Libre asociación y Activismo en DDHH
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- Óscar Soler Ramírez
- hace 7 años
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1 Libre asociación y Activismo en DDHH CIVILIS DERECHOS HUMANOS Por: Mariengracia Chirinos
2 Toda persona tiene derecho individual o colectivamente a promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los DDHH y las libertades fundamentales universalmente reconocidos Aprobada por la Asamblea General de la ONU
3 Activismo en DDHH Rol importante para el fomento de una mayor conciencia y observancia de los valores democráticos, la consolidación de la convivencia pacífica y el Estado de Derecho Promoción + Defensa+ Educación+ Investigación+ Organización = Fortalecimiento de la Sociedad Civil
4 Marco Jurídico en DDHH Declaración Universal de DDHH Convención Americana sobre DDHH Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Marco jurídico nacional Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos Tratados y resoluciones específicas
5 Activismo en DDHH Estrategia para visibilizar violaciones DDHH Documentación, sistematización y visibilización de denuncias de violaciones de DDHH Cohesionar y consolidar los procesos de participación Perspectiva Acciones u omisiones del Estado (obligación de respetar, de proteger y de realizar)
6 Fuente: Provea / Investigación en DDHH Activismo en DDHH Qué buscamos? Exigir y defender los DDHH 1 Luchar contra la impunidad 6 Incidir para la 2 resolución de 3 conflictos Generar empatía en otros grupos aliados 5 Proponer soluciones 4 Revertir violaciones de DDHH
7 Activismo en DDHH Problemática/ Realidad Perspectiva de DDHH Instrumentos y acuerdos internacionales Investigaciones y teorías Experiencia, observación y activismo Contexto Leyes y disposiciones nacionales Priorizar el propio discurso y subjetividad de los afectados y afectadas Ofrecer alternativas ante la crisis Propiciar la articulación de esfuerzos Fuente: Rafael Uzcátegui / Comunicación desde los DDHH
8 2. Los Estados deben adoptar las medidas necesarias para garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la libertad de asociación sin discriminación alguna. Los extranjeros y las organizaciones extranjeras también disfrutan del derecho a la Libertad libertad de asociación en los países donde residen. Autonomía 3. Las asociaciones deben tener la libertad de seleccionar a sus miembros o aspirantes. Una injerencia directa o indirecta en la composición de sus Unión, miembros compromiso podría poner en y peligro esfuerzo su independencia. sus miembros 4. Ninguna persona puede ser obligada o forzada a asociarse, afiliarse o participar en asociaciones. Está prohibido el uso de leyes, medidas o prácticas de coacción, sometimiento o violencia para éstos y otros fines. 5. A través de sus asociaciones, las personas tienen derecho a fijar y proponerse libremente fines y medios para alcanzarlos, en el más amplio marco de propósitos permisibles legalmente, sin presiones o intromisiones que puedan alterarlos. Acción Las listas de actividades voluntaria Construcción colectiva permitidas o prohibidas son incompatibles con el derecho a la libertad de asociación. 6. No deben imponerse fines a las asociaciones con pretexto Nexos de coordinación, estables cooperación entre las o responsabilidad personas en funciones Sin presiones o actividades de ni gestión condicionamientos pública. 7. Las asociaciones deben tener libertad para la promoción y defensa de los derechos humanos y libertades fundamentales, así como para participar en debates públicos de las políticas, incluidas críticas de leyes, políticas o medidas estatales en vigor o previstas. 8. Al establecer una asociación, las personas tienen derecho a dotarla de una personalidad propia, a través de la cual se le reconozca públicamente, a determinar su estatuto, estructura, programa de actividades y la forma de elegir a sus Articulación Comunidad representantes, y a funcionar inmediatamente sin ningún requisito legal o administrativo que lo obstaculice o lo impida, o Actuar de intromisiones de manera o injerencias organizada estatales infundadas acerca de sus asuntos internos. Vida Las asociaciones colectiva tienen o pública derecho a la intimidad y la privacidad. 9. No es necesario que las personas formen una entidad jurídica para poder disfrutar y ejercer la libertad de asociación. Las asociaciones Asociación no registradas deben gozar de libertad para desarrollar todas sus actividades, incluyendo el libre ejercicio de organizar y participar en reuniones pacíficas sin ser objeto de sanciones penales. 