CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE COMUNICACIONES MÓVILES EN LA MODALIDAD PREPAGO A TRAVÉS DE LA COMPRA DE LA TARJETA SIM UFF MÓVIL S.A.S.

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1 CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE COMUNICACIONES MÓVILES EN LA MODALIDAD PREPAGO A TRAVÉS DE LA COMPRA DE LA TARJETA SIM UFF MÓVIL S.A.S. Cuando usted adquiere nuestro Paquete de Bienvenida (Tarjeta SIM y saldo) y solicita la activación del servicio siguiendo las instrucciones que hacen parte del Paquete de Bienvenida, está aceptando las condiciones para la prestación de los servicios de comunicaciones móviles bajo la modalidad prepago que se establecen en los siguientes numerales: 1. Definiciones.- Para la aplicación e interpretación de las presentes condiciones se tendrán en cuenta las siguientes definiciones: (i) Operador Móvil Virtual OMV- : Modalidad de prestación de servicios de comunicaciones móviles por la cual, el proveedor del servicio de comunicaciones, en virtud de habilitación legal, lo presta, de manera autónoma e independiente, a través del uso compartido de las redes, servicios y sistemas de telecomunicaciones de un tercer operador; (ii) Servicios de Comunicaciones Móviles - SCM- y/o Los Servicios: Son los servicios que UFF MÓVIL presta en virtud de su habilitación legal y el acuerdo de OMV, los cuales permiten la transmisión de voz, datos e imágenes; (iii) Tarjeta SIM (Subscriber Identity Module): Dispositivo físico o módulo de identificación de un Usuario o Usuario Final de servicios de telecomunicaciones, usada en terminales móviles, tales como teléfonos y módems USB, que almacenan de forma segura la clave de servicio del Usuario para identificarse ante la red y le permiten a este acceder a los servicios prestados por UFF MÓVIL; (iv) Carga o Recarga Electrónica: se entiende por carga o recarga electrónica, la actividad por medio de la cual El Usuario ingresa saldo a su línea móvil a través de cualquier medio de recarga electrónica que tenga UFF MÓVIL disponible para el cliente. El servicio de voz se tarifica por segundos. 2. PARTES DEL CONTRATO.- UFF MÓVIL S.A.S, con domicilio principal en la ciudad de Bogotá, D.C., quien es la persona jurídica privada, que de acuerdo con la Ley 1341 de 2009 se encuentra habilitada para prestar servicios de comunicaciones a terceros y es responsable de dicha prestación y que para los efectos de este contrato se denominará simplemente UFF MÓVIL por una parte y, por otra,, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de, identificado con la cédula de ciudadanía No, quien en adelante y para los efectos del presente contrato se denomina El Usuario. 3. OBJETO. SERVICIOS CONTRATADOS. Se trata del suministro por parte de UFF MÓVIL al Usuario, de los Servicios de Comunicaciones Móviles en modalidad prepago, con cobertura nacional, según los planes de expansión, cobertura y acuerdos que se tengan con proveedores de red de telecomunicaciones, todo esto de conformidad con la normatividad vigente, las condiciones de prestación del servicio aquí contenidas y conforme a las normas de calidad que regulan el servicio, la disponibilidad y la capacidad técnica. Las condiciones de estos servicios se encuentran establecidas de manera clara, precisa, cierta, completa, oportuna y gratuita en la página web de UFF MÓVIL, la página de Red Social Facebook y en la línea gratuita de atención al usuario. 4. LIBERTAD DE ELECCIÓN DE LOS PLANES. En virtud de lo establecido en la regulación vigente, el Usuario es libre de elegir los planes prepago a través de los cuales UFF MÓVIL le prestará los Servicios de Comunicaciones desde el momento que se hacen las respectivas ofertas, durante la celebración del contrato y en la ejecución del mismo. 5. PRECIO Y FORMA DE PAGO.- UFF MÓVIL antes de la celebración del contrato, dará a conocer al USUARIO los precios o tarifas de los planes que serán aplicables, así como asegurará que ante el cambio de las condiciones, incluido el precio, sean aceptados previamente por el USUARIO. Como contraprestación por los servicios que se prestan, El Usuario se obliga a pagar los precios de los Planes previstos a la fecha en el Anexo 1, que han sido previamente informadas por UFF MÓVIL y conocidos y expresamente aceptados por El Usuario. Los Planes serán conocidos previamente por los USUARIOS y en ellos se especificarán los períodos de vigencia del plan contratado y los precios. UFF MÓVIL informará directamente o Página 1

2 a través de todos los mecanismos obligatorios de atención al usuario previstos en la regulación vigente cuando pretenda hacer algún incremento a las tarifas que han sido previamente pactadas en el contrato con el USUARIO, dando expresamente la posibilidad a éste de terminar el contrato sin sanción alguna en caso que no acepte las nuevas condiciones. 6. MECANISMOS DE ATENCIÓN AL USUARIO.- Señor Usuario, usted tiene derecho a recibir atención a través de los siguientes canales: la página web en la red social de Facebook ( y en nuestra Línea Gratuita Nacional de Atención al usuario DERECHOS DE LOS USUARIOS.