ESCUELA DE POSTGRADO
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- Estefania Navarro Molina
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1 UNIVERSIDAD CATÓLICA SAN PABLO ESCUELA DE POSTGRADO DISPOSICIONES PARTICULARES GRADOS ACADÉMICOS Arequipa, enero del 2012
2 TÍTULO I DISPOSICIONES PARTICULARES Art. 1. Las presentes Disposiciones Particulares contienen las normas por las que se regirá la obtención de los Grados Académicos de Maestría y Doctorado de la Universidad Católica San Pablo de Arequipa en concordancia con el Reglamento General de Grados y Títulos de la Universidad Art. 2. La Escuela de Postgrado de la Universidad Católica San Pablo, de acuerdo a la Ley N 23733; el D. Leg 739; Art. 22 y el Estatuto de la Universidad, está facultada para otorgar: a) El Grado Académico de Magister en diversas áreas del conocimiento. b) El Grado Académico de Doctor en diversas áreas del conocimiento. Art. 3. Para ser considerado Egresado, y por lo tanto apto para obtener el grado académico de Maestría o Doctorado, se requiere: a) Haber aprobado la totalidad de los créditos establecidos en el plan de estudios pertinente que corresponden a todos los cursos obligatorios del Plan de Estudios del programa de Maestría, o Doctorado pertinente. b) Contar con la constancia de suficiencia de cualquier idioma extranjero en nivel intermedio en el caso de Maestría y dos idiomas extranjeros en nivel intermedio en el caso de Doctorado, debidamente acreditados por organismos internacionales o con certificación oficial de alguna institución acreditada, o con certificación del Centro de Idiomas de la Universidad Católica San Pablo. Art. 4. En todo lo no previsto en las presentes Disposiciones Particulares aplicará lo dispuesto en el Reglamento General de Grados y Títulos de la Universidad Católica San Pablo. TÍTULO II GRADO ACADÉMICO DE MAGISTER Art. 5. El grado académico de Magister podrá ser optado por los egresados del programa de Maestría que: a) Hayan concluido satisfactoriamente el Plan de Estudios del programa de Maestría pertinente a la especialidad elegida. b) Hayan aprobado la sustentación del trabajo de investigación o tesis o proyecto de graduación. ~ 2 ~
3 Art. 6. El grado de Maestría puede obtenerse con cualquiera de las modalidades siguientes: a. Trabajo de Investigación o Tesis. b. Proyecto de Graduación o Trabajo de Aplicación. Art. 9. El Grado Académico de Magister, se obtiene mediante la evaluación del expediente presentado por el maestrista, que acredite la aprobación del Plan de Estudios del programa de Maestría en la especialidad correspondiente, es decir el creditaje referido en el correspondiente plan de estudios programa de Maestría respectivo y la aprobación del trabajo de investigación o tesis de grado o Proyecto de Graduación. Art. 9. El maestrista presentará su expediente por Secretaría de la Escuela de Postgrado, y contendrá: a. Solicitud dirigida al Director de la Escuela de Postgrado pidiendo dar trámite a su postulación al grado de Magister en la especialidad que corresponda. b. Fotocopia del Diploma de Bachiller, autenticada por el Secretario General de la Universidad donde se obtuvo el grado. c. Si el Grado de Bachiller se obtuvo en universidad extranjera presentará la respectiva revalidación por los organismos oficiales correspondientes. d. Certificados originales de estudios del programa de Maestría. e. Partida de nacimiento original (No mayor a 6 meses de antigüedad) f. 01 fotocopia legalizada del DNI o carné de extranjería si fuera el caso. g. Certificado de Antecedentes Penales emitido por la Corte Superior de Justicia. h. Constancia emitida por la Biblioteca de no adeudar material bibliográfico, con antigüedad no mayor de 30 días. i. Constancia de la Dirección Administrativa de no tener deuda pendiente de pago en la Universidad. j. Certificado de suficiencia de idioma extranjero en nivel intermedio emitido por un centro oficialmente acreditado. k. Recibo de Tesorería por pago de derechos de graduación. l. Tres fotografías recientes de frente tamaño pasaporte a color, fondo blanco y vestimenta formal. Art. 10. El expediente presentado, luego de haberse cumplido con los requisitos señalados y con la conformidad del Director de la Escuela de Postgrado, será tramitado al Vice Rectorado, para que sea presentado ante Consejo Universitario y una vez aprobado en esta instancia, se expida el Grado académico de Magister en la especialidad correspondiente. ~ 3 ~
