- Ley 6/98, de 13 de abril, sobre Régimen del Suelo y Valoraciones LRSV-98

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "- Ley 6/98, de 13 de abril, sobre Régimen del Suelo y Valoraciones LRSV-98"

Transcripción

1

2 INDICE DE ABREVIATURAS - Ley 6/98, de 13 de abril, sobre Régimen del Suelo y Valoraciones LRSV-98 - Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por el R.D.Leg. 1/1992, de 26 de junio TRLS-92 - Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por R.D. 1346/1976, de 9 de abril TRLS-76 - Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, que aprueba el Reglamento de Planeamiento Urbanístico RPU - Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, que aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística RGU - Real Decreto 2187/1978, de 23 de junio, que aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística RDU - Ley 30/92, de 26 de nov., de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común LRJAP-92 - Ley de 16 de diciembre de 1954 de Expropiación Forzosa LEF - Decreto de 26 de abril de 1957 que aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa REF - L 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local LRBRL - Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de la Haciendas Locales LRHL - Decreto de 17 de junio de 1955, Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales RSCL - Ley 9/2001, de 17 de Julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid LS-01 - Ley 9/95, de 9 de marzo, de Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo de la Comunidad de Madrid LMPTSU-95 - Ley 2/1999, de 17 de marzo, de Medidas para la Calidad en la Edificación de la CAM LMCE - Normas Complementarias al Reglamento de la Ley Hipotecaria sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística, aprobado por R.D. 1093/1997, de 4 de julio RIRP-97 - Ley 8/1993, de 22 de junio, de Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas LPASBA-93 INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L. 1

3 - Real Decreto-Ley 16/1981, de 16 de octubre, de adaptación de planes generales de ordenación urbana RDL 16/ Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid. LEA-02 INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L. 2

4 I N D I C E TITULO I. DISPOSICIONES PRELIMINARES...17 CAPÍTULO 1. OBJETO, NATURALEZA Y VIGENCIA...17 Artículo 1. Objeto Artículo 2. Ámbito de aplicación...17 Artículo 3. Naturaleza Artículo 4. Características Artículo 5. Vigencia...18 CAPITULO 2. EFECTOS Y CONTENIDO...18 Artículo 6. Efectos...18 Artículo 7. Publicidad...18 Artículo 8. Obligatoriedad Artículo 9. Ejecutividad...19 Artículo 10. La Ordenación Urbanística Municipal Artículo 11. Determinaciones estructurantes y determinaciones pormenorizadas CAPITULO 3. ALTERACION DEL PLANEAMIENTO...20 Artículo 12. Revisión Artículo 13. Modificaciones Artículo 14. Suspensión CAPITULO 4. NORMATIVA Y ADAPTACION Artículo 15. Afecciones. Normativa complementaria y sectorial...21 Artículo 16. Contenido documental...23 Artículo 17. Adaptación a planeamiento supramunicipal...23 Artículo 18. Normas de interpretación CAPITULO 5. APROBACIÓN...24 Artículo 19. Procedimiento de aprobación del Plan General INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L. 3

5 CAPITULO 6. PUBLICIDAD...25 Artículo 20. Publicidad del Plan...25 Artículo 21. Solicitud de información Artículo 22. Cédula Urbanística...26 TÍTULO II. RÉGIMEN URBANÍSTICO DEL SUELO...27 CAPÍTULO 1. CLASIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN DEL SUELO...27 Artículo 23. Clasificación del Suelo del término municipal...27 Artículo 24. Suelo Urbano Artículo 25. Suelo Urbanizable Artículo 26. Suelo No Urbanizable de Protección Artículo 27. Calificación del suelo por usos globales CAPITULO 2. LAS REDES PUBLICAS...29 SECCION 1ª. REGIMEN GENERAL DE LAS REDES PUBLICAS Artículo 28. Definición Artículo 29. Clasificación...30 Artículo 30. Ejecución de las Redes Públicas...30 Artículo 31. Regulación Artículo 32. Titularidad Artículo 33. Intervención en la edificación y limitaciones a la propiedad...30 SECCION 2ª. REDES DE INFRAESTRUCTURAS...31 Artículo 34. Definición y división Artículo 35. Red de Comunicaciones...31 Artículo 36. Red de infraestructuras sociales Artículo 37. Red de infraestructuras energéticas SECCION 3ª. REDES DE EQUIPAMIENTOS...34 Artículo 38. Definición y división Artículo 39. Red de zonas verdes y espacios libres...34 INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L. 4

6 Artículo 40. Red de equipamientos sociales SECCION 4ª. REDES DE SERVICIOS Artículo 41. Definición y división Artículo 42. Red de servicios urbanos...37 Artículo 43. Red de viviendas públicas o de integración social...37 SECCION 5ª. DETERMINACIONES SOBRE LAS REDES PUBLICAS...38 Artículo 44. Determinaciones...38 CAPÍTULO 3. RÉGIMEN JURÍDICO DE LA PROPIEDAD DEL SUELO...38 Artículo 45. Delimitación del Derecho de propiedad...38 Artículo 46. Contenido normal de la propiedad Artículo 47. Condiciones generales para poder edificar Artículo 48. Facultades urbanísticas de la propiedad TÍTULO III. DESARROLLO URBANISTICO DEL PLAN GENERAL...46 CAPÍTULO 1. DETERMINACIONES DE LA ORDENACION URBANISTICA...46 Artículo 49. Determinaciones estructurantes y determinaciones pormenorizadas Artículo 50. Determinaciones sobre las redes públicas...47 Artículo 51. Determinaciones sobre la división del suelo Artículo 52. Determinaciones sobre los usos del suelo Artículo 53. Determinaciones sobre las edificabilidades y aprovechamientos...49 CAPÍTULO 2. DESCRIPCION GENERAL DE LOS INSTRUMENTOS URBANISTICOS...51 Artículo 54. Tipos de instrumentos para el desarrollo urbanístico del suelo...51 INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L. 5

7 CAPÍTULO 3. INSTRUMENTOS DE PLANEAMIENTO...52 SECCION 1ª. PLANES PARCIALES (P.P.)...52 Artículo 55. Definición Artículo 56. Finalidad Artículo 57. Contenido sustantivo Artículo 58. Documentación...55 Artículo 59. Garantías Artículo 60. Tramitación y aprobación...58 SECCION 2ª. PLANES ESPECIALES...58 Artículo 61. Definición y clases Artículo 62. Contenido...59 Artículo 63. Tramitación y aprobación...59 SECCION 3ª. ESTUDIOS DE DETALLE...59 Artículo 64. Definición Artículo 65. Contenido...60 Artículo 66. Tramitación y aprobación...60 SECCION 4ª. CATALOGOS DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS...61 Artículo 67. Definición Artículo 68. Contenido...61 CAPITULO 4. PROYECTOS TÉCNICOS DE EJECUCIÓN MATERIAL...61 SECCION 1ª. PROYECTO DE URBANIZACION. (P.U.)...61 Artículo 69. Objeto y finalidad...61 Artículo 70. Determinaciones y Documentación del Proyecto de Urbanización...62 SECCION 2ª. PROYECTOS DE OBRAS...64 Artículo 71. Proyectos de Obras de Edificación o Instalación Artículo 72. Proyectos de Obras Provisionales y Complementarias INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L. 6

8 CAPITULO 5. EJECUCIÓN DEL PLANEAMIENTO...66 SECCIÓN 1ª. DISTRIBUCIÓN EQUITATIVA DE BENEFICIOS Y CARGAS Artículo 73. Equidistribución Artículo 74. Áreas de Reparto Artículo 75. Modalidad de gestión urbanística SECCIÓN 2ª. ACTUACIONES INTEGRADAS...68 Artículo 76. Actuaciones integradas Artículo 77. Unidades de ejecución Artículo 78. Sistemas de actuación Artículo 79. Sistema de Compensación Artículo 80. Sistema de Cooperación...70 Artículo 81. Sistema de Expropiación Artículo 82. Sistema de Ejecución Forzosa Artículo 83. Reparcelación Artículo 84. Reparcelación económica...73 SECCION 3ª. ACTUACIONES AISLADAS Artículo 85. Actuaciones aisladas Artículo 86. Parcelaciones SECCION 4ª. OBTENCION Y EJECUCION DE LAS REDES PUBLICAS...76 Artículo 87. Condiciones generales...76 Artículo 88. Obtención de redes en actuaciones integradas Artículo 89. Ocupación directa Artículo 90. Permuta forzosa Artículo 91. Expropiación de las redes públicas...79 Artículo 92. Ejecución de las redes públicas TITULO IV. REGIMEN URBANISTICO DE CADA CLASE DE SUELO...81 CAPITULO 1. SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCION...81 SECCION 1ª. RÉGIMEN GENERAL Artículo 93. Delimitación del Suelo No Urbanizable de Protección INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L. 7

9 Artículo 94. Categorías del Suelo No Urbanizable de Protección Artículo 95. Régimen Jurídico Artículo 96. Régimen de las actuaciones en Suelo No Urbanizable de Protección...82 SECCION 2ª. SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCIÓN DE GRADO 1 (SNUP-1) Artículo 97. Delimitación y régimen del SNUP SECCION 3ª. SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCIÓN DE GRADO 2 (SNUP-2) Artículo 98. Delimitación del SNUP Artículo 99. Régimen Urbanístico del SNUP Artículo 100. Régimen de uso y edificación del SNUP SECCION 4ª. SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCIÓN DE GRADO 3 (SNUP-3) Artículo 101. Delimitación del SNUP Artículo 102. Régimen Jurídico y regulación Artículo 103. Edificios e Instalaciones autorizados Artículo 104. Normas de tramitación...90 CAPITULO 2. AFECCIONES SECCION 1ª. ZONAS DE PROTECCION DE YACIMIENTOS ARQUEOLOGICOS...91 Artículo 105. Condiciones para la protección del Patrimonio Arqueológico en el Término Municipal de Rivas-Vaciamadrid CAPITULO 3. SUELO URBANIZABLE...97 SECCION 1ª. REGIMEN GENERAL Artículo 106. Definición Artículo 107. Categorías y delimitación Artículo 108. Normas de utilización del suelo Artículo 109. Normas de planeamiento Artículo 110. Normas de urbanización Artículo 111. Normas de edificación INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L. 8

10 SECCION 2ª. REGIMEN DEL SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO (SUS) Artículo 112. Definición Artículo 113. Relación de los sectores en el SUS Artículo 114. Desarrollo del SUS Artículo 115. Aprovechamientos unitarios y coeficientes de homogeneización de los sectores Artículo 116. Reservas de suelo para redes públicas Artículo 117. Alcance de las determinaciones particulares SECCION 3ª. AREA DE REPARTO Artículo 118. Definición y delimitación Artículo 119. Aprovechamiento unitario de reparto Artículo 120. Viviendas sujetas a protección pública CAPITULO 4. SUELO URBANO SECCION 1ª: REGIMEN GENERAL Artículo 121. Delimitación Artículo 122. Categorías de Suelo Urbano Artículo 123. División del suelo Artículo 124. Áreas Homogéneas SECCION 2ª. ÁMBITOS DE ACTUACIÓN INCORPORADOS (AAI) Artículo 125. Delimitación y características Artículo 126. Contenido de las Fichas de Condiciones de las AAI Artículo 127. Régimen urbanístico de las AAI SECCION 3ª. ORDENACIONES SINGULARES INCORPORADAS Y REMITIDAS (OSI - OSR) Artículo 128. Delimitación y características Artículo 129. Contenido de las Fichas de Condiciones de las OSI - OSR Artículo 130. Régimen urbanístico de los OSI - OSR SECCION 4ª. ZONAS URBANÍSTICAS DE ORDENACIÓN PORMENORIZADA Artículo 131. Zonas Urbanísticas de Ordenación Pormenorizada Artículo 132. División del Suelo Urbano en Z.U.O.P INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L. 9