- Sin perjuicio de los demás establecidos en la Ley y en el presente documento, los que se indican a continuación son los derechos de los Usuarios relacionados con la Prestación del Servicio: (i) Recibir los servicios que ha contratado de manera continua, sin interrupciones y de conformidad con las normas sobre calidad expedidas por las autoridades correspondientes; (ii) Elegir libremente el proveedor, los equipos o aparatos necesarios para la prestación de los servicios, que ha adquirido legalmente y cumpla con los requisitos técnicos de homologación establecidos por la CRC, así como los servicios de su elección y el plan tarifario de acuerdo a sus necesidades personales; (iii) Tener fácil acceso a toda la información que necesite en relación con el ofrecimiento o prestación de los servicios, como por ejemplo a todas las promociones u ofertas que tenga UFF en el mercado, tarifas, cobertura del servicio, entre otros; (iv) Conocer previamente las tarifas que le aplican a los servicios contratados y que no le sean cobrados los servicios con precios sorpresa; (v) Mantener las mismas condiciones acordadas en el contrato, sin que éstas puedan ser modificadas de ningua manera por parte de UFF, sin la aceptación previa del usuario; (vi) Estar bien informado en relación con sus derechos y las condiciones de prestación de los servicios; (vii) Ser atendido por UFF MÓVIL ágilmente y con calidad, cuando así lo requiera, a través de las oficinas virtuales (página web y red social) y la línea gratuita de atención al Usuario; (viii) Presentar fácilmente y sin requisitos innecesarios peticiones, quejas, reclamos y/o recursos en las oficinas virtuales (página web y red social) y la línea gratuita de atención al usuario y, además, a recibir atención integral y respuesta oportuna ante cualquier clase de solicitud que presente a UFF MÓVIL; (ix) Poder consultar en línea, a través de la página web de UFF MÓVIL o la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio ( el estado del trámite asociado a su petición, queja, reclamo y/o recurso y el tiempo exacto para obtener respuesta al mismo, cuando se implemente esta medida, de conformidad con las directrices dadas por Superintendencia de Industria y Comercio mediante Circular Externa No. 02 del 24 de enero de 2013; (x) Gozar de una protección especial en cuanto al manejo confidencial y privado de los datos personales que ha suministrado a UFF MÓVIL, así como al derecho a que dichos datos no sean utilizados por UFF MÓVIL para fines distintos a los autorizados por el Usuario; (xi) Recibir de forma gratuita y a elección de El Usuario, copia del presente contrato, sus anexos y modificaciones, en medio físico o electrónico en la dirección o lugar que El Usuario le indique a UFF MÓVIL; (xii) Terminar el contrato en cualquier momento y por el mismo medio por el que se celebró el contrato, sin penalización alguna, con la simple manifestación de su voluntad expresada a través de cualquier mecanismo de atención al usuario, sin que UFF MÓVIL pueda oponerse, solicitarle que justifique su decisión, ni exigirle documentos o requisitos innecesarios; (xiii) Recibir un trato respetuoso por parte de UFF MÓVIL; (xiv) Usar el equipo terminal de su elección, que ha adquirido legalmente, y cumpla con los requisitos técnicos de homologación establecidos por la CRC; (xv) Ser compensado de manera automática ante la falta de disponibilidad de la red y/o la deficiente prestación de servicios de voz a través de la redes móviles y de acuerdo con lo dispuesto en las normas vigentes sobre la materia; (xvi) Tener acceso gratuito a la información de sus consumos, a través de la página Web y a través de la línea gratuita de atención al usuario de UFF MÓVIL; (xvii) Poder disfrutar, bajo la modalidad Página 2

3 prepago, de saldos no consumidos por El Usuario, cuando adquiera una nueva tarjeta prepago y/o recarga que adquiera a través de mecanismos físicos, tecnológicos o electrónicos, sin costo alguno para El Usuario, (xviii) Tener acceso permanente y gratuito a las líneas de urgencia y/o emergencia a través de la línea 123; (xix) Conocer las condiciones que aplican al uso de mensajes de texto SMS-, así como a ser excluido del envío de mensajes masivos comerciales y publicitarios no solicitados; (xx) Disfrutar de un tiempo de vigencia de las tarjetas y/o recargas prepago de noventa (90) días calendario a partir de su activación; (xxi) A consultar gratuitamente, máximo dos (2) veces al día, información sobre el consumo realizado a través de la línea gratuita de atención al usuario y la página Web de El Proveedor. 8. DERECHOS DE UFF MÓVIL.- Sin perjuicio de los demás establecidos en la Ley y en el presente documento, los siguientes son los derechos de UFF MÓVIL relacionados con la Prestación del Servicio: (i) A disponer del número de abonado en modalidad prepago luego de dos (2) meses en que el Usuario no reciba, ni genere llamadas y no tenga saldos vigentes a su favor, previo aviso al Usuario con quince (15) días de anticipación a la fecha prevista para disponer del número; (ii) En cumplimiento del principio de buena fe y reciprocidad recibir un trato digno y respetuoso de los usuarios. 9. OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS.- Sin perjuicio de las que por vía general o especial les imponen las normas y el presente documento, son obligaciones de los Usuarios las siguientes: (i) Abstenerse de hace uso indebido de los servicios de comunicaciones o hacer uso de los servicios para fines diferentes para los cuales fueron contratados, de acuerdo con lo establecido en el contrato. (ii) Proporcionar a UFF MÓVIL la información veraz, oportuna y comprobable que ésta requiera, así como informar de cualquier cambio respecto de la información suministrada al momento de la activación del servicio. La información que suministre el Usuario al momento de la activación del servicio o cualquier actualización posterior se entenderá rendida bajo la gravedad del juramento; (iii) Hacer uso adecuado de las redes, de los bienes o equipos terminales requeridos para la prestación de los servicios decomunicaciones, de acuerdo a lo pactado en el presente contrato y lo establecido en la normatividad vigente; (iv) Hacer uso, únicamente, de equipos terminales móviles adquiridos en el país a través de personas autorizadas por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o por los proveedores que ofrecen servicios de telefonía móvil, así como de los equipos terminales móviles que El Usuario compre en el exterior para uso personal y no comercial. En ambos casos El Usuario deberá conservar la factura de compra del equipo terminal móvil acompañada, cuando sea el caso, de la factura sustitutiva, o el comprobante de pago del régimen simplificado, documento que será exigido como prueba en caso de que el usuario quiera vender o donar su equipo terminal móvil usado a una tercera persona; (v) Cumplir con los procedimientos establecidos por UFF MÓVIL para la recolección de equipos terminales, dispositivos y todos los equipos necesarios para la prestación de los SCM, que se encuentren en desuso, con el objeto de preservar y proteger el medio ambiente; (vi) Informar a UFF MÓVIL sobre cualquier interrupción, deficiencia o daño ocurrido en las instalaciones o infraestructura de las comunicaciones sobre los cuales tuviere conocimiento, y adoptar las acciones sugeridas por UFF MÓVIL con el fin de preservarla seguridad de la red y de las comunicaciones; (vii) Utilizar equipos homologados, cuando dicha homologación sea obligatoria de acuerdo a lo establecido por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), o equipos que no requieran homologación pero que en todo caso no pongan en riesgo la seguridad de la red o la eficiente prestación del servicio. Parágrafo. UFF MÓVIL podrá verificar, en cualquier momento, que dicho equipo no se encuentre incluido en las bases de datos de los equipos reportados como robados/perdidos. Si no se encuentra incluido se procederá a la activación de los Servicios. No obstante lo anterior, si en fecha posterior a la activación se verifica que el equipo se encuentra reportado en la base de datos prevista para el efecto como extraviado o Página 3

4 hurtado, UFF MÓVIL procederá a su desactivación sin previo aviso, siendo responsabilidad del Usuario demostrar la procedencia del equipo y sin que haya lugar a reclamación alguna por concepto de la no prestación de los Servicios, a causa de esta situación; (viii) Hacer uso de la información suministrada por UFF MÓVIL para efectos de la correcta ejecución del presente contrato; (ix) Abstenerse, so pena de dar UFF MÓVIL por terminado este contrato, de hacer uso indebido de los servicios de emergencia y/o urgencia que no se adecuen al propósito de los mismos; (x) Prevenir, bloquear, combatir y denunciar la explotación, alojamiento, uso, publicación, difusión de imágenes, textos, documentos, archivos audiovisuales, uso indebido de redes globales de información, o el establecimiento de vínculos telemáticos de cualquier clase relacionados con material pornográfico o alusivo a actividades sexuales de menores de edad. Dando cumplimiento a las normas legales que prohíben información pornográfica y/o aprovechamiento de redes con fines de explotación sexual infantil o abuso sexual con menores de edad, incluida la Ley 679 de 2001 (arts. 7 y 8), Decreto 1524 de 2002 (arts. 4 y 5) y Código Penal (arts. 218 y 219A y normas que los modifiquen y/o adicionen. El incumplimiento de la normatividad acarreará las sanciones contempladas en la legislación nacional; (xi) Cumplir con todos los compromisos pactados en el presente contrato; 10. OBLIGACIONES DE UFF MÓVIL.- Sin perjuicio de lo que establezca la normativa vigente, son obligaciones de UFF MÓVIL las siguientes: (i) Prestar los Servicios de conformidad con lo establecido en el presente contrato; (ii) Asignar un número de identificación al Usuario; (iii) Iniciar la prestación de los Servicios indicados en el plan tarifario prepago en un plazo no superior a quince (15) días hábiles contados a partir de la fecha de solicitud de activación efectuada por El Usuario; (iv) Prestar gratuitamente al Usuario las llamadas a los servicios de emergencia previstos en la regulación vigente y en su línea de atención al cliente; (v) Responder por fallas o defectos de la tarjeta SIM adquirido directamente de UFF MÓVIL hasta el límite de las garantías otorgadas por el fabricante; (vi) Garantizar el adecuado tratamiento de los datos personales registrados en sus bases de datos, de conformidad con al Ley 1581 de 2012 y demás disposiciones que la modifiquen, deroguen o reglamente; (viii) Reinstalar el servicio una vez se hayan superado las causas que dieron origen a la suspensión; (ix) Recibir, atender, tramitar y responder dentro de los quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su radicación, las peticiones, quejas y recursos verbales o escritos que presente el usuario, en relación con los servicios de comunicaciones que preste UFF MÓVIL en los términos del presente contrato y en lo previsto en las normas vigentes sobre la materia; (x) Se procederá en los términos de la regulación vigente a la compensación automática ante falta de disponibilidad de red y/o la deficiente prestación de Servicios de Comunicaciones de voz a través de redes móviles; (xi) Informar a los usuarios de cualquier modificación que introduzca al contrato de condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones móviles en la modalidad prepago; (xii) Hacer públicas a través de la página de Internet y redes sociales la información dispuesta en la regulación vigente. 