4 TÍTULO III GRADO ACADÉMICO DE DOCTOR Art. 11. El grado académico de Doctor podrá ser optado por los egresados del programa de Doctorado que: a) Hayan concluido satisfactoriamente el Plan de Estudios del programa de Doctorado pertinente a la especialidad elegida. b) Hayan aprobado la sustentación del trabajo de investigación o tesis de grado. Art. 12. El doctorando presentará a la Dirección de la Escuela de Postgrado su plan de tesis o trabajo de investigación. Art. 13. El Director de la Escuela de Postgrado determinará la procedencia del plan de tesis o trabajo de investigación. En caso que el doctorando desee cambiar de tema, lo podrá hacer por una sola vez después de un período de seis (6) meses. Art. 14. El Grado Académico de Doctor, se obtiene mediante la evaluación del expediente presentado por el doctorando, que acredite la aprobación del Plan de Estudios del programa de Doctorado en la especialidad correspondiente, es decir el creditaje referido en el correspondiente plan de estudios del programa de Doctorado respectivo y la aprobación del trabajo de investigación o tesis de grado. Art. 15. El doctorando presentará su expediente por Secretaría de la Escuela de Postgrado, y contendrá: a. Solicitud dirigida al Director de la Escuela de Postgrado pidiendo dar trámite a su postulación al grado de Doctor en la especialidad que corresponda. b. Fotocopia del Diploma de Magister, autenticada por el Secretario General de la Universidad donde se obtuvo el grado. c. Si el Grado de Magister se obtuvo en universidad extranjera presentará la respectiva revalidación por los organismos oficiales correspondientes. d. Certificados originales de estudios del programa de Doctorado. e. Partida de nacimiento original (No mayor a 6 meses de antigüedad). f. 01 fotocopia legalizada del DNI o carné de extranjería si fuera el caso. g. Certificado de Antecedentes Penales emitido por la Corte Superior de Justicia. h. Constancia emitida por la Biblioteca de no adeudar material bibliográfico, con antigüedad no mayor de 30 días. i. Constancia de la Dirección Administrativa de no tener deuda pendiente de pago en la Universidad. j. Certificado de suficiencia de dos idiomas extranjeros en nivel intermedio emitido por un centro oficialmente acreditado. k. Recibo de Tesorería por pago de derechos de graduación. l. Tres fotografías recientes de frente tamaño pasaporte a color, fondo blanco y vestimenta formal. ~ 4 ~
5 Art. 16. El expediente presentado, luego de haberse cumplido con los requisitos señalados y con la conformidad del Director de la Escuela de Postgrado, será tramitado al Vice Rectorado, para que sea presentado ante Consejo Universitario y una vez aprobado en esta instancia, se expida el Grado académico de Doctor en la especialidad correspondiente. TÍTULO IV DE LA MODALIDAD PARA OPTAR EL GRADO ACADÉMICO EN LA ESCUELA DE POSTGRADO CAPÍTULO I DEL TRABAJO DE INVESTIGACIÓN O TESIS DE MAESTRÍA Art. 17. El trabajo de investigación o tesis deberá cumplir con las siguientes formalidades: a) El maestrista presentará a la Dirección de la Escuela de Postgrado su plan de tesis o trabajo de investigación. b) El Director de la Escuela de Postgrado determinará la procedencia del plan de tesis o trabajo de investigación. En caso que el maestrista desee cambiar de tema, lo podrá hacer por una sola vez después de un período de seis (6) meses. c) El plan o proyecto de investigación o tesis debe presentarse acompañado de un informe, preparado por un profesor del programa de Maestría o profesional