PREFECTURA NAVAL ARGENTINA PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

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1 PREFECTURA NAVAL ARGENTINA PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Nombre del Organismo Contratante: SAF 380 PREFECTURA NAVAL ARGENTINA DIRECCION DE ADMINISTRACION FINANCIERA DIVISION CONTRATACIONES. PROCEDIMIENTO DE SELECCION: Tipo: LICITACION PRIVADA Nº: 005 Ejercicio: 2014 Clase: DE ETAPA UNICA NACIONAL Modalidad: SIN MODALIDAD Expediente Nº: CUDAP 55162/13 Rubro Comercial: 45 MANTENIMIENTO, REPARACION Y LIMPIEZA. Objeto del procedimiento selección: CONTRATAR LOS SERVICIOS PARA REPARACION INTEGRAL DE MOTORES MARCA DEUTZ, SUS GENERADORES Y SUS PANELES ELECTRICOS DE MANDO DE LA RED DE COMUNICACIONES. Costo del Pliego: RETIRO DE PLIEGOS EN EL ORGANISMO CONTRATANTE: Lugar/Dirección Plazo y Horario Edificio Guardacostas sito en la Av. E. Madero 235 En días hábiles administrativos, en el horario Dirección de Administración Financiera de 08:00 a 12:00 horas y hasta las 12:00 horas Departamento Adquisiciones División del día hábil anterior al fijado para el acto de Contrataciones 7º Piso Of Ciudad apertura. Autónoma de Buenos Aires. TE/FAX PRESENTACION DE OFERTAS: Lugar/Dirección Edificio Guardacostas sito en la Av. E. Madero 235 Dirección de Administración Financiera Departamento Adquisiciones División Contrataciones 7º Piso Of Ciudad Autónoma de Buenos Aires. ACTO DE APERTURA: Lugar/Dirección Edificio Guardacostas sito en la Av. E. Madero 235 Dirección de Administración Financiera Departamento Adquisiciones División Contrataciones 7º Piso Of Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Plazo y Horario En días hábiles administrativos, en el horario de 08:00 a 14:00 horas y hasta el día y horario fijado para el acto de apertura. Día y Hora 26 DE MARZO DE 2014 A LAS 11:00 HORAS. ESPECIFICACIONES TECNICAS Nº DE RENG. CANT. ITEM DESCRIPCION DE LOS TRABAJOS Por el servicio de Mantenimiento Integral (MI) de CINCO (5) motores marca DEUTZ Tipo F1-L511D, sus generadores marca IMPERIA potencia 5KVA, tensión 220VCA, frecuencia 50HZ y los paneles eléctricos, pertenecientes a la Red de Comunicaciones de la Prefectura Naval Argentina, que comprende efectuar en cada uno de los equipos todos los trabajos que a continuación se describen: 1.1 DESARME COMPLETO DEL MOTOR MARCA DEUTZ TIPO F1-L511D: Limpieza de todos los componentes, desincrustación del block de cilindro y tapa de cilindro por medios químicos, inspección y calibrado de todos los componentes sujetos a desgastes. Incluye la provisión a cargo del Adjudicatario y el cambio de todos los llamados repuestos de cambio sistemático, a saber: juntas, anillos de goma, guarniciones, empaquetaduras, bujes, sellos mecánicos, rodamientos, aros de pistón, cojinetes de bancada y biela. Como así también de todos los bulones, tuercas, arandelas, chapas de seguridad, chavetas, racors, espárragos y todo elemento de unión que se encontrara dañado o se dañara durante la reparación ///

2 ///--- Nº DE RENG CANT ITEM DESCRIPCION DE LOS TRABAJOS 1.2 CIGUEÑAL: Ensayo de magnaflux para determinar posibles fisuras. Rectificar y balancear de acuerdo a las medidas y especificaciones recomendadas por el fabricante. En caso de encontrarse bajo de dureza, deberá efectuar tratamiento recomendado por el fabricante. Medición de ovalización, conicidad, medición de holgura axial, alineación. 1.3 TAPA DE CILINDROS: Frentear superficies de apoyo, rectificar, esmerilar, cambio en caso de ser necesario, cambio de casquillos rectificar y ajustar válvulas. Armado y ajuste completo incluyendo la totalidad de los componentes, respetando las recomendaciones del fabricante. Verificación de guías de válvulas, tapones roscados, resortes y balancines. 1.4 BOMBA INYECTORA E INYECTOR: Desarme completo, limpieza, inspección y armado con sustitución de las partes gastadas o deterioradas. Calibración en banco. Previo al armado, deberá presentar planilla con valores obtenidos. 1.5 ARBOL DE LEVAS: Rectificación necesaria. Realizar proceso de dureza. En caso de encontrarse bajo de dureza, deberá efectuar tratamiento recomendado por el fabricante. 1.6 BLOCK DEL MOTOR: Rectificar superficie de apoyo de tapa de cilindro. Extracción, repasado y lubricado de roscas y todos los espárragos y tirantes del motor, verificación de corrosión en alojamiento de camisas, limpieza de conductos de lubricación, calibrado de alojamiento de camisa; de ser necesario rellenar rectificar y calibrar tapa trasera de alojamiento cojinete y alojamiento delantero de cojinete del cigüeñal, cambios de cojinetes trasero y delantero, calibrado de alojamiento árbol de levas, cambio de cojinetes de árbol de levas, alesar superficie de apoyo de tapa de bancada. 1.7 BIELA Y PISTON: Limpieza, verificación de grietas. Mediciones de: alojamiento, perno, pistón, holgura en perno de pistón. Medición de paralelismo y reviro de biela, casquillo de cabeza y casquillo pie de biela montado. Alesar y cambiar bujes de bielas. Alesar alojamiento y cambio de cojinetes de biela. Pulido de todos los ejes, pernos y superficies que lo requieran. 1.8 CAMISA: Verificación de corrosiones en superficies exteriores, grietas, limpieza y medición interior de camisa (deformación), rectificar o bruñir de a cuerdo a medida recomendada por el fabricante. 1.9 DISTRIBUCION, ENGRANAJES Y TAQUES: Verificación de desgaste en ejes de ruedas, flancos de dientes, grietas en ejes y cuerpos de rueda, medir diámetro de ejes, taladros de casquillos, ejes y cuerpos de rueda, limpieza de orificios de pasaje de aceite, reemplazar en caso de ser necesario BOMBA DE ACEITE: Desarme total, verificación de grietas en ejes y rueda, planitud de la superficie, cambio de engranajes en caso de ser necesario VALVULA DE SEGURIDAD: Verificación y control de presión de aceite, medición de taladros, verificar desgastes, reemplazar en caso de ser necesario TANQUE DE COMBUSTIBLE Y CONDUCTOS: Lavado, limpieza interior, verificación del estado de las soldaduras en caso de ser necesario efectuar reparación, verificación de cañerías, tubos, conos, reparación y recambio de elementos deteriorados ///

