CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V
|
|
- Vicenta Campos Ferreyra
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 35216/2012 ALTO PARANA SA c/ RESOLUCION 172/12-ENRE-(EXPTE 31940/10) s/ Buenos Aires, de agosto de FR VISTOS y CONSIDERANDO: I.- Que, por medio de la resolución del 4 de julio de 2012, el Directorio del Ente Nacional Regulador de la Electricidad dispuso sancionar a la empresa Alto Paraná S.A. con una multa de pesos, en los términos del artículo 77 de la ley , por no haber dado cumplimiento a los monitoreos exigidos en el punto III.3.1. del Anexo de la Resolución ENRE 555/2001 durante el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2009 y el 28 de febrero de 2010; y, por no haber presentado el informe de avance semestral previsto por el punto V.1 del Anexo de esa misma Resolución, correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de marzo de 2010 y el 31 de agosto de 2010 (fs. 198/202, de las actuaciones administrativas agregadas). En primer lugar, sostuvo que las inobservancias constatadas consistían en incumplimientos de carácter sustancial, puesto que configuraban incumplimientos a las normas de prevención y protección del medio ambiente, y que la función de velar por el cumplimiento constituía una atribución del propio ente regulador. En tal sentido, señaló que el supuesto de exceso de rigor invocado por la empresa sancionada en su presentación de fs. 164/167 del expediente administrativo debía ser desestimado, ya que el ente regulador se había limitado a aplicar lo establecido en el régimen legal aplicable al caso. Por otra parte, expuso que los argumentos defensivos expuestos por la interesada en sede administrativa no eximían ni atenuaban su responsabilidad, y que, además, tampoco se habían acompañado elementos de prueba suficientes para justificar las trasgresiones referidas. Por último, a los fines de determinar el monto de la multa aplicada, tuvo especial consideración en la naturaleza y gravedad de las infracciones detectadas.
2 II.- Que, contra esa resolución, la empresa Alto Paraná S.A. interpuso a fs. 2/14, el recurso directo previsto por el artículo 81 de la ley , el que fue replicado por el ENRE a fs. 77/80, de estas actuaciones. En cuanto interesa, sostiene que la resolución impugnada es arbitraria, pues en ella no se tuvieron en cuenta los argumentos y razones invocadas por su parte en la oportunidad de presentar su descargo en sede administrativa y, además, porque carece de fundamentación adecuada y suficiente. Por otra parte, sostiene que los incumplimientos imputados son de carácter formal, y que su configuración se produce por la mera constatación del hecho respectivo. Resalta que la resolución cuestionada incurre en un exceso ritual manifiesto, pues omite considerar que no ha producido perjuicio alguno a terceros. Además, considera que su parte no debía ser considerada responsable, toda vez que los incumplimientos imputados se debieron a un error excusable fundado en la complejidad de la actividad desarrollada. Por último, sostiene que el monto de la multa aplicada resulta arbitrario, pues el ENRE no ha indicado ningún parámetro objetivo que permita determinarlo, y además, resulta exorbitante y desproporcionado, toda vez que la cuantía de la multa no guarda relación con los incumplimientos que se le imputan, y deja de lado el hecho de que su parte no registra antecedentes en materia de infracciones. Subsidiariamente, y para el caso de que la multa sea confirmada, solicita que el monto de la misma sea reducido a valores debidamente proporcionados con la entidad de la infracción. III.- Que, a fs. 64/vta., el señor Fiscal General subrogante dictaminó sobre la admisibilidad formal del recurso. IV.- Que en primer lugar, cabe recordar que los jueces no están obligados a seguir a las partes en todas y cada una de las argumentaciones que pongan a consideración del Tribunal, sino tan sólo aquéllas que sean conducentes para decidir el caso y que basten para dar sustento a un pronunciamiento válido (cfr. Fallos 258:308, 262:222, 265:301, 272:225; 278:271; 291:390; 297:140: 301:970; entre muchos otros).
3 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V V.- Que, en primer término, cabe recordar que en el artículo 77 de la ley se dispone que las violaciones o incumplimientos de la presente ley y sus normas reglamentarias cometidos por terceros no concesionarios serán sancionados con: a) Multa entre australes un millón (A ) y australes mil millones (A );. Por otra parte, en el artículo 1º de la Resolución ENRE 555/2001, se dispone que los generadores, autogeneradores, cogeneradores, transportista de energía eléctrica en alta tensión, transportistas por distribución troncal, y distribuidores de jurisdicción federal, deberán elaborar e implantar un Sistema de Gestión Ambiental (SGA) que tenga base documental, cuyo Manual incluya, como mínimo, la estructura organizativa, las actividades de planificación, las responsabilidades, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los Recursos para desarrollar, implementar, revisar y mantener la política ambiental de esos agentes. En este sentido, en el Anexo de esa resolución también se dispone que los generadores térmicos deberán monitorear y registrar sus emisiones de ciertos gases a la atmósfera de conformidad con la normativa reglamentaria, y además, que deberán remitir al ENRE un informe de avance semestral, cuyo contenido deberá reflejar el grado de cumplimiento de las acciones programadas e incluir los resultados del programa de Monitoreo, entre los que se deberán indicar los porcentajes de ejecución de las obras, las justificaciones de eventuales retrasos o de cambios en el cronograma, las metas alcanzadas, etc. (puntos III.3.1. y V.1., del citado Anexo). VI.- Que, sentado ello, cabe destacar que de los Informes Técnicos nro. 35/2010 y 71/2011 emitidos por el Departamento Ambiental del Ente Nacional Regulador de la Electricidad, agregados a fs. 105/111 y 172/179 de las actuaciones administrativas acompañadas a la presente, surgen los incumplimientos detectados respecto de la empresa Alto Paraná S.A. Puerto Piray, en su carácter de autogenerador del Mercado Eléctrico Mayorista, en relación al monitoreo de las emisiones gaseosas a la atmosfera durante los meses de septiembre, noviembre y diciembre, y la falta de presentación del informe de avance semestral.
