Objeto: PROVISIÓN DE DIECIOCHO (18) RELOJES FECHADORES CON DESTINO A DIVERSAS DEPENDENCIAS DEL PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN.

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1 DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA PUBLICACIÓN PAGINA WEB Resolución A.G. Nº 1489/16 Expediente N /15 La Administración General del Poder Judicial de la Nación comunica el llamado a Licitación Privada N 326/16, encuadrando dicho procedimiento en lo previsto por el Art. 4 del Manual de Compras vigente, aprobado mediante Resolución N 191/08 (modificada por Res. N 167/10) del Consejo de la Magistratura, y en concordancia con las disposiciones del Reglamento de Contrataciones aprobado por el Decreto 5720/72 incorporado al ordenamiento propio del Poder Judicial, y ratificado mediante Resolución C.S.J.N. N 1562/00, que resulta de aplicación en virtud del Art. 2 de la Resolución A.G N 10/16 y la Resolución A.G N 133/16. Objeto: PROVISIÓN DE DIECIOCHO (18) RELOJES FECHADORES CON DESTINO A DIVERSAS DEPENDENCIAS DEL PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN. Valor del Pliego: (Acordadas C.S.J.N. Nros. 83/90 y 11/91) PESOS DOSCIENTOS VEINTE CON VEINTICINCO CENTAVOS ($ 220,25.-). Venta y Retiro de Pliegos: Dirección General de Administración Financiera, Sarmiento 877, de lunes a viernes, conforme al siguiente procedimiento: 1) Obtención de recibo en el Departamento de Compras de 8.30 a hs (6º piso); 2) Pago en el Departamento de Tesorería de 8.30 a hs. (4º piso); 3) Retiro de pliego en el Departamento de Compras de 8.30 a hs (6º piso). Apertura: Lugar y Fecha: Dirección General de Administración Financiera - Departamento de Compras- Sarmiento 877, Primer Subsuelo -Sala de Aperturas-, Capital Federal, el 5 de julio de 2016 a las 11:00 hs. DEPARTAMENTO DE COMPRAS

2 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DIR.GENERAL DE ADMINISTRACION FINANCIERA DEPARTAMENTO DE COMPRAS La presente cotización se encuentra amparada en lo establecido por el Reglamento de contrataciones que fuera aprobado por el Decreto 5720/72, incorporado al ordenamiento propio del Poder Judicial, por Res. C.S.J.N. N 1562/00 que resulta de la aplicación en virtud del art. 2 de Res. AG N 10/16 y Res. AG N 133/16 y Manual de Compras aprobado por Resolución N 191/08 (modificada por Resolución N 167/10) del Consejo de la Magistratura y Res. A.G N 1680/12. Sres Calle.... Firma funcionario autorizado AB Reng Cant Descripción $ Unit $ Total 1 18 Provisión de relojes fechadores con destino a diversas dependencias del Poder Judicial de la Nación, según especificaciones técnicas y Anexos A y B. ORGANISMOS SOLICITANTE Y LUGARES DE ENTREGA: Diversos Tribunales y Dependencias pertenecientes al Poder Judicial de la Nación, detallados en el cuadro de distribución adjunto. La entrega será coordinada con la Dirección General de Tecnología del PJN, sita en Libertad 731 piso 8 (tel /4902). GARANTÍA DE FUNCIONAMIENTO: Ver punto 5 de las especificaciones técnicas. PLAZO DE ENTREGA: Treinta (30) días hábiles a partir de la recepción de la orden de compra. Dicho plazo incluye la grabación de la leyenda. IMPORTANTE: ESTARÁN A CARGO DEL ADJUDICATARIO TODAS LAS EROGACIONES ORIGINADAS POR EL EMPLEO DE SU PERSONAL, TALES COMO JORNALES, APORTES JUBILATORIOS, LICENCIAS, INDEMNIZACIONES, BENEFICIOS SOCIALES, RIESGOS DEL TRABAJO Y OTRAS EXPENSAS QUE SURJAN DE LAS DISPOSICIONES LEGALES, CONVENIOS COLECTIVOS Y/O INDIVIDUALES VIGENTES O A DICTARSE O CONVENIRSE EN EL FUTURO. LA PRESENTE LICITACION QUEDA SUPEDITADA A LA EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO AL MOMENTO DE LA ADJUDICACIÓN. LAS CLÁUSULAS PARTICULARES, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ANEXOS A Y B Y LAS CLÁUSULAS GENERALES FORMAN PARTE DEL PRESENTE PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES. Importa la presente propuesta la suma de...pesos. Firma y sello oferente.

