LA TITULIZACIÓN DE ACTIVOS EN EL PERÚ
|
|
- Carmelo Suárez Molina
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 LA TITULIZACIÓN DE ACTIVOS EN EL PERÚ Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores (CONASEV) LA TITULIZACIÓN DE ACTIVOS EN EL PERÚ I. ANTECENDENTES El mercado de valores en el Perú ha experimentado durante la última década un importante desarrollo, sustentado en la aplicación de las reformas estructurales que orientaron a la economía peruana hacia el libre mercado, la consecución de la estabilidad macroeconómica, el trato equitativo a los inversionistas nacionales y extranjeros, y la promulgación de normas legales y tributarias adecuadas para el desarrollo del mercado en un contexto de transparencia y modernidad. En el aspecto normativo, fue de particular importancia la promulgación de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo N 755 (1991), la cual sentó las bases para el posterior desarrollo del mercado. Dicha norma fortaleció los mecanismos de revelación de información en el mercado de valores y reguló por primera vez a instituciones que llegarían a asumir un rol estratégico, tales como los fondos mutuos de inversión en valores y las empresas clasificadoras de riesgo. Posteriormente, con el fin de perfeccionar los mecanismos introducidos por la referida Ley, se promulgó en noviembre de 1996 el Decreto Legislativo N 861, Ley del Mercado de Valores, y el D.L. N 862, Ley de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, permitiendo la adecuación a la regulación a estándares internacionales y alentando la creación de nuevos mecanismos para canalizar el ahorro a las actividades productivas. Precisamente, entre las principales innovaciones incorporadas en el Decreto Legislativo N 861 se encuentra la figura de la titulización de activos 1, mecanismo mediante el cual un conjunto de activos, con flujos de caja predecibles y verificables, constituyen un patrimonio de propósito exclusivo que sirve de respaldo en la emisión de valores negociables a ser colocados en los mercados de valores a través de oferta pública o privada 2. Las ventajas perseguidas con su regulación han sido dotar al mercado de un marco normativo moderno acorde con los principales estándares internacionales que contribuyan a promover el proceso de ahorro-inversión en la economía. El proceso de titulación permite, por ejemplo, a empresas bancarias y financieras ser originadoras de procesos de titulización sobre sus cuentas por cobrar derivadas de préstamos sobre vivienda, automóviles y tarjetas de crédito; a compañías de servicios, como las de teléfono, luz, agua, etc. ser originadoras, dentro de un esquema de titulización de sus cuentas por cobrar de dichos servicios. Si bien los procesos de titulización presentan un desarrollo reciente, consideramos de suma importancia dar a conocer a través de este artículo los principales avances experimentados en términos de legislación, así como describir el alcance de los procesos experimentados en nuestro mercado. 1. Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos: Resolución CONASEV nº EF/ La Ley de Mercado de Valores ha contemplado que la constitución del Patrimonio de Propósito Exclusivo pueda ser operado a través de dos esquemas: a) Patrimonios Fideicomitidos, mediante fideicomisos de titulización, y b) Patrimonios de Sociedades de Propósito Especial. 50
2 D E M E R C A D O S D E V A L O R E S II. MARCO LEGAL DEL PROCESO DE TITULIZACIÓN DE ACTIVOS EN EL PERÚ El marco normativo para el desarrollo de la titulización en el mercado peruano se dio a partir de la promulgación, el 22 de octubre de 1996, mediante la promulgación de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo nº 861. Antes de la aparición de dicha Ley, la legislación contemplaba la figura del fideicomiso en la antigua Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros 3, Decreto Legislativo nº 770, y, por otro lado, la Ley General de Sociedades 4 no era opuesta a la eventual constitución de una sociedad cuyo objeto social exclusivo fuese la adquisición de determinados activos y la emisión de valores mobiliarios, respaldados en los flujos generados por dichos activos. Sin embargo, en dicha legislación, la figura del fideicomiso no se encontraba claramente determinada en la medida que los activos del mismo se encontraban en un patrimonio independiente (aunque sí se establecía la separación de los activos del patrimonio del originador), o se confundían con los demás activos del patrimonio o de la persona que los adquiría en fideicomiso. Asimismo, no existía norma que contemplara la emisión de valores mobiliarios con el respaldo de un fideicomiso, únicamente. Por otro lado, la Ley General de Sociedades exigía pluralidad de accionistas para la constitución de las mismas y capital mínimo, bajo el entendimiento que éstas se constituían para llevar a cabo una actividad económica y no para servir como un separador de activos. En este contexto se dio la nueva Ley del Mercado de Valores 861 y su consiguiente Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos 5, estableciendo, como innovación en la legislación peruana, el concepto de los Patrimonios de Propósito Exclusivo, la emisión de valores mobiliarios respaldados únicamente por dichos patrimonios, así como la titulización de activos como mecanismo de financiamiento e inversión. Estos Patrimonios de Propósito Exclusivo adoptan, actualmente, dos formas legales: patrimonios fideicomitidos mediante fideicomisos de titulización y patrimonios de sociedades de propósito especial; quedando abierta la posibilidad, en la Ley, para otras formas pendientes de regulación. Fideicomisos de Titulización El fideicomiso de titulización es una relación jurídica por la cual el originador (fideicomitente) transfiere activos en fideicomiso a otra persona, denominada Sociedad Titulizadora (fiduciario) para la constitución de un patrimonio fideicomitido. Este patrimonio se encuentra sujeto al dominio fiduciario de la Sociedad Titulizadora y afecto al cumplimiento de un fin específico, el cual consiste en respaldar el pago de los derechos conferidos a los titulares de valores emitidos con cargo a dicho patrimonio, en favor del originador o de los terceros inversionistas (fideicomisarios). El patrimonio fideicomitido o fideicomiso de titulización es distinto al patrimonio de la Sociedad Titulizadora, del originador, o de los inversionistas y, en su caso, del destinatario de los bienes remanentes. Los activos que conforman el patrimonio autónomo fideicomitido no generan cargos al patrimonio efectivo correspondiente de la sociedad titulizadora, salvo el caso que por resolución jurisdiccional se le hubiera asignado responsabilidad por mala administración, y por el importe de los correspondientes daños y perjuicios. Una vez celebrado el contrato de fideicomiso, y cuando los valores mobiliarios a emitir serán objeto de oferta pública, se deberán cumplir ciertas formalidades, como la inscripción de dicho contrato de fideicomiso en los Registros Públicos, en forma similar a un contrato para la emisión de obligaciones. Asimismo, se deberá cumplir con las formalidades exigibles para la transferencia efectiva de los activos, las que dependerán de la clase de activos que se están transfiriendo. En caso de que se trate de una cartera de créditos, existe la posibilidad de perfeccionar su transferencia (lo cual es mandato del Código Civil) mediante la publicación de un aviso. 3. Reemplazada, en diciembre de 1996, por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley nº Sustituida, en diciembre de 1997, por la Ley nº , actual Ley General de Sociedades. 5. Resolución CONASEV nº EF/94.10, publicada el 9 de enero de
