UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SEDE MEDELLÍN - FACULTAD DE MINAS CONSEJO DE FACULTAD. ACUERDO 003 (Acta 2174, 14 de abril de 2005)
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- María Ángeles Robles Río
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1 UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SEDE MEDELLÍN - FACULTAD DE MINAS CONSEJO DE FACULTAD ACUERDO 003 (Acta 2174, 14 de abril de 2005) Por medio del cual se reglamenta el desarrollo de la asignatura Trabajo de grado. EL CONSEJO DE FACULTAD, en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO: Que el Acuerdo 001 de 2005 del Consejo Superior Universitario modifica parcialmente el Acuerdo 101 de 1977 del Consejo Superior Universitario -Reglamento Estudiantil- y el Acuerdo 031 de 1992 del Consejo Académico, y deroga el Acuerdo 046 de 1998 del Consejo Superior Universitario. Que el Artículo 2 del Acuerdo 001 de 2005 del Consejo Superior establece que el Trabajo de grado es una asignatura teórico - práctica del plan de estudios y tendrá calificación numérica. Que la Ley 789 de 2002 establece las condiciones y normas laborales que rigen las prácticas para estudiantes universitarios. Que una de las recomendaciones de los procesos de auto y hetero-evaluación de los programas curriculares de pregrado realizado en el período se refiere a los Trabajos de Grado en cuanto a la necesidad de una delimitación clara de sus objetivos, precisión de sus alcances y modalidades, mejoramiento de la eficiencia en el tiempo de realización, capacidad de argumentación razonada y de comunicación mediante documentos escritos, como parte de la formación de los estudiantes de la Facultad. Que el Consejo de la Facultad encontró pertinente atender la citada recomendación. Que el Acuerdo 002 del 14 de abril de 2005 del Consejo de Facultad, reglamenta lo dispuesto en el Artículo 2 del Acuerdo 001 de 2005 del Consejo Superior Universitario. Que se debe reglamentar lo relacionado con el desarrollo de la asignatura Trabajo de grado.
2 ACUERDA: Artículo 1 Artículo 2 Artículo 3 El Trabajo de Grado (TDG) es una asignatura orientada a integrar, aplicar, evaluar y/o sintetizar conocimientos adquiridos durante el desarrollo de un programa curricular de pregrado en la Facultad de Minas de la Universidad Nacional de Colombia Sede Medellín. Son objetivos de la asignatura Trabajo de Grado: Fomentar en el estudiante una mayor autonomía en la realización de trabajos profesionales. Brindar al estudiante la oportunidad de manifestar de manera especial su creatividad y disciplina de trabajo, mediante la aplicación integral de los conocimientos adquiridos, en el tratamiento de un problema específico. Cada Escuela debe disponer, para su ofrecimiento continuo, de una base de propuestas de temas para desarrollar en la asignatura Trabajo de Grado. Las propuestas pueden provenir de los grupos de investigación, de trabajo o de áreas del conocimiento, de estudiantes, docentes o instituciones públicas o privadas. La Facultad promoverá la modalidad de Práctica Profesional, a través de la Vicedecanatura de Investigación y Extensión, quién se encargará de establecer los contactos y convenios pertinentes con empresas, entes gubernamentales y organizaciones no gubernamentales. Las relaciones laborales correspondientes a las prácticas profesionales se rigen por la ley colombiana respecto a los contratos de aprendizaje. Artículo 4 El trámite para autorizar el registro de la asignatura Trabajo de Grado es el siguiente: 1. El estudiante debe diligenciar y presentar al Comité Asesor de su Programa Curricular un Formato que contenga la información relativa al trabajo a desarrollar (Anexo). Este se debe entregar a más tardar la semana catorce del semestre académico anterior a aquel en el cual se desea hacer el registro de la asignatura. 2. El Comité Asesor debe verificar el cumplimiento de los requisitos estipulados en las normas de la Facultad de Minas y la Universidad Nacional de Colombia. Además, se debe verificar que los recursos necesarios estén disponibles y el trabajo pueda ejecutarse en un (1) semestre académico. Si no se cumple con alguno de los requisitos, el formato se devuelve al estudiante para su modificación y/o cambio. 2
