ESTATUTOS DE EMISA TITULO I. DENOMINACIÓN, NATURALEZA, DOMICILIO, OBJETO SOCIAL Y DURACIÓN

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "ESTATUTOS DE EMISA TITULO I. DENOMINACIÓN, NATURALEZA, DOMICILIO, OBJETO SOCIAL Y DURACIÓN"

Transcripción

1 ESTATUTOS DE EMISA TITULO I. DENOMINACIÓN, NATURALEZA, DOMICILIO, OBJETO SOCIAL Y DURACIÓN Artículo 1.- Denominación y naturaleza La Sociedad se denomina EMPRESA MUNICIPAL DE INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS, S.A. y tiene la naturaleza de Sociedad Anónima Municipal de capital totalmente público. La Sociedad se regirá por los presentes Estatutos y, en lo no previsto en los mismos, por la legislación de régimen local, el Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, el Código de Comercio y demás disposiciones legales aplicables. Artículo 2.- Domicilio social La Sociedad tiene su domicilio social en Almería, Plaza de la Constitución, 1. Corresponde al Consejo de Administración el traslado del domicilio dentro del mismo término municipal, así como la creación, supresión o traslado de sucursales, agencias o delegaciones que el desarrollo de la actividad de la Sociedad haga necesario o conveniente. Artículo 3.- Objeto Social 1.- Los objetivos o fines de la Sociedad Municipal son los siguientes: a) La promoción, construcción y explotación de espacios, locales y edificios destinados al estacionamiento de todo tipo de vehículos, así como la venta, cesión del derecho de uso, concesión, alquiler y administración directa o indirecta de éstos; además, la promoción, ejecución y explotación de infraestructuras y servicios municipales dentro del término municipal de Almería, que, con arreglo a los Estatutos, le sean encomendados por el Órgano municipal correspondiente, conforme a la legislación vigente 1 (*). b) La prestación de todos los servicios y el desarrollo de las acciones necesarias para su ejecución, financiación y gestión en general. 1 Apartado redactado conforme al Acuerdo de la Junta General de fecha 26/11/2009

2 c) La realización de estudios, proyectos e iniciativas necesarias relacionados o no con los objetos anteriores. 2.- Los objetivos anteriores podrá llevarlos a cabo por sí misma o por cualquiera otra forma de las recogidas en la legislación vigente, incluso mediante la creación de otra u otras sociedades, previa autorización por el órgano competente. Si las disposiciones legales exigiesen para el ejercicio de alguna de las actividades comprendidas en el objeto social, la obtención de licencia administrativa, la inscripción en un registro público o cualquier otro requisito, no podrán iniciarse antes de que se hayan cumplido los requisitos administrativos exigidos. Artículo 4.- Duración La Sociedad tendrá una duración ilimitada, y dará comienzo sus operaciones, el día del otorgamiento de la de la Escritura Fundacional, en virtud de lo establecido RRM, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo último del artículo anterior. TITULO II. CAPITAL SOCIAL, RÉGIMEN DE LAS ACCIONES Y OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LOS SOCIOS. Artículo 5.- Capital social El capital social es de euros, íntegramente desembolsado, representado por 100 acciones nominativas de 602 euros de valor nominal cada una de ellas, y se halla suscrito y desembolsado en su totalidad por el Ayuntamiento de Almería. Las acciones son de una única clase. La sociedad prevé la posibilidad de recibir la inversión de capital de países que formen parte o no de la CEE así como de cualquier administración pública o entidad privada, siempre y cuando dicha cuestión se someta a la Junta General de Accionistas con las formalidades y quórum previstos en los artículos 11 y siguientes de los presentes Estatutos, debiendo tener en cuenta que en ningún caso podrá suponer que para tal fin la Sociedad deba de someterse a un aumento de capital. Artículo 6.- Documentación de las acciones

3 Las acciones están representadas por medio de títulos nominativos. En principio cada título incorporará una sola acción, sin perjuicio de la creación de títulos múltiples. En tanto no sean emitidos los títulos representativos de las acciones, cada accionista recibirá un resguardo provisional nominativo, inicialmente previsto para cubrir el periodo que va desde el otorgamiento de la escritura hasta la correspondiente inscripción en el registro Mercantil, en el cual se consignará el número total de acciones de las que sea titular y las demás menciones exigidas por el artículo 54 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. El título de cada acción contendrá necesariamente los requisitos señalados como mínimos en el artículo 53 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. La acción confiere a su titular legítimo la condición de socio e implica para éste el pleno y total acatamiento de lo dispuesto en los presentes Estatutos y en los acuerdos válidamente adoptados por los órganos rectores de la sociedad, al tiempo que le faculta para el ejercicio de los derechos inherentes a su condición conforme a Estatutos y la Ley. Artículo 7.- Régimen de transmisión de las acciones. Las acciones de titularidad pública son transmisibles y embargables con arreglo a los procedimientos y formas recogidos en las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local y de sociedades anónimas. Artículo 8.- Libro de Registro de Acciones Nominativas Las acciones figurarán en un libro de registro que llevará la Sociedad, debidamente legalizado por el Registro Mercantil, en el que se inscribirán las sucesivas transferencias de acciones, cuando ello sea posible, con expresión del nombre, apellidos, razón y denominación social, en su caso, nacionalidad y domicilio de los sucesivos titulares, así como la constitución de derechos reales y otros gravámenes sobre aquéllas regularmente constituidos. La Sociedad solo reputará accionista a quien se halle inscrito en dicho libro.

4 Cualquier accionista que lo solicite podrá examinar el libro de Registro de Acciones Nominativas. La Sociedad solo podrá rectificar las inscripciones que repute falsas o inexactas cuando haya notificado a los interesados su intención de proceder en tal sentido y éstos no hayan manifestado su oposición durante los treinta días siguientes a la notificación. Artículo 9: Aumento de capital. El capital social podrá aumentarse por acuerdo de la Junta General legalmente convocada al efecto con los requisitos establecidos para cada caso en la Ley. La Junta General determinará los plazos y condiciones de cada emisión y el órgano de Administración tendrá las facultades precisas para cumplir, dentro del marco legal y de las condiciones esta establecidas por la Junta, los acuerdos adoptados. TITULO III. ÓRGANOS DE LA SOCIEDAD Artículo 11.- Órganos de Gobierno y Administración La dirección y administración de la Sociedad estará a cargo de los siguientes órganos: 1. La Junta General 2. El Consejo de Administración 3. El Consejero Delegado 4. El Comité Ejecutivo CAPÍTULO I. DE LA JUNTA GENERAL. Artículo 12.- Consideraciones generales. La Junta General, convocada al efecto, es el órgano soberano y supremo de la Sociedad, coincidirá con el Pleno del Ayuntamiento de Almería, y acomodará su funcionamiento, en cuanto al procedimiento y adopción de acuerdos, a los preceptos del régimen local. En el resto de las cuestiones se estará al régimen de la Ley de Sociedades Anónimas. La Junta General podrá ser ordinaria o extraordinaria, celebrándose en la localidad donde la Sociedad tiene su domicilio y habrá de ser convocada por el Presidente del Consejo de Administración, previo acuerdo adoptado por dicho Consejo, con sujeción a los requisitos

5 establecidos en el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Corporaciones Locales y en los artículos 97 y 98 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, y sin perjuicio de lo establecido en el artículo 99 de dicha Ley. La Junta General Ordinaria, previamente convocada al efecto, se reunirá necesariamente dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio para censurar la gestión social, aprobar en su caso las cuentas anuales del ejercicio anterior y resolver sobre la aplicación del resultado, sin perjuicio de que pueda deliberar sobre cualquier otra materia que figure en el orden del día. El resto de las Juntas tendrán la consideración de Extraordinarias y se celebrarán cuando así las convoque el Presidente del Consejo de Administración con tal carácter, bien por iniciativa propia o bien a solicitud de un número de representantes no inferior a la cuarta parte de los miembros de la Junta General, expresando razonadamente en su solicitud, firmada por todos los interesados, los asuntos a tratar en ella. La relación de asuntos incluidos en el escrito no enerva la facultad del Presidente para determinar los puntos del Orden del día, si bien la exclusión de éste de alguno de los asuntos propuestos será motivada. En este caso la Junta deberá ser convocada para celebrarse dentro de los cuatro días siguientes a la petición y no podrá demorarse su celebración por más de dos meses de dicha petición. La Junta General será presidida por el Presidente del Consejo de Administración y, en su defecto, por la persona que designe la Junta entre los asistentes. El Cargo de Secretario de la Junta General será desempeñado por el Secretario del Ayuntamiento de Almería y, en caso de ausencia de éste, por la persona que legal o reglamentariamente le corresponda. El Presidente de la Junta General podrá autorizar u ordenar la asistencia, con voz pero sin voto, de aquellas personas que puedan informar sobre la marcha de los asuntos sociales y del Gerente. Asimismo deberán asistir, con voz pero sin voto, los miembros del Consejo de Administración que no forman parte de la Junta. Artículo 13.- Constitución de la Junta General