4 En tal sentido, del escrito recursivo deducido por la actora puede observarse que aquella reconoce la materialidad de la infracción, toda vez que sostiene que el incumplimiento a la normativa citada se debió a un error involuntario que lo eximía de responsabilidad, en atención a la complejidad de la actividad involucrada (cfr. fs. 9vta.). Sin embargo, no indica concretamente sobre qué elemento del tipo infraccional recayó el error referido, ni tampoco, en tanto involuntario, cuáles fueron las circunstancias cuya complejidad habían impedido que su parte hubiera presentado el informe y realizado el control de las emisiones gaseosas en los periodos en cuestión, es decir, por qué se vio impedida de dar cumplimiento a los deberes formales establecidos en la resolución ENRE 555/2001. Al respecto, cabe señalar que, se ha expresado que si bien no cabe admitir la existencia de responsabilidad sin culpa, aceptado que una persona ha cometido un hecho que encuadra en una descripción de conducta que merezca sanción, su impunidad sólo puede apoyarse en la concreta y razonada aplicación al caso de alguna excusa admitida por el sistema penal vigente (Fallos 316:1313, consid. 7º, entre otros). VII.- Que, respecto de la supuesta falta de motivación alegada por la parte actora, cabe recordar que en el artículo 7, inciso e), de la Ley se establece que la motivación es un requisito esencial del acto administrativo, y a fin de dar cumplimiento a dicho recaudo, se deben exponer los hechos y antecedentes que el acto tiene como causa, el derecho aplicable, y expresar de manera concreta las razones que llevan a emitir dicho acto. En ese sentido, se ha señalado que la fundamentación o motivación del acto, contenida dentro de sus considerandos, es una declaración de cuáles son las circunstancias de hecho y de derecho que han llevado a su emanación, o sea sus motivos o presupuestos; es la exposición y argumentación fáctica y jurídica con que la administración debe sostener la legitimidad y oportunidad de la decisión tomada. En tal sentido, y teniendo en cuenta que no existen formas rígidas para el cumplimiento de la exigencia de la motivación explícita del acto administrativo, la cual debe adecuarse, en cuanto a la modalidad de su configuración, a la índole particular de cada
5 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V acto administrativo (Fallos: 324:1860; 329:4577), cabe señalar que la resolución impugnada contiene el relato de los hechos y de las pruebas mediante las cuales la autoridad administrativa tuvo por acreditados los incumplimientos imputados, y además han sido tratadas las defensas opuestas por la parte actora en su descargo, respecto de la cuales se destacó que no había ofrecido la producción de prueba alguna a fin de acreditar los extremos que había invocado. Por lo demás, cabe destacar que la extensión de la motivación del acto administrativo también dependerá de los planteos y defensas expuestos por la parte interesada (cfr. artículo 1, inc. f), aps. 1º y 3º, Ley ), y, que cuando estos son expresados de forma genérica y dogmática, como en el presente caso (cfr. fs. 164/167 del expediente administrativo), es razonable que la autoridad se limite a examinar los puntos sometidos a su consideración; ello así, siempre y cuando no se limite a expresarse mediante fórmulas carentes de contenido, proposiciones de manifiesta generalidad o, en su caso, circunscribirla a la mención de citas legales, que contemplen sólo una potestad genérica no justificada en los actos concretos. VIII.- Que, en lo atinente al monto de la sanción aplicada es dable señalar que, en numerosas oportunidades se ha dicho que la determinación y graduación de la misma es resorte primario de la autoridad administrativa, principio que solo cede ante una manifiesta arbitrariedad (conf. esta Sala in re Musso, Walter c/ Prefectura Naval Argentina, sentencia del ). En efecto, no resulta exigible una exacta correspondencia numérica entre la multa y la infracción cometida, sino que es suficiente que la autoridad de aplicación realice una apreciación razonable de los diferentes parámetros legales previstos en el artículo 77 de la ley y las circunstancias fácticas tenidas en cuenta para justificar la sanción. Por otra parte, la parte actora no formula los cálculos numéricos necesarios para demostrar que el monto de la multa aplicada sea irrazonable o desproporcionado con relación a los incumplimientos que se le imputan, no describe cuáles podrían haber sido los daños potencialmente derivados de la falta de cumplimiento de los controles e informes en materia de emisiones potencialmente peligrosas, ni tampoco formula la necesaria comparación con otros parámetros
