MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

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1 MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE JAUJA GERENCIA MUNICIPAL Jauja 2009

2 INDICE TITULO I GENERALIDADES TITULO II DEL DISEÑO ORGANICO TITULO III ORGANOS DE GOBIERNO Y ALTA DIRECCION CAPITULO I Del Concejo Municipal CAPITULO II De la Alcaldía CAPITULO III De la Oficina de Información Pública CAPITULO IV De la Oficina de Secretaria Técnica CAPITULO V De la Gerencia Municipal TITULO IV ORGANO DE CONTROL CAPITULO I Oficina de Auditoria TITULO V ORGANO DE DEFENSA JUDICIAL CAPITULO I Procuraduría Pública Municipal TITULO VI ORGANO DE ASESORIA CAPITULO I Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto CAPITULO II Oficina de Asesoria Legal TITULO VII ORGANO DE APOYO QUE REPORTAN A LA GERENCIA CAPITULO I Sub Gerencia de Administracion Financiera CAPITULO II Sub Gerencia Administración Tributaria TITULO VIII ORGANO DE LINEA CAPITULO I Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano CAPITULO II Sub Gerencia de Desarrollo Económico Social y Programas Especiales CAPITULO III Sub Gerencia de Servicios Municipales CAPITULO IV Sub Gerencia de Gestión Ambiental Pagina Gerencia Municipal 2

3 MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE JAUJA INTRODUCCIÓN La Municipalidad Provincial de Jauja como órgano de gobierno local tiene un rol fundamental en el proceso de desarrollo de nuestra Provincia de Jauja, dicho rol implica que su operatividad, y por ende los procesos a su cargo, se gerencia de manera eficiente, y se orienten a la promoción del desarrollo económico local, consolidación de la democracia participativa, la mejora de la competitividad local y del medio ambiente, y la prestación eficaz de los servicios públicos locales a su cargo. Todo ello con el objeto de coadyuvar a que la Provincia de Jauja, se convierta a largo plazo en una ciudad competitiva, donde se brindan servicios de calidad para el desarrollo de las actividades orientados a la producción, el servicio y un desarrollo urbano ordenado en armonía con un medio ambiente equilibrado, donde la participación de sus diversos actores sociales sea parte de la cultura de gobernabilidad. La Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece las competencias de los órganos de gobierno local. Las mismas, en términos operativos, determinan la gestión de la Municipalidad Provincial de Jauja y su organización interna. En tal sentido, a fin de adecuarnos a sus exigencias y dentro del proceso de descentralización en marcha, la Municipalidad Provincial de Jauja, ha elaborado el presente Manual de Organización y Funciones, instrumento de gestión que alcanza a todo funcionario y servidor que ocupa cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), proporcionándoles información detallada de las funciones a desempeñar, situación que le permitirá conocer al detalle sus funciones, ubicación dentro de la estructura organizacional e interrelaciones administrativo formales, todo ello con el objetivo de orientar mejor su labor, anular la superposición de funciones, el desorden en los canales de comunicación horizontal y vertical, la dualidad de mando, etc. Gerencia Municipal 3

4 TITULO I GENERALIDADES 1. FINALIDAD DEL MANUAL: El presente documento de gestión institucional operativo MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (MOF), tiene por finalidad, establecer las funciones específicas de los cargos establecidos en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) aprobado, las mismas que constituyen un instrumento normativo que es cumplido por el recurso humano asignado a cada cargo, en la unidad orgánica respectiva. 2. OBJETIVOS DEL MANUAL: a) Establecer claramente las funciones básicas y las responsabilidades que corresponde desempeñar a cada unidad orgánica, delimitando la naturaleza y amplitud del trabajo. b) Clasificar, ordenar la ubicación y las funciones específicas que deben cumplir los cargos dentro de la estructura general de la institución. c) Precisar la unidad de mando y las interrelaciones jerárquicas (de los jefes hacia su personal) y funciones internas y externas de la institución. d) Proporcionar información a los funcionarios sobre sus funciones y ubicación dentro de la unidad orgánica y la estructura general de la organización, de las interrelaciones formales (de autoridad, responsabilidad y de coordinación). e) Servir como instrumento básico para racionalización de los procedimientos sustantivos como adjetivos, en concordancia con las normas de simplificación administrativa. f) Facilitar la formulación del Cuadro para Asignación de Personal CAP y el Presupuesto Analítico de Personal PAP. 3. BASE LEGAL: a) Ley Orgánica de Municipalidades Nº b) Resolución Jefatural Nº INAP/DNR Normas para la formulación de los Manuales de Organización y Funciones en la Administración Pública. c) Resolución Jefatural Nº INAP/DNR Lineamientos para la formulación de documentos de gestión en el marco de modernización de la Administración Pública. d) Resolución Jefatural N INAP/DNR Manual Normativo de Clasificación de Cargos de la Administración Pública. e) Ley Nº Ley Marco del Empleo Público. f) Decreto Supremo Nº PCM Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de las entidades de la Administración Pública. g) Directiva 002-CND-2004_PCM h) Ordenanza Municipal N A/MPJ 4. ALCANCE: El presente documento de gestión institucional es de aplicación obligatoria en todas las dependencias que constituyen el sistema municipal; tiene relevancia como documento normativo de gestión para la alta dirección, funcionarios, gerentes, subgerentes y personal de planta, sirviendo además como documento de consulta para la ciudadanía. Gerencia Municipal 4

