciembre de 2014) Las entidades deberán indicar con una su decisión respecto a la adopción
Más detallesTérminos de funcionamiento para los grupos de trabajo Comisión para la Cooperación Ambiental (Aprobadas el 6 de agosto de 2012) Introducción
Términos de funcionamiento para los grupos de trabajo Comisión para la Cooperación Ambiental (Aprobadas el 6 de agosto de 2012) Introducción De conformidad con el artículo 9(5)(a) del Acuerdo de Cooperación
Más detallesREGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA SOCIEDAD MADRILEÑA DE MEDICINA GENERAL
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA SOCIEDAD MADRILEÑA DE MEDICINA GENERAL CAPÍTULO I: PREÁMBULO Artículo 1. Con la denominación de Sociedad Madrileña de Medicina General (SEMG-Madrid) se constituye la
Más detalles22. Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) sobre Derecho de Autor
22. Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) sobre Derecho de Autor Clase de Instrumento: Tratado internacional Adopción: 20 de diciembre de 1996 Fecha de entrada en vigor
Más detallesPolí tica de la OIE sobre Conflictos de Intere s
Polí tica de la OIE sobre Conflictos de Intere s Introducción La Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) es un organismo intergubernamental comprometido en promover la sanidad y el bienestar animal,
Más detallesANEXO INFORMACION RESPECTO DE LA ADOPCION DE PRACTICAS DE GOBIERNO CORPORATIVO
ANEO INFORMACION RESPECTO DE LA ADOPCION DE PRACTICAS DE GOBIERNO CORPORATIVO Práctica ADOPCION SI NO 1. Del funcionamiento del Directorio A. De la adecuada y oportuna información del directorio, acerca
Más detallesMODELO DE ESTATUTOS DE UNA SOCIEDAD LIMITADA PROFESIONAL
MODELO DE ESTATUTOS DE UNA SOCIEDAD LIMITADA PROFESIONAL TÍTULO I.- DENOMINACIÓN, DURACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO Artículo 1º.-Denominación La Sociedad se denominará..., SOCIEDAD LIMITADA PROFESIONAL, y se
Más detallesA.29/2015. Se modifica la normativa de creación y funciones de la Escuela de Doctorado de Navarra
A.29/2015. Se modifica la normativa de creación y funciones de la Escuela de Doctorado de Navarra ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO POR EL QUE SE MODIFICA LA NORMATIVA DE CREACIÓN Y FUNCIONES DE LA ESCUELA
Más detallesAcuerdo de aprobación de la Normativa Básica de Correo Electrónico de la Universidad Miguel Hernández.
Acuerdo de aprobación de la Normativa Básica de Correo Electrónico de la Universidad Miguel Hernández. Con el fin de regular el uso de los recursos informáticos y telemáticos del servicio de correo en
Más detallesEntidadesrelacionadas.
Entidadesrelacionadas. Gobiernos Corporativos ARTURO PLATT Qué veremos Ley del Mercado de Valores Ley de Sociedades Anónimas Modifica y hace referencia a actuales artículos referidos a la definición de
Más detallesCOPEG PROCEDIMIENTO PARA RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN DE PERSONAL
1.0 OBJETIVO: Describir la metodología para la organización y realización de Concursos Internos y Externos. 2.0 ALCANCE: El alcance de este procedimiento incluye las actividades para ocupar las vacantes
Más detallesCódigo de Buen Gobierno de la Fundación Gas Natural Fenosa
Código de Buen Gobierno de la Fundación Gas Natural Fenosa Diciembre de 2011 CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO DE LA FUNDACIÓN GAS NATURAL FENOSA INTRODUCCIÓN. CAPÍTULO I.- VALORES Y BUENAS PRÁCTICAS. CAPÍTULO II.-
Más detallesCONVENCIÓN INTERNACIONAL CONTRA EL DOPAJE EN EL DEPORTE. Anexo II - Normas para la concesión de autorizaciones para uso con fines terapéuticos
Resolución 2CP/10 CONVENCIÓN INTERNACIONAL CONTRA EL DOPAJE EN EL DEPORTE Anexo II - Normas para la concesión de autorizaciones para uso con fines terapéuticos París, 1º de enero de 2011 - 2 - Extracto
Más detallesESTATUTOS COORDINADORA EXTREMEÑA DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA EL DESARROLLO
ESTATUTOS COORDINADORA EXTREMEÑA DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA EL DESARROLLO ESTATUTOS DE LA COORDINADORA EXTREMEÑA DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA EL DESARROLLO TÍTULO I: De la Coordinadora
Más detallesGERENCIA DE INTEGRACIÓN
GERENCIA DE INTEGRACIÓN CONTENIDO Desarrollo del plan Ejecución del plan Control de cambios INTRODUCCIÓN La gerencia de integración del proyecto incluye los procesos requeridos para asegurar que los diversos
Más detalles2. La Junta de Centro establecerá y aprobará este reglamento.
