Corporación Universitaria Rafael Núñez
|
|
- Guillermo Aranda Córdoba
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 ACUERDO N. 02 DE AGOSTO 18 DE "Por el cual se modifica el Acuerdo No. 02 de febrero de 2004, Reglamento de la Biblioteca Miguel Ángel Henríquez Castañeda" El Consejo Superior de la Corporación Universitaria Rafael Núñez, en uso de sus atribuciones estatutarias y legales y, Que la Corporación Universitaria Rafael Núñez tiene como rrusion formar integralmente a la persona de los estudiantes y demás sujetos que conforman la comunidad educativa. Que las Instituciones de Educación Superior deben proporcionar a los estudiantes servicios adecuados y actualizados de Biblioteca. Que es necesario adecuar dicho reglamento a nuevos adelantos tecnológicos, con unas políticas definidas, unos objetivos, unas funciones y unos servicios de información, tanto internos como externos; además de la inscripción a asociaciones de unidades de información o bibliotecas universitarias, con el ánimo de ofrecer servicios complementarios, adecuados, eficientes y oportunos. Que dicho Reglamento fue aprobado en Consejo Directivo, de fecha, Agosto. En mérito de lo expuesto, ACUERDA: ARTíCULO 1. Expedir el Reglamento del Sistema de Biblioteca con las modificaciones efectuadas y aprobadas por el Consejo Superior. ARTíCULO 2. Presentar para su conocimiento y cumplimiento los siguientes aspectos: Definición Propositos 1: Sistema de Bibliotecas CURN 11:Definiciones: Los Usuarios: Las Colecciones Las Instalaciones Los Servicios: Presenciales y Acceso Remoto 11I:Derechos y Deberes de los usuarios IV: Reglamentación de los Servicios. : V: Sanciones. VI: Paz y Salvo. VII: Horario Internos y Externos
2 SISTEMA DE BIBLIOTECAS I ARTíCULO 3. SISTEMA DE BIBLIOTECAS El Sistema de Bibliotecas de la Corporación Universitaria Rafael Núñez, es una dependencia adscrita a la Vicerrectoria Académica. Esta conformada por la Bilioteca "Miguel Henríquez Castañeda" de Cartagena y la Biblioteca "Miguel Henríquez Castañeda" de Barranquilla. Las Bibliotecas de la Corporación Universitaria Rafael Nuñez, tienen como objetivo ofrecer un sistema de información de calidad, gestionado por un equipo humano profesional y comprometido en ofrecer servicios y recursos acorde a las necesidades, apoyando los procesos de investigación, enseñanza/aprendizaje y proyección social, contribuyendo a la creación y difusión del conocimiento y a la consecución de los objetivos de la Universidad ARTíCULO 4. PROPOSITOS: Para el cumplimiento de estos objetivos, fines y metas el Sistema de Bibliotecas cuenta con las siguientes propositos: a. Ofrecer un servicio eficiente y cortes de asesoría, consejería y apoyo al usuario. b. Implementar procedimientos, normas y políticas, con el fin de regulary prestar un mejor servicio. c. Contar con un programa de formación de usuarios (personal administrativo, docentes, estudiantes la biblioteca. y usuarios externos) acerca del uso de los servicios en d. Gestionar y promover los fondos bibliográficos, documentales y electrónicos con base en las disposiciones del presente reglamento. e. Garantizar la disponibilidad y accesibilidad a la comunidad universitaria a la información bibliográfica, documental y electrónica de la Universidad. f. Promover los convenios con otras Bibliotecas con base en la reciprocidad y acuerdos interinstitucionales.
3 11 DEFINICIONES ARTíCULO 5. los USUARIOS Son usuarios del Sistema de Bibliotecas de la Corporación Universitaria Rafael Núñez Usuarios Internos: a. Estudiantes de pregrado y postgrado: alumnos que están oficialmente inscritas en cualquiera de los programas de pregrado y postgrado impartidos por la Corporación Universitaria Rafael Núñez en sus diferentes modalidades. b. Estudiantes de pregado y postgrado pendientes de grado c. Docente e Investigadores: son los docentes e investigadores de tiempo completo, medio tiempo y de cátedra vinculados laboralmente a la Universidad. d. Personal Administrativo y de Servicios Generales: son todas las personas que están vinculadas laboralmente a la Universidad como empleados. e. Egresados de pregrado y postgrado: cualquiera de los programas académicos se consideran usuarios, deben presentar el carnet de egresado en portería y en circulación y préstamo, para la verificación en el sistema. f. Jubilados de la Universidad: son todas aquellas personas que trabajaron en la Universidad y que se encuentran en la base de datos de jubilados g. Estudiantes de cursos de extensión: alumnos que están oficialmente inscritas en cualquiera de los cursos de extensión impartidos por la Corporación Universitaria Rafael Núñez en sus diferentes modalidades Usuarios Externos: Son todas aquellas personas que visitan la Biblioteca con el fin de hacer uso de sus servicios y recursos, pero que no tienen un vínculo directo con la Universidad
4 ARTíCULO 6. las COLECCIONES Para el efectivo cumplimiento de sus própositos, la Biblioteca contará con las siguientes colecciones: a. Colección General: la componen el material de consulta de la biblioteca. b. Colección de Reserva: la componen el material de textos básicos en todas las áreas del conocimiento de la Universidad. c. Colección de Referencia: la compone el material de consulta rápida o referencial, diccionarios, enciclopedias, almanaques, anuarios, directorios, biografías, mapas y atlas. d. Colección de trabajos de grado: incluye los trabajos de grados impresos y en CD-ROM entregados por los estudiantes de pregrado y posgrado de la Universidad como requisito para obtener el título. e. Colección de publicaciones periódicas: ccomprende el material seriado impreso y digital que llega a la Biblioteca periódicamente como revistas, balances, boletines, periódicos regionales y nacionales. f. Colección audiovisual: ccomprende material documental en formato audiovisual: VHS, DVD y CD'S. g. Colección digital: comprende los documentos en formato digital: revistas, trabajos de grado de informes de investigación, libros, revistas y videos. ARTíCULO 7. las INSTALACIONES a. Salas de consulta: espacios para el estudio individual y estudio en grupo. b. Salas de consulta con internet: salas con acceso a internet que permiten la consulta de los diferentes recursos electrónicos adquiridos por la biblioteca e igualmente acceder a los diferentes sistemas de información de la universidad. c. Salas de consulta con office: sala de acceso office para que los estudiantes realicen sus trabajos académicos y búsquedas de internet como apoyo al proceso académico. d. Salas de consulta libre: esta sala permite al usuario estudiar, consultar sus libros personales y hacer trabajos académicos
5 ARTíCULO 8. los SERVICIOS Con el objetivo de cumplir y además satisfacer las necesidades de información de los usuarios de la Biblioteca de la Corporación Universitaria Rafael Núñez, se han diseñado mecanismos o herramientas de acceso a los recursos documentales para su uso interno, a través de la disponibilidad bibliográfica existente en nuestra Biblioteca, y la disponible en otras instituciones de Educación Superior, tanto, del sector privado como del sector público con las cuales se han establecido convenios. Servicios Presenciales: a. Servicio de Consulta en sala: este servicio le permite al usuario hacer uso de las instalaciones de la biblioteca para fines académicos y pedagógicos. b. Servicio de Préstamo Interno: este servicio le posibilita a los usuarios consultar el material bibliográfico disponible, dentro de las instalaciones de la Biblioteca. c. Orientación al usuario: es aquel que le posibilita al usuario ser orientado en las instalaciones de la biblioteca para facilitar la búsqueda y recuperación de la información y el uso de los recursos existentes en la Biblioteca. d. Servicio de Inducción y formación de Usuarios: dicho servicio, es un espacio brindado por la Biblioteca donde se le proporcionan al usuario los elementos básicos y especializados, para que puedan hacer uso de la Biblioteca y accedan con facilidad a todas las fuentes de información disponibles. e. Servicio de Inducción en el uso y recuperación de la información en las Bases de Datos: este servicio se ofrece a los usuarios de la biblioteca, con el fin promover el uso de las bases de datos f. Servicio de salas de consulta con internet y office: dicho servicio se ofrecerá al usuario para apoyar su formación académica, este servicio estará monitoreado para verificar que su uso sea exclusivamente de caracter académico. g. Consulta de material trabajos de grado y material acompañante: este materail puede ser consultado es los computadores dispuestos en la biblioteca h. Casilleros: la biblioteca ofrece el servicios para guardar sus pertenencias mientras se hace uso de las instalaciones de la Biblioteca.