11 Artículo 133. Aplicación de las condiciones de edificación en cada Z.U.O.P Artículo 134. Determinaciones generales Artículo 135. Zona 1: Casco urbano Artículo 136. Zona 2: La Cigüeña Artículo 137. Zona 3. Vivienda agrupada Artículo 138. Zona 4. Urbanizaciones Artículo 139. Zona 5: Olivar de la Partija Artículo 140. Zona 6: Cerro de la Cabaña Artículo 141. Zona 7. Campillo de San Isidro Artículo 142. Zona 8: Ampliación de Casco Artículo 143. Zona 9: Los Montecillos Artículo 144. Zona 10: Camino Bajo de Rivas Artículo 145. Zona 11: Canteras Artículo 146. Zona 12: Mirador Norte Artículo 147. Zona 13: Área mixta de la Partija Artículo 148. Zona 14: Polígono de Santa Ana Artículo 149. Zona 15: Industria Urbana Artículo 150. Zona 16: Área de Servicios de Santa Ana Artículo 151. Zona 17: La Deseada Artículo 152. Zona 18: Capanegra Artículo 153. Zona 19: Espacios Libres y Zonas Verdes Artículo 154. Zona 20: Equipamientos SECCION 5ª. CONDICIONES GENERALES PARA LA PROTECCION DEL PATRIMONIO Artículo 155. Definiciones Artículo 156. Principios generales de conservación del Patrimonio Cultural. 173 Artículo 157. Patrimonio a conservar, grados ó categorías de protección Artículo 158. Elementos a conservar SECCION 6ª. DEBERES DE CONSERVACION DEL PATRIMONIO ARQUITECTONICO..176 Artículo 159. De los edificios de interés local Artículo 160. Obligaciones y ayudas económicas para la conservación Artículo 161. Criterios de conservación y protección Artículo 162. Legitimación de la expropiación INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L. 10

12 TITULO V. REGIMEN JURIDICO DE LA EDIFICACION CAPITULO 1. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 163. Objeto Artículo 164. Participación ciudadana Artículo 165. Control del deber de conservación y rehabilitación CAPITULO 2. DEL DEBER DE CONSERVACION Y LAS ORDENES DE EJECUCION Artículo 166. Del deber de conservación Artículo 167. Inspección de edificios Artículo 168. De las órdenes de ejecución CAPITULO 3. DE LOS SUPUESTOS DE RUINA Artículo 169 Situación legal de ruina Artículo 170. Ruina física inminente CAPITULO 4. EDIFICIOS Y USOS FUERA DE ORDENACION Artículo 171. Naturaleza y alcance del concepto fuera de ordenación Artículo 172. Tolerancia generales para preservación del patrimonio urbano Artículo 173. Obras permitidas y obras prohibidas TITULO VI. NORMAS GENERALES DE LA EDIFICACIÓN Y DE LOS USOS Artículo 174. Aplicación, ámbito y excepciones CAPÍTULO 1. CONDICIONES GENERALES DE VOLUMEN Y EDIFICACIÓN Artículo 175. Tipología de edificación Artículo 176. Parcela Artículo 177. Solar Artículo 178. Parcela mínima y frente mínimo Artículo 179. Parcela no edificable Artículo 180. Alineaciones y rasantes Artículo 181. Superficie ocupada Artículo 182. Índice de ocupación INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L. 11

13 Artículo 183. Superficie edificada Artículo 184. Superficie edificada total Artículo 185. Superficie libre Artículo 186. Fondo edificable Artículo 187. Separación entre edificaciones Artículo 188. Medición de la altura y del número de plantas Artículo 189. Altura máxima reguladora y número máximo de plantas Artículo 190. Planta de cubierta Artículo 191. Planta baja Artículo 192. Semisótano Artículo 193. Sótano Artículo 194. Vuelos y miradores CAPÍTULO 2. CONDICIONES HIGIÉNICAS DE CALIDAD Y DE SEGURIDAD DE LA EDIFICACIÓN Artículo 195. Patio de parcela Artículo 196. Patio de manzana Artículo 197. Plazas y jardines interiores Artículo 198. Elementos de circulación interior, portales y escaleras de los edificios Artículo 199. Supresión de barreras arquitectónicas Artículo 200. Seguridad contra incendios Artículo 201. Aislamiento Artículo 202. Condiciones generales de las instalaciones Artículo 203. Ventilación Artículo 204. Aire Acondicionado Artículo 205. Instalación de Antenas Artículo 206. Evacuación de humos Artículo 207. Ruidos y vibraciones Artículo 208. Energias e Iluminación Artículo 209. Energía Solar ternica Artículo 210. Evacuación de residuos Artículo 211. Condiciones de vertido de las aguas residuales Artículo 212. Ascensores obligatorios Artículo 213. Aparcamientos obligatorios Artículo 214. Aparcamiento temporales Artículo 215. Agua Artículo 216. Normativa específica de la edificación CAPITULO 3. CONDICIONES DE LOS USOS Artículo 217. De los usos del suelo y la edificación: Definiciones, clasificación e intensidades INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L. 12

14 SECCIÓN 1ª. CONDICIONES PARTICULARES DEL USO DE VIVIENDA Artículo 218. Definición Artículo 219. Tipologías de vivienda Artículo 220. Vivienda exterior Artículo 221. Estudios y Apartamentos Artículo 222. Vivienda mínima y tamaño de piezas Artículo 223. Altura libre Artículo 224. Viviendas para minusválidos Artículo 225. Trasteros Artículo 226. Usos compatibles con el de vivienda SECCIÓN 2ª. CONDICIONES PARTICULARES DEL USO DE GARAJE. APARCAMIENTO Y SERVICIO DEL AUTOMOVIL Artículo 227. Definiciones Artículo 228. Clasificación Artículo 229. Condiciones generales de los Aparcamientos y Garajes Artículo 230. Accesos para vehículos y calles interiores de circulación Artículo 231. Plazas de aparcamiento Artículo 232. Altura mínima Artículo 233. Aseos Artículo 234. Accesos, escaleras y pasillos para peatones Artículo 235. Normas de Implantación, Construcción y Seguridad Artículo 236. Ventilación Artículo 237. Iluminación Artículo 238. Instalaciones de protección contra incendios Artículo 239. Desagües Artículo 240. Usos compatibles en garajes-aparcamientos Artículo 241. Prescripciones de explotación Artículo 242. Servicio público de transporte de viajeros y mercancías Artículo 243. Depósitos de vehículos usados SECCION 3ª. CONCIDIONES PARTICULARES DEL USO DE ACTIVIDADES PRODUCTIVAS Artículo 244. Aplicación Artículo 245. Accesos desde espacio público A.- USO DE INDUSTRIA-ALMACÉN Artículo 246. Definición Artículo 247. Clasificación Artículo 248. Condiciones generales del uso industrial INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L. 13

15 B.- TALLERES DEL AUTOMOVIL Artículo 249. Talleres del automóvil C.- SERVICIOS EMPRESARIALES Artículo 250. Condiciones generales del uso de Servicios Empresariales SECCION 4ª. CONDICIONES PARTICULARES DEL USO TERCIARIO A.- USO COMERCIAL Artículo 251. Definición Artículo 252. Condiciones del uso de comercio y servicios a las personas B.- USO DE OFICINAS Artículo 253. Definición Artículo 254. Condiciones del uso de oficinas C.- USO HOTELERO Artículo 255. Definición Artículo 256. Condiciones del uso hotelero D.- USO RECREATIVO Artículo 257. Recreativo SECCIÓN 5ª. CONDICIONES PARTICULARES DEL USO GENERAL DOTACIONAL Artículo 258. Definición y clasificación A.- EQUIPAMIENTO Artículo 259. Uso de equipamiento Artículo 260. Condiciones generales del uso de equipamiento B.- ESPACIOS LIBRES Artículo 261. Uso de Espacios Libres Artículo 262. Condiciones generales del uso de espacios libres C.- SERVICIOS PUBLICOS Artículo 263. Uso de Servicios Públicos INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L. 14

16 Artículo 264. Condiciones generales del uso de servicios públicos D.- INFRAESTRUCTURAS Artículo 265. Uso de Infraestructuras Artículo 266. Condiciones generales del uso de infraestructuras Artículo 267. Uso de red viaria Artículo 268. Condiciones del uso de red viaria SECCIÓN 6ª. CONDICIONES PARTICULARES DEL USO DE ESTACIONES DE SERVICIO Artículo 269. Uso de estación de servicio Artículo 270. Condiciones de las estaciones de servicio SECCIÓN 7ª- CONDICIONES DE LOS USOS ESPECÍFICOS DEL SUELO NO URBANIZABLE Artículo 271. Definición y clasificación CAPÍTULO 4. CONDICIONES ESTÉTICAS Artículo 272. Condiciones generales Artículo 273. Fachadas Artículo 274. Medianerías o paramentos al descubierto Artículo 275. Modificación de fachadas Artículo 276. Cierre de terrazas y porches Artículo 277. Portadas, escaparates y vitrinas Artículo 278. Publicidad exterior Artículo 279. Cubiertas Artículo 280. Cerramientos Artículo 281. Protección de arbolado Artículo 282. Otros elementos visibles Artículo 283. Medidas de mejora del viario urbano Artículo 284. Diseño de parques y jardines TITULO VII.- LICENCIAS URBANISTICAS CAPITULO 1. SUSPENSION DEL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS Artículo 285. Suspensión voluntaria Artículo 286. Suspensión obligatoria INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L. 15

17 Artículo 287. Licencias objeto de la suspensión Artículo 288. Adopción del acuerdo TITULO VIII. INSPECCION, DISCIPLINA URBANISTICA, INTERVENCION PUBLICA EN ACTOS DE USO DEL SUELO, CONSTRUCCION Y EDIFICACION CAPITULO 1. INSPECCION Y DISCIPLINA URBANISTICA SECCIÓN 1ª. DISCIPLINA URBANÍSTICA. INSPECCIÓN Artículo 289. Disciplina urbanística. Concepto Artículo 290. Inspección SECCIÓN 2ª. INFRACCIONES URBANÍSTICAS Artículo 291. Definición CAPITULO 2. EJECUCIÓN SUSTITUTORIA POR INCUMPLIMIENTO DE LA FUNCION SOCIAL DE LA PROPIEDAD Artículo 292.Ejecución de la construcción o edificación mediante sustitución del propietario y, en su caso, expropiación Artículo 293.Concurso público para la sustitución del propietario a efectos de construcción o edificación Artículo 294. Protección de la legalidad urbanística TITULO IX. MEDIDAS GENERALES DE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE ANEJO A LAS ZONAS DE ORDENANZAS. - PLANO - ZOUP.05 - PLANO - ZOUP.06 - PLANO - ZOUP.07 - PLANO - ZOUP.08 - PLANO - ZOUP.09 - PLANO - ZOUP.10 - PLANO - ZOUP.11 - PLANO - ZOUP.12 - PLANO- ZOUP.17 - PLANO- ZOUP.18 Articulo Protección de la vegetación Articulo Reforestaciones exigibles Articulo Protección de incendios Articulo Vías Pecuarias Articulo Catalogo Regional Articulo Vertidos Articulo Vertidos líquidos Articulo Contaminación acústica y vibratoria Articulo Infraestructuras INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L. 16

