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3 38 Congreso de la FIDH de mayo del 2013 Estambul (Turquía) LISTA DE LOS DOCUMENTOS DE TRABAJO Documentos personales para los delegados de las Ligas **** 1. Orden del día y programa del Buró del Congreso 2. Puto II - Informes de actividades Informes de actividades 2010, 2011 y 2012 : documentos disponibles y consultables en el sitio dedicado ( Situación financiera Punto III Examen de los proyectos de resolución Recapitulativo y resoluciones temáticas Recapitulativo y resoluciones geográficas 4. Punto IV Organizaciones miembros: expulsiones, dimisiones, admisiones de las organizaciones miembros Recapitulativo y fichas de presentación incluyendo las recomendaciones del Buró Internacional 5. Punto V y VII - Presentación de los candidatos y Elección Lista de las candidatura al Buró Internacional Programas de los candidatos a la Presidencia 6. Punto VI - Examen de la proyecto del BI de la reforma del estatuto Nota explicativa sobre la reforma Presentación de la reforma 7. Estatuto y reglamento interno de la FIDH en vigor Statuts

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5 38 Congreso de la FIDH mayo del 2013 Estambul (Turquía) CONGRESO INTERNO Orden del día y programa del Buró del Congreso

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7 38 Congreso de la FIDH de mayo del 2013 Estambul (Turquía) PROGRAMA DEL CONGRESO INTERNO SÁBADO 25 DE MAYO DE 2013 Mañana (09:00 12:00. pausa 10:45-11:15) Sesión plenaria 09:00: Apertura del Congreso Interno Presidentes de sesión : Sidiki KABA, Patrick BAUDOUIN, Presidentes de Honor Punto 1 - Informe de la Mesa del Congreso sobre su composición y designación de los escrutadores para el Congreso Punto 2 - Informes de actividades 2.1 Informe de la Presidenta 2.2 Informe del Tesorero y del Interventor 2.3 Debates 2.4 Votación 12:00-13:30 : Déjeuner / Lunch / Almuerzo ************ Tarde (13:30 17:30) Sesiones paralelas 13:30-17:30 : Réunions des équipes géographiques / Geographical team meetings / Reuniones de los equipos geográficos 17:30-18:00 : Pausa ************ Fin de la tarde (18:00-19:30) Sesión plenaria Presidentes de sesión : Raji SOURANI (Palestinian Centre for Human Rights), Fatimata MBAYE (Association Mauritanienne des Droits de l'homme) 18:00-19:30 - Presentación de los informes de los equipos geográficos y temáticos: balance y perspectivas 1 - África - Américas - Asia - Europa del este-asia Central - Europa del Oeste - África del Norte - Oriente Medio - Derechos de los Migrantes - Derechos de las Mujeres - Derecho a una justicia efectiva para las victimas Debates y votación 20:00-22:00 - Organización de reuniones geográficas para los equipos que desean seguir los intercambios 1 La síntesis de los informes de los equipos geográficos habrá sido enviada, con antelación, a los participantes del Congreso

8 DOMINGO 26 DE MAYO DE 2013 Mañana (09:30 12:30) Sesión plenaria Presidentes de sesión: Arnold TSUNGA (Zimbabwe Human Rights Association), Katie GALLAGHER (Center for constitutional rights) 09:30-12:30: Punto 3 - Examen de los proyectos de resolución 3.1 Informe de la comisión de resoluciones 3.2 Votación 12:30 14:30: Almuerzo ************ Tarde (14:30 17:30) Sesión plenaria Presidentes de sesión: Debbie STOTHARD (ALTSEAN-BURMA), Juan Carlos CAPURRO (Comité de Acción Jurídica) 14h:30-17:30 : Punto 4 - Expulsiones, dimisiones y admisiones de las organizaciones miembros 5.1 Informe del Buró Internacional 5.2 Intervención eventual de las organizaciones implicadas 5.3 Votación 17:30-18:00 : Pausa ************ Fin de la tarde (18:00-20:00) Sesión plenaria Presidenta de sesión : Asma JAHANGIR (Human Rights Commission of Pakistan) 18:00-20:00: Punto 5 - Presentación de los candidatos LUNES 27 DE MAYO DE 2013 Mañana (9:00 13:00) Sesión plenaria Presidenta de sesión : Souhayr Belhassen, Presidenta de la FIDH 9:00-13:00: Punto 6 - Examen de la propuesta del BI sobre la reforma de los estatutos y votación 13:00-14:30 : Almuerzo ************ Tarde (14:30 18:30) Sesión plenaria Presidentes de sesión: Mario LANA (Unione Forense per la Tutela dei Diretti dell'uomo), Soraya GUTIEREZ ARGUELLO (Corporacion Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo) 14:30-15:30: Punto 7 - Elección del Buró Internacional 15:30-17:30: Organización de reuniones geográficas para los equipos que desean seguir los intercambios 17:30-18:30: Anuncio de la resultados y Clausura del Congreso :00-21:00 Reunión del nuevo Buró Internacional

9 38 Congreso de la FIDH de mayo del 2013 Estambul (Turquía) PROGRAMA DE LA MESA DEL CONGRESO 3 Fechas de la reuniones 23/05/2013 / 19:00-21:00 24/05/2013 / 19:30-21:30 25/05/2013 / 20:00-22:00 Orden del día 1. Designación del relator 2. Examen de la composición del Congreso y de los poderes de los miembros 3. Examen de las resoluciones ordinarias 4. Examen de las resoluciones de emergencia 5. Examen de los proyectos de enmienda a las resoluciones de emergencia Composición Membres : Souhayr BELHASSEN Artak KIRAKOSYAN Khadija CHERIF Vilma NUÑEZ DE ESCORCIA Raji SOURANI Fatimata MBAYE Adilur Rahman KHAN FIDH, Presidenta FIDH, Secretario General FIDH, Secretaria General Centro Nicaraguense de Derechos Humanos - CENIDH, Presidente Palestinian Centre for Human Rights, Director Association Mauritanienne des Droits de l'homme - AMDH, Presidenta ODHIKAR, Bangladesh, Secretario Suppléants : Gloria CANO Asociación Pro Derechos Humanos - APRODEH, Peru, Directora General Alice MOGWE Ditshwanelo - Botwana Centre for Human Rights, Director 3 La Mesa del Congreso se reunirá también como Comisión de resoluciones. Los miembros de la Mesa serán designados por el Buró Internacional (articulo 17 de los Estatutos)

