Ley General Presupuestaria y normas complementarias

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1 Códigos electrónicos Ley General Presupuestaria y normas complementarias Edición actualizada a 23 de mayo de 2016 BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

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3 SUMARIO 1. Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y SOSTENIBILIDAD FINANCIERA 2. Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su aplicación a las entidades locales Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera Orden ECC/2741/2012, de 20 de diciembre, de desarrollo metodológico de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera sobre el cálculo de las previsiones tendenciales de ingresos y gastos y de la tasa de referencia de la economía española 162 PRESUPUESTOS 6. Real Decreto 612/1997, de 25 de abril, de desarrollo del artículo 63 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, en su redacción dada por la Ley 11/1996, de 27 de diciembre, de Medidas de Disciplina Presupuestaria Orden de 14 de julio de 1992 por la que se dictan las normas para la regulación del sistema de seguimiento de programas Orden EHA/657/2007, de 15 de marzo, sobre documentación y tramitación de expedientes de modificaciones presupuestarias y de autorizaciones para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros GASTOS RESERVADOS 9. Ley 11/1995, de 11 de mayo, reguladora de la utilización y control de los créditos destinados a gastos reservados SUBVENCIONES 10. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones III

4 SUMARIO ORDENACIÓN DE PAGOS 12. Orden PRE/1576/2002, de 19 de junio, por la que se regula el procedimiento para el pago de obligaciones de la Administración General del Estado Orden de 6 de febrero de 1995 sobre ordenación del pago y pago material en divisas Resolución de 22 de febrero de 2011, conjunta de la Intervención General de la Administración del Estado y de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se regula el procedimiento de pagos en divisas ANTICIPOS DE CAJA FIJA 15. Real Decreto 725/1989, de 16 de junio, sobre anticipos de Caja fija Orden de 26 de julio de 1989 por la que se dictan normas para el desarrollo y aplicación del Real Decreto 725/1989, de 16 de junio, sobre anticipos de caja fija PAGOS A JUSTIFICAR 17. Real Decreto 640/1987, de 8 de mayo, sobre pagos librados «a justificar» Orden de 23 de diciembre de 1987 por la que se dictan normas para el desarrollo y aplicación del Real Decreto 640/1987, de 8 de mayo, sobre pagos librados a justificar PAGOS EN EL EXTERIOR 19. Real Decreto 591/1993, de 23 de abril, por el que se regulan determinados aspectos relacionados con la gestión de gastos y pagos en el exterior Real Decreto 938/2005, de 29 de julio, por el que se dictan normas sobre el seguimiento y aplicación contable de los fondos disponibles en los servicios del exterior Resolución de 23 de marzo de 2006, de la Intervención General de la Administración del Estado, para la aplicación del Real Decreto 938/2005, de 29 de julio, por el que se dictan normas sobre el seguimiento y aplicación contable de los fondos disponibles en los servicios del exterior CONTROL INTERNO 22. Real Decreto 2188/1995, de 28 de diciembre, por el que se desarrolla el régimen del control interno ejercido por la Intervención General de la Administración del Estado RESPONSABILIDADES 23. Real Decreto 700/1988, de 1 de julio, sobre expedientes administrativos de responsabilidad contable derivados de las infracciones previstas en el título VII de la Ley General Presupuestaria IV

5 ÍNDICE SISTEMÁTICO 1. Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria Preámbulo TÍTULO I. Del ámbito de aplicación y de la Hacienda Pública estatal CAPÍTULO I. Ámbito de aplicación y organización del sector público estatal Artículo 1. Objeto Artículo 2. Sector público estatal Artículo 3. Sector público administrativo, empresarial y fundacional Artículo 4. Régimen jurídico aplicable CAPÍTULO II. Del régimen de la Hacienda Pública estatal Sección 1.ª Derechos de la Hacienda Pública estatal Artículo 5. Concepto y derechos integrantes de la Hacienda Pública estatal Artículo 6. Normas comunes a los derechos de la Hacienda Pública estatal Artículo 7. Límites a que están sujetos los derechos de la Hacienda Pública estatal Artículo 8. Ejercicio de acciones judiciales por la Hacienda Pública estatal Sección 2.ª Régimen jurídico de los derechos de naturaleza pública de la Hacienda Pública estatal Artículo 9. Normas generales Artículo 10. Prerrogativas correspondientes a los derechos de naturaleza pública de la Hacienda Pública estatal Artículo 11. Nacimiento, adquisición y extinción de los derechos de naturaleza pública de la Hacienda Pública estatal Artículo 12. Providencia de apremio y suspensión del procedimiento de apremio Artículo 13. Aplazamiento o fraccionamiento de las cantidades adeudadas a la Hacienda Pública estatal Artículo 14. Compensación de deudas Artículo 15. Prescripción de los derechos de la Hacienda Pública estatal Artículo 16. Derechos económicos de baja cuantía Artículo 17. Intereses de demora Artículo 18. Gestión de derechos de naturaleza pública de la Seguridad Social y de las entidades del sector público estatal no integrantes de la Hacienda Pública estatal Sección 3.ª Derechos de naturaleza privada de la Hacienda Pública estatal Artículo 19. Derechos de naturaleza privada de la Hacienda Pública estatal Sección 4.ª Obligaciones de la Hacienda Pública estatal Artículo 20. Fuentes de las obligaciones Artículo 21. Exigibilidad de las obligaciones Artículo 22. Extinción de las obligaciones Artículo 23. Prerrogativas Artículo 24. Intereses de demora Artículo 25. Prescripción de las obligaciones TÍTULO II. De los Presupuestos Generales del Estado CAPÍTULO I. Principios y reglas de programación y de gestión presupuestaria Artículo 26. Principios y reglas de programación presupuestaria Artículo 27. Principios y reglas de gestión presupuestaria CAPÍTULO II. Programación presupuestaria y objetivo de estabilidad Artículo 28. Escenarios presupuestarios plurianuales y objetivo de estabilidad Artículo 29. Programas plurianuales ministeriales Artículo 30. Programas plurianuales de los centros gestores Artículo 31. Asignación presupuestaria y objetivos CAPÍTULO III. Contenido, elaboración y estructura Sección 1.ª Contenido y principios de ordenación Artículo 32. Definición Artículo 33. Alcance subjetivo y contenido Artículo 34. Ámbito temporal Artículo 35. Los créditos y programas presupuestarios V