3 Los tipos de activos susceptibles de ser titulizados (para oferta pública) a través de patrimonios fideicomitidos son todos, con la excepción de los embargados y, en general, los sujetos a litigio. Los valores a emitir pueden otorgar un derecho de crédito a ser cancelado exclusivamente con los activos titulizados, un derecho a participar en el flujo de efectivo generado por ellos, o una combinación de ambos derechos. Su emisión puede corresponder a la sociedad titulizadora, o a un tercero en el caso de valores representativos de un derecho de crédito, ello dependerá de lo que se hubiere pactado. En este último caso el originador tiene la posibilidad de utilizar su nombre mas no su patrimonio para la emisión de los valores, lo cual debe hacerse con el conocimiento de los inversionistas. Si los valores mobiliarios generados son emitidos por oferta pública, tales valores deberán estar inscritos en el Registro Público del Mercado de Valores de la CONASEV, para lo cual se deberá presentar toda la documentación relevante y lo que será el prospecto informativo de colocación, como en cualquier oferta pública tradicional. Es también posible estructurar un programa de emisión de estos valores e inscribirlo para acelerar el proceso de emisión de valores. Una vez colocados los valores, la sociedad titulizadora remite los recursos obtenidos al originador. En adelante, la sociedad titulizadora se encargará de recibir el flujo de efectivo generado por los activos titulizados, lo que puede ser también delegado (si el contrato lo permite) a una entidad especializada denominada servidor, que se encargará de hacer los pagos a los inversionistas. Asimismo, el originador también puede encargarse de la cobranza de los activos titulizados. Los inversionistas o fideicomisarios se reúnen en juntas para adoptar las decisiones que les competen, y puede otorgarse a ellos, en el contrato de fideicomiso, el derecho a remover a la Sociedad Titulizadora del dominio fiduciario sobre el patrimonio fideicomitido, si no cumple con las funciones u obligaciones que le son propias. Una vez pagados los derechos contenidos en los valores respaldados por el patrimonio autónomo, éste se extingue, si no se hubiere establecido cosa distinta y lo que hubiere quedado como remanente es entregado a la persona que se hubiere designado, en el contrato de fideicomiso, como su destinatario. Asimismo, debe señalarse que la Sociedad Titulizadora tiene también la opción de adquirir activos de terceras personas y formar ella misma, mediante acto unilateral, el patrimonio autónomo contra el cual emitirá los valores mobiliarios. Sociedad de Propósito Especial La titulización de activos a través del patrimonio de una sociedad de propósito especial, implica que el originador, o una tercera persona en interés de éste, constituya una sociedad anónima. A dicho efecto, la Ley del Mercado de Valores exime a estas sociedades de la pluralidad mínima de socios 6 exigida por la Ley General de Sociedades, y al constituirla, limita el objeto social de la misma a adquirir esencialmente activos crediticios y a emitir valores mobiliarios con el respaldo de su patrimonio. De este modo, los administradores de la sociedad deberán sujetar su actuación al cumplimiento del objeto social y no podrán incurrir en otras actividades; limitando, en gran medida, el riesgo, para la sociedad, de caer en insolvencia por factores ajenos a la estructura propia de titulización. Una vez constituida esta nueva sociedad, denominada sociedad de propósito especial, el originador adquiere los activos a titulizar, que serán los únicos que integrarán su patrimonio, además de los mínimos necesarios para su funcionamiento, sin que ello signifique crear una nueva modalidad societaria. Como parte del proceso, la sociedad emite los valores mobiliarios que se hubiera determinado emitir, pudiendo ser éstos acciones comunes, acciones preferentes, bonos, bonos convertibles, instrumentos de corto plazo, etc. De igual forma, si la sociedad constituida pretende efectuar la colocación de sus valores por oferta pública, deberá efectuar el trámite correspondiente ante la CONASEV; que es, en líneas generales, similar al establecido para el resto de sociedades anónimas. Luego, los recursos obtenidos por la colocación de los valores serán transferidos al originador. Las reglas entre la sociedad y los inversionistas serán aquellas que correspondan a los 6. En la actualidad son dos, pero en el momento de establecerse la exoneración eran tres. 52
4 D E M E R C A D O S D E V A L O R E S valores emitidos. Así, la sociedad se encargará de pagar los intereses y el principal, según se hubiere pactado, en el caso de emisión de bonos u otros valores que representen un derecho de crédito, o decidirá acerca de la repartición de dividendos si se hubieren emitido valores accionarios. Una vez efectuada la cancelación de los derechos contenidos en los valores emitidos, se puede proceder a efectuar una nueva emisión; si así se hubiere establecido en los estatutos de la sociedad o por acuerdo de sus órganos competentes, y una vez cumplidas las condiciones pactadas. Aspectos Tributarios de la Titulización en el Perú En la Ley del Impuesto a la Renta y la Ley del Impuesto General a las Ventas, sólo se han considerado los procesos de titulización que se desarrollan a través de fideicomisos. En ese sentido, la Ley del Impuesto a la Renta considera a los patrimonios autónomos sujetos de tributación en tanto son tratados como personas jurídicas. Por tanto, los gastos en que incurran (por ejemplo pago de intereses) pueden ser deducibles de sus ingresos brutos; ésta sería la razón por la cual, hasta el momento, sólo se han emitido valores representativos de deuda en los procesos de titulización habidos. La misma Ley establece que las transferencias fiduciarias no se consideran transferencias reales plenas, disponiendo que el valor de los activos transferidos en fideicomiso a la Sociedad Titulizadora, se mantenga en el balance del fideicomitente para todo efecto tributario. En concordancia con lo anterior, la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) considera que la transferencia fiduciaria y la devolución del remanente, cuando se extingue el patrimonio, no se consideran venta y por tanto se encuentran inafectos de dicho impuesto; sin embargo, mantienen el crédito fiscal generado, en el momento de su adquisición, por los activos que le corresponden. En cuanto a las Sociedades de Propósito Especial, las normas tributarias no han establecido ninguna disposición específica y, por tanto, se encuentran sujetas al régimen general de los impuestos antes tratados. Es decir, deben tributar como cualquier sociedad anónima que ejerce una actividad económica; esto ha dado lugar a que no sean elegibles como un vehículo de titulización competitivo con el fideicomiso de titulización. En general, para que pueda ser viable un proceso de titulización, es necesario que el vehículo para la autonomización del patrimonio sea totalmente transparente a la tributación; es decir, los impuestos no deberían afectarlo en modo alguno, por cuanto deben ser sólo conductos. Si esto no es así, es realmente difícil que la titulización pueda ser ventajosa, incluso frente a los mecanismos tradicionales de financiamiento e inversión. III. EVOLUCIÓN DEL PROCESO DE TITULIZACIÓN EN EL PERÚ En relación con el tamaño del mercado de valores de oferta pública en el país, observa- Cuadro 1 BONOS DEL SECTOR PRIVADO VIGENTES AL CIERRE DEL PERÍODO (EN MILLONES DE US$) Bonos Dic 1993 Dic 1994 Dic 1995 Dic 1996 Dic 1997 Dic 1998 Dic 1999 Arrend. Financiero Subordinados Corporativos De titulización TOTAL Crédito al sector privado % 3,4% 5,1% 7,0% 9,4% 10,1% 12,0% 13,2% 53