3 ///--- Nº DE RENG CANT ITEM DESCRIPCION DE LOS TRABAJOS 1.13 REGULADOR DE VELOCIDAD: Desarme total, cambios sistemáticos, limpieza total y armado de acuerdo a medidas y tolerancias del manual de taller. Alineación y espigado de todos sus elementos ARMADO: Armado completo del motor, de acuerdo al manual del fabricante, para su puesta en marcha PUESTA EN MARCHA: Una vez finalizado el armado de cada motor, en las condiciones preestablecidas, se efectuará la puesta en marcha en banco con freno (dinamométrico o carga equivalente), con los controles correspondientes y la comprobación general de parámetros, de acuerdo al manual del fabricante, la puesta en marcha antes descripta no deberá ser menos de DIEZ (10) horas a distintas cargas. Finalizado el rodaje y la prueba, se controlará la luz de válvulas, cambios de aceite y filtros, reajustes que indique el manual de taller y se entregarán todas las planillas recabadas. Todo esto será verificado por personal técnico de la Prefectura Naval Argentina ALTERNADOR 12VCC 33A: Desarme completo, limpieza, inspección y armado con sustitución de correa, escobillas, rodamientos, colector, armado y prueba en motor armado MOTOR DE ARRANQUE 12VCC: Desarme completo, limpieza, inspección, armado con sustitución de escobillas, impulsor de arranque (Béndix), automático (solenoide), bujes y prueba de motor BATERIAS: Serán provistas e instaladas DOS (2) baterías nuevas (plomo ácido) de 12V 100Ah, sin activar (el electrolito será entregado en bidones). 2 PANEL ELECTRICO DE MANDOS Y CONTROL MARCA IMPERIA, DUSSELDORF, TIPO AUTOMATICO, CODIGO Nº Desmontaje, limpieza, verificación de conexiones y soldaduras de sus componentes eléctricos y electrónicos, reparación integral y recambio de lámparas de botoneras. Montaje, conexionado a motor, generador y prueba. 3 GENERADOR ELECTRICO MONOFASICO MARCA SIEMENS, TIPO 1 FH : Desmontaje, verificación de sus bobinados, efectuar prueba de aislación, verificar placa de diodos, limpieza de sus elementos, cambio de rodamientos, cambio de acoplamiento elástico (manchón de acople) entre motor impulsor y generador, armado y prueba del conjunto. Controlar funcionamiento de placa electrónica reguladora de tensión. 4 CONTENEDOR METÁLICO: Lavado y limpieza interior y exterior, recorrido de soldaduras, verificación de bisagras de las puertas del gabinete y reemplazo de las rotas, verificación de masas de puertas y sustitución en caso de ser necesario. Reparaciones de chapas si fuera necesario, tratamiento con antióxido y acabado con pintura epoxi (verde oliva). CONDICION DE CALIDAD: a) Los repuestos a proveer por el Adjudicatario durante la ejecución de los trabajos, deberán ser NUEVOS y SIN USO, LEGÍTIMOS, sin modificaciones ni alteraciones de sus características. (Arts. 39 inciso b) y 45 inciso d) del Anexo del Decreto Nº 893/12) b) Se deberán entregar con la Entrega Provisoria todas las partes mecánicas, eléctricas y electrónicas reemplazadas en el Departamento Técnico y Logístico de la Dirección de Informática y Comunicaciones ///

4 ///--- CLAUSULAS PARTICULARES 1) RETIRO Y OBSERVACIONES AL PLIEGO: (Arts. 59 y 60 del Anexo del Decreto Nº 893/12). a) Se podrá tomar vista del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y/o ser adquirido en el Edificio Guardacostas, Dirección de Administración Financiera, Departamento Adquisiciones, División Contrataciones, sito en Av. E. Madero Nº 235, 7º Piso, Of. 7.51, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, TE/FAX: , en días hábiles administrativos, en el horario de 08:00 a 12:00 horas y hasta las 12:00 horas del día anterior al fijado para el acto de apertura. b) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares también podrá obtenerse del sitio de Internet de la Oficina Nacional de Contrataciones: ingresando al Acceso Directo Acceso para Organismos y Proveedores. c) Las consultas al Pliego de Bases y Condiciones Particulares deberán efectuarse por escrito en la Dirección de Administración Financiera, Departamento Adquisiciones, División Contrataciones, sita en la Av. E. Madero Nº 235, 7º Piso, Of. 7.51, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en días hábiles, en el horario de de 08:00 a 14:00 horas, TE/FAX , o por correo electrónico en la dirección de correo Institucional pliegos@prefecturanaval.gov.ar, en ambos casos se aceptarán hasta TRES (3) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS antes de la fecha de apertura de las ofertas. NOTAS: En oportunidad de retirar, comprar, consultar y/o descargar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, deberá suministrar obligatoriamente su nombre o razón social, domicilio, fax y dirección de correo electrónico en los que serán validas las comunicaciones que deban cursarse hasta el día de apertura de las ofertas. El Oferente que presente oferta no podrá alegar desconocimiento de lo actuado hasta el día de la apertura de las ofertas, quedando bajo su responsabilidad la toma de su conocimiento. 2) CONSTANCIA DE VISITA: a) El Oferente deberá realizar una visita obligatoria concurriendo al Departamento Técnico y Logístico de la Dirección de Informática y Comunicaciones, sita en calle Prefectura Naval Argentina (ex calle 8), entre Presidente Ramón Castillo y Gendarmería Nacional, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, TE o /2/3, donde tendrán acceso visual a un motor, generador y panel eléctrico de mando tipo, de la misma marca, modelo y características técnicas del que trata el presente acto licitario, no significando ello que el motor, generador, panel eléctrico de mando observado será posteriormente entregado para el MI. b) El Oferente deberá coordinar el día de visita con el Departamento mencionado en el inciso a) de la presente Clausula Particular. Las visitas se deberán realizar, en días hábiles administrativos, en el horario de 08:00 a 13:00 horas y hasta DOS (2) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS de anticipación al día fijado para la apertura de las ofertas. c) El Oferente deberá acreditar la visita realizada presentando con su oferta la Constancia de Visita que será extendida por la autoridad pertinente de la Unidad Requirente en el momento de efectuarla. NOTA: El incumplimiento del inciso c) citado precedentemente, será causal de desestimación de la oferta, previa intimación fehaciente al oferente que realizará la Comisión Evaluadora a través de algunos de los medios establecidos en la Clausula Particular N 26 Comunicaciones y Notificaciones, acorde lo establecido en el Art. 85 inciso c) del Anexo del Decreto Nº 893/12. 3) GARANTIAS: a) Clases de Garantías: (Art. 100 del Anexo del Decreto Nº 893/12). Para el cumplimiento de todas sus obligaciones, el Oferente/Adjudicatario, deberá presentar de corresponder las siguientes garantías: a.1) Garantía de mantenimiento de la oferta. (Arts. 100 inciso a) y 103 inciso c) del Anexo del Decreto Nº 893/12). a.2) Garantía de cumplimiento del contrato. a.3) Contragarantía. (Por el equivalente a los montos que reciba el Cocontratante como adelanto, siempre que se haya establecido dicho adelanto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares). a.4) Garantía de impugnación. (Si se hubiere presentado más de DOS (2) impugnaciones contra Dictámenes de Evaluación en UN (1) año calendario). (Art. 100 inciso d) del Anexo del Decreto Nº 893/12). b) Formas de constitución (Art. 101 del Anexo del Decreto Nº 893/12) ///