6 ÍNDICE SISTEMÁTICO Sección 2.ª Elaboración del presupuesto Artículo 36. Procedimiento de elaboración Artículo 37. Remisión a las Cortes Generales Artículo 38. Prórroga de los Presupuestos Generales del Estado Sección 3.ª Estructuras presupuestarias Artículo 39. Estructura de los presupuestos del sector público estatal Artículo 40. Estructura de los estados de gastos de los Presupuesto Generales del Estado Artículo 41. Estructura de los estados de ingresos CAPÍTULO IV. De los créditos y sus modificaciones Sección 1.ª Disposiciones generales Artículo 42. Especialidad de los créditos Artículo 43. Especificación de los presupuestos del Estado Artículo 44. Especificación del presupuesto de los organismos autónomos y de la Seguridad Social Artículo 45. Disponibilidades líquidas de los organismos autónomos y otras entidades integrantes del sector público estatal Artículo 46. Limitación de los compromisos de gasto Artículo 47. Compromisos de gasto de carácter plurianual Artículo 47 bis. Modificación y resolución de compromisos de gasto plurianuales Artículo 48. Adquisiciones, obras con pago aplazado y otros compromisos de carácter plurianual Artículo 49. Temporalidad de los créditos Artículo 50. Fondo de Contingencia de ejecución presupuestaria Sección 2.ª De las modificaciones de créditos Artículo 51. Modificación de los créditos iniciales Artículo 52. Transferencias de crédito Artículo 53. Generaciones de crédito Artículo 54. Créditos ampliables Artículo 55. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito del Estado Artículo 56. Reglas para los créditos extraordinarios y suplementarios de los organismos autónomos.. 32 Artículo 57. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito de la Seguridad Social Artículo 58. Incorporaciones de crédito Artículo 59. Exclusión de la aplicación de determinadas modificaciones al Fondo de Contingencia Artículo 60. Anticipos de Tesorería Sección 3.ª De las competencias en materia de modificaciones de crédito Artículo 61. Competencias del Gobierno Artículo 62. Competencias del Ministro de Hacienda Artículo 63. Competencias de los ministros CAPÍTULO V. De las Entidades Públicas Empresariales, Sociedades Mercantiles Estatales y Fundaciones del sector público Estatal Artículo 64. Presupuesto Artículo 65. Programa de actuación plurianual Artículo 66. Tramitación Artículo 67. Modificaciones Presupuestarias Artículo 68. Contratos-Programa con el Estado CAPÍTULO VI. De la Gestión presupuestaria Sección 1.ª Principios generales de la gestión presupuestaria Artículo 69. Principios de funcionamiento de la gestión económico-financiera Sección 2.ª Gestión por objetivos del sector público administrativo estatal Artículo 70. Sistema de objetivos Artículo 71. Balance de resultados e informe de gestión Artículo 72. Evaluación de políticas de gasto Sección 3.ª Gestión de los presupuestos generales del estado Artículo 73. Fases del procedimiento de la gestión de los gastos Artículo 74. Competencias en materia de gestión de gastos Artículo 75. Ordenación de pagos Artículo 76. Embargo de derechos de cobro Artículo 77. Pagos indebidos y demás reintegros Artículo 78. Anticipos de caja fija y fondos de maniobra Artículo 79. Pagos a justificar Artículo 80. Gestión de Presupuestos de ingresos Artículo 81. Devoluciones de ingresos TÍTULO III. De las relaciones financieras con otras administraciones CAPÍTULO I. Operaciones financieras con la Unión Europea Artículo 82. Operaciones de tesorería con la Unión Europea Artículo 83. Actuaciones cofinanciadas Artículo 84. Reintegro de ayudas y responsabilidad financiera derivados de la gestión de los fondos procedentes de la Unión Europea VI