5 mos que la titulización de valores viene mostrando un comportamiento favorable, aunque aún bastante reducido respecto de las ofertas públicas de bonos realizadas por el sector privado. Como se observa, en el cuadro nº 1 las titulizaciones en el país sólo representaron el 0,8% del monto total en circulación de bonos colocados a diciembre de 1998, y el 2% a diciembre de Son siete las sociedades titulizadoras inscritas en el Registro Público del Mercado de Valores 7. Tal y como se observa en el cuadro siguiente, la mayoría de las sociedades titulizadoras pertenece en su totalidad a empresas bancarias, con excepción de Trust Sociedad Titulizadora, cuyo accionista es una Sociedad Agente de Bolsa. Conforme a la Ley del Mercado de Valores, el capital social mínimo actualizado a la fecha equivale a S/ ,08 (aprox. US$ 278 mil). A la fecha se han colocado mediante oferta pública cuatro emisiones de valores titulizados en el mercado local, equivalente a un monto total de US$ De las siete Sociedades Titulizadoras que cuentan con autorización de funcionamiento, sólo tres de ellas han realizado operaciones. En total se han realizado cuatro procesos de titulización por oferta pública, en uno de los cuales abundaremos por ser un esquema novedoso en nuestro medio. En el Anexo 1, se trata la experiencia de un programa de titulización sobre el flujo derivado de obligaciones futuras, lo que ha ocasionado que la empresa originadora establezca un esquema de reducción de riesgo en el que lo importante no es sólo garantizar el flujo de dinero para el pago del bono, sino también que se garantice que la relación deudor - acreedor permanezca en el tiempo, mediante la subsistencia de la empresa y de sus clientes. Por otro lado, otro programa innovador se encuentra en evaluación. Se trata de una titulización originada por Citibank N.A. Sucursal de Lima, consistente en la emisión de bonos por oferta pública hasta por US$ 100 millones respaldados por el patrimonio en fideicomiso, el cual está constituido por inversiones sobre Bonos Brady. La característica principal de esta emisión consiste en que estos bonos serán de tipo cupón cero, emitidos en dólares con un plazo de vencimiento de hasta 17 años. Emisiones Privadas de Titulización en el Perú Conforme a la normativa existente, se pueden realizar ofertas de valores de titulización de Cuadro 2 SOCIEDADES TITULIZADORAS Sociedad Titulizadora Fecha de inscripción Grupo Económico Capital (en soles) 8 Citicorp Perú Sociedad Titulizadora S.A. 23/10/97 Citibank Progreso S.A. Sociedad Titulizadora 31/12/97 Banco de Progreso Creditítulos Sociedad Titulizadora S.A. 12/02/98 Banco de Crédito Continental Sociedad Titulizadora S.A. 01/03/99 Banco Continental Trust Sociedad Titulizadora S.A. 10/03/99 Argenta SAB Wiese Sociedad Titulizadora S.A. 24/03/99 Banco Wiese Sudameris Internacional de Títulos Sociedad Titulizadora S.A. 06/10/99 Interbank Fuente: CONASEV 7. El Registro Público del Mercado de Valores es aquel en el cual se inscriben los valores, los programas de emisión de valores, los fondos mutuos, fondos de inversión y los participantes del mercado de valores conforme a la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo nº 861, y sus respectivos Reglamentos, con la finalidad de poner a disposición del público la información necesaria para la toma de decisiones de los inversionistas y lograr la transparencia en el mercado. 8. Tipo de cambio a S/. 3, 498 soles por US dólares. 9. Para el caso de Trust Sociedad Titulizadora S.A., el capital mínimo exigido por Ley es de S/ , por tratarse de una subsidiaria de una Sociedad Agente de Bolsa (SAB). 54
6 D E M E R C A D O S D E V A L O R E S Cuadro 3 PROCESOS DE TITULIZACIÓN POR OFERTA PÚBLICA EN EL PERÚ Emisor Citicorp S.T. Creditítulos S.T. Citicorp S.T. Intertítulos S.T. Originador Ferreyros S.A.A. Creditítulos S.T. Ferreyros S.A.A. Quimpac S.A. Activos transferidos Cuentas por cobrar origina- 180 Inmuebles ubicados Cuentas por cobrar origina- Ventas futuras de sal y das de las ventas a crédito en dos edificios de ofici- das de la venta de repues- productos químicos de maquinarias y equipos nas tos y prestaciones de servicios Serie A: US$ Monto de Emisión Serie B: US$ US$ US$ US$ y colocación 21/07/1998 Fecha de colocación 05/02/ /12/ /01/2000 Serie A: 7,9375% Tasa de interés Serie B: 8,2500% 10,63% 7,96875% 9,75% Serie A: 2,5 años Plazo Serie B: 3,5 años 7 años 4 años 7 años Serie A/ Serie B Clasificación de riesgo: AAA/ AA Apoyo & Asociados AAA/ AA AA- AAA AA+ Duff & Phelps S.A. AA+ AAA Equilibrium S.A. AA+ Fuente: CONASEV manera privada, las cuales no son registradas en el Registro Público del Mercado de Valores. Son tres las sociedades titulizadoras que han desarrollado estos esquemas de titulización privados, Progreso Sociedad Titulizadora S.A., Trust Sociedad Titulizadora S.A. y Wiese Sociedad Titulizadora S.A. Como se observa en el cuadro nº 4 (ver página siguiente), estas emisiones se han caracterizado por ser de montos reducidos, captando un mercado de medianas empresas que buscan un menor financiamiento y que evitan incurrir en los costos de la estructuración de emisiones públicas. II. PERSPECTIVAS DE LA TITULIZACIÓN EN EL PERÚ El número y monto de emisiones resulta pequeño en comparación al desarrollado en otros países de la región; ello es debido a que, a nuestro entender, son varios los factores que todavía no han permitido utilizar este mecanismo de financiamiento. En primer lugar, podemos señalar el desconocimiento de este mecanismo o la lenta asimilación por parte de la mayoría de los participantes en el mercado de valores, por cuanto es una modalidad nueva de financiamiento que no ha tenido una difusión masiva. Ofrecer valores mediante procesos de titulización no es lo mismo que ofrecer valores más tradicionales como bonos y acciones, debido a que este proceso requiere un esquema más complejo. Un segundo factor han sido las crisis internacionales de los dos últimos años (crisis asiática, rusa y brasileña) que ocasionaron una salida de capitales de nuestro mercado y por consiguiente la elevación y fluctuación de las tasas de interés, lo cual desanimaba a las empresas a emitir obligaciones por períodos de largo plazo. Esto ocasionó una disminución de las inscripciones y colocaciones de valores 55
7 Cuadro 4 PROCESOS DE TITULIZACIÓN POR OFERTAS PRIVADAS EN EL PERÚ (D. Leg. nº 861, Título XI) Denominación Activos transferidos Valor Monto Tasa de Plazo (USS) interés Progreso Sociedad Titulizadora S.A. Blockbuster Alquileres Patrimonio en Fideicomiso Activos crediticios originados a través del subarriendo de establecimientos. Bono % 3 años Mavila I Patrimonio en Fideicomiso Mavila II Patrimonio en Fideicomiso Créditos derivados de la venta de artículos domésticos, motorizados, industriales y otros. Créditos derivados de la venta de artículos domésticos, motorizados, industriales y otros. Bono % 12 meses Bono % 540 días Patrimonio Autónomo Inmuebles Norbank Patrimonio en Fideicomiso Primera Emisión Lotes de terrenos e inmuebles del Banco Norbank ubicados en Chiclayo, Lima y Piura. Certificado de participación n.d. 1 año hasta tres meses Patrimonio Autónomo Inmuebles Norbank Patrimonio en Fideicomiso Segunda Emisión Lotes de terrenos e inmuebles del Banco Norbank ubicados en Chiclayo, Lima y Piura. Certificado de participación n.d. 1 año hasta tres meses Inmuebles 1 Banco del Progreso Patrimonio en Fideicomiso Inmuebles 2 Banco del Progreso Patrimonio en Fideicomiso Tai Loy Créditos 1 Patrimonio en Fideicomiso Bienes Inmuebles Tai Loy Patrimonio en Fideicomiso Lotes de terreno, locales industriales, oficinas comerciales y viviendas ubicados en Lima. Lotes de terreno, locales industriales, oficinas comerciales y viviendas ubicados en Lima. Activos crediticios que se originan de las operaciones de venta de artículos en general. Tiendas, almacenes y oficinas ubicados en Lima. Bonos % 720 días Bonos % 720 días Bonos % 24 meses Bonos % 36 meses Trust Sociedad Titulizadora S.A. Patrimonio en Fideicomiso Agricorp U.S.A. Terrenos y diversas construcciones y equipos ubicados en Lima. Bonos % 5 años Wiese Sociedad Titulizadora S.A. Patrimonio en Fideicomiso Banco Wiese Ltdo., Bienes inmuebles y/o muebles adjudicados como pago de deudas derivadas de operaciones de crédito y/o sus colocaciones. (a) Bonos (b) Títulos valo - res avalados (c) Certificado de participación (a) (b) (c) n.d. 7 años Fuente: CONASEV 56