5 ///--- b.1) La elección de la forma de integrar la garantía queda a opción del Oferente o Cocontratante y podrán constituirse en las formas o mediante combinaciones de ellas, previstas en el citado Artículo. b.2) Para el caso de constituirse la garantía mediante depósito bancario, se deberá realizar en la cuenta denominada PNA-4106/380 RECAUD.F.TERCEROS Nº 2905/80 del Banco de la Nación Argentina. c) Moneda de la Garantía: (Art. 102 del Anexo del Decreto Nº 893/12): en MONEDA NACIONAL. NOTA: No obstante lo dispuesto, todos los Oferentes, Adjudicatarios y/o Cocontratantes contraen la obligación de hacer efectivos los importes de las garantías a requerimiento de la jurisdicción o Entidad Contratante, en caso de resolución de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL que así lo disponga, sin que puedan interponer reclamo alguno sino después de realizado el pago. 4) SISTEMA DE INFORMACION DE PROVEEDORES SIPRO : Título VIII, Capítulo I del Anexo del Decreto Nº 893/12, concordante con la Disposición Nº 6/12 de la Subsecretaría de Tecnologías de Gestión. Oferente no Inscripto en el SIPRO: Deberán presentar junto con la oferta el formulario de Preinscripción debidamente confeccionado, firmado y acompañar la documentación respaldatoria de los datos cargados en la Preinscripción. (Art. 235 del Anexo del Decreto Nº 893/12, concordante con la Disposición Nº 6/12 de la Subsecretaría de Tecnologías de Gestión) NOTA: La Institución procederá a verificar en el sitio de Internet de la Oficina Nacional de Contrataciones, el contenido de la información que el oferente, Preinscripto/Inscripto, en cuestión hubiese suministrado. En caso de constatarse algún error u omisión en la información aportada, o que los datos se encuentren desactualizados, el oferente será intimado a subsanar los defectos dentro del término de DOS (2) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS, bajo apercibimiento de no ser considerada su oferta en el procedimiento de selección en trámite. (Arts. 77, 237 y 238 del Anexo del Decreto Nº 893/12); (Arts. 4º y 5º del Anexo II de la Disposición Nº 6/12 de la Subsecretaría de Tecnologías de Gestión). 5) PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA:(Art. 66 del Anexo del Decreto Nº 893/2012) a) El Oferente deberá mantener su oferta por TREINTA (30) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS a contar a partir de la fecha de apertura de ofertas del presente acto licitario. b) Si no manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar la oferta con una antelación mínima de DIEZ (10) DIAS CORRIDOS, al vencimiento del plazo, se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial y así sucesivamente. 6) OBLIGACION DEL OFERENTE: a) El Oferente deberá tramitar en la Dirección de Administración Financiera, Departamento Contabilidad, División Liquidaciones de Gastos, sita en la Av. E. Madero Nº 235, 7º Piso, Of. 7.33, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en días hábiles administrativos, en el horario de 08:00 a 14:00 horas, su incorporación al Sistema Integrado de Información Financiera, SIDIF acorde a la Resolución Nº 262/95 de la Secretaría de Hacienda del entonces Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos (actual Ministerio de Economía y Finanzas Públicas). b) Beneficiario integrado al SIDIF: Deberá verificar la vigencia de los datos aportados para su integración al SIDIF fundamentalmente en lo relativo a CUENTAS BANCARIAS, acorde a lo dispuesto en el Art. 8 de la Resolución Nº 262/95 de la Secretaría de Hacienda del entonces Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos (actual Ministerio de Economía y Finanzas Públicas). 7) COTIZACION: a) Moneda de Cotización: (Art. 73 del Anexo del Decreto Nº 893/12) en MONEDA NACIONAL. b) Formas de Cotización: Deberá cotizar el total de los Ítems de las planillas de los Anexos I, II y III, acorde el siguiente criterio: b.1) El MI se cotizará en forma unitaria y total acorde la Planilla de cotización del Anexo I. b.2) Los Repuestos Eventuales se cotizarán en forma unitaria y total acorde Anexo II. b.3) El Oferente deberá cotizar obligatoriamente la totalidad de los Items de los ANEXOS I Cotización por MI, II Repuestos Eventuales y III Formulario de Cotización bajo apercibimiento de tenerse desestimada la oferta en los términos del Art. 84 acápite j) segunda parte del Anexo del Decreto Nº 893/ ///