6 Con carácter general la Junta General quedará validamente constituida, en primera o segunda convocatoria conforme a las disposiciones sobre el Pleno del ayuntamiento recogidas en el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Corporaciones Locales. Artículo 14.- Adopción de acuerdos Los acuerdos serán adoptados por mayoría simple de los miembros presentes, excepto en los supuestos recogidos en el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales y en el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las mismas. El Acta de la Junta podrá ser aprobada por la propia Junta después de haberse celebrado ésta y, en su defecto, dentro del plazo de quince días, por el Presidente y el Secretario. El acta aprobada en cualesquiera de estas dos formas tendrá fuerza ejecutiva a partir de la fecha de su aprobación. Artículo 15.- De las competencias de la Junta General La Junta General tendrá las siguientes competencias: a) Nombrar al Consejo e Administración b) Fijar la remuneración de los Consejeros c) Modificar los estatutos d) Aumentar o disminuir el capital e) Emitir obligaciones f) Aprobar el inventario y balance anual g) Las demás que la Ley de Sociedades Anónimas a tribuye a la Junta General CAPÍTULO II. DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN Artículo 16.- Designación, composición y duración del cargo El Consejo de Administración es el órgano ejecutivo encargado de la administración y gestión permanente de la Sociedad, y estará formado por 9 consejeros nombrados por la Junta General, respetándose, en todo caso,

7 la presencia como consejero de un concejal por cada grupo político con representación en el Ayuntamiento de Almería 2. El Presidente del Consejo de Administración será el Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Almería y ostentará la representación de la Sociedad Municipal. El nombramiento de los Consejeros tendrá efecto desde su aceptación y deberá ser presentado para su inscripción en el Registro Mercantil dentro de los diez días siguientes a la fecha de aquélla, haciéndose constar sus nombres, apellidos y edad, si fueran personas físicas o su denominación social, si fueran personas jurídicas y, en ambos casos, su domicilio y nacionalidad y, en relación a los administradores que tengan atribuida la representación de la sociedad, si pueden actuar por sí solos o necesitan hacerlo conjuntamente. Los Consejeros serán nombrados por un período de cinco años por la Junta General, siendo removidos de su cargo aquellos que pierdan la condición de miembros del Excmo. Ayuntamiento de Almería. El Secretario será elegido por el Consejo de Administración. Artículo 17.- Convocatoria, sesiones y acuerdos El Consejo de Administración se reunirá periódicamente mediante convocatoria del Presidente o de quién le sustituya. También será convocado por su Presidente, en caso de solicitud escrita de, como mínimo, dos quintas partes del Consejo de Administración, dentro del plazo de siete días a partir del recibo de dicha solicitud, debiendo figurar en el orden del día los extremos señalados por los solicitantes, sin perjuicio de que si el Presidente lo cree conveniente pueda introducir en el Orden del día otros asuntos que considere oportuno. El Consejo de Administración quedará válidamente constituido cuando concurran a la reunión, presentes o representados, la mitad más uno de sus componentes. La representación se conferirá mediante carta dirigida al Presidente. Los acuerdos del Consejo de Administración se adoptarán por mayoría absoluta de los asistentes a la reunión. No obstante lo anterior, se requerirá el voto favorable de las dos terceras partes de los 2 Párrafo redactado conforme al Acuerdo de la Junta General de 4 de julio de 2011.

8 componentes del Consejo para adoptar el acuerdo de delegación permanente de alguna facultad del Consejo en el Consejero Delegado y de designación del administrador, en su caso, que haya de ocupara dicho cargo. Las discusiones y acuerdos del Consejo se llevarán a un libro de actas, que serán firmadas por el presidente y el secretario. Artículo 18.- Competencias del Consejo de Administración Corresponden al Consejo de Administración las más amplias facultades para la gestión de los negocios de la sociedad, en todos los asuntos pertenecientes al giro o tráfico de la empresa. Además de estas facultades de carácter general, son atribuciones del Consejo de Administración las siguientes: a) Formular las cuentas anuales, el informe de gestión y la propuesta de aplicación de resultados, de los que hará una dotación mínima del 50% para los fines de la sociedad. b) Aprobar el presupuesto de la Sociedad. c) Aprobar los reglamentos de régimen interior que resulten necesarios para el más eficaz desenvolvimiento de la Sociedad. d) Organizar, dirigir e inspeccionar la marcha de la sociedad. e) Representar con plena responsabilidad a la Sociedad ante cualesquiera juzgados y tribunales, pudiendo nombrar a estos efectos los representantes, procuradores y abogados. f) Acordar lo que resulte procedente para el ejercicio y desistimiento de acciones. g) Aprobar la plantilla de personal a propuesta del Gerente. h) Autorizar toda clase de contratos, adquisiciones y suministros de cuantía superior a euros. i) Acordar las operaciones de crédito o préstamo de cualquier clase con o sin garantía hipotecaria que puedan convenir a la Sociedad. j) Firmar contratos con las Administraciones Públicas y convenios con cualquier entidad pública o privada para el desarrollo de su objeto social. k) En su caso, nombrar y separar al Gerente de la Sociedad. l) Aprobar las obras e inversiones a realizar por la propia sociedad con cargo al porcentaje que le corresponda del beneficio de la cuenta de resultados. m) Resolver las dudas que se susciten sobre la interpretación de los presentes Estatutos.

9 n) Cuantos asuntos no estén expresamente reservados a la Junta General y aquellas que se le atribuyen en los presentes Estatutos. Artículo 19.- Del Consejero-Delegado El Consejo de Administración podrá nombrar, entre sus miembros, un Consejero Delegado con las facultades que se determinen en el acuerdo correspondiente. En todo caso, el acuerdo de nombramiento y delegación de facultades no producirá efecto alguno hasta su inscripción en el Registro Mercantil. TÍTULO IV. DEL GERENTE Artículo 20.- Designación y separación El Consejo de Administración podrá nombrar un Gerente, el cual tendrá derecho a asistir a las reuniones del Consejo con voz pero sin voto, pudiendo hacer coincidir dicho puesto con el del Consejero Delegado. La separación del Gerente podrá efectuarse libremente por el Consejo de la Sociedad. Artículo 21.- Facultades El Gerente tendrá las facultades que, en cada caso, le atribuya el Consejo de Administración mediante apoderamiento expreso. En caso de que se acuerde su nombramiento por el Consejo, le corresponderá ejercer las siguientes facultades: a) La ejecución de los acuerdos del Consejo b) La propuesta al Consejo de la plantilla de empleados al servicio de la Sociedad y cualesquiera variaciones de la misma. c) La Jefatura directa e inmediata de todo el personal al servicio de la Sociedad d) Coordinar, organizar y dirigir las actividades técnicas, económicas y administrativas de la sociedad. e) La firma de la correspondencia, recibos, libramientos, facturas, talones y, en general, cuantos documentos sean precisos para el desarrollo de su cometido. f) La preparación y presentación al Consejo de cuantos informes y propuestas estime oportunas en relación con las actividades de la sociedad o que puedan redundar en el mejor logro y desenvolvimiento