5 APROBACION: El presente documento es aprobado por Ordenanza Municipal y entrará en vigencia desde el día de su aprobación hasta su modificación que será aprobado por otra Ordenanza Municipal. TITULO II DEL DISEÑO ORGANICO 1. FUNCIONES GENERALES DE LA MUNICIPALIDAD: Corresponde a la Municipalidad, según el caso, planificar, ejecutar e impulsar a través de los organismos competentes el conjunto de acciones destinadas a proporcionar al ciudadano el ambiente adecuado para la satisfacción de sus necesidades vitales de vivienda, salubridad, abastecimientos, educación, recreación, transporte y comunicaciones. Estas acciones son realizadas con los propios recursos municipales y con los previstos por las leyes respectivas a los organismos del Poder Ejecutivo, Organismos Descentralizados, Corporaciones de Desarrollo, y en su oportunidad a los Gobiernos Regionales. Estos y aquellos deben planificar sus programas de corto, mediano y largo plazo, en función de los requerimientos de las Municipalidades. Son funciones de las Municipalidades en materia de acondicionamiento territorial, vivienda y salubridad colectiva: 1. En materia de Organización del espacio físico - Usos del suelo (art. 79º L.O.M) 1.1. Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identifique las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial Pronunciarse respecto de las acciones de demarcación territorial en la provincia Aprobar la regulación provincial respecto del otorgamiento de licencias y las labores de control y fiscalización de las municipalidades distritales en las materias reguladas por los planes antes mencionados, de acuerdo con las normas técnicas de la materia, sobre: Otorgamiento de licencias de construcción, remodelación o demolición Elaboración y mantenimiento del catastro urbano y rural Reconocimiento, verificación, titulación y saneamiento físico legal de asentamientos humanos Autorizaciones para ubicación de anuncios y avisos publicitarios y propaganda política Nomenclatura de calles, parques y vías Seguridad del Sistema de Defensa Civil Estudios de Impacto Ambiental Fiscalizar el cumplimiento de los Planes y normas provinciales sobre la materia, señalando las infracciones y estableciendo las sanciones correspondientes Diseñar y ejecutar planes de renovación urbana. 2. Servicios Públicos Locales: 2.1. Saneamiento, salubridad y salud. (art. 80º LOM) Regular y controlar el proceso de disposición final de desechos sólidos, líquidos y sedimentos industriales en el ámbito provincial Regular y controlar la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente. Gerencia Municipal 5

6 2.2. Tránsito, vialidad y transporte público (art. 81º LOM) Normar, regular y planificar el transporte terrestre a nivel provincial Normar y regular el servicio público de transporte terrestre urbano e interurbano de su jurisdicción, de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales sobre la materia Normar, regular, organizar y mantener los sistemas de señalización, semáforos y regular el tránsito urbano de peatones y vehículos Normar y regular el transporte público y otorgar las correspondientes licencias o concesiones de rutas para el transporte de pasajeros, así como regular el transporte de carga e identificar las vías y rutas establecidas para tal objeto Promover la construcción de terminal terrestre y regular su funcionamiento Normar, regular y controlar la circulación de vehículos menores motorizados o no motorizados, tales como taxis, moto taxis, triciclos, y otros de similar naturaleza Otorgar autorizaciones y concesiones para la prestación del servicio público de transporte provincial de personas en su jurisdicción Otorgar certificado de compatibilidad de uso, licencia de construcción, certificado de conformidad de obra, licencia de funcionamiento y certificado de habilitación técnica a los terminales terrestres y estaciones de ruta del servicio de transporte provincial de personas de su competencia, según corresponda Supervisar el servicio público de transporte urbano de su jurisdicción, mediante la supervisión, detección de infracciones, imposición de sanciones y ejecución de ellas por incumplimiento de las normas o disposiciones que regulan dicho servicio, con el apoyo de la Policía Nacional asignada al control de tránsito Instalar, mantener y renovar los sistemas de señalización de tránsito en su jurisdicción, de conformidad con el reglamento nacional respectivo Abastecimiento y Comercialización de Productos y Servicios (art.83ºl.o.m.) Regular las normas respecto del acopio, distribución, almacenamiento y comercialización de alimentos y bebidas, en concordancia con las normas nacionales sobre la materia Establecer las normas respecto del comercio ambulatorio Programas Sociales, Defensa y Promoción de Derechos (art.84º L.O.M.) Planificar y promover el desarrollo social en su circunscripción en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales, de manera concertada con las municipalidades distritales de su jurisdicción Establecer canales de concertación entre las instituciones que trabajan en defensa de derechos de niños y adolescentes, mujeres, discapacitados y adultos mayores. Así como de los derechos humanos en general, manteniendo un registro actualizado Regular las acciones de las Defensorías Municipales de los Niños y Adolescentes, DEMUNA, adecuando las normas nacionales a la realidad local Ejecutar el Programa del Vaso de Leche y demás programas de apoyo alimentario con participación de la población y en concordancia con la legislación sobre la materia, cuando la municipalidad distrital no pueda asumir dicha función Establecer canales de comunicación y cooperación entre los vecinos y los programas sociales Contar con un registro actualizado de organizaciones juveniles de la provincia, así como de su participación activa en la vida política, social, cultural y económica del gobierno local. Gerencia Municipal 6

7 Crear una oficina de protección, participación y organización de los vecinos con discapacidad, como un programa dependiente de la Dirección de Servicios Sociales Seguridad Ciudadana (art. 85º L.O.M.) Establecer un sistema de seguridad ciudadana, con participación de la sociedad civil y de la Policía Nacional, y normar el establecimiento de los servicios de serenazgo, vigilancia ciudadana, rondas urbanas, campesinas o similares, de nivel distrital o del de centros poblados en la jurisdicción provincial, de acuerdo a ley Ejercer la labor de coordinación para las tareas de defensa civil en la provincia, con sujeción a las normas establecidas en lo que respecta a los Comités de Defensa Civil Provinciales Registros Civiles, en mérito a convenio suscrito con el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, conforme a ley Promoción del desarrollo económico local para la generación de empleo. (art.86º) Diseñar un plan estratégico de desarrollo económico local sostenible y un plan operativo anual, e implementarlos en función de los recursos disponibles y de las necesidades de la actividad empresarial de la provincia, según diagnóstico económico de su jurisdicción Flexibilizar y simplificar los procedimientos de obtención de licencias y permisos en el ámbito de su jurisdicción, sin obviar las normas técnicas de seguridad Mantener un registro de las empresas que operan en su jurisdicción y cuentan con licencia municipal de funcionamiento, definitiva o provisional, consignando expresamente el cumplimiento o incumplimiento de las normas técnicas de seguridad Concertar con el sector público y el privado la elaboración y ejecución de programas de apoyo al desarrollo económico local sostenible en su espacio territorial. 3. Protección y conservación del ambiente: 3.1. Formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y políticas locales en materia ambiental, en concordancia con las políticas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales Proponer la creación de áreas de conservación ambiental Promover la educación e investigación ambiental en su localidad e incentivar la participación ciudadana en todos sus niveles Participar y apoyar a las comisiones ambientales regionales en el cumplimiento de sus funciones Coordinar con los diversos niveles de gobierno nacional, sectorial y regional, la correcta aplicación local de los instrumentos de planeamiento y de gestión ambiental, en el marco del sistema nacional y regional de gestión ambiental. 4. En materia de participación vecinal: 4.1. Promover, apoyar y reglamentar la participación vecinal en el desarrollo local Establecer instrumentos y procedimientos de fiscalización Organizar los registros de organizaciones sociales y vecinales de su jurisdicción. 5. Promoción Del Desarrollo Económico Local: 5.1. Planeamiento y dotación de infraestructura para el desarrollo local Fomento de las inversiones privadas en proyectos de interés local Promoción de la generación de empleo y el desarrollo de la micro y pequeña empresa urbana o rural Fomento de la artesanía. Gerencia Municipal 7