7 ÍNDICE SISTEMÁTICO CAPÍTULO II. Operaciones financieras con las comunidades autónomas Artículo 85. Principios generales de las relaciones financieras derivadas de la aplicación del sistema de financiación de las comunidades autónomas Artículo 86. Créditos gestionados por las Comunidades Autónomas CAPÍTULO III. Operaciones financieras con las entidades locales Artículo 87. Participación en tributos del Estado Artículo 88. Liquidaciones definitivas Artículo 89. Compensación de beneficios fiscales TÍTULO IV. Del Tesoro Público, de la Deuda del Estado y de las Operaciones Financieras CAPÍTULO I. Normas Generales Artículo 90. Tesoro Público Artículo 91. Funciones del Tesoro Público Artículo 92. Deuda del Estado Artículo 93. Información a las Cortes Generales sobre las operaciones financieras del Tesoro Público CAPÍTULO II. De la Deuda del Estado Sección 1.ª Normas generales Artículo 94. Habilitación legal para la creación de Deuda Artículo 95. Cobertura presupuestaria de los gastos derivados de la Deuda Artículo 96. Aplicación íntegra de los ingresos y gastos provenientes de la Deuda y excepciones Sección 2.ª Operaciones relativas a la Deuda del Estado Artículo 97. Operaciones relativas a la Deuda Artículo 98. Competencia para la formalización de las operaciones relativas a la Deuda Artículo 99. Emisiones de valores Artículo Artículo 101. Instrumentos financieros vinculados a la Deuda Artículo 102. Otras operaciones relativas a la Deuda Sección 3.ª Régimen jurídico de la Deuda del Estado Artículo 103. Régimen de los valores representativos de la Deuda del Estado Artículo 104. Régimen de transmisión de la Deuda Artículo 105. Prescripción CAPÍTULO III. De la Gestión de la Tesorería del Estado Artículo 106. Presupuesto monetario Artículo 107. Criterios de ordenación de pagos Artículo 108. Cuentas del Tesoro Público y operaciones de gestión tesorera Artículo 109. Relación con entidades de crédito Artículo 110. Medios de pago CAPÍTULO IV. Del endeudamiento y la gestión de la tesorería de los organismos autónomos y entidades públicas empresariales Artículo 111. Emisiones de deuda y operaciones de endeudamiento de los organismos y entidades integrantes del sector público estatal Artículo 112. Gestión de la tesorería de los organismos autónomos CAPÍTULO V. De los avales del Estado Artículo 113. Objeto de los avales Artículo 114. Competencias en el otorgamiento de avales Artículo 115. Avales otorgados por el Consejo de Ministros Artículo 116. Formalización de los avales Artículo 116 bis. Cobranza de cantidades Artículo 117. Devengo de comisión Artículo 118. Limitación de riesgos TÍTULO V. Contabilidad del sector público estatal CAPÍTULO I. Normas generales Artículo 119. Principios generales Artículo 120. Fines de la contabilidad del sector público estatal Artículo 121. Aplicación de los principios contables Artículo 122. Principios contables públicos Artículo 123. Destinatarios de la información contable CAPÍTULO II. Competencias en materia contable Artículo 124. Competencias del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas Artículo 125. Competencias de la Intervención General de la Administración del Estado Artículo 126. Sistemas adicionales de control de objetivos CAPÍTULO III. Información contable Sección 1.ª Cuentas anuales Artículo 127. Formulación de las cuentas anuales Artículo 128. Contenido de las cuentas anuales de las entidades que deben aplicar los principios contables públicos Artículo 129. Contenido de las cuentas anuales del resto de entidades del sector público estatal VII

8 ÍNDICE SISTEMÁTICO Sección 2.ª Cuenta General del Estado Artículo 130. Contenido de la Cuenta General del Estado Artículo 131. Formación y remisión de la Cuenta General del Estado al Tribunal de Cuentas Artículo 132. Examen y comprobación de la Cuenta General del Estado Sección 3.ª Información sobre el objetivo de estabilidad y equilibrio financiero Artículo 133. Las cuentas económicas del sector público Artículo 134. Seguimiento de la situación de desequilibrio financiero Sección 4.ª Información periódica Artículo 135. Información a remitir a las Cortes Generales Artículo 136. Información a publicar por las entidades del sector público estatal CAPÍTULO IV. Rendición de cuentas Artículo 137. Obligación de rendir cuentas Artículo 138. Cuentadantes Artículo 139. Procedimiento de rendición de cuentas Artículo 139 bis. Rendición de cuentas por los fondos carentes de personalidad jurídica TÍTULO VI. Del control de la gestión económico-financiera efectuado por la Intervención General de la Administración del Estado CAPÍTULO I. Normas generales Artículo 140. Del control de la gestión económico-financiera del sector público estatal Artículo 141. Control de subvenciones y ayudas Artículo 142. Objetivos del control Artículo 143. Ámbito y ejercicio de control Artículo 144. Principios de actuación y prerrogativas Artículo 145. Deberes y facultades del personal controlador, deber de colaboración y asistencia jurídica Artículo 146. Informes generales de control Artículo 147. Control de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social CAPÍTULO II. De la función interventora Artículo 148. Definición Artículo 149. Ámbito de aplicación Artículo 150. Modalidades de ejercicio Artículo 150 bis. Competencias Artículo 151. No sujeción a fiscalización previa Artículo 152. Fiscalización e intervención previa de requisitos básicos Artículo 153. Fiscalización previa e Intervención de pagos a justificar y anticipos de caja fija Artículo 154. Reparos Artículo 155. Discrepancias Artículo 156. Omisión de fiscalización CAPÍTULO III. Del Control Financiero Permanente Artículo 157. Definición Artículo 158. Ámbito de aplicación Artículo 159. Contenido del control financiero permanente Artículo 160. Informes de control financiero permanente Artículo 161. Planes de acción y seguimiento de medidas correctoras CAPÍTULO IV. De la auditoría pública Sección 1.ª Normas generales Artículo 162. Definición Artículo 163. Ámbito Artículo 164. Formas de ejercicio Artículo 165. Plan anual de auditorías Artículo 166. Informes de auditoría Sección 2.ª Auditoría de las cuentas anuales Artículo 167. Definición Artículo 168. Ámbito de la auditoría de cuentas anuales Sección 3.ª Auditorías públicas específicas Artículo 169. Auditoría de cumplimiento Artículo 170. Auditoría operativa Artículo 171. Auditoría de contratos-programas y de seguimiento de planes de equilibrio financiero Artículo 172. Auditoría de los Planes iniciales de actuación Artículo 173. Auditoría de la cuenta de los tributos estatales Artículo 174. Auditoría de las empresas colaboradoras de la Seguridad Social Artículo 175. Auditoría de privatizaciones TÍTULO VII. De las responsabilidades Artículo 176. Principio general Artículo 177. Hechos que pueden generar responsabilidad patrimonial Artículo 178. Tipos de responsabilidad VIII