8 D E M E R C A D O S D E V A L O R E S mobiliarios por oferta pública, más aún en los casos de titulización, por ser un instrumento que recién entraba en el mercado de valores. Otros factores son los de carácter técnico, entre los cuales podemos señalar la escasez de grandes carteras de activos financieros que sean homogéneos y de suficiente calidad, asimismo, la carencia de un historial sobre el comportamiento de los activos (prepagos, pérdidas, morosidades, rotación, etc.). Los elevados costos que requiere la estructuración y colocación de dichos valores, lo cual limita su participación a emisiones por oferta pública con montos superiores a US$ , dependiendo en todo caso de la capacidad de negociación del originador con los diversos agentes a fin de lograr costos menores. Finalmente, se debe indicar que uno de los factores que limitó un mayor desarrollo de las titulizaciones fue el marco tributario, por cuanto las transferencias fiduciarias de bienes muebles al Patrimonio Fideicomitido estaban gravados por el IGV, lo que incrementaba los costos del proceso de titulización para dichos activos. Sin embargo, con la modificación del Impuesto General a las Ventas a fines de 1998, y las aclaraciones con respecto al carácter transitorio de los patrimonios fideicomitidos se ha eximido dicho impuesto, por lo que se espera que se incrementen significativamente las operaciones de titulización en los próximos años. Si bien la Titulización en el Perú aún se encuentra en su etapa de desarrollo inicial, ocasionada principalmente por los factores mencionados anteriormente, existen algunas perspectivas de crecimiento para el futuro. Por ejemplo, existe una demanda potencial interesante de este tipo de valores por parte de los fondos de pensiones, los cuales pueden invertir hasta en un 10% en bonos de titulización, lo que considerando que los fondos de pensiones ascienden actualmente a US$ millones, representaría un potencial de US$ 242 millones para invertir en valores de titulización. Por el lado de la oferta de valores, existe un amplio potencial en la adopción de productos de índole hipotecaria; sin embargo, el interés no está aún claramente definido por parte del sector bancario para iniciar programas de titulización con respaldo hipotecario que pudieran ayudar a dinamizar este sector. Anexo 1 TITULIZACIÓN DE FLUJOS FUTUROS: EL CASO DE QUIMPAC S.A. La última operación registrada ha sido la constitución del Patrimonio en Fideicomiso de Quimpac S.A.A. (el originador) 10, llevado a cabo en enero del presente año a través de Intertítulos Sociedad Titulizadora S.A. Ésta ha sido la primera experiencia en la titulización de flujos futuros para el mercado de valores local. La operación consistió en la transferencia de los derechos sobre los flujos en efectivo derivados de las ventas futuras de sal y productos químicos que efectúe Quimpac a un grupo de Clientes Elegidos 11. La emisión de obligaciones respaldadas por este patrimonio fue por un monto de US$ ,00. A dicho efecto, los flujos comprenden todo importe que los clientes deban pagar por concepto de las ventas efectuadas por Quimpac, incluyendo el cobro de principal, intereses o penalidades que eventualmente puedan generarse, sean en efectivo o representadas en documentos de pago o instrumentos crediticios. Características de la emisión Se emitieron bonos por un valor nominal de diez mil dólares (US$ ,00), pertenecen a una sola clase y única serie por un valor total de veinte millones de dólares (US$ ,00). Los bonos se colocaron mediante oferta pública, son nominativos, indivisibles, libremente negociables, tienen plazo de 7 años calendario, ofrecen 9,75% de interés anual en dólares y se encuentran representados por anotaciones en cuenta en Cavali ICLV S.A 12. Sistema de garantías de la operación Como medidas destinadas a asegurar el pago oportuno a los titulares de los bonos, se 10. Empresa dedicada a la producción y comercialización de sal, productos químicos y bobinas de papel. Organizada de conformidad con las leyes de la República del Perú. 11. Con el objeto de reducir los riesgos de los flujos futuros, los clientes elegidos generadores de los mismos serán seleccionados de acuerdo con diversos criterios de elegibilidad. 12. CAVALI S.A. es la Institución de Compensación y Liquidación de Valores, constituida conforme a la Ley del Mercado de Valores y se encarga del registro, compensación, liquidación y transferencia de valores. 57
9 incorporaron a la operación garantías específicas y adicionales. Garantías específicas: Se ha realizado una transferencia fiduciaria por causa de garantía de las concesiones de Sal de Quimpac y de las concesiones de la Empresa de la Sal S.A. (EMSAL) que generan todos los flujos por venta de sal, por un valor estimado de US$ ,00 durante la existencia del patrimonio fideicomitido. De esta manera, los fondos obtenidos en la eventual enajenación de los bienes que conforman el Patrimonio Fideicomitido serán aplicados en el siguiente orden: 1. Para cubrir los gastos derivados de la ejecución de las garantías 2. Para el pago a los titulares de los bonos 3. Para devolver el remanente al originador y a EMSAL, según corresponda Por otro lado, se constituyó una fianza solidaria, limitada, irrevocable y de realización automática otorgada por el Banco Standard Chartered por la suma de tres millones quinientos mil dólares americanos (US$ ) destinados a asegurar el pago a los titulares de los bonos ante la ocurrencia del supuesto de que se disuelva y liquide el Patrimonio Fideicomitido y los fondos que lo componen, y que incluida la cuenta de reserva no sean suficientes para cubrir el pago de intereses y capital derivados de los bonos de titulización. También se hará uso de la fianza en el caso que disminuya su nivel de clasificación y el Fiduciario no cumpla con reemplazar dicha fianza con otra; o en el caso que la fianza no se renovara. Garantías adicionales: Se implementaron también diversos colaterales como el establecimiento de un régimen de clientes elegibles, en el cual, los clientes que constituirán los flujos futuros que servirán para atender los Bonos de Titulización, están sujetos a determinados requisitos como son: 1. Cuenten con una calificación de riesgo normal, entendiéndose por ésta aquella que no registra pérdidas históricas en los últimos 24 meses. 2. Acrediten volúmenes de compra mayores a cien mil dólares US$ como promedio de los últimos 12 meses. 3. Posean alta dependencia respecto de los productos proveídos por el originado. 4. No tengan vinculación económica ni de propiedad o gestión con el originado. 5. No sean personas naturales, ni tampoco personas jurídicas no residentes en el Perú. En caso que los flujos generados por los clientes elegidos no resulten suficientes para asegurar el pago a los titulares de los bonos o en el caso que los mencionados clientes no mantuvieran los requisitos de exigibilidad descritos precedentemente, el Fiduciario podrá solicitar al originador en cualquier momento: 1. La sustitución de un cliente elegido por un elegible. 2. La complementación de un cliente elegido con uno o más clientes elegibles. Otros colaterales de la operación fueron la adopción de políticas de clientes y precios: 1. La adopción de una política de clientes, en la que Quimpac otorga preferencia a las obligaciones contraídas frente a los clientes elegidos en lo que respecta a los plazos de entrega y volumen de pedidos. 2. La adopción de una política de precios, en la que se busca mantener la participación de Quimpac en los mercados evitando el ingreso de nuevos competidores. Por otro lado, también se establecieron otros compromisos del originador como el establecimiento de los límites de endeudamiento permisibles, la adopción de una política para la distribución de dividendos, para la capitalización de resultados, para la realización de operaciones comerciales con empresas relacionadas, para el financiamiento de empresas relacionadas y de sus accionistas, así como la prohibición de la recompra de acciones. Además se optó por la adopción de un mecanismo de aceleración de la asignación de recursos destinados al Fondo de Reserva-Capital 13, de manera que se logre acumular el principal de los Bonos en un período menor a los 7 años. BIBLIOGRAFÍA 1. CONASEV (2000): Memoria Anual, Lima, Perú. 2. Quimpac (Enero 2000): Prospecto Informativo, Lima, Perú. 3. CONASEV (Abril 2000): Revista Valores, Número 34, Lima, Perú. 4. CONASEV (Enero 1997): Revista Valores, Número 23, Lima, Perú. 13. El fondo de Reserva-Capital es una cuenta bancaria abierta por el Fiduciario, de acuerdo con el originador, a nombre del Patrimonio Fideicomitido, en donde se depositarán los flujos provenientes de la cuenta de Recaudación, para el pago del principal de los Bonos de titulización al vencimiento de los mismos. 58
DISPOSICIONES ADICIONALES
Ley 13/1985, de 25 de mayo, de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros. (BOE de 28 de mayo de 1985) DISPOSICIONES ADICIONALES Segunda.