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11 38 Congreso de la FIDH mayo del 2013 Estambul (Turquía) CONGRESO INTERNO POINT II Informes de actividades Situación financiera

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13 Bilan au 31 décembre ACTIF BALANCE SHEET ASSETS ACTIVO 2012 Brut Amortissements & provisions 2012 Net 2011 Net 2010 Net ACTIF IMMOBILISE FIXED ASSETS ACTIVO FIJO Immobilisations incorporelles Intangible Assets Activo intangible Logiciels Sofware software Immobilisations corporelles Tangible Assets Activo fisico Terrain Lands Terrenos Construction Buildings Construcciones Matériel Equipments Material Inst.Agencements General fixtures Instalaciones generales Matériel informatique Computer systems Sistemas informaticos Mobilier de bureau Furniture & off. Equipm. Material de oficina Immobilisations Financières Dépots & cautionnements Sous-Total Sub. Total Subtotal ACTIF CIRCULANT CURRENT ASSETS ACTIVO CIRCULANTE CREANCES DEBTORS DEUDAS Fournisseurs débiteurs Trade debtors Provedores obligados Etat Impôts et taxes Taxation debtors Impuestos y gravamenes Personnel, Org.Sociaux Wages, Social Secur. Seguridad Social Subventions à recevoir Grants to receave Subvenciones por cobrar Cotisations à recevoir Leagues and aff. Cuotizaciones por cobrar Débiteurs divers Other debtors Obligados diversos DISPONIBILITES CASH Activo neto realizable Valeurs mobilières de placement Investment securities Inversiones mobiliarias Banque CCP Cash at bank Activos en cuenta Caisses Cash in hand Fondos Sous-Total Sub. Total Subtotal COMPTES DE REGULARISATION PREPAYMENTS AJUSTES / PERIODIFICACION Charges constatées d'avance Prepayments Gastos anticipados TOTAL DE L'ACTIF Euro TOTAL ASSETS TOTAL DE LOS ACTIVOS

14 Bilan au 31 décembre PASSIF BALANCE SHEET LIABILITIES PASIVO FONDS PROPRES CAPITAL STOCK CAPITAL SOCIAL Résultat et réserves Réserves Reserves fund Reservas Résultat de la période Profit / Deficit (-) financial year Resultados del periodo Sous-Total Sub.Total Subtotal Fonds spécial aux missions Special funds for Missions Fondo especial para la misiones Fonds dédiés Grants in advance Fondos a signados Sous-Total Sub.Total Subtotal PROVISIONS POUR RISQUES ET CHARGES PROVISIONS FOR LIABILITIES AND CHARGES RESERVAS PARA RIESGOS Y CARGOS Provisions pour risques & Charges Provisions for liabilities Reservas para riesgos y cargos Sous-Total Sub.Total Subtotal DETTES DEBTS DEUDAS Emprunts & dettes auprès d'établissement de crédit Bank loan Dettes fournisseurs et comptes rattachés Trade debtors and related items Deudas provedores y cuentas relativas Dettes fiscales et sociales Taxation an social securities charges Pasivo sobre sueldos salarios Créditeurs divers Other liabilities Obligaciones diversas Sous-Total Sub.Total Subtotal COMPTES DE REGULARISATION REGULARISATION AJUSTES POR PERIODIFICATION Produits constatés d'avance Income in advance Cifra anticipada TOTAL DU PASSIF Euro TOTAL LIABILITIES TOTAL PASIVO

15 Comptes de résultats ( périodes de 12 mois ) PRODUITS INCOME CIFRA PRODUITS D'EXPLOITATION OPERATING INCOME INGRESOS DE Cotisations Membership fees Cuotizaciones Subventions & dons reçus * Grants received Subsidios y donaciones recibidas Dons & Manifestations Gifts Donaciones Libertés & Solidarité L &S, Legacy Libertades y Solidaridad, legados Les "Amis de la FIDH" " Friends of Fidh" «Los amigos de la FIDH» Produits d'activités annexes Other income Cifra de otras actividades Transfert de charges d'exploitation Reversal of charges Transferencias cargos / explotacion Reprise sur provisions Reversal of provisions Restos de provisiones Reprise sur Fonds dédiés Reversal of provisions Restos de fondos asignados Sous-Total Sub. Total Subtotal PRODUITS FINANCIERS FINANCIAL INCOME PRODUCTOS FINANCIEROS Produits financiers Financial income Productos financieros Sous-Total Sub. Total Subtotal PRODUITS EXCEPTIONNELS EXCEPTIONNAL INCOME INGRESOS Sur opérations de gestion Exceptionnal income from operations De operaciones de gestion Sous-Total Sub. Total Subtotal TOTAL DES PRODUITS TOTAL INCOME TOTAL CIFRAS * Pour l'année 2012, le total des produits hors fonds dédiés est de EUR

