1. Qué cubre un seguro de vida?
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- Miguel Ángel Páez Medina
- hace 7 años
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2 A qué situación se enfrentaría tu familia si algún días faltases?. Mantendrían su actual nivel económico? Podrían hacer frente a deudas como la hipoteca o gastos futuros como lo estudios de tus hijos, un viaje para aprender idiomas, su boda?. Cada etapa de la vida te aporta razones para plantearte en que situación quedaríais tú o tu familia ante un imprevisto. Contar con la tranquilidad de un futuro garantizado para tu familia es la mejor de las razones. Un seguro de vida es mucho más que una cuota. Es una protección económica para garantizar la calidad de vida de tu familia pero sabes que tienes que conocer antes de contratar un seguro de vida o si ya lo tienes? 1. Qué cubre un seguro de vida? Lo más usual es asegurar el fallecimiento del asegurado, pero también existen seguros de vida para la invalidez permanente. 2. Hay un límite de edad para contratar un seguro de vida? Sí, tanto de entrada en el seguro como de permanencia. La edad de entrada habitual en un seguro de vida es desde los 18 hasta los 65 años, la de salida, es decir, el momento en el que la aseguradora deja de prestar la cobertura, depende de la compañía, aunque suele estar entre los 65 y los 80 años para la garantía de fallecimiento y en torno a los 65 para las coberturas complementarias como la invalidez. 3. Si existe un agravación del riesgo, la aseguradora me puede echar del seguro o subirme la prima a pagar? El Artículo doce de la ley del seguro dice:
3 El asegurador puede, en un plazo de dos meses a contar del día en que la agravación le ha sido declarada, proponer una modificación del contrato. En tal caso, el tomador dispone de quince días a contar desde la recepción de esta proposición para aceptarla o rechazarla. En caso de rechazo, o de silencio por parte del tomador, el asegurador puede, transcurrido dicho plazo, rescindir el contrato previa advertencia al tomador, dándole para que conteste un nuevo plazo de quince días, transcurridos los cuales y dentro de los ocho siguientes comunicará al tomador la rescisión definitiva. El asegurador igualmente podrá rescindir el contrato comunicándolo por escrito al asegurado dentro de un mes, a partir del día en que tuvo conocimiento de la agravación del riesgo. En el caso de que el tomador del seguro o el asegurado no haya efectuado su declaración y sobreviniere un siniestro, el asegurador queda liberado de su prestación si el tomador o el asegurado ha actuado con mala fe. En otro caso, la prestación del asegurador se reducirá proporcionalmente a la diferencia entre la prima convenida y la que se hubiera aplicado de haberse conocido la verdadera entidad del riesgo Esto quiere decir que si hay una agravación del riesgo por el diagnóstico de una enfermedad grave, o no se ha notificado a la aseguradora el cambio del riesgo por parte del asegurado antes de su fallecimiento, la aseguradora puede tomar las medidas descritas en el párrafo de la ley. Cómo puedo protegerme ante la aseguradora de cualquier agravamiento del riesgo? Como asesor, mis clientes solamente contratan seguros de vida que contengan la CLÁUSULA DE INDISPUTABILIDAD. Este es el párrafo que incuye esta cláusula en los contratos de los seguros de vida que tramito. Si se produce una agravación del riesgo cubierto, tras el primer año posterior a la contratación de la póliza, el asegurador no cobrará sobreprima alguna relacionada con esta situación, ni rechazará la renovación de la póliza por estos motivos
4 4. Qué cantidad debo asegurar? No hay límites, se puede contratar un seguro de vida con la cantidad que cada asegurado considere adecuada pero, obviamente, a mayor importe, más cara será la prima que paguemos por nuestra póliza. Lo más sensato es asegurar una cantidad que multiplique por cinco nuestros ingresos netos anuales. Si tenemos una, es buena idea añadir a esa cantidad lo que nos queda pendiente de pago. En el caso de un matrimonio, en el que ambos trabajan, es recomendable es contratar un seguro de vida para cada uno, con el cálculo de los ingresos correspondientes. De este modo, si uno de los cónyuges fallece, el otro podrá hacer frente sin problemas al pago de la hipoteca, incluso aunque se quede sin trabajo. 