3 EXPEDIENTE N : /15 APERTURA DE LAS OFERTAS FECHA: 05/07/2016 HORA: 11:00 ACTUACIÓN: LICITACIÓN PRIVADA N 326/16 PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA MIL CUATROCIENTOS SESENTA ($ ) MANTENIMIENTO DE PRECIOS: SESENTA (60) DÍAS HÁBILES. VENTA Y RETIRO DE PLIEGOS: DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA. SARMIENTO 877, DE LUNES A VIERNES, CONFORME AL SIGUIENTE PROCEDIMIENTO: * OBTENCIÓN DEL RECIBO EN EL DEPARTAMENTO DE COMPRAS DE 8.30 A HS. (6 PISO); * PAGO EN EL DEPARTAMENTO DE TESORERÍA DE 8.30 A HS. (4 PISO); * RETIRO DEL PLIEGO EN EL DEPARTAMENTO DE COMPRAS DE 8.30 A HS. (6 PISO) PLAZO DE ENTREGA: SEGÚN PLIEGO ORGANISMO SOLICITANTE: DIVERSOS TRIBUNALES Y DEPENDENCIAS DEL PODER JUDICIAL DE LA NACION CONDICIONES DE PAGO: TREINTA (30) DÍAS HÁBILES Según artículos 14.2 y 14.3 de las Cláusulas Generales VALOR DEL PLIEGO: PESOS DOSCIENTOS VEINTE CON VEINTICINCO CENTAVOS ($ 220,25) LUGAR DE APERTURA DE LAS OFERTAS: DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA - DEPARTAMENTO DE COMPRAS - SARMIENTO 877, 1ER SUBSUELO (SALA DE APERTURAS), CAPITAL FEDERAL. PLAZO DE PUBLICACIÓN DEL DICTAMEN DE PREADJUDICACIÓN LICITACIÓN PRIVADA: 2 días de publicación.. DOMICILIO: TELEFONO: Oferente CORREO ELECTRÓNICO: 3

4 ARTICULO 1.- OBJETO CLAUSULAS PARTICULARES La presente convocatoria tiene por objeto la provisión de relojes fechadores de cargo automático con destino a diversos Tribunales y Dependencias del Poder Judicial de la Nación. RENGLON 1: Provisión de 18 (dieciocho) relojes fechadores de cargo automático según especificación detallada en ANEXO A. ARTICULO 2.- CONSULTAS TÉCNICAS PREVIA A LA OFERTA Ante cualquier tipo de duda, error u omisión, el oferente podrá evacuar consultas en forma escrita con una anticipación de hasta cinco (5) días hábiles previos a la apertura de las ofertas, a la Dirección General de Tecnología, sita en Libertad 731, 8 piso, ciudad Autónoma de Buenos Aires, teléfonos /4989, mencionando el Número de Licitación de referencia. En el caso que la Dirección General de Tecnología recibiera una consulta técnica de su incumbencia, luego de emitir la respuesta por escrito mediante Circular, remitirá en forma urgente y en un plazo que no excederá de 24 horas la consulta formulada y la respuesta a brindar, al Departamento de Compras de la Dirección General de Administración Financiera a los fines de ser incluidas en una Circular, que pasará a integrar el Pliego. El Departamento de Compras deberá notificar fehacientemente la Circular aclaratoria al solicitante y a todas aquellas firmas que hayan retirado el Pliego, y procederá a incluirla en la página web del Poder Judicial y a remitir copia a la UAPE, según corresponda. Una vez adjudicado, el Adjudicatario no podrá alegar desconocimiento alguno sobre la presente contratación, ni solicitar adicional alguno o ampliación del plazo de entrega. ARTICULO 3.- ANTECEDENTES. Los Oferentes deberán adjuntar a su oferta un listado detallado de al menos tres (3) antecedentes de provisiones y servicios efectuados en los últimos cinco (5) años, de complejidad similar, con constancia escrita de los mismos y cualquier otro elemento de juicio que demuestre la capacidad técnica y la 4

5 responsabilidad de la firma. ARTÍCULO 4.- DEL OFERENTE El oferente deberá acompañar con su oferta la siguiente documentación que acredite lo aquí solicitado: El oferente deberá estar constituido y organizado en el país de acuerdo a lo determinado por la Ley de Sociedades Comerciales N /72 y las modificaciones introducidas por la Ley /83, dedicado a la comercialización y mantenimiento de servicios informáticos. En el supuesto de configurarse un Grupo de Empresas mediante la modalidad de la Unión Transitoria de Empresas, deberán acompañar el contrato correspondiente, constituido conforme lo establece la Ley , dejando expresa constancia de la asunción en forma solidaria de los actos y operaciones que deban ejecutar y de las obligaciones contraídas frente a terceros, certificado por Escribano Público. El tipo de asociación que elija el Grupo de Empresas que resulte finalmente adjudicataria de la provisión, deberá formalizarse previo al perfeccionamiento del contrato. El Grupo de Empresas asociadas, deberá designar a aquella sociedad que asuma la representación de las mismas como "Integradora", debiendo acompañar a tal efecto la documentación pertinente, quedando la elección efectuada sujeta a aprobación. ARTÍCULO 5.- ANTIGÜEDAD EN EL RUBRO Con su oferta deberá acreditar un mínimo de 3 años de antigüedad en el rubro, a los fines de demostrar una sólida presencia Técnico-Operativa y Empresarial a los fines del pliego, con 3 (tres) años como mínimo de presencia en el país. ARTÍCULO 6.- DE LOS BIENES OFERTADOS Los elementos ofertados serán nuevos, sin uso (nuevos sin uso significa que el organismo será el primer usuario de los equipos desde que estos salieron de fábrica), originales de fábrica. Los modelos ofertados no deberán encontrarse discontinuados en su línea de producción al momento de la apertura de las ofertas. No se aceptarán ofertas donde no consten claramente la marca y modelo del equipamiento. 5