con postgrado especializado en el tema, quien asumirá la asesoría del alumno durante la investigación. Este asesor podrá integrar el Jurado en la sustentación del trabajo. d) El plan o proyecto de investigación o tesis debe incluir el tema, una breve fundamentación de su relevancia, el estado de la cuestión a investigar, la metodología a seguir, y un esquema básico. El esquema básico contiene: Marco teórico: Enunciado del problema, justificación del problema, interrogantes básicas, objetivos e hipótesis. Marco operacional: Recolección y procesamiento de datos, cronograma y bibliografía. e) El tema elegido para el plan o proyecto de investigación o tesis debe reunir las siguientes características: Ser de interés dentro de la especialidad del programa de Maestría, ser de magnitud y dimensión tales que el candidato pueda solucionar problemas y abrir nuevos campos para profundizar la investigación de acuerdo a la aproximación teórica y metodológica elegida. No se aprobarán temas de trabajo de investigación que por su generalidad, vaguedad, irrelevancia o no constituir aporte a las ciencias administrativas no puedan ser tratados con precisión o de manera exhaustiva, así como tampoco los que hubieran sido materia de sustentaciones similares ~ 5 ~
6 en la Universidad o en otras universidades, a criterio del Director de la Escuela de Postgrado. f) El Director de la Escuela de Postgrado, para la evaluación de dicho plan, nombrará un profesor dictaminador en la especialidad correspondiente, quien en un plazo no mayor a diez días hábiles desde su presentación, comunicará al Director de la Escuela de Postgrado el resultado de la evaluación que podrá ser: Aprobado, Aprobado con observaciones, o Desaprobado Este resultado será puesto en conocimiento del graduando. g) Una vez aprobado el plan o proyecto de investigación o tesis sólo puede cambiarse de asesor con autorización del Director de la Escuela de Postgrado y siempre que se compruebe la imposibilidad de aquél para dedicarse a la tarea de asesoría encomendada o que lo soliciten conjuntamente fundamentando su solicitud. h) En caso de ser rechazado el plan, el graduando podrá presentar un plan o proyecto de investigación o tesis nuevo y sobre tema diferente, mediante comunicación dirigida al Director de la Escuela de Postgrado, justificando este hecho sólo por una vez. i) En caso de ser aprobado el plan, el graduando es responsable de atender o no las observaciones que se hubieran formulado al Plan de Tesis y procederá a desarrollar el trabajo de investigación luego de lo cual, el graduando deberá presentar a la Dirección de la Escuela de Postgrado su Proyecto de Investigación desarrollado. j) El Director de la Escuela de Postgrado nombrará un Jurado Dictaminador compuesto por tres profesores del programa de Maestría pertinente, quienes además serán miembros del Jurado examinador, los que revisarán el Trabajo de Investigación o Tesis. El jurado deberá emitir un informe o dictamen sobre el trabajo de investigación o tesis desarrollado en un plazo que no excederá de los veinte días hábiles. También puede ser miembro del jurado el dictaminador del plan de Tesis. k) En caso de encontrar el Jurado Dictaminador graves defectos metodológicos en el planteamiento de la investigación el trabajo podrá ser denegado y con el informe respectivo devuelto al Director de la Escuela de Postgrado, quien procederá a notificar al graduando requiriendo la presentación de un nuevo plan o proyecto de investigación o tesis. l) El Informe final de los dictaminadores podrá contener observaciones al trabajo, que las harán llegar al Director de la Escuela de Postgrado y al alumno para que sean subsanadas en un plazo prudencial. Subsanadas las observaciones, el graduando podrá solicitar fecha de sustentación. ~ 6 ~