16 Comptes de résultats ( périodes de 12 mois ) CHARGES EXPENSES GASTOS Achats, charges externes, charges d'exploitation PURCHASES, OUTSIDE COSTS, OPERATING EXPENSES Compras, cargos externos, cargos de explotacion Achats de marchandises & matières premières Purchases materials and supplies Compra de mercancias Autres achats & charges externes Other purchases and outside costs Otras compras y cargos externos Impôts, taxes et versements assimilés Tax, duties and similar payments Impuestos, grava. y transf. conexas Salaires, traitements, charges sociales Wages, salaries & Payroll costs Sueldos, salarios & Impuestos sobre la nomina Créances irrécouvrables Debtors write off Deudas incobrables Dotations PROVISIONS Dotaciones Dotations aux amortissements Provision for current assets Dotaciones para amortizaciones Dotations aux provisions Provision for liabilities and charges Dotaciones para fondos Dotations aux Fonds Dédiés Provisions for Programs Dotaciones para fondos asignados Sous-Total Sub. Total Subtotal Charges financières FINANCIAL CHARGES Gastos financieros Intérêts & charges assimilées Interet and similar charges Intereses y cargos derivados Différence négative de change Exchange losses Diferencia negativa de tipo de cambio Sous-Total Sub. Total Subtotal Charges exceptionnelles EXCEPTIONAL CHARGES Cargos excepcionales Dotations aux provisions Provision for investments Dotaciones para fondos Divers Exceptional charges on operations Operaciones diversas Sous-Total Sub-Total Subtotal TOTAL DES CHARGES Euro TOTAL EXPENSES TOTAL DE LOS CARGOS RESULTAT DE LA PERIODE Euro SURPLUS FOR FINANCIAL PERIODE TOTAL LAS CUENTAS DEL PERIODO Pour l'année 2012, le total des charges hors fonds dédiés est de EUR

17 38 Congreso de la FIDH mayo del 2013 Estambul (Turquía) CONGRESO INTERNO PUNTO III EXAMEN DE LOS PROYECTOS DE RESOLUCIÓN Recapitulativo y resoluciones temáticas y Recapitulativo y resoluciones geográficas

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19 38 Congreso de la FIDH de mayo del 2013 Estambul (Turquía) PROYECTOS RESOLUCIONES TEMÁTICAS Proyectos Transiciones políticas y derechos humanos Derecho a la educación Transnacionales, TLC, Modelo de desarrollo e impactos en derechos humanos Presentado por Buró Internacional de la FIDH Ligue des droits et libertés du Québec (LDL) Instituto de servicios legales alternativos (ILSA) / Colectivo de Abogados "José Alvear Restrepo" (CCAJAR) / Comité permanente para la defensa de los derechos humanos (CPDH) / Organización femenina popular (OFP)

20 38 Congreso de la FIDH de mayo del 2013 Estambul (Turquía) PROYECTO DE RESOLUCIÓN SOBRE TRANSICIONES POLÍTICAS Y DERECHOS HUMANOS Presentado por el Buró Internacional de la FIDH Las 164 organizaciones miembro de la FIDH se complacen en celebrar el congreso mundial de la FIDH en Turquía, siendo este país emblemático reflejo de los problemas que padecen hoy los países en transición, tanto en el mundo árabe como en otras regiones del mundo. Los retos a afrontar por delante continúan siendo considerables, en particular en lo que se refiere a la libertad de expresión, la situación de los defensores de los derechos humanos o el conflicto en el este del país. Las transiciones se caracterizan por transformaciones institucionales, en particular reformas constitucionales, que deben brindar la ocasión de reafirmar sin ambages los siguientes principios fundamentales: la universalidad de los derechos humanos; la separación de poderes y la independencia del poder judicial; la garantía de los derechos fundamentales y la criminalización de su violación, el establecimiento de mecanismos efectivos de lucha contra la corrupción, la primacía del derecho internacional de los derechos humanos sobre las normas internas y sobre los acuerdos internacionales de comercio e inversión. A menudo, las reivindicaciones en favor de la dignidad y de la justicia social en relación con los derechos económicos y sociales son las que originan transiciones y revoluciones. La FIDH llama a los Estados a garantizar de manera concreta estos derechos, inscribiéndolos en la constitución y la ley, consagrando el máximo de recursos a su aplicación, garantizando mecanismos de recurso efectivos para las víctimas y ratificando el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que permite a los individuos presentar una demanda ante Naciones Unidas en caso de violación de sus derechos económicos y sociales. En todas las situaciones de transición política, es indispensable establecer la verdad sobre las violaciones de derechos humanos que hayan sido cometidas. Así como el enjuiciamiento de los responsables de estas violaciones es un derecho, su puesta en práctica debe responder a las exigencias del derecho a un proceso equitativo. Los procesos de justicia transicional, en colaboración con la sociedad civil y los actores implicados, deben garantizar el derecho a la reparación de las víctimas o de sus herederos, así como la garantía de no repetición de tales crímenes. La sociedad entera debe aprender lecciones de lo ocurrido y, para ello, establecer la verdad sobre los sucesos, guardar los archivos, crear lugares de memoria y permitir a la generación siguiente comprender el pasado proporcionando una educación apropiada. La comunidad internacional juega un papel esencial a este respecto, en el marco de Naciones Unidas y de las organizaciones regionales. Los derechos humanos y la justicia deben figurar en el centro de los debates sobre la resolución de conflictos del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, pero también en las instancias políticas regionales. La FIDH recomienda la adopción de un calendario de reformas de las instancias regionales, que les permita jugar un papel de apoyo político al éxito de los procesos de transición. La Justicia es esencial para la paz y las jurisdicciones nacionales de los países en los que se han cometidos los crímenes ostentan la responsabilidad primordial. En su defecto, deben fortalecerse los mecanismos de justicia basados en la jurisdicción universal. Asimismo, los tribunales penales internacionales y en particular la Corte Penal