5. Puedo contratar más de una póliza a mi nombre? Sí, se pueden tener varias pólizas al mismo tiempo. 6. Es necesario pasar un reconocimiento médico? No es obligatorio pasar una revisión médica, pero muchas aseguradoras lo imponen. Si nos negamos, puede ser que no acepten asegurarnos. Un factor importante en este sentido es la edad y el capital que queramos asegurar, cuanto mayor sea el futuro cliente o el capital asegurado más probabilidades hay de que nos inviten a hacernos un chequeo. 7. Puedo cambiar a los beneficiarios de mi seguro cuando quiera? Sí, se pueden cambiar tantas veces como el asegurado quiera. El cambio puede hacerse comunicándolo a la aseguradora o simplemente incluyéndolo en el
5 testamento, aunque en este caso habrá que especificar sobre qué póliza se realiza la modificación. 8. En qué momento hay que pensar en contratar un seguro de vida? En el caso de los seguros de vida-riesgo, aquellos que cubren una situación de fallecimiento o invalidez pueden contratarse en cualquier momento, pero lo normal es hacerlo cuando tenernos ciertas cargas económicas, como una hipoteca, y queremos proteger a nuestra familia para que no tengan que asumir ese gasto si nos pasa algo. Sin embargo, hay otro tipo de seguros de vida, los de vida-ahorro, que son también una forma de ahorro ya que nos permite mantener un capital que, en caso de necesidad, podemos recuperar. Estos productos, en los que el asegurado puede invertir una cantidad de forma regular, ofrecen rentabilidades no muy altas pero, por lo general, son productos de escaso riesgo. 9. Pagan lo mismo hombres y mujeres por un seguro de vida? En 2012 entró en vigor en la Unión Europea una directiva que prohíbe a las aseguradoras aplicar la variable del género en el cálculo de sus pólizas. Lo cierto es que las compañías tienen en cuenta todo tipo de factores a la hora de calcular una póliza -la profesión, el peso, la edad, el estado civil, incluso la altura-, pero ya no pueden distinguir entre hombres y mujeres, con lo que el precio del seguro debe ser el mismo para ambos. 10. Desgrava tener un seguro de vida? No. Las cuotas que se pagan por un seguro de vida no se desgravan. En caso de producirse un siniestro, si la persona que cobra la indemnización es el propio asegurado esto ocurre en seguros de vida de invalidez-, se tributa al IRPF. Si se trata de otro beneficiario, se aplica el impuesto de sucesiones, aunque este impuesto no es idéntico en todas las Comunidades Autónomas.
6 11. Cómo se contrata un seguro de vida? A través de Internet podemos comparar las ofertas de prácticamente todas las compañías que operan en España, aunque en algunos casos hay que realizar algunos trámites en persona, como la revisión médica. Conviene recordar que es preciso leer con detenimiento el contrato que firmamos, porque, como todos los condicionados de seguros, incluyen diferentes cláusulas que debemos conocer. Además, el lenguaje de los contratos es a veces muy complejo, por lo que debemos preguntar todo lo que no entendamos y aclarar nuestras dudas antes de firmar. 12. Un seguro es para toda la vida? No necesariamente. Hay seguros de vida que vencen en el momento del fallecimiento del asegurado, pero también hay seguros de invalidez, o incluso por un periodo determinado. Se puede contratar un seguro de vida durante dos, diez o más años; en ese caso, si cuando finaliza el periodo de tiempo no se ha producido el fallecimiento, ni el tomador de la póliza ni el beneficiario recibirán ningún tipo de indemnización. A continuación te dejo la tabla de cuantías mínimas y máximas de las pensiones mensuales por invalidez permanente, parcial, orfandad o viudedad para este año Cada etapa de la vida te aporta razones para plantearte en que situación quedaríais tú o tu familia ante un imprevisto. Contar con la tranquilidad de un futuro garantizado para tu familia es la mejor de las razones, sobre todo con la pensión tan ridícula que te va a dar el estado viendo esta tabla.
7 Un seguro de vida es mucho más que una cuota. Es una protección económica para garantizar la calidad de vida de tu familia pero sabes que capital sería necesario para proteger lo que mas quieres? Apúntate a continuación y me pongo en contacto contigo para darte la información que necesites.
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