6 ARTÍCULO 7.- CONDICIÓN DEL OFERENTE. i) Si es fabricante o productor de los bienes ofrecidos con marca debidamente registrada deberá presentar la marca registrada a su nombre. ii) Si es representante oficial y/o subsidiaria local del fabricante o productor deberá adjuntar la documentación pertinente que acredite el vínculo. iii) Si es distribuidor autorizado oficialmente por el fabricante o productor deberá presentar la autorización del mismo. iv) Si quien lo autoriza es la subsidiaria local y/o el representante en Argentina del fabricante o productor, éste deberá acreditar la autorización que posee del fabricante. v) O bien, presentar, en concepto de Declaración Jurada, nota firmada por el representante legal de la firma con el siguiente texto: De resultar adjudicatario, manifiesto bajo Declaración Jurada que los bienes y productos a entregar al Poder Judicial de la Nación, serán originales, sin uso, adquiridos al fabricante, a representante oficial del fabricante, o distribuidor autorizado oficialmente por el fabricante. Cualquier documentación que no fuere original deberá presentarse con fotocopia certificada por escribano y legalizada, de corresponder, por el Consulado y/o Cancillería. ARTÍCULO 8.- ORIGEN DE LOS BIENES. Deberá acreditarse en forma fehaciente la denominación del fabricante y el lugar de origen de todos los equipos ofertados, debiendo el fabricante acreditar, para el equipamiento ofertado, el cumplimiento del estándar ISO 9001 desarrollado por la International Standards Organization. La dirección de la planta de ensamblaje certificada bajo ISO 9001, deberá coincidir con el origen de los bienes, debiéndose presentar para ello fotocopia debidamente legalizada como copia fiel del original. ARTÍCULO 9.- FOLLETERÍA Para presentar la oferta, la empresa deberá incluir en la misma, toda la folletería de cada equipo que integre la solución, donde se describa el equipo ofertado y sus características técnicas de modo tal de poder constatar el cumplimiento de lo ofertado. 6

7 La folletería incorporada deberá hacer mención inequívocamente al producto ofrecido mencionando MARCA y MODELO del mismo. ARTÍCULO 10.- OFERTA PRUEBAS Y COMPROBACIONES EN LA ETAPA DE El oferente deberá poner a disposición del PJN, si así lo requiriese, dentro de un plazo no mayor a las 72 hs, SIN COSTO ALGUNO un equipo de idénticas características al que cotiza en la oferta, de manera de poder verificar que el modelo ofertado corresponde con las especificaciones solicitadas y poder realizar sobre el mismo las pruebas de performance y constatar el cumplimiento de los requisitos solicitados. Estas pruebas y comprobaciones no implicarán reconocimiento de gasto por parte del PJN. ARTICULO 11.- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Conjuntamente con la oferta y en forma adicional a la documentación requerida en el punto 7.1. de las Cláusulas Generales, los oferentes deberán acompañar la siguiente documentación: a) La Garantía de la Oferta correspondiente, conforme lo dispone el Artículo 6 y bajo las condiciones de Artículo 11, ambas de las Cláusulas Generales b) Las constancias de los antecedentes de trabajos similares o de mayor envergadura que el tratado en este pliego, conforme lo señalado en el Artículo 3 ANTECEDENTES de las presentes Cláusulas Particulares. c) Acompañar la documentación pertinente tendiente a acreditar lo requerido en artículo 4 DEL OFERENTE de las presentes Cláusulas Particulares d) Acreditar la antigüedad en el rubro, conforme lo señalado en el Artículo 5 ANTIGÜEDAD EN EL RUBRO de las presentes Cláusulas Particulares. e) En cuanto a los bienes ofertados, deberá cumplir con los requerimientos y presentar la documentación que acredite lo solicitado en el artículo 6 DE LOS BIENES OFERTADOS de las presentes Cláusulas Particulares. f) Presentar la documentación requerida en artículo 7 CONDICION 7

8 DEL OFERENTE de las presentes Cláusulas Particulares. g) Acreditar mediante la documentación pertinente lo solicitado en el artículo 8 ORIGEN DE LOS BIENES de las presentes Cláusulas Particulares. h) Acompañar la folletería requerida en el Artículo 9 FOLLETERIA de las presentes Cláusulas Particulares. La omisión de aquella documentación que resulte esencial para el correcto análisis de la propuesta, dará lugar al rechazo de la misma. 8