6 ///--- 8) REQUISITOS QUE DEBERA CUMPLIMENTAR EL OFERENTE: a) Contar con taller habilitado por el Organismo Municipal correspondiente para desarrollar las tareas que se contratan en el presente acto licitario, debiendo presentar copia de la habilitación vigente al momento de la apertura de ofertas del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, certificada por Escribano Público Nacional y en caso de ser de extraña jurisdicción, deberá acompañarse su legalización correspondiente y deberá cubrir adecuadamente los plazos del contrato b) Deberá presentar un listado de todas las maquinarias, herramientas e instrumental que dispondrán para desarrollar todas las tareas requeridas en el presente procedimiento de selección, dado que no está permitida la tercerización de los trabajos. c) Deberá presentar la nómina del personal técnico habilitado para realizar los trabajos. El mismo podrá ser sustituido, con la autorización de la inspección de Prefectura Naval Argentina. d) Deberá presentar antecedentes de trabajos efectuados en reparaciones de motores marca DEUTZ de similares características a las que trata el presente acto licitario. Dichos antecedentes deberán estar extendidos por Empresas u Organismos, en papel membrete y con la firma de la autoridad facultada para hacerlo, a fin de permitir que esta Prefectura Naval Argentina evalúe su idoneidad para la ejecución de las tareas previstas. e) No se admitirá la subcontratación de terceros, salvo: rectificados, banco de pruebas para motor con freno (dinamométrico o carga equivalente acorde a manual de taller), pruebas de inyección diesel, prueba de magnaflux, reparación de motor de arranque, alternador, generador, panel eléctrico de mando, trabajos en el gabinete contenedor y transporte de materiales y/o equipos. En caso de la subcontratación de terceros, el responsable de la garantía por los trabajos realizados será el Adjudicatario. f) Para los terceros subcontratados se mantendrán los mismos requisitos que se le requieren al Oferente referente a la posesión de maquinaria y herramientas adecuadas a las tareas que va a realizar y al libre acceso para la realización de inspecciones, como así también en lo que respecta a contar con taller propio, habilitado por el Organismo Municipal correspondiente para desarrollar las tareas que se subcontratan en el presente acto licitario. g) Deberá presentar por escrito la designación de la/s empresa/s que subcontraten, asimismo indicarán las tareas que serán tercerizadas, recayendo en el Adjudicatario las responsabilidades que surgieran por las tareas subcontratadas. h) En los casos contemplados en los incisos e), f) y g) el cocontratante cedente continuará obligado solidariamente con el cesionario por los compromisos emergentes del contrato, acorde lo establecido en el Artículo 125 del Anexo del Decreto Nº 893/12. 9) FORMALIDADES DE LA PRESENTACION DE LA OFERTA: (Art. 70 del Anexo del Decreto Nº 893/2012): a) Deberá ser presentada por duplicado, individualizada como Original y Duplicado, exclusivamente en la Dirección de Administración Financiera, Departamento Adquisiciones, División Contrataciones, Sección Pliegos y Aperturas, sita en la Av. E. Madero Nº 235, 7º Piso, Of. 7.51, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en días hábiles administrativos, en el horario de 08:00 a 14:00 horas. La oferta se admitirá hasta el día y horario fijado para el acto de apertura del acto licitario. A partir de la hora fijada como término para la recepción de la oferta no podrá recibirse, aún cuando el acto de apertura no se haya iniciado. b) Deberá estar redactada en idioma nacional y el original deberá estar firmado en todas sus hojas, por el Oferente o su Representante Legal, en este último caso, deberá incluir el instrumento que acredite dicha representación, EN COPIA debidamente certificada por ante Escribano Público Nacional, en caso de extraña jurisdicción con su correspondiente legalización. c) Los sobres, cajas o paquetes que las contengan deberán ser presentados perfectamente cerrados, y se consignará en su cubierta el tipo y número la identificación del procedimiento de selección, lugar, día y hora límite para la presentación de la oferta y el lugar día y hora de apertura, y la identificación del Oferente (Nombre o Razón Social) con su correspondiente N de CUIT. (Art. 70 inciso e) del Anexo del Decreto Nº 893/12). d) El Oferente, de corresponder, deberá adjuntar la garantía de mantenimiento de la oferta, correspondiente al CINCO POR CIENTO (5 %) del monto total de la oferta. (Art. 100 inciso a) del Anexo del Decreto N 893/12). e) El Oferente deberá fijar domicilio especial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y suministrar número de fax y dirección de correo electrónico de la Empresa, donde serán validas las notificaciones cursadas por esos medios. (Arts. 56 y 70 inciso f) del Anexo del Decreto Nº 893/12) ///

7 ///--- f) Toda oferta nacional deberá ser acompañada por una Declaración Jurada, mediante la cual se acredite el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser considerada como tal. Acorde Anexo IV. (Art. 70 inciso g) apartado 3) del Anexo del Decreto Nº 893/12). g) Toda oferta deberá ser acompañada por una Declaración Jurada mediante la cual se informe, a los fines estadísticos y para el correcto análisis y valoración del desarrollo de los complejos industriales nacionales, la provisión y/o uso de bienes y/o materiales importados, así como el resultado de su balanza comercial en el último ejercicio y la proyectada para el ejercicio corriente. Acorde Anexo V. (Art. 70 inciso g) apartado 4) del Anexo del Decreto Nº 893/12). h) El Oferente deberá cotizar en moneda nacional acorde al Formulario de Cotización adjunto. i) El Oferente deberá adjuntar la documentación requerida en la Cláusula Particular Nº 2 c) Constancia de Visita. j) El Oferente deberá adjuntar la documentación requerida en la Cláusula Particular Nº 4 Sistema de Información de Proveedores (SIPRO). k) Los precios cotizados (unitarios y totales), deberán incluir los gastos de envase, embalaje, costos de flete y acarreo al lugar de entrega de la totalidad de los elementos necesarios para el cumplimiento del servicio. Esta Institución no reconocerá bajo ningún concepto costos adicionales a los ofertados originalmente. l) Los precios cotizados (unitarios y totales), deberán incluir indefectiblemente el impuesto correspondiente a la alícuota del IVA. En caso de no hacerse expresa mención a ello en la oferta, quedará tácitamente establecido que dicho valor se halla incluido en la misma. m) Cuando el monto de su oferta sea igual o superior a PESOS CINCUENTA MIL ($ ,00) el Oferente deberá poseer el Certificado Fiscal para Contratar vigente, en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución General AFIP Nº 1814/05, modificada por la Resolución General AFIP Nº 2581/09. IMPORTANTE: No es necesaria la presentación del citado Certificado. La Institución procederá a verificar en el sitio Web de la AFIP el cumplimiento de dicho recaudo, al momento de la Adjudicación. (Art. 83 inciso b) apartado 2) del Anexo del Decreto Nº 893/12). n) No se aceptarán ofertas que condicionen la invariabilidad de sus precios o sujeten el pago a eventuales fluctuaciones de los mismos. NOTA: Las testaduras, enmiendas, raspaduras o interlineados, si las hubiere, deberán estar debidamente salvadas por el firmante de la oferta. (Art. 70 inciso d) del Anexo del Decreto Nº 893/12). 10) MANTENIMIENTO INTEGRAL (MI): a) Son todas aquellas tareas destinadas a la eliminación de fallas y restitución al servicio de los motores, generadores, paneles eléctricos de mando, etc. b) Los insumos y repuestos necesarios para la ejecución del MI deberán estar incluidos en la Oferta y correrán a cargo del Adjudicatario, con la excepción de aquellos que por su elevado costo se encuentren en el listado indicado en la Planilla de Cotización de Repuestos Eventuales (Anexo II). c) Dichas tareas deberán ser coordinadas y aprobadas exclusivamente por el Departamento Técnico y Logístico de la Dirección de Informática y Comunicaciones de la Prefectura Naval Argentina. 11) REPUESTOS EVENTUALES (RE): a) Son todos los repuestos que se utilizarán en el desarrollo de los MI incluidos en el Anexo II, que serán debidamente autorizados mediante Acta por el Personal Técnico de la Prefectura Naval Argentina. La Institución, se reserva el derecho a proveer aquellos repuestos que se encuentren incluidos en el Anexo II. b) Para el caso de repuestos eléctricos y electrónicos que se encuentren discontinuados, con la previa autorización de personal técnico de la Prefectura Naval Argentina, podrá admitirse reemplazos por otros de calidad garantizada y mismas especificaciones de fábrica, manteniendo el precio cotizado. c) Cuando las circunstancias técnicas así lo aconsejen en la atención de un MI, la Prefectura Naval Argentina podrá requerir el cambio de elementos del listado de Repuestos Eventuales del ANEXO II en equipos que a pesar de encontrarse en servicio presenten desgastes por el uso. d) Por cada equipo reparado, en caso de ser necesaria la utilización de Repuestos Eventuales en mayores cantidades a las detalladas en el ANEXO II, columna CANTIDAD, el Adjudicatario deberá solicitar autorización para ello a la Unidad Requirente, salvo los casos de expresa solicitud del Personal Técnico de la Prefectura Naval Argentina ///