6 Servicios de acceso electrónico ó en línea a. Consulta de bases de datos: acceso a bases de datos generales y especializados, con contenido referencial y texto completo, vía Internet. b. Consulta del catálogo público: acceso en línea y desde dispositivos móviles al catálogo general para realizar la búsqueda de información del acervo documental y digital de la Biblioteca 11I DERECHOS Y DEBERES DE los USUARIOS ARTíCULO 9. DERECHOS Las personas que demanden la condición de usuarios tienen los siguientes derechos: a. Acceder a la consulta y estudio de los fondos bibliográficos, documentales y digitales, audiovisuales, que constituyen al Sistema de Biblioteca de la Corporación Universitaria Rafael Núñez, además de los otros servicios que se presten de acuerdo a la demanda. b. Prestar el fondo documental para ser consultados internamente durante el tiempo que lo requiera. c. Recibir información y orientación para la localización y acceso a fuentes bibliográficas, documentales y digitales. De igual forma para la utilización de cada unos de los servicios. d. Acceder al servicio de las Bases de Datos de la Biblioteca e. Recibir atención oportuna y satisfactoria al hacer uso de los servicios de la Biblioteca. f. Obtener información sobre los reglamentos que rigen los servicios. g. Gozar de un trato amable y cortes. h. Disfrutar de un ambiente propicio para la lectura, consulta y estudio.
7 ARTíCULO 10. DEBERES a. Presentar el respectivo carnet estudiantil o recibo de matrícula vigente que lo identifique como miembro de la Corporación Universitaria Rafael Núñez, (estos documentos son personales e intransfibles) b. Respetar la integridad y el estado de las instalaciones de la Biblioteca, al igual que el material bibliográfico, los muebles y equipos de cómputo que la componen. c. Cumplir con las disposiciones que regulen los distintos servicios de la Biblioteca y, en especial, las normas que se estipulen para el préstamo de obras, documentos, publicaciones periódicas, en sus diferentes soportes documentales y medios. d. Cumplir las normas básicas de comportamiento dentro de la Biblioteca absteniéndose de ingerir alimentos, fumar, hablar en voz alta y usar reproductores musicales que perturben el ambiente de estudio. e. Abstenerse de utilizar algún tipo de servicio para cuyo acceso no estén autorizados. f. Al entrar a la bilioteca, deben dejar sus pertenencias en el casillero de la recepción y entrar con lo necesario para su consulta como cuadernos, lápiz y papel, agendas electrónicas y portátiles. g. Asumir la responsabilidad total de la ficha que se le entrega en el casillero. En caso de pérdida, la biblioteca no se ha responsable de sus pertenencias y deberá cancelar la suma correspondiente al valor correspondiente de la ficha, en la Tesorería de la Corporación y entregar una copia del recibo de pago en la Biblioteca, h. Cumplir las normas que rigen el préstamo interbibliotecario. i. Entregar en la sección de' préstamo el material después de su respectiva consulta. j. El no acatamiento de los deberes aquí expuestos serán suceptible a sanciones disciplinarias con restricciones en el uso de los servicios en la Biblioteca, hasta la suspensión k. Vestir adecuadamente. parcial o total de éstos.
8 CAPíTULO IV REGLAMENTACiÓN DE los SERVICIOS Servicio de préstamo ARTíCULO 11. Para poder hacer uso efectivo del préstamo interno del material bibliográfico, el usuario deberá presentar su carnet o comprobante de matricula, para la verificación en el sistema (estos documentos son personales e intransferibles). ARTíCULO 12 El personal Docente y Administrativo, demostrará su vinculación a la Corporación Universitaria Rafael Núñez, presentando su carnet Institucional. ARTíCULO 13. Colección de publicaciones periodicas y trabajos de grado impreso, podrán ser consultados internamente de la sección de préstamo. PARÁGRAFO 1: Lo anterior es una medida de seguridad, pues la Institución debe velar por su buen nombre y proteger los derechos de autor y copy right y el posible plagio de dichos trabajos de grado. PARÁGRAFO 2: Solo, si el autor del documento lo autoriza mediantes comunicación escrita, su trabajo de grado será prestado para fotocopia total, y la Corporación Universitaria Rafael Núñez no se hará responsable por posibles plagios o suplantaciones en dichos documentos de investigación. ARTíCULO 14. El préstamo es personal e intranferible. El usuario que realice el préstamo se hace responsable de regresar el material a tiempo y en buen estado. ARTíCULO 15. Para tener acceso a la Biblioteca y sus servicios; los estudiantes, docentes, administrativos y egresados, deben ajustarse a las políticas internas de la Biblioteca "Miguel Henríquez Castañeda" de la Corporacióon Universitaria Rafael Núñez. ARTíCULO 16. Los usuarios egresados pueden hacer uso de la Biblioteca y de sus servicios.