11. TRÁMITE DE PETICIONES, QUEJAS, RECLAMOS O RECURSOS.- El Usuario podrá presentar Peticiones, Quejas, Reclamos o Recursos (PQR s) en forma verbal o escrita, para lo cual no requerirá presentación personal ni intervención de abogado, aunque el Usuario autorice a otra persona para que presente una PQR, y mediante los medios tecnológicos o electrónicos asociados a los mecanismos de atención al Usuario que las oficinas virtuales, línea telefónica y enviando la palabra QUEJA vía SMS al número Por su parte, UFF MÓVIL tiene la obligación de recibir, atender, tramitar y responder las PQR s que presente El Usuario. Para responder la PQR, UFF MÓVIL cuenta con un término de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su presentación, salvo que se trata de petición de documentos, caso en el cual UFF MÓVIL deberá resolverla dentro de los diez (10) días siguientes a su recepción. Este término se podrá ampliar para la práctica de pruebas, en un término no Página 4

5 mayor a 30 días prorrogables por una sola vez sin que con la prórroga el término exceda de 30 días, en caso de de ser necesarias, previa motivación y comunicación de esta situación a El Usuario. En caso de que UFF MÓVIL constate que una petición ya radicada está incompleta, pero la actuación puede continuar sin oponerse a la ley, requerirá al peticionario dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de radicación para que la complete en el término máximo de un (1) mes; a partir del día siguiente en que el Usuario aporte los documentos o informes requeridos, comenzará a correr el término para resolver la pertición. Si vencido el término para contestar la PQR sin que se hubiere resuelto la misma, operará de pleno derecho el silencio administrativo positivo y se entenderá que la PQR ha sido resuelta en forma favorable a El Usuario, salvo que UFF MÓVIL demuestre que El Usuario auspició la demora, o que se requirió de la práctica de pruebas. Cuando se presente PQR s, basta con informar a UFF MÓVIL el nombre completo del peticionario o recurrente, el número de identificación, el objeto de la PQR, los hechos en que fundamenta la solicitud y la dirección física o electrónica. UFF MÓVIL debe suministrar al peticionario o recurrente una constancia por cualquier medio físico o electrónico de la presentación de la PQR y el Código Único Numérico CUN, cuando se implemente, de conformidad con las directrices dadas por Superintendencia de Industria y Comercio mediante Circular Externa No. 02 del 24 de enero de La decisión de las peticiones, quejas, reclamos o recursos deberán ser tomadas por UFF MÓVIL a través del mismo medio en que fueron presentadas por el usuario. UFF MÓVIL notificará, previa citación a El Usuario a través de la dirección física o electrónica suministrada por éste al momento de presentar la PQR o la que haya suministrado con posterioridad, su decisión al Usuario personalmente, o por correo electrónico o por cualquier otro medio que sea autorizado por la autoridad que ejerce las funciones de inspección, vigilancia y control. Parágrafo. UFF MÓVIL podrá realizar notificaciones electrónicas de las decisiones que tome respecto de una PQR presentada por el Usuario, ésta se entenderá surtida cuando el Usuario acceda electrónicamente al contenido de la decisión y una vez se genere el acuse de recibo de la decisión de UFF MÓVIL por parte del Usuario, de acuerdo con lo previsto en la Ley 962 de 2005, o las normas que la adicionen, modifiquen o sustituyan. Así mismo, UFF MÓVIL podrá implementar mecanisos alternos de notificaciòn en línea a través de internet, en los cuales el Usuario pueda acceder al contenido de la decisión empresarial mediante la asignación previa de u usuario y clave de acceso. El recurso de reposición debe interponerse ante UFF MÓVIL dentro de los siguientes diez (10) días hábiles contados a partir del momento que El Usuario tiene conocimiento de la decisión, radicándola a través de correo electrónico o en cualquiera de los puntos de atención al usuario o de radicación dispuestas en los sitios de atención al usuario. El recurso de Apelación podrá ser presentado de manera subsidiaria y simultánea al de Reposición, caso en el cual una vez resuelto el de reposición UFF MÓVIL, remitirá el expediente en medio físico o digitalizado a la Superintendencia de Industria y Comercio para que lo resuelva. 12. Portabilidad Numérica.- El Usuario podrá solicitar en cualquier momento la portación del número de identificación de su línea móvil (10 dígitos), de conformidad con el procedimiento definido en la Resolución CRC 2355 de 2010 o en la normatividad vigente. UFF MÓVIL podrá rechazar la solicitud de portación exclusivamente en aquellos casos previstos por la normatividad vigente. 13. Celebración del Contrato denominado CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE COMUNICACIONES MOVILES EN LA MODALIDAD PREPAGO A TRAVÉS DE LA COMPRA DE LA TARJETA SIM UFF MÓVIL S.A.S..- Se entiende celebrado el presente contrato a partir del momento en que El Usuario, luego de adquirir la TARJETA SIM y/o recarga en modalidad prepago de UFF MÓVIL, solicita y activa el(los) servicio(s) contratado(s), entendiéndose así, que acepta las condiciones para la prestación de los servicios de comunicaciones móviles bajo la modalidad prepago que se establecen en el presente contrato. Página 5