Más detallesUNIVERSIDAD DE SUCRE FACULTAD DE INGENIERIA PROGRAMA DE TECNOLOGIA EN ELECTRÓNICA ANALISIS FINANCIERO DE EMPRESAS
UNIVERSIDAD DE SUCRE FACULTAD DE INGENIERIA PROGRAMA DE TECNOLOGIA EN ELECTRÓNICA ANALISIS FINANCIERO DE EMPRESAS CONCEPTO. El análisis financiero es un método para establecer los resultados financieros
Más detallesLa contabilidad son las anotaciones, cálculos
La contabilidad controla las ejecuciones económicas de toda empresa. La contabilidad es un campo o disciplina que pertenece a la ciencia de la economía, cuyo objetivo es clasificar, registrar y resumir
Más detallesCustodia de Valores: Experiencia Peruana. Erik Malca Vargas Conasev Peru Guayaquil, 2010
Custodia de Valores: Experiencia Peruana Erik Malca Vargas Conasev Peru Guayaquil, 2010 Concepto de Custodia En sentido lato, el término custodia se entiende como la guarda con cuidado o vigilancia de
Más detallesLa Experiencia Peruana
EL PROCESO DE TITULIZACIÓN DE ACTIVOS La Experiencia Peruana Armando Chappell Quintana CONASEV http://www.conasevnet.gob.pe MARCO LEGAL DE LA TITULIZACIÓN DE ACTIVOS Ley del Mercado de Valores, Decreto
Más detallesBoletín Jurídico Enero 2016
1. CONSULTA TRIBUTARIA TARIFAS PARA EL AÑO 2016 DE IMPUESTO A LA RENTA PARA PERSONAS NATURALES Y SUCESIONES INDIVISAS, Y PARA HERENCIAS, DONACIONES Y LEGADOS a) Para liquidar el impuesto a la renta de
Más detallesFormulario de Solicitud de Inscripción y Autorización de Fideicomiso de Oferta Pública
1. Denominación del fideicomiso de a inscribir en el Registro: 2. Fiduciario de fideicomisos de : b) Objeto Social: c) Registro Nacional de Contribuyentes (RNC): e) Capital suscrito f) Capital Autorizado
Más detallesSOLUCION EMPRESA ADMINISTRADORA HIPOTECARIA
SOLUCION EMPRESA ADMINISTRADORA HIPOTECARIA INFORME DE GERENCIA Cuarto Trimestre de 2015 (Artículo 94 Ley 26702) C O N T E N I D O SOLUCION EMPRESA ADMINISTRADORA HIPOTECARIA Pág. 1. RESUMEN DE OPERACIONES
Más detallesCriterio: Relación entre Clasificaciones de Riesgo de Corto y Largo Plazo
Corto y Largo Plazo El siguiente criterio de clasificación expone la lógica de por qué ICR utiliza escalas diferentes para clasificar obligaciones de corto y largo plazo, además de indicar las similitudes
Más detallesGUÍA DE ESTUDIO DE LA UNIDAD II: TEMA 1: LOS INGRESOS PÚBLICOS.
República Bolivariana de Venezuela. Ministerio de Educación Superior. Universidad de Falcón. Punto Fijo, Estado Falcón FINANZAS PÚBLICAS SECCION: G8CA01 PROF.FRANKLIN YAGUA. GUÍA DE ESTUDIO DE LA UNIDAD
Más detallesDiplomado de Introducción al Mercado de Capitales (78 horas)
Diplomado de Introducción al Mercado de Capitales (78 horas) Objetivo General: Proporcionar los conocimientos generales y fundamentales de cómo operan los Mercados de Capitales locales e internacionales,
Más detallesCIRCULAR EXTERNA
Número CIRCULAR EXTERNA 011 1999 Año DESTINATARIO(S): REPRESENTANTES LEGALES DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE CREDITO. ASUNTO ALIVIOS PARA DEUDORES DE CRÉDITOS HIPOTECARIOS INDIVIDUALES PARA FINANCIACION DE
Más detallesSUPERINTENDENCIA DE VALORES DE LA REPÚBLICA DOMINICANA
SUPERINTENDENCIA DE VALORES DE LA REPÚBLICA DOMINICANA DESEMPEÑO DE LA SIV Y COMPORTAMIENTO DEL MERCADO DE VALORES División de Análisis de Riesgos y Estudios Económicos Sección de Estadísticas Santo Domingo,
Más detallesSección Novena Capítulo 7000 Inversiones Financieras y Otras Provisiones
Sección Novena Capítulo 7000 Inversiones Financieras y Otras Provisiones Artículo 14.- La definición del capítulo, conceptos, partidas genéricas y específicas de gasto correspondientes a inversiones financieras
Más detalles1. Obligaciones Garantizadas. Ley de Protección al Ahorro Bancario
Artículos relevantes de la legislación aplicable a los procesos de Pago de Obligaciones Garantizadas y de Liquidación de Instituciones de Banca Múltiple 1. Obligaciones Garantizadas Ley de Protección al
Más detallesINVERSIÓN LA INVERSIÓN
INVERSIÓN LA INVERSIÓN Generalmente se ha definido la inversión: n: como la renuncia de una satisfacción n inmediata con la esperanza de obtener en el futuro una satisfacción n mayor. Elementos El sujeto
Más detallesEL MERCADO DE VALORES Y EL ROL DE LA SMV. Nery Salas Acosta UNMSM Junio, 2012
EL MERCADO DE VALORES Y EL ROL DE LA SMV Nery Salas Acosta UNMSM Junio, 2012 1 CÓMO ESTÁ COMPUESTO EL MERCADO FINANCIERO? Desde el punto de vista de la intermediación Institución de supervisión y control
Más detallesINFORME QUE PRESENTA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONSTRUCCIONES Y AUXILIAR DE FERROCARRILES, S.A
INFORME QUE PRESENTA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONSTRUCCIONES Y AUXILIAR DE FERROCARRILES, S.A. EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA A QUE SE REFIERE EL PUNTO QUINTO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA
Más detallesSEMINARIO LEGIS REFORMA TRIBUTARIA 2012
SEMINARIO LEGIS REFORMA TRIBUTARIA 2012 Modificaciones en Fiducia Mercantil FELIPE AROCA Febrero de 2013 TRATAMIENTO PARA UTILIDADES Y PÉRDIDAS Régimen anterior. Artículo 102 del Estatuto Tributario (
Más detallesABC. Comercialización y administración. Circular externa Solicitud de información LIBRANZAS
ABC Circular externa 100-000007 Solicitud de información LIBRANZAS Comercialización y administración Solicitud de información sobre la actividad de comercialización y administración de créditos libranza
Más detallesCircular nº 04/2016, de 29 de enero ENTIDADES EMISORAS DE VALORES
Circular nº 04/2016, de 29 de enero ENTIDADES EMISORAS DE VALORES REGISTRO MERCANTIL DE MADRID, TOMO 15.611, LIBRO 0, FOLIO 5, HOJA Nº M-262.818, INSCRIPCIÓN 1ª NIF: A-82.695.677 La Sociedad de Gestión
Más detallesFacturas Negociables. Una oportunidad de Inversión. Lima, Octubre de 2015
Facturas Negociables Una oportunidad de Inversión Lima, Octubre de 2015 Situación Normativa Normativa Vigente Ley N 29623, Ley que promueve el financiamiento a través de la factura comercial Ley N 30308,
Más detallesLey de Impuesto a Operaciones Financieras
Ley de Impuesto a Operaciones Financieras Qué Establece Esta Ley? Establece un impuesto de 0.25% equivalente a 2.5 por cada US$1,000.00, aplicada a operaciones que supere los US$1,000.00. (art 3.) Una
Más detallesSuplemento Informativo. República de Colombia
Suplemento Informativo Bonos Globales vencimiento en el año 2020 11.75% Bonos Globales con vencimiento en el 2020 Colombia pagará intereses de los bonos de manera semestral el 25 de febrero y el 25 de
Más detallesNCG 18 NORMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL N. 18 ENDEUDAMIENTO PÚBLICO ÍNDICE. Párrafo Número. Definiciones 01-07
NCG 18 NORMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL N. 18 ENDEUDAMIENTO PÚBLICO ÍNDICE Párrafo Número Objetivo Definiciones 01-07 Criterios de reconocimiento y valuación 08-13 Aplicación de criterios generales
Más detallesBANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO, S.A.
BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO, S.A. 14ª EMISION DE CÉDULAS HIPOTECARIAS Importe nominal 1.500.000.000,- Euros. Vencimiento: Enero de 2017 Emisión a realizar bajo el Documento de Registro de Banco Santander
Más detallesEn relación con el tratamiento de las diferencias de cambio para efecto de la determinación del Impuesto a la Renta, se consulta lo siguiente:
INFORME N. 101-2012-SUNAT/4B0000 MATERIA: En relación con el tratamiento de las diferencias de cambio para efecto de la determinación del Impuesto a la Renta, se consulta lo siguiente: 1. En el caso de
Más detallesMercado de Capitales: Cómo vamos?
Mercado de Capitales: Cómo vamos? Mauricio Cárdenas Ministro de Hacienda y Crédito Público II CONGRESO DE LA ASOCIACIÓN DE FIDUCIARIAS DE COLOMBIA VIII REUNIÓN DE LA FEDERACIÓN IBEROAMERICANA DE FONDOS
Más detallesSociedad de Responsabilidad Limitada S.R.L.