9 USO DE los CASillEROS ARTíCULO 17. Los usuarios podrán hacer uso de los casilleros de la Biblioteca, siempre y cuando vayan a trabajar dentro de las instalaciones de la misma. ARTíCULO 18. Los objetos de valor dejados en los casilleros son responsabilidad directa del usuario, pues ninguno de los funcionarios de la Biblioteca, de la Corporación Universitaria Rafael Núñez están en la obligación de responder por ninguna de sus pertenencias. ARTíCULO 19. En caso de pérdida de la llave, ficha o tarjeta del casillero el usuario deberá respoder por valor de tal elemento, y la biblioteca no se hace responsable por la perdida de sus pertenencias. ARTíCULO 20. Los usuarios que hagan uso de la Biblioteca, deberán dejar sus bolsos en el casillero, ya que el bolso no será permitido en las salas de lectura, por razones de seguridad. SANCIONES IX En el caso que se compruebe el deterio de cualquiere tipo de materia por un usuario éste deberá ajustarse a las siguientes obligaciones y condiciones: a. En el caso, que un usuario devuelva el material en mal estado (subrayado, mutilado, manchado, roto, entre otros) deberá cubrir el costo por la reparación o reposición completa del mismo. b. Quien fuere sorprendido con material de la Biblioteca retirado o intentándolo hacerla ilegalmente, perderá automáticamente el derecho a la entrada y uso de la Biblioteca por un término no inferior: a un (1) mes, y/o las sanciones establecidas por el Reglamento Estudiantil. c. Los actos de indisciplina, mala educación y en general toda conducta que altere la normalidad y perjudique los derechos ajenos dentro del edificio de la Biblioteca, son causantes de suspensión temporal o definitivo del derecho de consulta y/o a las sanciones establecidas por el Reglamento Estudiantil.
10 d. Ningún usuario esta autorizado para entrar libros, revistas y otros documentos u objetos de mano a la Biblioteca. Solamente estará permitido el ingreso de material bibliográfico de propiedad de la Biblioteca, cuando esté funcionando el préstamo externo. ARTíCULO 21. Será competente para imponer las sanciones previstas anteriormente, la SECRETARIA GENERAL de la Corporación Universitaria Rafael Núñez. ARTíCULO 22. La Dirección de la Biblioteca comunicará, el robo, mutilación o daño del material a Secretaria General, lo cual acarreará posibles graves sanciones de acuerdo con el reglamento de la Corporación Universitaria Rafael Núñez. X PAZ Y SALVOS ARTíCULO 23. No se admitirán matrículas en ningún Programa Académico, ni se otorgarán grados ni títulos académicos a quienes no presenten constancia del PAZ y SALVO de la Dirección de la Biblioteca de la Corporación Universitaria Rafael Núñez. XI HORARIO DE SERVICIO La Biblioteca ajustará sus horarios de servicio de acuerdo con los requerimientos que fije la Universidad. ARTíCULO 25. El presente Acuerdo rige a partir de la expedición y modificará las disposiciones que le sean contrarias, en especial a las que la institución considere dentro de sus políticas de funcionamiento interno.
11 Dado e~ag,ena, a los 18 días del mes de agosto de. e 1.. "- -, '., ) 11, MUJNIQUESE y CUMPLASE Secretaria General íquez LÓPEZ
CONSEJO SUPERIOR ACUERDO No. 0167 del 29 de octubre de 2003 ACTA 523 POR MEDIO DEL CUAL SE EXPIDE EL REGLAMENTO PARA LA BIBLIOTECA CES
CONSEJO SUPERIOR ACUERDO No. 0167 del 29 de octubre de 2003 ACTA 523 POR MEDIO DEL CUAL SE EXPIDE EL REGLAMENTO PARA LA BIBLIOTECA CES Artículo 1. Visión Capítulo I Visión y Misión del CES En el 2010 el
Más detallesCONSEJO ACADÉMICO. RESOLUCIÓN No. 01-2010 (Abril 8 de 2010)
CONSEJO ACADÉMICO RESOLUCIÓN No. 01-2010 (Abril 8 de 2010) Por la cual se actualizan las normas generales sobre el servicio de Biblioteca en la Universidad Central. EL CONSEJO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECA
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA SANTIAGO, 2011 Título I. Definición y Misión Título II. Condición de usuarios de Biblioteca Título III. Servicios y plazos de préstamos Título IV. Préstamos interbibliotecarios
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECA DE LA CORPORACIÓN UNIFICADA NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR. CAPITULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES.
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA DE LA CORPORACIÓN UNIFICADA NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR. CAPITULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES. ARTICULO 1. DEL SISTEMA NACIONAL DE BIBLIOTECAS: El Sistema Nacional de Bibliotecas
Más detallesBIBLIOTECA LCI BOGOTÁ FUNDACIÓN TECNOLÓGICA
BIBLIOTECA LCI BOGOTÁ FUNDACIÓN TECNOLÓGICA La Biblioteca tiene como fin primordial servir de apoyo a nuestros usuarios. Es la fuente donde se crean nuevos conocimientos a partir de servicios de información
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECA
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA Con el fin de prestar un servicio eficiente que beneficie a toda la comunidad, se han fijado unas Normas que regulan el funcionamiento de la Biblioteca, e indican los deberes y
Más detallesREGLAMENTOS INSTITUCIONALES REGLAMENTACIÓN DE ALUMNOS. Reglamento de la Biblioteca Don Rodolfo Sandoval Álvarez
REGLAMENTOS INSTITUCIONALES REGLAMENTACIÓN DE ALUMNOS Reglamento de la Biblioteca Don Rodolfo Sandoval Álvarez ÍNDICE DEL REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DON RODOLFO SANDOVAL ÁLVAREZ ÍNDICE DEL REGLAMENTO
Más detallesReglamento que rige las políticas de acceso y uso de la Biblioteca Virtual de la Universidad Latinoamericana. Diciembre 2015
Reglamento que rige las políticas de acceso y uso de la Biblioteca Virtual de la Universidad Latinoamericana. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Diciembre 2015 Artículo 1.- Las presentes Condiciones Generales
Más detallesCAPÍTULO I DE LOS USUARIOS
CAM/BIB-AN03-FT 1 de 6 CENTRO DE ACTUALIZACIÓN DEL MAGISTERIO EN ZACATECAS BIBLIOTECA ESCOLAR JUSTO SIERRA MÉNDEZ PRESENTACIÓN El presente reglamento tiene como propósito establecer las normas generales
Más detallesNORMATIVA DE LOS SERVICIOS DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA EN ARCHIVISTICA Y CIENCIAS AFINES DEL ARCHIVO NACIONAL
NORMATIVA DE LOS SERVICIOS DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA EN ARCHIVISTICA Y CIENCIAS AFINES DEL ARCHIVO NACIONAL Capítulo I: Disposiciones Generales Artículo 1: La Biblioteca Especializada en Archivística
Más detallesACUERDO No. 006 (4 de Diciembre de 2012)
ACUERDO No. 006 (4 de Diciembre de 2012) POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL REGLAMENTO DE BIBLIOTECA DE LA CORPORACIÓN El Consejo Directivo de la Corporación Unificada Nacional de Educación Superior - CUN
Más detallesFUNDACION UNIVERSITARIA DE SAN GIL UNISANGIL REGLAMENTO DE BIBLIOTECA. ASPECTOS GENERALES MISION DE LA FUNDACION UNIVERSITARIA DE SAN GIL UNISANGIL
FUNDACION UNIVERSITARIA DE SAN GIL UNISANGIL REGLAMENTO DE BIBLIOTECA. ASPECTOS GENERALES MISION DE LA FUNDACION UNIVERSITARIA DE SAN GIL UNISANGIL UNISANGIL, tiene como misión ser comunidad universitaria
Más detallesREGLAMENTO BIBLIOTECA MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE CHILE
REGLAMENTO BIBLIOTECA MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE CHILE TITULO I MISIÓN Y FINES 1 La biblioteca del Ministerio de Educación es una unidad dependiente del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones
Más detallesCORPORACIÓN JOHN F KENNEDY.