18 TITULO I DISPOSICIONES PRELIMINARES INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L.

19 TITULO I. DISPOSICIONES PRELIMINARES CAPÍTULO 1. OBJETO, NATURALEZA Y VIGENCIA Artículo 1. Objeto. El objeto del presente plan general es la ordenación integral del término municipal de Rivas-Vaciamadrid. Dicha regulación se produce estableciendo los regímenes jurídicos correspondientes a cada clase y categoría de suelo. Las presentes normas regulan todos los aspectos de ordenación del territorio, entendiendo por tal la determinación de los parámetros urbanísticos, la clasificación y usos del suelo, las facultades urbanísticas derivadas del derecho de propiedad del mismo, la concreción de su gestión y desarrollo, así como los supuestos de incumplimiento de los deberes urbanísticos y obligaciones que se deriven del planeamiento general o las normas que fueren de aplicación. Artículo 2. Ámbito de aplicación. El ámbito de aplicación del presente plan abarca la totalidad del término municipal de Rivas-Vaciamadrid. Sin perjuicio de las soluciones que se pudieran concretar para las zonas objeto de una futura permuta que el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid pudiera, en su caso, instrumentalizar con el Ayuntamiento de Madrid, y que únicamente tendrán validez plena en el caso de que se aprobara expresamente dicha permuta. Hasta ese momento las previsiones que pudieran hacerse y que afecten a esos suelos se entenderán en todo caso por no hechas. Artículo 3. Naturaleza. El presente plan general tiene carácter normativo con categoría de disposición administrativa de carácter general, por lo que tiene, en todo caso, rango reglamentario de carácter originario y no derivado. En su consecuencia, las presentes normas, resultan amparadas por la inderogabilidad singular de los reglamentos, prevista en el artículo 52.2 de la LRJAP-92. Las presentes Normas del Plan General, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 32 de la LS-01, no establecen determinaciones relativas: - Al proyecto, ejecución material, recepción y mantenimiento de obras y servicios de urbanización, así como normas para el control de calidad de la ejecución. - A los aspectos morfológicos y estéticos, y cuantas otras condiciones no definitorias de la edificabilidad y destino del suelo sean exigibles para la autorización de los actos de INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L. 17

20 construcción, instalaciones y edificación, incluidas las actividades susceptibles de autorización en los inmuebles. remitiéndose a lo establecido por las correspondientes ORDENANZAS MUNICIPALES. Artículo 4. Características. El presente plan General, debido al carácter de ordenación integral del territorio que supone, es inmediatamente ejecutivo, dejando a salvo las exigencias señaladas en el artículo siguiente. El presente Plan General se erige en el instrumento urbanístico más adecuado para formalizar la regulación que se persigue, tal y como se desprende de lo previsto en la memoria justificativa. El presente plan general se adecua a las previsiones contempladas en la normativa estatal y autonómica vigentes. Artículo 5. Vigencia. El presente Plan General surge con vocación de vigencia indefinida en tanto no se apruebe definitivamente una revisión del mismo. CAPITULO 2. EFECTOS Y CONTENIDO Artículo 6. Efectos. Este Plan General, así como los planes de desarrollo y los proyectos que los ejecuten, una vez publicado el acuerdo de su aprobación definitiva, serán públicos, eficaces, obligatorios y ejecutivos, sin perjuicio de que su validez se entenderá producida desde el momento en que se produzca su aprobación. Artículo 7. Publicidad. Desde el momento de su publicación el presente plan general tendrá carácter público y cualquier persona tendrá derecho a consultar en el Ayuntamiento toda la documentación del Plan General, y de los planes y proyectos que lo desarrollen, así como a solicitar información del régimen aplicable a un suelo determinado. Todo ello de conformidad con la publicidad de las normas prevista en el artículo 9.3 de la Constitución y el derecho de acceso a registros administrativos consagrado en los artículos 105 de la Constitución Española y 35 y 37 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, en relación con lo previsto en los artículos 165 y siguientes del Reglamento de Planeamiento Urbanístico. INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L. 18

21 Artículo 8. Obligatoriedad. El Plan General obliga y vincula por igual a cualquier persona física o jurídica, pública o privada, así como a los planes que lo desarrollen y proyectos que lo ejecuten, al estricto cumplimiento de sus términos y determinaciones. El cumplimiento podrá ser exigido por cualquier persona, tenga la condición de interesado o no, mediante el ejercicio de la acción pública urbanística. Artículo 9. Ejecutividad. La ejecutividad del planeamiento supone que desde el momento de la publicación del acuerdo de aprobación definitiva y del texto íntegro de las normas del plan, quedan automáticamente declaradas de utilidad pública las obras en él previstas, a los fines de expropiación o imposición de servidumbres, y la necesidad de ocupación de los terrenos y edificios correspondientes, que sean destinados por el Plan General al establecimiento de viales y servicios públicos o a la construcción de dotaciones o equipamientos públicos, y otros usos análogos con fines no lucrativos, así como los suelos necesarios que constituyan zonas de influencia de las obras previstas, para asegurar el pleno rendimiento de éstas. También se legitima con la aprobación del presente plan general las expropiaciones que materializan sus determinaciones, y se califican como fuera de ordenación los edificios incompatibles con él. Artículo 10. La Ordenación Urbanística Municipal. 1. La ordenación urbanística que propone este Plan General está constituida por el conjunto de determinaciones que, de acuerdo con la legislación urbanística, establece él y los instrumentos de planeamiento que lo desarrollen. 2. Las determinaciones de la ordenación urbanística a que se refiere el número anterior, son estructurantes o pormenorizadas. Las determinaciones estructurantes son las establecidas y alteradas por los instrumentos de planeamiento general. Las determinaciones pormenorizadas habrán de desarrollar, sin contradecirlas, las estructurantes que correspondan. Artículo 11. Determinaciones estructurantes y determinaciones pormenorizadas. 1. Son determinaciones estructurantes de la ordenación urbanística aquellas mediante las cuales se define el modelo de ocupación, utilización y preservación del suelo objeto de este plan, así como los elementos fundamentales de la estructura urbana y territorial de su desarrollo futuro. 2. Son determinaciones pormenorizadas de la ordenación urbanística aquellas que tienen el grado de precisión suficiente para legitimar la realización de actos concretos de ejecución material. INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L. 19

22 CAPITULO 3. ALTERACION DEL PLANEAMIENTO Artículo 12. Revisión. 1. Procederá la revisión del presente Plan General, cuando se hayan de adoptar nuevos criterios que afecten a la estructura general u orgánica del territorio municipal, al modelo territorial, o alteren sus elementos o determinaciones estructurantes, pudiendo el Ayuntamiento acordar la iniciación de la revisión del Plan General, directamente de oficio o a instancia de parte interesada, adoptando el acuerdo de manera debidamente motivada. 2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 9/01 de 17 de julio del Suelo de la Comunidad de Madrid (LS-01), procederá la revisión del presente Plan General cuando se cumpla alguno de los siguientes supuestos: 1º.- Cuando proceda la reconsideración total de la ordenación establecida en el mismo, o bien, de los elementos fundamentales del modelo o solución establecido en el plan. 2º.- Cuando sea necesario variar la clasificación del suelo o disminuir las superficies reservadas a espacios libres públicos. 3º.- Cuando razones de urgencia o de excepcional interés público exijan la adaptación a las determinaciones establecidas en el Plan Regional de Estrategia Territorial u otros instrumentos supramunicipales de ordenación del territorio, previo decreto del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, tras el procedimiento establecido en el artículo 68.4 de la LS-01. 4º.- Agotamiento por la urbanización efectiva de más del 80% del suelo urbano y urbanizable previsto en el plan. 5º.- Cuando la suma o acumulación de modificaciones puntuales pudieran desvirtuar el modelo territorial adoptado o alguno de sus elementos de la ordenación estructurante. 6º.- Cuando precise adaptarse a planeamiento superior. 7º.- Cuando deban adoptarse nuevos criterios que afecten a la estructura general y orgánica del territorio municipal, o cuando se planteen variaciones sustanciales de sus elementos o determinaciones. 3. En todo caso para proceder a la iniciación de la revisión del Plan General en base a los supuestos anteriores será preciso que el acuerdo plenario sea adoptado por la mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación, sin perjuicio de lo dispuesto INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L. 20

23 en el artículo 47 de la Ley 7/85 de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL). Artículo 13. Modificaciones. Se considerarán modificaciones puntuales del presente plan general las variaciones o alteraciones de alguno o algunos de los elementos o determinaciones del mismo que no se incluyan en los supuestos establecidos en el artículo 10 de las presentes normas, con el carácter, procedimiento y plazos establecidos en el artículo 69 de la LS-01. Así mismo, y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 28 de la Ley 10/1998, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, si de las disposiciones relativas a la incoación y/o declaración de un Bien de Interés Cultural, se dedujeran contradicciones con las disposiciones de este Plan, éste deberá modificarse para la oportunamente. A efectos de lo establecido en el referido artículo 69, los elementos y determinaciones que según las presentes normas no corresponden por su naturaleza y alcance al nivel de planeamiento general, sino al de su desarrollo, y que se tramitarán con las reglas propias del planeamiento de desarrollo, son los relativos a: 1º.- Sistemas locales de zonas verdes, viario y dotaciones en unidades de ejecución en suelo urbano sin variación de la superficie. 2º.- Los viarios de suelo urbano en actuaciones aisladas en cuanto supongan un mero reajuste de su funcionalidad y trazado. 3º.- Las determinaciones del suelo urbanizable, no referidas a derechos patrimonializables, ni a la sección de los viarios estructurantes definidos en los planos o a la localización o forma de los suelos de cesión obligatoria para zonas verdes y dotaciones que no sean estructurantes. 4º.- El ámbito de los sectores de planeamiento de suelo urbanizable sin que se modifique el área de reparto y que no afecte al suelo urbano, con un máximo del 10% de su superficie. Artículo 14. Suspensión. El caso de suspensión parcial del Plan General por los supuestos previstos en el artículo 163 del Reglamento de Planeamiento, no impedirá la plena aplicación del mismo para aquellas partes del Término Municipal que no hubiesen sido afectadas por el acuerdo de suspensión CAPITULO 4. NORMATIVA Y ADAPTACION. Artículo 15. Afecciones. Normativa complementaria y sectorial. En todo lo regulado en estas normas urbanísticas se aplicará la normativa vigente, tanto de carácter básico como sectorial. La normativa urbanística vigente es la siguiente: INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L. 21

24 1º.- En cuanto al régimen urbanístico de la propiedad del suelo: a) Legislación estatal: - Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre el Régimen del Suelo y Valoraciones (LRSV- 98). - Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por el R.D.L. 1/1992, de 26 de junio (TRLS-92) en aquellos preceptos puntuales declarados vigentes por la LRSV Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por R.D. 1346/1976, de 9 de abril (TRLS-76) en aquellos preceptos que son de aplicación. b) Legislación autonómica: - Ley 9/2001, de 17 de julio del Suelo de la Comunidad de Madrid (LS-01). 2º.- En cuanto al régimen de valoraciones del suelo y de los supuestos indemnizatorios básicos por actuaciones urbanísticas: Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre el Régimen del Suelo y Valoraciones (LRSV-98). Todo ello sin perjuicio de supuestos adicionales en la legislación autonómica. 3º.- En cuanto al régimen de planeamiento. Contenido sustantivo y documental: - Ley 9/2001, de 17 de julio del Suelo de la Comunidad de Madrid (LS-01). - Ley 9/95, de 28 de marzo, de Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo de la Comunidad de Madrid (LMPTSU-95), solo los Títulos II, III y IV. - Derecho estatal supletorio: Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril, (TRLS- 76), y el Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio que aprueba su correspondiente Reglamento de Planeamiento (RPU) Procedimiento de elaboración y aprobación: igual que en lo anterior, teniendo en cuenta algunos preceptos vigentes del TRLS-92. 4º.- En cuanto al régimen de la gestión urbanística. Cooperación, Compensación y ejecución forzosa: - Ley 9/2001, de 17 de julio del Suelo de la Comunidad de Madrid (LS-01) - Texto Refundido de la Ley del Suelo de 1976 (TRLS-76) y el Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto que aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística (RGU). Expropiación: - Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre el Régimen del Suelo y Valoraciones (LRSV-98) - Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación forzosa y su Reglamento INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L. 22