9 ÍNDICE SISTEMÁTICO Artículo 179. Responsabilidad de los interventores y ordenadores de los pagos Artículo 180. Órgano competente y Procedimiento Artículo 181. Régimen jurídico del importe de los perjuicios irrogados Artículo 182. Diligencias previas Disposiciones adicionales Disposición adicional primera. Colaboración entre la Intervención General de la Administración del Estado y las comunidades autónomas y entidades locales Disposición adicional segunda. Colaboración en la realización del Plan Anual de Auditorías Disposición adicional tercera. Acceso a la información correspondiente a la auditorías realizadas por auditores privados Disposición adicional cuarta. Interventores delegados Disposición adicional quinta. Gestión de gastos y pagos en el exterior Disposición adicional sexta. Gestión de los gastos para procesos electorales Disposición adicional séptima. Gastos corrientes de los centros docentes públicos no universitarios Disposición adicional octava. Pagos a justificar en favor de las Confederaciones Hidrográficas Disposición adicional novena. Sociedades mercantiles y otros entes controlados por el sector público.. 85 Disposición adicional décima. Memoria para la constitución de sociedades mercantiles Disposición adicional undécima. Sistemas provisionales de control financiero Disposición adicional duodécima. Funciones de control Disposición adicional decimotercera. Régimen de las entidades previstas en los párrafos g) y h) del apartado 1 del artículo 2, preexistentes a la entrada en vigor de esta ley Disposición adicional decimocuarta. Régimen de los Fondos de Ayuda al Desarrollo (FAD), para Inversiones en el Exterior (FIEX) y para Operaciones de Inversión en el Exterior de la Pequeña y Mediana Empresa (FONPYME) Disposición adicional decimoquinta. Régimen aplicable al Banco de España Disposición adicional decimosexta. Utilización de tecnologías de la información y las comunicaciones.. 87 Disposición adicional decimoséptima. Órganos del Estado sin personalidad jurídica Disposición adicional decimoctava. Participación de la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) en los beneficios líquidos de la Entidad Pública Empresarial Loterías y Apuestas del Estado. 88 Disposición adicional decimonovena. Imputación al presupuesto de las anualidades de los compromisos de gasto de carácter plurianual Disposición adicional vigésima. Base de datos sobre operaciones comerciales Disposición adicional vigésima primera Disposición adicional vigésima segunda. Prestación de servicios comunes en el ámbito de la Administración General del Estado y entidades y organismos dependientes o vinculados con presupuesto limitativo Disposiciones transitorias Disposición transitoria primera. Régimen de los organismos a los que se refieren los artículos 60 y 61 de Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social Disposición transitoria segunda. Modificaciones presupuestarias Disposición transitoria tercera. Presupuesto de capital de las Fundaciones del sector público Estatal Disposición transitoria cuarta Disposición transitoria quinta Disposiciones derogatorias Disposición derogatoria única. Derogación normativa Disposiciones finales Disposición final primera. Modificación del artículo 57 de la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las comunidades autónomas y ciudades con estatuto de autonomía Disposición final segunda. Modificación del artículo 45 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones Disposición final tercera. Control financiero Disposición final cuarta. Desarrollo reglamentario Disposición final quinta. Entrada en vigor ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y SOSTENIBILIDAD FINANCIERA 2. Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera Preámbulo CAPÍTULO I. Ámbito de aplicación Artículo 1. Objeto Artículo 2. Ámbito de aplicación subjetivo IX