6 Parágrafo.- Para efectos de la activación del servicio, El Usuario deberá solicitar la activación de la tarjeta SIM UFF MÓVIL llamando al *444 y seguir las instrucciones; así mismo, El Usuario queda obligado a suministrar a UFF MÓVIL sus datos personales, entre otros su nombre completo y el número del documento de identidad, los cuales quedan sujetos a verificación por parte de UFF MÓVIL. 14. Provisión del Servicio.- El plazo máximo para la provisión del(los) servicio(s) contratado(s) no podrá ser superior a quince (15) días hábiles contados a partir de la celebración del contrato de acuerdo con lo establecido en el numeral 4 del presente contrato, salvo eventos que constituyan caso fortuito o fuerza mayor, o aquellos que impidan la instalación por causa del Usuario. Este término podrá ser modificado siempre que en ello convengan las partes, en cuyo caso la aceptación expresa del Usuario deberá constar en medio verificable o documento separado del contrato. 15. Cambio de Plan.- El Usuario podrá en un plazo máximo de 24 horas posteriores a la activación del plan, durante la vigencia del presente contrato, efectuar cambio de plan prepago, dentro de la oferta de planes de UFF MÓVIL vigentes y siempre y cuando la línea se encuentre activa. 16. Condiciones técnicas de la SIM, red y de los equipos terminales.- La tarjeta SIM identifica a El Usuario en la correspondiente red del respectivo operador con su número de abonado y es elemento esencial para poder hacer uso del equipo terminal y acceder a los SCM. La red de acceso utilizada por UFF MÓVIL opera en la banda de MHz (banda F), sus tarjetas SIM funcionan con 3 a 5 voltios. Los identificadores Mobile Country Code y Mobile Network Code están dentro de los 6 dígitos en los que debe trabajar el móvil para identificación de la red. La posibilidad de utilizar los SCM de datos dependerá del tipo de equipo del Usuario y de las habilitaciones que tenga activas El Usuario dentro del sistema. UFF MÓVIL no se hace responsable por el suministro, instalación, operación o mantenimiento de los equipos terminales móviles de El Usuario. El Usuario tiene derecho a exigir de los proveedores de servicios de SCM la apertura de las bandas y es deber utilizar equipos terminales que estén debidamente homologados por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC). El Usuario reconoce y acepta que la prestación de los SCM contratados requiere que El Usuario disponga de un equipo terminal móvil, que sea técnica y legalmente adecuado para los servicios prestados por UFF MÓVIL. En caso de que UFF MÓVIL pueda evidenciar, por cualquier medio, que el equipo terminal móvil utilizado por El Usuario, causa perjuicios a la red y/o a los servicios prestados, procederá a avisar a El Usuario y a explicarle las razones por las cuales ha procedido a la suspensión del servicio. El Usuario responderá ante UFF MÓVIL por el uso que se haga de los SCM utilizando su equipo terminal. 17. Servicios de Acceso a Internet. Política de gestión de tráfico.- El servicio de internet a móviles en la red 3.5G funciona con tecnología HSDPA y en la red 2.5G funciona con tecnología EDGE / GPRS / GSM. Para el uso del servicio de internet móvil El Usuario debe contar con equipo que soporte tecnología HSDPA, UMTS en la banda de 1900 MHz. Este servicio puede ser activado en terminales no adquiridos a UFF MÓVIL; sin embargo, UFF MÓVIL no garantiza el óptimo funcionamiento de estos dispositivos dentro de su red 3.5G y su red 2.5GGPRS/EDGE. La velocidad efectiva de navegación depende de las condiciones de cobertura de red en la cual se encuentre El Usuario: cobertura de red 3.5G, cobertura 2.5G (GPRS, EDGE). Para El Usuario con cobertura 3.5G, la velocidad efectiva de descargas máxima que puede alcanzar es de Kbps y para El Usuario con cobertura 2.5G (GPRS, EDGE), la velocidad efectiva de descargas máxima que puede alcanzar es de 128 Kbps. No obstante, la velocidad de navegación percibida por El Usuario podrá variar según la congestión de la red, la intensidad de la señal recibida de acuerdo al lugar donde se encuentre El Usuario y el equipo móvil utilizado para conectarse a la red de datos. La información correspondiente a las zonas de cobertura de la red 3.5G y red 2.5G (GPRS/EDGE) se encuentran publicadas en la página web El Usuario debe garantizar que su terminal cumpla con las características exigidas por las aplicaciones a utilizar. Página 6