8 ///--- 12) GARANTIA DE LOS TRABAJOS: a) El Adjudicatario, junto con los equipos reparados (incluidos sus ítems ), deberá presentar por escrito la garantía, que en ningún caso será inferior de UN (1) AÑO o DOS MIL (2000) HORAS DE FUNCIONAMIENTO, lo que suceda primero, a contar a partir de la Recepción Definitiva por parte de la Prefectura Naval Argentina, contra toda falla del material, defectos de armado o vicio oculto, como así también por los trabajos en general y por su perfecto funcionamiento y con la sustitución del material averiado de los servicios efectuados en las unidades objeto del presente acto licitario. b) Para los casos en que surjan los problemas detallados precedentemente, por causas ajenas a la Prefectura Naval Argentina, que demandaren la inmediata sustitución de los elementos observados o defectuosos, estarán a cargo del Adjudicatario los gastos de flete, seguros, carga, descarga y cualquier otro tipo de erogación que deba realizarse para la ejecución del mismo. 13) INSPECCIONES: a) La Prefectura Naval Argentina verificará el cumplimiento de los requisitos enunciados en la Cláusula Particular Nº 8) Requisitos que deberá Cumplimentar el Oferente por medio de inspecciones que realizará su Personal Técnico, antes de la Adjudicación y/o durante la ejecución de las tareas, debiendo el Oferente y/o Adjudicatario facilitar el libre acceso, como así también proporcionar los datos y antecedentes que se requieran en cualquier etapa de la reparación con el fin de verificar si la misma se ajusta a las condiciones pactadas. b) Si el Personal Técnico de la Prefectura Naval Argentina verificare el apartamiento parcial o total de las condiciones pactadas y normas de trabajos establecidas, hará constar tal circunstancia en el respectivo Informe Técnico y podrá requerir la detención en la ejecución de los trabajos con la posterior rescisión del contrato, quedando la Institución libre de realizar pago alguno por las tareas efectuadas antes de la interrupción aludida precedentemente. c) El hecho que hayan sido inspeccionados los trabajos a realizar no libera al Adjudicatario de responsabilidades por las diferencias que se adviertan en el momento de la Recepción Definitiva. d) En caso de negativa por parte del Oferente y/o Adjudicatario a ser inspeccionado y/o eludir la entrega de datos y antecedentes que se requieran en cualquier etapa de los trabajos, se entenderá que dicha firma no cumple con los requisitos enunciados. e) En el caso en que los asentamientos de los talleres o fábricas se encuentren situados a más de 50 km. del límite del cordón suburbano de la Provincia de Buenos Aires, los gastos de traslado así como los viáticos, correrán por cuenta y exclusivo cargo del Adjudicatario. NOTA: El incumplimiento de los requisitos citados precedentemente, será causal de la desestimación de la oferta o la rescisión del contrato, según corresponda, previa intimación fehaciente al proveedor, a través de algunos de los medios establecidos en la Cláusula Particular Nº 26 Comunicaciones y Notificaciones, a que realice las acciones que fueran necesarias para que preste los servicios conforme a lo solicitado, que realizará la Comisión de Recepción de la Unidad Requirente. 14) FLETE, CARGA Y DESCARGA: Correrán por cuenta del Adjudicatario. 15) LUGAR DE RETIRO Y ENTREGA: a) Los motores, generadores y sus paneles eléctricos serán retirados y entregados por el Adjudicatario en el Departamento Técnico y Logístico de la Dirección de Informática y Comunicaciones, sito en la calle Prefectura Naval Argentina, (Ex calle 8), entre Gendarmería Nacional y Pte. Ramón S. Castillo, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, TE: /7658, y b) La entrega de los motores, generadores y sus paneles eléctricos de mando y control al Adjudicatario: se efectuará bajo acta donde constará la fehaciente individualización técnica de la misma y la responsabilidad que asume el Adjudicatario con relación a los objetos que recibe. c) La entrega de los motores, generadores y sus paneles eléctricos/electrónicos de mando/ control por parte del Adjudicatario: se efectuará bajo Acta donde constará la fehaciente individualización técnica de los mismos y la responsabilidad que asumió con relación a los objetos que entrega. d) Dentro de los primeros SIETE (7) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS de recepcionada la Orden de Compra, el Adjudicatario deberá coordinar la recepción de los motores, generadores y paneles eléctricos de mando, con la Unidad Requirente. La entrega de los motores, generadores y sus paneles eléctricos de mando y control restantes se realizara acorde a lo establecido en la Clausula Particular Nº 17 Plan de Entregas. e) La entrega de los bienes reparados deberá coordinarse con el Departamento indicado en el inciso a) de la presente Cláusula Particular, con DOS (2) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS de anticipación a efectos de convocar a la COMISION DE RECEPCION respectiva ///