10 de los intereses sociales. g) Ordenar pagos y autorizar cobros. h) Realizar toda clase de contratos, adquisiciones y suministros de cuantía inferior a euros. i) Solicitar y aceptar subvenciones de todo tipo resolviendo en el ámbito empresarial cuanto afecte a los derechos y obligaciones de la sociedad. j) Por delegación del Consejo de Administración, la contratación y adjudicación de todo tipo de contratos cuyo importe sea inferior a dos millones de euros. Artículo 22. El Comité Ejecutivo Presidido por el Consejero-Delegado, estará constituido por los miembros del Consejo de Administración que tengan la consideración de apoderados, sin que su número pueda exceder de cuatro. Los acuerdos se adoptarán por mayoría, decidiendo el Presidente del Comité en caso de empate. Artículo 23. Funciones El Comité Ejecutivo, como órgano puramente ejecutivo, tendrá atribuidas las siguientes funciones: a) Aquéllas que le fueran delegadas por otros órganos de la Sociedad b) Proponer, con carácter preceptivo y vinculante, a quien tenga atribuida la competencia por razón de la cuantía, la adjudicación de todo tipo de contratos que celebre la sociedad. c) Solicitar cuantos informes, estudios o dictámenes de todo tipo estime convenientes para el ejercicio de sus funciones y de las que le fueran encomendadas.. d) La asistencia y asesoramiento al resto de los órganos colegiados y al Consejero Delegado de la Sociedad y, en su caso, al Gerente. e) La ejecución inmediata de los acuerdos que el resto de los órganos le haya encomendado. f) La selección del personal, a propuesta del Consejero-Delegado o del Gerente, en su caso. g) En su calidad de apoderados, deberán autorizar los pagos que realice la Sociedad, por al menos dos de los mismos. TITULO V. DE LAS CUENTAS ANUALES Y DEL BENEFICIO SOCIAL

11 Artículo 24. Ejercicio social El ejercicio social coincidirá con el año natural y terminará cada año el 31 de diciembre. Excepcionalmente, en el ejercicio de inicio de la actividad el ejercicio social se entenderá iniciado en la fecha de inscripción de la Sociedad en el Registro Mercantil, finalizando el 31 de diciembre. Artículo 25.- Cuentas anuales, propuesta de aplicación de resultados y presupuestos. Dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio social, el Consejo de Administración formulará las Cuentas anuales y, en su caso, la propuesta de aplicación de resultados, que someterá a la aprobación de la Junta General. Las cuentas anuales comprenderán el Balance, la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, la Memoria y las que, de conformidad con la Ley de Haciendas Locales, correspondan. Dentro del mes siguiente a la aprobación de las cuentas anuales se presentará juntamente con la oportuna certificación acreditativa de la aprobación y aplicación del resultado para su depósito en el Registro Mercantil en la forma que determina la Ley. Los beneficios sociales, en su caso, serán distribuidos en la forma que acuerde la Junta General Ordinaria, de conformidad y con sujeción a las disposiciones legales vigentes, a cuyos efectos fijará los destinados a la realización de obras y servicios de interés municipal incluidos en el objeto social a ejecutar por la Sociedad y, el resto, a disposición del Ayuntamiento de Almería, una vez realizada la dotación a la reserva legal del art. 214 del D.R.L.S.A. Anualmente la empresa elaborará un programa de actuación, inversiones y financiación, junto a los estados de previsión de gastos e ingresos, cuenta de explotación, la cuenta de otros resultados, la cuenta de pérdidas y ganancias y el presupuesto general, elaborados de conformidad con el Plan General de Contabilidad de las Corporaciones Locales para su integración en el Presupuesto anual del Ayuntamiento de Almería. TÍTULO VI. RÉGIMEN DE CONTABILIDAD Y CONTROL

12 Artículo 26.- Régimen de contabilidad. La empresa mixta se someterá al régimen de contabilidad propio de las sociedades privadas y de las Corporaciones Locales, de acuerdo con la respectiva legislación vigente, sin perjuicio de las facultades de inspección de la Intervención General del Ayuntamiento de Almería reconocidas por la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Artículo 27.- Control financiero La Sociedad estará sometida a control financiero por parte de la Intervención General del Ayuntamiento de Almería, en los términos establecidos en el artículo 220 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. Artículo 28.- Control externo La Sociedad quedará sujeta a la fiscalización externa del Tribunal de Cuentas en los términos establecidos en el artículo 223 del TRLHL. Por otra parte, la Sociedad queda sujeta a la legislación sobre sociedades anónimas en cuanto a la obligación de someterse a auditorias anuales. Con independencia de lo anterior, la Sociedad podrá acordar la realización anual de auditorias por empresas externas e independientes. TITULO VII. DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN Artículo 29.- Causas de disolución La Sociedad se disolverá cuando concurra alguna de las causas expresadas en el artículo 260 del vigente Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas y art. 98 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales. En todo caso, por acuerdo del Ayuntamiento de Almería adoptado al efecto. Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, cuando las pérdidas excedan de la mitad del capital social, será obligatoria la disolución de la sociedad, y el Pleno del Ayuntamiento resolverá sobre la continuidad y forma de prestación de los servicios que realice y sobre la liquidación de las obras o servicios en ejecución.

13 Artículo 30.- Liquidación Disuelta la Sociedad se abrirá el período de liquidación nombrando la Junta General un número impar de liquidadores que asumirán las funciones que les señala el artículo 272 del vigente Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, sin que proceda el reparto del sobrante del patrimonio social previsto en el art ª del mismo y sin perjuicio de las actuaciones que procedan por la Intervención Municipal. Durante el período de liquidación, y a los efectos exclusivos de la misma, la Junta General conservará su soberanía. Aprobación: Pleno 18 de mayo de (*) Modificación (art. 3.a): Junta General 26 de noviembre de (B.O.P. nº 22, de 3 de febrero de 2010). Modificación (art. 16, pár. 1º): Junta General 04 de julio de 2011 (B.O.P. nº 73, de 9 de septiembre de 2011).

ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA DENOMINADA:

ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA DENOMINADA: ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA DENOMINADA: SOCIEDAD ESPAÑOLA DE ESTUDIOS PARA LA COMUNICACIÓN FIJA A TRAVÉS DEL ESTRECHO DE GIBRALTAR, S.A. (SECEGSA) TÍTULO I ARTÍCULO 1º: Denominación. Bajo la denominación

Más detalles

ASOCIACIÓN DE FAMILIAS DEL ALUMNADO DEL COLEGIO LOURDES ESTATUTOS

ASOCIACIÓN DE FAMILIAS DEL ALUMNADO DEL COLEGIO LOURDES ESTATUTOS ASOCIACIÓN DE FAMILIAS DEL ALUMNADO DEL COLEGIO LOURDES ESTATUTOS MADRID 2014 1 CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, ACTIVIDADES, DOMICILIO Y ÁMBITO Artículo 1º- Denominación Con la denominación de Asociación

Más detalles

Reglamento de la Comisión de Auditoría y Control de Banco de Sabadell, S.A.

Reglamento de la Comisión de Auditoría y Control de Banco de Sabadell, S.A. Reglamento de la Comisión de Auditoría y Control de Banco de Sabadell, S.A. Í N D I C E Capítulo I. Artículo 1. Artículo 2. Artículo 3. Preliminar Objeto Interpretación Modificación Capítulo II. Artículo

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN «SOLIDARIOS CON EL MUNDO»

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN «SOLIDARIOS CON EL MUNDO» ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN «SOLIDARIOS CON EL MUNDO» CAPÍTULO I DE LA ASOCIACIÓN EN GENERAL Artículo 1º Con la denominación "Solidarios con el Mundo" o también SolMun, se constituye una asociación al amparo

Más detalles

ESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN

ESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN ESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO. Artículo 1. Con la denominación de Conferencia

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION ESPAÑOLA DE MEDIADORES Y ORIENTADORES FAMILIARES CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO:

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION ESPAÑOLA DE MEDIADORES Y ORIENTADORES FAMILIARES CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO: ESTATUTOS DE LA ASOCIACION ESPAÑOLA DE MEDIADORES Y ORIENTADORES FAMILIARES CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO: Artículo 1. Con la denominación de ASOCIACION ESPAÑOLA DE MEDIADORES Y ORIENTADORES

Más detalles

Anexo nº 3 Estatutos de la Sociedad Beneficiaria ESTATUTOS SOCIALES TITULO I. DENOMINACIÓN, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN ARTÍCULO 1º. DENOMINACIÓN. La sociedad se denomina COLREN, SOCIEDAD LIMITADA. ARTICULO