8 5.5. Fomento del turismo local sostenible Fomento de programas de desarrollo rural. 6. En materia de servicios sociales locales: 6.1. Administrar, organizar y ejecutar los programas locales de lucha contra la pobreza y desarrollo social Administrar, organizar y ejecutar los programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo, y otros que coadyuven al desarrollo y bienestar de la población Establecer canales de concertación entre los vecinos y los programas sociales Difundir y promover los derechos del niño, del adolescente, de la mujer y del adulto mayor; propiciando espacios para su participación a nivel de instancias municipales. 2. RELACION JERARQUICA DE UNIDADES ORGANICAS: (Autoridad, Responsabilidad y Coordinación) La estructura de organización de la Municipalidad Provincial de Jauja contiene los órganos siguientes: Órgano de Gobierno y Alta Dirección. Órganos Consultivos de Participación y Coordinación Órgano de Control. Órganos de Defensa Judicial Órgano de Asesoría Órganos de Apoyo, que reportan a la Alcaldía Órganos de Apoyo que reportan a la Gerencia Municipal Órganos de Línea. Órganos Desconcentrados. Órganos Descentralizados La jerarquía organizacional de la Municipalidad es como sigue: 1. Órganos de Gobierno y Alta Dirección: a. Concejo Municipal b. Alcaldía c. Gerencia Municipal 2. Órganos Consultivos de Participación y Coordinación: a. Comisión de Regidores b. Comité de Coordinación Local Provincial (CCLP) c. Comité de Comunidades Campesinas. d. Junta de Delegados Vecinales. e. Comité Multisectorial. f. Comité de Defensa Civil. g. Comité de Juventudes. h. Comité de Lucha Contra la pobreza. 3. Órgano de Control: a. Oficina de Control Institucional (OCI) 4. Órgano de Defensa Judicial: a. Procuraduría Municipal 5. Órganos de Asesoría: a. Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto i. Secretaría. ii. Unidad de Presupuesto iii. Unidad de Programación e Inversiones OPI b. Oficina de Asesoría Legal c. Comité Gerencial Gerencia Municipal 8

9 6. Órganos de Apoyo, que reportan a la Alcaldía: a. Secretaría General i. Mesa de Partes b. Oficina de Información Pública y transparencia i. Unidad de Informática ii. Unidad de Radio y Televisión c. Secretaría Técnica 7. Órganos de Apoyo que reportan a la Gerencia Municipal: a. Secretaría de Gerencia Municipal b. Sub Gerencia Administrativa Financiera i. Unidad de Contabilidad ii. Unidad de Tesorería iii. Unidad de Logística 1. Almacén 2. Control Patrimonial 3. Servicios Generales iv. Unidad de Personal c. Sub Gerencia de Administración Tributaria: i. Unidad de Recaudación ii. Unidad de Fiscalización iii. Unidad de Cobranza Coactiva 8. Órganos de Línea: a. Sub Gerencia Infraestructura y Desarrollo Urbano: i. Secretaría ii. Departamento de Estudios y Proyectos. iii. Departamento de Obras. iv. Departamento de Desarrollo Urbano. v. Departamento Vehículo y Equipo Mecánico. b. Sub Gerencia de Desarrollo Económico Social y Programas Especiales: i. Departamento de Apoyo a la Acción Comunal ii. Departamento de Educación Cultura y Deporte. 1. Escuela Bellas Artes 2. Biblioteca Municipal iii. Departamento de Programas Sociales iv. Departamento de Discapacitado. v. Departamento Turismo y Centro Histórico. c. Sub Gerencia de Gestión Ambiental: i. Limpieza Pública. ii. Ornato de Parques y Jardines. d. Sub Gerencia de Servicios Municipales: a. Registro Civil-(RR.CC) b. DEMUNA. c. Mercado y Camal. d. Transporte Transito y Circulación Vial. e. Policía Municipal-(PM) f. Estadio y Piscina. 9. Órganos Desconcentrados: a. Secretaria Técnica Defensa Civil y Seguridad Ciudadana. b. Programa de Vaso de Leche (PVL) c. Instituto Vial Provincial de Jauja-(IVP). 10. Órganos Descentralizados: a. Entidad Prestadora de Servicios Municipal Mantaro S.A. Zonal Jauja.- (EPS). Los niveles de autoridad funcionan así: Gerencia Municipal 9

10 Consejo Municipal.- Máxima autoridad normativa y fiscalizadora, integrado por el Alcalde y Regidores; dirigido por el Alcalde. Alcaldía.- Representado por el Alcalde quien tiene la función ejecutiva, encargado de conducir el gobierno y la gestión municipal. Gerencia Municipal.- Órgano de dirección a cargo del Gerente Municipal, encargado de conducir la ejecución de la función administrativa de los órganos de gobierno y supervisar su cumplimiento. Unidad y Departamentos.- A cargo de los Jefes y/o responsables de las Unidades y Departamentos o un equipo de trabajo, encargados de ejecutar y aplicar las normas, planes y programas de actividades, especialmente brindar servicios o producir bienes. Órganos Consultivos.- De coordinación y de participación, comisiones de regidores, encargados de fiscalizar las acciones del Gobierno Municipal, pueden presentar propuestas de solución a los problemas de desarrollo económico y social. NIVELES ORGANIZACIONALES: Es el Conjunto de órganos que tienen autoridad y responsabilidad similares, independientemente del tipo de funciones asignadas, siendo los siguientes niveles: Primer Nivel Organizacional. Lo constituye los Órganos de Gobierno: Concejo Municipal y Alcaldía. Segundo Nivel Organizacional. Lo constituyen todos los órganos que dependen jerárquicamente del titular o funcionario inmediato en el mando: Gerencia. Tercer Nivel Organizacional. Lo constituye todos aquellos órganos que dependen del segundo nivel organizacional: Sub Gerencias, Unidad y Oficina. Gerencia Municipal 10