CORPORACIÓN JOHN F KENNEDY. REGLAMENTO DE BIBLIOTECA. CAPITULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES. ARTÍCULO 1: DE LOS USUARIOS Y SUS DEBERES: Serán usuarios de la Biblioteca de la Corporación quienes conforme
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECA Y RECURSOS EDUCATIVOS
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA Y RECURSOS EDUCATIVOS INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA DE COLOMBIA DOCUMENTO GENERAL REGLAMENTO BIBLIOTECA Y RECURSOS EDUCATIVOS BIBLIOTECA Y RECURSOS EDUCATIVOS MISIÓN La Biblioteca
Más detallesREGLAMENTO DE USO DE LA RED DE BIBLIOTECAS INACAP
REGLAMENTO DE USO DE LA RED DE BIBLIOTECAS INACAP TÍTULO I DEFINICIÓN Y OBJETIVOS ARTÍCULO 1 La Red de Bibliotecas INACAP está constituida por el conjunto de bibliotecas académicas, que tienen ubicación
Más detallesUNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER CONSEJO ACADÉMICO. RESOLUCION Nº 010 Febrero 7 de 2006
1 RESOLUCION Nº 010 Febrero 7 de 2006 Por la cual se aprueba el reglamento para la utilización de los servicios de la División de Biblioteca de la Universidad Francisco de Paula Santander. El Rector de
Más detallesCORPORACION DE ESTUDIOS SUPERIORES SALAMANDRA REGLAMENTO DE BIBLIOTECA PARA USUARIOS EN GENERAL. Santiago de Cali
CORPORACION DE ESTUDIOS SUPERIORES SALAMANDRA REGLAMENTO DE BIBLIOTECA PARA USUARIOS EN GENERAL Santiago de Cali REGLAMENTO DE BIBLIOTECA PARA USUARIOS EN GENERAL. CORPORACION DE ESTUDIOS SUPERIORES SALAMANDRA
Más detallesInstituto Tecnológico de las Américas (ITLA) Unidad de Información y Documentación. Reglamento General de la Unidad de Información y Documentación
Instituto Tecnológico de las Américas (ITLA) Unidad de Información y Documentación Reglamento General de la Unidad de Información y Documentación Boca Chica, La Caleta, República Dominicana Septiembre
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SINALOA
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SINALOA FACULTAD DE INFORMÁTICA MAZATLÁN Reglamento Interno de Biblioteca ÍNDICE CAPÍTULO I.DEL MARCO LEGAL. CAPÍTULO II.DE LA BIBLIOTECA....... CAPÍTULO III.DEL L PERSONAL BIBLIOTECARIO..
Más detallesUn estudiante podrá tener la categoría de Usuario Interno si cumple la siguiente condición:
REGLAMENTO BIBLIOTECA PADRE RAFAEL GARCÍA HERREROS CAPÍTULO I USUARIOS Se define la tipología de usuarios de la Biblioteca Padre Rafael García- Herreros USUARIO INTERNO: Son los miembros del personal académico
Más detallesREGLAMENTO DEL SERVICIO DE BIBLIOTECA UNIVERSITARIA
REGLAMENTO DEL SERVICIO DE BIBLIOTECA UNIVERSITARIA EXPOSICIÓN El Reglamento de Funcionamiento de la Universidad Internacional de Andalucía (Decreto 253/1997, de 4 de noviembre), contempla en el artículo
Más detallesUniversidad Dr. José Matías Delgado Reglamento REGLAMENTO GENERAL DE LA BIBLIOTECA CENTRAL "HUGO LINDO"
REGLAMENTO GENERAL DE LA BIBLIOTECA CENTRAL "HUGO LINDO" CAPITULO I DE SU NATURALEZA Art. 1 La Biblioteca presta un servicio de información, estudio e investigación primordialmente a la disponibilidad
Más detallesCHAPINGO UNIVERSIDAD AUTÓNOMA REGLAMENTO INTERNO PARA LA OPERACIÓN DE LA BIBLIOTECA DE FITOTECNIA
Enseñar la explotación de la tierra, No la del hombre UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO REGLAMENTO INTERNO PARA LA OPERACIÓN DE LA BIBLIOTECA DE FITOTECNIA El presente Reglamento fue aprobado por el HCDF en
Más detallesREGLAMENTO BIBLIOTECA CENTRAL DR. FEDERICO RIVERA PALACIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA AGROINDUSTRIAL SUBCOMISIÓN DE TECNOLOGIA EDUCATIVA REGLAMENTO BIBLIOTECA CENTRAL DR. FEDERICO RIVERA
Más detallesUNIVERSIDAD CES REGLAMENTO PARA LA BIBLIOTECA FUNDADORES. Capítulo I Misión, visión y objetivos de la Biblioteca Fundadores
UNIVERSIDAD CES REGLAMENTO PARA LA BIBLIOTECA FUNDADORES Capítulo I Misión, visión y objetivos de la Biblioteca Fundadores Artículo 1. Misión La Biblioteca Fundadores, apoya las funciones de docencia,
Más detallesEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES
REGLAMENTO DE SERVICIOS DE LA BIBLIOTECA NACIONAL MIGUEL OBREGÓN LIZANO EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES En uso de las facultades que les confieren los artículos
Más detallesCOLEGIO UNIVERSITARIO FERMÍN TORO REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS DE POSGRADO AL PERSONAL DOCENTE DEL COLEGIO UNIVERSITARIO FERMÍN TORO
REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS DE POSGRADO AL PERSONAL DOCENTE DEL COLEGIO UNIVERSITARIO FERMÍN TORO BARQUISIMETO, ENERO 2002 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- El presente reglamento
Más detallesRECURSOS INFORMATICOS Y AUDIOVISUALES PROCESO TIPO DE PROCESO RESPONSABLE DE PROCESO RECURSOS REQUISITOS LEGALES NTC-GP 1000:2004
PAGINA 1 PROCESO TIPO DE PROCESO RESPONSABLE DE PROCESO RECURSOS INFORMATICOS Y AUDIOVISUALES APOYO JEFE DEL CENTRO DE RECURSOS INFORMATICOS Y AUDIOVISUALES OBJETIVO Administrar los servicios informáticos
Más detallesINSTITUTO DE FISICA UNIVERSIDAD DE GUANAJUATO
DEPARTAMENTO DE ASTRONOMÍA INSTITUTO DE FISICA UNIVERSIDAD DE GUANAJUATO REGLAMENTO PARA USUARIOS DE LA B I B L I O T E C A 1 Í n d i c e Introducción 1 Declaración de funciones 2 Organización de la Biblioteca
Más detallesREGLAMENTO PARA LA BIBLIOTECA. Considerando:
REGLAMENTO PARA LA BIBLIOTECA Considerando: El Instituto Tecnológico Edwards Deming, es una institución de educación de derecho privado, con finalidad social y pública, sin fines de lucro, con personería