7 CAPÍTULO II DEL PROYECTO DE GRADUACIÓN O TRABAJO DE APLICACIÓN DE MAESTRÍA Art. 18. El Proyecto de Graduación o Trabajo de Aplicación deberá cumplir con las siguientes formalidades: a) El maestrista presentará a la Dirección de la Escuela de Postgrado su plan de Proyecto de Graduación. b) El Director de la Escuela de Postgrado determinará la procedencia del plan de Proyecto de Graduación. En caso que el maestrista desee cambiar de tema, lo podrá hacer por una sola vez después de un período de seis (6) meses. c) El plan de Proyecto de Graduación debe presentarse acompañado de un informe, preparado por un profesor del programa de Maestría o profesional con postgrado especializado en el tema, quien asumirá la asesoría del alumno durante la investigación. Este asesor podrá integrar el Jurado en la sustentación del trabajo. d) El plan de Proyecto de Graduación debe incluir el tema, una breve fundamentación de su relevancia, el estado de la cuestión a tratar, la metodología a seguir y un esquema básico. El esquema básico contiene: Marco teórico: Enunciado del problema u oportunidad, justificación del proyecto, interrogantes básicas, supuestos relevantes y objetivos. Marco operacional: Recolección y procesamiento de información, cronograma y bibliografía. e) El tema elegido para el plan de Proyecto de Graduación debe reunir las siguientes características: Ser de interés dentro de la especialidad del programa de Maestría, ser de magnitud y dimensión tales que el candidato pueda formularlo de acuerdo a la aproximación teórica y metodológica elegida. No se aprobarán temas de Proyecto de Graduación que por su generalidad, vaguedad, irrelevancia o no constituir aporte a las ciencias administrativas no puedan ser tratados con precisión o de manera exhaustiva, así como tampoco los que hubieran sido materia de sustentaciones similares en la Universidad o en otras universidades, a criterio del Director de la Escuela de Postgrado. f) El Director de la Escuela de Postgrado, para la evaluación de dicho plan, nombrará un profesor dictaminador de la especialidad correspondiente, quien en un plazo no mayor a diez días hábiles desde su presentación, comunicará al Director de la Escuela de Postgrado el resultado de la evaluación que podrá ser: Aprobado, Aprobado con observaciones, o Desaprobado Este resultado será puesto en conocimiento del graduando. g) Una vez aprobado el plan de Proyecto de Graduación sólo puede cambiarse de asesor con autorización del Director de la Escuela de Postgrado y siempre que se compruebe la imposibilidad de aquél ~ 7 ~
8 para dedicarse a la tarea de asesoría encomendada o que lo soliciten conjuntamente fundamentando su solicitud. h) En caso de ser rechazado el plan, el graduando podrá presentar un plan de proyecto de graduación o trabajo de aplicación nuevo y sobre tema diferente, mediante comunicación dirigida al Director de la Escuela de Postgrado, justificando este hecho sólo por una vez. i) En caso de ser aprobado el plan, el graduando es responsable de atender o no las observaciones que se hubieran formulado al Plan y procederá a desarrollar el proyecto de graduación o trabajo de aplicación luego de lo cual, el graduando deberá presentar a la Dirección de la Escuela de Postgrado su Proyecto de Graduación o Trabajo de Aplicación desarrollado. j) El Director de la Escuela de Postgrado nombrará un Jurado Dictaminador compuesto por tres profesores del programa de Maestría pertinente, quienes además serán miembros del Jurado examinador, los que revisarán el Proyecto de Graduación. El jurado deberá emitir un informe o dictamen sobre el Proyecto de Graduación desarrollado en un plazo que no excederá de los veinte días hábiles. También puede ser miembro del jurado el dictaminador del plan de Proyecto de Graduación. k) En caso de encontrar el Jurado Dictaminador graves defectos metodológicos en el planteamiento y formulación del proyecto, el trabajo podrá ser denegado y con el informe respectivo devuelto al Director de la Escuela de Postgrado, quien procederá a notificar al graduando requiriendo la presentación de un nuevo plan de Proyecto de Graduación. l) El Informe final de los dictaminadores podrá contener