3 3. Si se cumplen los requisitos del numeral anterior, el Comité Asesor debe remitir el formato al Director de la Escuela para que designe al profesor que dirigirá la asignatura. El Comité Asesor registrará esta información en el Sistema de Información Académica (Artículo 3o del Acuerdo 001 de 2005 del Consejo Superior Universitario) y enviará copia del formato al profesor designado para dirigir la asignatura. 4. Si el Comité Asesor lo considera necesario, solicitará la elaboración de un convenio entre la Universidad, el (los) estudiante (s) y la(s) entidad(es) patrocinadora(s), si la(s) hubiere, donde quede claro la propiedad de los equipos o componentes de equipos y de los programas de computador elaborados o adquiridos durante el desarrollo de la asignatura, al igual que la propiedad intelectual de los resultados, en lo referente a derechos morales y patrimoniales. Artículo 5 Artículo 6 La asignatura Trabajo de grado será evaluada por el profesor responsable, quien asignará una calificación numérica de 0 a 5. Lo anterior debe hacerse dentro del calendario establecido por la Universidad para el reporte de notas. En la penúltima semana del semestre académico en el cual se realiza el trabajo, los estudiantes deben entregar al profesor encargado de la asignatura un informe del trabajo realizado, en el cual se incluya una reflexión argumentada sobre la contribución de los conocimientos propios de su profesión para el mejoramiento de las actividades desarrolladas. Además, se debe incluir un resumen de no más de 250 palabras, en los idiomas español e inglés. El informe debe acoger la norma ICONTEC, excepto la impresión final que se hará por ambas caras, a espacio sencillo, tamaño de la letra de 11 puntos y no superar una extensión de 50 páginas. El profesor responsable decidirá sobre la extensión mínima del informe. Artículo 7 Una vez evaluado el trabajo, si este recibe calificación aprobatoria, se entregará a la biblioteca: El resumen impreso en español y en inglés con un encabezado que contenga la siguiente información del trabajo: título, autor (es), Profesor(es) responsable(s), identificación institucional (Trabajo de Grado, Ingeniería, Facultad de Minas, Universidad Nacional de Colombia, Sede Medellín), semestre de realización y palabras claves. Un ejemplar del informe en un medio digital que sea utilizable en equipos a los cuales tenga acceso la Facultad. Se requiere una versión en formato RTF y otra en formato PDF; se debe incluir en archivos 3
4 independientes el resumen tal como se define en el numeral anterior. El nombre del archivo debe corresponder al título del trabajo. Artículo 8 Artículo 9 Artículo 10 Artículo 11 Cuando lo considere procedente, el profesor encargado de la asignatura podrá solicitar por escrito al Comité Asesor del respectivo programa curricular, en forma motivada, la publicación de dicho trabajo. Si el Comité Asesor avala la solicitud, el trabajo será remitido a la Secretaría de la Facultad para ser publicado en la página Web de la Facultad de Minas, como un acto de reconocimiento. Cada semestre académico las Escuelas podrán programar sesiones públicas de difusión y socialización de los Trabajos realizados. Cuando la asignatura Trabajo de Grado sea cursada como única asignatura en un semestre académico, en caso de no aprobarla el estudiante podrá inscribirla por segunda vez. Si vuelve a perder la asignatura se aplicará lo dispuesto en el artículo 41 del Estatuto Estudiantil. (Artículo 5 del Acuerdo 001 de 2005 del Consejo Superior Universitario). Respecto a la asignatura Trabajo de Grado, son funciones del Comité Asesor de Programa Curricular: Recibir los formatos de presentación de propuesta de trabajo a desarrollar y verificar el cumplimento de todos los requisitos. Velar para que los objetivos, alcances, metodología y disponibilidad de recursos sean los adecuados para el desarrollo del trabajo en un semestre académico. Recomendar al Director de la Escuela correspondiente el nombramiento del profesor responsable de la asignatura. Velar y hacer seguimiento para que los grupos de investigación, de trabajo o de área del conocimiento, presenten propuestas de temas suficientes. Realizar seguimiento a los profesores de la asignatura en el cumplimiento de sus funciones como profesor de la misma. Recomendar que Trabajos, previa solicitud de los profesores responsables, merecen ser publicados por la Universidad. Registrar la información pertinente en el Sistema de Información Académica (Artículo 3o del Acuerdo 001 de 2005 del Consejo Superior Universitario) y enviar copia del formato respectivo al profesor designado para dirigir la asignatura Trabajo de grado. Artículo 12 Son funciones de los profesores asignados para la dirección de la asignatura Trabajo de Grado: 4