10 ÍNDICE SISTEMÁTICO CAPÍTULO II. Principios generales Artículo 3. Principio de estabilidad presupuestaria Artículo 4. Principio de sostenibilidad financiera Artículo 5. Principio de plurianualidad Artículo 6. Principio de transparencia Artículo 7. Principio de eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos Artículo 8. Principio de responsabilidad Artículo 9. Principio de lealtad institucional Artículo 10. Disposiciones para la aplicación efectiva de la Ley y mecanismos de coordinación CAPÍTULO III. Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera Artículo 11. Instrumentación del principio de estabilidad presupuestaria Artículo 12. Regla de gasto Artículo 13. Instrumentación del principio de sostenibilidad financiera Artículo 14. Prioridad absoluta de pago de la deuda pública Artículo 15. Establecimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el conjunto de Administraciones Públicas Artículo 16. Establecimiento de los objetivos individuales para las Comunidades Autónomas Artículo 17. Informes sobre cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, de deuda pública y de la regla de gasto CAPÍTULO IV. Medidas preventivas, correctivas y coercitivas Sección 1.ª Medidas preventivas Artículo 18. Medidas automáticas de prevención Artículo 19. Advertencia de riesgo de incumplimiento Sección 2.ª Medidas correctivas Artículo 20. Medidas automáticas de corrección Artículo 21. Plan económico-financiero Artículo 22. Plan de reequilibrio Artículo 23. Tramitación y seguimiento de los planes económico-financieros y de los planes de reequilibrio Artículo 24. Informes de seguimiento de los planes económico-financieros y de los planes de reequilibrio Sección 3.ª Medidas coercitivas Artículo 25. Medidas coercitivas Artículo 26. Medidas de cumplimiento forzoso CAPÍTULO V. Transparencia Artículo 27. Instrumentación del principio de transparencia Artículo 28. Central de información CAPÍTULO VI. Gestión presupuestaria Artículo 29. Plan presupuestario a medio plazo Artículo 30. Límite de gasto no financiero Artículo 31. Fondo de contingencia Artículo 32. Destino del superávit presupuestario Disposiciones adicionales Disposición adicional primera. Mecanismos adicionales de financiación para las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales Disposición adicional segunda. Responsabilidad por incumplimiento de normas de Derecho de la Unión Europea o de tratados o de convenios internacionales de los que España sea parte Disposición adicional tercera. Control de constitucionalidad Disposición adicional cuarta. Cumplimiento del pago de los vencimientos de deudas financieras Disposición adicional quinta. Plazo de pago a proveedores Disposición adicional sexta. Reglas especiales para el destino del superávit presupuestario Disposiciones transitorias Disposición transitoria primera. Periodo transitorio Disposición transitoria segunda. Desarrollo de la metodología para calcular las previsiones tendenciales de ingresos y gastos bajo el supuesto de que no se producen cambios en las políticas y la tasa de referencia de crecimiento Disposición transitoria tercera. Autorizaciones de endeudamiento Disposición transitoria cuarta. Exclusión del ámbito de aplicación del apartado dos del artículo 8 de la Ley Disposiciones derogatorias Disposición derogatoria única. Derogación de la Ley de Estabilidad Disposiciones finales Disposición final primera. Título competencial Disposición final segunda. Desarrollo normativo de la Ley Disposición final tercera. Haciendas Forales X

11 ÍNDICE SISTEMÁTICO Disposición final cuarta. Modificación de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas Disposición final quinta. Régimen de las Ciudades con Estatuto de Autonomía de Ceuta y Melilla Disposición final sexta Disposición final séptima. Entrada en vigor Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su aplicación a las entidades locales Preámbulo Artículos Artículo único. Aprobación del Reglamento de desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, General de Estabilidad Presupuestaria, en su aplicación a las entidades locales Disposiciones adicionales Disposición adicional única. Haciendas forales Disposiciones derogatorias Disposición derogatoria única. Derogación normativa Disposiciones finales Disposición final primera. Carácter básico Disposición final segunda. Facultades de desarrollo y aplicación Disposición final tercera. Modificación de las disposiciones sobre remisión de información Disposición final cuarta. Entrada en vigor REGLAMENTO DE DESARROLLO DE LA LEY 18/2001, GENERAL DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA, EN SU APLICACIÓN A LAS ENTIDADES LOCALES TÍTULO I. Inventario de Entes del Sector Público Local Artículo 1. Inventario de entes del sector público local Artículo 2. Alcance subjetivo del Inventario de Entes del Sector Público Local Artículo 3. Clasificación de agentes TITULO II. Instrumentación del principio y determinación del objetivo de estabilidad presupuestaria aplicables a las entidades locales CAPÍTULO I. Disposiciones generales Artículo 4. Instrumentación del principio de estabilidad presupuestaria Artículo 5. Procedimiento de instrumentación del principio de estabilidad presupuestaria de las entidades locales asociado al ciclo económico Artículo 6. Fijación del objetivo de estabilidad presupuestaria Artículo 7. Informe de evaluación de la fase del ciclo económico Artículo 8. Objetivo de estabilidad presupuestaria: Superávit Artículo 9. Objetivo de estabilidad presupuestaria: Déficit CAPÍTULO II. Déficit asociado a programas de inversiones productivas Artículo 10. Ámbito subjetivo de aplicación del déficit Artículo 11. Determinación de los programas de inversiones productivas Artículo 12. Financiación con ahorro bruto de los programas de inversiones productivas Artículo 13. Financiación de los programas de inversiones productivas mediante endeudamiento Artículo 14. Autorización de los programas de inversiones productivas TÍTULO III. Cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria Artículo 15. Cumplimiento del objetivo de estabilidad Artículo 16. Evaluación del cumplimiento del objetivo de estabilidad Artículo 17. Informes sobre el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria Artículo 18. Riesgo de incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria Artículo 19. Plan económico-financiero Artículo 20. Contenido del Plan económico-financiero Artículo 21. Aprobación de los planes económico-financieros por el Pleno Artículo 22. Aprobación y seguimiento de los planes económico-financieros por el Ministerio de Economía y Hacienda y las comunidades autónomas con tutela financiera, en relación a las entidades locales del artículo 111 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. 134 Artículo 23. Comunicación de los planes económico-financieros aprobados a la Comisión Nacional de Administración Local Artículo 24. Incumplimiento del equilibrio financiero por las entidades del artículo 4.2 de este reglamento Artículo 25. Autorización de operaciones de endeudamiento a las entidades locales Artículo 26. Publicidad del plan económico-financiero TÍTULO IV. Suministro de información Artículo 27. Base de Datos General de Entidades Locales Artículo 28. Base de Datos de Presupuestos y Liquidaciones de Entidades Locales XI