Más detallesReglamento uso de Laboratorios de Computación y Equipamiento Informático
Reglamento uso de Laboratorios de Computación y Equipamiento Informático CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto regular, optimizar y asegurar el correcto
Más detallesPor la cual se establece el Reglamento de Prácticas Profesionales para los programas de la INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA DE COLOMBIA
INSTITUCION UNIVERSITARIA DE COLOMBIA REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES ACUERDO No. 17 (Noviembre 11 de 2010) Por la cual se establece el Reglamento de Prácticas Profesionales para los programas de
Más detallesD-41 REGLAMENTO DE BIBLIOTECA D-41. Código: REGLAMENTO DE BIBLIOTECA. Fecha efectiva 08/11/2016. Página: 1 de 12. Versión: 00
UNIVERSIDAD METROPOLITANA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA REGLAMENTO DE BIBLIOTECA Código: D-41 Versión: 00 Fecha efectiva 08/11/2016 Página: 1 de 12 D-41 REGLAMENTO DE BIBLIOTECA 1 Por medio del cual
Más detalles2.65. Vicerrector Académico. Durara en el cargo por un período de cuatro (4) años, pudiendo ser reelegido para nuevos períodos.
El Rector de la Universidad Católica Andrés Bello en uso de la atribución que le confiere el Numeral 3 del Artículo 25 del Estatuto Orgánico de la Universidad Católica Andrés Bello, dicta el siguiente:
Más detallesREGLAMENTO INTERNO PARA EL USO DE LOS SERVICIOS DEL SISTEMA DE BIBLIOTECAS DEL CENTRO COLOMBO AMERICANO Y UNICOLOMBO
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL CENTRO COLOMBO en uso de sus facultades y CONSIDERANDO a. Que la estructura administrativa de la Biblioteca ha cambiado sustancialmente transformandose en un Sistema de Bibliotecas,
Más detallesUNIVERSIDAD DEL PACIFICO. RESOLUCIÓN N 01 del Acta N 29/11/2010
UNIVERSIDAD Rectorado RESOLUCIÓN N 01 del Acta N 29/11/2010 VISTO Y CONSIDERANDO: La solicitud de aprobación del Reglamento Interno de Servicios de Información y Documentación de la Biblioteca de la Universidad
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES REGLAMENTO DE BIBLIOTECA UAQ
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES REGLAMENTO DE BIBLIOTECA UAQ Página 2 de 5 CAPÍTULO I DE LOS USUARIOS ARTÍCULO 1.- Podrán hacer uso de los servicios bibliotecarios quienes
Más detallesC o n s i d e r a n d o :
Dra. Sylvia Ortega Salazar, en ejercicio de las facultades que me confiere el Artículo 12, fracción V y IX del decreto de creación de la Universidad Pedagógica Nacional, y C o n s i d e r a n d o : 1.-
Más detallesReglamento General de la Biblioteca Jorge A. Bustamante
Reglamento General de la Biblioteca Jorge A. Bustamante Capítulo Primero. Disposiciones generales Capítulo Segundo. De la organización de la Biblioteca Capítulo Tercero. De los usuarios de la Biblioteca
Más detallesReglamento de Biblioteca
Reglamento de Biblioteca De todos los instrumentos del hombre, el más asombroso es, sin duda, el libro. Los demás son extensiones de su cuerpo. El microscopio, el telescopio, son extensiones de su vista;
Más detallesCAPITULO I DE LA MISION Y LA VISION
Página 1 de 7 CAPITULO I DE LA MISION Y LA VISION Artículo 1º. Misión Gestionar los recursos de información necesarios para que la comunidad educativa pueda cumplir sus objetivos en materia de docencia,
Más detallesMANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN CORPORATIVA DE LA UNIVERSIDAD DE ORIENTE
UNIVERSIDAD DE ORIENTE VICERRECTORADO ADMINISTRATIVO DE LA UNIVERSIDAD DE ORIENTE ENERO 2009 VERSIÓN 1.0 0029 VIGENCIA Y APROBACIÓN Pág.: 1 Este Manual, elaborado por la Dirección de Organización y Sistemas
Más detallesREGLAMENTO ORGÁNICO SISTEMA DE BIBLIOTECAS UdeSantiago de Chile
REGLAMENTO ORGÁNICO SISTEMA DE BIBLIOTECAS UdeSantiago de Chile 1 Santiago, USACH, 2008 TITULO : DEL SISTEMA DE BIBLIOTECAS Párrafo primero: Sistema de Bibliotecas de la Universidad de Santiago de Chile
Más detallesUniversidad Autónoma de Chiapas
Universidad Autónoma de Chiapas Reglamento General de los Servicios Bibliotecarios Biblioteca Central Universitaria Dr. Carlos Maciel Espinosa Con fundamento aprobado en el decreto de creación y fundación
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECA
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE PACHUCA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE PACHUCA Organismo Descentralizado de la Administración Pública del Estado de Hidalgo. Una Universidad por Investigación
Más detallesUniversidad Laica VICENTE ROCAFUERTE de Guayaquil
1 Universidad Laica VICENTE ROCAFUERTE de Guayaquil UNIVERSIDAD LAICA VICENTE ROCAFUERTE DE GUAYAQUIL EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD LAICA VICENTE ROCAFUERTE DE GUAYAQUIL, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
Más detallesBIBLIOTECA SOR JUANA INÉS DE LA CRUZ REGLAMENTO
BIBLIOTECA SOR JUANA INÉS DE LA CRUZ REGLAMENTO Tabla de contenido CAPITULO I DE LOS OBJETIVOS y FUNCIONES DE LA BIBLIOTECA CAPÍTULO II DE LA ESTRUCTURA DE LA BIBLIOTECA CAPÍTULO III DE LOS FONDOS y COLECCIONES
Más detallesReglamento de conexión y uso de la red alámbrica e inalámbrica de la UTIM
Reglamento de conexión y uso de la red alámbrica e inalámbrica de la UTIM Artículo 1.- La Universidad Tecnológica de Izúcar de Matamoros (UTIM), a través del Administrador de redes y sistemas, brindará
Más detallesREGLAMENTO PARA EL PRÉSTAMO DE RECURSOS ACADÉMICOS
REGLAMENTO PARA EL PRÉSTAMO DE RECURSOS ACADÉMICOS VICERRECTORÍA INSTITUCIONAL DE INGENIERÍA, DISEÑO Y ARQUITECTURA Diciembre de 2016 Página 1 de 6 CAPÍTULO I DE SU APLICACIÓN Y DEFINICIÓN TÍTULO PRIMERO