7 Condiciones de los planes: Las condiciones vigentes del plan contratado se encuentran en el Anexo 2 de este contrato. 18. Responsabilidad por falla técnicas.-. Sin perjuicio de la compensación automática a que tiene derecho el Usuario para comunicaciones de voz a través de redes móviles y de acuerdo con la regulación vigente, los servicios podrán presentar fallas inherentes a la propia tecnología o por fuerza mayor o caso fortuito. UFF MÓVIL cumplirá con los mismos índices de calidad aplicables, legal, regulatoria y contractualmente a los operadores de redes y sistemas de telecomunicaciones. El término de la interrupción se verificará mediante el reporte de fallas emitido por el Operador de redes. El porcentaje trimestral máximo de caída de llamadas fue fijado en el 3%. Este índice que es global, se calcula promediando la caída de llamadas en todos los sectores de cubrimiento de las antenas del operador de la red durante el trimestre. UFF MÓVIL podrá suspender o modificar la prestación de los SCM por cualquier hecho o circunstancia ajeno a su voluntad. Por lo tanto, UFF MÓVIL, en virtud de las normas generales en materia de responsabilidad civil contractual, no será responsable frente a El Usuario o terceros, por perjuicios que resulten de errores técnicos, omisiones, interrupciones técnicas, demoras y errores en la transmisión, defectos en la transmisión, defectos o fallas del equipo terminal, defectos, errores o fallas en las redes o equipos de terceros operadores que intervengan en la comunicación o cualquier otra causa técnica incluida la falla de transmisión. UFF MÓVIL podrá suspender o modificar la prestación del servicio por cualquier evento que constituya fuerza mayor o caso fortuito, tales como ocurrencia de desastres naturales, hechos terroristas, hurto de infraestructura no imputable al suscriptor o usuario. 19. Consecuencias Legales por utilización del servicio para acceder a contenidos ilícitos o violatorios de normas sobre derechos de autor.- Señor Usuario, en caso de que utilice el(os) servicio(s) de comunicaciones contratado(s) para acceder a contenidos ilícitos o viole las normas sobre derechos de autor, existen consecuencias legales consistentes en penas de prisión entre los 36 a 120 meses y/o multas pecuniarias entre los y los 1500 salarios mínimos legales mensuales vigentes, descritas en los artículos 269 A a 272 del Código Penal o las que los reemplacen o modifiquen. 20. Riesgos.- Señor usuario usted debe tener en cuenta que existen riesgos sobre la seguridad de la red y el(los) servicio(s) contratado(s), que escapan a nuestros mecanismos de control y a los cuales están expuestos los Usuarios de UFF Móvil debido a la naturaleza del medio, los cuales son: (i) Robo o fuga de información al enviar datos a través de redes públicas como Internet; (ii) Robo o fuga de información por la falta de conocimiento y/o por el buen uso que se le dé al dispositivo móvil; (iii) Bloqueo del correo, mensajes basura y ofensivos; (iv) Pérdida de la intimidad, malas compañías, actos ilegales.; (v) Posible infiltración en las comunicaciones al utilizar redes de datos públicas como Internet, para transferir información; llamadas grabadas fraudulentas; (vi) Compras inducidas (publicidad, niños), gastos teléfono; (vii) - Estafas, robos, delitos contra la propiedad intelectual.; (viii) Acceso lento o imposible, virus. ; (ix) Actividades de espionaje debido al uso que se le dé al dispositivo móvil o al intercambiar datos a través de redes públicas como Internet; (x) Uso del medio de comunicación para la transmisión de información con fines malintencionados; (xi) Fomento y/o recepción de mensajes no esperados o de origen desconocido; (xii) Daño intencional del móvil y/o alguno de sus componentes de software por la utilización de software nolicenciado o por el envío y/o recepción de información a través de redes de datos públicas; (xiii) Problemas de desempeño del equipo móvil y/o alguno de sus componentes de software debido a la administración que se le dé a la información almacenada en él; (xiv) Uso indebido de las facilidades de software y/o de la información provista por el móvil debido a la no disponibilidad o faltade configuración de las facilidades de control de acceso disponibles en el dispositivo móvil; (xv) No disponibilidad del servicio de telefonía móvil y/o de valor agregado por motivos de fuerza mayor o caso fortuito. Parágrafo.- Estos riesgos son minimizados con el buen manejo que El Usuario le dé a sus códigos Página 7

8 de seguridad y claves de acceso del(los) servicio(s) contratado(s), y un uso adecuado y responsable de(los) servicio(s). No es política de UFF MÓVIL en ninguna circunstancia, pedirle a sus usuarios información confidencial (usuarios, contraseñas, claves de acceso, etc.) a través de correos electrónicos o medios masivos. UFF MÓVIL recomienda a todos sus usuarios no divulgar sus claves de acceso y cambiar periódicamente sus contraseñas, a propósito de los riesgos señalados. Si el usuario omitiendo esta recomendación o por descuido revela sus datos, UFF MÓVIL se exonera de toda responsabilidad. Adicionalmente usted puede acceder al portal web de UFF MÓVIL y en el link de Servicio al Cliente - Protección al Usuario Seguridad de la Red, tendrá igualmente acceso a los riesgos sobre seguridad de la red y las recomendaciones que debe tener en cuenta. 21. Desactivación del Servicio.- Señor Usuario, usted tiene derecho a solicitar ante UFF MÓVIL la desactivación de su línea activada en modalidad prepago, en un término igual o menor al de la activación. 22. Llamadas de Emergencia y/o Urgencia.