observaciones al trabajo, que las harán llegar al Director de la Escuela de Postgrado y al alumno para que sean subsanadas en un plazo prudencial. Subsanadas las observaciones, el graduando podrá solicitar fecha de sustentación. CAPÍTULO III DEL TRABAJO DE INVESTIGACIÓN O TESIS DE DOCTORADO Art. 19. El trabajo de investigación o tesis deberá cumplir con las siguientes formalidades: a) El doctorando presentará a la Dirección de la Escuela de Postgrado su plan de tesis o trabajo de investigación. b) El Director de la Escuela de Postgrado determinará la procedencia del plan de tesis o trabajo de investigación. En caso que el doctorando desee cambiar de tema, lo podrá hacer por una sola vez después de un período de seis (6) meses. c) El plan o proyecto de investigación o tesis debe presentarse acompañado de un informe, preparado por un profesor del programa de Doctorado, quien además será el asesor de la misma, quien asumirá la asesoría del alumno durante la investigación. Este asesor podrá integrar el Jurado en la sustentación del trabajo. ~ 8 ~
9 d) El plan o proyecto de investigación o tesis debe incluir el tema, una breve fundamentación de su relevancia, el estado de la cuestión a investigar, la metodología a seguir, y un esquema básico. El esquema básico contiene: Marco teórico: Enunciado del problema, justificación del problema, interrogantes básicas, objetivos e hipótesis. Marco operacional: Recolección y procesamiento de datos, cronograma y bibliografía. e) El tema elegido para el plan o proyecto de investigación o tesis debe reunir las siguientes características: Ser de interés dentro de la especialidad del programa de Doctorado, ser de magnitud y dimensión tales que el candidato pueda agotarlo de acuerdo a la aproximación teórica y metodológica elegida. No se aprobarán temas de trabajo de investigación que por su generalidad, vaguedad, irrelevancia o no constituir aporte a las ciencias administrativas no puedan ser tratados con precisión o de manera exhaustiva, así como tampoco los que hubieran sido materia de sustentaciones similares en la Universidad o en otras universidades, a criterio del Director de la Escuela de Postgrado. f) El Director de la Escuela de Postgrado, para la evaluación de dicho plan, nombrará un profesor dictaminador de la especialidad correspondiente, quien en un plazo no mayor a diez días hábiles desde su presentación, comunicará al Director de la Escuela de Postgrado el resultado de la evaluación que podrá ser: Aprobado, Aprobado con observaciones, o Desaprobado. Este resultado será puesto en conocimiento del graduando. g) Una vez aprobado el plan o proyecto de investigación o tesis sólo puede cambiarse de asesor con autorización del Director de la Escuela de Postgrado y siempre que se compruebe la imposibilidad de aquél para dedicarse a la tarea de asesoría encomendada o que lo soliciten conjuntamente fundamentando su solicitud. h) En caso de ser rechazado el plan, el graduando podrá presentar un plan o proyecto de investigación o tesis nuevo y sobre tema diferente, mediante comunicación dirigida al Director de la Escuela de Postgrado, justificando este hecho sólo por una vez. i) En caso de ser aprobado el plan, el graduando es responsable de atender o no las observaciones que se hubieran formulado al Plan de Tesis y procederá a desarrollar el trabajo de investigación luego de lo cual, el graduando deberá presentar a la Dirección de la Escuela de Postgrado su Proyecto de Investigación desarrollado. j) El Director de la Escuela de Postgrado nombrará Jurado Dictaminador compuesto por cinco profesores del programa de Doctorado pertinente, quienes además serán miembros del Jurado examinador, los que revisarán el Trabajo de Investigación o Tesis. El jurado deberá emitir un informe o dictamen sobre el trabajo de investigación o tesis desarrollado en un plazo que no excederá de los veinte días hábiles. También puede ser miembro del jurado el dictaminador del plan de Tesis. ~ 9 ~