12 ÍNDICE SISTEMÁTICO Artículo 29. Información relativa al presupuesto general de la entidad local Artículo 30. Información relativa a las liquidaciones y a la cuenta general de las entidades locales incluidas en el artículo 4.1 de este reglamento Artículo 31. Información relativa a los entes dependientes o vinculados de las entidades locales incluidos en el artículo 4.2 de este reglamento Artículo 32. Información trimestral relativa a la liquidación del presupuesto de las entidades locales Artículo 33. Acceso a la información centralizada por parte de las comunidades autónomas Artículo 34. Procedimientos telemáticos y formatos para el suministro de información Artículo 35. Incumplimiento en el suministro de información TITULO V. Central de Información de Riesgos de las Entidades Locales (CIR Local) Artículo 36. Objeto de la Central de Información de Riesgos de las Entidades Locales Artículo 37. Órgano competente Artículo 38. Fuentes de información Artículo 39. Contenido de la información Artículo 40. Remisiones inicial y posteriores de la información Artículo 41. Usuarios de la información Disposiciones adicionales Disposición adicional primera. Remisiones orgánicas Disposición adicional segunda. Confirmación de la información de la CIR-Local Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera Preámbulo CAPÍTULO I. Disposiciones generales Artículo 1. Objeto Artículo 2. Ámbito subjetivo de aplicación Artículo 3. Ámbito objetivo de aplicación CAPÍTULO II. Disposiciones comunes para Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales Sección 1.ª Sujetos obligados y procedimiento Artículo 4. Sujetos obligados a la remisión y recepción de información Artículo 5. Medios de remisión de la información Sección 2.ª Obligaciones periódicas Artículo 6. Información sobre los planes presupuestarios a medio plazo Artículo 7. Información sobre personal Sección 3.ª Obligaciones no periódicas Artículo 8. Medidas para evitar el riesgo de incumplimiento Artículo 9. Plan económico-financiero y plan de reequilibrio Artículo 10. Plan de ajuste Artículo 11. Obligaciones no periódicas de suministro de información referidas al Inventario de entes del sector publico autonómico y local Artículo 11 bis. Información por incumplimiento del periodo medio de pago a proveedores Artículo 12. Otros requerimientos de información CAPÍTULO III. Obligaciones de suministro de información en el ámbito de las Comunidades Autónomas Artículo 13. Obligaciones anuales de suministro de información Artículo 14. Obligaciones mensuales de suministro de información CAPÍTULO IV. Obligaciones de suministro de información en el ámbito de las Corporaciones Locales Artículo 15. Obligaciones anuales de suministro de información Artículo 16. Obligaciones trimestrales de suministro de información Artículo 17. Obligaciones no periódicas de suministro de información referidas a operaciones de préstamo y emisiones de deuda CAPÍTULO V. Publicidad de la información y consecuencias de los incumplimientos Artículo 18. Publicidad de la información para conocimiento general Artículo 19. Incumplimiento de la obligación de remisión de información Disposiciones adicionales Disposición adicional única. Comunidad Foral de Navarra y Comunidad Autónoma del País Vasco Disposiciones transitorias Disposición transitoria única. Obligaciones de suministro de información y medios de remisión Disposiciones derogatorias Disposición derogatoria única. Derogación normativa Disposiciones finales Disposición final primera. Habilitación competencial Disposición final segunda. Aplicación y ejecución de la Orden XII