6 económicos que considere válidos para determinar la cuantía de la multa. En tal sentido, el planteo introducido en subsidio a fs.13/vta., fue expresado en términos genéricos y se limitó a reproducir los términos expuestos con anterioridad. Por tales motivos, los argumentos de la recurrente no resultan suficientes para rebatir las conclusiones a las que llegó la autoridad administrativa. Por las razones expuestas, corresponde rechazar el recurso interpuesto y confirmar la disposición apelada, con costas a la vencida (cfr. art. 68 del C.P.C.C.N.). Regístrese, notifíquese y devuélvanse. Se deja constancia que el doctor Guillermo F. Treacy no suscribe por hallarse en uso de licencia (art. 109, RJN). Jorge Federico Alemany Pablo Gallegos Fedriani
CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V EXPTE. Nº 38.325/2017 TECNOLOGÍA DIGITAL (TECDIA) SA c/ DNCI s/ DEFENSA DEL CONSUMIDOR Buenos Aires, de agosto de 2017.- VISTOS
Más detallesCAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV
Buenos Aires, de diciembre de 2014. Y VISTOS: SA c/ DNCI ; y Para resolver estos autos caratulados: FALABELLA CONSIDERANDO: 1º. Que mediante la Disposición 107/2014, del 15 de abril de 2014, el Director
Más detallesCAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 29527/2014 SWISS MEDICAL SA c/ DNCI- s/defensa DEL CONSUMIDOR - LEY 24240 - ART 4 Buenos Aires, de julio de 2015.- VISTOS Y
Más detallesVISTO: la Resolución SE Nº 1169/08, la Resolución ENRE 628/08, los Expedientes ENRE Nº , ENRE Nº y ENRE Nº
Ente Nacional Regulador de la Electricidad TARIFAS Resolución 433/2009 Apruébanse los valores de los Cuadros Tarifarios de Edenor S.A., Edesur S.A. y Edelap S.A., con vigencia a partir de la facturación
Más detallesCAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V
Expte. Nº 46.952/2015/CA1 COMPAÑÍA ARGENTINA DE MARKETING DIRECTO SA c/ DNCI s/ DEFENSA AL CONSUMIDOR LEY 24.240 ART 45 Buenos Aires, de diciembre de 2015.- VISTOS Y CONSIDERANDO: I.- Que mediante las
Más detallesProcuración General de la Nación
S u p r e m a C o r t e : I La Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal declaró mal concedido el recurso interpuesto contra lo resuelto por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la provincia
Más detallesSentencia T.S.J. Murcia 61/2013, de 1 de febrero
Sentencia T.S.J. Murcia 61/2013, de 1 de febrero RECURSO n.º 636/2010 SENTENCIA n.º 61/2013 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA: SECCION PRIMERA Compuesta
Más detallesCAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I
39979/2010 En Buenos Aires, a los 17 días del mes de junio de 2014, reunidos en acuerdo los señores jueces de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para
Más detallesCAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I
Buenos Aires, 27 de octubre de 2016.- NRC VISTOS; CONSIDERANDO: I. Que el abogado Adrián Walter Sabaris interpone recurso a fs. 47/49, cuyo traslado fue contestado a fs. 60/64, contra la sentencia nº 6454
Más detallesProcuración General de la Nación
KERN ALDO C/ ANSES S.C. K.47; L. XLII. Procuración General de la Nación S u p r e m a C o r t e : - I - El actor planteó la acción que prevé el artículo 15 de la ley 24.463 a fin de obtener la revocación
Más detallesCAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III
Causa n 4.075/00/CA4 Molino Navarro SRL c/ Banco de la Nación Argentina y otro s/ daños y perjuicios Buenos Aires, 16 de marzo de 2016. VISTO: el recurso de apelación interpuesto por la parte actora a
Más detallesCÁMARA NACIONAL ELECTORAL
Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL ELECTORAL CAUSA: `Partido Justicialista de la Provincia de Buenos Aires s/estados contables ejercicio económico 1-07-2005 al 30-06- 2006 (Expte. N 5337/12 CNE)
Más detallesEl Recurso Extraordinario Federal
LINO ENRIQUE PALACIO El Recurso Extraordinario Federal Teoría y Técnica Cuarta edición actualizada por Alberto F. Garay drabeledoperrof Buenos Aires / Bogotá / México / Santiago ÍNDICE GENERAL Palabras
Más detallesCAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V
Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional 65033/2015 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V ITALCRED SA c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
Más detallesCAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V
46689/2017 OBRA SOCIAL DE CHOFERES DE CAMIONES c/ SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD s/obras SOCIALES - LEY 23661 - ART 45 Buenos Aires, de octubre de 2017.- VISTOS Y CONSIDERANDO: I.- Que, por medio
Más detallesSerrudo, Leonor Beatriz c/ ANSES s/ Reajustes varios S, 620, XLVII. Procuración General de la Nación 08/08/2012
Serrudo, Leonor Beatriz c/ ANSES s/ Reajustes varios S, 620, XLVII Procuración General de la Nación 08/08/2012 SEGURIDAD SOCIAL Prestación Adicional por Permanencia y la Prestación Complementaria del haber
Más detallesCórdoba, 23 de Diciembre de RESOLUCION GENERAL Nº 27.- VISTO:
Córdoba, 23 de Diciembre de 2015- RESOLUCION GENERAL Nº 27.- VISTO: La Ley Nº 10281 de Seguridad Eléctrica para la Provincia de Córdoba, sancionada en el corriente año y su Decreto Reglamentario Nº 1022/2015,
Más detallesCÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VI
Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SENTENCIA DEFINITIVA Nº 69390 Expediente Nro.: CNT 52371/2014 (Juzg. Nº 56) AUTOS: FLEITA WALTER RUBEN C/ DINERS CLUB ARGENTINA
Más detallesCAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I
Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I CAUSA N 1937/2016 S.I. AGUIAR GONZALO C/ GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA
Más detallesCorte Suprema de Justicia de la Nación
M. 447. XXXIX. RECURSO DE HECHO Méndez, Nancy Noemí s/ homicidio atenuado Ccausa n 862C. Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 22 de febrero de 2005. Vistos los autos: "Recurso de hecho
Más detallesHonorable Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de. lo Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de
REPÚBLICA DE PANAMÁ Vista Número 577 MINISTERIO PÚBLICO PROCURADURÍA DE LA ADMINISTRACIÓN Panamá, 16 de Agosto de 2007 Proceso contencioso administrativo de plena jurisdicción. Concepto. La licenciada
Más detallesSantiago, seis de agosto de dos mil catorce. Primero: Que en este juicio sumario rol N
Santiago, seis de agosto de dos mil catorce. Vistos y considerando: Primero: Que en este juicio sumario rol N 10.640-2014 caratulado Aguas Magallanes S.A. con Superintendencia de Servicios Sanitarios,
Más detalless u p r e m a C o r t e:
YPF SA el ACUMAR si medida cautelar autónoma S.C. Y. 24, L. XLVII s u p r e m a C o r t e: -1- El Juzgado Federal de Primera Instancia de Quilmes, provincia de Buenos Aires, rechazó la medida cautelar
Más detallesSeñor Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de lo. Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de Justicia.
Vista Núm. 727 12 de octubre de 2006 Proceso ejecutivo por cobro coactivo Concepto de la Procuraduría de la Administración Recurso de Apelación, interpuesto por la licenciada Alma Cortés, en representación
Más detallesBuenos Aires, 13 de septiembre de 2011
A. 1773. XL. RECURSO DE HECHO Albornoz, Dante Sergio Delfín s /robo cuatro hechos en concurso real causa n 8877. Buenos Aires, 13 de septiembre de 2011 Vistos los autos: Recurso de hecho deducido por el
Más detallesLa Plata, CONSIDERANDO:
La Plata, VISTO el artículo 55 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, la ley 13.834, el artículo 22 del Reglamento Interno de la Defensoría, el Expediente N 12508/16, y CONSIDERANDO: Que se
Más detallesCAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 20679/2012 CRESUD SACIFYA c/ EN-AFIP DGI-RESOL 195/11 (RCEN) Y OTRO s/direccion GENERAL IMPOSITIVA En Buenos Aires, Capital
Más detallesVistos los autos: "Societé Air France SA cl Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires Dirección de Protección del Trabajo si
CSJ 318/2014 (50-S) ICS1 Societé Air France SA cl Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires Dirección de Protección del Trabajo si acción declarativa. Buenos Aires, Vistos los autos: "Societé Air France SA
Más detallesCAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV
En Buenos Aires, a 20 de diciembre de 2016, reunidos en Acuerdo los señores jueces de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para conocer el recurso interpuesto
Más detallesPoder Judicial de la Nación
EXPTE. 18.407 SALA 3 FD. N* CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES BOL_ 66 DE LA PLATA.OF. DE JURISPRUDENCIA PUBLICACIÓN EN SITIO WWW.PJN.GOV.AR Carpeta : DERECHO PROCESAL CIVIL RECURSO EXTRAORDINARIO.RECHAZO.DOCTRINA
Más detallesSala de Derecho Constitucional y Social Permanente Corte Suprema de Justicia de la República SENTENCIA REV. JUD. N LIMA
MATERIA: REVISIÓN JUDICIAL DE PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN COACTIVA. TEMA: OBJETO DEL PROCESO SUMILLA. Para los casos en los que la obligación puesta a cobro en el procedimiento de ejecución coactiva es
Más detallesMODULO III RECURSO DE APELACIÓN EN MATERIA DE HONORARIOS RECURSO DE ACLARATORIA RECURSO DE QUEJA RECURSO EXTRAORDINARIO POR SENTENCIA ARBITRARIA
MODULO III RECURSO DE APELACIÓN EN MATERIA DE HONORARIOS RECURSO DE ACLARATORIA RECURSO DE QUEJA RECURSO EXTRAORDINARIO POR SENTENCIA ARBITRARIA APELACION DE HONORARIOS APELACION CONFORME ART. 61 LEY 512
Más detallesCasa de Moneda s/ despido", para decidir sobre su procedencia.
CSJ 498/2012 (48-L)/CS1 RECURSO DE HECHO Luque, Rolando Baltazar e/ Sociedad del Estado Casa de Moneda s/ despido. Buenos Aires, Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa
Más detallesla pesificación impuesta por la normativa de emergencia.
S u p r e m a C o r t e : - I - La Inspección General de Justicia, mediante Resolución Nº 1636/03 (v. fs. 89/95), denegó la inscripción del aumento del capital y la reforma del estatuto de Empresa, que
Más detallesCAMARA CIVIL - SALA F
1763/2015 SAVIO, HERMINIA EMILIA Y OTRO s/sucesion AB- INTESTATO Buenos Aires, de septiembre de 2015.- VISTOS Y CONSIDERANDO: Estos autos para resolver el recurso de apelación interpuesto a fs. 76 respecto
Más detallesS XXXIII. Stoll, Violeta Andrea s/ sucesión testamentaria - proceso especial.