25 - Ley 9/2001, de 17 de julio del Suelo de la Comunidad de Madrid (LS-01). 5º.- En cuanto al régimen de la intervención en el ejercicio de las facultades dominicales: - Ley 9/2001, de 17 de julio del Suelo de la Comunidad de Madrid (LS-01). - Derecho estatal supletorio: Real Decreto 3288/1978, de 23 de junio que aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística (RDU). 6º.- En cuanto al régimen jurídico comprensivo de la regulación de los actos, acciones y recursos y de la actividad del Registro de la Propiedad ligada a actos urbanísticos: - Legislación estatal inserta en el Texto Refundido de la Ley del Suelo de 1992 (TRLS- 92). - Normas Complementarias al Reglamento de la Ley Hipotecaria sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística, aprobado por el Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio (RIRP-97). 7º.- En cuanto al régimen ambiental: - Ley 2/2002, de 19 de Junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid. - Decreto 18/1992, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Catalogo Regional de Especies Amenazadas de Fauna y flora Silvestre y se crea la categoría de árboles singulares de la Comunidad de Madrid. Artículo 16. Contenido documental. El presente plan general consta de los siguientes documentos: a) Memoria Informativa. b) Planos de Información. c) Memoria Descriptiva y Justificativa. d) Normas Urbanísticas. e) Planos de Ordenación. f) Análisis Ambiental. g) Estudio de Viabilidad. h) Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos. I) Convenios Urbanísticos. Artículo 17. Adaptación a planeamiento supramunicipal. El ajuste del presente planeamiento a las determinaciones que pudieran contemplarse en el planeamiento de carácter supramunicipal que resulte de aprobación posterior al presente plan general, requerirá en todo caso, la revisión del presente planeamiento, conforme a lo previsto en estas normas del plan general, y se estará a lo dispuesto en el Título II de la LS-01 y, en concreto al artículo 68 y concordantes. INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L. 23

26 Artículo 18. Normas de interpretación. 1º Las determinaciones del presente Plan General se interpretarán basándose en los criterios que, partiendo del sentido propio de sus palabras y definiciones, y en relación con el contexto y los antecedentes que tengan en cuenta principalmente su espíritu y finalidad, así como la realidad social del momento en que han de aplicarse. 2º Si se dieran contradicciones gráficas entre planos de diferente escala, se estará a lo que indiquen los de mayor escala. Si fuesen contradicciones entre mediciones sobre plano y sobre realidad, prevalecerán estas últimas. Y si se diesen entre determinaciones de superficies fijas y de coeficientes y porcentajes prevalecerán estos últimos en su aplicación a la realidad concreta. 3º Si existieran contradicciones entre las propuestas explícitas contenidas en los planos de ordenación y planos de información, prevalecerán aquellos sobre estos, y si la contradicción se produjera entre las normas urbanísticas de ordenación, y la memoria prevalecerán aquellas sobre esta. 4º Con carácter general en cualquier supuesto de contradicción o imprecisión de las determinaciones, prevalecerá siempre aquella de la que resulte menor edificabilidad, mayores espacios públicos, mayor grado de protección y conservación del patrimonio cultural, menor impacto ambiental y paisajístico, menor contradicción con los usos y prácticas tradicionales, y mayor beneficio social o colectivo. 5º En cuanto a la situación y delimitación del dominio público de las vías pecuarias, prevalecerá lo recogido en los planos de ordenación escala 1:5.000 de Clasificación del Suelo de este Plan General. Si este plano contuviera discrepancias respecto a los de Calificaciones y deslindes de las vías pecuarias, legalmente aprobados, prevalecerán estos últimos. CAPITULO 5. APROBACIÓN Artículo 19. Procedimiento de aprobación del Plan General. El procedimiento de aprobación del Plan General y de sus modificaciones y revisiones se desarrollará conforme a las siguientes reglas: a) El procedimiento se iniciará mediante acuerdo de aprobación inicial adoptado por el Pleno del Ayuntamiento, de oficio y a iniciativa propia. El acuerdo de aprobación inicial deberá expresar la adecuación o no de la documentación del Plan al avance previamente aprobado, indicando, en su caso y con precisión, las variaciones introducidas. b) La aprobación inicial implicará el sometimiento de la documentación del Plan General a información pública por plazo no inferior a un mes y, simultáneamente, el requerimiento INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L. 24

27 de los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos o que, por razón de la posible afección de los intereses públicos por ellos gestionados, deban considerarse necesarios. La información pública deberá llevarse a cabo en la forma y condiciones que propicien una mayor participación efectiva de los titulares de derechos afectados y de los ciudadanos en general. Los informes deberán ser emitidos en el mismo plazo de la información al público. c) A la vista del resultado de los trámites previstos en la letra anterior, el Pleno del Ayuntamiento resolverá sobre la procedencia de introducir en el documento las correcciones pertinentes. Si tales correcciones supusieran cambios sustantivos en la ordenación, el nuevo documento volverá a ser sometido a los trámites de información pública y requerimiento de informes, tal como se regula en la letra anterior. d) Una vez superados los trámites anteriores, el Pleno del Ayuntamiento remitirá el documento técnico del Plan General a la Consejería competente en materia de medio ambiente, a efectos de que por la misma se emita en el plazo de dos meses el informe definitivo de análisis ambiental. e) Aprobado provisionalmente el Plan General, el expediente completo derivado de la instrucción del procedimiento en fase municipal será remitido a la Consejería competente en materia de ordenación urbanística a los efectos de su aprobación definitiva, si procede, por el órgano competente. CAPITULO 6. PUBLICIDAD Artículo 20. Publicidad del Plan. De conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la LS-01, el acuerdo de aprobación definitiva de la presente revisión del Plan General, así como las ordenanzas y normas contenidas en el mismo, serán publicadas en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, entrando en vigor el día de su publicación. La presente revisión, junto a sus normas ordenanzas y catálogos, serán públicos, y cualquier persona podrá, en todo momento, consultarlos e informarse de los mismos en las dependencias del propio Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid. A tal fin, y de conformidad con lo establecido en los artículos 70.2 de la LRBRL y 37 de la LRJAP-92, el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, tendrá a disposición de los ciudadanos que lo soliciten copias completas del planeamiento municipal vigente. INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L. 25

28 Artículo 21. Solicitud de información. De conformidad y en los términos establecidos en los artículos 35 y 37 de la LRJAP-92, los ciudadanos tendrán derecho a obtener del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que la presente revisión del Plan General, junto con sus normas, ordenanzas y catálogos, impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar. Artículo 22. Cédula Urbanística. En consonancia con lo establecido en los artículos 6.2 y 16.2 de la LRSV-98, todo administrado, tendrá derecho a que el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid le informe por escrito del Régimen y condiciones urbanísticas aplicables a una finca, sector o ámbito determinado. El documento expedido por el Ayuntamiento a tal fin, se denominará Cédula Urbanística y contendrá, como mínimo, referencia de las circunstancias urbanísticas comprendidas en el artículo del RPU. INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L. 26

29 TITULO II REGIMEN URBANISTICO DEL SUELO INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L.

30 TÍTULO II. RÉGIMEN URBANÍSTICO DEL SUELO CAPÍTULO 1. CLASIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN DEL SUELO Artículo 23. Clasificación del Suelo del término municipal. El suelo del término municipal de Rivas-Vaciamadrid, según la delimitación definida en los planos de clasificación de este documento, se clasifica en: Suelo Urbano. 1. Consolidado. 2. No Consolidado. Suelo Urbanizable. 1. Sectorizado. Suelo No Urbanizable de Protección. 1. Vías Pecuarias. 2. Comunicaciones. 3. Parque Regional. Esta clasificación constituye la división básica del suelo a efectos urbanísticos y determina los regímenes específicos de aprovechamiento que correspondan. La delimitación exacta de todos estos tipos de suelo queda fijado en los planos de clasificación y su régimen particular se recoge en las presentes normas. Artículo 24. Suelo Urbano. Este Plan General clasifica como Suelo Urbano: 1. Consolidado: El integrado por los solares y parcelas que, por su grado de urbanización efectiva y asumida por el planeamiento urbanístico, pueden adquirir la condición de solar, mediante obras accesorias y simultáneas a las de edificación o construcción. 2. No Consolidado: El resto del suelo urbano, siempre que se desarrolle mediante actuación integrada y requiera de distribución equitativa de beneficios y cargas. INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L. 27

31 Artículo 25. Suelo Urbanizable. Este Plan General clasifica como Suelo Urbanizable: 1. Sectorizado: Al suelo integrado por los terrenos que no siendo suelo urbano ni no urbanizable de protección, prevé expresamente que deben transformarse en suelo urbano y que, a tales efectos, se dividen en recintos denominados sectores. 2. No Sectorizado: Este Plan General no clasifica suelo en esta categoría. Artículo 26. Suelo No Urbanizable de Protección. Lo forman aquellos terrenos en los que no es posible su transformación y desarrollo urbanístico por encontrarse sometidos a algún régimen especial de protección, en razón de sus valores paisajísticos, históricos, arqueológicos, científicos, ambientales o culturales, de riesgos naturales que aparezcan acreditados en el presente planeamiento, o en función de su sujeción a limitaciones o servidumbres para la protección del dominio público, así como los que el presente planeamiento general considere necesario preservar por los valores a que se ha hecho referencia anteriormente, por su valor agrícola, forestal, ganadero o por sus riquezas naturales. Artículo 27. Calificación del suelo por usos globales. 1. Se entiende por uso global de un suelo el destino funcional que el planeamiento urbanístico le atribuye en relación al conjunto del término municipal. 2. Este Plan General establece para cada área homogénea, ámbito de suelo urbano y sector de suelo urbanizable, uno o varios de los usos globales siguientes: I. Residencial II. III. Garaje-Aparcamiento Actividades Productivas: a) Industria. b) Almacén. c) Talleres del automóvil. d) Servicios empresariales. IV. Terciario: a) Comercial. b) Oficinas. c) Hotelero. d) Recreativo. INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L. 28

32 V. General Dotacional: a) Espacios libres b) Servicios Públicos c) Infraestructuras d) Equipamiento: Educativo Sanitario Deportivo Asistencial Cultural Asociativo Religioso Espectáculos Salas de Reunión Centros Integrados VI. VII. Estaciones de Servicio Usos Específicos del Suelo no Urbanizable de Protección. Vía Pecuaria Espacios naturales protegidos. Infraestructuras de transporte. CAPITULO 2. LAS REDES PUBLICAS SECCION 1ª. REGIMEN GENERAL DE LAS REDES PUBLICAS. Artículo 28. Definición. 1. Es el conjunto de elementos de infraestructuras, equipamientos y servicios públicos que se relacionan entre sí con la finalidad de dar un servicio integral. 2. De acuerdo con lo establecido por el artículo 36.1 de la LS-01, los elementos de las redes se distinguen jerárquicamente en los que conforman: a) La red supramunicipal, dando servicio a un ámbito superior al municipio. b) La red general, dando servicio a la globalidad de la población del municipio. c) La red local, dando servicio a los residentes de un ámbito de actuación, sector o barrio urbano o rural concreto. y aparecen así grafiados en los planos. INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L. 29

33 3. Los artículos 36.5, 36.6 y 91 de la LS-01 fijan unos estándares mínimos para cada una de estas redes, que deberán cumplirse en diferentes ámbitos territoriales, dependiendo de la que se trate. Artículo 29. Clasificación. Según lo establece el artículo 36.2 de la LS-01, los elementos de la red pública se clasifican, desde el punto de vista funcional en: a) Redes de infraestructuras. b) Redes de equipamientos. c) Redes de servicios. Artículo 30. Ejecución de las Redes Públicas. 1. El suelo necesario para la ejecución de las Redes Públicas que el presente Plan General incluye, a efectos de su obtención, es de cesión obligatoria y gratuita a favor de la Administración actuante. Se expropiarán o permutarán, en cambio, en el caso de aquella que no se incluya o adscriba en ningún ámbito de desarrollo del planeamiento, todo ello según el artículo 90 y siguientes de la LS La urbanización se ejecutará según lo dispuesto en el artículo 95 de la LS-01. Artículo 31. Regulación. La regulación de las Redes Públicas viene recogida en la LS-01, la LRSV-98 y el TRLS-76. Artículo 32. Titularidad. 1. Los terrenos que el Plan delimita como Redes Públicas son ya suelos de dominio público, o se adscribirán al mismo en ejecución del presente Plan General. 2. Los terrenos destinados a Redes Públicas, se encuentran en alguna de las siguientes situaciones: a) Obtenidos como resultado de cesiones anticipadas o derivadas de planeamiento ya ejecutado. b) Pendientes de obtención. 3. La Red de Vías Pecuarias ya está obtenida y su titularidad corresponde a la Comunidad de Madrid. Artículo 33. Intervención en la edificación y limitaciones a la propiedad. La función social de la propiedad no solamente limita sino que delimita su ejercicio, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 33 de la Constitución Española por lo que, en cualquier caso, deberán prevalecer siempre los criterios de ordenación de las Redes Públicas, INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L. 30