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10 ARTICULO 1.- OBJETO ESPECIFICACIONES TECNICAS La presente convocatoria tiene por objeto la provisión de relojes fechadores de cargo automático con destino a diversos Tribunales y Dependencias del Poder Judicial de la Nación. RENGLON 1: Provisión de 18 (dieciocho) relojes fechadores de cargo automático según especificación detallada en ANEXO A. ARTÍCULO 2.- PLAZO DEL CONTRATO Para la provisión, se dispondrá de un plazo de 30 días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de la Orden de Compra o notificación fehaciente. ARTÍCULO 3.- LUGAR DE ENTREGA Todos los bienes solicitados serán entregados en los destinos detallados en el ANEXO B Planilla de Distribución. La entrega de todos los bienes y servicios será coordinada con la Dirección General de Tecnología del PJN, sita en Libertad 731 piso 8 (Tel /4902). ARTÍCULO 4.- MODALIDAD DE ENTREGA DE LOS BIENES. El equipamiento ofertado deberá entregarse a caja cerrada lo que implica que el mismo deberá ser ensamblado y configurado en todos sus componentes por el fabricante o productor o en su defecto por la subsidiaria local del mismo. Previo a la entrega deberán comunicarse con la dependencia que figura en la columna Datos de contacto del ANEXO B para la configuración y grabación de las leyendas correspondientes. ARTÍCULO 5.- GARANTIA 12 meses (on site dentro del ámbito de CABA, Gran Buenos Aires y La Plata), a partir de la fecha de recepción definitiva, y contempla todas las partes y componentes de los equipos solicitados. Este plazo comenzará a contarse a partir de la fecha de recepción definitiva por parte del organismo contratante. El plazo de solución será de 72 horas hábiles de comunicada la falla al 10

11 proveedor o de la recepción del equipo cuando el mismo sea del interior del país. ARTÍCULO 6.- PENALIDADES Durante la ejecución del contrato el adjudicatario estará sujeto por los incumplimiento en que incurriere- a las penalidades y sanciones previstas en el Reglamento de Contrataciones aprobado por el Decreto N 5720/72, ordenamiento incorporado a la normativa propia del Poder Judicial de la Nación por la Resolución CSJN N 1562/00, en especial a lo dispuesto en los incisos 91, 92, 118, 120, 121 y 122 y concordantes. ARTÍCULO 7.- RECEPCION A los fines de la recepción provisoria y definitiva será aplicable lo dispuesto en el presente acápite y en las Cláusulas Generales y disposiciones concordantes y correlativos del presente pliego de bases y condiciones y supletoriamente en cuanto no fueran modificadas por el presente pliego por lo previsto en el Reglamento de Contrataciones aprobado por el Decreto Nº 5720/72, ordenamiento incorporado a la normativa del Poder Judicial de la Nación por la Resolución CSJN Nº 1562/00, en especial a lo dispuesto en los incisos 90, 94, 102, 103, 104, 105 y concordante. La Recepción Provisoria y Definitiva se dará de acuerdo a los siguientes aspectos, sin perjuicio de lo que correspondiere por otras cláusulas del presente Pliego de Bases y Condiciones: 7.1. Recepción PROVISORIA La recepción provisoria tendrá lugar una vez que la contratista haya cumplido satisfactoriamente, con la entrega de la totalidad de los equipos contratados mediante remito suscripto por funcionario autorizado, indicando la fecha, firma y sello aclaratorio Recepción DEFINITIVA: El PJN se reserva un plazo de hasta diez (10) días hábiles partir de la firma del remito correspondiente destinados a verificar que los bienes entregados se ajustan en su totalidad a las especificaciones técnicas y prestaciones adicionales ofrecidas por el Adjudicatario en su oferta. Una vez cumplido satisfactoriamente lo requerido en el párrafo anterior, se 11

12 otorgará la conformidad definitiva mediante la presentación de las facturas debidamente conformadas conforme lo previsto en el punto 14.2 "Facturación" de las Cláusulas Generales que forman parte del Pliego de Base y Condiciones que rige la presente contratación. 12

13 ANEXO A Renglón 1 - Cantidad: 18 (dieciocho) CARACTERÍSTICAS Relojes fechadores de cargo automático Relojes fechadores de cargo eléctrico con sistema de marcación electromecánica. Deberá funcionar con corriente a 220 VCA y 50 Hz. Será de construcción robusta y diseño de muy alta seguridad para uso intenso. La estructura o gabinete deberá estar construido en carcaza reforzada. Deberá disponer de un dispositivo de seguridad para evitar el acceso al mecanismo (cerradura con llave de seguridad). Deberá estar provisto como mínimo de 2 platinas, clisés, para leyendas fijas, con superficie aprovechable para un mínimo de 20 caracteres por clisés, con letra tamaño Standard. Se deberá incluir en la propuesta el grabado las leyendas que se indicaran en el momento de la instalación de los 2 clisés. Imprimirá fecha, hora, mes, año en una sola línea en castellano. Contará con Formato de Hora: 12 hs hs. o bien AM/PM. Impresión de año en 2 o 4 dígitos. Impresión a través un (1) solo golpe, con cinta entintada con sistema de avance y retroceso automático. Operación a través de una leve presión al introducir el documento a marcar. El sello deberá ser leído en el mismo sentido que la escritura. Se deberán entregar 5 cartuchos de cinta adicionales por reloj. Manuales de uso y configuración. 13