21 Internacional deben ser apoyados y financiados más ampliamente, para que puedan desarrollar sus misiones de investigación, sanción, reparación y prevención de manera complementaria a las jurisdicciones nacionales. En el contexto de las transiciones, las sociedades que salen de una dictadura se enfrentan a menudo al problema de la identidad cuando se trata de construir una sociedad pluralista y respetuosa de los derechos de los individuos en su diversidad. Sin embargo, el racismo, la xenofobia, la incitación al odio al prójimo por sus convicciones filosóficas o religiosas, la homofobia y toda forma de miedo al otro, perduran y son explotadas por algunos actores políticos. Las minorías étnicas o religiosas son blanco de declaraciones de odio, violencias y discriminaciones, a veces de manera sistemática. Es esencial recordar rotundamente que la pertenencia de cada persona al género humano no se puede reducir a su origen, su nacionalidad, sus opiniones, sus convicciones o su religión, a su sexo o a su orientación sexual. Legislaciones antidiscriminatorias son necesarias para acompañar la realización efectiva del conjunto de derechos humanos. La FIDH recuerda que el derecho internacional consagra el derecho de toda persona a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de tener, o no tener, la religión o creencia que se elijan. La libertad de manifestar la religión o creencia solamente puede ser objeto de las medidas restrictivas previstas en la ley, que sean necesarias para la protección de la seguridad pública, el orden público, la sociedad o la moral, o los derechos y libertades fundamentales de los demás. Así, la libertad de pensamiento y religión acaban donde empiezan los derechos de los demás. En un momento en el que los derechos de la mujer están amenazados por una regresión en numerosos países, la FIDH recuerda la universalidad y la indivisibilidad de los derechos humanos. Las mujeres tienen los mismos derechos que los hombres en todos los ámbitos, incluido el derecho de participar en la vida social, cultural, económica y política de su país, y el derecho a participar en los procesos de paz y reconciliación. La FIDH llama a los Estados a adoptar las medidas de orden institucional, político y cultural que sean necesarias para la promoción de la participación de las mujeres en la vida pública, en paridad con los hombres, y para la abolición de legislaciones sobre la familia que sean restrictivas de estos derechos. La FIDH recuerda asimismo que las mujeres tienen derecho a acceder al conjunto de servicios y medios que les permitan un control sobre las cuestiones relativas a su sexualidad. La libertad de expresión es un derecho fundamental que está garantizado por el conjunto de los instrumentos internacionales y regionales de protección de los derechos humanos. Solamente puede ser objeto de limitaciones dentro del marco de la ley, y en condiciones estrictamente enumeradas, interpretadas restrictivamente. La FIDH recuerda a este respecto, que incitar al odio puede, en ciertas circunstancias, constituir un crimen internacional, consagrado por el Estatuto de la Corte Penal Internacional (CPI). Las nuevas tecnologías de la información y la comunicación constituyen asimismo un apoyo a la libertad de expresión y de opinión, y deben ser protegidos de toda restricción abusiva. La FIDH llama a los Estados en transición a que regulen las actividades de las empresas, incluidas sus actividades en terceros países, en particular, a través de la imposición de la obligación de diligencia debida y de publicación de informaciones relativas a sus impactos sobre el medio ambiente y los derechos humanos, incluyendo la previsión de sanciones. La FIDH apela asimismo a que se invierta la carga de la prueba cuando se trate de examinar el nexo de causalidad entre un perjuicio y las actividades de una empresa, en caso de acciones judiciales entabladas por las víctimas. Mas ampliamente, las sociedades matrices deberán ser consideradas, por principio,

22 responsables del comportamiento de sus filiales. Las inversiones y el comercio internacional, en teoría vectores del desarrollo para todos, han contribuido a menudo al enriquecimiento de empresas multinacionales en manos de una oligarquía minoritaria, a expensas de los derechos económicos y sociales de la mayoría. Han fragilizado economías y en ocasiones marginado a colectivos enteros de la población de los Estados en los que intervienen, alterando el derecho a la alimentación, a la salud, a la educación y el conjunto de los derechos sociales. La FIDH considera que es primordial que los Estados y las instituciones internacionales financieras y comerciales en las que participan, integren la primacía de los derechos humanos en el centro de sus políticas de desarrollo, de inversión y de intercambios comerciales. Estas políticas deberán ir apuntaladas por indicadores de impacto relativos a los derechos humanos, y su respeto deberá medirse con mecanismos independientes a los contriburá la sociedad civil de los países interesados. Siempre que sean independientes, las sociedades civiles ejercen un papel fundamental de contrapoder, sea cual sea el régimen que gobierne. Para influir de manera efectiva sobre los debates y la elaboración de proyectos en las sociedades democráticas en un mundo complejo y multipolar, la cuestión de las alianzas es determinante. La FIDH llama a los Estados a garantizar la libertad de asociación, de expresión, de opinión y de manifestación pacífica, así como el derecho a utilizar los medios de comunicación públicos. Convencida de la importancia de las alianzas, la FIDH afirma su política de alianzas amplias y renovadas, puntuales o a largo plazo, con todos los actores que se reconocen en las normas universales de derechos humanos.