34 al ser de interés público para la colectividad. Aspecto que en todo caso deberá primar sobre los intereses particulares; erigiéndose siempre este concepto en principio interpretativo básico tanto de las presentes normas como del Plan General en su conjunto. SECCION 2ª. REDES DE INFRAESTRUCTURAS Artículo 34. Definición y división. Son aquellas Redes Públicas urbanas o interurbanas destinadas al establecimiento de las comunicaciones, suministros y evacuación, con sus áreas de acceso, así como cualesquiera instalaciones vinculadas a estos sistemas. El artículo 36.2.a) de la LS-01 distingue tres grupos: a) Red de comunicaciones. b) Red de infraestructuras sociales. c) Red de infraestructuras energéticas. Artículo 35. Red de Comunicaciones. Son aquellas Redes Públicas urbanas e interurbanas destinadas al establecimiento de las trazas viarias y ferroviarias, con sus áreas de acceso, así como cualesquiera instalaciones vinculadas a este sistema, como son las estaciones de ferrocarril, metro y autobuses, y otras instalaciones de naturaleza análoga. i) Sistema ferroviario. La Red ferroviaria comprende el conjunto de espacios reservados al funcionamiento del ferrocarril, tales como las vías, estaciones, almacenes, edificios y demás elementos relacionados con aquél, y, además, los correspondientes espacios de protección. Este sistema impone determinadas limitaciones a los suelos situados fuera de él pero en colindancia con el mismo, tal y como establece la legislación sectorial del transporte ferroviario. Para los edificios existentes con anterioridad al presente Plan General, cuya alineación es respetada por éste, prevalecerán las determinaciones contenidas en él. Los Planes Parciales de ordenación urbana correspondientes a sectores de suelo urbanizable, o a ámbitos de actuación en suelo urbano, cruzados por o inmediatos a las vías férreas, regularán la edificación, y el uso y ordenación del suelo, respetando las limitaciones impuestas por la legislación especial ferroviaria. Las actuaciones urbanísticas en suelo urbanizable y suelo urbano no consolidado, incluirán dentro de las mismas la obligación por parte del ente urbanístico actuante del INGENIERIA Y CONTROL DE OBRA, S.L. 31

Título V REGULACIÓN DEL SUELO APTO PARA URBANIZAR

Título V REGULACIÓN DEL SUELO APTO PARA URBANIZAR Título V REGULACIÓN DEL SUELO APTO PARA URBANIZAR Capítulo 1 Título V. REGULACIÓN DEL SUELO APTO PARA URBANIZAR DETERMINACIONES GENERALES DEL SUELO APTO PARA URBANIZAR Art. 214. Definición y ámbito. El

Más detalles

NORMAS URBANISTICAS Plan General de Ordenación de Avilés TITULO VI REGIMEN URBANÍSTICO DEL SUELO URBANIZABLE

NORMAS URBANISTICAS Plan General de Ordenación de Avilés TITULO VI REGIMEN URBANÍSTICO DEL SUELO URBANIZABLE TITULO VI REGIMEN URBANÍSTICO DEL SUELO URBANIZABLE Capítulo I Aspectos Generales. 6.01. Definición 1. Constituyen el Suelo Urbanizable aquellas áreas del territorio que sin pertenecer al Suelo Urbano

Más detalles

NORMATIVA URBANÍSTICA

NORMATIVA URBANÍSTICA NORMATIVA URBANÍSTICA ÍNDICE PREÁMBULO CAPITULO 1º. DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO 2º. DESARROLLO Y EJECUCIÓN DEL PLAN CAPITULO 3º. ORDENANZA DE LA ZONA DE EDIFICACIÓN UNIFAMILIAR AISLADA UAS 4 HUERTA

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE

ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE Página 1 de 6 Exposición de Motivos. La Ley 7/2002, de 17 de diciembre,

Más detalles

TÍTULO III. SUELO URBANIZABLE

TÍTULO III. SUELO URBANIZABLE TÍTULO III. SUELO URBANIZABLE CAPÍTULO VI. SUELO URBANIZABLE PORMENORIZADO. Art. 6.1. Definición y delimitación. Constituye el suelo urbanizable aquellos terrenos que el Plan General considera adecuados

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE CHAPINERIA

AYUNTAMIENTO DE CHAPINERIA AYUNTAMIENTO DE CHAPINERIA ORDENANZA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE PLAZAS DE APARCAMIENTO APROBADA 16/10/2014 ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE PLAZAS DE APARCAMIENTO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Consejo

Más detalles

MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS DEL PGOU DOCUMENTO REFUNDIDO

MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS DEL PGOU DOCUMENTO REFUNDIDO MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS DEL PGOU DOCUMENTO REFUNDIDO AYUNTAMIENTO DE ALGINET JUNIO 2012 ÍNDICE PARTE SIN EFICACIA NORMATIVA 1.- MEMORIA INFORMATIVA 1.1.- ANTECEDENTES 1.2.- OBJETO

Más detalles

ESTUDIO DE DETALLE DEL SOLAR POLÍGONO PARCELA 4 (Porción incluida en suelo urbano) (Valencia de Don Juan)

ESTUDIO DE DETALLE DEL SOLAR POLÍGONO PARCELA 4 (Porción incluida en suelo urbano) (Valencia de Don Juan) ESTUDIO DE DETALLE DEL SOLAR POLÍGONO 214.- PARCELA 4 (Porción incluida en suelo urbano) (Valencia de Don Juan) MEMORIA VINCULANTE 1.- ANTECEDENTES. La redacción del presente Estudio de Detalle es obligatoria

Más detalles

REDACCIÓN ANTIGÜA. Artículo 7 Bienes inmuebles urbanos y rústicos. Artículo 7 Bienes inmuebles urbanos y rústicos

REDACCIÓN ANTIGÜA. Artículo 7 Bienes inmuebles urbanos y rústicos. Artículo 7 Bienes inmuebles urbanos y rústicos Artículo 7 Bienes inmuebles urbanos y rústicos Artículo 7 Bienes inmuebles urbanos y rústicos 2. Se entiende por suelo de naturaleza urbana: b) Los terrenos que tengan la consideración de urbanizables

Más detalles

ESTUDIO DE DETALLE LA ORDENACIÓN DE PARCELA DOTACIONAL Nº 32 DEL PLAN PARCIAL Nº 8 SEMINARIO

ESTUDIO DE DETALLE LA ORDENACIÓN DE PARCELA DOTACIONAL Nº 32 DEL PLAN PARCIAL Nº 8 SEMINARIO MEMORIA INFORMATIVA 1. OBJETO DEL ESTUDIO DE DETALLLE 2. PLANEAMIENTO DE APLICACIÓN Y DETERMINACIONES URBANÍSTICAS 3. PROPIEDAD DEL SUELO MEMORIA JUSTIFICATIVA 4. CONVENIENCIA DE LA REDACCIÓN DEL ESTUDIO

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA LICENCIA AMBIENTAL

ORDENANZA REGULADORA DE LA LICENCIA AMBIENTAL ORDENANZA REGULADORA DE LA LICENCIA AMBIENTAL Artículo 1. Sujeción a la licencia ambiental 1. El ejercicio de las actividades comprendidas en el Anexo de la presente Ordenanza precisará la previa obtención

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE (art L.O.U.A.

ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE (art L.O.U.A. ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE (art. 52.5 L.O.U.A.) Art. 1. Objeto. De acuerdo con lo establecido en el

Más detalles

Urbanismo comparado. Comunidades Autónomas. Felipe Iglesias González

Urbanismo comparado. Comunidades Autónomas. Felipe Iglesias González Urbanismo comparado. Comunidades Autónomas Felipe Iglesias González www.uam.es/felipe.iglesias MARCO NORMATIVO URBANÍSTICO Ley del Suelo de 1976 Reglamento de Planeamiento urbanístico (1978) Reglamento

Más detalles

ACTOS SIEMPRE SUJETOS A LICENCIA. Arts. 134 y 136

ACTOS SIEMPRE SUJETOS A LICENCIA. Arts. 134 y 136 ACTOS SIEMPRE SUJETOS A LICENCIA Arts. 134 y 136 1.- Cualesquiera que se realicen en suelo rústico protegido y en edificios declarados como bienes de interés cultural o catalogados. 2.- Movimientos de

Más detalles

ORDENANZA URBANÍSTICA MUNICIPAL REGULADORA DE LA EXIGENCIA DE PLAZAS DE APARCAMIENTO EN EL SUELO URBANO CONSOLIDADO

ORDENANZA URBANÍSTICA MUNICIPAL REGULADORA DE LA EXIGENCIA DE PLAZAS DE APARCAMIENTO EN EL SUELO URBANO CONSOLIDADO ORDENANZA URBANÍSTICA MUNICIPAL REGULADORA DE LA EXIGENCIA DE PLAZAS DE APARCAMIENTO EN EL SUELO URBANO CONSOLIDADO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Las Normas Transitorias de Planeamiento aprobadas definitivamente

Más detalles

AJUNTAMENT D ALCOI INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA VERSIÓN PRELIMINAR DEL PLAN GENERAL ESTRUCTURAL MAYO 2016

AJUNTAMENT D ALCOI INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA VERSIÓN PRELIMINAR DEL PLAN GENERAL ESTRUCTURAL MAYO 2016 AJUNTAMENT D ALCOI INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA VERSIÓN PRELIMINAR DEL PLAN GENERAL ESTRUCTURAL MAYO 2016 PLANEAMIENTO URBANÍSTICO VIGENTE EN ALCOY: Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de 1989. LA REVISIÓN

Más detalles

V Calificación del Suelo

V Calificación del Suelo 3.6.- Defensa contra el ruido 3.6.1.- Zonificación acústica La zonificación acústica del territorio queda regulada a nivel nacional el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre (incluidas las modificaciones

Más detalles

DECRETO 2/2012, por el que se regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable. AVANCES

DECRETO 2/2012, por el que se regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable. AVANCES DECRETO 2/2012, por el que se regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable. S 1 SITUACIONES DE LAS EDIFICACIONES SEGÚN SU IMPLANTACIÓN EN EL SUELO NO URBANIZABLE

Más detalles

DIRECCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS JURIDICOS COORDINACIÓN TERRITORIAL E INTERNACIONAL

DIRECCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS JURIDICOS COORDINACIÓN TERRITORIAL E INTERNACIONAL El destino del Patrimonio Público del Suelo tras la entrada en vigor de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local (LRSAL). NORMATIVA APLICABLE.

Más detalles

CRITERIOS TÉCNICOS PARA LA TASACIÓN DEL VALOR DE VENTA DE DETERMINADOS APROVECHAMIENTOS URBANÍSTICOS MUNICIPALES EN UNIDADES DE ACTUACION

CRITERIOS TÉCNICOS PARA LA TASACIÓN DEL VALOR DE VENTA DE DETERMINADOS APROVECHAMIENTOS URBANÍSTICOS MUNICIPALES EN UNIDADES DE ACTUACION CRITERIOS TÉCNICOS PARA LA TASACIÓN DEL VALOR DE VENTA DE DETERMINADOS APROVECHAMIENTOS URBANÍSTICOS MUNICIPALES EN UNIDADES DE ACTUACION (Actualización Criterios Técnicos Octubre-2008). Ámbito de aplicación

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DEL REGISTRO MUNICIPAL DE SOLARES Y EDIFICIOS A REHABILITAR. Exposición de Motivos

ORDENANZA REGULADORA DEL REGISTRO MUNICIPAL DE SOLARES Y EDIFICIOS A REHABILITAR. Exposición de Motivos ORDENANZA REGULADORA DEL REGISTRO MUNICIPAL DE SOLARES Y EDIFICIOS A REHABILITAR Exposición de Motivos Es una realidad en Altea la existencia de solares vacantes o con edificaciones inconclusas o vacantes

Más detalles

Arquitecto: Mikel Inchaurbe Ocerinjauregui

Arquitecto: Mikel Inchaurbe Ocerinjauregui 5ª MODIFICACIÓN PUNTUAL PLAN PARCIAL DEL SECTOR 8.A.2 LAKUA referente a la modificación de Ordenanzas en la parcela terciaria 8A2-8 Febrero de 2014 Arquitecto: Mikel Inchaurbe Ocerinjauregui Índice MEMORIA

Más detalles

GUIÓN DE CONTENIDO PARA PROYECTOS DE ACTIVIDADES. 1. Actividades Registro de modificaciones Tabla de comprobaciones...