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15 Localidad/Fuero Organismo Secretaria/Oficina Dirección Cantidad Comercial Resistencia Juzgado Comercial N 27 Mesa de Entradas Secretarías Montevideo Juzgado Comercial N 28 Mesa de Entradas Secretarías Montevideo Juzgado Comercial N 29 Mesa de Entradas Secretarías Montevideo Juzgado Comercial N 30 Mesa de Entradas Secretarías Montevideo Juzgado Comercial N 31 Mesa de Entradas Secretarías Montevideo Cámara Nac. en lo Comercial Mesa Receptora de Escritos Montevideo 546 PB 4 Juzgado Federal de Resistencia N 2 Mesa de Entradas Secretarías Hipólito Irigoyen 49 4 Datos de contac configuración Intendencia de la Cámara Comercia Susana Moreno - Roque Saenz Peñ piso 9, CABA (Te ) Juzgado Federal Resistencia N 2 Hipólito Irigoyen 4 Resistencia, Chac ) ANEXO B Planilla de Distribución

16 CLAUSULAS GENERALES 1º) ORDEN DE PRIORIDAD: El presente procedimiento de contratación y la posterior ejecución del concurso quedará sometido a las siguientes normas con arreglo al orden de prelación que se enuncian, a saber: 1.- Las cláusulas particulares insertas en el presente pliego de bases y condiciones; 2.- Las presentes cláusulas generales; 3.- La Orden de Compra; 4.- El Reglamento de Contrataciones aprobado por el Decreto nº 5720/72, con expresa exclusión de los incisos 80 y 81 y los Decretos nº 825/88, 826/88 y 827/88 (cfr. Res. C.S.J.N. 893/88) y Manual de Compras vigente aprobado por Resolución nº 191/08 del Consejo de la Magistratura. 2º) PLAZOS: Los plazos se computarán en días hábiles judiciales salvo que expresamente se indicara en días corridos. Cuando las cláusulas se refieren a días hábiles, días o cualquier otra forma, se entenderán como días hábiles judiciales. 2.1) FERIAS JUDICIALES: El receso judicial no se computará para efectuar descuentos por pronto pago, mantenimiento de precios ni entrega de los renglones solicitados. 3º) COMPRE TRABAJO ARGENTINO (LEY ): A fin de garantizar el efectivo cumplimiento del régimen de compre trabajo argentino, toda oferta nacional deberá ser acompañada por una declaración jurada mediante la cual acredite el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser considerada como tal de acuerdo a lo establecido por el artículo 11 del Decreto 1600/02. La falta de presentación configurará presunción, que admite prueba en contrario, de no cumplimiento de las prescripciones vigentes con relación a la calificación de oferta nacional. 4º) OFERENTES: 4.1) Se aceptarán ofertas de todas aquellas firmas habilitadas comercialmente a tal efecto, se encuentren o no inscriptas en el registro a que se refiere el artículo 61 Inc. 1º del Decreto 5720/ ) NOMBRE DE FANTASÍA: Los oferentes que coticen con nombres fantasía deberán identificar claramente el titular o titulares de la firma o su denominación societaria. 4.3) COOPERATIVAS: Para aquellas contrataciones que por su naturaleza sea necesario, las sociedades cooperativas que deseen cotizar, deberán acompañar la constancia de autorización para funcionar otorgada por la INAES consignando el número de inscripción o matrícula del registro de dicho Organismo (Art. 9º y 10º Ley y Dec. 2015/94). Asimismo, se pone en conocimiento que, de resultar adjudicataria, se llevará a conocimiento del Instituto Nacional de Acción Cooperativa dicha situación. 4.4) DOCUMENTACION LEGAL: Las personas jurídicas que presenten ofertas, deberán

17 acreditar, como requisito de admisibilidad, la representación de quien suscriba la propuesta, anexando la documentación pertinente, como así también actas de creación, sus estatutos sociales y constancias de inscripción por ante la Inspección General de Justicia debidamente certificada por Funcionario Público, Escribano o Entidad Bancaria. En caso de ser el Escribano de extraña jurisdicción, la certificación debe ser acompañada de la correspondiente legalización del Colegio respectivo. El Poder Judicial podrá exigir la presentación de cualquier documentación legal atinente al funcionamiento societario. 4.5) INSCRIPCIONES, OBLIGACIONES IMPOSITIVAS Y PREVISIONALES: a. Los proveedores deberán acreditar su situación impositiva ante la AFIP mediante presentación de la correspondiente Constancia de Inscripción actualizada. b. CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR: Los oferentes cuya oferta supere el monto de PESOS CINCUENTA MIL ($ ), deberán acreditar -durante la sustanciación del presente acto licitario-, la pertinente habilitación, a través del Certificado Fiscal para contratar con el Estado acorde lo establece la Resolución General N 1814/2005 de la A.F.I.P. 4.6) PENALIDADES: Se rechazarán las ofertas formuladas por proveedores cuyos incumplimientos -según el registro que lleva la División Técnica de la Dirección General de Administración Financiera- hayan dado lugar a rescisiones con penalidades de contratos celebrados con el Poder Judicial de la Nación en los tres años inmediatos anteriores al presente llamado. Asimismo, las rescisiones dispuestas, en igual lapso, por cualquier ente público, que lleguen a conocimiento de este Poder Judicial, podrán ser tenidas en consideración a efectos de ponderar la conveniencia de las ofertas afectadas. De la misma manera se evaluarán los antecedentes relativos a penalidades aplicadas con motivo u ocasión de la ejecución de contratos celebrados con el Poder Judicial de la Nación. La presente disposición podrá ser obviada, por vía de excepción, cuando medien razones de conveniencia para el Poder Judicial, debidamente fundadas (Resolución Corte Suprema de Justicia de la Nación Nº 637/94). 5º) ADQUISICION DEL PLIEGO: La adquisición del pliego de bases y condiciones constituye requisito indispensable para la admisión de las ofertas. 6º) GARANTIA DE OFERTA: Cada oferente deberá presentar, conjuntamente con su propuesta, garantía de mantenimiento de la misma por el término previsto en el pliego. Dicha garantía equivaldrá al cinco por ciento (5%) del precio total de la correspondiente oferta y podrá ser constituido en cualquiera de las modalidades prescriptas por el inc. 34 del Reglamento de Contrataciones (cfr. Res. 913/88 y 944/88). Deberá tenerse en cuenta que la garantía será extendida a favor de Poder Judicial de la Nación, Dirección General de Administración Financiera, Sarmiento 877, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por ser la Repartición contratante. En el Acta de Apertura de ofertas se asentará la garantía elegida y presentada por cada proponente. El incumplimiento del requisito exigido en este artículo será causal de desestimación de la oferta. En caso de que el proponente desistiese de su oferta durante el plazo de vigencia, perderá la garantía y su incumplimiento será incluido en el registro indicado en el