10 k) En caso de encontrar el Jurado Dictaminador graves defectos metodológicos en el planteamiento de la investigación el trabajo podrá ser denegado y con el informe respectivo devuelto al Director de la Escuela de Postgrado, quien procederá a notificar al graduando requiriendo la presentación de un nuevo plan o proyecto de investigación o tesis. l) El Informe final de los dictaminadores podrá contener observaciones al trabajo, que las harán llegar al Director de la Escuela de Postgrado y al alumno para que sean subsanadas en un plazo prudencial. Subsanadas las observaciones, el graduando podrá solicitar fecha de sustentación. TÍTULO V DE LA SUSTENTACIÓN Y CALIFICACIÓN DEL TRABAJO DE INVESTIGACIÓN CAPÍTULO ÚNICO DE LA SUSTENTACIÓN Y CALIFICACIÓN Art. 20. Una vez nombrado el Jurado Examinador integrado por tres docentes en el caso de Maestría y cinco docentes en el caso de Doctorado, pudiendo ser o no los mismos profesores que dictaminaron el Trabajo de Investigación o Tesis en el caso de Maestrías y Doctorados, o Proyecto de Graduación en el caso de Maestrías profesionales, el Director de la Escuela de Postgrado señalará día, hora y lugar para la sustentación. Art. 21. El Jurado será presidido por el profesor de mayor categoría y a igualdad de categoría, por el de mayor antigüedad. Actuará como Secretario el jurado de menor categoría y a igualdad de categoría el de menor antigüedad en la docencia de postgrado. Art. 22. La sustentación constituye acto público y será realizado en la fecha, hora y lugar señalados por el Director de la Escuela de Postgrado y será realizada ante el Jurado en pleno. Art. 23. En caso de que uno de los miembros del Jurado, por causas justificadas, no pudiera asistir al acto de sustentación, deberá comunicar su inasistencia 48 horas antes, adjuntando el ejemplar del Trabajo de Investigación o Tesis o proyecto de graduación entregado para nombrar su reemplazo. El Director de la Escuela de Postgrado nombrará el reemplazo dentro de los profesores del programa de Maestría, o Doctorado correspondiente a quien se le entregará el ejemplar del Trabajo de Investigación o Tesis o proyecto de graduación para su análisis. ~ 10 ~
11 Art. 24. La sustentación del Trabajo de Investigación o Tesis o Proyecto de Graduación comprende cuatro momentos: Exposición de contenidos y lectura de conclusiones y recomendaciones. Formulación de cuestionamientos, aclaraciones y observaciones de los miembros del Jurado Examinador y la correspondiente aclaración del graduando. Deliberación, calificación y Comunicación del resultado. Art. 25. Al finalizar el acto de sustentación el Secretario solicitará al graduando y asistentes el abandono de la sala. Los miembros del Jurado procederán a la deliberación y calificación la que podrá ser:. Aprobado por unanimidad, con felicitación pública y recomendación de publicación de investigación. Aprobado por unanimidad y con felicitación pública. Aprobado por unanimidad. Aprobado por mayoría. Desaprobado (requiere de tres o más votos desaprobatorios en caso de Doctorados y de dos o más votos desaprobatorios en caso de Maestrías). Las calificaciones de aprobación por unanimidad y felicitación pública podrán ser distinguidas además como: Cum laude: Cuando el titulando haya obtenido el más alto promedio en todos los semestres cursados en el programa de Maestría o Doctorado y que no haya llevado ningún curso en segunda matrícula. Magna cum laude: Cuando el titulando haya obtenido durante todos los estudios del programa de Maestría o Doctorado el más alto puntaje en todos y en cada uno de los cursos y que no haya llevado ningún curso en segunda matrícula. Summa cum laude: Cuando el titulando obtenga un promedio ponderado superior a 18 calculado de todos los cursos llevados a lo largo de todos los estudios del programa de Maestría o Doctorado y que no haya llevado ningún curso en segunda matrícula. Art. 26. Las decisiones del jurado son inapelables. Art. 27. El secretario del Jurado redactará el Acta de Graduación, por duplicado en el Libro de Grados de la Escuela de Postgrado, la misma que será suscrita por los miembros del Jurado examinador y el graduando. Art. 28. Si el graduando es aprobado por el Jurado Examinador de la exposición, el Director de la Escuela de Postgrado tramitará el expediente pertinente para la expedición del Grado Académico correspondiente, para lo cual el graduando entregará tres ejemplares ~ 11 ~