GUIÓN DE CONTENIDO PARA PROYECTOS DE ACTIVIDADES. 1. Actividades Registro de modificaciones Tabla de comprobaciones... Pág.: 1 / 8 Índice 1. Actividades... 2 2. Registro de modificaciones... 7 3. Tabla de comprobaciones... 8 Pág.: 2 / 8 1. Actividades En el presente apartado se establece el guión de contenido para la realización

Más detalles

TÍTULO IV. CONDICIONES GENERALES DE LOS USOS

TÍTULO IV. CONDICIONES GENERALES DE LOS USOS TÍTULO IV. CONDICIONES GENERALES DE LOS USOS CAPÍTULO 4.1. DETERMINACIONES GENERALES Artículo 4.1.1. Definición y objeto (E) El presente Título tiene por objeto la clasificación de los usos en función

Más detalles

LA ORDENANZA MUNICIPAL DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS DEL AYTO. DE ALMERIA

LA ORDENANZA MUNICIPAL DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS DEL AYTO. DE ALMERIA LA ORDENANZA MUNICIPAL DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS DEL AYTO. DE ALMERIA COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES, ARQUITECTOS TÉCNICOS E INGENIEROS DE EDIFICACIÓN DE ALMERIA 22 DE MARZO DE 2.012 Francisco Javier

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA REALIZACION DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS CON MOTIVO DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA REALIZACION DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS CON MOTIVO DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA REALIZACION DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS CON MOTIVO DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE MADRID URBANISMO

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE MADRID URBANISMO BOCM Pág. 218 JUEVES 14 DE MARZO DE 2013 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 67 MADRID URBANISMO Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda Dirección General de Planeamiento Expediente 711/2011/20226.

Más detalles

DERECHO DE LA CONSTRUCCIÓN Y LA VIVIENDA

DERECHO DE LA CONSTRUCCIÓN Y LA VIVIENDA DERECHO DE LA CONSTRUCCIÓN Y LA VIVIENDA TEMA 1. PRESUPUESTOS URBANÍSTICOS Y REGÍSTRALES DE LA CONSTRUCCIÓN I. El procedimiento de adquisición del ius aedificandi. 1. El aprovechamiento urbanístico. 2.

Más detalles

El ejercicio de la potestad de planeamiento como instrumento para el impulso de las infraestructuras de telecomunicación.

El ejercicio de la potestad de planeamiento como instrumento para el impulso de las infraestructuras de telecomunicación. El ejercicio de la potestad de planeamiento como instrumento para el impulso de las infraestructuras de telecomunicación Lluis Cases Barcelona, junio 2010 I. Introducción El objetivo de la intervención

Más detalles

DE COLLADO MEDIANO (MADRID)

DE COLLADO MEDIANO (MADRID) ANEJO Nº 3: INFORME SOBRE LA VIABILIDAD ECONÓMICA DE LAS ALTERNATIVAS Y DE LAS MEDIDAS DIRIGIDAS A PREVENIR, REDUCIR O PALIAR LOS EFECTOS NEGATIVOS DEL PLAN PARCIAL DE ORDENACIÓN "PEÑARRUBIA" DE COLLADO

Más detalles

TÍTULO II: RÉGIMEN URBANÍSTICO DEL SUELO...32

TÍTULO II: RÉGIMEN URBANÍSTICO DEL SUELO...32 NORMATIVA...22 TÍTULO I: ÁMBITO, VIGENCIA, INNOVACIÓN, CONTENIDO Y VALOR DE LOS DOCUMENTOS....22 Artículo 1.1 Naturaleza y Ámbito Territorial...22 Artículo 1.2 Vigencia del documento...23 Artículo 1.3

Más detalles

MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL TEXTO REFUNDIDO DE MODIFICACIÓN Y ADAPTACIÓN DEL PLAN PARCIAL DE FONTIÑAS. SANTIAGO DE COMPOSTELA MAYO DE 2011

MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL TEXTO REFUNDIDO DE MODIFICACIÓN Y ADAPTACIÓN DEL PLAN PARCIAL DE FONTIÑAS. SANTIAGO DE COMPOSTELA MAYO DE 2011 MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL TEXTO REFUNDIDO DE MODIFICACIÓN Y ADAPTACIÓN DEL PLAN PARCIAL DE FONTIÑAS. SANTIAGO DE COMPOSTELA MAYO DE 2011 Manuel Carbajo Capeáns Arquitecto colegiado COAG 2391 INDICE O. INTRODUCCIÓN

Más detalles

ESTUDIO DE DETALLE para ordenación de volúmenes en Parcela E-F de la U.E. CORR en Ciudad Real 2007

ESTUDIO DE DETALLE para ordenación de volúmenes en Parcela E-F de la U.E. CORR en Ciudad Real 2007 ESTUDIO DE DETALLE para ordenación de volúmenes en Parcela E-F de la U.E. CORR en Ciudad Real 2007 Arquitecto Gaspar Sánchez Moro Estudio de Arquitectura, S.L. Propiedad UTE Aldesa, S.A. y Aldesa Home,

Más detalles

Sobre licencia de segregación o certificación de innecesariedad en finca rústica donde se construyeron edificaciones clandestinamente INFORME

Sobre licencia de segregación o certificación de innecesariedad en finca rústica donde se construyeron edificaciones clandestinamente INFORME -OFICIALÍA MAYORhttp://www.dip-badajoz.es/municipios/sael/index.php?cont=docum&c=1&id=3 ASUNTO: LICENCIAS Sobre licencia de segregación o certificación de innecesariedad en finca rústica donde se construyeron

Más detalles

CURSO/GUÍA PRÁCTICA ESTUDIOS DE DETALLE Y PROYECTOS DE URBANIZACIÓN

CURSO/GUÍA PRÁCTICA ESTUDIOS DE DETALLE Y PROYECTOS DE URBANIZACIÓN SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. CURSO/GUÍA PRÁCTICA ESTUDIOS DE DETALLE Y PROYECTOS DE URBANIZACIÓN PARTE PRIMERA. Estudio de detalle. Capítulo 1.

Más detalles

CAPITULO 5. ZONA de EDIFICACION ABIERTA

CAPITULO 5. ZONA de EDIFICACION ABIERTA CAPITULO 5. ZONA de EDIFICACION ABIERTA artículo 257. Ambito y tipología. 1. Se entiende por área de edificación ABIERTA aquella que comprende los terrenos destinados por las Normas Subsidiarias para la

Más detalles

ANEXO V-Fichas urbanísticas

ANEXO V-Fichas urbanísticas ANEXO V-Fichas urbanísticas 1. Ficha de la zona El plan general estructural contendrá una ficha resumen para cada zona de ordenación, con el diseño y la información que se establece en este anexo. a) Las

Más detalles

FUNDAMENTO LEGAL HECHO IMPONIBLE SUJETO PASIVO

FUNDAMENTO LEGAL HECHO IMPONIBLE SUJETO PASIVO Nº ORDEN 51 ORDENANZA FISCAL reguladora DE LA TASA POR TRAMITACIÓN Y REDACCIÓN DE INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN, GESTIÓN URBANÍSTICA Y EVALUACIONES AMBIENTALES ESTRATÉGICAS Artículo 1. FUNDAMENTO LEGAL En

Más detalles

CLASES DE LICENCIAS DE ACTIVIDAD Y PROCEDIMIENTOS DE TRAMITACIÓN

CLASES DE LICENCIAS DE ACTIVIDAD Y PROCEDIMIENTOS DE TRAMITACIÓN CLASES DE LICENCIAS DE ACTIVIDAD Y PROCEDIMIENTOS DE TRAMITACIÓN AUTORIZACIONES AMBIENTALES (LEY 4/2009 DE PAI. BORM 22 DE MAYO DE 2009) GRUPO I. Autorización Ambiental Integrada GRUPO II. Autorización

Más detalles

EXPTE. DE MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NN.SS. DE ZIGOITIA REFERENTE A LA CLASIFICACIÓN DE LA PC-915, P-2 DE ONDATEGI

EXPTE. DE MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NN.SS. DE ZIGOITIA REFERENTE A LA CLASIFICACIÓN DE LA PC-915, P-2 DE ONDATEGI EXPEDIENTE SITUACIÓN: DE MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NN.SS. DE ZIGOITIA REFERENTE A LA CALIFICACIÓN DE LA PARCELA CATASTRAL 915, POLÍGONO 2 DE ONDATEGI ONDATEGI, ZIGOITIA, ALAVA MEMORIA PROPIEDAD: JUNTA

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE ALBAL MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 12 DEL PLAN GENERAL DE ALBAL JULIO DE 2013 MEMORIA INFORMATIVA

AYUNTAMIENTO DE ALBAL MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 12 DEL PLAN GENERAL DE ALBAL JULIO DE 2013 MEMORIA INFORMATIVA URBANISME I MEDI AMBIENT AYUNTAMIENTO DE ALBAL MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 12 DEL PLAN GENERAL DE ALBAL JULIO DE 2013 INDICE PARTE SIN EFICACIA NORMATIVA 1. Antecedentes 2. Legislación aplicable 3. Alcance

Más detalles

ORDENANZA FISCAL Nº 17 HACIENDA MUNICIPAL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS

ORDENANZA FISCAL Nº 17 HACIENDA MUNICIPAL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS AYUNTAMIENTO DE NAVA ASTURIAS ORDENANZA FISCAL Nº 17 HACIENDA MUNICIPAL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS ARTICULO 1.-HECHO IMPONIBLE ARTICULO 1.- 1.- Constituye el hecho imponible del

Más detalles

Aumento de cinco a siete las plazas de autotaxis en licencias ya concedidas. INFORME

Aumento de cinco a siete las plazas de autotaxis en licencias ya concedidas. INFORME -OFICIALÍA MAYORhttp://www.dip-badajoz.es/municipios/sael/index.php?cont=docum&c=1&id=3 ASUNTO: LICENCIAS/TAXIS Aumento de cinco a siete las plazas de autotaxis en licencias ya concedidas. F ************

Más detalles

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES.

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES. ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES. (B.O.P de Guadalajara de 2 de noviembre de 2009) A tenor de las facultades normativas otorgadas por los artículos 133.2

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE ALJARAQUE (HUELVA) ORDENANZA NUM 9:

AYUNTAMIENTO DE ALJARAQUE (HUELVA) ORDENANZA NUM 9: ORNANZA NUM 9: ORNANZA FISCAL REGULADORA LA TASA POR LICENCIA APERTURA ESTABLECIMIENTOS Y POR LA PRESTACIÓN ACTIVIDAS ADMINISTRATIVAS CONTROL, SUPERVISIÓN Y VERIFICACIÓN LICENCIAS, COMUNICACIONES PREVIAS

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS Í N D I C E

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS Í N D I C E ORDENANZA FISCAL NÚM. 2.19 EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS Í N D I C E I. Hecho Imponible... 2 II. Sujeto Pasivo... 3 III. Responsables... 3 IV. Devengo... 4 V. Base Imponible y Cuota Tributaria...