Más detalles

INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES DE ALBACETE ANUNCIO

INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES DE ALBACETE ANUNCIO Publicados en el B.O.P. núm. 98 de miércoles 15 de agosto de 2.001, y corrección de errores de B.O.P. núm. 120 de viernes 5 de octubre de 2.001. INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES DE ALBACETE ANUNCIO Finalizado

Más detalles

ESTATUTOS DEL CONSEJO LOCAL DE JUVENTUD PREÁMBULO CAPÍTULO I

ESTATUTOS DEL CONSEJO LOCAL DE JUVENTUD PREÁMBULO CAPÍTULO I ESTATUTOS DEL CONSEJO LOCAL DE JUVENTUD PREÁMBULO El Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera acuerda constituir el Consejo Local de Juventud como órgano complementario del mismo, con la finalidad de canalizar

Más detalles

ESTATUTOS SOCIALES DE: 2002 GLOBAL FLECHA SICAV SA

ESTATUTOS SOCIALES DE: 2002 GLOBAL FLECHA SICAV SA ESTATUTOS SOCIALES DE: 2002 GLOBAL FLECHA SICAV SA 1 TÍTULO I. DENOMINACIÓN, RÉGIMEN JURÍDICO, OBJETO, DOMICILIO SOCIALES Y DURACIÓN Artículo 1.- Denominación social y régimen jurídico. Designación del

Más detalles

ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD ESTATAL AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A..

ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD ESTATAL AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A.. ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD ESTATAL AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A.. ARTÍCULO 1º.- DENOMINACIÓN Y RÉGIMEN. 1 La denominación de la Sociedad será AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A., sociedad

Más detalles

DE LA CONVOCATORIA DEL CONSEJO GENERAL Y DE LA MESA DEL CONSEJO

DE LA CONVOCATORIA DEL CONSEJO GENERAL Y DE LA MESA DEL CONSEJO CRITERIOS INTERNOS DE FUNCIONAMIENTO DE LAS SESIONES DEL CONSEJO GENERAL Y DE LA MESA DEL CONSEJO DEL COLEGIO DE INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS El Consejo General del Colegio de Ingenieros de

Más detalles

MODELO DE ESTATUTOS DE UNA SOCIEDAD LIMITADA PROFESIONAL

MODELO DE ESTATUTOS DE UNA SOCIEDAD LIMITADA PROFESIONAL MODELO DE ESTATUTOS DE UNA SOCIEDAD LIMITADA PROFESIONAL TÍTULO I.- DENOMINACIÓN, DURACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO Artículo 1º.-Denominación La Sociedad se denominará..., SOCIEDAD LIMITADA PROFESIONAL, y se

Más detalles

ESTATUTOS SOCIALES DE "SERVICIOS FUNERARIOS DE BILBAO, S.L."

ESTATUTOS SOCIALES DE SERVICIOS FUNERARIOS DE BILBAO, S.L. ESTATUTOS SOCIALES DE "SERVICIOS FUNERARIOS DE BILBAO, S.L." TITULO I DE LA DENOMINACIÓN, DOMICILIO, OBJETO SOCIAL Y DURACIÓN DE LA SOCIEDAD ARTÍCULO 1. DENOMINACIÓN DE LA SOCIEDAD. La sociedad "SERVICIOS

Más detalles

REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE MERCADAL DE VALORES, SICAV, SA

REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE MERCADAL DE VALORES, SICAV, SA REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE MERCADAL DE VALORES, SICAV, SA CAPÍTULO I LA JUNTA GENERAL Artículo 1. Clases de Juntas 1. La Junta General de Accionistas podrá ser Ordinaria o Extraordinaria, rigiéndose

Más detalles

ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD MUNICIPAL DE VIVIENDA, PATRIMONIO E INFRAESTRUCTURAS DE EL ESCORIAL, S.L. DENOMINACIÓN, OBJETO, DURACIÓN Y DOMICILIO.

ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD MUNICIPAL DE VIVIENDA, PATRIMONIO E INFRAESTRUCTURAS DE EL ESCORIAL, S.L. DENOMINACIÓN, OBJETO, DURACIÓN Y DOMICILIO. ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD MUNICIPAL DE VIVIENDA, PATRIMONIO E INFRAESTRUCTURAS DE EL ESCORIAL, S.L. Artículo 1: DENOMINACIÓN, OBJETO, DURACIÓN Y DOMICILIO. Con la denominación de Sociedad Municipal de Vivienda,

Más detalles

CRISEGEN INVERSIONES, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL ESTATUTOS SOCIALES

CRISEGEN INVERSIONES, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL ESTATUTOS SOCIALES CRISEGEN INVERSIONES, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL ESTATUTOS SOCIALES -- ESTATUTOS SOCIALES DE CRISEGEN INVERSIONES, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL Artículo 1.- Denominación y régimen jurídico La sociedad se

Más detalles

ESTATUTOS DE LA EMPRESA PROVINCIAL DE AGUAS DE CÓRDOBA S.A. (EMPROACSA)

ESTATUTOS DE LA EMPRESA PROVINCIAL DE AGUAS DE CÓRDOBA S.A. (EMPROACSA) ESTATUTOS DE LA EMPRESA PROVINCIAL DE AGUAS DE CÓRDOBA S.A. (EMPROACSA) Recogidas las modificaciones aprobadas por la Junta General de 10/05/93 Recogidas las modificaciones aprobadas por la Junta General

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO Artículo 1.- Denominación Con la denominación de Asociación "ONG OTROMUNDOESPOSIBLE", se constituye una entidad sin Ánimo de

Más detalles

ESTATUTOS DE AGUAS DE LUCENA, S.L. TITULO I DENOMINACIÓN, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN

ESTATUTOS DE AGUAS DE LUCENA, S.L. TITULO I DENOMINACIÓN, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN Artículo 1.- DENOMINACIÓN.- ESTATUTOS DE AGUAS DE LUCENA, S.L. TITULO I DENOMINACIÓN, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN El Excmo. Ayuntamiento de Lucena constituye una sociedad mercantil local denominada "Aguas

Más detalles

estatutos asociación de padres

estatutos asociación de padres Texto elaborado por: Equipo AMEI estatutos asociación de padres TITULO PRIMERO Denominación, Domicilio, Ámbito territorial, Duración y Personalidad Jurídica Artículo 1º.- Al amparo de la legislación vigente

Más detalles

REGLAMENTO TIPO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS

REGLAMENTO TIPO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS REGLAMENTO TIPO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS (Informado positivamente por Consejo de Gobierno de 10 de octubre de 2008)

Más detalles

REGLAMENTO DE LA COMISION DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE VIDRALA, S.A.

REGLAMENTO DE LA COMISION DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE VIDRALA, S.A. REGLAMENTO DE LA COMISION DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE VIDRALA, S.A. REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE VIDRALA, S.A.

Más detalles

MODELO DE ESTATUTOS (Requisitos mínimos) CLASE DE PERSONA JURIDICA A CONSTITUIRSE: FUNDACION, CORPORACION o ASOCIACION

MODELO DE ESTATUTOS (Requisitos mínimos) CLASE DE PERSONA JURIDICA A CONSTITUIRSE: FUNDACION, CORPORACION o ASOCIACION MODELO DE ESTATUTOS (Requisitos mínimos) CLASE DE PERSONA JURIDICA A CONSTITUIRSE: FUNDACION, CORPORACION o ASOCIACION CAPITULO I Nombre, duración, domicilio y objeto ARTICULO 1.- La entidad que por medio

Más detalles

Estatutos ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN BOLÍVAR DAVIVIENDA CAPÍTULO PRIMERO DENOMINACIÓN, DOMICILIO, OBJETO, PATRIMONIO Y DURACIÓN

Estatutos ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN BOLÍVAR DAVIVIENDA CAPÍTULO PRIMERO DENOMINACIÓN, DOMICILIO, OBJETO, PATRIMONIO Y DURACIÓN ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN BOLÍVAR DAVIVIENDA CAPÍTULO PRIMERO DENOMINACIÓN, DOMICILIO, OBJETO, PATRIMONIO Y DURACIÓN ARTICULO 1. Denominación. La Fundación se denominará FUNDACIÓN BOLÍVAR DAVIVIENDA. ARTICULO

Más detalles

TR HOTEL AJRDÍN DEL MAR, S.A.