REGLAMENTO POR EL QUE SE REGULA EL TRABAJO DE FIN DE GRADO (TFG) DE LOS TÍTULOS DE GRADO DE LA FACULTAD DE BIOLOGÍA EN LA UNIVERSIDAD DE MURCIA (Aprobado por la Junta de Facultad el 10 de mayo de 2012)
Más detallesEl Comité no tendrá responsabilidad sobre ningún plan patrocinado por las Sociedades, que no sean los enumerados en el anexo A.
MANDATO DEL COMITÉ TÉCNICO DEL FIDEICOMISO PARA PLANES DE PENSIONES Y RETIRO DE EMPLEADOS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN (El Comité) SCOTIABANK INVERLAT, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO
Más detallesPrograma de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente
NACIONES UNIDAS UNEP/IPBES/1/5 EP Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente Distr.: General 17 de octubre de 2008 Español Original: Inglés Reunión especial a nivel intergubernamental y de
Más detallesNORMA TÉCNICA DE AUDITORÍA SOBRE CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA AUDITORÍA DE ENTIDADES QUE EXTERIORIZAN PROCESOS DE ADMINISTRACIÓN
Resolución de 26 de marzo de 2004, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la Norma Técnica de Auditoría sobre consideraciones relativas a la auditoría de entidades
Más detallesCAPÍTULO XV SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Sección A: Solución de controversias
CAPÍTULO XV SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Sección A: Solución de controversias Artículo 15.1: Cooperación Las Partes procurarán en todo momento llegar a un acuerdo sobre la interpretación y la aplicación de
Más detallesPROCEDIMIENTO AUDITORIA INTERNA
Procedimiento AUDITORIA INTERNA Página 1 de 9 PROCEDIMIENTO AUDITORIA INTERNA Nota importante: El presente documento es de exclusiva propiedad de LUTROMO INDUSTRIAS LTDA. El contenido total o parcial no
Más detallesNuevo estatuto aprobado en la Asamblea General que tuvo lugar en Mérida, Yucatán, (México), los pasados días 20 y 21 de noviembre de 2008.
Nuevo estatuto aprobado en la Asamblea General que tuvo lugar en Mérida, Yucatán, (México), los pasados días 20 y 21 de noviembre de 2008. Estatuto de la Federación Iberoamericana de Defensores del Pueblo,
Más detalles1. Las acciones que se construyan en conjunto buscarán aportar a la conservación en el marco de la consolidación territorial indígena.