23 38 Congreso de la FIDH de mayo del 2013 Estambul (Turquía) PROYECTO DE RESOLUCIÓN SOBRE EL DERECHO A LA EDUCACIÓN Présenté par la Ligue des droits et libertés du Québec La Federación Internacional de Derechos Humanos, en su 38º Congreso, RECORDANDO que la FIDH es una federación de 164 organizaciones miembros que trabaja para aplicar de forma efectiva, universal e indivisible las convenciones, los pactos internaciones y todos los instrumentos internacionales o regionales en materia de derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, CONSIDERANDO que el Pacto Internacional sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) exige que los Estados reconozcan el derecho de toda persona a la educación, CONSIDERANDO que el PIDESC afirma que la educación tiene como objetivo el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad, y el fortalecimiento del respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, RECORDANDO que el derecho a la educación es a la vez un derecho fundamental en sí, una de las claves para el ejercicio de los otros derechos inherentes al ser humano y una condición necesaria para hacer frente a los relativismos de todo tipo, RECORDANDO además que la educación y la formación en materia de derechos humanos universales son esenciales para su respeto efectivo 4, CELEBRANDO el vasto movimiento de protesta social para recordar a los Estados sus obligaciones en relación con el derecho a la educación, iniciada por las asociaciones estudiantiles y que se ha arraigado en varios países, RECUERDA a los Estados su obligación de garantizar el pleno ejercicio del derecho a la educación, de tomar las medidas necesarias para que: La enseñanza primaria sea obligatoria, accesible y gratuita La enseñanza secundaria sea generalizada y accesible para la implantación progresiva de la enseñanza gratuita La enseñanza superior sea accesible a todos por igual sobre la base de las capacidades de cada uno mediante la implantación progresiva de la enseñanza gratuita, RECUERDA que es indispensable garantizar la protección de las libertades académicas, tanto para el personal docente como los estudiantes, y considerar estas libertades como una condición para la realización del derecho a la educación que no deben ser socavadas por las presiones políticas, económicas o de otro tipo, EXPRESA su apoyo a las luchas libradas en oposición a los aumentos de matrícula y a la orientación impuesta por las políticas neoliberales, que nos llevan a una progresiva mercantilización de la educación y la exclusión de un mayor número de personas de los estudios universitarios. 4 Declaración de las Naciones Unidas sobre educación y formación para los Derechos Humanos de, 19 de diciembre 2012, artículo 1

24 ALIENTA el desarrollo de las actividades de educación y formación sobre los derechos humanos universales, en beneficio, en particular, de los jóvenes defensores, y apoya los esfuerzos de la FIDH a tal efecto.

25 38 Congreso de la FIDH de mayo del 2013 Estambul (Turquía) PROYECTO DE RESOLUCIÓN SOBRE TRANSNACIONALES, TLC, MODELO DE DESARROLLO E IMPACTOS EN DERECHOS HUMANOS Presentado por el Instituto de servicios legales alternativos-ilsa, Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo - CCAJAR-, Comité permanente para la defensa de los derechos humanos CPDH-, y Organización femenina popular OFP- (Colombia) La Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) reunida en el 38 Congreso Mundial, en Estambul Turquia celebrando entre el de mayo del 2013, frente al impacto de las transnacionales, TLC, modelo de desarrollo en la situación de derechos humanos: Recordando que en el 37 Congreso de la FIDH celebrado en Erevan en abril de 2010, se aprobó una resolución sobre la impunidad en que permanecen los crímenes ambientales y violaciones de derechos humanos promovidos por empresas y/o a través de tratados de libre comercio. Considerando que diferentes organizaciones miembros de la FIDH de Asia, África y de las Américas, reunidas en julio de 2012 aprobaron la Declaración de Lima sobre Derechos Humanos y Empresas. Constatando que son limitados los avances en el derecho internacional para judicializar, sancionar y reparar a las víctimas de los crímenes ambientales y de las violaciones de derechos humanos ocasionados por las empresas, esto a pesar de la aprobación de los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos en las Naciones Unidas en marzo de Concluyendo que los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos no resuelven la cuestión de la responsabilidad empresarial por violaciones de derechos humanos, limitándose a establecer unas directrices de aplicación voluntaria. Retomando el informe de la Secretaria General de la ONU A/HRC/21/12 de julio de 2012 que señala la tendencia de suplantar las normas obligatorias del derecho internacional relativas a los derechos humanos por los principios de aplicación voluntaria, formalizando de esta manera la renuncia del Sistema de las Naciones Unidas a legislar en el sentido de investigar, juzgar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos imputables a las empresas transnacionales y a otros agentes privados de la globalización económica. Afirmando que los principios y códigos de conducta de carácter voluntario y los mecanismos de denuncia o investigación habilitados por las entidades financieras internacionales o por entidades de la globalización económica como la OCDE, son claramente insuficientes para una auténtica protección de los derechos humanos y acceso a la justicia de las comunidades afectadas por la acción de las empresas transnacionales, o en el marco de proyectos de desarrollo o asociados a los tratados de libre comercio. Constatando que muchos gobiernos han acentuado la práctica de criminalizar la legítima protesta social contra proyectos minero-energéticos, de infraestructura o agro-empresariales ligados al capital transnacional. Constatando que con mayor frecuencia las organizaciones sociales y las comunidades documentan y denuncian situaciones y casos de violaciones de derechos humanos y crímenes medioambientales imputables a las empresas transnacionales. Constatando que cada vez es más claro que los compromisos asumidos por los Estados en virtud de los tratados de libre comercio y de protección de inversiones representan un riesgo inminente para la vigencia de los derechos humanos y del medio ambiente de las poblaciones, pueblos y comunidades.