9 ///--- 16) PLAZO DE ENTREGA PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA ORDEN DE COMPRA: Será de CIENTO VEINTE (120) DIAS HÁBILES ADMINISTRATIVOS a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la Orden de Compra por parte del Adjudicatario. 17) PLAN DE ENTREGAS: a) Se efectuarán entregas parciales POR EQUIPO, el que estará compuesto por Un (1) motor, Un (1) generador y Un (1) panel eléctrico de mando y control, estableciéndose para la entrega del equipo reparado, el plazo de VEINTICINCO (25) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS, a contar a partir del día siguiente al de la fecha de recepción del equipo por el Adjudicatario. b) Dichas entregas parciales darán lugar a pagos parciales equivalentes a la proporción entregada y bajo las formalidades fijadas en la Cláusula Particular Nº 23 FORMA DE PAGO. 18) DOCUMENTACION TECNICA QUE DEBERA ENTREGAR: El adjudicatario entregará a la Institución una carpeta por motor, generador y panel eléctrico de mando y control, identificado por su número y conteniendo la siguiente documentación técnica: a) Parámetros de presiones, temperaturas, tensiones y diagramas obtenidos durante el rodaje y durante la prueba de funcionamiento de los motores, generadores y panel eléctrico de mando y control. b) Certificado de garantía por los trabajos efectuados. c) Listado de materiales empleados. d) Autorización de realización de tareas eventuales (si se hubieran realizado). 19) CONFORMIDAD DE RECEPCION PROVISORIA: (Art. 114 del Anexo del Decreto Nº 893/12) a) Los motores, generadores y paneles electrónicos de mando y de control se recepcionarán en forma provisoria en presencia del Adjudicatario o de la persona designada en su representación, debiéndose presentar en este acto el original y DOS (2) copias del Remito y Orden de Compra respectivos. En consecuencia, los Remitos que se firmen quedarán supeditados a la Recepción Definitiva. (Art. 114 inciso b) del Anexo del Decreto Nº 893/12), para lo cual se realizará a los equipos una prueba de funcionamiento no inferior a cincuenta (50) horas de marcha. Cumplida.la misma con resultado satisfactorio se procederá a la recepción definitiva. b) Los motores, generadores y paneles electrónicos de mando y control que resulten rechazados deberán ser sustituidos en el plazo de CINCO (5) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS a contar a partir del día siguiente al de la fecha en que se notificó fehacientemente el rechazo al Adjudicatario. (Art. 114 inciso c) del Anexo del Decreto Nº 893/12). c) Los trabajos que resulten rechazados deberán ser subsanados en el plazo de VEINTE (20) DIAS CORRIDOS a contar a partir del día siguiente al de la fecha en que se notificó fehacientemente el rechazo al Adjudicatario. 20) CONFORMIDAD DE RECEPCION DEFINITIVA: (Art. 115, Párrafo 1 del Anexo del Decreto N 893/12) a) El acta respectiva será confeccionada por la Comisión de Recepción de la Unidad Requirente receptora, en presencia del Adjudicatario o de la persona designada en su representación, debiéndose presentar en este acto el original y DOS (2) copias de la Factura respectiva. b) A tal efecto se dispondrá de un plazo de DIEZ (10) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS a contar a partir del día siguiente al de la fecha de la entrega provisoria, plazo en el cual se efectuarán las verificaciones que se consideren necesarias para constatar el cumplimiento de los parámetros exigidos y lo requerido en las Cláusulas Particulares Nº 12 Garantía de los Trabajos y Nº 18 Documentación Técnica que deberá Entregar. c) Una vez vencido dicho plazo y en caso de silencio, el Adjudicatario podrá intimar la recepción. Si dentro de los DIEZ (10) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS posteriores al de la recepción de la intimación, la Comisión de Recepción de la Unidad Requirente no se expidiera al respecto, los motores, generadores y paneles electrónicos reparados se tendrá por recibida de conformidad. d) La conformidad definitiva, no liberará al Adjudicatario de las responsabilidades emergentes de vicios redhibitorios. 21) CRITERIO DE EVALUACION Y SELECCION DE LAS OFERTAS: (Art. 83 inciso c) del Anexo del Decreto Nº 893/12, concordante con el Art. 15 del Decreto Delegado Nº 1023/01) La evaluación y selección de las ofertas se efectuará a favor de la mejor oferta económica de entre las que hayan cumplido con la totalidad de las exigencias previstas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Normativas Vigentes, y acorde la Cláusula Particular Nº 7 inciso b) Formas de Cotización ///

10 ///--- NOTA: La adjudicación del renglón recaerá en la mejor oferta económica que surja del total cotizado en el ANEXO III (Suma del Anexo I y II). 22) FACTURACION: (Art. 116 del Anexo del Decreto Nº 893/12) a) Parcial por cada MI acorde lo cotizado en el ANEXO I. b) Repuestos eventuales: Se facturará de acuerdo con lo cotizado en el ANEXO II y, con el MI realizado, acorde lo detallado en las Cláusulas Particulares Nº 10 inciso b) Mantenimiento Integral (MI) y Nº 11 Repuestos Eventuales (RE). El Adjudicatario deberá presentar la facturación acorde las Resoluciones Generales AFIP Nros /10 y 2.939/10, en la Dirección de Administración Financiera, Departamento Contabilidad, División Liquidaciones de Gastos, sita en la Av. Eduardo Madero 235, 7º Piso, Of. 7.33, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en días hábiles administrativos, en el horario de 08:00 a 14:00 horas, juntamente con el original de la Orden de Compra o fotocopia autenticada, el Remito y el Acta de Recepción Definitiva (que recabará del Lugar de Entrega), todos por duplicado y debidamente conformados. 23) FORMA DE PAGO: (Art. 117 del Anexo del Decreto Nº 893/12) a) Se realizará en Moneda Nacional por medio de Orden de Pago dentro de los TREINTA (30) DIAS CORRIDOS a contar a partir del día siguiente a la fecha de presentación de la Orden de Compra o fotocopia autenticada, el Remito y la Factura conformados y el Acta de Recepción Definitiva, todos por duplicado, en la Dirección de Administración Financiera, Departamento Contabilidad, División Liquidaciones de Gastos, sita en la Av. E. Madero Nº 235, 7 Piso, Of. 7.33, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en días hábiles, de lunes a viernes, de 08:00 a 14:00 horas. b) Se realizará pago parcial por cada equipo compuesto por motor, generador y panel eléctrico reparado con la presentación de la documentación citada precedentemente. c) El término fijado para el pago de la Factura se interrumpirá si existieran observaciones sobre la documentación presentada u otros trámites a cumplir, imputables al Adjudicatario, hasta la subsanación del vicio. 24) RESPECTO AL IVA: Esta Institución reviste el carácter de Consumidor Final, debiendo el Adjudicatario ajustarse en la facturación a la Resoluciones Generales AFIP Nros. 100/98 y 1.415/ ) RESOLUCIONES AFIP: Por Resoluciones Generales Nros. 18/97, 830/00 y 1784/04, este Organismo actúa como agente de retención del IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, IMPUESTO A LAS GANANCIAS y SUS. Por tal motivo al momento de presentar el Adjudicatario su Factura en la Dirección de Administración Financiera, Departamento Contabilidad, División Liquidaciones de Gastos, (Of. 7.33), deberá manifestar su situación individual respecto a las mencionadas Normas. En caso de silencio se realizarán las retenciones previstas en las citadas Resoluciones. Esta modalidad es de aplicación a cada pago, inclusive en operaciones de tracto sucesivo con facturaciones parciales. 26) COMUNICACION Y NOTIFICACIONES: (Arts. 56 y 92 del Anexo del Decreto Nº 893/12 - Comunicación General Nº 5 de la ONC). Todas las notificaciones/comunicaciones al Oferente/Adjudicatario que haya participado del procedimiento de selección se concretará acorde lo establecido en el Art. 56 del Anexo del Decreto Nº 893/12, mediante la utilización de alguno de los siguientes medios: a) Por acceso directo de la parte interesada, su apoderado o representante legal al expediente. b) Por presentación espontánea de la parte interesada, su apoderado o representante legal, de la que resulten estar en conocimiento del acto respectivo. c) Por cédula, que se diligenciará en forma similar a la dispuesta por el Art. 138 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. d) Por carta documento. e) Por otros medios habilitados por las empresas que brinden el servicio de correo postal. f) Por fax. g) Por correo electrónico. h) Mediante la difusión en el Sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES. 27) CUESTIONES JUDICIALES: Las cuestiones judiciales que se planteen con relación al presente contrato, se sustanciarán ante los jueces de los Tribunales Federales en lo Contencioso Administrativo con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ///