S. 268. XXXIII. Stoll, Violeta Andrea s/ sucesión testamentaria - proceso especial. Buenos Aires, 17 de marzo de 1998. Vistos los autos: "Stoll, Violeta Andrea s/ sucesión testamentaria - proceso especial".
Más detalles/1" ;'/. /U1JY1'~ r;4 2o/J-' -
CSJ 623/2013 (49-B)/CS1 RECURSO DE HECHO Buján, Juan Pablo e/ UGOFE LSM y otros s/ daños y perjuicios. /1" ;'/. /U1JY1'~ r;4 2o/J-' - Buenos Aires, / O ~ vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por
Más detallesel art. 21 de la ley 48.
Buenos Aires, 14 de octubre de 2008 Vistos los autos: A de la Provincia de Buenos Aires s/ amparo - med. cautelar@. Considerando: 1 ) Que la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, al revocar el
Más detallesDisponible en el Portal SUNAT (http://intranet/intranet/inicio/legal/leg/informes/2006/i htm).
INFORME N. 005-2017-SUNAT/5D0000 En relación con la determinación del Impuesto a la Renta de tercera categoría que es efectuada por los contribuyentes dentro del plazo de prescripción, se consulta lo siguiente:
Más detallesE XXXII. RECURSO DE HECHO Exportadora Buenos Aires Sociedad Anónima c/ Holiday Inn's Worldwide Inc.
E. 347. XXXII. RECURSO DE HECHO Exportadora Buenos Aires Sociedad Anónima c/ Holiday Inn's Worldwide Inc. Buenos Aires, 20 de octubre de 1998. Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora
Más detallesUnidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos
Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos Derechos de los Contribuyentes y Otros Obligados Tributarios en el Proceso Administrativo
Más detallesEdiciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA QUE REGULA LOS TRÁMITES Y DILIGENCIAS PREVIAS A LA INSTRUCCIÓN FORMAL DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO ESTABLECIDO EN EL TÍTULO VII DE LA LEY DE REFORMA DE LA LEY
Más detallesCAMARA FEDERAL DE SALTA
Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional USO OFICIAL Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional Salta,
Más detallesRepública Argentina - Poder Ejecutivo Nacional Año de las Energías Renovables. Resolución
República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 2017 - Año de las Energías Renovables Resolución Número: Referencia: EXPENACOM 15156/16, MODELO DE BOLETA DE DEUDA - EJECUCIONES JUDICIALES - MULTAS SERVICIOS
Más detallesCSJ 1697/2012(48-C)/CSl RECURSO DE HECHO CORONEL FRANCISCO EMILIO el ANSES si REAJUSTE DE HABERES.
CSJ 1697/2012(48-C)/CSl RECURSO DE HECHO CORONEL FRANCISCO EMILIO el ANSES si REAJUSTE DE HABERES. Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Coronel, Francisco Emilio cl ANSeS
Más detallesSan Fernando del Valle de Catamarca, 15 de julio de LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA A C U E R D A
ACORDADA N* 4070 15/07/2008 San Fernando del Valle de Catamarca, 15 de julio de 2008.- VISTO: El proyecto de Reglamento para la presentación de los Recursos de Casación y Queja, y CONSIDERANDO: Que el
Más detallesDisposición 56/2015. AFIP. MONOTRIBUTO. Exclusión. Recategorización de oficio. Sanciones. Apelación Efectos. Procedimiento.
Disposición 56/2015. AFIP. MONOTRIBUTO. Exclusión. Recategorización de oficio. Sanciones. Apelación Efectos. Procedimiento. Facultades Se sustituyen las facultades de las Divisiones del fisco nacional,
Más detallesPatricia c/ Saden S.A. y otro s/ despido", para decidir sobre su procedencia. Considerando:
CSJ 774/2011 (47-G) RECURSO DE HECHO Gómez, Claudia Patricia e/ Saden S.A. y otro s/ despido. Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la Obra Social de la Actividad de Seguros, Reaseguros, Capitalización
Más detalles//Plata, 11 de Marzo de AUTOS Y VISTOS: enfermedad profesional. Sobre dicho monto, dispuso
"ZOCARO, TOMAS ALBERTO C/ PROVINCIA A.R.T. S.A. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJUICIOS". //Plata, 11 de Marzo de 2015. AUTOS Y VISTOS: Los señores Jueces doctores Soria, Genoud, Kogan y Pettigiani dijeron: I.