Sociedad de Responsabilidad Limitada S.R.L. LAS SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Son constituidas con la finalidad de limitar la responsabilidad de los socios conforme a los aportes realizados. Las
Más detallesAprueban normas reglamentarias del Decreto Legislativo Nº 998 que impulsa la mejora de la calidad de la formación docente
Aprueban normas reglamentarias del Decreto Legislativo Nº 998 que impulsa la mejora de la calidad de la formación docente EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: DECRETO SUPREMO Nº 014-2008-ED Que,
Más detallesReglamento Autorización de Negociación de Títulos Públicos GUÍA Sección IX Control de los documentos y los registros
Página 1 de 5 SECCIÓN NEGOCIACIÓN DE TÍTULOS PÚBLICOS. Solicitud por el Estado Nacional, Provincial, Municipal, Entes Autárquicos y Empresas del Estado Nacional. 1. Presentación de solicitud de autorización
Más detallesESTATUTO DE LAS COOPERATIVAS DEL MERCOSUR (Anteproyecto )
ESTATUTO DE LAS COOPERATIVAS DEL (Anteproyecto 23.3.07) La resolución del Grupo Mercado Común por la cual se crea la Reunión Especializada de Cooperativas del (RECM) le asigna a ésta la finalidad de desarrollar
Más detalles90 días, 24% anual; 180 días, 25% anual; y, 365 días, 26% anual;
A V I S O Por este medio se hace de público conocimiento que la Junta Monetaria ha dictado su Quinta Resolución de fecha 23 de diciembre del 2004, cuyo texto se transcribe a continuación: VISTA la comunicación
Más detallesVersión: 2ª. Comunicación A 3275 Vigencia:
7. TEXTO ORDENADO ACTUALIZADO DEL REGIMEN INFORMATIVO SOBRE EMISIÓN Y COLOCACIÓN OBLIGATORIA DE DEUDA. (R.I. E.C.D.) -Última comunicación incorporada: A 3275 (28/05/01)- -Índice- Sección 1. Instrucciones
Más detallesLa Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica en el artículo 8, del acta de la sesión , celebrada el 30 de enero del 2015,
La Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica en el artículo 8, del acta de la sesión 5677-2015, celebrada el 30 de enero del 2015, dispuso en firme remitir en consulta pública, con base en lo dispuesto
Más detallesBANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL
BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL Por cuanto en la Resolución N 13-03-01 de fecha 21 de marzo de 2013, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N 40.133 de esa misma
Más detallesInforme Ejecutivo AL PRINCIPIO DE CONCENTRACION DEL MERCADO: ARTICULO 23 DE LA LEY REGULADORA DEL MERCADO DE VALORES DE COSTA RICA
Informe Ejecutivo AL-42-05 PRINCIPIO DE CONCENTRACION DEL MERCADO: ARTICULO 23 DE LA LEY REGULADORA DEL MERCADO DE VALORES DE COSTA RICA A.- Qué es el? Se dice que un mercado es concentrado cuando todas
Más detallesPrincipales Políticas Contables IFRS y Moneda Funcional
Principales Políticas Contables IFRS y Moneda Funcional ADMINISTRADORA PATAGONIA S.A. 1 I. INTRODUCCION. De acuerdo a lo establecido en los oficios circulares N s 427, 438 y 658 de fechas 28 de diciembre
Más detallesRESUMEN DE LA POLÍTICA DE CONFLICTOS DE INTERÉS GRUPO CIMD
RESUMEN DE LA POLÍTICA DE CONFLICTOS DE INTERÉS GRUPO CIMD Versión 31.10.2014 I. INTRODUCCIÓN La normativa vigente, legislación comunitaria MiFID (Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y de la Comisión
Más detallesIndexados a Títulos Valores
Página 1 INTRODUCCION Los activos financieros indexados a títulos valores constituyen préstamos de títulos valores para la sociedad. Los pasivos financieros indexados a títulos valores internacionalmente
Más detallesDeclaración Jurada Anual sobre Inversiones, Seguros, Derechos, Activos, y Otras Operaciones en el Exterior, y Rentas Relacionadas con Estos.
Declaración Jurada Anual sobre Inversiones, Seguros, Derechos, Activos, y Otras Operaciones en el Exterior, y Rentas Relacionadas con Estos. Declaración Jurada Anual sobre Inversiones, Seguros, Derechos,
Más detalles1304 COLOCACIONES PARA VIVIENDA
CAPITULO C-3 hoja 8 1302.2 Créditos de comercio exterior 1302.2.01 Acreditivos negociados a plazo de exportaciones chilenas 1302.2.02 Otros créditos para exportaciones chilenas 1302.2.41 Acreditivos negociados
Más detallesMANUAL DE CUENTAS PARA ENTIDADES FINANCIERAS
CÓDIGO 210.00 GRUPO OBLIGACIONES CON EL PÚBLICO Representa los fondos recibidos en depósito y otros tipos de obligaciones con el público en general. No se consideran en este grupo las obligaciones con
Más detallesCaracterísticas Esenciales del Fideicomiso Aplicado al Mercado de Valores
Características Esenciales del Fideicomiso Aplicado al Mercado de Valores Cesar Prado Villegas Presidente Fiduciaria Bogotá Superintendencias de Compañías del Ecuador Instituto Iberoamericano de Mercado
Más detalles5ª Operación de Canje de Títulos de la Deuda Pública Nacional Interna
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE FINANZAS DIRECCIÓN GENERAL DE FINANZAS PÚBLICAS 5ª Operación de Canje de Títulos de la Deuda Pública Nacional Interna Agosto de 2001 1 5ª Operación de Canje
Más detallesEmisión de deuda Mediante el Sistema e-prospectus_. Telefónica - Perú Dirección de Finanzas y Control de Gestión 28/
Emisión de deuda Mediante el Sistema e-prospectus_ Telefónica - Perú Dirección de Finanzas y Control de Gestión 28/29.10.2014 Índice 1. Inscripción de Valores por e-prospectus 2. e-prospectus en cifras
Más detallesEstudio de Servicios Contables y Afines SAC. Expositor: CPC Manuel Pomacaja Herrera
Estudio de Servicios Contables y Afines SAC Expositor: CPC Manuel Pomacaja Herrera Lima, 1 de Junio de 2016 PRINCIPALES OBSERVACIONES DE SUNAT EN LAS REVISIONES FORMALES Regimenes Administrativos del IGV
Más detallesBCI ASESORIA FINANCIERA S.A. Estados financieros. 31 de diciembre de 2004 CONTENIDO
BCI ASESORIA FINANCIERA S.A. Estados financieros 31 de diciembre de 2004 CONTENIDO Informe de los auditores independientes Balance general Estado de resultados Estado de flujos de efectivo Notas a los
Más detallesOperaciones del Mercado Monetario Colombiano. Junio 21 de 2006
Operaciones del Mercado Monetario Colombiano Junio 21 de 2006 Contenido Problemas generales de las operaciones del mercado monetario (MM) Problemas específicos de las operaciones del MM Evidencia internacional
Más detallesDefiniciones, características y clasificación del Capital Contable.
Capital Contable C-11 Definiciones, características y clasificación del Capital Contable. El capital contable es el derecho de los propietarios sobre los activos netos que surge por aportaciones de los
Más detallesMINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2012 ( )
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2012 ( ) Por el cual se reglamenta el artículo 25 de la Ley 1581 de 2012, por la cual se dictan disposiciones generales para la protección
Más detallesM.F. MARGARITA VALLE LEÓN
M.F. MARGARITA VALLE LEÓN NORMAS GENERALES: PRESENTACION ESTRUCTURA ELABORACIÓN REVELACIONES COMPLEMENTARIAS ENTIDADES QUE EMITEN ESTADOS FINANCIEROS (NIF A-3) Lucrativas Con propósitos no lucrativos Es
Más detallesEstados Financieros DICTAMEN A LOS ESTADOS FINANCIEROS. Estados Financieros. Notas a los Estados Financieros
Estados Financieros DICTAMEN A LOS ESTADOS FINANCIEROS Estados Financieros Balance General Estado de Ingresos y gastos Estado de flujos de efectivo Notas a los Estados Financieros 60 761 BALANCE GENERAL
Más detallesNormativa de política de inversiones y valoración en Ecuador ECON. DIEGO JIJÓN NOVIEMBRE 2013
Normativa de política de inversiones y valoración en Ecuador ECON. DIEGO JIJÓN NOVIEMBRE 2013 -FONDOS DE INVERSIÓN- Normativa de política de inversiones ASPECTOS LEGALES Art. 87.- Inversiones de los fondos.