GUÍA PARA LA EJECUCIÓN DEL PLAN DE TRABAJO ACORDADO ENTRE LAS ASOCIACIONES DE AUTORIDADES TRADICIONALES INDÍGENAS AATIS PANI; ACIMA y AIPEA Y PATRIMONIO NATURAL MOSAICO DE CONSERVACIÓN MEDIOY BAJO RÍO
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL DE MEDIO AMBIENTE
REGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL DE MEDIO AMBIENTE Ayuntamiento de Aspe 14/01/2015 ÍNDICE PREÁMBULO...3 TITULO I NATURALEZA Y FUNCIONES....4 Artículo 1 Definición y Objeto....4 Artículo 2 Naturaleza y Régimen
Más detallesREAL DECRETO XX/2012, DE XX DE XX, POR EL QUE SE CREA Y REGULA EL CONSEJO ESTATAL DE LA PEQUEÑA Y LA MEDIANA EMPRESA Y EL EMPRENDIMIENTO
REAL DECRETO XX/2012, DE XX DE XX, POR EL QUE SE CREA Y REGULA EL CONSEJO ESTATAL DE LA PEQUEÑA Y LA MEDIANA EMPRESA Y EL EMPRENDIMIENTO El apoyo a la actividad de la pequeña y la mediana empresa y a los
Más detallesREGLAS PARA LA CONSTITUCIÓN DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO FILIALES
REGLAS PARA LA CONSTITUCIÓN DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO FILIALES Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Más detallesINSTRUCTIVO Y REGISTRO DE DIRECTORIOS DE ORGANISMOS DEPORTIVOS
INSTRUCTIVO Y REGISTRO DE DIRECTORIOS DE ORGANISMOS DEPORTIVOS Acuerdo Ministerial 949 Registro Oficial 465 de 08-jun.-2011 Estado: Vigente Econ. Sandra Vela Dávila MINISTRA DEL DEPORTE Considerando: Que,
Más detallesTÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO: NÚVOLE CASA ONLINE STORE
TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO: NÚVOLE CASA ONLINE STORE Lea este documento detenidamente dado que contiene los términos y condiciones de venta a cuyo cumplimiento se obliga cuando utilice la tienda online
Más detallesNOTA SOBRE LA ELEVACIÓN A PÚBLICO DE ACUERDOS SOCIALES DE UNA SOCIEDAD CUANDO SE HA LEVANTADO ACTA NOTARIAL DE LA JUNTA.
1 NOTA SOBRE LA ELEVACIÓN A PÚBLICO DE ACUERDOS SOCIALES DE UNA SOCIEDAD CUANDO SE HA LEVANTADO ACTA NOTARIAL DE LA JUNTA. Madrid a 21 mayo 2009 1.-El Acta Notarial de la junta es un acta y no una escritura.
Más detallesREGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD Índice Página Articulo 1. Carácter y finalidad 4 Artículo 2. Composición 4 Artículo 3. Cese 5 Artículo 4. Organización 5 Artículo 5.
Más detallesA) TERCER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA
PROPUESTA DE ACUERDOS QUE EL CONSEJO DE ADMINISTRACION DE VISCOFAN, SOCIEDAD ANÓNIMA FORMULA A LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD, A CELEBRAR EN PRIMERA CONVOCATORIA EL DÍA 13 DE JUNIO DE 2.004
Más detallesCapítulo 7. Obstáculos Técnicos al Comercio. 2. No obstante lo dispuesto en el párrafo 1, este Capítulo no se aplica a:
Capítulo 7 Obstáculos Técnicos al Comercio Artículo 7.1: Ámbito de Aplicación 1. Este Capítulo se aplica a la preparación, adopción y aplicación de todas las normas, reglamentos técnicos y procedimientos
Más detallesNORMAS SOBRE EL TRABAJO DE GRADO. CAPÍTULO I Disposiciones Generales
1 UNIVERSIDAD CATÓLICA ANDRÉS BELLO Av. Teherán. Urb. Montalbán Caracas 1020 Apartado 20332. Venezuela Teléfono: (58)(212)407.42.39 Rif. J-00012255-5 ESCUELA DE PSICOLOGÍA NORMAS SOBRE EL TRABAJO DE GRADO
Más detallesPONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA ARGENTINA FEDERACIÓN DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA ARGENTINA (FEUCA) ESTATUTO DE LA FEDERACIÓN TÍTULO I
PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA ARGENTINA FEDERACIÓN DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA ARGENTINA (FEUCA) ESTATUTO DE LA FEDERACIÓN Aprobado por Consejo Superior en su reunión de fecha 10 de agosto
Más detallesTHE WARRANTY GROUP, INC. POLÍTICA DE DELEGACIÓN DE FACULTADES
THE WARRANTY GROUP, INC. POLÍTICA DE DELEGACIÓN DE FACULTADES Aprobada por el Consejo de Administración: 30 de enero de 2014 OBJETO Y ALCANCE: La presente Política de delegación de facultades (en lo sucesivo
Más detallesAdopción SÍ NO PRÁCTICA. 1.- Del funcionamiento del Directorio.
1.- Del funcionamiento del Directorio. A. De la adecuada y oportuna información del Directorio, acerca de los negocios y riesgos de la sociedad, así como de sus principales políticas, controles y procedimientos.