10. Las personas tienen derecho a constituir o inscribir una asociación con personalidad jurídica. Los Estados deben proveer los mecanismos y procedimientos que más lo faciliten. Una simple declaración o notificación para la constitución legal de una asociación es preferible a un sistema de registro. 11. En un sistema de inscripción o registro, se recomienda que los Estados establezcan un registro único y público, y que los organismos encargados de la inscripción sean preferiblemente independientes del gobierno y contar con representantes de la sociedad civil. 12. Los Estados no deben interferir con los asuntos internos de las asociaciones. No debe imponerse como requisito la presencia de un representante del gobierno las reuniones de las juntas de administración para que sus decisiones sean válidas. 13. Los criterios, Beneficio requisitos y plazos para colectivo la creación, inscripción y funcionamiento Participación de las asociaciones deben estar escritos en leyes y no deben aplicarse otros adicionales a los prescritos. Deben ser claros, coherentes, simples, expeditos, apolíticos y de bajo costo, y no deben Fines impedir, retrasar comunes o limitar la creación o funcionamiento Incidencia las asociaciones, en y las políticas que los cumplan, públicas deben poder funcionar inmediatamente como persona jurídica. La apertura de cuentas bancarias debe ser simple, de fácil acceso y de bajo costo. 14. En caso de adoptar nuevas leyes, no debe exigirse la reinscripción de todas las asociaciones ya registradas, a fin de protegerlas contra denegaciones arbitrarias o la interrupción de sus actividades. Los procedimientos deben ser expeditos para que las
9 Libertad de Asociación Dimensiones como DDHH Respeto / Protección / Satisfacción/ Ejercicio Todas las personas tienen derecho a asociarse libremente con fines ideológicos, religiosos, políticos, económicos, laborales, sociales, culturales, deportivos o de cualquiera otra índole. El ejercicio de tal derecho sólo puede estar sujeto a las restricciones previstas por la ley que sean necesarias en una sociedad democrática, en interés de la seguridad nacional, de la seguridad o del orden públicos, o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de los demás. Artículo 6 Convención Americana sobre Derechos Humanos(Pacto de San José)
10 Estándares internacionales Declaración Universal de los DDHH Art. 20 Pacto de los Derechos Civiles y Políticos. Art. 22 Convención Americana sobre DDHH. Art. 16 Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación. Toda persona tiene derecho a asociarse libremente con otras, incluso el derecho a fundar sindicatos y afiliarse a ellos para la protección de sus intereses. Todas las personas tienen derecho a asociarse libremente con fines ideológicos, religiosos, políticos, económicos, laborales, sociales, culturales, deportivos o de cualquiera otra índole.
11 -Combatir la impunidad Cuando un Estado obstaculiza este derecho por cualquier medio incompatible con los estándares internacionales, no sólo restringe la libertad de asociación de las defensoras y defensores, sino también obstruye ( ) el libre ejercicio del derecho a defender los DDHH Segundo Informe sobre la Situación de Defensoras y Defensores de DDHH Comisión Interamericana de DDHH, 2012 Obligaciones de los Estados -Permitir el ejercicio pleno del derecho a la libre asociación -Abstenerse de imponer obstáculos para su ejercicio -Evitar alterar o desnaturalizar su finalidad -Proteger ante cualquier amenaza o violación -Investigar de manera pertinente y oportuna cualquier violación
12 Marco normativo venezolano Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Artículo 52 Artículo 67 Toda persona tiene el derecho de asociarse con fines lícitos, de conformidad con la ley. El Estado estará obligado a facilitar el ejercicio de este derecho. Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de asociarse con fines políticos, mediante métodos democráticos de organización, funcionamiento y dirección. Artículo 132 "Toda persona tiene el deber de cumplir con sus responsabilidades sociales y de participar solidariamente en la vida política, civil y comunitaria del país, promoviendo y defendiendo los derechos humanos como fundamento de la convivencia democrática y de la paz social.