TR HOTEL AJRDÍN DEL MAR, S.A. CERTIFICADO SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE SE DERIVAN DE DETERMINADAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE SOCIEDADES DE CAPITAL QUE FORMAN PARTE DE LAS NORMAS DE ORDENACIÓN Y DISCIPLINA DEL MERCADO

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE AFECTADOS PSG

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE AFECTADOS PSG ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE AFECTADOS PSG CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, ACTIVIDADES, DOMICILIO Y ÁMBITO Artículo 1.- Denominación. Con la denominación de Asociación de Afectados PSG, se constituye

Más detalles

ESTATUTOS FONDO PARA ATENCIONES SOCIALES FUNDACIÓN CAPITULO I INSTITUCION

ESTATUTOS FONDO PARA ATENCIONES SOCIALES FUNDACIÓN CAPITULO I INSTITUCION ESTATUTOS FONDO PARA ATENCIONES SOCIALES FUNDACIÓN Artículo 1º.- CAPITULO I INSTITUCION Fondo para Atenciones Sociales Fundación es una institución cultural, privada, de interés general y sin ánimo de

Más detalles

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA P A M P L O N A Aprobación definitiva Estatutos de las Escuelas Infantiles Municipales de Pamplona

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA P A M P L O N A Aprobación definitiva Estatutos de las Escuelas Infantiles Municipales de Pamplona Boletín Oficial de Navarra Número 101 - Fecha 22/08/1997 II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA P A M P L O N A Aprobación definitiva Estatutos de las Escuelas Infantiles Municipales de Pamplona El Pleno

Más detalles

Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Responsabilidad Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada Legislación El Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, deroga la anterior Ley de

Más detalles

PROYECTO No. 3 DE MINUTA DE CONSTITUCION SIMULTÁNEA DE COMPAÑÍA ANÓNIMA CUYO ESTATUTO PREVEA LA EXISTENCIA DE DIRECTORIO

PROYECTO No. 3 DE MINUTA DE CONSTITUCION SIMULTÁNEA DE COMPAÑÍA ANÓNIMA CUYO ESTATUTO PREVEA LA EXISTENCIA DE DIRECTORIO PROYECTO No. 3 DE MINUTA DE CONSTITUCION SIMULTÁNEA DE COMPAÑÍA ANÓNIMA CUYO ESTATUTO PREVEA LA EXISTENCIA DE DIRECTORIO SEÑOR NOTARIO: En el protocolo de escrituras públicas a su cargo, sírvase insertar

Más detalles

CURSO CREAR Y GESTIONAR UNA ASOCIACIÓN Módulo I. Instituto Aragonés de la Juventud Rosario Lázaro Marín

CURSO CREAR Y GESTIONAR UNA ASOCIACIÓN Módulo I. Instituto Aragonés de la Juventud Rosario Lázaro Marín CURSO CREAR Y GESTIONAR UNA ASOCIACIÓN Módulo I Instituto Aragonés de la Juventud Rosario Lázaro Marín MODULO I LA CREACIÓN DE UNA ASOCIACIÓN Para qué crear una asociación? Para compartir una idea. Para

Más detalles

ESTATUTOS SOCIALES DE [ ], S.A.

ESTATUTOS SOCIALES DE [ ], S.A. ESTATUTOS SOCIALES DE [ ], S.A. Artículo 1.- Denominación social La Sociedad se denominará [ ], S.A. Artículo 2.- Objeto Social La Sociedad tendrá como objeto social: [ ] Se excluyen de este objeto todas

Más detalles

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALCÁZAR DE SAN JUAN Secretaría General

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALCÁZAR DE SAN JUAN Secretaría General EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALCÁZAR DE SAN JUAN Secretaría General REGLAMENTO REGULADOR DEL CONSEJO MUNICIPAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Aprobado definitivamente por el Excmo. Ayuntamiento de Alcázar de

Más detalles

FUNERARIA TERRASSA, S.A. (SOCIEDAD UNIPERSONAL) ARTÍCULO 2.- El objeto social será: a) La gestión de losservicios funerarios y la

FUNERARIA TERRASSA, S.A. (SOCIEDAD UNIPERSONAL) ARTÍCULO 2.- El objeto social será: a) La gestión de losservicios funerarios y la FUNERARIA TERRASSA, S.A. (SOCIEDAD UNIPERSONAL) Estatutos Sociales TÍTULO 1.- DENOMINACIÓN, OBJETO, DURACIÓN Y DOMICILIO. ARTÍCULO 1.- La denominación de la sociedad será "FUNERARIA TERRASSA, SA". ARTÍCULO

Más detalles

SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE

SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE SEGÚN EL CÓDIGO DE COMERCIO, DECRETO NÚMERO 2-70 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA ARTÍCULO 68. SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE. Sociedad en comandita simple, es la compuesta

Más detalles

ESTATUTOS CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO

ESTATUTOS CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO ESTATUTOS CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO Artículo 1. Con la denominación Edita Interactiva se constituye una ASOCIACIÓN al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, y normas

Más detalles

INFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A

INFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A INFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A. EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN ESTATUTARIA A QUE SE REFIERE EL PUNTO CUARTO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL

Más detalles

NOTA SOBRE LA ELEVACIÓN A PÚBLICO DE ACUERDOS SOCIALES DE UNA SOCIEDAD CUANDO SE HA LEVANTADO ACTA NOTARIAL DE LA JUNTA.

NOTA SOBRE LA ELEVACIÓN A PÚBLICO DE ACUERDOS SOCIALES DE UNA SOCIEDAD CUANDO SE HA LEVANTADO ACTA NOTARIAL DE LA JUNTA. 1 NOTA SOBRE LA ELEVACIÓN A PÚBLICO DE ACUERDOS SOCIALES DE UNA SOCIEDAD CUANDO SE HA LEVANTADO ACTA NOTARIAL DE LA JUNTA. Madrid a 21 mayo 2009 1.-El Acta Notarial de la junta es un acta y no una escritura.

Más detalles

Z-Radio se crea como órgano de gestión directa y dependiente de la Concejalía de Presidencia.

Z-Radio se crea como órgano de gestión directa y dependiente de la Concejalía de Presidencia. REGLAMENTO INTERNO ZUBIA DEL SERVICIO MUNICIPAL: Z-RADIO DE LA CAPITULO I. DISPOSICIONES LEGALES Articulo Iº. Denominación y naturaleza El Ayuntamiento de La Zubia crea, al amparo de lo establecido en

Más detalles

REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE PRÁCTICA JURÍDICA DE VALLADOLID. (Aprobado por Comisión Permanente de Junta de Gobierno de 6 de julio de 1994).

REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE PRÁCTICA JURÍDICA DE VALLADOLID. (Aprobado por Comisión Permanente de Junta de Gobierno de 6 de julio de 1994). REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE PRÁCTICA JURÍDICA DE VALLADOLID. (Aprobado por Comisión Permanente de Junta de Gobierno de 6 de julio de 1994). TÍTULO I Carácter, fines y sede de la Escuela Artículo 1.º La

Más detalles

3. Modelo de Estatutos para Sociedad Limitada Nueva Empresa

3. Modelo de Estatutos para Sociedad Limitada Nueva Empresa 3. 3. Modelo de Estatutos para Sociedad Limitada Nueva Empresa BOE 5 DE JUNIO DE 2003. Orden JS/1445/2003, 4 de junio, por la que se aprueban los Estatutos orientativos de la sociedad limitada nueva empresa.