12 físicos de su Trabajo de Investigación o Tesis o Proyecto de Graduación y un disco compacto con el contenido del mismo. Art. 29. Si el graduando hubiera sido desaprobado en su exposición quedará hábil para elegir otra alternativa después de un período de seis meses. En caso desapruebe en segunda oportunidad, el Director de la Escuela de Postgrado determinará si excepcionalmente se le otorga una oportunidad adicional. Art. 30. El graduando que fue desaprobado, para acogerse a nueva oportunidad, deberá enviar una solicitud al Director de la Escuela de Postgrado y pagará los derechos de que corresponden de acuerdo a los Reglamentos pertinentes. TÍTULO VI DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS CAPÍTULO ÚNICO Art. 31. Constituyendo delito la presentación por el postulante de documentos falsos o adulterados y trabajos de investigación o tesis o proyectos que no sean de su autoría, el Jurado Evaluador del Expediente y del Trabajo de Investigación o Tesis o Proyecto de Graduación denunciarán el hecho al Comité de Disciplina de la Universidad con conocimiento del Director de la Escuela de Postgrado. Art. 32. Los Trabajos de Investigación o Tesis o proyectos de Graduación aprobados por los correspondientes Jurados Examinadores son de copropiedad intelectual de sus autores y de la Universidad. Art. 33. Forman parte de las presentes Disposiciones Particulares los anexos de las mismas. Art. 34. Para los casos no previstos en las presentes Disposiciones Particulares serán de aplicación las normas establecidas en el Reglamento General de Grados y Títulos de la Universidad Católica San Pablo. ~ 12 ~
13 ANEXOS ~ 13 ~
14 ANEXO 1 CUESTIONES PARA SER TOMADAS EN CONSIDERACIÓN 1. El examen de grado es un acto académico formal, por lo que se tendrá en cuenta la presentación externa del graduando, así como la forma y corrección al expresarse tanto en términos generales como específicos y de especialidad. 2. Se tomará en cuenta la correcta exposición de los temas, el orden de ideas y el tratamiento correcto de la expresión. Las dudas o falta de actualidad serán causales de desaprobación. 3. Se podrá utilizar medios audiovisuales los cuales deberán ser solicitados en forma anticipada, al momento de obtener la fecha de sustentación. Estos servirán únicamente para facilitar la comprensión del jurado, en ningún caso para ser leídos como parte de la exposición. 4. El jurado deberá de tomar en consideración el historial académico del alumno con la finalidad de graduar la calificación. 5. El jurado evaluará de manera independiente: El desenvolvimiento, expresión y capacidad de comunicación. El conocimiento de la materia. La capacidad de análisis y de solución de problemas. ~ 14 ~
15 ANEXO 2 MODELO DE ESTRUCTURA DEL INFORME DEL TRABAJO DE INVESTIGACIÓN O TESIS I. Título. II. Planteamiento del problema Descripción del problema Formulación del problema Sistematización del problema Justificación e importancia de la investigación Objetivos generales y específicos. III. IV. Marco de referencia (marco teórico y marco conceptual) Antecedentes de la investigación Bases teóricas (refleja la opción teórica que vertebrará la tesis) Marco conceptual (comprende conceptos vinculados estrictamente con el problema y la investigación y con el marco teórico que servirá de sustento). Hipótesis y variables Hipótesis general Hipótesis específicas Identificación de variables Operativización de variables Matriz de consistencia. V. Metodología 5.1. Tipo y diseño de la investigación Unidad de análisis Población de estudio Tamaño de muestra Selección de la muestra Técnicas e instrumentos para la recolección de datos Procedimientos de recolección de datos Técnicas para procesar los datos (cuantitativos o cualitativos) Análisis e interpretación de la información. VI. Resultados. VII. Discusión de los resultados. VIII. Conclusiones, recomendaciones o reflexión final. El paso siguiente. IX. Referencias bibliográficas. X. Anexos. ~ 15 ~