18 artículo 4 Inciso 6 de este pliego, comprendiendo al oferente las consecuencias dispuestas por dicho precepto. 7º) DE LA PRESENTACION DE LA OFERTA: 7.1) DOCUMENTACION: Al momento de presentar la oferta y sin perjuicio de la documentación particular requerida en las especificaciones técnicas, los oferentes deberán acompañar sus ofertas con la siguiente documentación: a. La Garantía de Oferta correspondiente, conforme lo dispone el Artículo 6 y bajo las condiciones del Artículo 11 de las Cláusulas Generales. b. Documentación legal de la firma oferente de acuerdo a lo previsto en el artículo 4.4 de las presentes Cláusulas Generales. c. Constancia de Inscripción ante la AFIP vigente de acuerdo a lo previsto en el artículo 4.5.a. de las presentes Cláusulas Generales. d. Certificado Fiscal para Contratar de acuerdo a lo previsto en el artículo 4.5.b. de las presentes Cláusulas Generales. e. La Constancia de adquisición del presente pliego de bases y condiciones, conforme lo dispone el artículo 5 de las presentes Cláusulas Generales. 7.2) FORMA DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS: Las ofertas se realizaran respetando las siguientes condiciones: a. Las ofertas deberán estar firmadas en todas sus hojas por el oferente o su representante legal o persona autorizada, y presentarla en original y duplicado. b. Las ofertas deberán ser formuladas en Pesos Moneda Nacional, (Ley Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario-). c. COTIZACIÓN: Cada proponente podrá formular oferta por renglón, por grupo de renglones o por la totalidad de los mismos. Como alternativa, después de haber cotizado por renglón, puede ofertar por el total de los efectos o grupo de renglones, sobre la base de su adjudicación íntegra. En caso de efectuar cotización global, los oferentes deberán indicar el costo individual de cada renglón que compone la misma o indicar el grado de incidencia porcentual en cada uno de ellos. Para el caso de cotizarse uno o más renglones, el oferente deberá indicar también una desagregación que contemple el mayor nivel de detalle- de los ítem, insumos, servicios y utilidad incluidos en el precio ofertado. No se considerarán propuestas que contentan enmiendas, entrelíneas, o raspaduras en las partes fundamentales que no estén debidamente salvadas por el oferente, o que estén escritas con lápiz común. 8º) MARCA: Si las especificaciones estipulan una marca o similar, equivalente, o cualquier otra palabra que exprese lo mismo, debe tomarse como modelo patrón. El contratista podrá ofrecer otra de igual o mayor calidad de la que figure en las especificaciones técnicas. Para aquellos renglones en que se mencione alguna marca o tipo los oferentes deberán indicar la marca ofrecida.