26 Destacando que la autodeterminación de los pueblos es un derecho inalienable que incluye la libre escogencia del modelo de desarrollo económico o social, dentro de sus propias visiones culturales y de bienestar, y que frecuentemente se ve menoscabada por la acción de las empresas transnacionales y por los compromisos adquiridos en el marco de algunos tratados comerciales. Llamamos a los Estados a: -Regular las actividades de las empresas transnacionales que se encuentran bajo su jurisdicción, inclusive cuando actúan fuera de sus fronteras, ejerciendo así sus obligaciones extraterritoriales en materia de derechos humanos. -Fortalecer los mecanismos legales y judiciales de protección de los derechos al medio ambiente, laborales, a los servicios públicos, a la salud, a la alimentación, al territorio, a la consulta previa, al acceso a la información y a la autodeterminación, y para el cumplimiento estricto de las obligaciones con los derechos civiles y políticos, incluyendo medidas de suspensión de las actividades de las empresas cuando causan violaciones a los derechos humanos. -Asegurar y facilitar el acceso de las victimas de violaciones de derechos humanos cometidas por las empresas a la justicia, suprimiendo los obstáculos de orden práctico y jurídico para la exigibilidad de los derechos a la verdad, a la justicia y a la reparación integral, inclusive en los países de origen de las empresas. -Respetar los principios de transparencia y de participación de las comunidades, incorporando en sus legislaciones normas que permitan la evaluación del impacto de los proyectos de inversión sobre los derechos humanos, y que aseguren que los proyectos no puedan ser impulsados sin la consulta de las comunidades afectadas y sin el consentimiento libre, previo e informado de las comunidades étnicas afectadas. -Prevenir y sancionar los desalojos forzosos de comunidades en cuyos territorios se realicen proyectos de desarrollo financiados por capitales transnacionales o nacionales. -Acoger y aplicar los Principios Rectores sobre la extrema pobreza y los derechos humanos presentados por la Relatora Especial en aquellas de situaciones de comunidades empobrecidas por la acción de las empresas transnacionales o por efecto de proyectos de desarrollo que conlleven la pérdida de sus medios de susbsistencia. -Proteger la libertad de expresión, manifestación y reunión pacifica de los defensores de los derechos humanos y de quienes se organizan o protestan públicamente contra proyectos de inversión, y a no usar indebidamente el derecho penal, civil o administrativo en su contra. -Promover la elaboración de normas a nivel internacional y regional con miras a establecer marcos jurídicos vinculantes para la protección de los derechos humanos frente a las actividades de empresas, incluyendo mecanismos para hacer efectiva su responsabilidad ante las violaciones cometidas. -Cumplir las medidas cautelares dictadas por los órganos de protección de los derechos humanos así como las recomendaciones del Consejo de Derechos Humanos y órganos de los tratados de Naciones Unidas relativas a empresas y derechos humanos. Llamamos a la ONU a: -Adoptar una ruta de discusión y aprobación de una Declaración sobre empresas y derechos humanos que trascienda los principios voluntarios y se pueda interpretar en congruencia con el marco de las obligaciones jurídicas que los Estados tienen con los tratados de derechos humanos. -Constituir un nuevo grupo de trabajo de la ONU con mandato reforzado sobre la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales, para que inicie estudios y documentación de casos en esta materia, y señale recomendaciones al respecto para que los Estados cumplan con su deber de proteger los derechos en la práctica, incluso también fuera de su territorio, y para mejorar el acceso de las victimas a la justicia.

27 38 Congreso de la FIDH de mayo del 2013 Estambul (Turquía) PROYECTOS DE RESOLUCIONES GEOGRÁFICAS AMERICAS Projet Situation of human rights defenders, peace and carceral and political prisoners situation in Colombia El fortalecimiento del Sistema Interamericano de derechos humanos Proyecto de resolución para que la fiscalía general de la Corte Penal Internacional avance de informe prelimina a una investigación exhaustiva de las violaciones de derechos humanos y crímenes contre la humanidad Los compromisos de Quebec en materia de derechos humanos y la posición de Canadá con respecto a Palestina La independencia del poder judicial en Haití Présenté par Colectivo de Abogados "José Alvear Restrepo" (CCAJAR) / Comité permanente para la defensa de los derechos humanos (CPDH) / Instituto de servicios legales alternativos (ILSA) / Organización femenina popular (OFP) Asociación pro derechos humanos (APRODHE), Pérou Colectivo de Abogados "José Alvear Restrepo" (CCAJAR) / Comité permanente para la defensa de los derechos humanos (CPDH) / Instituto de servicios legales alternativos (ILSA) / Organización femenina popular (OFP) Centro de Investigación y Promoción de los Derechos Humanos (CIPRODEH), Honduras Ligue des droits et libertés du Québec (LDL) Réseau National de Défense des Droits Humains (RNDDH) ASIA Projet Violaciones graves y sistemáticas de los derechos humanos en Irán La situación de los derechos humanos en el Tíbet Présenté par League for the Defence of Human Rights in Iran (LDDHI) International Campaign for Tibet (ICT)

28 EUROPA Projet / Project / Proyecto Desarrollo de la democracia y los derechos humanos, incluyendo los derechos de los migrantes en la zona mediterranea Présenté par / Presented by / Presentado por Liga Italiana dei Dirritti dell'uomo (LIDU) NORTE DE AFRICA / MEDIO ORIENTE Projet / Project / Proyecto Reforma de la Liga de los Estados Arabes Présenté par / Presented by / Presentado por L Organisation Marocaine des Droits de l Homme (OMDH, Maroc) / l Association Marocaine des Droits de l Homme (AMDH, Maroc) / la ligue Tunisienne pour la Défense des droits de l homme (LTDH, Tunisie) / Centre Palestinien des Droits de l homme (PCHR, Palestine) / l Association Mauritanienne des Droits de l homme (AMDH. Mauritanie) / Centre d information pour les droits de l homme (hritc, Yémen) / le Conseil National pour les Libertés en Tunisie (CNLT;Tunisie) / Amman Center for Human Rights Studies (ACHRS, Jordanie), Jordanie) / Djiboutian League for Human Rights (DLHR; Djibouti) / Damascus Center for Human Rights Studies (DCHRS, Syrie) / Bahrain Human Rigths Society (BHRS) / Bahrain Center for Human Rights (BCHR)