11 ///--- 28) AREA ADMINISTRATIVA EN DONDE SE TRAMITA EL ACTO LICITARIO: Dirección de Administración Financiera, Departamento Adquisiciones, División Contrataciones, sita en la Av. E. Madero Nº 235, 7º Piso, Of. 7.51, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, TE/FAX: o /7500 Internos: 2751/52/53/56. 29) UNIDAD REQUIRENTE: Departamento Técnico y Logístico de la Dirección de Informática y Comunicaciones, sita en la calle Prefectura Naval Argentina, (Ex calle 8), entre Gendarmería Nacional y Pte. Ramón S. Castillo, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, TE: /7658, y ) COMPRE MIPYME (LEY ): La condición de MIPYME deberá acreditarse mediante certificación sin salvedades rubricada por Contador Publico matriculado con la correspondiente intervención del Consejo Profesional. De la mencionada certificación debe surgir claramente que la firma oferente cumple con los requisitos previstos por la legislación vigente en la materia. 31) SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL DE LOS DISCAPACITADOS: (LEY DECRETO Nº 312/10) Con el fin de cumplimentar lo establecido en el Art. 8º del mencionado Decreto y para ser acreedor de los beneficios de dicho régimen, el Oferente que se encuentre comprendido dentro del mismo, deberá adjuntar a su oferta la documentación que acredite fehacientemente tal circunstancia, en original o copia certificada por Escribano Público Nacional. 32) PENALIDADES Y SANCIONES: (Art. 29 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificaciones, concordante con el Título III Ejecución y Extinción del Contrato, Capítulo V Penalidades y Capítulo VI Sanciones del Anexo del Decreto Nº 893/12). El Oferente/Adjudicatario o Cocontratante podrán ser pasible de las penalidades y sanciones establecidas en dichas normas, en los supuestos de incumplimientos de sus obligaciones. 33) OPCIONES A FAVOR DE LA ADMINISTRACION Aumentar o disminuir el contrato en un todo de acuerdo a lo previsto en el Art. 124, inciso a) apartado 1) del Anexo del Decreto Nº 893/12, concordante con el Art. 12 inciso b) del Decreto Nº 1023/01. 34) NORMATIVA: Son aplicables al presente procedimiento de selección: a) Decreto Delegado Nº 1023/01 modificado por sus similares Nros. 666/03 y 204/04.- b) Decreto Nº 893/12 que aprueba el Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional.- c) Resoluciones Generales Nros. 18/97, 100/98, 830/00, 1415/03, 1784/04, 1814/05, 2581/09, 2852/10 y 2939/10 de la Administración Federal de Ingresos Públicos. d) Serán aplicadas en sus partes pertinentes lo establecido por: Ley Ley de Sociedades Comerciales.- Ley Sistema de Protección Integral de los Discapacitados.- Ley Ley de Impuesto al Valor Agregado.- Ley Ley de Fomento para las MIPyMES.- Ley Compre Trabajo Argentino.- Decreto Nº 1600/02 - Compre Trabajo Argentino - sus normas complementarias y modificatorias.- Decreto Nº 312/10 Sistema de Protección Integral de los Discapacitados.- Resolución Nº 262/95 de la Secretaría de Hacienda del entonces Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, actual Ministerio Economía y Finanzas Públicas. Disposición Nº 6/12 de la Subsecretaría de Tecnologías de Gestión.- Comunicación General Nº 2, 3 y 7/13 de la Oficina Nacional de Contrataciones.- CUIT DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA: DIVISION CONTRATACIONES LUIS RAMON LOVATTO PREFECTO JEFE SECCION PLIEGOS Y APERTURAS E/A JEFE DIVISION CONTRATACIONES

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13 PREFECTURA NAVAL ARGENTINA LICITACION PRIVADA Nº 005/14 DE ETAPA UNICA NACIONAL APERTURA: 26/03/ HORA: 11:00.- ANEXO I PLANILLA DE COTIZACION POR MI CANTIDAD PRECIO ITEM DESCRIPCION DEL MI UNITARO 1 MOTOR 5 2 PANEL ELECTRICO DE MANDOS 5 PRECIO TOTAL 3 GENERADOR ELECTRICO MONOFASICO 5 4 CONTENEDOR METALICO 5 TOTAL POR MI NOTA: EL TOTAL resultante de la Tabla del presente ANEXO I, es al solo efecto de comparar los precios cotizados entre los Oferentes y evaluar las conveniencias de costos entre las ofertas y posterior Adjudicación.

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15 PREFECTURA NAVAL ARGENTINA LICITACION PRIVADA Nº 005/14 DE ETAPA UNICA NACIONAL APERTURA: 26/03/ HORA: 11:00.- ANEXO II PLANILLA DE COTIZACION DE REPUESTOS EVENTUALES POR EQUIPO ITEM DESCRIPCIÓN PRECIO UNITARIO CANTIDAD 1 Válvula de admisión con guías 2 2 Válvula de escape con guías 5 3 Camisa de cilindro 2 4 Pistón, perno y aros 2 5 Tapa de cilindro completa 1 6 Árbol de levas 1 7 Cigüeñal 1 8 Bomba inyectora 2 9 Bomba de aceite 2 10 Inyector 2 11 Motor de arranque 1 12 Bobina motor de arranque 2 13 Juego de campos de motor de arranque 2 14 Alternador 14V 33 Ah 1 15 Regulador de voltaje de alternador 12V 3 45Ah 16 Estator de alternador 1 17 Inducido y colector 1 18 Manchón de acople (motor/generador) 6 PANEL ELECTRICO 19 Voltímetro escala 0-250V (c.a), analógico Frecuencímetro escala Hz, 2 analógico. 21 Amperímetro escala 0-25/50A (c.a), 2 analógico. 22 Contador de horas de servicio 220V (c.a) Transmisor de temperatura en tapa de 2 cilindros e instrumento 0-100ºC. 24 Transmisor de temperatura para detención 2 automática. 25 Transmisor de presión de aceite doble e 3 instrumento 0-10Bar. 26 Pulsador de detención de emergencia Contactor tripolar 32A, bobina 220V (c.a) 3 normalizado para riel DIN. 28 Botonera panel de mando izquierda Botonera de panel de mandos derecha Relé (tipo OMRON mod. LY4, 12Vcc) Relé (tipo OMRON mod. LY2, 12Vcc) Plaqueta contador automático impulsos de 2 arranque (A2). 33 Plaqueta con circuito impreso de 2 rectificadores (A1). 34 Interruptor termamagnético unipolar 25A 3 (VDE660) 35 Interruptor termamagnético unipolar 16A Interruptor termomagnetico unipolar 2A Válvula electromagnética de paso de 3 combustible. TOTAL