Más detallesCONDICIONES FINALES Euros. Emitida bajo el Folleto de Base, registrado en la
CONDICIONES FINALES 56.000.000 Euros Emitida bajo el Folleto de Base, registrado en la Comisión Nacional del Mercado de Valores el 5 de diciembre de 2013 Las presentes condiciones finales se complementan
Más detallesTRATADO DE LIBRE COMERCIO REPUBLICA DE NICARAGUA Y REPUBLICA DE CHINA (TAIWAN) Anexo III Lista de República de Nicaragua
TRATADO DE LIBRE COMERCIO REPUBLICA DE NICARAGUA Y REPUBLICA DE CHINA (TAIWAN) Anexo III Lista de República de Nicaragua ANEXO III: MEDIDAS DISCONFORMES EN SERVICIOS FINANCIEROS Notas Horizontales 1. Los
Más detalles1. Objeto del informe
INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE IBERDROLA, S.A. CON FECHA 12 DE ABRIL DE 2011, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN LOS ARTÍCULOS 286, 297.1.b) Y 506 DE LA LEY DE SOCIEDADES DE CAPITAL,
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CONGRESO NACIONAL: En el marco de regulación mediante leyes secundarias de las normas constitucionales para que surtan sus efectos de protección a la sociedad organizada, en tal razón
Más detallesVISTA la Ley No Monetaria y Financiera de fecha 21 de noviembre del 2002, y sus modificaciones;
Para los fines procedentes, tengo a bien informarle que la Junta Monetaria ha dictado su Undécima Resolución de fecha 7 de julio del 2016, cuyo texto se transcribe a continuación: VISTA la comunicación
Más detallesTERMINOS DE REFERENCIA
TERMINOS DE REFERENCIA Posición: Consultor Internacional Servicio: Servicio de consultoría internacional para el diseño de un Sistema Integrado de información para la Cobranza Cantidad Requerida: Un (01)
Más detallesUnidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos
Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos EMISIÓN DE FACTURA ESPECIAL POR EXPORTADORES DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS, ARTESANALES
Más detallesLey Nacional Nº Ley de Inversiones Extranjeras. Texto Ordenado por Ley y modificatorias
Ley Nacional Nº 21382 Ley de Inversiones Extranjeras Texto Ordenado por Ley 21382 y modificatorias Decreto Reglamentario 1853/93 del 02 de septiembre de 1993 Artículo 1. Los inversores extranjeros que
Más detallesAdministración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS
Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS Resolución General 3884 Impuesto a las Ganancias. Régimen de retención para determinadas ganancias. Resolución General N 830, sus modificatorias y
Más detallesPROSPECTO SIMPLIFICADO ESTANDARIZADO [NOMBRE DEL FONDO MUTUO] INFORMACIÓN BÁSICA PARA EL INVERSIONISTA
PROSPECTO SIMPLIFICADO ESTANDARIZADO [NOMBRE DEL FONDO MUTUO] INFORMACIÓN BÁSICA PARA EL INVERSIONISTA Este documento contiene la información básica que el inversionista necesariamente debe conocer antes
Más detallesBoletín Semanal sobre el Estado de Cuenta del Banco de México
19 de mayo Boletín Semanal sobre el Estado de Cuenta del Banco de México Estado de Cuenta Se dan a conocer los saldos preliminares del estado de cuenta correspondientes al viernes 15 de mayo. En la semana
Más detallesCarlos F. Marín Orrego S.A. Corredores de Bolsa. Activo Circulante
Razón Social: Carlos F. Marín Orrego S.A. Corredores De Bolsa Nº inscripción registro SVS: 051 Balance General resumido al: 31 de Diciembre 2010 y 2009 Cifras en Miles de pesos Activos 31/12/2010 31/12/2009
Más detallesRESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT
MODIFICAN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº182-2008-SUNAT Y MODIFICATORIAS QUE IMPLEMENTÓ LA EMISIÓN ELECTRÓNICA DEL RECIBO POR HONORARIOS Y EL LLEVADO DEL LIBRO DE INGRESOS Y GASTOS DE MANERA ELECTRÓNICA,
Más detallesTABLA DE RESOLUCIONES Y CIRCULARES MÁS IMPORTANTES RELATIVAS A LAS DECLARACIONES JURADAS Y CERTIFICADOS 1 RESOL. EX. N 065, D.O. 18.01.93, MODIFICADA POR RESOLS. EXS. N s. 4.571, 7.211 y 5316, D.O. 31.10.94,
Más detallesN O R M A C O M P L E M E N T A R I A V E N T A N I L L A D E V A L O R E S SERIE DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS. Público NC-VVE
N O R M A C O M P L E M E N T A R I A V E N T A N I L L A D E V A L O R E S SERIE DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Público NC-VVE N O R M A C O M P L E M E N T A R I A V E N T A N I L L A D E V A L O R E S SERIE
Más detallesBONOS, PAPELES COMERCIALES-SERVICIOS FINANCIEROS-TLC Concepto 2012013790-004 del 4 de abril de 2012
BONOS, PAPELES COMERCIALES-SERVICIOS FINANCIEROS-TLC Concepto 2012013790-004 del 4 de abril de 2012 Síntesis: En virtud de TLC con Estados Unidos 3, Colombia asumió obligaciones de apertura relativa en
Más detallesIV.- Cómo se analizan las cuentas anuales
IV.- Cómo se analizan las cuentas anuales DOEETSEIBDireccioEmpresesPART305ComAnalitzarComptesAnuals La información con la que hay que contar. La decisión de inversión en una empresa es un acto que necesariamente
Más detallesAmerican Express Bank (México), S.A. Notas a los Estados Financieros al 31 de Diciembre de 2014
American Express Bank (México), S.A. Notas a los Estados Financieros al 31 de Diciembre de 2014 BALANCE GENERAL Septiembre Diciembre Variación ACTIVO CAMBIOS SIGNIFICATIVOS EN LA INFORMACIÓN FINANCIERA
Más detallesDIVISIÓN DERECHO CORPORATIVO. Breves puntes acerca de las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple
DIVISIÓN DERECHO CORPORATIVO Breves puntes acerca de las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple Qué son las Sofomes? Según la definición de la Condusef, que es la entidad en la cual tienen que registrarse,
Más detallesNPB3-11 NORMAS PARA EL REQUERIMIENTO DE ACTIVOS LIQUIDOS DE LOS BANCOS CAPITULO I OBJETO Y SUJETOS
SAN SALVADOR, EL SALVADOR, CA Teléfono (503) 2281-2444 Email: informa@ssfgobsv Web: http:wwwssfgobsv NPB3-11 El Consejo Directivo de la Superintendencia del Sistema Financiero, con base en la potestad
Más detallesLa contabilidad es la disciplina que sirve para proporcionar información útil en la toma de decisiones económicas. Ha venido siendo definida como
La contabilidad es la disciplina que sirve para proporcionar información útil en la toma de decisiones económicas. Ha venido siendo definida como Ciencia del Patrimonio, y ello porque su objeto es el estudio
Más detallesBANCO RIPLEY AVISO DE EMISIÓN DE BONOS BANCARIOS DESMATERIALIZADOS AL PORTADOR
BANCO RIPLEY AVISO DE EMISIÓN DE BONOS BANCARIOS DESMATERIALIZADOS AL PORTADOR Señor Inversionista: Informamos a Ud. que Banco Ripley ha registrado una línea de bonos en el Registro Público de Valores
Más detallesBoletín Semanal sobre el Estado de Cuenta del Banco de México
Comunicado de Prensa 7 de junio Boletín Semanal sobre el Estado de Cuenta del Banco de México Estado de Cuenta Se dan a conocer los saldos preliminares del estado de cuenta correspondientes al viernes
Más detallesDEVOLUCIONES Y COMPENSACIONES MARCO NORMATIVO