Más detallesPoder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV 49581/2016 COSENA SEGUROS SA c/ DGA s/recurso DIRECTO
Buenos Aires, 6 de octubre de 2016. VISTO Y CONSIDERANDO: 1º) Que, a fs. 455/461, el Tribunal Fiscal de la Nación confirmó parcialmente la resolución 1017/04, en cuanto intimó a Cosena Seguros SA al pago
Más detallesBs. As., 30/1/2002 CONSIDERANDO:
Resolución 79/2002. Secretaría de Desarrollo Sustentable y Política Ambiental. Procedimiento para llevar a cabo, de oficio, la liquidación de la tasa ambiental prevista en la Ley N 24.051 para los generadores
Más detallesPoder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL SALA II
VILLA GUSTAVO JAVIER c/ CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA SA s/daños Y PERJUICIOS En Buenos Aires, a los 4 días del mes de septiembre de 2015, se reúnen en Acuerdo los señores jueces de la Sala
Más detallesMinisterio Publico Fiscal de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires Fiscalia Genera I
Ministerio Publico Fiscal de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires Fiscalia Genera I 2016 "APia del 8icentenario de la Declaracion de Independencia de I" Republica Argentina" Expte. N 12926/15 "Telecom Argentina
Más detallesCorte Suprema de Justicia de la Nación
Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 24 de febrero de 2004. Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Universidad Nacional de Tucumán", para decidir sobre
Más detallesEdiciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. Jurisprudencia DEBERES FORMALES. INCUMPLIMIENTO DE- DELITO CONTINUADO
DEBERES FORMALES. INCUMPLIMIENTO DE- DELITO CONTINUADO 2. a) No corresponde aplicar supletoriamente el artículo 99 del Código Penal, a conductas repetidas en diferentes períodos en el impuesto al valor
Más detallesCAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V Expte. Nº 47.130/2017/CA1 GARGIULO OMAR EDUARDO c/ EN-AFIP- DGI s/ AMPARO LEY 16.986 Buenos Aires, de diciembre de 2017.- VISTOS
Más detallesProcuración General de la Nación
S u p r e m a C o r t e : - I - A fs. 104/106, la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, en lo que aquí interesa, confirmó la sentencia del Tribunal Fiscal
Más detallesPoder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL - SALA FERIA
O., O. H. c/ OBRA SOCIAL DE JEFES Y OFICIALES MAQUINISTAS NAVALES Y OTRO s/amparo DE SALUD Buenos Aires, 19 de julio de 2016. Por recibidos. AUTOS Y VISTOS: el recurso de apelación interpuesto a fs. 153/157
Más detalles- Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N EF, publicado el , y no rmas modificatorias.
INFORME N. 061-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: En el marco de lo dispuesto por el numeral 3 del a rtículo 137, el segundo párrafo del artículo 141 y el penúltimo párrafo de l artículo 146 del Código Tributario,
Más detallesCámara deapelaciones en lo Penal, Contravencional y defaltas
Causa Nº 16915-01-CC/2016 caratulada F, M. N s/art. 149 bis CP. Sala II En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 25 días del mes de septiembre de 2017 se reúnen en acuerdo los Sres. jueces de la Sala
Más detallesCorte Suprema de Justicia de la Nación. De Lorenzo, Amelia Beatriz c. D.G.I. 17/06/2009
Corte Suprema de Justicia de la Nación De Lorenzo, Amelia Beatriz c. D.G.I. 17/06/2009 Dictamen de la Procuración General de la Nación: Suprema Corte: -I- A fs. 104/106, la Sala V de la Cámara Nacional
Más detallesMinisterio Publico Fiscal de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires Fiscalia General
Expte. N 13197/16 Ministerio Publico Fiscal de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires Fiscalia General 2016 "Ana del Bicentenario de la Declaraci6n de Independencia de la Republica Argentina" Expte. N 13197/16
Más detallesCAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V
5576/2014 UNIDAD DE GESTION OPERATIVA FERROVIARIA DE EMRGENCIA SA Y OTROS c/ DNCI s/recurso DIRECTO LEY 24.240 - ART 45 Buenos Aires, de septiembre de 2015.- FR VISTOS y CONSIDERANDO: I.- Que por medio
Más detallesSantiago, veinticinco de julio de dos mil diecisiete. Procedimiento Civil se dicta la siguiente sentencia de
Santiago, veinticinco de julio de dos mil diecisiete. De conformidad con el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil se dicta la siguiente sentencia de reemplazo. Vistos: Se reproduce la sentencia
Más detallesQue mediante Decreto Supremo N EF se aprobó la Tabla de Sanciones Aplicables a las Infracciones previstas en la Ley General de Aduanas.