Más detallesSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
Martes 24 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA ACUERDO número 12/11/15 por el que se dan a conocer los formatos de los trámites a cargo de la Dirección
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO ESCUELA NACIONAL DE MÚSICA REGLAMENTO INTERNO DE SERVICIO SOCIAL
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO ESCUELA NACIONAL DE MÚSICA REGLAMENTO INTERNO DE SERVICIO SOCIAL Coyoacán, D.F., enero de 2014 INTRODUCCIÓN El servicio social universitario es considerado como
Más detallesREGLAMENTO DEL I CONCURSO INTERNACIONAL DE RESIDENTES DE REHABILITACIÓN ORAL
REGLAMENTO DEL I CONCURSO INTERNACIONAL DE RESIDENTES DE REHABILITACIÓN ORAL DEL EVENTO CAPÍTULO I Art. 1.- Son fines del I Concurso Internacional de Residentes de Rehabilitación Oral motivar la participación
Más detallesCORPORACIÓN UNIFICADA NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR REGLAMENTO DE COMITES DE ESCUELA Y DE PROGRAMA.
CORPORACIÓN UNIFICADA NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR REGLAMENTO DE COMITES DE ESCUELA Y DE PROGRAMA. CAPITULO PRIMERO DE LOS COMITES DE ESCUELA ARTÍCULO 1: DEL COMITÉ DE ESCUELA: Los Comité de Escuela
Más detallesESTRUCTURA Y CONTENIDOS MÍNIMOS DE CARTAS DE SERVICIOS, de acuerdo a la NORMA UNE 93200:2008 1
ESTRUCTURA Y CONTENIDOS MÍNIMOS DE CARTAS DE SERVICIOS, de acuerdo a la NORMA UNE 93200:2008 1 ESTRUCTURA CONTENIDO DEL APARTADO EJEMPLO DE TEXTO a) Objetivos y fines de la organización prestadora de los
Más detallesREGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA FISCALÍA NACIONAL DEL MINISTERIO PUBLICO 1
REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA FISCALÍA NACIONAL DEL MINISTERIO PUBLICO 1 TITULO I NATURALEZA Y OBJETIVOS Artículo 1. El presente Reglamento regula la administración de la Biblioteca de la Fiscalía
Más detallesCORPORACION UNIVERSITARIA DEL CARIBE - CECAR CENTRO DE EMPRENDIMIENTO Y DESARROLLO EMPRESARIAL
CORPORACION UNIVERSITARIA DEL CARIBE - CECAR CENTRO DE EMPRENDIMIENTO Y DESARROLLO EMPRESARIAL GUIA PRESENTACION PROPUESTA PARA LA ELABORACIÓN DE PLAN DE NEGOCIO COMO OPCIÓN DE GRADO En el Centro De Emprendimiento
Más detallesSISTEMA NACIONAL DE BIBLIOTECAS (SINAB) VRi VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIÓN UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA
SISTEMA NACIONAL DE BIBLIOTECAS (SINAB) VRi VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIÓN UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA +57 (1) 316 5000, extensión 20004 www.investigacion.unal.edu.co www.sinab.unal.edu.co 3 PORTAFOLIO
Más detallesTITULO I DISPOSICIONES GENERALES DEFINICION Y FUNCIONES DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIAG
Rivas, 27 julio de 2015. INTRODUCCION La Biblioteca San Alberto Magno Dominico de la Universidad Internacional de agricultura y Ganadería de Rivas, Nicaragua; ofrece sus servicios de préstamos y lectura
Más detallesESCUELA DE TECNOLOGIAS DE ANTIOQUIA REGLAMENTO DE BIBLIOTECA
ESCUELA DE TECNOLOGIAS DE ANTIOQUIA REGLAMENTO DE BIBLIOTECA CAPITULO I OBJETIVO GENERAL Artículo No. 1. El presente reglamento tiene como fin normar el ingreso, funcionamiento y uso de la biblioteca de
Más detallesBIBLIOTECA. Reglamento
BIBLIOTECA Reglamento El presente Reglamento del Departamento de Biblioteca fue aprobado en la cuarta reunión ordinaria del Órgano de Gobierno, el día 2 de diciembre de 1999, por acuerdo 16/IV/99, a partir
Más detallesPolíticas de préstamo
Políticas de préstamo Laboratorio Integrado de Investigación en Psicología (LIIP) LIIP Préstamo de pruebas - El préstamo de todo material se hace solo con el carnet de la PUJ. - Revisar todo el material
Más detallesREGLAMENTO INTERNO SISTEMA DE BIBLIOTECAS
REGLAMENTO INTERNO SISTEMA DE BIBLIOTECAS RESOLUCIÓN No. 00257 POR LA CUAL SE EXPIDE EL REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE BIBLIOTECA E INFORMACIÓN CIENTÍFICA DE LA UNIVERSIDAD DE CALDAS. EL RECTOR DE LA
Más detallesMINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL DECRETO 115 O. "Por el cual se reglamentan los artículos 5 y 7 de la Ley 1124 de 2007"
REPUBLlCA DE COLOMBIA -~1S1I!!ffit NUí'. C ( t~ ~_;' ICfUiIP"I~ A M.HUCHII..... ~ >~.._..,..,,'.~ :~. ~ '1 f'.... ~ í,:'\. t -.--j MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL DECRETO 115
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECA
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA San José de Cúcuta 2010 CAPITULO I GENERALIDADES ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA RECTORÍA UNIDAD ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA BIBLIOTECA Soporte Tecnológico Auxiliares Artículo 1. Definición
Más detallesREGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA LOYOLA
COMUNICACIÓN OFICIAL No. 177 Mayo 9, 2012 Comité Académico General REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA LOYOLA Aprobado por el Comité Académico General en su sesión del 13 de abril, 2012. CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES
Más detallesArt. 3. Para conseguir sus objetivos, la Biblioteca deberá contar con:
NUEVO REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNED EXPOSICIÓN PREVIA DE MOTIVOS La entrada en vigor de los nuevos Estatutos de la UNED ha traído consigo cambios de diversa índole, algunos de los cuales afectan
Más detallesEvaluación de los sistemas de acceso y recuperación de información en la hemeroteca de la Universidad Ricardo Palma. De la Flor Soto, Noemí.