11 TITULO III ORGANOS DE GOBIERNO Y ALTA DIRECCION CAPITULO I DEL CONCEJO MUNICIPAL 1. NATURALEZA: El Concejo Municipal, es el órgano de Alta Dirección y de Gobierno, conformado por el Alcalde y once (11) Regidores, quienes ejercen funciones normativas y fiscalizadoras. 2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CONCEJO MUNICIPAL: 1. Aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y el Presupuesto Participativo. 2. Aprobar, monitorear y controlar el plan de desarrollo institucional y el programa de inversiones, teniendo en cuenta los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y sus Presupuestos Participativos. 3. Aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local. 4. Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de Nivel Provincial, que identifique las áreas urbanas y de expansión urbana; las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental declarados conforme a ley. 5. Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de las Áreas Urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial. 6. Aprobar el Plan de Desarrollo de Capacidades. 7. Aprobar el Sistema de Gestión Ambiental Local y sus instrumentos, en concordancia con el sistema de gestión ambiental nacional y regional. 8. Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. 9. Crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a Ley. 10. Declarar la vacancia o suspensión de los cargos de Alcalde y Regidor. 11. Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la Municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario. 12. Aprobar por ordenanza el reglamento del Concejo Municipal. 13. Aprobar los proyectos de ley que en materia de su competencia sean propuestos al Congreso de la República. 14. Aprobar normas que garanticen una efectiva participación vecinal. 15. Constituir comisiones ordinarias y especiales, conforme a su reglamento. 16. Aprobar el presupuesto anual y sus modificaciones dentro de los plazos señalados por ley, bajo responsabilidad. 17. Aprobar el balance y la memoria anual. 18. Aprobar la entrega de construcciones de infraestructura y servicios públicos municipales al sector privado a través de concesiones o cualquier otra forma de participación de la inversión privada permitida por Ley. 19. Aprobar la creación de municipalidades de centros poblados y de agencias municipales. 20. Aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad. 21. Solicitar la realización de exámenes especiales, auditorios económicos y otros actos de control. 22. Autorizar y atender los pedidos de información de los regidores para efectos de fiscalización. Gerencia Municipal 11

12 23. Autorizar al procurador público municipal, para que, en defensa de los intereses y derechos de la municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulse procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el órgano de Control Interno haya encontrado responsabilidad civil o penal; así como en los demás procesos judiciales interpuestos contra el gobierno local o sus representantes. 24. Aprobar endeudamientos internos y externos, exclusivamente para obras y servicios públicos, por mayoría calificada y conforme a ley. 25. Aprobar la donación o la cesión en uso de bienes muebles e inmuebles de la municipalidad a favor de entidades públicas o privadas sin fines de lucro y la venta de sus bienes en subasta pública. 26. Aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales. 27. Aprobar las licencias solicitadas por el Alcalde o los Regidores, no pudiendo concederse licencias simultáneamente a un número mayor del 40% (cuarenta por ciento) de los Regidores. 28. Aprobar la remuneración del Alcalde y las dietas de los Regidores. 29. Aprobar el régimen de administración de sus bienes y rentas, así como el régimen de administración de los servicios públicos locales. 30. Disponer el cese del Gerente Municipal cuando exista acto doloso o falta grave. 31. Plantear los conflictos de competencia. 32. Aprobar el Cuadro de Asignación de Personal y las bases de las pruebas para la Selección de Personal y para los concursos de provisión de puestos. 33. Fiscalizar la gestión de los funcionarios de la Municipalidad. 34. Aprobar los espacios de concertación y participación vecinal, a propuesta del Alcalde, así como reglamentar su funcionamiento. 35. Las demás atribuciones que le correspondan conforme a ley. El Concejo Municipal, tiene responsabilidad política y administrativa como órgano de gobierno de la Municipalidad, sus miembros son responsables, individualmente por los actos violatorios de la Ley practicados en el ejercicio del cargo y solidariamente por las resoluciones y acuerdos adoptados a menos que salven expresamente su voto, lo que debe constar en Acta. El Concejo Municipal se constituye Comisiones permanentes internas de trabajo integrado por Regidores, cuyas funciones se establecen en el Reglamento Interno del Concejo Municipal. Las Comisiones de Regidores coordinan directamente con las unidades orgánicas e instituciones que ejercen funciones afines para ejercer sus funciones. ALCALDIA PRESENTACION El Manual de Organización y Funciones MOF, es un documento de gestión muy importante, por cuanto, establece y describe las funciones a nivel de cada cargo, en este caso, las funciones de cada uno de los cargos que son asignados a la Alcaldía como Órgano de Gobierno de la Municipalidad y del Alcalde como máxima autoridad política y administrativa, además establece las líneas de mando y de responsabilidad de cada cargo. El presente Manual, es de alcance al ámbito de la Alcaldía de la Municipalidad de la Provincia de Jauja, pero de manera general de las atribuciones y responsabilidades del Alcalde como primera autoridad edilicia de la Provincia de Jauja y de cada uno de los cargos asignados según el Cuadro para Asignación de Personal. Gerencia Municipal 12