29 38 Congreso de la FIDH de mayo del 2013 Estambul (Turquía) PROYECTO DE RESOLUCIÓN SOBRE LA SITUACIÓN DE LOS DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS, SOBRE LA PAZ Y SOBRE LA SITUACIÓN CARCELARIA Y PRESOS POLÍTICOS EN COLOMBIA Presentado por el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo - CCAJAR-, Comité permanente para la defensa de los derechos humanos CPDH-, Instituto de servicios legales alternativos-ilsa-, y Organización femenina popular OFP- (Colombia) La Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) reunida en el 38 Congreso Mundial, en Estambul Turquia celebrando entre el de mayo del 2013, CONSIDERANDO... Sobre la situación de la situación de los defensores Que Colombia es el país más peligroso del mundo para el ejercicio de la defensa de los derechos humanos. Entre enero de 2008 y junio del 2012, 142 activistas fueron asesinados. Solamente en el último año, 69 defensores fueron víctimas de ejecuciones extrajudiciales y 288 fueron víctimas de otro tipo de agresiones como atentados, amenazas, detenciones arbitrarias. El 22 % de los ataques fueron cometidos contra mujeres defensoras de derechos humanos. Que el gobierno de Colombia ha manifestado que protege a más de defensores, pero como lo reconoce la Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para la Defensa de los Derechos Humanos OACNUDH en su informe sobre Colombia 2012, (A/HRC/22/17/Add.3*), dichas medidas no son adecuadas o son insuficientes, al tiempo que denuncia la impunidad en que se mantienen los atentados y las amenazas a los defensores: La gran mayoría de las investigaciones sobre delitos cometidos contra los defensores de los derechos humanos están en las etapas preliminares del proceso ante la Fiscalía General de la Nación, en parte porque los fiscales con gran volumen de procesos pendientes tienden a ocuparse preferentemente de los menos complejos. Que persistentes las labores de inteligencia, de interceptación ilegal de comunicaciones y de persecución a los defensores y defensoras,, y la investigación sobre las actividades criminales desarrolladas a cargo del Departamento Administrativo de Seguridad DAS- bajo el gobierno de Alvaro Uribe Vélez, si bien se ha traducido en algunas sanciones penales sobre mandos medios, no ha conducido al juzgamiento y sanción de los principales responsables gubernamentales. Que la liquidación de este organismo, de cuyas acciones ilegales fue víctima la propia FIDH, así como sus ligas en Colombia, particularmente el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo que fue víctima de una persecución sistemática, no implicó la depuración de la institucionalidad estatal. El citado informe de OACNUDH expresa: El proceso de cierre del DAS continuó en Algunos de sus expedientes han quedado custodiados en el Archivo Nacional. Deberán organizarse y revisarse para su uso en los procesos de verdad, justicia y rendición de cuentas. Preocupa a la Alta Comisionada que unos ex empleados del DAS hayan sido trasladados a otros departamentos gubernamentales sin haber sido objeto de ningún proceso de depuración. Más grave, es que la mayoría de ellos hacen parte ahora del Cuerpo Técnico de Investigación (Policía Judicial) de la Fiscalía General de la Nación. El Congreso de la FIDH manifiesta su reclamo a la Fiscalía General de la Nación de Colombia por la impunidad en que se mantienen los atentados y la persecución sufrida por los defensores y defensoras de derechos humanos en Colombia. Deplora que hasta el día de hoy, la Fiscalía no haya

30 dado respuesta positiva al juez de instrucción en Bélgica que ha abierto una investigación por los crímenes del DAS en Europa, en los que la FIDH también ha sido víctima. El Congreso de la FIDH, urge al Gobierno colombiano a reconocer públicamente la legitimidad del trabajo de los defensores, su contribución a la democracia, a la justicia y al Estado de Derecho; y reclama que se elimine del lenguaje oficial gubernamental y de las Fuerzas Armadas la noción de que los militares son víctimas de la guerra jurídica, en tanto pone en riesgo a víctimas, defensores de derechos humanos y operadores judiciales que actúan en casos judiciales en los que se encuentra involucrada la responsabilidad de agentes estatales por violación a los derechos humanos. De la misma forma el Congreso urge a las autoridades colombianas a dejar sin efectos la reforma constitucional aprobada el 12 de diciembre de 2012 que extiende el fuero penal militar para actos que no son típicos del servicio, por abrir una puerta a la impunidad de crímenes internacionales. Por último, el Congreso de la FIDH reunido en la ciudad de Istanbul del 23 al 27 de mayo de 2013, urge al Estado colombiano a revisar los procesos abiertos y las condenas efectuadas contra defensores y defensoras de derechos humanos; y reclama la libertad del defensor DAVID RABELO CRESPO acusado por el Fiscal 22 Antiterrorismo William Gildardo Pacheco, quien había sido destituido en 1992 por la Procuraduría General de la Nación, y condenado penalmente por su participación como agente de la Policía Nacional en la desaparición forzada de un joven en RESUELVE Manifestar su reclamo a la Fiscalía General de la Nación de Colombia por la impunidad en que se mantienen los atentados y la persecución sufrida por los defensores y defensoras de derechos humanos en Colombia. Deplora que hasta el día de hoy, la Fiscalía no haya dado respuesta positiva al juez de instrucción en Bélgica que ha abierto una investigación por los crímenes del DAS en Europa, en los que la FIDH también ha sido víctima. Urgir al Gobierno colombiano a reconocer públicamente la legitimidad del trabajo de los defensores, su contribución a la democracia, a la justicia y al Estado de Derecho; y reclama que se elimine del lenguaje oficial gubernamental y de las Fuerzas Armadas la noción de que los militares son víctimas de la guerra jurídica, en tanto pone en riesgo a víctimas, defensores de derechos humanos y operadores judiciales que actúan en casos judiciales en los que se encuentra involucrada la responsabilidad de agentes estatales por violación a los derechos humanos. Urgir a las autoridades colombianas a dejar sin efectos la reforma constitucional aprobada el 12 de diciembre de 2012 que extiende el fuero penal militar para actos que no son típicos del servicio, por abrir una puerta a la impunidad de crímenes internacionales. Demandar al Estado colombiano a revisar los procesos abiertos y las condenas efectuadas contra defensores y defensoras de derechos humanos y reclama entre otros, la libertad del defensor DAVID RABELO CRESPO acusado por el Fiscal 22 Antiterrorismo William Gildardo Pacheco, quien había sido destituido en 1992 por la Procuraduría General de la Nación, por su participación como agente de la Policía Nacional en la desaparición forzada de un joven en 1991.