16 GENERADOR ELECTRICO 38 Provisión de regulador de voltaje electrónico para generador eléctrico monofásico compatible tipo marca Siemens Mod. 1FH o de calida similar o superior. 39 Bobinado de rotor 2 40 Bobinado de estator 2 TOTAL POR EQUIPO NOTA: EL TOTAL resultante de la Tabla del presente ANEXO II, es al solo efecto de comparar los precios cotizados entre los Oferentes y evaluar las conveniencias de costos entre las ofertas y posterior Adjudicación. 5

17 PREFECTURA NAVAL ARGENTINA LICITACION PRIVADA Nº 005/14 DE ETAPA UNICA NACIONAL APERTURA: 26/03/ HORA: 11:00.- ANEXO III PLANILLA DE COTIZACION NOMBRE O RAZON SOCIAL:.... DOMICILIO CONSTITUIDO EN LA C.A.B.A., ACORDE LA CLAUSULA PARTICULAR 9) INCISO E):... C.P.:... TE./FAX/ C.U.I.T. Nº: TOTAL ANEXO I TOTAL ANEXO II COSTO TOTAL DE LA OFERTA (Anexo I +Anexo II) SON PESOS: La adjudicación del renglón recaerá en la mejor oferta económica que surja del total cotizado en el - ANEXO III (Suma del Anexo I y II).

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19 PREFECTURA NAVAL ARGENTINA ANEXO IV DECLARACION JURADA DE OFERTA NACIONAL (artículo 70, inciso g, apartado 3 del Reglamento Aprobado por el Decreto Nº 893/2012) RAZÓN SOCIAL, DENOMINACION o NOMBRE COMPLETO: CUIT: PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN TIPO: Nro: El que suscribe, con poder suficiente para este acto, DECLARA BAJO JURAMENTO, que la oferta realizada por la empresa cumple con los requisitos y condiciones para ser considerada como OFERTA NACIONAL. FIRMA: ACLARACION: TIPO Y NUMERO DOCUMENTO: CARÁCTER: LUGAR Y FECHA:

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21 PREFECTURA NAVAL ARGENTINA ANEXO V DECLARACION JURADA DE IMPORTACIONES Y BALANZA COMERCIAL (artículo 70, inciso g, apartado 4 del Reglamento Aprobado por el Decreto Nº 893/2012) RAZÓN SOCIAL, DENOMINACION o NOMBRE COMPLETO: CUIT: TIPO: PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Nro: El que suscribe, con poder suficiente para este acto, DECLARA BAJO JURAMENTO, la siguiente información para fines estadísticos y para el correcto análisis y valoración del desarrollo de los complejos industriales nacionales. PROVISIÓN Y/O USO DE BIENES Y/O MATERIALES IMPORTADOS: CARACTERISTICAS GENERALES DE PRODUCTOS/MATERIALES IMPORTADOS: EJERCICIO Ultimo ejercicio cerrado: BALANZA COMERCIAL TOTAL TOTAL EXPORTACIONES IMPORTACIONES RESULTADO Proyección para ejercicio corriente: FIRMA: ACLARACION: TIPO Y NUMERO DOCUMENTO: CARÁCTER: LUGAR Y FECHA:

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23 COMPRE TRABAJO ARGENTINO Ley Régimen de compras del Estado Nacional y concesionarios de Servicios Públicos. Alcances. Sancionada: Noviembre 28 de Promulgada de Hecho: Diciembre 27 de El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: REGIMEN DE COMPRAS DEL ESTADO NACIONAL Y CONCESIONARIOS DE SERVICIOS PUBLICOS "Compre Trabajo Argentino" ARTICULO 1 La administración pública nacional, sus dependencias, reparticiones y entidades autárquicas y descentralizadas, las empresas del Estado y las sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarias y permisionarias de obras y de servicios públicos, en la contratación de provisiones y obras y servicios públicos y los respectivos subcontratantes directos otorgarán preferencia a la adquisición o locación de bienes de origen nacional, en los términos de lo dispuesto por esta ley. ARTICULO 2 Se entiende que un bien es de origen nacional, cuando ha sido producido o extraído en la Nación Argentina, siempre que el costo de las materias primas, insumos o materiales importados nacionalizados no supere el cuarenta por ciento (40%) de su valor bruto de producción. ARTICULO 3 Se otorgará la preferencia establecida en el artículo 1 a las ofertas de bienes de origen nacional cuando en las mismas para idénticas o similares prestaciones, en condiciones de pago contado, su precio sea igual o inferior al de los bienes ofrecidos que no sean de origen nacional, incrementados en un siete por ciento (7%), cuando dichas ofertas sean realizadas para sociedades calificadas como pymes, y del cinco por ciento (5%) para las realizadas por otras empresas. Cuando se trate de adquisiciones de insumos, materiales, materias primas o bienes de capital que se utilicen en la producción de bienes o en la prestación de servicios, que se vendan o presten en mercados desregulados en competencia con empresas no obligadas por el presente régimen, se otorgará la preferencia establecida en el artículo 1 a los bienes de origen nacional, cuando en ofertas similares, para idénticas prestaciones, en condiciones de pago contado sin gastos o cargas financieras, su precio sea igual o inferior al de los bienes ofrecidos que no sean de origen nacional. La preferencia establecida en el segundo párrafo de este artículo se aplicará a los bienes que se incorporen a las obras, se utilicen para su construcción o para la prestación de tales servicios públicos. En todos los casos, a los efectos de la comparación, el precio de los bienes de origen no nacional deberá contener, entre otros, los derechos de importación vigentes y todos los impuestos y gastos que le demande su nacionalización a un importador particular no privilegiado, de acuerdo a como lo fije la reglamentación correspondiente. ARTICULO 4 Cuando se adquieran bienes que no sean de origen nacional en competencia con bienes de origen nacional, los primeros deberán haber sido nacionalizados o garantizar el oferente su nacionalización. Se entregarán en el mismo lugar que corresponda a los bienes de origen nacional y su pago se hará en moneda local, en las mismas condiciones que correspondan a los bienes de origen nacional y deberán cumplir todas las normas exigidas del mercado nacional. La Secretaría de Industria y Comercio entregará dentro de las 96 horas de solicitado, un certificado donde se verifique el valor de los bienes no nacionales a adquirir.

ADQUISICIÓN DE QUINIENTOS UN (501) LECTORES DE CODIGOS DE BARRA

ADQUISICIÓN DE QUINIENTOS UN (501) LECTORES DE CODIGOS DE BARRA ADQUISICIÓN DE QUINIENTOS UN (501) LECTORES DE CODIGOS DE BARRA LICITACION PRIVADA Nº 37/2013 Fecha de Apertura: 7/01/2014 Horario: 12:00 Hs. PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES INDICE DESCRIPCION

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