CONCLUSIONES Las dificultades que existen en la recuperación de información de las revistas, se deben a la falta de herramientas mecánicas (catálogos) y automatizadas de acceso directo por los usuarios
Más detallesUNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHIHUAHUA REGLAMENTO DEL SERVICIO SOCIAL DE LOS ESTUDIANTES.
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHIHUAHUA REGLAMENTO DEL SERVICIO SOCIAL DE LOS ESTUDIANTES. DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento establece las disposiciones para la prestación del servicio
Más detallesTEMA: MEDICINA TRANSFUSIONAL Y BANCOS DE SANGRE LEYES Y NORMAS REGULADORAS RELACIONADAS CON MEDICINA TRANSFUSIONAL Y BANCOS DE SANGRE
DE LEYES Y NORMATIVA RELACIONADAS CON LA MISIÓN Y VISION DEL DRACES TERCERA PARTE LEYES Y NORMAS RELACIONADAS CON LOS ESTABLECIMIENTOS QUE REGULA DRACES TEMA: MEDICINA TRANSFUSIONAL Y BANCOS DE SANGRE
Más detallesREGLAMENTO DEL SISTEMA DE BIBLIOTECAS
REGLAMENTO DEL SISTEMA DE BIBLIOTECAS 1 TABLA DE CONTENIDO Reglamento del Sistema de Bibliotecas 3 Capítulo I: Sobre los Usuarios, Derechos y Deberes 4 Capítulo II: Sobre la Identificación.. 5 Capítulo
Más detallesLEY 32 DE 1990 (marzo 8) Por medio de la cual se reglamenta el ejercicio de la profesión del Agente de Viajes. El Congreso de Colombia,, DECRETA:
LEY 32 DE 1990 (marzo 8) Por medio de la cual se reglamenta el ejercicio de la profesión del Agente de Viajes. El Congreso de Colombia,, DECRETA: Artículo 1o. El Agente de Viajes es un empresario que ejerce
Más detallesREGLAMENTO DEL SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE LA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ
REGLAMENTO DEL SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE LA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- El presente reglamento tiene como objeto normar, en la Universidad
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE SERVICIOS BIBLIOTECARIOS
REGLAMENTO GENERAL DE SERVICIOS BIBLIOTECARIOS Reglamento General de Servicios Bibliotecarios Con fundamento en el artículo 4o., fracción IV del Decreto de creación de la Universidad Autónoma de Baja California
Más detallesReserva de aulas y equipos tecnológicos
Lo que se diseñe de Aulas debe aparecer en un enlace de Admisiones, en la intranet y en la página de la Universidad en el enlace de servicios > otros servicios Aulas y auditorios Admisiones y Registro
Más detallesJUNTA DIRECTIVA. ACUERDO No.12 de 2008 ACTA Nº 21-08
JUNTA DIRECTIVA ACUERDO No.12 de 2008 ACTA Nº 21-08 Por el cual se expide el reglamento de la Biblioteca Gerónimo Osiris, se crea el Comité de Biblioteca y el Centro de Documentación, Intercambio y Comercialización
Más detallesUNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR REGLAMENTO DEL LABORATORIO DE DISEÑO ASISTIDO POR COMPUTADORA (MACINTOSH)
UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR REGLAMENTO DEL LABORATORIO DE DISEÑO ASISTIDO POR COMPUTADORA (MACINTOSH) CAPÍTULO I (ÚNICO) De las disposiciones generales y de uso CAPÍTULO I (ÚNICO) De las disposiciones generales
Más detallesREGLAMENTO DE LOS LABORATORIOS DE CÓMPUTO
REGLAMENTO DE LOS LABORATORIOS DE CÓMPUTO 1 OBJETIVOS GENERALES El reglamento de los LABORATORIOS DE CÓMPUTO tendrá como objetivo primordial normar el uso y el funcionamiento adecuado de éstos, coadyuvando
Más detallesCENTRO CULTURAL BIBLIOTECA LUIS ECHAVARRÍA VILLEGAS http://www.eafit.edu.co/biblioteca. Nuestros servicios son sus derechos.
CENTRO CULTURAL BIBLIOTECA LUIS ECHAVARRÍA VILLEGAS http://www.eafit.edu.co/biblioteca Nuestros servicios son sus derechos Misión El Centro Cultural Biblioteca Luis Echavarría Villegas tiene como misión
Más detallesREGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL PARA PASANTES DE CIENCIAS DE LA SALUD EN PLAZAS DE VINCULACIÓN Y PROYECTOS UNIVERSITARIOS
REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL PARA PASANTES DE CIENCIAS DE LA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. Es objeto de este Reglamento establecer las disposiciones aplicables para la prestación del
Más detallesConvocatoria Pública PARA OFERTAR DOS BECAS DOCTORALES PARA ESTUDIOS EN EL DOCTORADO EN INGENIERÍA Y CIENCIA DE LOS MATERIALES DE LA UPTC
Convocatoria Pública PARA OFERTAR DOS BECAS DOCTORALES PARA ESTUDIOS EN EL DOCTORADO EN INGENIERÍA Y CIENCIA DE LOS MATERIALES DE LA UPTC La Universidad Pedagógica y Tecnológica e Colombia - UPTC, La Facultad
Más detallesServicios Bibliotecarios de la Universidad de Los Andes - Serbiula Políticas de uso del servicio de chat para los Usuarios
Servicios Bibliotecarios de la Universidad de Los Andes - Serbiula Políticas de uso del servicio de chat para los Usuarios Información Institucional URL Serbiula: http://www.serbi.ula.ve URL Catálogo Público
Más detallesBIBLIOTECA SAN JUAN BAUTISTA DE LA SALLE
BIBLIOTECA SAN JUAN BAUTISTA DE LA SALLE ANTECEDENTES La Biblioteca San Juan Bautista de La Salle fue inaugurada el día 23 de febrero de 1993. Su propósito es cubrir las necesidades de información de la
Más detallesGESTIÓN DE TALENTO HUMANO
PAGINA 1 PROCESO TIPO DE PROCESO RESPONSABLE DE PROCESO GESTIÓN DE TALENTO HUMANO APOYO SECRETARIA GENERAL OBJETIVO Establecer el Sistema de Gestión del talento humano de las Unidades Tecnológicas de Santander.