Aprueban Reglamento del Régimen de Gradualidad para la aplicación de las sanciones de multas o suspensión impuestas a los concesionarios postales RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS
Más detallesPRESCRIPCIÓN. Dra: Tany Marisela Gallardo Quiroz
PRESCRIPCIÓN Dra: Tany Marisela Gallardo Quiroz Base Legal Código Tributario - Título Segundo del Capítulo IV del T.U.O. del Código Tributario D.S. 133-2013 OBLIGACIÓN TRIBUTARIA Es de derecho público,
Más detallesFISCALIA DE ESTADO Dirección de Asuntos Administrativos PROVINCIA DE MENDOZA
REF. EXPTE. N 3475 - D - 2017 20108 MINISTERIO DE GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA LLAMADO A LICITACION PUBLICA PARA LA CONTRATACION DE MARTILLERO SEÑOR FISCAL DE ESTADO DR. FERNANDO M. SIMON: S // D Las presentes
Más detallesSANCIONES POR FALTA DE DEPÓSITO DE CUENTAS ANUALES
C I R C U L A R 1 1 / 2 0 1 6 SANCIONES POR FALTA DE DEPÓSITO DE CUENTAS ANUALES Muy señores nuestros: Oviedo, 19 de julio de 2016 Desde el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), han
Más detallesPoder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL SALA II
Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL SALA II Causa n 8418/2016 Incidente Nº 1 - ACTOR: BALESTRA, RICARDO RAMON DEMANDADO: GOOGLE INC Y OTRO s/incidente
Más detallesFUNCIONARIOS CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER ESTATAL
FUNCIONARIOS CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER ESTATAL Régimen jurídico Anulación parcial del Decreto que regula el régimen de los funcionarios con habilitación de carácter estatal aprobado por la Generalitat
Más detallesLA PLATA, 8 de marzo de AUTOS Y VISTOS: el expediente número , año 2012,
LA PLATA, 8 de marzo de 2016.---------------------------------------------------------- AUTOS Y VISTOS: el expediente número 2360-0409852, año 2012, caratulado URSA INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES S.A..-------------------------------------
Más detallesProcedimiento. Tributario
Procedimiento Administrativo Tributario Procedimiento Administrativo Tributario Es una manifestación externa de la función administrativa, configurado por una serie de formalidades y trámites de orden
Más detallesBuenos Aires, 4 de agosto de 2009 Vistos los autos: "E.D.E.M.S.A. c/ E.N.A. y M.E.O.S.P.N. s/ cobro de pesos". Considerando:
E. 50. XLIII. R.O. E.D.E.M.S.A. c/ E.N.A. y M.E.O.S.P.N. s/ cobro de pesos. Buenos Aires, 4 de agosto de 2009 Vistos los autos: "E.D.E.M.S.A. c/ E.N.A. y M.E.O.S.P.N. s/ cobro de pesos". Considerando:
Más detallesBuenos Aires, 27 de agosto de Vistas: las actuaciones indicadas en el epígrafe, resulta: Fundamentos. La jueza Ana María Conde dijo:
Expte. nº 8344/11 Asociación Argentina Hanmaum Seon Center del Budismo Coreano s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: GCBA c/ Hee Soon Park s/ Ej. Fisc. ABL Buenos Aires, 27 de agosto
Más detallesBuenos Aires, 3 de mayo de Vistos: los autos indicados en el epígrafe; resulta: Fundamentos:
Expte. nº 12195/15 GCBA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: Soliz Flores, Celinda y otros c/ GCBA s/ amparo (art. 14 CCABA), y su acumulado expte. nº 10769/14 GCBA s/ queja por recurso
Más detalles/ F--J BUENOS AIRES, 2 1 SEP 2017
' &. \f:9 L'\TI NAOOl'iAL REGULADOR DI: LA D.I:CTRICIDAD / F--J, 1 Z Z SEP 201~ L, "2017 - Año de las Energías Renovables" BUENOS AIRES, 2 1 SEP 2017 GCIUONTRATOS YNORMATlvA Señores CAMMESA 2 2 SET. 2017
Más detallesLa Quinta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima confirmó la apelada por similares argumentos.
EXP. N.º 02892-2009-PHD/TC LIMA FANNY RAMÍREZ QUIROZ SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL En Lima, a los 22 días del mes de enero de 2010, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, integrada por los
Más detallesVISTO el Expediente ENRE N /2012, y
BUENOS AIRES, 23 DE SEPTIEMBRE DE 2015 VISTO el Expediente ENRE N 36.207/2012, y CONSIDERANDO: Que la Ley N 24.065 prevé que el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) debe velar por la protección
Más detallesRESOLUCIÓN DEL CUERPO COLEGIADO Nº CCO/OSIPTEL
RESOLUCIÓN DEL CUERPO COLEGIADO Nº 012-2006-CCO/OSIPTEL Lima, 21 de febrero de 2006 EXPEDIENTE MATERIA ADMINISTRADOS 006-2003-CCO-ST/IX INTERCONEXIÓN Convergia Perú S.A. Telefónica Del Perú S.A.A. El Cuerpo
Más detallespersona para reclamar ante los órganos de derechos de que es titular.
Tutela judicial efectiva y tutela constitucional Guatemala, 2016 Concepto Derecho fundamental que asiste it a toda persona para reclamar ante los órganos de la jurisdicción, ió la protección de los derechos
Más detallesCorte Suprema de Justicia de la Nación
Buenos Aires, 11 de julio de 2006. Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Juan Carlos Del'Olio en la causa Del'Olio, Edgardo Luis y Del'Olio, Juan fraudulenta", para decidir sobre su procedencia.
Más detallesACUERDO. (Registro de Presidencia N ), caratulada M., B. H. s/ Recurso de. queja, conforme al siguiente orden de votación: VIOLINI-CARRAL.