Más detallesREGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA CONFERENCIA SECTORIAL DE VIVIENDA, URBANISMO Y SUELO
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA CONFERENCIA SECTORIAL DE VIVIENDA, URBANISMO Y SUELO Artículo 1. Naturaleza y fines. La Conferencia Sectorial de Vivienda, Urbanismo y Suelo, constituida
Más detallesLEY 230 12 DE AGOSTO DE 1999
(P. del S. 1569) LEY 230 12 DE AGOSTO DE 1999 Para añadir un nuevo sub-inciso (x) al Artículo 7.010 (1), y adicionar el Capítulo 42 a la Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como
Más detalles4. INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE AUTOGOBIERNO 4. C) Presidente 4. C). 3. Estatuto, funciones o atribuciones
4. INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE AUTOGOBIERNO 4. C) Presidente 4. C). 3. Estatuto, funciones o atribuciones COMUNITAT VALENCIANA L.O. 1/2006, de 10 de abril, de reforma de la L.O. 5/1982, de 1 de julio, del
Más detallesIn.Me.In. Institución de Mediación de Ingenieros Consejo General de la Ingeniería Técnica Industrial
In.Me.In. Institución de Mediación de Ingenieros Consejo General de la Ingeniería Técnica Industrial REGLAMENTO PARA LA MEDIACIÓN (Basado en la Ley 5/2012 de 6 de Julio) Índice de artículos Art. Concepto
Más detallesCONCEJO MUNICIPAL DE CULTURA DE PAZ DE ARIPORO CASANARE
CONCEJO MUNICIPAL DE CULTURA DE PAZ DE ARIPORO CASANARE REGLAMENTO INTERNO En el marco de la Ley 397 de 1997, artículos 60 y 61, la Ley 1185 de 2008, artículo 15 y el Acuerdo No. 013 Del 29 de Agosto del
Más detallesNIFBdM C-7 OTRAS INVERSIONES PERMANENTES
NIFBdM C-7 OTRAS INVERSIONES PERMANENTES OBJETIVO Establecer los criterios de valuación, presentación y revelación para el reconocimiento inicial y posterior de las otras inversiones permanentes del Banco.
Más detallesPOLÍTICA DE APORTES A LA COMUNIDAD CELULOSA ARAUCO Y CONSTITUCIÓN S.A. Y FILIALES
POLÍTICA DE APORTES A LA COMUNIDAD CELULOSA ARAUCO Y CONSTITUCIÓN S.A. Y FILIALES Santiago, 24 de Noviembre de 2015 INTRODUCCIÓN La Empresa desarrolla sus actividades en un ambiente de negocios en donde
Más detallesBASES GENERALES DEL PROGRAMA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES CONVOCATORIA 2013/14
BASES GENERALES DEL PROGRAMA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES CONVOCATORIA 2013/14 El Programa Becas Iberoamérica. Estudiantes de Grado. Santander Universidades (en lo
Más detalles3.5.- Toda otra actividad compatible con los fines de la Asociación.
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN SOCIEDAD DE AMIGOS DEL MUSEO NACIONAL DE CIENCIAS NATURALES I.- DENOMINACION, FINES, DOMICILIO Y AMBITO. Artículo 1º. 1.1.- Con la denominación de ASOCIACIÓN SOCIEDAD DE AMIGOS
Más detallesIE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013*
IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* * Revisión aprobada por el Comité Rectoral del 16 de junio de 2014 ÍNDICE PREÁMBULO I. TÍTULO
Más detallesINFORME DE LA COMISIÓN DE AUDITORÍA DE PHARMA MAR, S.A. SOBRE LA INDEPENDENCIA DE LOS AUDITORES DE CUENTAS
INFORME DE LA COMISIÓN DE AUDITORÍA DE PHARMA MAR, S.A. SOBRE LA INDEPENDENCIA DE LOS AUDITORES DE CUENTAS 1. JUSTIFICACIÓN DEL PRESENTE INFORME El presente informe se emite en cumplimiento de lo dispuesto
Más detallesMANUAL DE OPERACION DEL COMITE DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE LOSTRABA]ADORES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL
,, MANUAL DE OPERACION DEL COMITE DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE LOSTRABA]ADORES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL ÍNDICE Presentación 1 Página Objetivo 1 1. MARCO JURÍDICO 2 11. DEFINICIONES
Más detalles