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS MADRE RAFOLS DEL COLEGIO DE SANTA ANA DE HUESCA.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS MADRE RAFOLS DEL COLEGIO DE SANTA ANA DE HUESCA. 1 ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS MADRE RAFOLS DEL COLEGIO DE SANTA ANA DE HUESCA. I.- DEFINICION, DOMICILIO Y AMBITO TERRITORIAL Artículo 1º.- Con la denominación ASOCIACIÓN DE

Más detalles

Estatutos de la Asociación Civil de la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado

Estatutos de la Asociación Civil de la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado Estatutos de la Asociación Civil de la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado Yo, Carlos Zapata Escalona, venezolano, mayor de edad, Médico, titular de la cédula de identidad Nº 28.439, de este

Más detalles

ESTATUTOS SOCIALES DE LA UNIÓN DE ENTIDADES ESPAÑOLAS DE CIENCIA ANIMAL (UEECA) TÍTULO I DE LA ASOCIACIÓN

ESTATUTOS SOCIALES DE LA UNIÓN DE ENTIDADES ESPAÑOLAS DE CIENCIA ANIMAL (UEECA) TÍTULO I DE LA ASOCIACIÓN ESTATUTOS SOCIALES DE LA UNIÓN DE ENTIDADES ESPAÑOLAS DE CIENCIA ANIMAL (UEECA) TÍTULO I DE LA ASOCIACIÓN ARTÍCULO 1.- Denominación Con el nombre de UNIÓN DE ENTIDADES ESPAÑOLAS DE CIENCIA ANIMAL (UEECA)

Más detalles

ASOCIACIÓN DE CELÍACOS Y SENSIBLES AL GLUTEN COMUNIDAD DE MADRID ESTATUTOS CAPITULO I

ASOCIACIÓN DE CELÍACOS Y SENSIBLES AL GLUTEN COMUNIDAD DE MADRID ESTATUTOS CAPITULO I ASOCIACIÓN DE CELÍACOS Y SENSIBLES AL GLUTEN COMUNIDAD DE MADRID ESTATUTOS CAPITULO I Artículo 1º.- DENOMINACION.- Con la denominación de ASOCIACIÓN DE CELÍACOS Y SENSIBLES AL GLUTEN. COMUNIDAD DE MADRID

Más detalles

ESTATUTOS SOCIALES DE LA SOCIEDAD SOCIEDAD MIBGAS, S.A. TÍTULO I. DENOMINACIÓN, OBJETO, DURACIÓN, INICIO DE OPERACIONES Y DOMICILIO

ESTATUTOS SOCIALES DE LA SOCIEDAD SOCIEDAD MIBGAS, S.A. TÍTULO I. DENOMINACIÓN, OBJETO, DURACIÓN, INICIO DE OPERACIONES Y DOMICILIO ESTATUTOS SOCIALES ESTATUTOS SOCIALES DE LA SOCIEDAD SOCIEDAD MIBGAS, S.A. TÍTULO I. DENOMINACIÓN, OBJETO, DURACIÓN, INICIO DE OPERACIONES Y DOMICILIO Artículo 1.- Denominación La Sociedad se denomina

Más detalles

REGLAMENTO CONSEJO SECTORIAL DE MEDIO AMBIENTE Y URBANISMO

REGLAMENTO CONSEJO SECTORIAL DE MEDIO AMBIENTE Y URBANISMO REGLAMENTO CONSEJO SECTORIAL MEDIO AMBIENTE Y URBANISMO PREÁMBULO La Constitución española, en su artículo 9.2, establece que corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad

Más detalles

MODELO DE ESTATUTOS DE UNA ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO

MODELO DE ESTATUTOS DE UNA ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO NOTA ESPECIAL: El presente es un modelo que sirve como guía para las entidades sin ánimo de lucro, el cual en nada obliga a la Cámara de Comercio del Oriente Antioqueño. MODELO DE ESTATUTOS DE UNA ENTIDAD

Más detalles

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA CONFERENCIA SECTORIAL DE VIVIENDA, URBANISMO Y SUELO

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA CONFERENCIA SECTORIAL DE VIVIENDA, URBANISMO Y SUELO REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA CONFERENCIA SECTORIAL DE VIVIENDA, URBANISMO Y SUELO Artículo 1. Naturaleza y fines. La Conferencia Sectorial de Vivienda, Urbanismo y Suelo, constituida

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL DE MEDIO AMBIENTE

REGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL DE MEDIO AMBIENTE REGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL DE MEDIO AMBIENTE Ayuntamiento de Aspe 14/01/2015 ÍNDICE PREÁMBULO...3 TITULO I NATURALEZA Y FUNCIONES....4 Artículo 1 Definición y Objeto....4 Artículo 2 Naturaleza y Régimen

Más detalles

FAES FARMA, S.A. a la COMISION NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES comunica el siguiente: HECHO RELEVANTE

FAES FARMA, S.A. a la COMISION NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES comunica el siguiente: HECHO RELEVANTE FAES FARMA, S.A. a la COMISION NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES comunica el siguiente: HECHO RELEVANTE Que en la reunión del Consejo de Administración de la Sociedad celebrada hoy se han aprobado los nuevos

Más detalles

NH HOTEL GROUP, S.A. JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS

NH HOTEL GROUP, S.A. JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS NH HOTEL GROUP, S.A. JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS Por el Consejo de Administración de esta Sociedad se convoca a los señores accionistas a Junta General Extraordinaria, a celebrar en Madrid,

Más detalles

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN.

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN. REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN. El de la Universidad de Jaén se constituye dentro del marco de una política en materia de prevención de riesgos

Más detalles

MODELO ESTAUTOS ESAL Aprobó 15/09/2007

MODELO ESTAUTOS ESAL Aprobó 15/09/2007 Página 1 de 8 (MODELO DE ESTATUTOS DE LA CORPORACIÓN, FUNDACIÓN O ASOCIACIÓN) CAPITULO I NOMBRE, DURACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO Artículo 1: Créase con el nombre de la CORPORACION *********** En el Departamento

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE ALCAUDETE (JAÉN)

AYUNTAMIENTO DE ALCAUDETE (JAÉN) Número 155 Miércoles, 14 de Agosto de 2013 Pág. 18072 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ALCAUDETE (JAÉN) 7270 Aprobación definitiva del Reglamento del Consejo Local de Deportes. Anuncio Al no haberse

Más detalles

INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE GUERRERO

INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE GUERRERO ANEXO 2 MODELO ÚNICO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CIVIL QUE PRETENDA REGISTRAR CANDIDATO INDEPENDIENTE ESTATUTOS CAPITULO I De la denominación, objeto social, nacionalidad, Domicilio y duración. Artículo

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE TÉCNICOS DE LAS ARTES ESCÉNICAS

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE TÉCNICOS DE LAS ARTES ESCÉNICAS ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE TÉCNICOS DE LAS ARTES ESCÉNICAS Capítulo 1 Denominación, fines y domicilio social Con la denominación.asociación profesional de técnicos de las artes escénicas.,

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE USUARIOS DE DRONES Y AFINES (AEDRON)

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE USUARIOS DE DRONES Y AFINES (AEDRON) ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE USUARIOS DE DRONES Y AFINES (AEDRON) ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE USUARIOS DE DRONES Y AFINES (AEDRON) CONTENIDO 2 CAPITULO I: DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO

Más detalles

E S T A T U T O S CAPITULO I DE LA ASOCIACION EN GENERAL

E S T A T U T O S CAPITULO I DE LA ASOCIACION EN GENERAL E S T A T U T O S CAPITULO I DE LA ASOCIACION EN GENERAL Artículo 1.- Se constituye en Mieres una asociación sin ánimo de lucro que se denominará Asociación Cultural y Minera Santa Bárbara de la Comarca

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE CULTURA

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE CULTURA Núm. 294 Miércoles 7 de diciembre de 2011 Sec. III. Pág. 129676 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE CULTURA 19222 Resolución de 11 de noviembre de 2011, de la Secretaría General Técnica, por la que

Más detalles

FORO PORTUARIO IBEROAMERICANO. Organización y Reglas de Funcionamiento

FORO PORTUARIO IBEROAMERICANO. Organización y Reglas de Funcionamiento FORO PORTUARIO IBEROAMERICANO Organización y Reglas de Funcionamiento Diciembre 2003 FORO PORTUARIO IBEROAMERICANO Organización y Reglas de Funcionamiento 1. El Foro Portuario Iberoamericano (en lo sucesivo,

Más detalles

ESTATUTOS. b) Ampliar y consolidar las relaciones de la Universidad Nacional de Ingeniería con el sector empresarial.