19 9º) ACONDICIONAMIENTO: Cuando hubiere renglones en los que se solicite un acondicionamiento específico en cuanto a la cantidad de unidades que debe contener cada envase o pack, pueden ofrecerse como alternativa otras opciones, salvo previsión en contrario en las cláusulas particulares o especificaciones técnicas. 10º) APERTURA DE OFERTAS: (IMPORTANTE) Se recomienda a los señores oferentes arbitrar los medios a su alcance a efectos de que su oferta se encuentre con la suficiente anticipación a la hora prevista para la apertura en el lugar indicado en "LUGAR DE APERTURA DE LAS OFERTAS". A partir de la hora fijada para la apertura del Acto no se aceptarán ofertas, aun cuando el Acto no se haya iniciado. 11º) MANTENIMIENTO DE OFERTA: Se renovará automáticamente por igual plazo, y así sucesivamente, en caso que el oferente no manifieste de manera expresa su negativa, comunicándola en forma fehaciente hasta cinco (5) días hábiles previos al vencimiento del plazo establecido. 12º) PREADJUDICACIÓN: 12.1) PUBLICACIÓN DEL DICTAMEN: La comunicación de la preadjudicación se hará en pizarra por los siguientes períodos: Contratación Directa (1 día) Licitación Privada (2 días) Licitación Pública (3 días) y el plazo para impugnaciones es de 3 días a contar desde el vencimiento del término fijado para los anuncios. 12.2) IMPUGNACIÓN DEL DICTAMEN: Los oferentes que formulen impugnaciones contra el acto de preadjudicación deberán acreditar, como requisito de admisibilidad, haber efectuado un depósito o caución en concepto de garantía, equivalente al 1% (uno por ciento) del monto del presupuesto oficial de la licitación o el de su oferta, el que fuere mayor. En ningún caso la caución podrá ser inferior a la suma de pesos doscientos ($ 200). Dicho depósito se hará en la Cuenta N del Banco de la Nación Argentina (Sucursal Tribunales) denominada PJN-0500/320-DAF-C.Mag-Impug.Lic-Gtía. Si se omitiere el depósito o se lo efectuare en forma insuficiente, la impugnación se tendrá por no presentada. En caso de que la impugnación resulte procedente, dicha garantía será devuelta a solicitud del impugnante, una vez resuelto el caso por la autoridad competente. La resolución que declare improcedente una impugnación, causará la pérdida de la garantía constituida, a favor del Poder Judicial de la Nación (Res. Consejo Magistratura Nº27/00). 13º) ADJUDICACIÓN: 13.1) La adjudicación de la contratación resuelta por la Dirección General de Administración Financiera dentro del plazo de mantenimiento de oferta o de sus prórrogas, producirá el perfeccionamiento automático del contrato. Si el acto de adjudicación emanara de la

20 Administración General, tales efectos se verificarán vencido el plazo recursivo del Art. 44 del Reglamento General del Consejo de la Magistratura y en tanto no se haya interpuesto el recurso jerárquico previsto en el Art. 19 de la Ley contra el referido acto de adjudicación de acuerdo a lo previsto en el artículo de las presentes Cláusulas Generales. El Departamento de Compras emitirá dentro de los cinco días hábiles de perfeccionado el contrato, la respectiva Orden de Compra, a partir de cuya notificación comenzarán a correr los plazos de ejecución contractual. 13.2) CREDITOS Y RECURSOS: La presente contratación queda sujeta a la existencia de créditos y recursos al momento de la adjudicación. 13.3) GARANTIA DE ADJUDICACIÓN: Recibida la Orden de Compra, el adjudicatario deberá presentar garantía de ejecución dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. La misma ascenderá al 20% del total adjudicado y podrá ser constituida con arreglo a las previsiones del inc. 34 del Reglamento de Contrataciones. La falta de presentación de esa garantía producirá la automática rescisión del contrato y obligará al adjudicatario a ingresar al Poder Judicial, en concepto de multa, el 20% indicado. En caso de que así no lo hiciere, el Poder Judicial podrá compensar con cualquier acreencia del proveedor, ejecutar la garantía de oferta y perseguir el cobro del saldo restante. Asimismo, el incumplimiento contractual será asentado en el registro referido en el artículo 4 Inciso 6 de este pliego. 13.4) SEGUROS: El adjudicatario está obligado a asegurar a su personal contra accidentes de trabajo, de acuerdo a las reglamentaciones vigentes; a tal efecto, deberá en el plazo máximo de 48 horas hábiles de recibida la correspondiente orden de compra, ante la intendencia del edificio involucrado o a falta de ésta ante la habilitación pertinente, presentar la póliza que certifique dicha obligación; no pudiendo ingresar ningún personal, ni por ende, ejecutar tarea alguna, hasta cumplir con el requisito enunciado. Los trabajadores que el contratista emplee en la prestación, deberán contar con seguro por accidentes de trabajo, de conformidad con la Ley y normas reglamentarias. En consecuencia, y excepto que se encuentre en el supuesto previsto en el artículo tercero del citado cuerpo legal, deberá demostrar poseer el seguro obligatorio legalmente establecido y su condición de afiliado a una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (A.R.T.). En tal sentido, la referida póliza deberá contener la nómina del personal empleado para los trabajos con indicación de sus documentos de identidad (tipo y número); debiendo acreditar por medio fehaciente (vg.: certificación extendida por la compañía aseguradora o copia certificada autenticada del contrato de afiliación y sus anexos) que el personal empleado se encuentra amparado en contrato de seguro obligatorio celebrado con la Aseguradora de Riesgos del Trabajo de su elección. Ante el supuesto de producirse altas, se deberá certificar en igual plazo, la incorporación del nuevo empleado dentro del marco de la cobertura. Ese trabajador, solo podrá ingresar luego de tenerse por acreditado tal extremo en los términos ya enunciados. La vigencia de los seguros deberá extenderse hasta la finalización del contrato.