31 ... Sobre la paz CONSIDERANDO Que Colombia es miembro de la Organización de Estados Americanos, y que está obligada por la Convención Interamericana de Derechos Humanos de 1969, Dado que el Estado Colombiano ratificó el Estatuto de Roma del año 1998, el cual sanciona los crímenes de guerra, de lesa humanidad y de genocidio, y habiendo recibido el ultimátum por parte de la Corte Penal Internacional, la cual ha determinado intervenir al no acatarse la obligación de condena permanente de dichos crímenes5, Considerando el conflicto armado interno que enfrenta al Estado con las insurgencias armadas, y que ha arrojado una constante y sistemática violación a los Derechos Humanos de sus habitantes desde hace más de medio siglo, Reconociendo la implicancia del Estado Colombiano en la comisión de una la multitud de crímenes perpetrados durante los últimos cincuenta años, entre ellos desapariciones forzadas, despojo de tierras, falsos positivos, o crímenes sexuales, Destacando el papel clave de la implementación de empresas de explotación de recursos naturales y de mega-proyectos energéticos en el origen y la persistencia del conflicto armado interno en Colombia, Dada la situación de persecución de los movimientos políticos de oposición, de las organizaciones sindicales, campesinas, indígenas, estudiantiles, y defensoras de derechos humanos, las cuales siguen siendo estigmatizadas y judicializadas con el propósito de debilitar y eliminar las protestas sociales y propuestas alternativas, Saludando las iniciativas de negociaciones que se han presentado para solucionar esta situación de violencia, así como el reciente cese el fuego unilateral anunciado por el grupo guerrillero de las Fuerzas Armadas Revolucionarias Colombianas, Esperando un avance hacia el cese bilateral de hostilidades, y la pronta adhesión del Ejército de Liberación Nacional (ELN), Agradeciendo el acompañamiento de organizaciones internacionales, tales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, las Naciones Unidas, así como también de la Federación Internacional de Derechos Humanos, y su apoyo a los procesos de resolución pacífica del conflicto colombiano, Denunciando las falencias de las reformas constitucionales del Marco Jurídico Para La Paz y del Fuero Penal Militar, las cuales dejan abiertas perspectivas de impunidad y tratamientos favorables a militares involucrados en la comisión de crímenes internacionales en caso de lograrse un acuerdo de Paz, Afirmando nuestra voluntad férrea de que estos procesos resulten en un acuerdo de paz justo y sostenible que lleve Colombia a un Estado de derecho y paz duradera, El Congreso Mundial de la FIDH: Llama al Gobierno de Colombia a cumplir la normativa internacional en materia de Derecho Penal Internacional, y a satisfacer los requerimientos y estándares de justicia impuestos por la comunidad internacional en contextos transicionales, Exhorta al Gobierno de Colombia a proteger los Derechos de las víctimas y a garantizar su acceso a la Verdad, Justicia y Reparación integral, operando estas exigencias como límites normativos y directrices de las negociaciones de paz, 5

32 Espera que la transición democrática avance hacia la eliminación de las prácticas de persecución y hostigamiento a los movimientos de protesta social y a los defensores de derechos humanos, tales como las injustas judicializaciones y los montajes judiciales, para llegar a una real y efectiva reconciliación nacional, Hace un llamado para que estas negociaciones culminen con cambios estructurales democratizantes e incluyentes, así como con reformas económicas y ambientales, a fin de terminar con la implementación de proyectos de explotación de recursos, inequitativos, irrespetuosos del ambiente, y que contribuyen al mantenimiento de una situación de violencia, Se de cumplimiento a la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la materia, especialmente sobre el equilibrio entre justicia y paz resultante de las negociaciones y que este no pueda ser utilizado como mecanismo para producir una impunidad de facto6, en especial por los crímenes cometidos por parte del Estado Colombiano. Exigen al Estado Colombiano que determine con precisión, en las leyes estatutarias, las condiciones para las reformas constitucionales que servirán de marco al proceso de paz, de manera que no actúen a favor de una velación y legitimación de la impunidad, Exigen que Colombia cumpla con las exigencias democráticas del Estado de Derecho, las cuales imponen que los perpetradores sean juzgados por un tribunal competente, imparcial, e independiente, Solicita al Estado Colombiano que cumpla con sus funciones elementales de protección de sus ciudadanos, implementando garantías eficientes de no-repetición, para que la paz no solo sea la terminación de la guerra, sino la construcción de una nueva situación pacífica sostenible y duradera, con justicia real, Reclaman transparencia en las negociaciones con el fin de crear un espacio de expresión de la sociedad civil, y en particular de las víctimas que han sufrido las causas y los efectos de la guerra que sigue arrasando a Colombia desde hace más de 50 años.... Sobre la situación carcelaria y presos políticos CONSIDERANDO Que Colombia enfrenta desde hace mas de 50 años un conflicto político, social y armado originado en causas estructurales como son la exclusión política, económica y social de la mayoría de la población, las desigualdades sociales producto de la acumulación de la tierra y del capital, lo que ha motivado el levantamiento de grupos de personas en armas para derrocar el régimen constitucional vigente que son conocidos como delincuentes políticos, muchos de los cuales se encuentran privados de la libertad. Que el Estado Colombiano busca deslegitimar el carácter de los rebeldes en Colombia para así negar la existencia de los prisioneros políticos que son aquellos que se encuentran al interior de las cárceles por haber hecho parte de algún grupo guerrillero o son víctimas de montajes judiciales por su pensamiento de oposición. Que se ha implementado dispositivos jurídicos conocidos derecho penal enemigo, que consiste en judicializar a personas por su pensamiento y oposición a las políticas gubernamentales, sin que necesariamente hagan parte de grupos guerrilleros y muchas de ellas se encuentran recluidas en los centros penitenciarios por su condición real o presunta de insurgentes, y se les asocia con la intención de derrocar el régimen constitucional vigente. 6 Caso de la masacre de La Rochela vs. Colombia, sentencia de mayo 11, 2007, serie C No 163.

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