ESTATUTOS. b) Ampliar y consolidar las relaciones de la Universidad Nacional de Ingeniería con el sector empresarial. TITULO I Nombre, Objetivos, Domicilio, Duración ESTATUTOS Artículo 1º: El Patronato de la Universidad Nacional de Ingeniería es una asociación civil sin fines de lucro, integrada por personas naturales

Más detalles

CAMPOFRÍO FOOD GROUP, SOCIEDAD ANÓNIMA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS

CAMPOFRÍO FOOD GROUP, SOCIEDAD ANÓNIMA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS CAMPOFRÍO FOOD GROUP, SOCIEDAD ANÓNIMA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS El Consejo de Administración de CAMPOFRÍO FOOD GROUP, SOCIEDAD ANÓNIMA, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 13

Más detalles

25 de marzo de 2015. Procedimiento para conflictos de interés y operaciones vinculadas con consejeros, accionistas significativos y altos directivos

25 de marzo de 2015. Procedimiento para conflictos de interés y operaciones vinculadas con consejeros, accionistas significativos y altos directivos 25 de marzo de 2015 Procedimiento para conflictos de interés y operaciones vinculadas con consejeros, accionistas significativos y altos directivos Índice TÍTULO PRELIMINAR. DEFINICIONES 3 TÍTULO I. DE

Más detalles

AREA DE ACCIÓN SOCIAL Y SANIDAD ANUNCIO

AREA DE ACCIÓN SOCIAL Y SANIDAD ANUNCIO AREA DE ACCIÓN SOCIAL Y SANIDAD ANUNCIO El Pleno de este Excmo. Cabildo Insular, en sesión celebrada el treinta de noviembre de dos mil, aprobó definitivamente el Reglamento para la creación del Consejo

Más detalles

PLATAFORMA NUEVOS REALIZADORES

PLATAFORMA NUEVOS REALIZADORES PLATAFORMA NUEVOS REALIZADORES ESTATUTOS CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, ACTIVIDADES, DOMICILIO Y ÁMBITO Artículo 1 - Denominación Con la denominación de asociación PLATAFORMA NUEVOS REALIZADORES (PNR)

Más detalles

3.5.- Toda otra actividad compatible con los fines de la Asociación.

3.5.- Toda otra actividad compatible con los fines de la Asociación. ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN SOCIEDAD DE AMIGOS DEL MUSEO NACIONAL DE CIENCIAS NATURALES I.- DENOMINACION, FINES, DOMICILIO Y AMBITO. Artículo 1º. 1.1.- Con la denominación de ASOCIACIÓN SOCIEDAD DE AMIGOS

Más detalles

ESTATUTOS SOCIALES DE ENDESA, S.A. 14 de diciembre de 2010 9 de mayo de 2011

ESTATUTOS SOCIALES DE ENDESA, S.A. 14 de diciembre de 2010 9 de mayo de 2011 ESTATUTOS SOCIALES DE ENDESA, S.A. 14 de diciembre de 2010 9 de mayo de 2011 1 REDACCIÓN VIGENTE TÍTULO I. DENOMINACIÓN, OBJETO, DURACIÓN Y DOMICILIO Artículo 8. Acciones sin voto, rescatables y privilegiadas.

Más detalles

ASOCIACIONES DE MUNICIPALIDADES. Álvaro Villanueva R. alvaro.villanueva@subdere.gov.cl Marzo 2012

ASOCIACIONES DE MUNICIPALIDADES. Álvaro Villanueva R. alvaro.villanueva@subdere.gov.cl Marzo 2012 ASOCIACIONES DE MUNICIPALIDADES Álvaro Villanueva R. alvaro.villanueva@subdere.gov.cl Marzo 2012 1 TIPOS DE ORGANIZACIONES EN LAS QUE PUEDE PARTICIPAR UNA MUNICIPALIDAD 2 MUNICIPALIDADES CORPORACIONES

Más detalles

ESCUELA INTERNACIONAL DE MÁSTER (EIMUAL) DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO

ESCUELA INTERNACIONAL DE MÁSTER (EIMUAL) DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO ESCUELA INTERNACIONAL DE MÁSTER (EIMUAL) DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO Aprobado en Consejo de Gobierno de la UAL de fecha 25 de febrero de 2014. Modificado en Consejo de Gobierno

Más detalles

4. INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE AUTOGOBIERNO 4. C) Presidente 4. C). 3. Estatuto, funciones o atribuciones

4. INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE AUTOGOBIERNO 4. C) Presidente 4. C). 3. Estatuto, funciones o atribuciones 4. INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE AUTOGOBIERNO 4. C) Presidente 4. C). 3. Estatuto, funciones o atribuciones COMUNITAT VALENCIANA L.O. 1/2006, de 10 de abril, de reforma de la L.O. 5/1982, de 1 de julio, del

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN LEALCAN DE INTEGRACIÓN CANINA CAPITULO I - DENOMINACIÓN, FINES, ACTIVIDADES, DOMICILIO Y ÁMBITO

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN LEALCAN DE INTEGRACIÓN CANINA CAPITULO I - DENOMINACIÓN, FINES, ACTIVIDADES, DOMICILIO Y ÁMBITO ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN LEALCAN DE INTEGRACIÓN CANINA CAPITULO I - DENOMINACIÓN, FINES, ACTIVIDADES, DOMICILIO Y ÁMBITO Artículo 1º - Denominación Con la denominación de Asociación LealCan de Integración

Más detalles

ESTATUTOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE SANIDAD DEL MUNICIPIO DE HELLÍN

ESTATUTOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE SANIDAD DEL MUNICIPIO DE HELLÍN ESTATUTOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE SANIDAD DEL MUNICIPIO DE HELLÍN Publicado en el B.O.P. Nº 20 de 14 de Febrero de 1.997 Mediante la presente propuesta se pretende la creación del

Más detalles

GAMESA CORPORACIÓN TECNOLÓGICA, SOCIEDAD ANÓNIMA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS 2014

GAMESA CORPORACIÓN TECNOLÓGICA, SOCIEDAD ANÓNIMA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS 2014 Anuncio: Convocatoria de la Junta General de Accionistas 2014 Anuncio de convocatoria de la Junta General de Accionistas de 2014 de Gamesa Corporación Tecnológica, S.A. GAMESA CORPORACIÓN TECNOLÓGICA,

Más detalles

ESTATUTOS COORDINADORA EXTREMEÑA DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA EL DESARROLLO

ESTATUTOS COORDINADORA EXTREMEÑA DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA EL DESARROLLO ESTATUTOS COORDINADORA EXTREMEÑA DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA EL DESARROLLO ESTATUTOS DE LA COORDINADORA EXTREMEÑA DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA EL DESARROLLO TÍTULO I: De la Coordinadora

Más detalles

A) TERCER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA

A) TERCER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA PROPUESTA DE ACUERDOS QUE EL CONSEJO DE ADMINISTRACION DE VISCOFAN, SOCIEDAD ANÓNIMA FORMULA A LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD, A CELEBRAR EN PRIMERA CONVOCATORIA EL DÍA 13 DE JUNIO DE 2.004

Más detalles

Boletín oficial de la Provincia de valladolid

Boletín oficial de la Provincia de valladolid Núm. 15 Martes, 20 de enero de 2015 Pág. 236 REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL SOBRE DROGAS. TITULO PRELIMINAR: NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO Artículo 1. Naturaleza y ámbito de actuación. 1. El Consejo

Más detalles

ESTATUTOS SOCIALES DE SOCIEDAD ANÓNIMA LLEIDANETWORKS SERVEIS TELEMÀTICS, SA TÍTULO I. DENOMINACIÓN, DURACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO

ESTATUTOS SOCIALES DE SOCIEDAD ANÓNIMA LLEIDANETWORKS SERVEIS TELEMÀTICS, SA TÍTULO I. DENOMINACIÓN, DURACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO ESTATUTOS SOCIALES DE SOCIEDAD ANÓNIMA LLEIDANETWORKS SERVEIS TELEMÀTICS, SA TÍTULO I. DENOMINACIÓN, DURACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO Articulo 1º Denominación Con la denominación de LLEIDANETWORKS SERVEIS

Más detalles

ASOCIACIÓN UNIVERSIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO ADECUADA AL D.L. N 882. Estatuto Social

ASOCIACIÓN UNIVERSIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO ADECUADA AL D.L. N 882. Estatuto Social ASOCIACIÓN UNIVERSIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO ADECUADA AL D.L. N 882 Estatuto Social 2007 Í N D I C E TÍTULO I.- De la Denominación, Duración y Domicilio.. 7 TÍTULO

Más detalles

Información Mercantil interactiva de los Registros Mercantiles de España. Expedida el día: 08/06/2011 a las 09:14 horas. ESTATUTOS INDEFINIDA

Información Mercantil interactiva de los Registros Mercantiles de España. Expedida el día: 08/06/2011 a las 09:14 horas. ESTATUTOS INDEFINIDA Información Mercantil interactiva de los Registros Mercantiles de España REGISTRO MERCANTIL DE Expedida el día: 08/06/2011 a las 09:14 horas. ESTATUTOS DATOS GENERALES Denominación: Inicio de Operaciones:

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE ECONOMÍA DEL TRABAJO (A.E.E.T.)