13 Las funciones descritas, se encuentran enmarcados dentro de las competencias y atribuciones señaladas en la Constitución Política del Estado y la Ley Orgánica de Municipalidades, los dispositivos Municipales y demás documentos de Gestión Municipal. Los instrumentos en los cuales se basa este Manual, son la Ley N Ley Orgánica de Municipalidades y sus modificatorias, la Ley N Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, Leyes Anuales del Presupuesto del Estado y fundamentalmente la Directiva N 0-95-INAP/DNR aprobada por Resolución Jefatural N INAP/DNR de Normas para la Formulación del Manual de Organización y Funciones. En el ámbito interno, la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones aprobada por Acuerdo de Concejo respectivamente y Cuadro Para Asignación de Personal aprobado mediante Ordenanza Municipal N A/MPJ. CAPITULO II DE LA ALCALDIA 1. NATURALEZA: La Alcaldía es el órgano de gobierno que tiene función ejecutiva, está a cargo del Alcalde, quien es el personero legal de la Municipalidad, encargado del gobierno y gestión Municipal. 2. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL: El Alcalde depende del Concejo Municipal y tiene a su cargo toda la organización administrativa de la Municipalidad Provincial de Jauja CONCEJO MUNICIPAL ALCALDIA 3. CANALES DE COORDINACION: El Alcalde, para la toma de decisiones a nivel interno coordina con Gerencia Municipal y los Profesionales responsables de la Unidades Orgánicas y Sistemas Administrativos según sea el caso a nivel externo coordina con sus Asesores Externos y representantes de instituciones públicas y privadas que operan en su jurisdicción y gobierno regional sobre la formulación y ejecución de planes, programas y proyectos de desarrollo en la Provincia, además coordina con la Junta de Vecinos para facilitar la participación ciudadana y supervisión de acciones de desarrollo local. 4. CUADRO ORGANICO DE CARGOS. DENOMINACION UNIDAD ORGANICA Numero CARGO CLASIFICADO Orden ORGANO DE GOBIERNO ALCALDIA 02 Alcaldía Chofer de Alcaldía TOTAL NECESARIO N DEL PAP O1 02 CATEGORIA REMUNERATIVA F4 SAA 5. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESPECÍFICAS A NIVEL DE CARGO: Gerencia Municipal 13

14 CARGO : ALCALDE 1. Defender y cautelar los derechos e intereses de la Municipalidad y los vecinos. 2. Convocar, presidir y dar por concluidas las sesiones del Concejo Municipal. 3. Ejecutar los acuerdos del Concejo Municipal, bajo responsabilidad. 4. Proponer al Concejo Municipal proyectos de ordenanzas y acuerdos 5. Promulgar las ordenanzas y disponer su publicación. 6. Dictar Decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas. 7. Dirigir la formulación y someter a aprobación del Concejo Municipal el Plan Integral de Desarrollo Sostenible Local y el Programa de Inversiones Concertado con la Sociedad Civil. 8. Dirigir la ejecución de los Planes de Desarrollo Municipal. 9. Someter a aprobación del Concejo Municipal, bajo responsabilidad y dentro de los plazos y modalidades establecidos en la Ley Anual del Presupuesto General de la República, el Presupuesto Municipal Participativo, debidamente equilibrado y financiado. 10. Aprobar el Presupuesto Municipal Participativo, en caso de que el Concejo Municipal no lo apruebe dentro del plazo previsto en la ley. 11. Someter a aprobación del Concejo Municipal, dentro del primer trimestre del ejercicio presupuestal siguiente y bajo responsabilidad, el Balance General y la Memoria del Ejercicio Económico anterior. 12. Proponer al Concejo Municipal la creación, modificación, supresión o exoneración de contribuciones, tasas, arbitrios, derechos y licencias; y, con acuerdo del Concejo Municipal, solicitar al Poder Legislativo la creación de los impuestos que considere necesarios. 13. Someter al Concejo Municipal la aprobación del Sistema de Gestión Ambiental Local y de sus instrumentos, dentro del marco del sistema de Gestión Ambiental Nacional y Regional. 14. Proponer al Concejo Municipal los proyectos de Reglamento Interno del Concejo, del personal, y todos los que sean necesarios para el gobierno y la Administración Municipal. 15. Informar al Concejo Municipal mensualmente respecto al control de la recaudación de los ingresos municipales y autorizar los egresos de conformidad con la ley y el presupuesto aprobado. 16. Celebrar matrimonios civiles de los vecinos, de acuerdo con las normas del Código Civil. 17. Designar y cesar al Gerente Municipal y a propuesta de éste, a los demás funcionarios de confianza. 18. Autorizar las licencias solicitadas por los funcionarios y demás servidores de la Municipalidad. 19. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones municipales con el auxilio del Serenazgo y la Policía Nacional del Perú. 20. Delegar sus atribuciones políticas a un Regidor hábil y las administrativas al Gerente Municipal. 21. Proponer al Concejo Municipal la realización de auditorias, exámenes especiales y otros actos de control. 22. Implementar, bajo responsabilidad, las recomendaciones contenidas en los informes de la Oficina Control Institucional. 23. Celebrar los actos, contratos y convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones. 24. Proponer la creación de empresas municipales bajo cualquier modalidad Legalmente permitida, sugerir la participación accionario, y recomendar la concesión de obras de infraestructura y servicios públicos municipales. Gerencia Municipal 14

15 25. Supervisar la recaudación municipal, el buen funcionamiento y los resultados económicos y financieros de las empresas municipales y de las obras y servicios públicos municipales ofrecidos directamente o bajo delegación al sector privado. 26. Presidir las Comisiones Provinciales de Formalización de la Propiedad Informal o designar a su representante, en aquellos lugares en que se implementen. 27. Otorgar los Títulos de Propiedad emitidos en el ámbito de su jurisdicción y competencia. 28. Nombrar, contratar, cesar y sancionar a los servidores municipales de carrera. 29. Proponer al Concejo Municipal las operaciones de crédito interno y externo, conforme a ley. 30. Presidir el Comité de Defensa Civil de su jurisdicción. 31. Suscribir convenios con otras municipalidades para la ejecución de obras y prestación de servicios comunes. 32. Atender y resolver los pedidos que formulen las organizaciones vecinales o, de ser el caso, tramitarlos ante el Concejo Municipal. 33. Resolver en última instancia administrativa los asuntos de su competencia de acuerdo al Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad. 34. Proponer al Concejo Municipal espacios de concertación y participación vecinal. 35. Las demás que le correspondan de acuerdo a ley. El Alcalde, tiene responsabilidad política, por que ejerce el gobierno municipal y dirige la gestión municipal, además asume otras responsabilidades de Ley en su condición de personero legal de la Municipalidad. Depende y/o da cuenta al Concejo Municipal. Tiene mando directo sobre el Gerente Municipal, Sub Gerentes, Jefes de Oficinas y de manera indirecta sobre los servidores en general. También tiene mando directo sobre las Empresas y Programas Especiales. Ser elegido democráticamente en Elecciones Municipales. CARGO : CHOFER 1. Conducir vehículos motorizados livianos, para transporte de carga y/o personas. 2. Efectuar viajes Inter. - provinciales de servicio oficial. 3. Efectuar el mantenimiento y reparaciones mecánicas de cierta complejidad del vehículo a su cargo. 4. Informar de las actividades efectuadas, así como de las ocurrencias en el cumplimiento de sus tareas. 5. Otras que le asigne el jefe inmediato. Depende directamente del Alcalde. Es responsable de cumplir sus funciones específicas y las que le asigne el Alcalde Con Instrucción secundaria completa. Brevette profesional Tipo AIII. Certificado de Capacitación en Mecánica Automotriz y afines. Experiencia mínima de tres (03) años en la conducción de vehículos motorizados. OFICINA DE SECRETARIA GENERAL Gerencia Municipal 15