13 Asociación Amplitud y diversidad Ciudadanos / Personas asociadas / Asociaciones / Redes / Beneficiarios Defensores/as DDHH Familiares de víctimas Organizaciones e Instituciones de DDHH La discrecionalidad del Estado o de particulares son contrarias al derecho Organizaciones de desarrollo Organizaciones comunitarias Organizaciones religiosas Coaliciones o redes de organizaciones La libre constitución es la representación plural de intereses sociales en la vida pública Sindicatos y gremios
14 Libertades asociadas Libertad de expresión Acceso a la informació n pública Manifestaci ón pacífica Defensa de los DDHH Participación Reunión pacífica
15 Tendencias del entorno internacional Obligaciones de registro / control sobre fines Injerencias Influencias indebidas Obstrucción de labores Ataques a defensores Fuente: Civilis Derechos Humanos
16 Tendencias del entorno internacional Leyes restrictivas Criminalización del financiamiento Exclusión de espacios de diálogo con el Estado Restricciones a otros sectores Fuente: Civilis Derechos Humanos
17 . y Venezuela?
18 Restricciones para el ejercicio democrático Venezuela Desconocimiento del marco jurídico de DDHH Criminalización a las Organizaciones de la Sociedad Civil Políticas de discriminación Imposición del proyecto de Estado Comunal Reducción de las esferas de expresión y organización La ausencia de diálogo por parte de las autoridades del Estado Informe Comprehensivo: Amenazas y Restricciones a los Derechos Humanos y la Democracia en Venezuela Civilis Derechos Humanos
19 De 91 Asociaciones civiles: Venezuela 74% ha sido objeto de actos de descalificación 46% ha recibido amenazas a la integridad moral o física de sus miembros 31% ha sido objeto de amenazas verbales o escritas 21% ha sido víctima de vigilancia de comunicaciones Ninguna asociación puede ser forzada o condicionada a perseguir unos fines que no sean aquellos que hayan sido fijados libremente por sus miembros Cuestionario sobre Libertad de Asociación, Civilis DDHH, 2013
20 De 91 Asociaciones civiles: 60% expone que sus labores han sido obstaculizadas por la falta de diálogo con autoridades del Estado Venezuela 58% por la falta de acceso a información pública 56% por falta de acceso a financiamiento público 56% a financiamiento internacional Las asociaciones deben poder ejercer libremente sus labores ante el Estado o a través de éste y obtener recursos para realizarlas Cuestionario sobre Libertad de Asociación, Civilis DDHH, 2013
21 De 91 Asociaciones civiles: Venezuela 57% debió modificar sus fines por normas o políticas del Estado Ninguna asociación puede ser forzada o condicionada a perseguir unos fines que no sean aquellos que hayan sido fijados libremente por sus miembros Cuestionario sobre Libertad de Asociación, Civilis DDHH, 2013
22 Ataques a defensores en 2012 Robo Limitaciones de medidas de protección Intento de asesinato Amenaza de muerte Limitaciones al ejercicio Inicio de acción judicial Intervención ilegal de comunicaciones Amenaza de acción judicial Amedrentamiento Criminalización de recepción de fondos de Campaña de desprestigio Venezuela 2012: 28 casos 45 violaciones 2011: 21 casos 14 Informe Anual de Provea 2012
23 Sociedad y comunidad organizada Ley del Consejo Federal de Gobierno y su reglamento Ley Orgánica del Poder Popular Organizaciones del Poder Popular Ley del Poder Popular Ley de los Consejos Comunales Ley de las Comunas Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular Organizaciones con fines políticos Ley en Defensa de la Soberanía y Autodeterminación Nacional Ley contra la Delincuencia Organizada y el Terrorismo Venezuela Fuente: Civilis Derechos Humanos
24 Ideas para la investigación en DDHH Desde el Periodismo social Coloca los temas sociales en la agenda pública Suma a la sociedad civil Afianza propuestas desde estándares internacionales Genera una perspectiva de DDHH Fuente: Periodismo Social Alicia Cytryblum
25 Campaña Exige tus derechos Observatorio Venezolano de Conflictividad Social
26 Materiales de Consulta Informe Comprehensivo: Amenazas y Restricciones a los Derechos Humanos y la Democracia en Venezuela. Civilis Derechos Humanos: Segundo Informe sobre la Situación de Defensoras y Defensores de DDHH, Comisión Interamericana de DDHH: Fuente:
27 Materiales de Consulta Informe Comprehensivo: Amenazas y Restricciones a los Derechos Humanos y la Democracia en Venezuela. Civilis Derechos Humanos: La Investigación una herramienta para defender Derechos Humanos. Serie Tener derechos no basta. Provea: Rafael Uzcátegui / 5 pasos para investigar en DDHH. Provea: Rafael Uzcátegui / Comunicación desde los DDHH. Provea: Fuente:
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