13 ÍNDICE SISTEMÁTICO Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su aplicación a las Entidades Locales Disposición final cuarta. Entrada en vigor Orden ECC/2741/2012, de 20 de diciembre, de desarrollo metodológico de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera sobre el cálculo de las previsiones tendenciales de ingresos y gastos y de la tasa de referencia de la economía española Preámbulo Artículos Artículo 1. Aprobación de las metodologías Artículo 2. Revisión de las sensibilidades cíclicas Artículo 3. Cálculo de las tasas de referencia del crecimiento del PIB de medio plazo de la economía española y de su deflactor Disposiciones adicionales Disposición adicional única. Comunidad Foral de Navarra y Comunidad Autónoma del País Vasco Disposiciones finales Disposición final única. Entrada en vigor ANEXO I. Metodología para la estimación del Crecimiento Potencial y del Output gap ANEXO II. Metodología del cálculo del saldo presupuestario cíclico PRESUPUESTOS 6. Real Decreto 612/1997, de 25 de abril, de desarrollo del artículo 63 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, en su redacción dada por la Ley 11/1996, de 27 de diciembre, de Medidas de Disciplina Presupuestaria Preámbulo Artículos Artículo 1. Ámbito de aplicación Artículo 2. Procedimiento Artículo 3. Anticipos de caja fija Artículo 4. Omisión de la fiscalización previa y formulación de reparos Disposiciones finales Disposición final primera. Habilitaciones para disposiciones de desarrollo Disposición final segunda. Entrada en vigor Orden de 14 de julio de 1992 por la que se dictan las normas para la regulación del sistema de seguimiento de programas Preámbulo Artículos Del sistema de siguimiento de objetivos De la elaboración de estados previsionales De la incidencia en la tramitación de expedientes De los informes y balances de resultados Del control financiero De las propuestas de actuación DISPOSICIONES FINALES Primera Segunda Orden EHA/657/2007, de 15 de marzo, sobre documentación y tramitación de expedientes de modificaciones presupuestarias y de autorizaciones para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros Preámbulo CAPÍTULO I. Sector Público Administrativo Artículo 1. Objeto y Ámbito de aplicación Artículo 2. Modificaciones de crédito en los Presupuestos del Estado y de los Organismos Autónomos. 181 XIII

14 ÍNDICE SISTEMÁTICO Artículo 3. Modificaciones de crédito en los Presupuestos de los otros organismos públicos, con normativa específica Artículo 4. Modificaciones de crédito en los Presupuestos de las Agencias Estatales Artículo 5. Expedientes de autorización para adquirir compromisos de gasto de carácter plurianual Capítulo II. Sector Público Empresarial y Fundacional Sección primera. Presupuestos de Explotación y de Capital Artículo 6. Ámbito de aplicación Artículo 7. Modificaciones de las aportaciones estatales Artículo 8. Iniciación y tramitación de los expedientes Sección segunda. Expedientes de modificación de la financiación de los programas de las sociedades mercantiles participadas Artículo 9. Iniciación y tramitación de los expedientes Disposiciones adicionales Disposición adicional primera. Tratamiento informático de los expedientes Disposición adicional segunda. Situaciones especiales Disposición adicional tercera. Limitación temporal para la presentación de los expedientes de modificación de los presupuestos de explotación y de capital Disposiciones derogatorias Disposición derogatoria única. Derogación normativa Disposiciones finales Disposición final primera. Desarrollo normativo Disposición final segunda. Entrada en vigor GASTOS RESERVADOS 9. Ley 11/1995, de 11 de mayo, reguladora de la utilización y control de los créditos destinados a gastos reservados Preámbulo Artículos Disposiciones adicionales Disposiciones transitorias Disposiciones finales SUBVENCIONES 10. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones Preámbulo TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales CAPÍTULO I. Del ámbito de aplicación de la ley Artículo 1. Objeto Artículo 2. Concepto de subvención Artículo 3. Ámbito de aplicación subjetivo Artículo 4. Exclusiones del ámbito de aplicación de la ley Artículo 5. Régimen jurídico de las subvenciones Artículo 6. Régimen jurídico de las subvenciones financiadas con cargo a fondos de la Unión Europea. 201 Artículo 7. Responsabilidad financiera derivada de la gestión de fondos procedentes de la Unión Europea CAPÍTULO II. Disposiciones comunes a las subvenciones públicas Artículo 8. Principios generales Artículo 9. Requisitos para el otorgamiento de las subvenciones Artículo 10. Órganos competentes para la concesión de subvenciones Artículo 11. Beneficiarios Artículo 12. Entidades colaboradoras Artículo 13. Requisitos para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora Artículo 14. Obligaciones de los beneficiarios Artículo 15. Obligaciones de las entidades colaboradoras Artículo 16. Convenios y contratos con Entidades Colaboradoras Artículo 17. Bases reguladoras de la concesión de las subvenciones Artículo 18. Publicidad de las subvenciones Artículo 19. Financiación de las actividades subvencionadas Artículo 20. Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) XIV