16 PRESENTACION El Manual de Organización y Funciones MOF, es un documento de gestión muy importante, por cuanto, establece y describe las funciones a nivel de cada cargo, en este caso, las funciones de cada uno de los cargos que son asignados a la Oficina de Secretaria General Pública que constituye una de las unidades orgánicas de apoyo mas importante a la máxima autoridad de la Municipalidad y asimismo se establece las líneas de mando y responsabilidad de cada cargo. El presente Manual, es de alcance al ámbito de la Oficina de Secretaria General de la Municipalidad de la Provincia de Jauja, así como de manera general señala las atribuciones y responsabilidades de la Secretaria General y de cada uno de los cargos asignados según el cuadro para Asignación de Personal. Las funciones descritas, se encuentran enmarcadas dentro de las competencias y atribuciones señaladas en el Constitución Política del Estado y la Ley Orgánica de Municipalidades, los dispositivos Municipales y demás documentos de Gestión Municipal. Los instrumentos en los cuales se basa este Manual, son la Ley Nº Ley Orgánica de Municipalidades y sus modificatorias, la Ley Nº Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, Leyes Anuales del Presupuesto del Estado y fundamentalmente la Directiva Nº 0-95-INAP/DNR aprobada por Resolución Jefatural Nº INAP/DNR de Normas para la Formulación del Manual de Organización y Funciones. En el ámbito interno, la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones aprobada por Acuerdo de Concejo respectivamente y Cuadro Para Asignación de Personal aprobado por Acuerdo de Concejo del CAPITULO III OFICINA DE SECRETARIA GENERAL 1. NATURALEZA: La Unidad de Secretaria General, es el órgano de apoyo encargado de Organizar, Elaborar y custodiar las actas, de Alcaldía y Consejo Municipal, Apoyar al Alcalde en materia administrativa, en el ámbito de su competencia, Distribución de documentos normativos de la Municipalidad, así como las normas que aprueben el Concejo Municipal; así como numerar y custodiar los diferentes dispositivos que emita la Alcaldía, Dar fe de los actos del Concejo, Decretos y Resoluciones de Alcaldía y llevar los correspondientes Libros de Registro. Organizar, mecanografiar, controlar y archivar los informes, expedientes y escritos formulados. 2. CANALES DE COORDINACION: Coordina con la Alta Dirección y con todas las unidades orgánicas de la institución así mismo coordina con el Titular del Pliego y con quienes haga sus veces en el marco de su competencia. 3. ORGANIGRAMA: ALCALDIA OFICINA DE SECRETARIA GENERAL Gerencia Municipal 16

17 4. CUADRO ORGANICO DE CARGOS: Numero Orden DENOMINACION UNIDAD ORGANICA CARGO CLASIFICADO ORGANO DE APOYO OFICINA DE INFORMACION PUBLICA Secretaria General Auxiliar de Secretaria General Tramite Documentario Auxiliar Tramite Documentario Auxiliar Archivo General TOTAL NECESARIO 02 N DEL CAP , 08 CATEGORIA REMUNERATIVA STA SAF SAC SAF SAA, SAD CARGO : SECRETARIA (O) FUNCIONES ESPECÍFICAS 1. Organizar y concurrir a las Sesiones del Concejo, elaborando y custodiando las actas, suscribiéndolas conjuntamente con el Alcalde, así como difundir los Acuerdos de Concejo en la Municipalidad. 2. Apoyar al Alcalde en materia administrativa, en el ámbito de su competencia. 3. Distribuir los Acuerdos de Concejo en la Municipalidad, así como las normas que aprueben el Concejo Municipal y el Alcalde, a las unidades orgánicas encargadas de su cumplimiento; así como numerar y custodiar los diferentes dispositivos que emita la Alcaldía. 4. Dar fe de los actos del Concejo, Decretos y Resoluciones de Alcaldía y llevar los correspondientes Libros de Registro. 5. Canalizar las propuestas provenientes de la Gerencia Municipal, para su inclusión en la Agenda de las Sesiones del Concejo Municipal. 6. Organizar, mecanografiar, controlar y archivar los informes, expedientes y escritos formulados. 7. Proyectar las Resoluciones de Alcaldía, y coordinar la elaboración de las ordenanzas y otros dispositivos municipales de competencia del Concejo o del Alcalde con las diferentes áreas de la Municipalidad. 8. Recepcionar, revisar, registrar, clasificar y archivar la correspondencia que administra, así como supervisar el correcto trámite de la correspondencia externa del Concejo Municipal y de la Alcaldía. 9. Atender y controlar las acciones relativas al procedimiento de acceso a la información institucional, conforme la normatividad vigente. 10. Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus funciones que le sean asignadas por el Alcalde, acorde a la Ley Orgánica de Municipalidades. Depende directamente del Alcalde. Tiene mando directo sobre personal a su cargo de la Secretaria General. Actúa como Secretaria (o) del Concejo Municipal. Es responsable de cumplir sus funciones específicas y las que le asigne el Alcalde Contar con Estudios Técnicos en Secretaria Ejecutiva / Administración Capacitación acreditada en temas relacionados al cargo. Experiencia mínima de tres (03) años de experiencia en el cargo. Gerencia Municipal 17