Más detalles

ACUERDO INTERPRETATIVO PGMO, SOBRE SEGREGACIONES EN SUELO URBANIZABLE Y NO URBANIZABLE

ACUERDO INTERPRETATIVO PGMO, SOBRE SEGREGACIONES EN SUELO URBANIZABLE Y NO URBANIZABLE AYUNTAMIENTO DE ALHAMA DE MURCIA ACUERDO INTERPRETATIVO PGMO, SOBRE SEGREGACIONES EN SUELO URBANIZABLE Y NO URBANIZABLE El presente acuerdo se realiza en virtud de lo establecido en el art. 6 de las Normas

Más detalles

Diciembre 2013 PLANES ESPECIALES PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE BURGOS

Diciembre 2013 PLANES ESPECIALES PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE BURGOS Diciembre 2013 PLANES ESPECIALES PLAN ESPECIAL DE FUENTE DEL REY CONDICIONES DE DESARROLLO DEL SECTOR Plan Especial Diciembre 2013 NOMBRE Fuente del Rey FIGURA DEL PLANEAMIENTO HOJA PLANO PO-2 Hoja 5,

Más detalles

Directrices Definitorias de la Estrategia de Evolución Urbana y Ocupación del Territorio. Plan General de Caudiel. Plan General de Caudiel

Directrices Definitorias de la Estrategia de Evolución Urbana y Ocupación del Territorio. Plan General de Caudiel. Plan General de Caudiel Plan General de Caudiel Directrices Definitorias de la Estrategia de Evolución Urbana y Ocupación del Territorio. 03UR068_PGen_Deut_R080130.doc 1.- OBJETO DE LAS DEUT El objeto de las Directrices Definitorias

Más detalles

MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN PARCIAL SUNP-31 CONCELLO DE SANTIAGO

MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN PARCIAL SUNP-31 CONCELLO DE SANTIAGO CESAR COLL arquitectos s.l. Avda. de Barcelona, nº 10 6º 15.706 - Santiago de Compostela Tfno.: 981 563 451 - Fax: 981 560 633 cesarcoll.arquitectos.sl@mundo-r.com MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN PARCIAL

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones Real Decreto 2274/1985, de 4 de diciembre, por el que se regulan los Centros Ocupacionales para minusválidos. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social «BOE» núm. 294, de 9 de diciembre de 1985 Referencia:

Más detalles

ORDENANZA PARA LA GESTION LOCAL DE LA ENERGIA DE SEVILLA.

ORDENANZA PARA LA GESTION LOCAL DE LA ENERGIA DE SEVILLA. SERVICIO DE LICENCIAS URBANISTICAS. SECCION TECNICA. Ref.: IE ORDENANZA PARA LA GESTION LOCAL DE LA ENERGIA DE SEVILLA. 1. INTRODUCCION. La Ordenanza para la Gestión Local de la Energía de Sevilla fue

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA Nº 10

ORDENANZA FISCAL REGULADORA Nº 10 ORDENANZA FISCAL REGULADORA Nº 10 TASA POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PUBLICO CON MESAS, SILLAS, TRIBUNAS, TABLADOS Y OTROS ELEMENTOS ANÁLOGOS CON FINALIDAD LUCRATIVA ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA

Más detalles

LA NUEVA LEY DE TURISMO DE ANDALUCÍA ( LEY 13/2011 ) HA ENTRADO EN VIGOR EL DIA 31 DE ENERO DE

LA NUEVA LEY DE TURISMO DE ANDALUCÍA ( LEY 13/2011 ) HA ENTRADO EN VIGOR EL DIA 31 DE ENERO DE LA NUEVA LEY DE TURISMO DE ANDALUCÍA ( LEY 13/2011 ) HA ENTRADO EN VIGOR EL DIA 31 DE ENERO DE 2012.- El día 31 de diciembre de 2011 se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía ( BOJA ) la

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0660/2008

Gabinete Jurídico. Informe 0660/2008 Informe 0660/2008 La consulta plantea diversas dudas relativas a la adecuación a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, de la publicación en la página

Más detalles

CÁLCULO Y CÓMPUTO DE SUPERFICIES CONSTRUIDA Y ÚTIL. NORMATIVA DE REGULACIÓN.

CÁLCULO Y CÓMPUTO DE SUPERFICIES CONSTRUIDA Y ÚTIL. NORMATIVA DE REGULACIÓN. CÁLCULO Y CÓMPUTO DE SUPERFICIES CONSTRUIDA Y ÚTIL. NORMATIVA DE REGULACIÓN. En lo relativo al cálculo de superficies en edificación, y dependiendo del objeto del mismo, el cómputo de determinados elementos

Más detalles

almacenamiento de residuos, estableciendo los requisitos que deben cumplir este tipo de instalaciones.

almacenamiento de residuos, estableciendo los requisitos que deben cumplir este tipo de instalaciones. Decreto 174/2005, de 9 de junio, por el que se regula el régimen jurídico de la producción y gestión de residuos y el Registro General e Productores y Gestores de Residuos de Galicia 1. Introducción El

Más detalles

FICHAS DE SECTORES DE SUELO URBANIZABLE (S.)

FICHAS DE SECTORES DE SUELO URBANIZABLE (S.) FICHAS DE SECTORES DE SUELO URBANIZABLE (S.) S-1 S-11 S-21 S-2 S-12 S-22 S-3 S-13 S-23 S-4 S-14 S-24 S-5 S-15 S-25 S-6 S-16 S-7 S-17 S-8 S-18 S-9 S-19 S-10 S-20 FICHAS DE SECTORES EN SUELO URBANIZABLE

Más detalles

TASA POR SUMINISTRO DE AGUA A DOMICILIO. ORDENANZA REGULADORA nº 7

TASA POR SUMINISTRO DE AGUA A DOMICILIO. ORDENANZA REGULADORA nº 7 TASA POR SUMINISTRO DE AGUA A DOMICILIO. ORDENANZA REGULADORA nº 7 ARTICULO 1.- Fundamento y naturaleza: En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE RUTE (CORDOBA) ORDENANZA FISCAL

AYUNTAMIENTO DE RUTE (CORDOBA) ORDENANZA FISCAL AYUNTAMIENTO DE RUTE ORDENANZA FISCAL ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR EXPEDICION Y TRAMITACIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS A INSTANCIA DE PARTE. Aprobación provisional: 27 de octubre de

Más detalles

Informe de Impacto Ambiental (Informe de Sostenibilidad Ambiental)

Informe de Impacto Ambiental (Informe de Sostenibilidad Ambiental) 3.2.1.1.3.2.- Zonificación acústica La zonificación acústica del territorio queda regulada a nivel nacional por el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de

Más detalles

REAL DECRETO 2274/1985, DE 4 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULAN LOS CENTROS OCUPACIONALES PARA MINUSVÁLIDOS

REAL DECRETO 2274/1985, DE 4 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULAN LOS CENTROS OCUPACIONALES PARA MINUSVÁLIDOS REAL DECRETO 2274/1985, DE 4 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULAN LOS CENTROS OCUPACIONALES PARA MINUSVÁLIDOS (BOE nº 294 de 9/12/1985 - Páginas: 38812-38814) La Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración

Más detalles

ORDENANZA FISCAL EXPEDICIÓN DOCUMENTOS PÚBLICOS

ORDENANZA FISCAL EXPEDICIÓN DOCUMENTOS PÚBLICOS ORDENANZA FISCAL EXPEDICIÓN DOCUMENTOS PÚBLICOS ORDENANZA FISCAL EXPEDICIÓN DOCUMENTOS PÚBLICOS ARTÍCULO 1. Fundamento y Naturaleza En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de

Más detalles

P A R A Q U É S I R V E L A C E R T I F I C A C I Ó N D E E F I C I E N C I A E N E R G É T I C A?

P A R A Q U É S I R V E L A C E R T I F I C A C I Ó N D E E F I C I E N C I A E N E R G É T I C A? A continuación les mostramos nuestra sección de preguntas frecuentes, donde pueden informarse sobre temas sobre a quienes repercute la nueva normativa de certificación de eficiencia energética y los trámites

Más detalles

CURSO/GUÍA PRÁCTICA URBANISMO DE CANARIAS

CURSO/GUÍA PRÁCTICA URBANISMO DE CANARIAS SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. CURSO/GUÍA PRÁCTICA URBANISMO DE CANARIAS Introducción. Anteproyecto de la ley del suelo de Canarias. 1. Simplificación

Más detalles

CURSO/GUÍA PRÁCTICA CONVENIOS URBANÍSTICOS

CURSO/GUÍA PRÁCTICA CONVENIOS URBANÍSTICOS SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. CURSO/GUÍA PRÁCTICA CONVENIOS URBANÍSTICOS PARTE PRIMERA. Principios generales. Normativa estatal. Capítulo 1. Los

Más detalles

ORDENANZA NUMERO 6 TASA POR LICENCIAS URBANISTICAS FUNDAMENTO LEGAL HECHO IMPONIBLE SUJETO PASIVO

ORDENANZA NUMERO 6 TASA POR LICENCIAS URBANISTICAS FUNDAMENTO LEGAL HECHO IMPONIBLE SUJETO PASIVO ORDENANZA NUMERO 6 TASA POR LICENCIAS URBANISTICAS FUNDAMENTO LEGAL Artículo 1. En uso de las facultades concedidas en los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española y por el artículo 106 de la

Más detalles

ÓRGANOS DE GOBIERNO Y SUS RESPECTIVAS FUNCIONES

ÓRGANOS DE GOBIERNO Y SUS RESPECTIVAS FUNCIONES ÓRGANOS DE GOBIERNO Y SUS RESPECTIVAS FUNCIONES PLENO DE LA CORPORACIÓN Formado por el Alcalde y los Concejales. Funciones atribuidas: Art. 123.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases

Más detalles

ACTUACIONES EFICIENCIA ENERGÉTICA+ACTUACIONES ACCESIBILIDAD

ACTUACIONES EFICIENCIA ENERGÉTICA+ACTUACIONES ACCESIBILIDAD Registro de entrada Anexo III: SOLICITUD DE AYUDAS R2CITIES PROPUESTA DE ACTUACIONES A REALIZAR (marcar lo que proceda): ACTUACIONES EFICIENCIA ENERGÉTICA+ACTUACIONES ACCESIBILIDAD ACTUACIONES EFICIENCIA

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA DE INTERVENCIÓN EN MATERIA DE ACTIVIDADES Y/O APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA DE INTERVENCIÓN EN MATERIA DE ACTIVIDADES Y/O APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA DE INTERVENCIÓN EN MATERIA DE ACTIVIDADES Y/O APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS Artículo 1.- Fundamento legal. El Excmo. Ayuntamiento de

Más detalles

NOVEDADES DEL RÉGIMEN JURÍDICO EN MATERIA DE URBANISMO DE ARAGÓN

NOVEDADES DEL RÉGIMEN JURÍDICO EN MATERIA DE URBANISMO DE ARAGÓN NOVEDADES DEL RÉGIMEN JURÍDICO EN MATERIA DE URBANISMO DE ARAGÓN Clasificación del suelo. Actuaciones urbanísticas en suelo no urbanizable. Calle Zumalacárregui 4, Pral B 50006, Zaragoza Tel. 976 21 82

Más detalles

1.- MEMORIA MEMORIA DESCRIPTIVA

1.- MEMORIA MEMORIA DESCRIPTIVA 1.- MEMORIA 1.1.- MEMORIA DESCRIPTIVA 1.1.1.- ORDEN DE REDACCIÓN La orden de redacción del presente Proyecto de: ACONDICIONAMIENTO DE LA INSTALACIÓN DEPORTIVA MUNICIPAL NEVADO DEL CUMBAL. DISTRITO DE HORTALEZA

Más detalles

REGLAMENTO SUELOS CONTAMINADOS. (Decreto 18/2015, de 27 de enero)

REGLAMENTO SUELOS CONTAMINADOS. (Decreto 18/2015, de 27 de enero) REGLAMENTO SUELOS CONTAMINADOS (Decreto 18/2015, de 27 de enero) REGLAMENTO QUE REGULA EL RÉGIMEN APLICABLE A LOS SUELOS CONTAMINADOS (Aprobado por Decreto 18/2015, de 27 de enero) Este Reglamento establece

Más detalles

Decreto 93/1982, de 26 de octubre

Decreto 93/1982, de 26 de octubre Decreto 93/1982, de 26 de octubre (Disposición Vigente) Decreto 93/1982, de 26 de octubre LARG 1982\1066 TRANSPORTES POR CARRETERA Y FERROCARRIL. Distribución de competencias transferidas por el Estado

Más detalles

MODIFICACIÓN DE NNSS SOBRE LA EDIFICACIÓN RELATIVA AL SUELO NO URBANIZABLE BAKIO

MODIFICACIÓN DE NNSS SOBRE LA EDIFICACIÓN RELATIVA AL SUELO NO URBANIZABLE BAKIO MODIFICACIÓN DE NNSS SOBRE LA EDIFICACIÓN RELATIVA AL SUELO NO URBANIZABLE DE BAKIO Art. 63. CONSTRUCCIONES VINCULADAS A EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS (I). Se contemplan en este concepto las siguientes: 1.1)

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA

AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA 2.4. TASA POR REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS CON MOTIVO DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS Artículo 1. FUNDAMENTO Y RÉGIMEN FECHA DE APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN EN PLENO: 27/03/2014 FECHA

Más detalles

Exposición de Motivos

Exposición de Motivos ORDENANZA REGULADORA Nº 29 DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE (art. 52.5 L.O.U.A.) Exposición de Motivos La Ley de Ordenación Urbanística

Más detalles

Impuesto sobre Bienes Inmuebles

Impuesto sobre Bienes Inmuebles 1. Normativa El Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (TRLCI), clasifica los bienes inmuebles en urbanos, rústicos

Más detalles

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 28, REGULADORA DE LA TASA POR EL ESTACIONAMIENTO DE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA EN DETERMINADAS ZONAS DE LA CIUDAD.