16 ANEXO 3 MODELO DE ESTRUCTURA DEL INFORME DEL PROYECTO DE GRADUACIÓN I. Título. II. Planteamiento del problema u oportunidad Descripción del problema u oportunidad Antecedentes Formulación del problema Justificación e importancia del proyecto a formular Ámbito y limitaciones del problema Dimensiones más representativas (empresarial, social, cultural, natural, económica política) Objetivos generales y específicos. III. IV. Marco de referencia (marco teórico y marco conceptual) Antecedentes Fundamentos teóricos (refleja la opción teórica que dará soporte al proyecto) Marcos conceptuales (comprende conceptos vinculados estrictamente con el tema inherente al proyecto y con el marco teórico que servirá de sustento). Metodología Tipo y diseño del proyecto Análisis de situación Estudio de mercado Estudio técnico, tamaño, localización y procesos Estudio administrativo Ingeniería del proyecto Diseño y características especiales Evaluación tecnológica Evaluación económica y financiera Análisis de sensibilidad Análisis de impacto ambiental Decisiones de financiamiento Cronogramas. V. Resultados previsibles. VI. Discusión de los resultados. VII. Conclusiones, recomendaciones o reflexión final. El paso siguiente. VIII. Referencias bibliográficas. IX. Anexos. ~ 16 ~
17 ANEXO 4 ESTRUCTURA DEL PROYECTO DEL TRABAJO DE INVESTIGACIÓN: TESIS DE GRADO O PROYECTO DE GRADUACIÓN A. Plan de tesis o proyecto de graduación: 1. Titulo de la tesis o proyecto de graduación. 2. El problema: definición, formulación y sistematización. 3. Justificación. 4. Objetivos generales y específicos. 5. Tipo de investigación o proyecto. 6. Marco de referencia (marco teórico y marco conceptual). 7. Formulación de hipótesis y variables (si fuera pertinente). 8. Definición conceptual y operacional de las variables. 9. Planteamiento operacional (diseño y metodología de la investigación o del proyecto). 10. Estructura capitular. 11. Bibliografía preliminar (revisada a la fecha de su presentación). 12. Recursos, costos y financiamiento. 13. Cronograma. B. De la estructura de la tesis o proyecto de graduación 1. De la cubierta: Universidad y su logotipo. Escuela de Postgrado. Titulo del tema o problema investigado o proyecto. Nombre del autor. Grado al que postula. Lugar y fecha. 2. Hoja en blanco. 3. Carátula (igual a la cubierta). 4. Agradecimiento y/o dedicatoria (opcional y muy precisa). 5. Índice (títulos y subtítulos). 6. Resumen o abstract (castellano e inglés, máximo doscientas cincuenta palabras, palabras clave). 7. Introducción (presentación del trabajo, haciendo referencia al tema o proyecto y sus limitaciones, aportes y logros). 8. Estructura capitular (I. Planteamiento teórico, II. Planteamiento operacional, III, IV. Desarrollo del tema). 9. Conclusiones. 10. Sugerencias (opcional). 11. Bibliografía. 12. Anexos (opcional). C. ASPECTOS FORMALES: 1. Empaste, con tapa y contratapa apropiadas de color azul oscuro (contenido descrito ítem anterior Nro. 1. Ver modelo adjunto) 2. Papel bond, blanco, oficial A4. 3. Márgenes: superior 2 o 2.5cm Inferior 2.5 o 3cm ~ 17 ~
18 Lateral izquierdo 3 o 3.5cm Lateral derecho 2.5cm 4. Formato de letra: Arial 12 puntos; espacio interlineas 1,5 cm ~ 18 ~
19 ANEXO 4 ESCUELA DE POSTGRADO MAESTRÍA EN SEGURIDAD INDUSTRIAL Y MINERA IMPACTO DEL STRESS DE ORIGEN LABORAL EN EL ÍNDICE DE ACCIDENTES EN LAS EMPRESAS MINERAS DE AREQUIPA Presentado por el maestrando (Nombre del graduando) para optar el Grado Académico de en Seguridad Industrial y Minera Arequipa - Perú Octubre, 20XX ~ 19 ~
20 ~ 20 ~
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