18 OFICINA DE INFORMACION PÚBLICA PRESENTACION El Manual de Organización y Funciones MOF, es un documento de gestión muy importante, por cuanto, establece y describe las funciones a nivel de cada cargo, en este caso, las funciones de cada uno de los cargos que son asignados a la Oficina de Información Pública que constituye una de las unidades orgánicas de apoyo mas importante a la máxima autoridad de la Municipalidad y asimismo se establece las líneas de mando y responsabilidad de cada cargo. El presente Manual, es de alcance al ámbito de la Oficina de Información Pública de la Municipalidad de la Provincia de Jauja, así como de manera general señala las atribuciones y responsabilidades del Relacionista Público y de cada uno de los cargos asignados según el cuado para Asignación de Personal. Las funciones descritas, se encuentran enmarcadas dentro de las competencias y atribuciones señaladas en el Constitución Política del Estado y la Ley Orgánica de Municipalidades, los dispositivos Municipales y demás documentos de Gestión Municipal. Los instrumentos en los cuales se basa este Manual, son la Ley Nº Ley Orgánica de Municipalidades y sus modificatorias, la Ley Nº Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, Leyes Anuales del Presupuesto del Estado y fundamentalmente la Directiva Nº 0-95-INAP/DNR aprobada por Resolución Jefatural Nº INAP/DNR de Normas para la Formulación del Manual de Organización y Funciones. En el ámbito interno, la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones aprobada por Acuerdo de Concejo respectivamente y Cuadro Para Asignación de Personal aprobado por Acuerdo de Concejo del CAPITULO III OFICINA DE INFORMACION PÚBLICA 5. NATURALEZA: La Unidad de Información Publica, es el órgano de apoyo encargado de planificar, organizar, dirigir y supervisar las actividades y programas relacionados con la Participación Vecinal, Imagen, Relaciones Institucionales y Proyección Comunicativa. 6. CANALES DE COORDINACION: Coordina con la Alta Dirección y con todas las unidades orgánicas de la institución así mismo coordina con el Titular del Pliego y con quienes haga sus veces en el marco de su competencia. 7. ORGANIGRAMA: ALCALDIA OFICINA DE INFORMACION PÚBLICA 8. CUADRO ORGANICO DE CARGOS: Gerencia Municipal 18

19 Numero Orden DENOMINACION UNIDAD ORGANICA CARGO CLASIFICADO ORGANO DE APOYO OFICINA DE INFORMACION PUBLICA Jefe de Unidad de Información Pública Asistente en Relación Publica Asistente de Radio y Televisión. TOTAL NECESARIO N DEL CAP CATEGORIA REMUNERATIVA STA SAD SAD 9. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESPECÍFICAS A NIVEL DE CARGO: CARGO : JEFE DE OFICINA DE INFORMACIÓN PÚBLICA 1. Elaborar el Plan de Trabajo y el programa de actividades de relaciones públicas de la Municipalidad con apoyo de un equipo especializado. 2. Coordinar reuniones y concertar citas oficiales del Municipio. 3. Programar, coordinar y supervisar las actividades de información, divulgación y comunicación de relaciones internas y externas. 4. Coordinar con los organismos de comunicación social de nivel local, regional y nacional; a fin de proyectar el servicio que brinda la institución hacia la colectividad. 5. Verificar las actividades de información, comunicación y similares antes de su impresión y divulgación. 6. Coordinar con los funcionarios de las instituciones sobre aspectos de organización e implementar programas de actividades que tengan que ver con la difusión de informaciones a la población en general y el intercambio de información con instituciones públicas y privadas. 7. Organizar y coordinar las publicaciones y otros materiales informativos de la entidad. 8. Orientar al público usuario sobre trámites, gestiones por realizar y absolver consultas en asuntos de su especialidad. 9. Informar y difundir las actividades de la institución, utilizando los diferentes medios de comunicación. 10. Recepcionar a visitantes y delegaciones y coordinar audiencia con las autoridades y funcionarios de la Municipalidad. 11. Preparar el periódico mural, notas, informativos y campañas de difusión, franelografo del municipio y mediante medios de comunicación públicas. 12. Coordinar actividades de relaciones públicas con otras instituciones públicas. 13. Buscar información en círculos oficiales y privados. 14. Organizar las actividades de comunicación, información, Elaborar y distribuir boletines informativos y de relaciones públicas. 15. Seleccionar materiales fotográficos, audiovisuales y filmadores, para grabaciones, filmaciones y proyecciones. 16. Las demás funciones que se le asigne. Depende directamente del Alcalde. Tiene mando sobre el personal a su cargo. Es responsable de cumplir sus funciones específicas y las que le asigne el Alcalde Contar con Titulo Profesional, Colegiatura y Habilitación de la Especialidad de Ciencias de la Comunicación o Periodismo, Capacitación acreditada en Ciencias de la Comunicación. Experiencia mínima de 03 años en el Cargo Gerencia Municipal 19

20 CARGO : ASISTENTE EN RELACION PUBLICA 1. Elaborar notas informativas, entrevistas y reportajes periodísticos para difusión en medios de comunicación respecto a la gestión municipal. 2. Realizar informes radiales, televisivos sobre acciones de los órganos de gobierno de la Municipalidad. 3. Agilizar el sistema de comunicación e información con la ciudadanía, actores sociales y agentes económicos de la localidad. 4. Desarrollar una red de relaciones interinstitucionales que permita a la Municipalidad impulsar y promover las acciones para el desarrollo local. 5. Fortalecer las relaciones externas de la Municipalidad para lograr compromisos conducentes al logro de los objetivos del desarrollo local. 6. Difundir con transparencia, veracidad y objetividad los hechos que no menoscaben el prestigio institucional. 7. Apoyo en la elaboración de los programas a seguir en las sesiones solemnes o actos oficiales así como acciones de protocolo en las mismas. 8. Otras funciones que se le asigne en materias de su competencia. Depende directamente del Jefe de la Oficina de Información Pública. Es responsable de cumplir sus funciones específicas y las que le asigne el Jede de Información Pública. Contar con Estudios Técnicos de la Especialidad de Periodismo o en Ciencias de la Comunicación Capacitación acreditada en Ciencias de la Comunicación. Experiencia mínima de 03 años en el Cargo CARGO : ASISTENTE DE RADIO Y TELEVISION 1. Apoyar técnicamente en los programas de los usuarios del Sistema. 2. Realizar estudios a fin de hacer propuestas de mejoramiento de métodos y procedimientos para brindar el apoyo en el sistema en computación e informática que requiera la municipalidad en sus diferentes Unidades. 3. Realizar un cálculo de las necesidades de utilización de los equipos de cómputo, así como su mantenimiento de los mismos. 4. Otras funciones que se le asigne en materias de su competencia. Depende directamente del Jefe de la Oficina de Información Pública. Es responsable de cumplir sus funciones específicas y las que le asigne el Jede de Información Pública. Contar con Estudios Técnicos en Computación e Informática Capacitación acreditada en Redes y/o Ensamblaje de Computadoras Experiencia mínima de 03 años en labores relacionadas al cargo. OFICINA DE SECRETARIA TÉCNICA Gerencia Municipal 20