MARCO NORMATIVO . Art. 850 ESTATUTO TRIBUTARIO. DEVOLUCIÓN DE SALDOS A FAVOR. Impuesto de renta. SALDOS A FAVOR Impuesto sobre las ventas. Solicitar devolución. SALDOS A FAVOR EN RENTA Solicitar compensación
Más detalles&'( )* + / 0 $ */ *1
!"" #$%##$&' ( ! "!# $ % &'( )* + - / 0 $ */ *1 +$ +*,$-. +* )*$. + &'(',-./0012 +*,$-.. )$+0$ 4 $9 $ >22 * 2 3 = 9$$ )*$ +* %5! / 36*$78"9- :9; < 39$; / 3#9$ #--$-7; FORMAS DE ESTABLECERSE EN CHILE Creando
Más detallesPOLÍTICA DE COMISIONES CORREDORES DAVIVIENDA S.A. COMISIONISTA DE BOLSA
POLÍTICA DE COMISIONES CORREDORES DAVIVIENDA S.A. COMISIONISTA DE BOLSA A continuación se detallan las tarifas aplicables en Corredores Davivienda Comisionista de Bolsa para los diferentes productos que
Más detallesSEMANA N04 EMPRESA TIPOS Y CLASES DE EMPRESAS
SEMANA N04 EMPRESA TIPOS Y CLASES DE EMPRESAS Señale la alternativa que no sea característica de las empresas privadas: a) Uno de los principales objetivos es maximizar beneficios b) Los trabajadores administran
Más detallesNORMA DE SOLVENCIA, PATRIMONIO TÉCNICO Y ACTIVOS Y CONTINGENTES PONDERADOS POR RIESGO PARA COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO Y CAJAS CENTRALES
NORMA DE SOLVENCIA, PATRIMONIO TÉCNICO Y ACTIVOS Y CONTINGENTES PONDERADOS POR RIESGO PARA COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO Y CAJAS CENTRALES Resolución No. 131-2015-F Octubre, 2015 CONTENIDO DE LA NORMA
Más detallesFeller-Rate INFORME DE CLASIFICACIÓN. Fintesa Securitzadora S.A. Tercer Patrimonio Separado. Febrero
INFORME DE CLASIFICACIÓN Feller-Rate Strategic Affíliate of Standard & Poor s INFORME DE CLASIFICACIÓN Fintesa Securitzadora S.A. Tercer Patrimonio Separado Febrero 2011 www.feller-rate.com. Los informes
Más detallesCASO CONFECCIONES. Profesor: Harald Schimunek MBA
CASO CONFECCIONES Profesor: Harald Schimunek MBA 2007 1 CASO CONFECCIONES La empresa "Cristian Batín", orientada al rubro de confecciones, se ha dedicado a la fabricación y comercialización de ropa masculina,
Más detallesAnálisis de indicadores financieros y patrimoniales. Análisis de indicadores financieros y patrimoniales 1
Análisis de indicadores financieros y patrimoniales Análisis de indicadores financieros y patrimoniales 1 Con el fin de conocer la situación y evolución de determinados indicadores que afectan a la información
Más detallesLA IMPORTANCIA DEL PRESUPUESTO FINANCIERO AL INICAR UN PLAN DE NEGOCIOS
LA IMPORTANCIA DEL PRESUPUESTO FINANCIERO AL INICAR UN PLAN DE NEGOCIOS Es muy común escuchar decir o hablar del presupuesto y las finanzas de la empresa, es por ello que en el presente documento definiremos
Más detalles1. Quién encomienda a los poderes Públicos, velar por la seguridad e higiene en el trabajo?
Tema 1 (medidas generales) Las respuestas correctas se encuentran marcadas al final 1. Quién encomienda a los poderes Públicos, velar por la seguridad e higiene en el trabajo? a) La Constitución Española
Más detallesESTE AVISO APARECE ÚNICAMENTE CON FINES INFORMATIVOS, YA QUE LA TOTALIDAD DE LOS VALORES HAN SIDO COLOCADOS
ESTE AVISO APARECE ÚNICAMENTE CON FINES INFORMATIVOS, YA QUE LA TOTALIDAD DE LOS VALORES HAN SIDO COLOCADOS BBVA Bancomer, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer OFERTA PÚBLICA
Más detallesDiplomado en Administración Bancaria
Diplomado en Administración Bancaria 1) Presentación 2) Requisitos 3) Objetivos 4) Tabla de Calificaciones 5) Duración 6) Certificación 7) Metodología de Estudios 8) Plan de Estudios 1) Presentación Su
Más detallesESTABLECE ESTADO DIARIO DE CONDICIONES DE LIQUIDEZ Y SOLVENCIA PATRIMONIAL. Para todos los corredores de bolsa y agentes de valores
REF.: ESTABLECE ESTADO DIARIO DE CONDICIONES DE LIQUIDEZ Y SOLVENCIA PATRIMONIAL. Para todos los corredores de bolsa y agentes de valores Esta Superintendencia, en virtud de las disposiciones contenidas
Más detallesObjetivo de Inversión. Ideal para quienes buscan inversiones conservadoras, con rendimiento y fluctuaciòn moderada.
FCI PIONERO RENTA AHORRO 8 de abril de 2016 del Fondo Ideal para quienes buscan inversiones conservadoras, con rendimiento y fluctuaciòn moderada. Valor de Cuota 4,279656 Patrimonio del Fondo $ 4.496.278.223
Más detallesINFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE ENAGÁS, S.A
INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE ENAGÁS, S.A., EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE DELEGACIÓN DE LA FACULTAD PARA EMITIR CUALESQUIERA VALORES DE RENTA FIJA O INSTRUMENTOS DE DEUDA DE ANÁLOGA
Más detallesEmpresas Asociativas de Trabajo
Empresas Asociativas de Trabajo Las empresas asociativas de trabajo son organizaciones económicas productivas, cuyos asociados aportan su capacidad laboral, por tiempo indefinido y algunos además entregan
Más detallesANALISIS RAZONES FINANCIERAS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2013
En el sector público existe la variable Presupuesto que de una u otra forma condiciona los resultados, ya que al constituirse en un elemento legal, condiciona en gran medida la forma de operar, por lo
Más detallesNORMA PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE CRÉDITO EN LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO Resolución No F. Octubre, 2015
NORMA PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE CRÉDITO EN LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO Resolución No. 129-2015-F Octubre, 2015 CONTENIDO DE LA NORMA CAPÍTULO I. OBJETO, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DEFINICIONES
Más detallesInforme del Resultado de la Revisión a la Cuenta Pública del ejercicio 2011 e ingresos y egresos de la primera quincena del año 2012
Informe del Resultado de la Revisión a la Cuenta Pública del ejercicio 2011 e ingresos y egresos de la primera quincena del año 2012 Municipio de Atitalaqui titalaquia, a, Hidalgo idalgo. 1. MARCO DE REFERENCIA
Más detallesBoletín Semanal sobre el Estado de Cuenta del Banco de México
8 de mayo Boletín Semanal sobre el Estado de Cuenta del Banco de México Estado de Cuenta Se dan a conocer los saldos preliminares del Estado de Cuenta correspondientes al viernes 4 de mayo. En la semana
Más detallesFórmulas y ejemplos de los productos pasivos del Banco de la Nación
Fórmulas y ejemplos de los productos pasivos del Banco de la Nación ÍNDICE Presentación 3 1. Cuenta de Ahorro 4 1.1. Sector Público 4 1.1.1. Moneda Nacional 4 1.1.2. Moneda Extranjera 5 1.2. En agencias
Más detallesSOCIEDADES DE INVERSIÓN V. Alejandro Vera
SOCIEDADES DE INVERSIÓN V Alejandro Vera TEMARIO OBJETIVO GENERAL 1 2 3 4 5 CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN CLASIFICACIÓN DE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN PROSPECTO DE INFORMACIÓN
Más detallesMINERÍA Y REFORMA ENERGÉTICA. Mtra. Karina Rodríguez Matus. Mayo, 2014.
MINERÍA Y REFORMA ENERGÉTICA Mtra. Karina Rodríguez Matus. Mayo, 2014. REFORMA A LOS ARTÍCULOS. 25, 27 Y 28 CONSTITUCIÓN. Artículo 25 El sector público tendrá a su cargo las áreas estratégicas. Gobierno
Más detalles