5 Orientar el trabajo de los estudiantes, particularmente en cuanto a la metodología y el plan general para garantizar la ejecución del mismo en un (1) semestre académico. Colaborar con los estudiantes en la solución de los problemas u obstáculos de tipo teórico o práctico que se presenten en el desarrollo de su labor. Supervisar las diversas fases de desarrollo de la asignatura. Reunirse semanalmente con los estudiantes. Revisar y evaluar el informe definitivo, verificando que el mismo haya sido elaborado según lo establecido en este Acuerdo. Asentar la nota de la asignatura en el sistema. Recomendar al Consejo de Facultad, si es el caso, sobre el beneficio potencial del Trabajo de Grado en cuanto a su posibilidad de transferencia tecnológica. Solicitar por escrito, en forma motivada, al Comité Asesor del respectivo programa curricular, la publicación del trabajo si lo considera pertinente. Parágrafo Artículo 13 El profesor asignado para dirigir la asignatura, dispondrá de dos horas/semana en su programa de trabajo por cada Trabajo a su cargo, para cumplir con estas funciones. De este tiempo debe dar cuenta en el informe anual de actividades. Cada semestre las diferentes instancias universitarias deberán cumplir con el siguiente calendario para la autorización del desarrollo del Trabajo de Grado: ACTIVIDAD RESPONSABLE FECHA LÍMITE (Semana Calendario Acad.) Publicación calendario Director de Escuela Segunda actividades Publicación de Temas Comité Asesor Quinta Entrega formato de Trabajo Estudiantes Catorce al Comité Asesor Autorización de trabajos Comité Asesor Quince Nombramiento responsable Director de Escuela. Dieciséis de la asignatura Registro de información en SIA Comité Asesor Dieciséis
6 Artículo 14 Parágrafo Artículo 15 Los derechos de autor que se desprendan de los Trabajos de Grado, se regirán de acuerdo con la Ley y Reglamentaciones vigentes. Salvo que medie un convenio con cláusula de confidencialidad reconocido ante notario, no se podrán ejecutar Trabajos de Grado cuando la entidad patrocinadora del mismo establezca como condición que los resultados, o parte de estos, se mantengan en reserva. El Comité Asesor respectivo recomendará al Consejo de Facultad cuales de los resultados esperados deben considerarse objeto de confidencialidad, previo acuerdo entre las partes involucradas. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en particular los Acuerdos 003 de 2003 y 001 de 1996 del Consejo de la Facultad. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Medellín, a los 15 días del mes de abril de FARID CHEJNE JANNA Decano JOHN JAIRO POSADA HENAO Secretario 6
7 ANEXO FORMATO PROPUESTA TRABAJO DE GRADO UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SEDE MEDELLIN FACULTAD DE MINAS Propuesta Trabajo de Grado TITULO: Semestre registro: PROFESOR ASIGNADO: Código Asignatura: Autor(Es) Carrera Cédula Teléfono MODALIDAD Participación en trabajos investigativos. Trabajo monográfico, participación en proyectos de investigación. Prácticas de Extensión: Participación en programas docente-asistenciales, pasantías, consultorías. Práctica Profesional: Realización de una práctica profesional en industrias, empresas o comunidades urbanas, rurales o indígenas. Cursos de posgrado SERVICIOS REQUERIDOS: DEPENDENCIA TIPO DE SERVICIO FIRMA FECHA RESPONSABILIDAD FINANCIACIÓN: COSTOS: PROFESOR RESPONSABLE PROPUESTO POR LOS ESTUDIANTES: Nombre: Firma:
8 INFORMACIÓN DEL TRABAJO TÍTULO: OBJETIVOS: PLAN DE TRABAJO: CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES: BIBLIOGRAFÍA: Con su firma los estudiantes certifican que la información es correcta. Nombre c.c Nombre c.c 8
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