- Señor usuario, en caso de necesitarlo, usted puede acceder de manera gratuita a los servicios de urgencia y/o emergencia, incluso cuando no tenga saldo disponible o tenga la línea suspendida, a través de las siguientes líneas telefónicas: (i) Atención a desastres (ii) Policía Nacional (iii) Bomberos (iv) Número Único de Emergencias (v) Ambulancia (vi) Tránsito Departamental; (vii) Tránsito Municipal; (viii) Cruz Roja; (ix) Defensa Civil; (x) Asistencia de Emergencias Fuerzas Militares- ; (xi) Fuerzas Militares - antisecuestro, antiterrorismo, antiextorsión- ; (xii) CAI; (xiii) Policía Nacional antisecuestro, antiterrorismo, antiextorsión Responsabilidad Social Política Ambiental.- Señor Usuario, en caso de terminación del contrato o que usted quiera hacer entrega de sus equipos terminales o aparatos electrónicos de comunicaciones en desuso, UFF MÓVIL tiene diseñado un procedimiento específico de recolección de equipos terminales o equipos en desuso que consiste en que El Usuario debe hacer entrega de sus equipo terminal o aparato electrónico a la siguiente dirección: Carrera 12 No Piso 4, dirigidos a Recolección de Equipos en Desuso, donde nos encargaremos de llevarlos a una empresa especializada en la gestión de desechos electrónicos con el fin de garantizar que estos equipos tengan adecuado manejo de y sea posible la reutilización de algunas de sus partes en otras industrias, estos residuos son separados y exportados para su correcta disposición.24. Suspensión de los Servicios Causales: Será causal de suspensión de los servicios:(i) el hurto o extravío de la tarjeta SIM o del equipo del Usuario, incluida aquella, siempre y cuando dicha situación haya sido notificada a UFF MÓVIL; (ii) Por mutuo acuerdo; (iii) El uso fraudulento del servicio Procedimiento: El usuario deberá comunicarse con la línea de atención gratuita donde solicitará la suspensión por cualquiera de las causales señaladas en el numeral En caso de que la suspensión sea por causa de pérdida o extravío del equipo terminal, UFF MÓVIL da la opción al Usuario de suspender la línea y/o el IMEI; en caso de que la causal sea el hurto, ninguna persona o Usuario podrá hacer uso del equipo terminal en alguna red a nivel nacional. La única persona que puede solicitar el retiro de la lista negativa, es el Usuario que solicitó la suspensión del IMEI. 25. Terminación del contrato Por parte de El Usuario: (i) El incumplimiento por parte de UFF MÓVIL de las obligaciones previstas la resolución CRC 3066 del 18 de mayo de 2011; (ii) En el evento en que el SCM no se preste en las áreas de cubrimiento informadas por UFF MÓVIL; (iii) Por solicitud de portabilidad numérica móvil, de conformidad con el procedimiento definido para tal fin en la resolución CRC 2355 de 2010 y sus modificaciones Por parte de UFF MÓVIL: (i) Por Incumplimiento por parte del Usuario de cualquiera de las obligaciones contenidas en el presente documento o de las normas que le fueran aplicables; (ii) cualquier conducta que implique violación al régimen legal de las tecnologías de la información y las comunicaciones contenido en la Ley 1341 de 2009 y las demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o deroguen; (iii) Cuando el Usuario, sin previa autorización por escrito de UFF MÓVIL, Página 8

9 modifique, altere, o cambie las características técnicas de los SCM, del equipo terminal o de la tarjeta SIM; (iv) Cuando se obtenga acceso a los servicios o a algunos de ellos por medios fraudulentos o utilizando dádivas o prebendas a empleados, contratistas, agentes o aliados de UFF MÓVIL; (v) La cesión, transferencia, comercialización, distribución, reventa, call back, bypass o el uso comercial en cualquier forma de los servicios o derechos contenidos en el presente documento por parte del Usuario, sin autorización previa y escrita de UFF MÓVIL; (vi) El suministro a UFF MÓVIL de datos falsos o adulterados en relación con su identidad o cualquier otra información relacionada o requerida con motivo del presente contrato y el uso de los servicios; (vii) Por muerte o extinción de la persona jurídica de UFF MÓVIL; (viii) Incumplimiento de lo dispuesto en el literal d. del artículo 10.2 de la resolución CRC 3066 del 18 de mayo de 2011; (ix) Por caso fortuito y/o fuerza mayor. 26. Causales y consecuencias de incumplimiento de las obligaciones de las partes Por parte de UFF: a. Causales de incumplimiento: El incumplimiento de sus obligaciones y deberes; b. Consecuencias del incumplimiento: (i) Permitir el retiro del servicio al usuario sin lugar a descontar y resarcir los valores de los servicios no causados en igual cuantía y (ii) todas las definidas por los entes de control y protección del usuario; 26.2 Por parte del Usuario: a. Causales de incumplimiento: El incumplimiento de sus obligaciones y deberes; b. Consecuencias del incumplimiento: (i) El retiro del servicio de manera unilateral y (ii) todas las definidas por las autoridades competentes en Colombia. 27. Protección de Datos Personales.- UFF MÓVIL garantiza que los datos suministrados por El Usuario al momento de activarse el servicio o durante la ejecución del contrato serán utilizados para la correcta prestación del servicio y el adecuado ejercicio de los derechos de los usuarios. Parágrafo.- Señor usuario, si usted lo autoriza, en relación con sus datos personales, incluidos los datos de localización y de tráfico del Usuario, le informamos que los mismos serán utilizados para la realización de estrategias comerciales de UFF MÓVIL, para la elaboración de bases de datos con fines comerciales o publicitarios, así como podrá utilizar sus datos personales par prevención y control de fraude, y en beneficio propio o de terceros; así mismo serán conservados por nuestra parte con especial cuidado. 