15 ÍNDICE SISTEMÁTICO Artículo 21. Régimen de garantías TÍTULO I. Procedimientos de concesión y gestión de las subvenciones CAPÍTULO I. Del procedimiento de concesión Artículo 22. Procedimientos de concesión CAPÍTULO II. Del procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva Artículo 23. Iniciación Artículo 24. Instrucción Artículo 25. Resolución Artículo 26. Notificación de la resolución Artículo 27. Reformulación de las solicitudes CAPÍTULO III. Del procedimiento de concesión directa Artículo 28. Concesión directa CAPÍTULO IV. Del procedimiento de gestión y justificación de la subvención pública Artículo 29. Subcontratación de las actividades subvencionadas por los beneficiarios Artículo 30. Justificación de las subvenciones públicas Artículo 31. Gastos subvencionables Artículo 32. Comprobación de subvenciones Artículo 33. Comprobación de valores CAPÍTULO V. Del procedimiento de gestión presupuestaria Artículo 34. Procedimiento de aprobación del gasto y pago Artículo 35. Retención de pagos TÍTULO II. Del reintegro de subvenciones CAPÍTULO I. Del reintegro Artículo 36. Invalidez de la resolución de concesión Artículo 37. Causas de reintegro Artículo 38. Naturaleza de los créditos a reintegrar y de los procedimientos para su exigencia Artículo 39. Prescripción Artículo 40. Obligados al reintegro CAPÍTULO II. Del procedimiento de reintegro Artículo 41. Competencia para la resolución del procedimiento de reintegro Artículo 42. Procedimiento de reintegro Artículo 43. Coordinación de actuaciones TÍTULO III. Del control financiero de subvenciones Artículo 44. Objeto y competencia para el ejercicio del control financiero de subvenciones Artículo 45. Control financiero de ayudas y subvenciones financiadas total o parcialmente con cargo a fondos comunitarios Artículo 46. Obligación de colaboración Artículo 47. Facultades del personal controlador Artículo 48. Deberes del personal controlador Artículo 49. Del procedimiento de control financiero Artículo 50. Documentación de las actuaciones de control financiero Artículo 51. Efectos de los informes de control financiero TÍTULO IV. Infracciones y sanciones administrativas en materia de subvenciones CAPÍTULO I. De las infracciones administrativas Artículo 52. Concepto de infracción Artículo 53. Responsables Artículo 54. Supuestos de exención de responsabilidad Artículo 55. Concurrencia de actuaciones con el orden jurisdiccional penal Artículo 56. Infracciones leves Artículo 57. Infracciones graves Artículo 58. Infracciones muy graves CAPÍTULO II. De las sanciones Artículo 59. Clases de sanciones Artículo 60. Graduación de las sanciones Artículo 61. Sanciones por infracciones leves Artículo 62. Sanciones por infracciones graves Artículo 63. Sanciones por infracciones muy graves Artículo 64. Desarrollo reglamentario del régimen de infracciones y sanciones Artículo 65. Prescripción de infracciones y sanciones Artículo 66. Competencia para la imposición de sanciones Artículo 67. Procedimiento sancionador Artículo 68. Extinción de la responsabilidad derivada de la comisión de infracciones Artículo 69. Responsabilidades Disposiciones adicionales Disposición adicional primera. Información y coordinación con el Tribunal de Cuentas XV

16 ÍNDICE SISTEMÁTICO Disposición adicional segunda. Colaboración de la Intervención General de la Administración del Estado con otras Administraciones públicas, en las actuaciones de control financiero de subvenciones Disposición adicional tercera. Control financiero de subvenciones de la Intervención General de la Seguridad Social Disposición adicional cuarta. Contratación de la colaboración para la realización de controles financieros de subvenciones con auditores privados Disposición adicional quinta. Ayudas en especie Disposición adicional sexta. Créditos concedidos por la Administración a particulares sin interés, o con interés inferior al de mercado Disposición adicional séptima. Entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social Disposición adicional octava. Subvenciones que integran el programa de cooperación económica del Estado a las inversiones de las entidades locales Disposición adicional novena. Incentivos regionales, ayudas a la minería y ayudas del Plan PYME Disposición adicional décima. Premios educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza. 238 Disposición adicional undécima. Procedimiento de reintegro de subvenciones concedidas por el Instituto Nacional de Empleo Disposición adicional duodécima. Planes de aislamiento acústico Disposición adicional decimotercera. Planes y programas sectoriales Disposición adicional decimocuarta. Entidades locales Disposición adicional decimoquinta. Justificación de subvenciones por entidades públicas estatales Disposición adicional decimosexta. Fundaciones del sector público Disposición adicional decimoséptima. Control y evaluación de objetivos Disposición adicional decimoctava. Subvenciones de cooperación internacional Disposición adicional decimonovena. Régimen aplicable al Banco de España Disposición adicional vigésima. Actualización de las cuantías previstas en esta ley Disposición adicional vigésima primera. Régimen foral de Navarra Disposición adicional vigésima segunda. Régimen foral del País Vasco Disposición adicional vigésima tercera. Colaboración de la Intervención General de la Administración del Estado con la Agencia Estatal de Administración Tributaria para la lucha contra el fraude fiscal Disposición adicional vigésima cuarta. Colaboración del Ministerio de Justicia con la Intervención General de la Administración del Estado Disposición adicional vigésima quinta. Servicio Nacional de Coordinación Antifraude para la protección de los intereses financieros de la Unión Europea Disposiciones transitorias Disposición transitoria primera. Adaptación de la normativa reguladora Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de los procedimientos Disposición transitoria tercera. Convocatorias iniciadas y subvenciones concedidas con anterioridad a la entrada en vigor de la modificación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones incluida en la disposición final séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Disposiciones derogatorias Disposición derogatoria única. Derogación normativa Disposiciones finales Disposición final primera. Habilitación competencial y carácter de legislación básica Disposición final segunda. Carácter básico de las normas de desarrollo Disposición final tercera. Desarrollo y entrada en vigor de esta ley Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones Preámbulo Artículos Artículo único. Aprobación del Reglamento de la Ley General de Subvenciones Disposiciones derogatorias Disposición derogatoria única. Derogación normativa Disposiciones finales Disposición final única. Entrada en vigor REGLAMENTO DE LA LEY 38/2003, DE 17 DE NOVIEMBRE, GENERAL DE SUBVENCIONES TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales CAPÍTULO I. Del ámbito de aplicación Artículo 1. Objeto y régimen jurídico Artículo 2. Ámbito de aplicación Artículo 3. Ayudas en especie XVI

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