Más detallesCONTENIDO ELABORÓ REVISÓ APROBÓ
Luis Chávez Orozco Selección y Adquisisión de BIIH_P_SAC_7.2.2_2013_01 _7.2.1.c_2013_01 CONTENIDO 1 PROPÓSITO... 2 2 ALCANCE... 2 3 RESPONSABILIDAD Y AUTORIDAD... 2 3.1 RESPONSABILIDADES... 2 3.2 AUTORIDAD...
Más detallesACUERDO No. 08 LA HONORABLE CONSILIATURA DE LA UNIVERSIDAD LIBRE, EN EJERCICIO DE SUS FUNCIONES ESTATUTARIAS Y; C O N S I D E R A N D O:
ACUERDO No. 08 (Septiembre 12 de 2008) Por el cual se adopta el Reglamento para el funcionamiento y servicios del Sistema de Bibliotecas de la Universidad Libre LA HONORABLE CONSILIATURA DE LA UNIVERSIDAD
Más detallesREGLAMENTO DE LOS DEBERES, RESPONSABILIDADES Y SANCIONES DE LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE LOS DEBERES, RESPONSABILIDADES Y SANCIONES DE LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. Incurren en responsabilidades de orden universitario
Más detallesRESOLUCIÓN RECTORAL No. 08 Por el cual se establece el Reglamento de Prestación de Servicios de Bolsa de Empleo C O N S I D E R A N D O:
RESOLUCIÓN RECTORAL No. 08 Por el cual se establece el Reglamento de Prestación de Servicios de Bolsa de Empleo Bogotá D.C., Octubre 16 de 2014 Por la cual se deroga la Resolución Rectoral No. 04 de 2013
Más detallesBIBLIOTECA CAMPUS GONZALO HERNÁNDEZ ENTRENAMIENTO USUARIOS PRIMER AÑO
BIBLIOTECA CAMPUS GONZALO HERNÁNDEZ ENTRENAMIENTO USUARIOS PRIMER AÑO 2013 INFORMACIÓN GENERAL SISTEMA DE INFORMACIÓN Y BIBLIOTECAS (SIB) Formado por cinco Bibliotecas: Campus Vicente Kovacevic I Campus
Más detallesREGLAMENTO LIBRERÍA INTERACTIVA
CORPORACIÓN COLEGIATURA COLOMBIANA REGLAMENTO LIBRERÍA INTERACTIVA Colegiatura pone a disposición de la Comunidad Académica los servicios de Librería Interactiva, mediante la consulta y préstamo de material
Más detallesFACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS Vicedecanato
Convocatoria 04 de marzo de 2016 RESOLUCIÓN DE FACULTAD No.515 Por la cual se realiza una convocatoria pública con el fin de actualizar el banco de datos de los profesores ocasionales y de cátedra de la
Más detallesUNIVERSIDAD CATÓLICA DE MANIZALES VICERRECTORÍA ACADÉMICA
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE MANIZALES VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA HERMANA JOSEFINA NÚÑEZ GÓMEZ CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. La presente normatividad de la Biblioteca
Más detalles1. Objetivo Dar a conocer las regulaciones y las condiciones del servicio del Sistema de Bibliotecas de la UDEM.
-D 1. Objetivo Dar a conocer las regulaciones y las condiciones del servicio del Sistema de s de la UDEM. 2. Alcance Este documento aplica a todos los usuarios internos y externos. 3. Contenido 3.1. Ubicaciones
Más detallesACUERDO No de mayo de Por la cual se modifica el Reglamento Interno para la utilización de los servicios del
ACUERDO No 14-22 de mayo de 2012 - Por la cual se modifica el Reglamento Interno para la utilización de los servicios del Centro de Información y Documentación de la Universidad de Cartagena. EL CONSEJO
Más detallesREGLAMENTO QUE ESTABLECE LAS BASES PARA LA CAMPAÑA DE DIFUSION Y CAPTACION DE ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE MATAMOROS
REGLAMENTO QUE ESTABLECE LAS BASES PARA LA CAMPAÑA DE DIFUSION Y CAPTACION DE ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE MATAMOROS Artículo 1.- El presente ordenamiento tiene como finalidad regular las actividades
Más detallesGUIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS INVERSIONISTAS Versión Sep./2008
GUIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS INVERSIONISTAS Versión Sep./2008 1 CONTENIDO TÍTULO I. DERECHOS DE LOS INVERSIONISTAS DE LAS CARTERAS COLECTIVAS 3 TÍTULO II. OBLIGACIONES DE LOS INVERSIONISTAS DE
Más detallesREGLAMENTO DE LA UNIDAD CENTRAL DE INFORMACIÓN (BIBLIOTECA)
REGLAMENTO DE LA UNIDAD CENTRAL DE INFORMACIÓN (BIBLIOTECA) CAPITULO 1 REFERENTE A LA UNIDAD CENTRAL DE INFORMACIÓN (BIBLIOTECA) Artículo 1.- El presente Reglamento rige la organización y los servicios
Más detallesESTÁNDARES DE CALIDAD. Pulido, Hernán Javier 2004. Documento para la comunidad de la UCET, como soporte a su labor, en busca de la Excelencia.
ESTÁNDARES DE CALIDAD Pulido, Hernán Javier 2004. Documento para la comunidad de la UCET, como soporte a su labor, en busca de la Excelencia. Qué es un estándar? De acuerdo con la definición de la Real
Más detallesGuía de. servicios. Nuestros servicios son sus derechos
Guía de servicios Nuestros servicios son sus derechos Centro Cultural Biblioteca Luis Echavarría Villegas http://www.eafit.edu.co/biblioteca/paginas/inicio.aspx Nuestros servicios son sus derechos Misión
Más detalles