28. Condiciones que aplican para el uso de mensajes de texto SMS-. UFF MÓVIL permite el acceso al envío y recepción de SMS a nivel nacional e internacional, de dos maneras: (i) tarifa plana ($150), cuando El Usuario los consume del saldo de la línea y (ii) tarifa ($100) cuando ha activado un plan de SMS. Parágrafo Primero. Los destinos para el envío de SMS internacionales están publicados en nuestra página web. Parágrafo Segundo. El Usuario podrá desactivar los servicios de SMS de manera gratuita utilizando un mensaje de texto SMS, cuando se ofrezca la posibilidad de solicitar sericios a través de SMS. 29. Suspensión envío de SMS con fines comerciales y/o publicitarios.- Los usuarios podrán inscribir en la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) de forma gratuita su número de abonado móvil en el Registro de Números Excluidos RNE- con el propósito de evitar la recepción de mensajes cortos de texto SMS-, con fines comerciales y/o publicitarios; o a través de la página web de UFF MÓVIL. 30. Condiciones para el Derecho a la Compensación por falta de disponibilidad de los servicios.- El Usuario tiene derecho a la compensación automática establecida en la Resolución 4296 de 2013 expedida por la CRC y a las normas que la modifiquen y/o complementen. 30. Modificaciones a las Tarifas.- El Usuario reconoce, entiende y acepta que UFF MÓVIL podrá modificar las tarifas bajo la modalidad Prepago, las cuales, en todo evento no podrán empezar a regir sin el consentimiento expreso de El Usuario. Para estos efectos, UFF MÓVIL informará sobre tales modificaciones al Usuario, por cualquier medio electrónico o físico; en todo caso, el Usuario tendrá derecho a mantener las tarifas acordadas con UFF MÓVIL hasta que se agote el saldo que queda de los minutos contratados. 32. Cesión del presente Contrato.- El presente contrato no podrá cederse sin la autorización previa y escrita de UFF Móvil; en caso de cesión sin que medie la autorización Página 9

10 mencionada, UFF Móvil podrá dar por terminado este acuerdo sin necesidad de requerimiento o pronunciamiento privado o judicial alguno y sin perjuicio de perseguir el pago de las obligaciones insolutas a que haya lugar. De otra parte, El Usuario acepta que el presente contrato lo puede ceder UFF Móvil a otra empresa u proveedor de servicios de telecomunicaciones, sin necesidad de que medie autorización previa de El Usuario para garantizar la continuidad en la prestación del servicio público de telecomunicaciones. 33. TRATAMIENTO Y PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. El Usuario autoriza a UFF Móvil para recolectar, almacenar, conservar, usar, suprimir, actualizar, compartir y circular a terceros, sus datos personales de orden demográfico, económico, de servicios, comercial y de localización; para obtención y suministro de información relativa al cumplimiento de sus obligaciones y el cálculo de riesgo económico o crediticio (de manera irrevocable), la publicación de directorios telefónicos, la prevención y control de fraudes, y para beneficio propio o de terceros con los que El Proveedor haya celebrado convenio para envío y recepción de cualquier tipo de información, con fines comerciales o publicitarios en Colombia o en el exterior. La información para el cálculo de riesgo crediticio podrá ser consultada en cualquier operador de banco de datos, por las entidades financieras con las cuales el Proveedor celebre convenios comerciales en favor de los titulares. El titular de los datos tiene derecho de conocer, actualizar, rectificar, suprimir los datos, y revocar la autorización salvo las excepciones legales. Al aceptar las presentes condiciones generales que el Usuario debe conocer cada vez que ingrese al Portal Web de Uff Móvil S.A.S, el Usuario está aceptando que podrá recibir información comercial o publicitaria sobre los productos, bienes y/o servicios de el Proveedor o de terceros, en esta u otras páginas en las que navegue. 34. Declaraciones.- El Usuario declara y hace constar que: (i) Conoce las condiciones del plan tarifario seleccionado; (ii) Conoce las áreas geográficas en donde existe cubrimiento de los servicios a cargo de UFF MÓVIL; (iii) Conoce que, a través del ofrecimiento de los SCM y la activación de la tarjeta SIM, se entiende celebrado el contrato para la prestación del servicio de comunicaciones móviles en la modalidad prepago; (iv) Conoce y acepta expresamente los precios que han sido publicados por UFF MÓVIL al momento de la celebración del contrato; (v) Se hace totalmente responsable por el uso que se haga de los Servicios, de la tarjeta SIM y del equipo, independientemente de la persona que haga uso de ellos y responderá por los daños y perjuicios que se llegaren a causar a UFF MÓVIL y a terceros; (vi) Conoce y acepta, que la tarjeta SIM adquirida a UFF MÓVIL contiene especificaciones técnicas que la hacen de uso exclusivo para el acceso y utilización de los servicios prestados por UFF MÓVIL, que impiden que la tarjeta SIM sea utilizada para acceder a redes o servicios de telecomunicaciones de terceros operadores. 35. Integridad.- El presente contrato contiene la totalidad de las estipulaciones que regirán la relación entre las Partes y prevalece sobre cualquier propuesta verbal o escrita anterior a su presentación. Página 10

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