21 En el mismo sentido, al requerir el contratista la conformidad del servicio prestado, deberá exhibir ante la autoridad que presta la misma, la constancia de haber hecho efectivo el pago de la cuota mensual de la póliza, correspondiente al período que se pretende conformar. La autoridad pertinente asentará el cumplimiento efectivo de éste requisito en la documentación conformada ) REVISIÓN Y RECURSO JERARQUICO CONTRA EL ACTO DE ADJUDICACION: Respecto de las decisiones del Administrador General del Poder Judicial sólo procederá el recurso jerárquico ante el plenario del Consejo previo conocimiento e informe de la Comisión de Administración y Financiera (Artículo 19 de la Ley ). RECURSO JERÁRQUICO: Artículo 44 del Reglamento General del Consejo de la Magistratura. El recurso jerárquico previsto en el Art. 19 de la Ley deberá interponerse y fundarse por escrito dentro del quinto día hábil de producida la notificación fehaciente de lo resuelto. En el día hábil siguiente el recurso y todos los antecedentes deberán ser girados a la Comisión de Administración y Financiera, la que lo incluirá en el orden del día de la reunión que celebre. Las presentaciones contra el acto administrativo que resuelva la adjudicación en los términos del precepto precedente, deberán concretarse en el plazo establecido por ante la Mesa de Entradas de la Dirección General de Administración Financiera -Sarmiento 877, Planta Baja, Ciudad Autónoma de Buenos Aires- en el horario de 7.30 a hs. Dicho término para recurrir amplía automáticamente el plazo de mantenimiento de ofertas. Los recurrentes deberán acreditar como requisito de admisibilidad, haber efectuado un depósito en concepto de garantía, equivalente al 1% (uno por ciento) del monto del presupuesto oficial de la licitación o el de su oferta, el que fuere mayor. En ningún caso el depósito podrá ser inferior a la suma de pesos doscientos ($ 200). Dicho depósito se hará en la Cuenta N del Banco de la Nación Argentina (Sucursal Tribunales) denominada PJN-0500/320-DAF-C.Mag-Impugn.Lic-Gtía. Si se omitiere el depósito o se lo efectuare en forma insuficiente, el recurso se tendrá por no presentado. En caso que el Plenario del Cuerpo hiciere lugar al recurso, dicha garantía será devuelta a solicitud del recurrente. La resolución que declare improcedente un recurso causará la pérdida de la garantía constituida a favor del Poder Judicial de la Nación (Res. Con. Mag. N 274/00 modif. por Res. Con. Mag.95/03). 13.6) DEVOLUCION GARANTÍA DE OFERTA A OFERENTES NO ADJUDICATARIOS: Los oferentes que no resulten adjudicatarios, podrán solicitar la devolución de la garantía de oferta, una vez decidida la adjudicación. Se tomará como fecha cierta de la notificación de la adjudicación, el vencimiento requerido por el art. 44. del Reglamento General del Consejo de la Magistratura o en su caso la fecha de Resolución de la Adjudicación, emitida por la Dirección General de Administración Financiera. 14º) FORMALIDADES DE LA CONTRATACION: 14.1.) ENTREGA:

22 a. PLAZO DE ENTREGA: Será el consignado en el presente pliego y el mismo se computará -para todos los casos- desde la recepción de la pertinente orden de compra. b. FLETE, DESCARGA, ETC.: El flete, descarga y estiba de los elementos, como así también el seguro que cubra el riesgo del personal empleado en dichas tareas será por cuenta del adjudicatario. 14.2) FACTURACIÓN: A los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA) el Estado debe considerarse como Consumidor Final. a. -No se dará curso a la facturación que no se presente acompañada de la certificación de recepción definitiva, la que deberá ser otorgada por funcionario, con sello aclaratorio y anteponiendo la leyenda "Provisión prestada de conformidad", la fecha de recepción y de otorgamiento de la recepción definitiva (Res CSJN 151 y 543/90), y que no contenga la referencia a la contratación que la origina. b. FACTURACIÓN PARCIAL: Se aceptará facturación parcial de la mercadería entregada y recepcionada de conformidad. 14.3) FORMA DE PAGO: El vencimiento del pago de la prestación será de 30 (treinta) días hábiles de ingresada la correspondiente factura, presentada de conformidad con lo previsto en el punto precedente. 14.4) DEVOLUCION GARANTIA DE ADJUDICACIÓN: a. Se tomará como fecha de devolución el vencimiento del plazo previsto en el Inc. 106 (vicios redhibitorios) del Reglamento de Contrataciones, computado a partir de la recepción definitiva de bienes o servicios o última recepción en caso de entregas parciales. Si la contratación previese una garantía de calidad del servicio o bien entregado, la devolución procederá a partir de la caducidad de dicha garantía, en caso de que este plazo fuese mayor al establecido por el referido Inc.106. b. Establecer en seis (6) meses, el plazo otorgado a los depositantes de garantías de ofertas y/o adjudicación constituidas bajo la forma de avales bancarios, pólizas de caución o pagarés, a partir de la notificación fehaciente, para que proceda a su retiro en el sector Tesorería en la calle Sarmiento 877 cuarto piso Ciudad Autónoma de Buenos Aires. c. Anualmente se procederá a la destrucción de los documentos cuya devolución no haya sido solicitada en los plazos previstos en el párrafo anterior.

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