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE ECONOMÍA DEL TRABAJO (A.E.E.T.) ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE ECONOMÍA DEL TRABAJO (A.E.E.T.) CAPITULO I- DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO y ÁMBITO Artículo 1. Con la denominación de Asociación Española de Economía del Trabajo

Más detalles

Disposiciones Vigentes de La Corte de Arbitraje de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Santa Cruz de Tenerife

Disposiciones Vigentes de La Corte de Arbitraje de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Santa Cruz de Tenerife Disposiciones Vigentes de La Corte de Arbitraje de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Santa Cruz de Tenerife INDICE DE CONTENIDOS I.- ESTATUTO DE FUNCIONAMIENTO II.- NUEVO REGLAMENTO

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO SECTORIAL DE MEDIO AMBIENTE DE LA CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

REGLAMENTO DEL CONSEJO SECTORIAL DE MEDIO AMBIENTE DE LA CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA REGLAMENTO DEL CONSEJO SECTORIAL DE MEDIO AMBIENTE DE LA CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA ARTÍCULO 1 NATURALEZA El Consejo se constituye como un Consejo Sectorial, órgano colegiado adscrito a la Consejería de

Más detalles

MANUAL DE OPERACION DEL COMITE DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE LOSTRABA]ADORES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL

MANUAL DE OPERACION DEL COMITE DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE LOSTRABA]ADORES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL ,, MANUAL DE OPERACION DEL COMITE DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE LOSTRABA]ADORES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL ÍNDICE Presentación 1 Página Objetivo 1 1. MARCO JURÍDICO 2 11. DEFINICIONES

Más detalles

COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES

COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES Madrid, 10 de febrero de 2016 COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES A los efectos de dar cumplimiento al artículo 228 del Texto Refundido de la Ley del Mercado de Valores, MAPFRE, S.A. (MAPFRE), pone

Más detalles

CORTE DE ARBITRAJE DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE JEREZ DE LA FRONTERA ESTATUTOS

CORTE DE ARBITRAJE DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE JEREZ DE LA FRONTERA ESTATUTOS CORTE DE ARBITRAJE DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE JEREZ DE LA FRONTERA ESTATUTOS TITULO I.- NATURALEZA, DENOMINACIÓN Y DOMICILIO Artículo 1.- Naturaleza 1.- La Corte de Arbitraje del Ilustre Colegio

Más detalles

.09 ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA ANDRÉS BELLO CAPITULO I NATURALEZA, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN

.09 ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA ANDRÉS BELLO CAPITULO I NATURALEZA, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA ANDRÉS BELLO CAPITULO I NATURALEZA, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN Artículo 1º: La Asociación de Profesores de la Universidad Católica

Más detalles

ESTATUTOS DEL CONSEJO LOCAL DE DEPORTES NATURALEZA Y FUNCIONES

ESTATUTOS DEL CONSEJO LOCAL DE DEPORTES NATURALEZA Y FUNCIONES ESTATUTOS L CONSEJO LOCAL PORTES C A P I T U L O I NATURALEZA Y FUNCIONES Artículo 1º.- Definición. El Consejo Local de Deportes es el órgano institucional consultivo en materia deportiva del Excmo. Ayuntamiento

Más detalles

REGLAMENTO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA.

REGLAMENTO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. REGLAMENTO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. Artículo 1 La Facultad de Ciencias Jurídicas de la ULPGC es el órgano docente y de gestión administrativa

Más detalles

GRUPO EMPRESARIAL ENCE, SOCIEDAD ANÓNIMA CONVOCATORIA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS

GRUPO EMPRESARIAL ENCE, SOCIEDAD ANÓNIMA CONVOCATORIA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS GRUPO EMPRESARIAL ENCE, SOCIEDAD ANÓNIMA CONVOCATORIA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS El Consejo de Administración de Grupo Empresarial ENCE, S.A., convoca a los señores accionistas a la Junta General

Más detalles

ESTATUTOS SOCIALES NMÁS1 DINAMIA, S.A.

ESTATUTOS SOCIALES NMÁS1 DINAMIA, S.A. ESTATUTOS SOCIALES DE NMÁS1 DINAMIA, S.A. ÍNDICE TÍTULO I.- CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN, OBJETO Y DOMICILIO... 3 ARTÍCULO 1. DENOMINACIÓN SOCIAL... 3 ARTÍCULO 2. OBJETO SOCIAL... 3 ARTÍCULO 3. DURACIÓN...

Más detalles

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN MIXTA DE AUDITORÍA Y RIESGOS

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN MIXTA DE AUDITORÍA Y RIESGOS REGLAMENTO DE LA COMISIÓN MIXTA DE AUDITORÍA Y RIESGOS 2 PRELIMINAR: REGLAMENTO DE LA COMISIÓN MIXTA DE AUDITORÍA Y RIESGOS Al amparo de lo dispuesto en el artículo 38.3 de la Ley 10/2014, de 26 de junio,

Más detalles

Escritura de constitución de unión temporal de empresas

Escritura de constitución de unión temporal de empresas Modelos www.plancameral.org de Contratos Internacionales www.plancameral.org Modelos de contratos internacionales Escritura de constitución de unión temporal de empresas Enero 2012 2 Objetivos La constituye

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE ENFERMERÍA Y SALUD

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE ENFERMERÍA Y SALUD ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE ENFERMERÍA Y SALUD CAPITULO I. DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO TERRITORIAL Artículo 1º. DENOMINACIÓN. Con la denominación de la Asociación Española de Enfermería

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL DE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA.

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL DE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA. Universidad de Córdoba Servicio de Prevención de Riesgos y Formación REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL DE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA. El Comité de Seguridad y Salud Laboral

Más detalles

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE TEMAS LABORALES

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE TEMAS LABORALES Zona de Valencia - Castellón PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE TEMAS LABORALES A) CONTRATO PRÁCTICAS.- En qué consiste el puesto de trabajo en el contrato de trabajo en prácticas? El puesto de trabajo tiene que

Más detalles

Instituto Electoral del Estado de Guanajuato

Instituto Electoral del Estado de Guanajuato Instituto Electoral del Estado de Guanajuato Modelo único de estatutos que deberán seguir los ciudadanos que pretendan postularse como candidatos independientes a un cargo de elección popular, al crear

Más detalles

ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA PLATAFORMA COLEGIAL ACTIVATIE, S.L.. ARTÍCULO 1.- DENOMINACIÓN: La Sociedad se denomina

ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA PLATAFORMA COLEGIAL ACTIVATIE, S.L.. ARTÍCULO 1.- DENOMINACIÓN: La Sociedad se denomina ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA PLATAFORMA COLEGIAL ACTIVATIE, S.L ARTÍCULO 1.- DENOMINACIÓN: La Sociedad se denomina PLATAFORMA COLEGIAL ACTIVATIE, S.L.. Se rige por los presentes

Más detalles

Aprobado por el Comité Técnico y de Inversión de Fondos en Sesión SC-488 del 26 de octubre de 2006.

Aprobado por el Comité Técnico y de Inversión de Fondos en Sesión SC-488 del 26 de octubre de 2006. REGLAMENTO DEL COMITÉ DE ENAJENACIÓN DE BIENES INMUEBLES DEL FIDEICOMISO FONDO NACIONAL DE FOMENTO EJIDAL Aprobado por el Comité Técnico y de Inversión de Fondos en Sesión SC-488 del 26 de octubre de 2006.

Más detalles