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 28, REGULADORA DE LA TASA POR EL ESTACIONAMIENTO DE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA EN DETERMINADAS ZONAS DE LA CIUDAD. ORDENANZA FISCAL NÚMERO 28, REGULADORA DE LA TASA POR EL ESTACIONAMIENTO DE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA EN DETERMINADAS ZONAS DE LA CIUDAD. AÑO 2015 ARTICULO 1º.- FUNDAMENTO.- En uso de la facultad

Más detalles

INFORME VALORATIVO SOBRE LA CONSULTA DE UN AYUNTAMIENTO SOBRE EJECUCIÓN DE REDES DE BAJA TENSIÓN

INFORME VALORATIVO SOBRE LA CONSULTA DE UN AYUNTAMIENTO SOBRE EJECUCIÓN DE REDES DE BAJA TENSIÓN INFORME VALORATIVO SOBRE LA CONSULTA DE UN AYUNTAMIENTO SOBRE EJECUCIÓN DE REDES DE BAJA TENSIÓN 7 de mayo de 2009 INFORME VALORATIVO SOBRE LA CONSULTA DE UN AYUNTAMIENTO SOBRE EJECUCIÓN REDES DE BAJA

Más detalles

La modificación puntual n.º 23 del Plan General Municipal de Villar de Rena persigue tres objetivos:

La modificación puntual n.º 23 del Plan General Municipal de Villar de Rena persigue tres objetivos: 27479 RESOLUCIÓN de 15 de septiembre de 2016, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de

Más detalles

Asunto: Competencia para requerir la legalización de una antena de

Asunto: Competencia para requerir la legalización de una antena de Asunto: Competencia para requerir la legalización de una antena de radioaficionado instalada en el edificio ubicado en la calle Embajadores número 141. Por el Gerente del Distrito de Arganzuela, se remite

Más detalles

Instrucciones Portal de Transparencia del Gobierno de Aragón. Nº Tema versión actualización 3 Información de relevancia jurídica 1 14/03/2016

Instrucciones Portal de Transparencia del Gobierno de Aragón. Nº Tema versión actualización 3 Información de relevancia jurídica 1 14/03/2016 Instrucciones Portal de Transparencia del Gobierno de Aragón Nº de Fecha de Nº Tema versión actualización 3 Información de relevancia jurídica 1 14/03/2016 En desarrollo de las previsiones contenidas en

Más detalles

Intervención sobre Conjuntos Urbanos Protegidos

Intervención sobre Conjuntos Urbanos Protegidos GAT 19 rehabilitación / 6 7.1.1. DEFINICIÓN DE ÁMBITOS 7.1.2. OBJETIVOS A ALCANZAR 7.1.3. NORMATIVA. INSTRUMENTOS DE PROTECCIÓN PROTECCIÓN MEDIANTE PLANEAMIENTO ESPECÍFICO POR NIVELES 7.2.1. CASCO URBANO

Más detalles

Ordenanzas. Índice CAPÍTULO 1 SOBRE LAS DEFINICIONES GENERALES DE LAS OBRAS Y LA EDIFICACIÓN... 24

Ordenanzas. Índice CAPÍTULO 1 SOBRE LAS DEFINICIONES GENERALES DE LAS OBRAS Y LA EDIFICACIÓN... 24 I Ordenanzas Ordenanzas Índice TÍTULO 1. RÉGIMEN URBANÍSTICO...7 CAPÍTULO 1 VIGENCIA Y CONTENIDO DEL PLAN... 7 Artículo 1.1.1 Naturaleza del plan... 7 Artículo 1.1.2 Vigencia y efectos... 7 Artículo 1.1.3

Más detalles

determinadas áreas de dicho suelo, estableciendo en ellas directrices detalladas de utilización del suelo y actuación

determinadas áreas de dicho suelo, estableciendo en ellas directrices detalladas de utilización del suelo y actuación NORMATIVA 1.1 REDACCIÓN ACTUAL Artículo 182. Generalidades. 1. El suelo no urbanizable carece de aprovechamiento urbanístico alguno. Las edificaciones e instalaciones permitidas lo son en razón del fomento

Más detalles

Reserva del 1% del presupuesto de las obras públicas para actuaciones sobre el Patrimonio Histórico

Reserva del 1% del presupuesto de las obras públicas para actuaciones sobre el Patrimonio Histórico Reserva del 1% del presupuesto de las obras públicas para actuaciones sobre el Patrimonio Histórico NORMATIVA CONSEJERÍA DE HACIENDA Dirección General de Patrimonio Reserva del 1% del presupuesto de las

Más detalles

Orden Foral 89/2005, de 30 de mayo, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se regula el Sistema de Información

Orden Foral 89/2005, de 30 de mayo, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se regula el Sistema de Información 9.0.0.04 Orden Foral 89/2005, de 30 de mayo, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se regula el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) y se establecen

Más detalles

DELIMITACIÓN DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN U.E.-Z2-1 PROMOVIDA POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VALGAÑON

DELIMITACIÓN DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN U.E.-Z2-1 PROMOVIDA POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VALGAÑON Delimitación de la Unidad de Ejecución UE-Z2 1 DELIMITACIÓN DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN U.E.-Z2-1 PROMOVIDA POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VALGAÑON 1 1. Antecedentes.... 3 2. Elección del Sistema de Actuación...

Más detalles

Área de Urbanismo y Vivienda de la Dirección General de Planeamiento

Área de Urbanismo y Vivienda de la Dirección General de Planeamiento Área de Urbanismo y Vivienda de la Dirección General de Planeamiento Ayuntamiento de Madrid C. Ribera del Sena 21 28042 Madrid Don Nicolás Maruri González de Mendoza, arquitecto, colegiado 7929 en el Colegio

Más detalles

PLANEACIÓN URBANA DEL MUNICIPIO DE GUADALAJARA

PLANEACIÓN URBANA DEL MUNICIPIO DE GUADALAJARA ALINEAMIENTO Es la traza sobre el terreno que señala el límite de una propiedad particular o una vía pública. ALTURA MÁXIMA La altura máxima permitida para una edificación, expresada en alguna de las siguientes

Más detalles

Consulta Vinculante V , de 1 de enero de 2007, de la Dirección General de Tributos (Ministerio de Economía y Hacienda)

Consulta Vinculante V , de 1 de enero de 2007, de la Dirección General de Tributos (Ministerio de Economía y Hacienda) Consulta Vinculante V0092-07, de 1 de enero de 2007, de la (Ministerio de Economía y Hacienda) IVA aplicable en la adquisición de viviendas protegidas de nueva construcción Índice Consulta Vinculante V0092-07,

Más detalles

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO DE OUTEIRO DE REI DIVISION EN POLIGONOS

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO DE OUTEIRO DE REI DIVISION EN POLIGONOS SUELO URBANO NO CONSOLIDADO DE OUTEIRO DE REI DIVISION EN POLIGONOS diciembre de 2013 INDICE 1. OBJETO 2. JUSTIFICACION DE MOTIVOS 3. CLASIFICACIÓN DEL SUELO URBANO 4. REGLAS PARA LA DELIMITACION DE POLIGONOS

Más detalles

ASPECTOS MEDIOAMBIENTALES DE LA ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA

ASPECTOS MEDIOAMBIENTALES DE LA ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA ASPECTOS MEDIOAMBIENTALES DE LA ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA REGULACIÓN DE LAS UBICACIONES DE LAS CENTRALES FOTOVOLTAICAS ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL LEGISLACIÓN LEGISLACIÓN EUROPEA Directiva 85/337/CEE,

Más detalles

INDICE GENERAL 0. INTRODUCCION...7 I.- NORMAS DE EDIFICACION...8

INDICE GENERAL 0. INTRODUCCION...7 I.- NORMAS DE EDIFICACION...8 INDICE GENERAL 0. INTRODUCCION...7 I.- NORMAS DE EDIFICACION...8 SECCION 1ª: DETERMINACIONES PROPIAS DEL SUELO URBANO...8 ARTICULO 1.- ORDENANZAS DE USO Y EDIFICACIÓN DE ZONAS DE EDIFICACIÓN PRIVADA EN

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCIÓN MECANICA

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCIÓN MECANICA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCIÓN MECANICA Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto Sobre Vehículos de Tracción Mecánica, aprobada en Pleno de la Corporación el día 30

Más detalles

(Publicado en el Boletín Oficial de la Provincia, nº 19, de fecha 10 de febrero de 2006) ANUNCIO

(Publicado en el Boletín Oficial de la Provincia, nº 19, de fecha 10 de febrero de 2006) ANUNCIO (Publicado en el Boletín Oficial de la Provincia, nº 19, de fecha 10 de febrero de 2006) ANUNCIO DON ANTONIO MORALES MÉNDEZ, Alcalde Presidente del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Agüimes, hace saber:

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE YATOVA COMA RC A HO YA B UÑOL - CHIVA ORDENANZA Nº 20

AYUNTAMIENTO DE YATOVA COMA RC A HO YA B UÑOL - CHIVA ORDENANZA Nº 20 ORDENANZA Nº 20 ORDENANZA FISCAL DE LA TASA POR ENTRADA DE VEHICULOS A TRAVES DE LAS ACERAS Y RESERVAS DE VIA PUBLICA PARA APARCAMIENTO EXCLUSIVO, PARADA DE VEHICULOS, CARGA Y DESCARGA DE MERCANCIAS DE

Más detalles

ORDENANZA DE LICENCIA AMBIENTAL PARA ACTIVIDADES DEL ANEXO V DE LA LEY DE PREVENCIÓN AMBIENTAL DE CASTILLA Y LEÓN.

ORDENANZA DE LICENCIA AMBIENTAL PARA ACTIVIDADES DEL ANEXO V DE LA LEY DE PREVENCIÓN AMBIENTAL DE CASTILLA Y LEÓN. ORDENANZA DE LICENCIA AMBIENTAL PARA ACTIVIDADES DEL ANEXO V DE LA LEY DE PREVENCIÓN AMBIENTAL DE CASTILLA Y LEÓN. Artículo 1º.- FUNDAMENTO. De conformidad con lo previsto en los artículos 58.2 y 3 de

Más detalles

ARTÍCULO 1.º. Fundamento y Naturaleza

ARTÍCULO 1.º. Fundamento y Naturaleza ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LOS DOCUMENTOS QUE EXPIDAN O DE QUE ENTIENDAN LA ADMINISTRACIÓN O LAS AUTORIDADES MUNICIPALES, A INSTANCIA DE PARTE. ARTÍCULO 1.º Fundamento y Naturaleza En

Más detalles