ACUERDO En la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, Sede de la Sala III del Tribunal de Casación Penal, a los 13 días del mes de septiembre de 2011, se reúnen en Acuerdo Ordinario los señores
Más detallesCOMPETENCIAS DE LA SALA PRIMERA. Las competencias de la Sala Primera están definidas en distintos cuerpos normativos:
COMPETENCIAS DE LA SALA PRIMERA Las competencias de la Sala Primera están definidas en distintos cuerpos normativos: 1- Ley Orgánica del Poder Judicial Artículo 54.- (*) La Sala Primera conocerá: 1) De
Más detallesVISTO el expediente del Registro de este MINISTERIO DE JUSTICIA Y. REPÚBLICA ARGENTINA se consulta a esta OFICINA ANTICORRUPCIÓN
RESOLUCIÓN OA/DPPT Nº 57 BUENOS AIRES, 18 de diciembre de 2000. VISTO el expediente del Registro de este MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Nº 128.352/00, y CONSIDERANDO: Que por Nota 382c/1148
Más detallesMinisterio Público gestionó ante el citado Juzgado la prórroga de la prisión
Exp: 12-000818-0007-CO Res. Nº 2012001749 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas cinco minutos del diez de febrero de dos mil doce. Recurso de hábeas corpus interpuesto
Más detallesCAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 39214/2013 POR UNA CABEZA SA Y OTRO c/ DNCI Y OTROS s/defensa DEL CONSUMIDOR - LEY 24240 - ART 45 Buenos Aires, de octubre
Más detallesCAMARA CIVIL - SALA D
65054/1983 - Incidente Nº 2 - ACTOR: BIGOLIN, ALEJANDRO MARCELO Y OTRO DEMANDADO: BIGOLIN, ROBERTO MARIO Y OTROS s/cobro DE ASTREINTES. Buenos Aires, de septiembre de 2016.- PS Y Vistos. Considerando:
Más detallesMinisterio de Justicia y Derechos Humanos Oficina Anticorrupción
RESOLUCIÓN OA/DPPT Nº: 402/13 BUENOS AIRES, 16 DE SEPTIEMBRE DE 2013. VISTO el expediente registrado en el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS bajo el Nº S04:185/13; y, CONSIDERANDO I. Que las presentes
Más detallesMinisterio de Justicia y Derechos Humanos Oficina Anticorrupción
RESOLUCION OA/DPPT Nº: 360/12 BUENOS AIRES, 18 DE DICIEMBRE DE 2012. VISTO el Expediente del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Nº 167.288/08, y, CONSIDERANDO: Que las presentes actuaciones
Más detallesCÁMARA FEDERAL DE SAN MARTÍN - SALA II
Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE SAN MARTÍN - SALA II Causa FSM 33645/2016/CA1 Orden 13295 FERNÁNDEZ, FRANCISCO MANUEL Y OTROS c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL-MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA Y
Más detallesLa Plata, 24 de agosto de 2015
La Plata, 24 de agosto de 2015 VISTO El artículo 55 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, la Ley 13.834, los artículos 22 del Reglamento Interno de la Defensoría del Pueblo, el expediente
Más detalles.". Buenos Aires, ~~~~ d ~uh. d ~/~...
.". CIV 114719/2009/1/RH1 B., O. F. el N., V. C. si divorcio arto 214, inc. 2, del Código Civil. Buenos Aires, ~~~~ d ~uh. d ~/~... Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la parte actora en la
Más detalles11.- Antecedentes. Ministerio Publico Fiscal de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires Fiscalia General
Ministerio Publico Fiscal de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires Fiscalia General Expte. N 11408/14 "OSDE Organizaci6n de Servicios Directos Empresarios s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado
Más detalles- la naturaleza de los bienes o servicios adquiridos,
$ 23 RESOLUCIÓN NÚMERO 1/2000, DE 11 DE OCTUBRE, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS, RELATIVA AL EJERCICIO DEL DERECHO A LA DEDUCCIÓN DE LAS CUOTAS DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO SOPORTADAS POR LOS
Más detallesAño del Bicentenario
V. 300. XLIV. Videla, Jorge Rafael s/ recurso de inconstitucionalidad de los decretos 1002/89 y 2745/90. Año del Bicentenario Buenos Aires, 27 de abril de 2010 Vistos los autos: Videla, Jorge Rafael s/
Más detallesVienen las presentes actuaciones a consulta, a los efectos de que se emita opinión respecto de la siguiente cuestión:
INFORME N 035-13 TEMA Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen General de Retención. Contribuyente de Convenio Multilateral. Transporte de cargas. Inclusión en el padrón general. Base de cálculo: ingresos
Más detallesBuenos Aires, 29 de noviembre de 2011.
Buenos Aires, 29 de noviembre de 2011. Vistos los autos: Recurso de hecho deducido por la defensa de Carlos Antonio Castañeda en la causa Castañeda, Carlos Antonio s/ sustracción y destrucción de medios
Más detallesBuenos Aires, 19 de septiembre de Vistas: las actuaciones indicadas en el epígrafe, resulta:
Expte. n 8638/12 GCBA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en Bank Boston N.A. c/ GCBA s/ impugnación de actos administrativos Buenos Aires, 19 de septiembre de 2012 Vistas: las actuaciones
Más detallesJUZGADO FEDERAL DE RESISTENCIA 2
94/2016 RACH QUIROGA, ANALIA ALEXANDRA Y OTROS c/ PRESIDENTE DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION s/medida CAUTELAR ///sistencia, 04 de Febrero de 2016.- AUTOS Y VISTOS: Este Expte. N FRE 94/2016,
Más detallesALPARGATAS TEXTIL S.A. s/concurso preventivo s/incidente de verificación de crédito por GRAIFF, Elena
ALPARGATAS TEXTIL S.A. s/concurso preventivo s/incidente de verificación de crédito por GRAIFF, Elena (CSJN, 8 de abril de 2008) Dictamen de la Procuradora General de la Nación Suprema Corte: I Los integrantes
Más detalles