21 PRESENTACION El Manual de Organización y Funciones MOF, es un documento de gestión muy importante, por cuanto, establece y describe las funciones a nivel de cada cargo, en este caso, las funciones de cada uno de los cargos que son asignados a la de Secretaría Técnica asimismo se establece las líneas de mando y responsabilidad de cada cargo. El presente Manual, es de alcance al ámbito de la Oficina de Secretaría Técnica de la Municipalidad de la Provincia de Jauja, así como de manera general señala las atribuciones y responsabilidades del Relacionista Público y de cada uno de los cargos asignados según el cuado para Asignación de Personal. Las funciones descritas, se encuentran enmarcadas dentro de las competencias y atribuciones señaladas en el Constitución Política del Estado y la Ley Orgánica de Municipalidades, los dispositivos Municipales y demás documentos de Gestión Municipal. Los instrumentos en los cuales se basa este Manual, son la Ley Nº Ley Orgánica de Municipalidades y sus modificatorias, la Ley Nº Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, Leyes Anuales del Presupuesto del Estado y fundamentalmente la Directiva Nº 0-95-INAP/DNR aprobada por Resolución Jefatural Nº INAP/DNR de Normas para la Formulación del Manual de Organización y Funciones. En el ámbito interno, la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones aprobada por Acuerdo de Concejo respectivamente y Cuadro Para Asignación de Personal aprobado por Acuerdo de Concejo del CAPITULO IV OFICINA DE SECRETARIA TECNICA 1. NATURALEZA: La Oficina de Secretaría Técnica, es el Órgano de apoyo responsable de brindar soporte técnico y administrativo al Alcalde y a las Comisiones de Regidores, así como coordinar las acciones relacionadas a la participación vecinal y relaciones interinstitucionales 2. CANALES DE COORDINACION: Coordina con la Alta Dirección y con todas las unidades orgánicas de la institución así mismo coordina con el Titular del Pliego y con quienes haga sus veces en el marco de su competencia. 3. ORGANIGRAMA: ALCALDIA SECRETARIA TÉCNICA 4. CUADRO ORGANICO DE CARGOS: Numero Orden DENOMINACION UNIDAD ORGANICA CARGO CLASIFICADO ORGANO DE APOYO SECRETARIA TECNICA TOTAL NECESARIO N DEL CAP 11 Secretario Técnico (a) 10 SAA 5. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESPECÍFICAS A NIVEL DE CARGO: CATEGORIA REMUNERATIVA Gerencia Municipal 21

22 CARGO : SECRETARIO (A) TÉCNICO 1. Coordinar con las diferentes unidades orgánicas el requerimiento y atención oportuna de la información solicitada por las Comisiones. 2. Concertar reuniones entre las Comisiones de regidores e instituciones y organizaciones de base. 3. Recopilar, organizar y remitir a la Sub Gerencia de Planificación y Presupuesto información relevante sobre oportunidades de financiamiento externo. a. Planificar y dirigir las actividades de coordinación con el sector privado y organismos internacionales a fin de buscar financiamiento para posibilitar la realización de los proyectos especiales, así como con las áreas técnicas competentes para la ejecución de los mismos. 4. Promover alianzas estratégicas interinstitucionales, lideradas por la Municipalidad, que impulsen los sectores productivos y sociales de la provincia de Jauja. 5. Planificar, organizar y dirigir las actividades relacionadas a fomentar la Participación Vecinal en el distrito. 6. Proponer, impulsar e implementar las acciones de consolidación de los espacios de coordinación y concertación de la Provincia. 7. Atender a los ciudadanos en los trámites realizados ante la Municipalidad. 8. Proponer, impulsar e implementar las mejoras e innovaciones en los procesos, procedimientos y normatividad del área a su cargo, en coordinación con la Subgerencia de Planificación y Presupuesto. 9. Brindar información solicitada por la ciudadanía sobre Programas y Proyectos que ejecuta la municipalidad. Depende directamente del Alcalde. Es responsable de cumplir sus funciones específicas y las que le asigne el Alcalde. Contar con Titulo Profesional, Colegiatura y Habilitación en la Especialidad de Ciencias de la Comunicación o Periodismo. Capacitación acreditada en Relaciones Públicas. Experiencia mínima de 03 años en el cargo GERENTE MUNICIPAL PRESENTACION El Manual de Organización y Funciones MOF, es un documento de gestión muy importante, por cuanto, establece y describe las funciones a nivel de cada cargo, en este caso, las funciones de cada uno de los cargos que son asignados a la Gerencia Municipal y demás establece las líneas de mando y responsabilidad de cada cargo. El presente Manual, es de alcance al ámbito de la Gerencia General de la Municipalidad de la Provincia de Jauja, es decir del funcionario y de cada uno de los servidores asignados en las plazas respectivas, de conformidad al Cuadro para Asignación de Personal. La Gerencia General, es el órgano administrativo de más alto nivel de la Municipalidad y en consecuencia es responsable del conjunto de los sistemas administrativos de la Municipalidad y de los diversos servicios técnicos y sociales, programas y proyectos existentes de acuerdo a la Estructura Orgánica en vigencia. Gerencia Municipal 22

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